2. COOPERATIVAS
Una cooperativa es una asociación autónoma de
personas unidas voluntariamente para satisfacer sus
necesidades y aspiraciones económicas, sociales y
culturales comunes, a través de una empresa de
propiedad conjunta y democráticamente controlada.
Las cooperativas de trabajo asociado:
los trabajadores son socios mayoritarios de la
empresa de la que poseen al menos un 51% del
capital. Al ser socios mayoritarios de la cooperativa,
los trabajadores deciden juntos las grandes líneas de
su empresa y designan sus líderes.
3. También deciden compartir los beneficios que
tienen una doble vocación: dar privilegio a los que
trabajan en la empresa, en forma de bonificación
anual basada en el trabajo efectuado, y consolidar
las empresas pensando en las generaciones
futuras a través de la creación de reservas que
consoliden los fondos propios y garanticen la
supervivencia de la empresa.
Las cooperativas sociales:
están especializadas en el suministro de servicios
sociales o en la reinserción de personas
desfavorecidas y marginadas.
4. las cooperativas pluripartitas, que pueden servir a
intereses más amplios que las cooperativas
tradicionales (conducidas por las necesidades e
intereses de sus miembros) o las sociedades de
capital.
Las cooperativas suelen ser muy sensibles a sus
responsabilidades sociales.
5. CARACTERÍSTICAS COOPERATIVA
Las características que definen una cooperativa son
las siguientes:
La posibilidad de asociarse y retirarse de ella libre y
voluntariamente.
Su estructura democrática, con un voto para cada
asociado, una toma de decisiones por mayoría y
una gestión electiva responsable ante aquellos.
El reparto equitativo, distributivo, proporcional, justo
y leal de los excedentes.
6. CLASES DE COOPERATIVAS
Cooperativas Especializadas: Se organizan para
atender una necesidad específica, correspondiente a
una sola rama de actividad económica social y cultural.
Estas Cooperativas podrán ofrecer servicios diferentes
a los establecidos en su objeto social, mediante
convenios con otras entidades Cooperativas.
Cooperativas Multiactivas: Se organizan para atender
varias necesidades mediante la concurrencia de
servicios en una sola entidad. Los servicios se
organizan en secciones independientes, según las
características de cada cooperativa.
Cooperativas Integrales: Aquellas que en desarrollo de
su objeto social, realizan dos o más actividades
conexas y complementarias entre sí, ya sean de
producción, distribución, consumo o prestación de
servicios.
7. NATURALEZA DE LAS COOPERATIVAS
Y PRECOOPERATIVAS DE TRABAJO
ASOCIADO
las CTA y las PCTA son organizaciones que pueden desarrollar
cualquier tipo de actividades económicas, profesionales o
intelectuales “con el fin de producir en común bienes, ejecutar
obras o prestar servicios”.
El primario: Obtiene el producto de actividades derivadas de
la naturaleza sin ningún proceso de transformación, como la
agricultura, la ganadería la pesca, etc.
El secundario: Comprende las actividades relacionadas con la
transformación industrial de alimentos y materias primas, las
cuales se utilizan como base para la industrialización de
nuevos productos, como la fabricación de abonos, el
empaque de legumbres, el embotellado de refrescos, el
ensamblaje de vehículos, etc.
El terciario: Es el que incluye todas las actividades necesarias
para el funcionamiento de la economía como lo son los
servicios, los restaurantes, el transporte, las comunicaciones.
8. OBJETO SOCIAL DE LAS
COOPERATIVAS Y PRECOOPERATIVAS
DE TRABAJO ASOCIADO
a) El objeto de las cooperativas y precooperativas
de trabajo asociado “es el de generar y mantener
trabajo para los asociados de manera
autogestionaria, con autonomía, autodeterminación
y autogobierno”.
b) Estas organizaciones en sus estatutos deben
“precisar la actividad socioeconómica que
desarrollarán”.
c) Cuando la organización tenga como objeto la
prestación de servicios “a los sectores de salud,
transporte, vigilancia y seguridad privada y
educación deberán ser especializadas en la
respectiva rama de la actividad”.
9. COOPERATIVAS DE TRABAJO ASOCIADO
Vinculo Trabajador: rigen por disposiciones
laborales, la relación entre aquella y el trabajador
asociado no es una relación empleador trabajador
sino un vinculo de naturaleza cooperativa y
solidaria.
Objeto: son organizaciones solidarias, su objeto es
el de generar y mantener trabajo para los
asociados de manera autogestionaria, con
autonomía y autodeterminación.
Los asociados son trabajadores no asalariados, por
esto no existen relaciones laborales, pero si
reciben compensación por la labor que aporten a
los procesos productivos.
10. El trabajo se rige por estatutos y regímenes adoptados
por los propios asociados, quienes laboran en ellas y
aporta fuerza laboral y capital siendo copropietarios
cogestores y beneficiarios directos de gestión
económica y social.
Han sido creadas con el fin de que los socios
cooperados se reúnan libre y autónomamente para
realizar actividades o labores físicas, materiales,
intelectuales o científicas, con el propósito de producir
en común bienes, ejecutar obras o prestar servicios
para satisfacer las necesidades de sus asociados y de
la comunidad en general.
En sus estatutos se deberá precisar la actividad
económica que desarrollaran encaminada al
cumplimiento de sus naturalezas en cuanto a la
generación de un trabajo, en los términos que
determinan los organismos nacionales e
internacionales.
11. CARACTERÍSTICAS CTA
Personas jurídicas constituidas con un mínimo de 5
o 10 asociados.
Asociación de sus miembros debe ser libre y
voluntaria.
Gestores y con autonomía empresarial
Aportantes económicos.
Aportantes de su capacidad de trabajo.
Producen bienes, ejecutan obras o prestan
servicios a los asociados o comunidad en general.
son solidarias en la compensación o retribución.
regidas por el principio de la igualdad de los
asociados.
No tiene animo de lucro.
12. Sus afiliados son simultáneamente dueños de la
cooperativa y trabajadores de la misma. Cuando
una CTA desarrolla actividades de intermediación
laboral y remiten sus afiliados a las empresas
(clientes) como trabajadores asalariados en misión.
Estas prácticas desvirtúan el espíritu cooperativo y
finalmente conducen a precarias condiciones
laborales de los socios.
Salario: El Decreto 4588 de 2006 establece en el
Artículo 25 que las compensaciones son todas las
sumas de dinero que recibe el asociado, pactadas
como tales, por la ejecución de su actividad
material o inmaterial.
Según el Artículo 3 de la Ley 1233 de 2008, no podrá
ser inferior al salario mínimo legal vigente.
13. Aportes Parafiscales: El ingreso base de cotización
para la liquidación de las contribuciones especiales con
destino al SENA y al ICBF, será la compensación
ordinaria mensual establecida en el Régimen de
Compensaciones, y para las Cajas de Compensación
Familiar será la suma de la compensación ordinaria y
extraordinaria mensual devengadas.
Condiciones especiales para ser trabajador
asociado: A partir de la expedición del Decreto 4588 de
2006, las personas naturales que aspiren a ingresar a
una CTA deben realizar un curso básico de
cooperativismo con énfasis en trabajo asociado, con
una intensidad no inferior a veinte (20) horas, el cual
puede acreditarse al momento de ingresar a la CTA ó
con posterioridad a su ingreso, siempre que no exceda
el plazo de tres (3) meses.