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Temas 4.3,4.4 y 4.5
Integrantes
Jesica Bermejo Díaz
Patricia Ramírez Uricoechea
Introducción:
El tema del secreto médico ha estado presente en la
práctica de la medicina desde la antigüedad (derecho
hipocrático), sin embargo en las últimas décadas el
secreto como deber del médico se ha perfeccionado con
la conciencia del derecho de las personas a ser
respetada en su intimidad en lo que concierne a la salud.
4.3 Información y veracidad.
Confidencialidad y secreto
profesional
1. Dar a repasar conceptos como:
 Intimidad
 Privacidad
 Confidencialidad
 Secreto y secreto médico
2. Presentar las excepciones al secreto
Objetivos
Intimidad
Ámbito en el que los seres
humanos gestionan libre y
privadamente en su mundo
de valores y todo lo que
tiene que ver, directa o
indirectamente, con ellos.
Privacidad
Incluye el derecho a proteger
la vida personal ante
cualquier intromisión.
El ámbito de lo privado o
íntimo supone por lo tanto
que el individuo sea
reconocido como persona y
que tenga sus atributos,
específicamente : conciencia
de sí mismo y capacidad para
ejercer su libertad.
Conceptos clave
Intimidad
observacional
El derecho de no ser
indebidamente
observados en su
vida privada
Informacional
La información que
contiene datos
privados o sensibles
no sea difundida
decisional
El disfrute de la
autonomía de las
decisiones de la vida
privada
Observar la
vida de otro
Difundir
información
sensible
Decidir por otro
Son intromisiones
a la intimidad o
violaciones al
derecho personal
a la privacidad
Toda vez que
estos actos no
hubieren sido
libertados por
la persona
Del derecho de
la intimidad
Surge la
confidencialidad
como valor
«Lo que en el tratamiento, o
incluso fuera de él, viere u oyere
en relación con la vida de los
hombres, aquello que jamás
deba divulgarse, lo callaré
teniéndolo por secreto»
juramento hipocrático.
Confidencialidad =
todo lo que se hace o
se dice en confianza.
Confianza
Cualidad esencial de la
amistad
Intimidad:
El derecho a la intimidad
protege la intromisión no
deseada de otras personas es
ese espacio sin consentimiento
expreso del interesado
Confidencialidad: derecho de las
personas a que aquellos que
hayan entrado en conocimiento
de datos íntimos suyos, no
puedan revelarlos ni utilizarlos
sin su autorización expresa.
Secreto: Deber de las personas
que conocen ciertos datos de
otras de no revelarlos sin su
consentimiento o sin
habilitación legal.
Secreto médico: es el deber del
profesional de mantener oculta
la intimidad del paciente y de no
revelar datos confidenciales de
este para fines ajenos a la propia
asistencia sanitaria.
4 conceptos que
no puedes olvidar
Justificación moral del secreto
médico
La justificación
moral del
derecho a lo
privado
Radica en la
dignidad propia de
la persona humana
esencialmente
libre y por lo tanto
en su autonomía.
El fundamento
ético del respeto
del derecho a la
privacidad está
pues en la
autonomía .
(punto de vista
bioético)
El derecho a la
privacidad
tampoco es
conocido
como absoluto
Los límites para
la autonomía
estarán en los
principios de
justicia y de no
maleficencia
Responsabilidad moral de cada
profesional
El enfermo, en
forma implícita pero
real, deposita su
confianza
En que lo íntimo de
su enfermedad y de
su vida no será
divulgado.
Si el profesional falla
habrá traicionado
gravemente la
confianza de una
persona en estado
vulnerable.
Excepciones al secreto
Por el bien del
enfermo
Por decisión o
consentimiento
del paciente
Por razones de
bien común o por
la autoridad de la
ley
Por el bien de
terceras personas
Por incapacidad
del paciente
 «Paciente de 24 años diagnosticado de esquizofrenia
paranoide. Tiene alucinaciones auditivas y en el curso
de las entrevistas revela a su fisioterapeuta que va a
matar a otra persona y dice exactamente a quién.
También amenaza con quitarse la vida, cosa ya parece
haber intentado en una ocasión anterior.»
Presentación de un caso
1. ¿Cuales crees que sean los valores implicados en este caso?
1. ¿Qué harías?
 A) guardar absoluta del derecho.
 B) Denunciar.
 C) tratamiento voluntario y ambulatorio del paciente
 D) tratamiento ambulatorio forzoso.
 E) El internamiento voluntario del paciente
 F) Internamiento forzoso
 G) el internamiento y tratamiento forzados del paciente.
 Respuesta A y B son cursos extremos, C-G son cursos
intermedios
 Las soluciones extremas nunca son óptimas, ya que en
ellas se opta por un valor con detrimento del otro.
 Un curso óptimo debe ser un curso intermedio. La
obligación moral consiste siempre en el respeto de
todos los valores implicados y, en caso de que ello no
sea posible, su lesión en el menor grado posible.
Las declaraciones de los px.
Pueden muchas veces no ser
verídicas
Cuando se advierte una
psicopatología grave, como es el
caso de las alucinaciones y los
delirios, es necesario someter al
paciente a una exploración
psicopatológica muy cuidadosa.
En situaciones agudas como la
descrita, muchas veces es
necesario el ingreso temporal de
los pacientes.
Todo ingreso psiquiátrico de
persona incapaz de hecho
requiere una autorización
judicial.
Recomendaciones
Recomendaciones
 Introducción:
 El dictado de las leyes que aprobaron el «Programa
Nacional de salud sexual y procreación responsable» y
recientemente la autorización de la ligadura de trompas y
vasectomía, como también decisiones judiciales relativas al
aborto, plantean sin dudas serios problemas de conciencia
a los Profesionales que consideran que las disposiciones
legales y judiciales citadas resultan lesivas a sus principios
morales. La interrogante es ¿Qué hacer?
4.4 La objeción de conciencia del
profesional de la salud.
 Definir que es libertad de conciencia.
 Dar conceptos clave como: objetor y objeción de
conciencia.
 Defender este punto mediante 3 enfoques:
doctrina, legislación y jurisprudencia.
Objetivos
Conciencia
Juicio de la razón
práctica que, partiendo
de los principios
comunes del orden moral,
Dictamina sobre la
moralidad de un acto
propio que se realizó, se
realiza o se va a realizar.
.
la libertad de
conciencia se apoya
en la conciencia y en
la dignidad humana
O sea que no se
coaccione, ni se obligue
a nadie a obrar contra
su conciencia,
Ni se le impida que
actúe conforme a ella
en privado y en
público, solo o
asociado con otros
Dentro de los límites
debidos.
¿Qué es la conciencia?
Nuestro
análisis lo
dividiremos en
tres
perspectivas
clásicas:
Doctrina Legislación Jurisprudencia
Desarrollo
Fundada en la libertad
de conciencia, aparece
la objeción de
conciencia
Que desde un punto de
vista filosófico y jurídico
no consiste únicamente
en poder tener tal o cual
ideología, pensamiento
o religión,
Sino en poder actuar
conforme a la misma, no
han de juzgarse, valorarse o
tabularse los motivos que
aduce el objetor para ver si
son o no suficientes.
Objetar no es aprobar
un examen, sino, como
dice el diccionario,
rebatir, rechazar o
manifestar oposición a
algo.
Objeción de conciencia,
expresa un rechazo a
algo externo (una norma
social) por una razón
intima de una persona.
Dicho de otra forma es el
derecho a ser eximido del
cumplimiento de los
deberes o legales por
resultar ese cumplimiento
contrario a las propias
convicciones.
En las definiciones están
presentes dos elementos:
1 la negativa a cumplir un
deber jurídico impuesto por
una autoridad.
2 El concreto fundamento
de dicha negativa, que debe
venir impuesta por un
imperativo de la propia
conciencia.
1. Doctrina
Objeción de conciencia
Se produce cuando una persona elige
libremente no cumplir una norma - aplicable-
Aduciendo simple y llanamente una exigencia
superior que ella percibe en su conciencia.
Objetor
Busca proteger su conciencia
Y por lo tanto, su capacidad de
autodeterminación personal frente al poder
estatal.
1. Doctrina
Entre otros contenidos se encuentra
el derecho a no ser discriminado
por razones religiosas. La libertad
religiosa requiere como un
contenido importante, la admisión
estatal de la objeción de conciencia
en todos los campos donde su
disponibilidad por el sujeto no
arriesga ni perjudica intereses a
terceros.
Nuestro derecho constitucional
reconoce la libertad religiosa. Art 14
derecho a profesar libremente el
culto. Art. 33 admite implícitamente
la libertad de conciencia.
Bidart Campos
La libertad religiosa se
desglosa en dos aspectos
fundamentales
1 la libertad de conciencia
Radica en la intimidad del
hombre
Significa que el derecho
de un hombre frente al
estado y a los demás
hombres, para que en el
fuero interno del primero
no se produzcan
interferencias coactivas
en material religiosa.
2 La libertad de culto
1. Doctrina
La legislación sobre la materia
debe ser analizada desde dos
perspectivas.
1. Se refiere a aquellas normas
fundamentales que contemplan
la objeción de conciencia en
forma genérica, sin referencia a
una situación particular
2 Enmarca a normas que liberan
de una obligación con
fundamento en la conciencia en
determinadas situaciones
2. Legislación
Art. 14 reconoce el derecho « de profesar
libremente su culto»
Art. 20 enfatiza lo dicho en el art. 14 refiriéndose a
que los extranjeros pueden ejercer libremente su
culto en todo el territorio de la Nación.
Artículo 19 establece el principio de reserva por el
cual «las acciones privadas de los hombres que de
ningún modo ofendan al orden y a la moral
publica, ni perjudiquen a un tercero, están solo
reservados a Dios y exentas de la autoridad de
magistrados
Artículos que defienden la
libertad religiosa.
Análisis legal y fundamento religioso
La Declaración americana de los
derechos y deberes del hombre dice
en el art. 3 toda persona tiene
derecho de profesar libremente una
creencia religiosa y de manifestarla y
practicarla en pública y en privado.
Refiriéndose a actividades religiosas,
la ley 24.571 establece en su art. 1
«declararse no laborable para todos
los habitantes de la Nación Argentina
que profesen la religión judía los días
de Año nuevo judío (Rosh Hashana),
dos (2) días y el Día del Perdón
2. Legislación
La corte suprema de Justicia de la
nación en el caso Portillo del
18/4/89, expresó:
«Que en este orden de ideas
corresponde advertir que la
libertad de religión es
particularmente valiosa, que la
humanidad ha alcanzado merced
a esfuerzos y tribulaciones.
La historia es prueba elocuente
de la vehemencia con que en el
curso de los siglos se propendió
a su cristalización normativa.
Para el hombre religioso la
religión es el elemento
fundamental de la concepción del
mundo y, en mayor o menor
grado, impregna todos los actos
de su vida individual y social…
Por ello al hacer faltar a su
libertad de conciencia de una
persona es faltarle al respeto a
ella y a su valor como persona.
3. jurisprudencia
 La libertad religiosa, es un derecho natural inviolable
de la persona humana, en virtud del cual en materia
de religión nadie puede ser obligado a obrar en
contra de su conciencia ni impidiendo para actuar
conforme a ella, tanto en publico como en privado,
solo o asociado con otros, dentro de los límites
debidos.
Conclusión
 Martín, E. ((2008). La Objeción de Conciencia y los
Profesionales de la Salud. Academia Nacional de
Ciencias Morales y Políticas. 1-15. Recuperado de
http://www.ancmyp.org.ar/user/files/4.%20quintana.p
df
Bibliografía.
4.5 Investigación
clínica y ética
INVESTIGACIÓN CLINICA
Es una investigación sistemática, que incluye
pruebas piloto, desarrollo de la investigación
y evaluación; se evalúan los efectos benéficos,
la seguridad y los efectos adversos.
diseñada para desarrollar y formular
leyes generales que ayuden al
diagnóstico, tratamiento y prevención
de enfermedades en humanos
protocolo
describe la finalidad de la
investigación, el tipo de
participantes, los
procedimientos a seguirse, el
tiempo que durará el estudio,
las dosis de los medicamentos y
las medidas de seguridad ante
eventos adversos.
1900
•Código de Berlín
1933
•Partido naciosocialista
1947
•Código de nüremberg
1954
•Declaración de Helsinki
1978
•Informe Belmont
HISTORIA
A finales del siglo XIX
primer tercio del siglo XX
falta de ética y moralidad
en las investigaciones
Alemania 1900-1930
avances, normas,
reglamentos eticos y
legales en protecion a
los sujetos.
CODIGO DE BERLIN
 serie de normas éticas de la
experimentación en humanos, que recogía
la doctrina legal del consentimiento
informado prohibiéndose la
experimentación con moribundos y
personas necesitadas económicamente,
respetar la proporcionalidad
riesgo/beneficio y la necesidad de la
experimentación previa en animales.
PARTIDO NACIOSOCIALISTA DE ADOLF
HITLER
 invirtió completamente los principios del
respeto a los sujetos participantes en
investigaciones médicas; siguiendo las
promesas electorales, puso en marcha una
política racista en defensa de una “raza
superior”, eliminando a una generación
completa de sujetos con deficiencias
genéticas a fin de “depurar” el banco de
genes y mejorar la “raza aria”
Los experimentos médicos realizados
en los campos de concentración
 mejorar la supervivencia del ejercito alemán
frente agentes bélicos o a condiciones
meteorológicas adversas.
 Experimentación de nuevos fármacos o
técnicas quirúrgicas
 Demostración de las teorías naciosocialistas
de superioridad racial.
 Se realizaron otros experimentos con el único
fin de provocar sufrimiento o exterminio.
CODIGO DE NÜREMBERG
 “normas de la experimentación en seres
humanos” el cual intentaba conciliar la
investigación médica y la ética. Se insistía en
el consentimiento informado y voluntario de
las personas sometidas al experimento, la
necesidad de evitar todo sufrimiento físico y
mental innecesario, la evidencia de que el
experimento es necesario y que conllevara a
un beneficio para toda la sociedad.
DECLARACIÓN DE HELSINKI
 la asociación médica mundial dio lugar a
la declaración de Helsinki “principios para
experimentación e investigación”; paso a
ser entonces la norma internacional
sobre ética de la investigación biomédica
perfeccionando el código de nüremberg.
DECLARACIÓN DE HELSINKI
aspectos
las garantías de
continuidad de
tratamiento
Distinción entre
investigación clínica y
no clínica, según se
realice en personas
afectadas por una
enfermedad en estudio
o no.
Los intereses del sujeto
deben prevalecer sobre
los de la ciencia y los de
la humanidad; se debe
tener en cuenta su
libertad y dignidad.
Puede ser legitima la
investigación en personas
medicamente no
competentes ya sea
menores de edad o por
problemas psicológicos;
en este caso el tutor
firmaría el
consentimiento.
la regulación del
uso de placebos
BIOETICA EN LA INVESTIGACIÓN
 La bioética surge por tanto como un intento
de establecer un puente entre ciencia
experimental y humanidades, completa no
solo las normas deontológica para la
práctica médica si no también las normas
éticas que deben presidir en la práctica de
experimentos con seres humanos.
INFORME BELMONT
La comisión nacional para la protección de los derechos
humanos publico en 1978 el informe Belmont “principios
éticos y pautas para la protección de los seres humanos
en la investigación”
 Respeto: proteger la autonomía de todas las personas,
teniendo en cuenta el consentimiento informado.
 Beneficencia: maximizar los beneficios científicos
minimizando los riesgos de los sujetos de la
investigación.
 Justicia: procedimientos razonables, no explotadores
y asegurar su correcta administración.
Marco teórico para el desarrollo ético de
las investigaciones
Valor
Validez
científica
Selección de
los
participantes
Riesgo/
benefici
o
Consentimient
o informado
Respeto para
los
participantes
Cuidado
adicional en
personas
altamente
vulnerables a
riesgos
Riesgos potenciales para los
participantes
Riesgo mínimo: es
cuando la
posibilidad de
daño o molestia
no es mayor a la
que se tiene en un
principio.
Riesgo:
posibilidad de
daño físico,
psicológico,
social o
económico.
Riesgo
potencial:
invasión de la
privacidad o
violación de la
confidencialidad
.
Daños
psicológico,
riesgos
económicos,
etc.
 Kottow M., (2006, noviembre), bioética e investigación con seres humanos y en
animales, comité asesor de bioética CONICYT, Santiago.
 Dr. Terrassa, (2011, marzo) Ética e investigación médica en humanos: perspectiva
histórica, Elsevier España.
 Franca O., Añon F., García C., Grauert R., Nuñez J., Wodowooz O., Queirolo E. (1998,
diciembre) Ética en la investigación clínica. Una propuesta para presentarle la debida
atención, revista médica de Uruguay vol. 4 núm. 3.
 Pérez Tamayo R. (2008, octubre-diciembre), La investigación médica en seres
humanos, medicina universitaria, articulo especial vol. 10, núm. 41.
 Dr. Ávila Funes J. A. (2001, 25 de Mayo), Secretaria de salud,
http://www.innsz.mx/opencms/contenido/investigacion/investigacion_clinica.html,
Instituto nacional de ciencias médicas y nutrición salvador zubirán, México.
 Beca I, J. P. (2011). Confidencialidad y secreto médico. Facultad de Medicina Clínica
,Alemana Universidad del Desarrollo, Centro de Bioética,1-6. Recuperado de
https://www.cgcom.es/sites/default/files/guia_confidencialidad.pdf
 Delgado, M. T. CONFIDENCIALIDAD Y SECRETO PROFESIONAL. Instituto de Bioética y
Ciencias de la Salud, Curso On line de Ética Clínica en Atención primaria. Recuperado de
http://www.institutodebioetica.org/cursoetica/modulo4/Unidad%204%20Confidencialidad
%20y%20Secreto%20Profesional.pdf
 Bertrán, J. M., Collazo, E., Gérvas, J., González, P., Garcia ,D., Júdez, J., Rodríguez, J. J.,
Rubí, J. y Sánchez, M. (2005). Intimidad, confidencialidad y secreto. Guías de ética en la
práctica Médica, 1-143. Recuperado de
https://www.cgcom.es/sites/default/files/guia_confidencialidad.pdf
 Martín, E. ((2008). La Objeción de Conciencia y los Profesionales de la Salud. Academia
Nacional de Ciencias Morales y Políticas. 1-15. Recuperado de
http://www.ancmyp.org.ar/user/files/4.%20quintana.pdf
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Temas 4 expo bioética

  • 1. Temas 4.3,4.4 y 4.5 Integrantes Jesica Bermejo Díaz Patricia Ramírez Uricoechea
  • 2. Introducción: El tema del secreto médico ha estado presente en la práctica de la medicina desde la antigüedad (derecho hipocrático), sin embargo en las últimas décadas el secreto como deber del médico se ha perfeccionado con la conciencia del derecho de las personas a ser respetada en su intimidad en lo que concierne a la salud. 4.3 Información y veracidad. Confidencialidad y secreto profesional
  • 3. 1. Dar a repasar conceptos como:  Intimidad  Privacidad  Confidencialidad  Secreto y secreto médico 2. Presentar las excepciones al secreto Objetivos
  • 4. Intimidad Ámbito en el que los seres humanos gestionan libre y privadamente en su mundo de valores y todo lo que tiene que ver, directa o indirectamente, con ellos. Privacidad Incluye el derecho a proteger la vida personal ante cualquier intromisión. El ámbito de lo privado o íntimo supone por lo tanto que el individuo sea reconocido como persona y que tenga sus atributos, específicamente : conciencia de sí mismo y capacidad para ejercer su libertad. Conceptos clave
  • 5. Intimidad observacional El derecho de no ser indebidamente observados en su vida privada Informacional La información que contiene datos privados o sensibles no sea difundida decisional El disfrute de la autonomía de las decisiones de la vida privada
  • 6. Observar la vida de otro Difundir información sensible Decidir por otro Son intromisiones a la intimidad o violaciones al derecho personal a la privacidad Toda vez que estos actos no hubieren sido libertados por la persona
  • 7. Del derecho de la intimidad Surge la confidencialidad como valor «Lo que en el tratamiento, o incluso fuera de él, viere u oyere en relación con la vida de los hombres, aquello que jamás deba divulgarse, lo callaré teniéndolo por secreto» juramento hipocrático. Confidencialidad = todo lo que se hace o se dice en confianza.
  • 9. Intimidad: El derecho a la intimidad protege la intromisión no deseada de otras personas es ese espacio sin consentimiento expreso del interesado Confidencialidad: derecho de las personas a que aquellos que hayan entrado en conocimiento de datos íntimos suyos, no puedan revelarlos ni utilizarlos sin su autorización expresa. Secreto: Deber de las personas que conocen ciertos datos de otras de no revelarlos sin su consentimiento o sin habilitación legal. Secreto médico: es el deber del profesional de mantener oculta la intimidad del paciente y de no revelar datos confidenciales de este para fines ajenos a la propia asistencia sanitaria. 4 conceptos que no puedes olvidar
  • 10. Justificación moral del secreto médico La justificación moral del derecho a lo privado Radica en la dignidad propia de la persona humana esencialmente libre y por lo tanto en su autonomía. El fundamento ético del respeto del derecho a la privacidad está pues en la autonomía . (punto de vista bioético) El derecho a la privacidad tampoco es conocido como absoluto Los límites para la autonomía estarán en los principios de justicia y de no maleficencia
  • 11. Responsabilidad moral de cada profesional El enfermo, en forma implícita pero real, deposita su confianza En que lo íntimo de su enfermedad y de su vida no será divulgado. Si el profesional falla habrá traicionado gravemente la confianza de una persona en estado vulnerable.
  • 12. Excepciones al secreto Por el bien del enfermo Por decisión o consentimiento del paciente Por razones de bien común o por la autoridad de la ley Por el bien de terceras personas Por incapacidad del paciente
  • 13.  «Paciente de 24 años diagnosticado de esquizofrenia paranoide. Tiene alucinaciones auditivas y en el curso de las entrevistas revela a su fisioterapeuta que va a matar a otra persona y dice exactamente a quién. También amenaza con quitarse la vida, cosa ya parece haber intentado en una ocasión anterior.» Presentación de un caso
  • 14. 1. ¿Cuales crees que sean los valores implicados en este caso?
  • 15. 1. ¿Qué harías?  A) guardar absoluta del derecho.  B) Denunciar.  C) tratamiento voluntario y ambulatorio del paciente  D) tratamiento ambulatorio forzoso.  E) El internamiento voluntario del paciente  F) Internamiento forzoso  G) el internamiento y tratamiento forzados del paciente.
  • 16.  Respuesta A y B son cursos extremos, C-G son cursos intermedios  Las soluciones extremas nunca son óptimas, ya que en ellas se opta por un valor con detrimento del otro.  Un curso óptimo debe ser un curso intermedio. La obligación moral consiste siempre en el respeto de todos los valores implicados y, en caso de que ello no sea posible, su lesión en el menor grado posible.
  • 17. Las declaraciones de los px. Pueden muchas veces no ser verídicas Cuando se advierte una psicopatología grave, como es el caso de las alucinaciones y los delirios, es necesario someter al paciente a una exploración psicopatológica muy cuidadosa. En situaciones agudas como la descrita, muchas veces es necesario el ingreso temporal de los pacientes. Todo ingreso psiquiátrico de persona incapaz de hecho requiere una autorización judicial. Recomendaciones Recomendaciones
  • 18.  Introducción:  El dictado de las leyes que aprobaron el «Programa Nacional de salud sexual y procreación responsable» y recientemente la autorización de la ligadura de trompas y vasectomía, como también decisiones judiciales relativas al aborto, plantean sin dudas serios problemas de conciencia a los Profesionales que consideran que las disposiciones legales y judiciales citadas resultan lesivas a sus principios morales. La interrogante es ¿Qué hacer? 4.4 La objeción de conciencia del profesional de la salud.
  • 19.  Definir que es libertad de conciencia.  Dar conceptos clave como: objetor y objeción de conciencia.  Defender este punto mediante 3 enfoques: doctrina, legislación y jurisprudencia. Objetivos
  • 20. Conciencia Juicio de la razón práctica que, partiendo de los principios comunes del orden moral, Dictamina sobre la moralidad de un acto propio que se realizó, se realiza o se va a realizar. . la libertad de conciencia se apoya en la conciencia y en la dignidad humana O sea que no se coaccione, ni se obligue a nadie a obrar contra su conciencia, Ni se le impida que actúe conforme a ella en privado y en público, solo o asociado con otros Dentro de los límites debidos. ¿Qué es la conciencia?
  • 22. Fundada en la libertad de conciencia, aparece la objeción de conciencia Que desde un punto de vista filosófico y jurídico no consiste únicamente en poder tener tal o cual ideología, pensamiento o religión, Sino en poder actuar conforme a la misma, no han de juzgarse, valorarse o tabularse los motivos que aduce el objetor para ver si son o no suficientes. Objetar no es aprobar un examen, sino, como dice el diccionario, rebatir, rechazar o manifestar oposición a algo. Objeción de conciencia, expresa un rechazo a algo externo (una norma social) por una razón intima de una persona. Dicho de otra forma es el derecho a ser eximido del cumplimiento de los deberes o legales por resultar ese cumplimiento contrario a las propias convicciones. En las definiciones están presentes dos elementos: 1 la negativa a cumplir un deber jurídico impuesto por una autoridad. 2 El concreto fundamento de dicha negativa, que debe venir impuesta por un imperativo de la propia conciencia. 1. Doctrina
  • 23. Objeción de conciencia Se produce cuando una persona elige libremente no cumplir una norma - aplicable- Aduciendo simple y llanamente una exigencia superior que ella percibe en su conciencia. Objetor Busca proteger su conciencia Y por lo tanto, su capacidad de autodeterminación personal frente al poder estatal. 1. Doctrina
  • 24. Entre otros contenidos se encuentra el derecho a no ser discriminado por razones religiosas. La libertad religiosa requiere como un contenido importante, la admisión estatal de la objeción de conciencia en todos los campos donde su disponibilidad por el sujeto no arriesga ni perjudica intereses a terceros. Nuestro derecho constitucional reconoce la libertad religiosa. Art 14 derecho a profesar libremente el culto. Art. 33 admite implícitamente la libertad de conciencia. Bidart Campos La libertad religiosa se desglosa en dos aspectos fundamentales 1 la libertad de conciencia Radica en la intimidad del hombre Significa que el derecho de un hombre frente al estado y a los demás hombres, para que en el fuero interno del primero no se produzcan interferencias coactivas en material religiosa. 2 La libertad de culto 1. Doctrina
  • 25. La legislación sobre la materia debe ser analizada desde dos perspectivas. 1. Se refiere a aquellas normas fundamentales que contemplan la objeción de conciencia en forma genérica, sin referencia a una situación particular 2 Enmarca a normas que liberan de una obligación con fundamento en la conciencia en determinadas situaciones 2. Legislación
  • 26. Art. 14 reconoce el derecho « de profesar libremente su culto» Art. 20 enfatiza lo dicho en el art. 14 refiriéndose a que los extranjeros pueden ejercer libremente su culto en todo el territorio de la Nación. Artículo 19 establece el principio de reserva por el cual «las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden y a la moral publica, ni perjudiquen a un tercero, están solo reservados a Dios y exentas de la autoridad de magistrados Artículos que defienden la libertad religiosa. Análisis legal y fundamento religioso
  • 27. La Declaración americana de los derechos y deberes del hombre dice en el art. 3 toda persona tiene derecho de profesar libremente una creencia religiosa y de manifestarla y practicarla en pública y en privado. Refiriéndose a actividades religiosas, la ley 24.571 establece en su art. 1 «declararse no laborable para todos los habitantes de la Nación Argentina que profesen la religión judía los días de Año nuevo judío (Rosh Hashana), dos (2) días y el Día del Perdón 2. Legislación
  • 28. La corte suprema de Justicia de la nación en el caso Portillo del 18/4/89, expresó: «Que en este orden de ideas corresponde advertir que la libertad de religión es particularmente valiosa, que la humanidad ha alcanzado merced a esfuerzos y tribulaciones. La historia es prueba elocuente de la vehemencia con que en el curso de los siglos se propendió a su cristalización normativa. Para el hombre religioso la religión es el elemento fundamental de la concepción del mundo y, en mayor o menor grado, impregna todos los actos de su vida individual y social… Por ello al hacer faltar a su libertad de conciencia de una persona es faltarle al respeto a ella y a su valor como persona. 3. jurisprudencia
  • 29.  La libertad religiosa, es un derecho natural inviolable de la persona humana, en virtud del cual en materia de religión nadie puede ser obligado a obrar en contra de su conciencia ni impidiendo para actuar conforme a ella, tanto en publico como en privado, solo o asociado con otros, dentro de los límites debidos. Conclusión
  • 30.  Martín, E. ((2008). La Objeción de Conciencia y los Profesionales de la Salud. Academia Nacional de Ciencias Morales y Políticas. 1-15. Recuperado de http://www.ancmyp.org.ar/user/files/4.%20quintana.p df Bibliografía.
  • 32. INVESTIGACIÓN CLINICA Es una investigación sistemática, que incluye pruebas piloto, desarrollo de la investigación y evaluación; se evalúan los efectos benéficos, la seguridad y los efectos adversos. diseñada para desarrollar y formular leyes generales que ayuden al diagnóstico, tratamiento y prevención de enfermedades en humanos
  • 33. protocolo describe la finalidad de la investigación, el tipo de participantes, los procedimientos a seguirse, el tiempo que durará el estudio, las dosis de los medicamentos y las medidas de seguridad ante eventos adversos.
  • 34. 1900 •Código de Berlín 1933 •Partido naciosocialista 1947 •Código de nüremberg 1954 •Declaración de Helsinki 1978 •Informe Belmont HISTORIA
  • 35. A finales del siglo XIX primer tercio del siglo XX falta de ética y moralidad en las investigaciones Alemania 1900-1930 avances, normas, reglamentos eticos y legales en protecion a los sujetos.
  • 36. CODIGO DE BERLIN  serie de normas éticas de la experimentación en humanos, que recogía la doctrina legal del consentimiento informado prohibiéndose la experimentación con moribundos y personas necesitadas económicamente, respetar la proporcionalidad riesgo/beneficio y la necesidad de la experimentación previa en animales.
  • 37. PARTIDO NACIOSOCIALISTA DE ADOLF HITLER  invirtió completamente los principios del respeto a los sujetos participantes en investigaciones médicas; siguiendo las promesas electorales, puso en marcha una política racista en defensa de una “raza superior”, eliminando a una generación completa de sujetos con deficiencias genéticas a fin de “depurar” el banco de genes y mejorar la “raza aria”
  • 38. Los experimentos médicos realizados en los campos de concentración  mejorar la supervivencia del ejercito alemán frente agentes bélicos o a condiciones meteorológicas adversas.  Experimentación de nuevos fármacos o técnicas quirúrgicas  Demostración de las teorías naciosocialistas de superioridad racial.  Se realizaron otros experimentos con el único fin de provocar sufrimiento o exterminio.
  • 39. CODIGO DE NÜREMBERG  “normas de la experimentación en seres humanos” el cual intentaba conciliar la investigación médica y la ética. Se insistía en el consentimiento informado y voluntario de las personas sometidas al experimento, la necesidad de evitar todo sufrimiento físico y mental innecesario, la evidencia de que el experimento es necesario y que conllevara a un beneficio para toda la sociedad.
  • 40. DECLARACIÓN DE HELSINKI  la asociación médica mundial dio lugar a la declaración de Helsinki “principios para experimentación e investigación”; paso a ser entonces la norma internacional sobre ética de la investigación biomédica perfeccionando el código de nüremberg.
  • 41. DECLARACIÓN DE HELSINKI aspectos las garantías de continuidad de tratamiento Distinción entre investigación clínica y no clínica, según se realice en personas afectadas por una enfermedad en estudio o no. Los intereses del sujeto deben prevalecer sobre los de la ciencia y los de la humanidad; se debe tener en cuenta su libertad y dignidad. Puede ser legitima la investigación en personas medicamente no competentes ya sea menores de edad o por problemas psicológicos; en este caso el tutor firmaría el consentimiento. la regulación del uso de placebos
  • 42. BIOETICA EN LA INVESTIGACIÓN  La bioética surge por tanto como un intento de establecer un puente entre ciencia experimental y humanidades, completa no solo las normas deontológica para la práctica médica si no también las normas éticas que deben presidir en la práctica de experimentos con seres humanos.
  • 43. INFORME BELMONT La comisión nacional para la protección de los derechos humanos publico en 1978 el informe Belmont “principios éticos y pautas para la protección de los seres humanos en la investigación”  Respeto: proteger la autonomía de todas las personas, teniendo en cuenta el consentimiento informado.  Beneficencia: maximizar los beneficios científicos minimizando los riesgos de los sujetos de la investigación.  Justicia: procedimientos razonables, no explotadores y asegurar su correcta administración.
  • 44. Marco teórico para el desarrollo ético de las investigaciones Valor Validez científica Selección de los participantes Riesgo/ benefici o Consentimient o informado Respeto para los participantes Cuidado adicional en personas altamente vulnerables a riesgos
  • 45. Riesgos potenciales para los participantes Riesgo mínimo: es cuando la posibilidad de daño o molestia no es mayor a la que se tiene en un principio. Riesgo: posibilidad de daño físico, psicológico, social o económico. Riesgo potencial: invasión de la privacidad o violación de la confidencialidad . Daños psicológico, riesgos económicos, etc.
  • 46.
  • 47.  Kottow M., (2006, noviembre), bioética e investigación con seres humanos y en animales, comité asesor de bioética CONICYT, Santiago.  Dr. Terrassa, (2011, marzo) Ética e investigación médica en humanos: perspectiva histórica, Elsevier España.  Franca O., Añon F., García C., Grauert R., Nuñez J., Wodowooz O., Queirolo E. (1998, diciembre) Ética en la investigación clínica. Una propuesta para presentarle la debida atención, revista médica de Uruguay vol. 4 núm. 3.  Pérez Tamayo R. (2008, octubre-diciembre), La investigación médica en seres humanos, medicina universitaria, articulo especial vol. 10, núm. 41.  Dr. Ávila Funes J. A. (2001, 25 de Mayo), Secretaria de salud, http://www.innsz.mx/opencms/contenido/investigacion/investigacion_clinica.html, Instituto nacional de ciencias médicas y nutrición salvador zubirán, México.  Beca I, J. P. (2011). Confidencialidad y secreto médico. Facultad de Medicina Clínica ,Alemana Universidad del Desarrollo, Centro de Bioética,1-6. Recuperado de https://www.cgcom.es/sites/default/files/guia_confidencialidad.pdf  Delgado, M. T. CONFIDENCIALIDAD Y SECRETO PROFESIONAL. Instituto de Bioética y Ciencias de la Salud, Curso On line de Ética Clínica en Atención primaria. Recuperado de http://www.institutodebioetica.org/cursoetica/modulo4/Unidad%204%20Confidencialidad %20y%20Secreto%20Profesional.pdf  Bertrán, J. M., Collazo, E., Gérvas, J., González, P., Garcia ,D., Júdez, J., Rodríguez, J. J., Rubí, J. y Sánchez, M. (2005). Intimidad, confidencialidad y secreto. Guías de ética en la práctica Médica, 1-143. Recuperado de https://www.cgcom.es/sites/default/files/guia_confidencialidad.pdf  Martín, E. ((2008). La Objeción de Conciencia y los Profesionales de la Salud. Academia Nacional de Ciencias Morales y Políticas. 1-15. Recuperado de http://www.ancmyp.org.ar/user/files/4.%20quintana.pdf REFERENCIAS