“Fundamentación Legal de la Educación en Venezuela”
1. República Bolivariana De Venezuela.
Universidad Bicentenaria De Aragua.
Vicerrectorado Académico.
Facultad De Ciencias Administrativas Y Sociales.
Escuela De Psicología.
San Joaquín De Turmero-Edo. Aragua.
PRINCIPIOS RECTORES DE LA
EDUCACIÓN VENEZOLANA.
Estudiante: Bárbara Sifontes.
Lechería, Febrero, 2023.
Facilitador: JESUS ALEJANDRO
VILLARROEL BERMUDEZ
2. LA EDUCACIÓN VENEZOLANA.
La educación es un derecho
humano y un deber social
fundamental, es democrática,
gratuita y obligatoria, esta busca
facilitar el aprendizaje o la
adquisición de conocimientos,
habilidades, valores, creencias y
hábitos de un grupo de personas
que los transfieren a otras
personas
En Venezuela el Estado asumirá
como función indeclinable y de
máximo interés la educación en
todos sus niveles y modalidades,
y como instrumento del
conocimiento científico,
humanístico y tecnológico al
servicio de la sociedad.
3. LA EDUCACIÓN EN LA CONSTITUCIÓN.
Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela
Artículo 102. La eduación como
Derecho humano, gartuito y
obligatorio para todos niveles y
modalidades.
Artículo 103. El derecho a una educación
integral de calidad, permanente, en
igualdad de condiciones y oportunidades,
sin más limitaciones que las derivadas de
sus aptitudes, vocación y aspiraciones.
Artículo 104. Estará a cargo de personas
de reconocida moralidad y de comprobada
idoneidad académica.
Artículo 109. El estado reconoce la autonomía
universitaria como principio y jerarquía bajo el control y
vigilancia de lo que establezca la ley. La autonomía es
para planificar, organizar, elaborar y actualizar los
programas de investigación, docencia y extensión.
4. LEY ORGÁNICA DE EDUCACIÓN.
Es una Ley de la República Bolivariana de
Venezuela tiene por objetivo el desarrollo de los
principios y valores rectores, derechos, garantías
y deberes en educación, los cuales el Estado
asume como función indeclinable y de máximo
interés, su ámbito de aplicación es a la sociedad
y en particular a las personas naturales y
jurídicas, instituciones y centros educativos
oficiales dependientes del Ejecutivo Nacional,
Estadal, Municipal y de los entes
descentralizados y las instituciones educativas
privadas, en lo relativo a la materia y
competencia educativa. (Artículos 1 y 2 de la
presente Ley) Contiene 50 artículos en su contenido.
(Gaceta Oficial Nº 5.929 Extraordinario del
15 de agosto de 2009)
5. La Educación se rige por varios principios que tiene el objetivo de
hacer de la educación lo más práctica que se pueda, establecidos
en La Ley Orgánica de la Educación en concordancia con la
CRBV, siendo estos los siguientes:
La responsabilidad social.
La igualdad entre todos los ciudadanos y ciudadanas sin
discriminaciones de ninguna índole.
La formación en una cultura para la paz.
La justicia social, el respeto a los derechos humanos
La práctica de la equidad y la inclusión.
La sustentabilidad del desarrollo, el derecho a la igualdad de
género.
PRINCIPIOS RECTORES DE LA EDUCACIÓN VENEZOLANA.
Artículo 3. Ley Orgánica de la Educación. Principios Rectores.
Los valores fundamentales que se deben
tener en la educación, son: el respeto a la
vida, el amor y la fraternidad, la
convivencia armónica en el marco de la
solidaridad, la corresponsabilidad, la
cooperación, la tolerancia y la valoración
del bien común, la valoración social y
ética del trabajo, el respeto a la
diversidad propia de los diferentes grupos
humanos.
Así como que la educación debe ser y es
pública y social, obligatoria, gratuita, de
calidad, de carácter laico, integral,
permanente, con pertinencia social,
creativa, artística, innovadora, crítica,
pluricultural, multiétnica, intercultural, y
plurilingüe.
6. ORGANIZACIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVO VENEZOLANO.
EDUCACIÓN
INICIAL.
EDUCACIÓN
MEDIA.
EDUCACIÓN
MEDIA GENERAL
Comprende las etapas
de maternal y
preescolar destinadas a
la educación de niños y
niñas con edades
comprendidas entre
cero y seis años.
Garantiza la formación
integral de los niños y
las niñas desde los seis
(6) hasta los doce (12)
años de edad, o hasta
su ingreso al
subsistema siguiente.
Está orientada a los
adolescentes de 12 a 17
o 18 año, media
contempla cinco años
de escolarización.
EDUCACIÓN
UNIVERSITARIA.
Está orientada hacia la
formación profesional y
de postgrado, y puede
cursarse tanto en las
universidades
experimentales
especializadas, inicia al
culminar educación
media general.
7. CONCLUSIONES.
Entendemos la educación como la parte
principal de la formación del ser humano,
pero esta no es un hecho o un ente aislado,
esta lleva dentro de sí muchas cosas, entre
ellas reglamentos como la Ley Orgánica de
la Educación que dentro de sus 50 artículos
organiza, explica y estable las normas por
las que se deben regir los sistemas
educativos, teniendo en cuenta que en
Venezuela la educación es gratuita y
obligatoria, y el estado debe asumir la
mayor parte de la administración de estas.
La Constitución de la República Bolivariana
de en los artículos 102, 103, 104, y 109
establecen bases legales sobre la educación
.
Para que el sistema educativo funcione de
forma correcto debe seguir una serie de
principios en donde se tomen en cuenta a
todas las personas, como principios de la
igualdad entre todos los ciudadanos y
ciudadanas sin discriminaciones de ninguna
índole, o los principios que rijan la forma de
educación como el fortalecimiento de la
identidad nacional, la lealtad a la Patria e
integración latinoamericana y caribeña,
además, de principios este sistema debe
tener en sí valores como el respeto a la vida,
el amor y la fraternidad, la convivencia
armónica en el marco de la solidaridad,
entre otros.
8. BIBLIOGRAFÍA.
Sánchez, A. (2022, 25 agosto). Educación. Concepto de - Definición de.
https://conceptodefinicion.de/educacion/
"Educación". Autor: Equipo editorial, Etecé. De: Argentina. Para:
Concepto.de. Disponible en: https://concepto.de/educacion-4/. Última
edición: 5 de agosto de 2021. Consultado: 12 de noviembre de 2022
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999).
Ley Orgánica de Educación (2009).