Por medio de la Ley de Precios de Transferencia, a miles de contribuyentes guatemaltecos fueron obligados a reportar las operaciones de su intercompañía y los resultados de su Estudio de Precios de Transferencia en la Declaración Jurada de Partes Relacionadas, a más tardar el 31 de marzo del 2016. En Grupo Consultor Efe te informamos más de precios de transferencia en: http://www.grupoconsultorefe.com/servicio/precios-de-transferencia/guatemala
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Puntos finos sobre el Plan de Fiscalización iniciado por el SAT
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Entre las variables de riesgo que la SAT está tomando en consideración para los casos de fiscalización de precios
de transferencia, se encuentran:
1. Endeudamientos excesivos.
2. Operaciones con países de baja o nula imposición fiscal.
3. Pérdidas recurrentes.
4. Alto volumen de operaciones con partes relacionadas, y
5. Indicios de exclusividad o vinculación económica.
Adicionalmente, como parte del proceso de revisión básico que realizará la autoridad, se pondrá especial atención
en los siguientes puntos:
1. Amplitud y detalle del análisis de comparabilidad.
2. Identificación de partes relacionadas y sus transacciones.
3. Selección adecuada de métodos.
4. Selección adecuada de códigos utilizados.
5. Aplicación de filtros razonables de comparabilidad.
6. Selección de indicadores de utilidad o razones financieras empleadas.
7. Ajustes de comparabilidad aplicados.
8. Revisión del modelo de negocio.
9. Información financiera segmentada de la parte analizada.
10. Información financiera de las comparables y cálculo de ajustes.
Debido a los puntos anteriormente mencionados, es evidente que la experiencia y el conocimiento técnico de los
asesores en la materia, resultará fundamental para salvaguardar los intereses de los contribuyentes, y en su caso,
defenderlos ante los cuestionamientos que pudieran surgir por parte de la autoridad.
Grupo Consultor EFE™ es la firma líder a nivel Latinoamérica en esta disciplina, siendo recientemente reconocida
a nivel mundial en los ACQ5 Global Awards 2016, como la Mejor Firma de Precios de Transferencia en México
y en Latinoamérica, lo cual habla de la calidad, prestigio y experiencia con que contamos. Nuestra firma tiene
presencia en toda la región y asesoramos a la mayor cantidad de empresas en este rubro. En Guatemala,
colaboramos en alianza con firmas líderes de auditores y abogados.
El Lic. Adrián J. Romero, Socio Director de Grupo
Consultor EFE™, nos comparte que han visto empresas
con operaciones entre partes relacionadas sumamente
bajas, y que por ende decidieron correr el riesgo de no
cumplir con esta obligación, que ya han sido requeridas
por la SAT para presentar dentro del plazo de 20 días que
otorga la Ley, su Estudio de Precios de Transferencia,
complicándoles no solo la elaboración del mismo, sino el
costo administrativo de realizarlo. “Queremos enviar una
alerta a las empresas para que seleccionen
cuidadosamente a la firma que les asesorará, puesto que
importante tener en consideración que estos estudios
serán revisados por personal técnico de la SAT, y si no
satisface la práctica internacional, pueden tener
consecuencias importantes”.
Lic. Adrián J. Romero
Socio Director
ajromero@grupoconsultorefe.com
PUNTOS FINOS AL PLAN DE FISCALIZACIÓN DE
PRECIOS DE TRANSFERENCIA INICIADO POR LA SAT
La SAT de Guatemala se encuentra actualmente en un proceso de solicitud de información a miles de
contribuyentes guatemaltecos obligados a cumplir con la Ley de Precios de Transferencia y que debieron reportar
a más tardar el 31 de marzo de 2016, sus operaciones intercompañía y los resultados de su Estudio de Precios de
Transferencia en la Declaración Jurada de Partes Relacionadas.
A través de un requerimiento de información, la SAT tendrá acceso al Estudio de Precios de Transferencia del
contribuyente con la finalidad de determinar si dicho trabajo ha sido bien elaborado y si presenta o no, omisiones o
errores técnicos que pudieran desencadenar un proceso recaudatorio a favor del fisco nacional.
El Requerimiento que han recibido los contribuyentes cita lo siguiente:
“CD no regrabable rotulado con el NIT y nombre del contribuyente que contenga el Estudio de Precios de
Transferencia en formato PDF-texto y en formato Excel los estados financieros de los comparables, cuadros y
anexos que se encuentran incorporados en dicho estudio, adjuntando una carta firmada por el Representante Legal
en la cual se haga referencia al contenido del CD, incluyendo en la parte final la siguiente frase “Manifiesto que la
información proporcionada no contiene datos falsos o erróneos y se encuentra en los archivos del contribuyente”.
Lo anterior, forma parte del Plan de Fiscalización 2016 que la SAT ha iniciado en materia de Precios de
Transferencia, y que, dicho por la propia autoridad, el esfuerzo se divide en cuatro ejes principales:
• Contribuyentes que presentaron el Anexo de P.T. a la Declaración Jurada Anual de Renta.
• Contribuyentes que no presentaron el Anexo de P.T. a la DJAISR.
• Contribuyentes que realizaron operaciones intercompañía en el 2013, y no realizaron (o no declararon) en el 2015.
• Contribuyentes que realizaron operaciones con países de baja o nula imposición fiscal.
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