Equivalencia entre año escolar y año calendario para determinar las acreencias laborales a las que tienen derecho los docentes de colegio particulares en Colombia
Acreencias Laborales De Docentes Colegios Particulares
1. DANILSO LOZANO GUEVARA
ACREENCIA LABORALES
DOCENTES PARTICULARES
Contrato.
Salario.
Vacaciones.
Cesantías e intereses de
cesantías.
Seguridad Social Integral.
Otros…
2. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA
¿Están los colegios particulares del
municipio de Valledupar cancelando las
acreencias laborales de sus docentes, en
virtud de lo establecido en el artículo 102
del C.S.T y el 284 de la Ley 100 de 1993?
3. OBJETIVOS:
ESPECIFÍCOS:
Identificar el tipo de contratación que tienen los docentes
de los colegios particulares del municipio de Valledupar.
Precisar si la contratación de los maestros de los colegios
particulares del municipio de Valledupar se ajusta al marco
normativo que lo regula.
Conocer los elementos jurídicos a través de los cuales los
colegios particulares del municipio de Valledupar contratan
a sus docentes.
GENERAL: Determinar si los colegios
particulares del municipio de Valledupar, están
cancelando las acreencias laborales de sus
docentes tal como lo establecen los artículos
102 del C.S.T y el 284 de la Ley 100 de 1993.
4. JUSTIFICACIÓN
Es importante ejecutar el proyecto de investigación porque:
1. Me conduce a lograr la efectiva remuneración económica de los docentes de
instituciones educativas particulares del municipio de Valledupar, aplicando la
equivalencia de año escolar y calendario en virtud de lo establecido en el artículo 102
del C.S.T y 284 de la Ley 100/93.
2. A través de él, los docentes de los colegios particulares del municipio de Valledupar,
reconocerán los alcances jurídicos de los artículos 102 del C.S.T y 284 de la Ley
100/93 y exigirán su estricto cumplimiento.
3. Los propietarios y empleadores de los colegios particulares del municipio de
Valledupar, se verán obligados a cancelarle a sus docentes lo que legalmente les
corresponde, so pena de enfrentar procesos jurídicos de tipo laboral en el futuro.
4. Garantizar el pago de las acreencias laborales de los docentes de establecimientos de
educación particular del municipio de Valledupar a las cuales tienen derecho, según
lo establecido en los artículos 102 del C.S.T y el 284 de la Ley 100 de 1993.
5. VIABILIDAD:
Es viable y pertinente porque se cuenta con todos
los elementos legales y jurisprudenciales para su
ejecución.
Artículo 101 y 102 del C.S.T
Artículo 284 de la Ley 100 de 1993.
Sentencias C- 483 de 1995. Exequibilidad de los
artículos 101 y 102 del C.S.T
Sentencia C-252 de 1995. Igualdad de salarios.
Sala Plena de Casación Laboral de la Corte
Suprema de Justicia en sentencias dictadas el 21
de septiembre de 1976 y febrero 14 de 1977.
Sala de Casación Laboral de la honorable Corte
Suprema de Justicia, mediante sentencia del 23
de abril de 2001.
Sentencia C-399 de 2007. Seguridad Social
Integral.