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PROTECCIÓN JURÍDICA DEL SOFTWARE La industria del software en Argentina es una industria en constante expansión, la industria del software crece, por un lado, en el mercado interno, con la evolución de las ventas de artículos de computación y accesorios. Para ser sustentable, la expansión de la industria debe ir acompañada de la protección jurídica correspondiente. “Los derechos de propiedad intelectual (“DPIs”) nunca han sido más económica y políticamente importantes o controversiales de lo que son hoy. Sin embargo, según la Business Software Alliance (“BSA”), 35% del software instalado en 2006 en PCs globalmente fue obtenido ilegalmente, ascendiendo a pérdidas globales de más de 40 billones.
La protección bajo el derecho de autor Desde el año 1988, al menos, los tribunales han protegido al software en Argentina bajo el derecho de autor. Especialmente en el ámbito del derecho penal, el software fue protegido tempranamente, bajo los artículos 71 y 72 de la ley de Propiedad Intelectual (ley 11723; en adelante, “LPI”). A fines de 1994, con la sanción de la ley 24425, se incluyó en la legislación argentina la normativa del Acuerdo Sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual, esta normativa, en su art. 10, fue la primera protección explícita del software. En 1998 se sancionó la ley 25036, que reformó a la LPI. En lo principal, la ley modificó el art. 1, para incluir específicamente a los programas de computación fuente y objeto y las compilaciones de datos o de otros materiales”. La ley también incluyó otras reglas relativas al software en los arts.4.d), 9, 55bis y 57, y legitimó implícitamente el decreto 165/94. Bajo esta normativa, el software hoy se protege con el registro de la Dirección Nacional del Derecho de Autor, facilitada por la CESSI.
¿Existen las “patentes de software”? El Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (“INPI”) ha establecido directrices para el patentamiento de software, en el Anexo VII de la Resolución P-243/03. No obstante, el software puede ser patentado cuando “aporta una solución técnica a un problema técnico”. Específicamente, pueden patentarse tres tipos de software: a) el procesamiento de datos físicos b) el procedimiento o método que tiene un efecto sobre la manera en que un ordenador funciona;  c) el procedimiento o método cuya estructura implica consideraciones técnicas.
La protección del software en Estados Unidos: derechos de autor, patentes y secretos comerciales En Estados Unidos, como sostiene Goldstein, las normas sobre “secretos comerciales, copyright y derecho de patentes han sido usadas para proteger la inversión en programas de computación desde los comienzos de la industria. El copyright, con sus estándares bajos y derechos ampliamente protegibles, emergió como unaforma popular de protección en la década de los ochenta cuando los programas orientados al consumidor, de producción en serie, comenzaron a llenar los estantes de los negocios de informática. Sólo en la década de los noventa, con el alejamiento de la Corte de sus visiones más restrictivas y los límites cada vez más evidentes del copyright para proteger la inversión en el diseño de software, el interés por la protección de patentes revivió.
La protección del copyright En 1976, el Congreso modificó la ley de copyright. Como sostiene Hollaar, la sanción de esta modificación dejó en claro que el Congreso quería proteger el software, además, la Comisión Nacional sobre Nuevos Usos Tecnológicos de Obras con Copyright, expresó sus dudas en su informe final: “la línea que debe trazarse es entre la expresión y la idea, entre la escritura y el proceso que es descrito”. Copyright no protegía los códigos objeto. ComputerAssociates v. Altai, en 1992, los tribunales cambiaron la jurisprudencia. Si bien mantuvieron la decisión de que el “copyright puede ser infringido aun cuando no se copia ningún código literalmente”, los tribunales “propusieron usar un proceso de tres pasos, de abstracción-filtración-comparación para evaluar la similitud de dos programas de computación.
El “software libre” Paralelamente al surgimiento del copyright de software, comenzó a gestarse el movimiento de “software libre”. Este movimiento surgió como una respuesta al creciente número de programas protegidos por las normas de propiedad intelectual. El “software libre” es el aquél que incorpora cuatro “libertades”: (1) La libertad de ejecutar el programa, para cualquier fin; (2) La libertad de estudiar cómo funciona el programa, y adaptarlo a tus necesidades. El acceso al código fuente es una precondición para esto; (3) La libertad de redistribuir las copias, para ayudar a tu par (neighbor); (3) La libertad de mejorar el programa, y de lanzar tus mejoras al público, para que así la comunidad toda se beneficie.
La protección bajo el derecho de patentes El primer pronunciamiento sobre patentes de software se produjo en el caso Gottschalk v. Benson en 1972. En este caso, dos ingenieros buscaban patentar un procedimiento matemático, que transformaba números en sistema decimal a números en sistema binario para utilizarlos en el trabajo con computadoras. La sentencia fue interpretada por la comunidad jurídica como un obstáculo casi definitivo para el patentamiento de programas de computación. Nueve años después, la Corte revisó su decisión anterior. En el caso Diamond vs. Diehr dos ingenieros inventaron un dispositivo para curar goma. El dispositivo era una prensa mejorada, que aplicaba calor de acuerdo con señales controladas por un programa de computación.
Ventajas y desventajas del derecho de autor y del derecho de patentes en la protección de software Los profesores Meurer y Jim argumentan que, todo considerado, el sistema de patentes desalienta la innovación. Según su perspectiva, las patentes funcionan mucho mejor en el campo farmacéutico que en el campo de las tecnologías de información. En conclusión, las patentes de software pueden proveer una protección mucho más grande para los desarrolladores de software. Los beneficios de obtener la protección de patentes pueden ser extraordinarios.
LA PROTECCIÓN JURÍDICA DEL SOFTWARE EN ARGENTINA Es una principal fuente que genera empleo para muchas personas, lo cual demanda una muy fuerte cantidad de dinero , con el propósito de crecer más como industria y lograr el objetivo primordial, también nos podamos dar cuenta que el derecho de propiedad intelectual a tomado mayor importancia con el pasar de los años. LA PROTECCIÓN JURÍDICA DEL SOFTWARE EN LOS EE.UU. Nos habla que al principio la fuente más importante que podía existir era el vínculo que se tenía con los comerciales en cuanto a sus secretos, pues aunque haya pasado tiempo no ha dejado de perder la validez los secretos comerciales. Nos dice que respecto a la protección del copyright en EE. UU. nos podemos dar cuenta que el congreso intenta proteger al software, pero en la ley no tenían muy claro el concepto de protección, ya que era un poco confuso y creaba controversia.
En el Perú la protección jurídica del software es en base a la protección de los derechos de autor (decreto legislativo 822) o el derecho de patentes (Decreto Legislativo 823). Bueno analizando tanto el decreto legislativo 822 y 823, llego a la conclusión que en el Perú la protección jurídica del software es en base al derecho de patentes, ya que el decreto legislativo 823 nos habla prácticamente de elementos de producción industrial como inventos, nombres comerciales, secretos, algo que al ser expuesto pierda de alguna u otra manera su validez pero sea de gran aporte para el avance ya sea tecnológico o cual sea el modo. Entonces el software es protegido por el derecho de patentes ya que es un avance tecnológico para la eficacia y desarrollo de muchos proyectos, pues es un apoyo de superación para la sociedad, es de mucha gran utilidad.

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  • 1. PROTECCIÓN JURÍDICA DEL SOFTWARE La industria del software en Argentina es una industria en constante expansión, la industria del software crece, por un lado, en el mercado interno, con la evolución de las ventas de artículos de computación y accesorios. Para ser sustentable, la expansión de la industria debe ir acompañada de la protección jurídica correspondiente. “Los derechos de propiedad intelectual (“DPIs”) nunca han sido más económica y políticamente importantes o controversiales de lo que son hoy. Sin embargo, según la Business Software Alliance (“BSA”), 35% del software instalado en 2006 en PCs globalmente fue obtenido ilegalmente, ascendiendo a pérdidas globales de más de 40 billones.
  • 2. La protección bajo el derecho de autor Desde el año 1988, al menos, los tribunales han protegido al software en Argentina bajo el derecho de autor. Especialmente en el ámbito del derecho penal, el software fue protegido tempranamente, bajo los artículos 71 y 72 de la ley de Propiedad Intelectual (ley 11723; en adelante, “LPI”). A fines de 1994, con la sanción de la ley 24425, se incluyó en la legislación argentina la normativa del Acuerdo Sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual, esta normativa, en su art. 10, fue la primera protección explícita del software. En 1998 se sancionó la ley 25036, que reformó a la LPI. En lo principal, la ley modificó el art. 1, para incluir específicamente a los programas de computación fuente y objeto y las compilaciones de datos o de otros materiales”. La ley también incluyó otras reglas relativas al software en los arts.4.d), 9, 55bis y 57, y legitimó implícitamente el decreto 165/94. Bajo esta normativa, el software hoy se protege con el registro de la Dirección Nacional del Derecho de Autor, facilitada por la CESSI.
  • 3. ¿Existen las “patentes de software”? El Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (“INPI”) ha establecido directrices para el patentamiento de software, en el Anexo VII de la Resolución P-243/03. No obstante, el software puede ser patentado cuando “aporta una solución técnica a un problema técnico”. Específicamente, pueden patentarse tres tipos de software: a) el procesamiento de datos físicos b) el procedimiento o método que tiene un efecto sobre la manera en que un ordenador funciona; c) el procedimiento o método cuya estructura implica consideraciones técnicas.
  • 4. La protección del software en Estados Unidos: derechos de autor, patentes y secretos comerciales En Estados Unidos, como sostiene Goldstein, las normas sobre “secretos comerciales, copyright y derecho de patentes han sido usadas para proteger la inversión en programas de computación desde los comienzos de la industria. El copyright, con sus estándares bajos y derechos ampliamente protegibles, emergió como unaforma popular de protección en la década de los ochenta cuando los programas orientados al consumidor, de producción en serie, comenzaron a llenar los estantes de los negocios de informática. Sólo en la década de los noventa, con el alejamiento de la Corte de sus visiones más restrictivas y los límites cada vez más evidentes del copyright para proteger la inversión en el diseño de software, el interés por la protección de patentes revivió.
  • 5. La protección del copyright En 1976, el Congreso modificó la ley de copyright. Como sostiene Hollaar, la sanción de esta modificación dejó en claro que el Congreso quería proteger el software, además, la Comisión Nacional sobre Nuevos Usos Tecnológicos de Obras con Copyright, expresó sus dudas en su informe final: “la línea que debe trazarse es entre la expresión y la idea, entre la escritura y el proceso que es descrito”. Copyright no protegía los códigos objeto. ComputerAssociates v. Altai, en 1992, los tribunales cambiaron la jurisprudencia. Si bien mantuvieron la decisión de que el “copyright puede ser infringido aun cuando no se copia ningún código literalmente”, los tribunales “propusieron usar un proceso de tres pasos, de abstracción-filtración-comparación para evaluar la similitud de dos programas de computación.
  • 6. El “software libre” Paralelamente al surgimiento del copyright de software, comenzó a gestarse el movimiento de “software libre”. Este movimiento surgió como una respuesta al creciente número de programas protegidos por las normas de propiedad intelectual. El “software libre” es el aquél que incorpora cuatro “libertades”: (1) La libertad de ejecutar el programa, para cualquier fin; (2) La libertad de estudiar cómo funciona el programa, y adaptarlo a tus necesidades. El acceso al código fuente es una precondición para esto; (3) La libertad de redistribuir las copias, para ayudar a tu par (neighbor); (3) La libertad de mejorar el programa, y de lanzar tus mejoras al público, para que así la comunidad toda se beneficie.
  • 7. La protección bajo el derecho de patentes El primer pronunciamiento sobre patentes de software se produjo en el caso Gottschalk v. Benson en 1972. En este caso, dos ingenieros buscaban patentar un procedimiento matemático, que transformaba números en sistema decimal a números en sistema binario para utilizarlos en el trabajo con computadoras. La sentencia fue interpretada por la comunidad jurídica como un obstáculo casi definitivo para el patentamiento de programas de computación. Nueve años después, la Corte revisó su decisión anterior. En el caso Diamond vs. Diehr dos ingenieros inventaron un dispositivo para curar goma. El dispositivo era una prensa mejorada, que aplicaba calor de acuerdo con señales controladas por un programa de computación.
  • 8. Ventajas y desventajas del derecho de autor y del derecho de patentes en la protección de software Los profesores Meurer y Jim argumentan que, todo considerado, el sistema de patentes desalienta la innovación. Según su perspectiva, las patentes funcionan mucho mejor en el campo farmacéutico que en el campo de las tecnologías de información. En conclusión, las patentes de software pueden proveer una protección mucho más grande para los desarrolladores de software. Los beneficios de obtener la protección de patentes pueden ser extraordinarios.
  • 9. LA PROTECCIÓN JURÍDICA DEL SOFTWARE EN ARGENTINA Es una principal fuente que genera empleo para muchas personas, lo cual demanda una muy fuerte cantidad de dinero , con el propósito de crecer más como industria y lograr el objetivo primordial, también nos podamos dar cuenta que el derecho de propiedad intelectual a tomado mayor importancia con el pasar de los años. LA PROTECCIÓN JURÍDICA DEL SOFTWARE EN LOS EE.UU. Nos habla que al principio la fuente más importante que podía existir era el vínculo que se tenía con los comerciales en cuanto a sus secretos, pues aunque haya pasado tiempo no ha dejado de perder la validez los secretos comerciales. Nos dice que respecto a la protección del copyright en EE. UU. nos podemos dar cuenta que el congreso intenta proteger al software, pero en la ley no tenían muy claro el concepto de protección, ya que era un poco confuso y creaba controversia.
  • 10. En el Perú la protección jurídica del software es en base a la protección de los derechos de autor (decreto legislativo 822) o el derecho de patentes (Decreto Legislativo 823). Bueno analizando tanto el decreto legislativo 822 y 823, llego a la conclusión que en el Perú la protección jurídica del software es en base al derecho de patentes, ya que el decreto legislativo 823 nos habla prácticamente de elementos de producción industrial como inventos, nombres comerciales, secretos, algo que al ser expuesto pierda de alguna u otra manera su validez pero sea de gran aporte para el avance ya sea tecnológico o cual sea el modo. Entonces el software es protegido por el derecho de patentes ya que es un avance tecnológico para la eficacia y desarrollo de muchos proyectos, pues es un apoyo de superación para la sociedad, es de mucha gran utilidad.