El documento describe los tres nuevos regímenes tributarios establecidos por la ley 21.210 en Chile.
1) Régimen General (Semi integrado), dirigido a grandes empresas, que pagan el 27% de impuesto de primera categoría y pueden acreditar el 65% de este impuesto en los impuestos personales de los dueños.
2) Régimen Pro Pyme General, con una tasa del 25% y menos obligaciones contables.
3) Régimen Pro Pyme Transparente, donde la empresa no paga impuestos y estos recaen directamente
1. UNIDAD III.
NUEVOS REGÍMENES TRIBUTARIOS.
Anteriormente ya habíamos comenzado a estudiar la unidad III, sobre eso habíamos hablado los
antecedentes previos, la situación que había antes del año 2014, que se produjo con la ley 20.780
y que se modificó con la ley 21.210 de febrero de este año y que es la que nos rige de inmediato,
a partir de este mismo año tributario. También habíamos señalado, si mal no recuerdo, que en
realidad la ley 21.210 respecto a los regímenes tributarios establece 3 regímenes, a saber:
1) Régimen General. Que es semi integrado en el sentido de que las rentas de las empresas van
a tributar de primera categoría con una tasa del 27% y los dueños de esas empresas van a tributar
sus impuestos finales – los complementarios adicional según el caso -, cuando efectivamente
hagan retiros y no modo atribuido como ocurría antes y el impuesto pagado por la empresa va a
servir de crédito a los impuestos finales, pero con un límite del 65% de ahí que es semiintegrado.
Antecedentes previos
En Chile desde el año 1984 (Ley No 18.293) se reconoció el impuesto de primera
categoría como crédito en contra del impuesto global complementario o impuesto
adicional (FUT), dando lugar a la integración del impuesto.
Elmensaje conel que se inició elproyectode ley de reforma tributaria (Ley N° 20.780)
señala que Chile tiene un sistema tributario integrado (en teoría significa que todas
las rentas, tanto del capital como del trabajo paguen las mismas tasas impositivas).
Pero franquicias tributarias mal diseñadas hacen que las rentas del capital puedan
pagar menos impuestos. La dilación del pago de los impuestos a las utilidades no
retiradas en elsistema integrado –FUT-,sehadesviado sustancialmente de sus objetivos
iniciales y se han convertido en fuentes de elusión y evasión.
Antecedentes previos
El proyecto de ley establecía que los dueños de las empresas debían tributar por la
totalidadde lasutilidades de sus empresas y no sólo sobre las utilidades que retiran
–sistema de atribución de rentas- (término del FUT).
En el protocolo de acuerdo suscrito entre el Ministro de Hacienda y la Comisión de
Hacienda del Senado, se señaló que además del régimen de atribució n de rentas, se
incorporaría un sistema de integración parcial con tasa de IDPC de 27%, y los
dividendos y retiros serían gravados con impuesto finales con derecho a crédito de un
65% del IDPC.
Luego, la Ley No21.210, sobre ModernizaciónTributaria,estableció tres regímenes:
a) Régimen general (semi integrado).
b) Régimen Pro Pyme General.
c) Régimen Pro Pyme Transparente
2. 2) Régimen Pro Pyme General. Que tiene una tasa de 25%,tiene bastantes beneficios en cuanto
a las obligaciones de llevar contabilidad y otras registros.
3) Régimen Pro Pyme Transparente. Que en realidad es como si que fuera una renta atribuida
sin que lo diga porque enrealidad la empresa estransparente,la empresa nunca va a pagar primera
categoría e inmediatamente se va a gatillar la tributación de los impuestos finales de sus dueños
– global complementario adicional – y como no hubo pago de primera categoría tampoco va a
haber derecho a crédito, se hace pasar inmediatamente aa la tributación de los impuestos finales.
Este régimen está enfocado a las grandes empresas que van a determinar su renta líquida
imponible, es decir, la base imponible de primera categoría según las normas generales previstas
en los artículos 29 a 33 de la Ley de la Renta. Además llevan contabilidad completa, lo que
básicamente corresponde a los libros contables que están previsto en el Código de Comercio, a
saber, el libro diario, el libro mayor inventario y balances, el libro copiador de cartas, aunque
este casi ya no tiene aplicación y los registros que establece la ley tributaria que se deben llevar.
¿Cuál va a ser el impuesto que va a afectar en primera categoría a estas grandes empresas? Un
27% y sus propietarios, es decir, los dueños de estas empresas van a tributar solamente cuando
efectúen retiros o bien cuando sean contribuyentes de adicional reciban remesas o distribuciones
efectivaspudiendo servir elimpuesto a primera categoría pagado como un crédito, pero solamente
hasta un 65% en los impuestos finales que le afecten tratándose entonces de una imputación
parcial, de ahí que es semi integrado.
Régimen General (Semi integrado)
Régimen de tributaciónenfocadoen las grandes empresas, determinan su renta líquida
imponible según las normas generales contenidasen los artículos29 al 33de la Ley sobre
Impuesto a la Renta, estando obligados a llevar contabilidad completa.
Estas empresas se afectancon el IDPC contasadel 27% y sus propietarios tributarán
en base a retiros, remesas odistribuciones efectivas,conimputaciónparcial (65%) del
crédito por Impuesto de Primera Categoría en los impuestos finales que les afecten.
3. En el ejemplo se puede apreciar que la empresa paga la primera categoría y eso que paga
constituye un crédito que se entrega a sus dueños o socios cuando efectúen retiros, reciban
remesas o adquieran o reciban distribuciones y van a poder aplicar contra el impuesto que les
corresponda un crédito de carácter parcial, es decir, el 65% de lo que pagó la empresa.
Respecto a quién está dirigido,en realidad lo pueden elegir todos los contribuyentes, o sea como
es general si un contribuyente tiene derecho, por ejemplo, atendidas sus características
particulares a estar acogido al Pro Pyme Transparente si lo estima pertinente y si así lo escoge
podría aplicar o elegir directamente el régimen general. En este sentido, todos pueden escogerlo
y no se encuentra limitado a las grandes empresas, no obstante a eso se encuentra dirigido a los
contribuyentes grandes, a los que no son Pyme.
En tanto que, sus beneficios,en realidad, hay un beneficio que es importante para los contadores,
abogados que se dediquen a esto, es que están liberados de llevar los otros registros, en general,
cuando obtengan o generen rentas que van a ser exentas de primera categoría, entonces en ese
sentido no tiene que llevar todos los otros registros, por ejemplo, podría que una Soc. Anónima
de inversiones, que sólo se dedique a invertir en acciones de las que tienen presencia bursátil.
Como las acciones que tienen presencia bursátil todo ese mayor valor obtenido como ganancia
constituye efectivamente un ingreso no renta, en realidad esta empresa solo va a llevar como
registro, como libro, el registro de las rentas exentas,sin la necesidad de llevar los otros registros.
Además van a determinar la situación tributaria de los retiros, las remesas,las distribuciones al
término del ejercicio, no tienen que realizarlo en forma periódica ni tampoco todos los años,
solamente al término del ejercicio cuando efectivamente hayan retiros, remesas o distribuciones.
También tienen un beneficio que es la aplicación de una rebaja a la base imponible el impuesto
de primera categoría por un sentido de la inversión, que en realidad es un 50% de rebaja de la
base imponible, esdecir, de la renta líquida imponible, pero que tiene un tope que es de 5000 UF.
De igual manera, las empresas pueden anticipar a sus dueños el crédito por impuestos de primera
categoría en forma voluntaria, es decir, aún cuando todavía no efectúan retiros, no obtengan
distribuciones, remesas igualmente las empresas le pueden anticipar como crédito y pueden
aprovecharlo ese mismo año sus propietarios, esto se denomina un impuesto de primera categoría
voluntario. Ahora, ¿qué va a ocurrir si es que utiliza ese crédito voluntario? Es que cuando
A quién está dirigido:
Todos los contribuyentes cuyos ingresos del giro y capital, no les permita ser
clasificados como Pyme.
Beneficios:
1) Liberación de llevar registros cuando no generen o perciban rentas que deban
controlarse en el registro REX.
2) Determinación de la situación tributaria de retiro, remesas o distribuciones al
término del ejercicio.
3) Aplica rebaja a la base imponible del IDPCpor incentivoa la inversión (50% de la RLI
con tope UF 5.000).
4) La empresa puede anticipar a sus propietarios el crédito por impuesto de primera
categoría (IDPC Voluntario)
4. efectivamente realicen los retiros, remesas y distribuciones en años tributarios siguientes no van
a tener derecho a poder imputar el crédito porque ya se lo gastaron antes.
¿Cuál va a ser la tributación? Las empresas van a tributar con impuesto de primera categoría y la
renta liquida imponible la determina conforma a las reglas de los artículos 29 – 33 LIR.
Los propietarias van a quedar afectos a sus impuestos finales única y exclusivamente cuando
efectúenlos retiros, distribuciones o reciban remesasyvan a poder imputar como crédito el 65%d
del impuesto de primera categoría pagado por la empresa.
El impuesto que paga la empresa de primera categoría con tasa del 27%.
Además estos contribuyentes están en la obligación de pagar o efectuar pagos provisionales
mensuales,que son pre pagos o abonos al impuesto que va a pagarse en el mes de abril del año
siguiente debiendo entonces cada mes pagar un porcentaje de los ingresos de ese mes,y los PPM
son variables, van a depender del monto de los ingresos y del promedio de lo que se haya
pagado en el año anterior y que en realidad puede ir entre el 1 al 5% de los ingresos. Los PPM
una vez que se determina o se efectúa el acertamiento de los impuestos en el mes de abril
constituyen un prepago a la tributación que ocurra en ese año, si hay más PPM que impuesto a
pagar se devuelve el PPM,si hay menos PPM que impuesto a pagar el contribuyente debe pagar
la diferencia. Si usted lo analiza el PPM es prácticamente un saco en el que el contribuyente para
no tener que sacar toda la plata del bolsillo en el mes de abril, en el año anterior entre enero –
diciembre comienza a agregar pequeños montos de los ingresos del mes y los va a guardando en
ese saco,después lo podrá imputar en el mes de abril. Ahora, la diferencia es que este saco no se
encuentra en el resguardo del contribuyente, sino que está en arcas fiscales. Los PPM se pagan
junto con la declaración de los impuestos mensuales.
Tributación:
La empresa está afecta al IDPCsobre una base imponible determinada en base a las
reglas generales contenidas en los art. 29 al 33 de la LIR.
Los propietarios se afectarán consus impuestos personales en base a los retiros,
remesas o distribuciones efectivos,conimputación parcial (65%) del crédito por IDPC.
Tasadel Impuesto de PrimeraCategoría:
1) Tasa de 27%
Tasasde PPM:
Estoscontribuyentes determinan año a año una tasa variable de PPM. Registrosy
Contabilidad:
RAI, DDAN,REX y SAC. Existe la posibilidad de llevar solo el registro SAC cuando
no se mantienen rentas o cantidades que deban ser controladas en el registro REX.
Deben llevar contabilidad completa
5. Los registros de contabilidad que deben llevar estos contribuyentes son los de contabilidad
completa, es decir, libros diarios, mayor inventario y balance y libro copiador de cartas. Además
los otros registros tributarios que son:
1.- Registro de rentas afectas a impuestos (RAI): que en realidad se registran todos los ingresos
que están afectos,por ejemplo, una empresa que se dedica a comercializar materias primas, esto
va a efecto, todos esos ingresos los incorporan en el RAI.
2.- Registro de la depreciación normal y la acelerada:la normal consiste básicamente en un gasto
que tienen las empresas que se produce cuando adquieren bienes nuevos y éstos con el transcurso
del tiempo comienzan a perder su valor hasta que se vuelven inservibles en la empresa,entonces,
cuando usted compra, por ejemplo, un computador nuevo para su empresa,ya sabe que ese bien
con el paso del tiempo va a valer menos, y así hasta que tenga que comprar otro, ese computador
entonces se desprecia anualmente, lo que hace elcontribuyente para deducir como gasto es tomar
ese computador nuevo y dividirlo en una vida útil - con suerte de 4 años-, entonces, si el
computador cuesta 1.000.000, la vida útil es 4.000.000, va a poder rebajar este contribuyente ¼
cada año, es decir, 250.000 y esos montos de la depreciación normal se van registrando en el
registro. Ademásse registra ahí la depreciación acelerada,estoimplica que el contribuyente puede
elegir efectuar respecto de estos bienes una depreciación acelerada, reduciendo la vida útil 1/3
entonces,el el computador tenía una vida útil de 4 años y se distribuye en 1/3, va a tener una vida
útil de 1,33, eso se redondea a 1 año, entonces,si el contribuyente elige la depreciación acelerada,
va a poder rebajar en el mismo en que compró el computador el 1.000.000 que le costó, es decir,
en este registro lo que se anotando es la diferencia de la apreciación normal que serían 250.000 y
el depreciación acelerada que sería 1.000.000 en el primer año, la diferencia es 750.000. En el
segundo año, como ya tiene depreciación acelerada normal y ya se comió toda la depreciación
acelerada la diferencia va a ser 250.000, el tercer y cuarto año igual. Lo importante acá es que
este registro lleva las diferencias entre la depreciación acelerada y la normal, la cuota que va a
poder rebajar el contribuyente como gasto para determinar su impuesto de primera categoría.
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