La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional declara, por su sentencia de fecha 15 de julio, injustificada la previsión de pérdidas alegada por Fnac para proceder, el pasado mes de abril, a la imposición de una nueva modificación sustancial de las condiciones de trabajo a sus empleados. Los magistrados de la Sala condenan a Fnac a reponer a los trabajadores afectados a sus anteriores condiciones de trabajo.
Las previsiones de pérdidas presentadas por FNAC son tachadas por la Audiencia Nacional como incompletas, imprecisas, carentes de cálculos específicos y poco rigurosas, por lo que las considera legalmente inadmisibles. Además, hace hincapié en que las mismas contradicen sin ningún rigor las previsiones macroeconómicas sobre evolución del consumo privado elaboradas por el Gobierno.
La Audiencia Nacional considera que FNAC ha estado exigiendo a la Sala de lo Social y a los representantes de los trabajadores “un acto de fe” inaceptable. Le recrimina que presente sus previsiones de pérdidas citando meros extractos aislados de un informe económico que ni tan siquiera presenta en su totalidad, usurpando de este modo a la Sala “el contenido completo de las previsiones, sus referencias, criterios y condiciones, ni cuándo fueron elaboradas y sobre qué bases y estudios”.
Los magistrados de la Sala de lo Social tampoco se explican cómo el copago de la mutua sanitaria puede prevenir “una evolución negativa” de Fnac, cuando esta sigue manteniéndose en beneficios y, es más, “los ha incrementado” en 2013. La Audiencia llega incluso al ejercicio hipotético de restar a los beneficios de Fnac el gasto en bonos y seguro médico, llegando a la conclusión de que el balance “de pérdidas y ganancias seguiría siendo positivo”. Por ello, los magistrados consideran que la intención última de Fnac es la de imponer una medida “redistributiva” que mejore el resultado de la Empresa a base de “empeorar” las condiciones de sus trabajadores. La Audiencia tacha este argumento de “circular”: los trabajadores “empeoran” en la medida que Fnac “mejora”, “sin que haya ningún dato objetivo […] que justifique este cambio en la distribución”.
1.
VARAPALO
JUDICIAL
A
FNAC
La
Audiencia
Nacional
declara
injustificada
la
última
modificación
sustancial
de
las
condiciones
de
trabajo
y
condena
a
la
Empresa
a
reponer
a
los
trabajadores
afectados
a
sus
anteriores
condiciones
de
trabajo
CGT
se
adhirió
a
la
demanda
contra
Fnac
y
defendió
en
sede
judicial
los
intereses
de
sus
compañeros/as
En
su
dura
sentencia
de
15
de
julio,
la
Audiencia
Nacional
no
considera
acreditada
la
previsión
de
pérdidas
presentada
por
Fnac
para
imponer
-‐el
pasado
mes
de
abril-‐,
una
nueva
modificación
(o
recorte)
sustancial
de
las
condiciones
de
trabajo
a
sus
empleados.
Las
previsiones
de
pérdidas
presentadas
por
FNAC
son
tachadas
por
la
Audiencia
Nacional
como
incompletas,
imprecisas,
carentes
de
cálculos
específicos
y
poco
rigurosas,
por
lo
que
las
considera
legalmente
inadmisibles.
Además,
hace
hincapié
en
que
las
mismas
contradicen
sin
ningún
rigor
las
previsiones
macroeconómicas
sobre
evolución
del
consumo
privado
elaboradas
por
el
Gobierno.
La
Audiencia
Nacional
considera
que
FNAC
ha
estado
exigiendo
a
la
Sala
de
lo
Social
y
a
los
representantes
de
los
trabajadores
“un
acto
de
fe”
inaceptable.
Le
recrimina
que
presente
sus
previsiones
de
pérdidas
citando
meros
extractos
aislados
de
un
informe
económico
que
ni
tan
siquiera
presenta
en
su
totalidad,
usurpando
de
este
modo
a
la
Sala
“el
contenido
completo
de
las
previsiones,
sus
referencias,
criterios
y
condiciones,
ni
cuándo
fueron
elaboradas
y
sobre
qué
bases
y
estudios”.
Los
magistrados
de
la
Sala
de
lo
Social
tampoco
se
explican
cómo
el
copago
de
la
mutua
sanitaria
puede
prevenir
“una
evolución
negativa”
de
Fnac,
cuando
esta
sigue
manteniéndose
en
beneficios
y,
es
más,
“los
ha
incrementado”
en
2013.
La
Audiencia
llega
incluso
al
ejercicio
hipotético
de
restar
a
los
beneficios
de
Fnac
el
gasto
en
bonos
y
seguro
médico,
llegando
a
la
conclusión
de
que
el
balance
“de
pérdidas
y
ganancias
seguiría
siendo
positivo”.
Por
ello,
los
magistrados
consideran
que
la
intención
última
de
Fnac
es
la
de
imponer
una
medida
“redistributiva”
que
mejore
el
resultado
de
la
Empresa
a
base
de
“empeorar”
las
condiciones
de
sus
trabajadores.
La
Audiencia
tacha
este
argumento
de
“circular”:
los
trabajadores
“empeoran”
en
la
medida
que
Fnac
“mejora”,
“sin
que
haya
ningún
dato
objetivo
[…]
que
justifique
este
cambio
en
la
distribución”.
Por
todo
ello,
la
Audiencia
Nacional
declara
injustificada
la
modificación
sustancial
de
las
condiciones
de
trabajo
de
Fnac
y
la
CONDENA
“a
reponer
a
los
trabajadores
afectados
por
la
misma
en
sus
anteriores
condiciones
de
trabajo”,
por
lo
que
Fnac
tendrá
que
sufragar
el
seguro
médico
al
100%
y
también
a
pagar
en
su
totalidad
los
bonos
a
directivos
y
managers.