Este documento describe los 10 pasos clave en la cadena de custodia de la evidencia: 1) Reconocimiento, 2) Protección, 3) Fijación, 4) Levantamiento, 5) Examen, 6) Rotulado, 7) Envasado, 8) Sellado, 9) Traslado y 10) Almacenamiento. El objetivo es asegurar que la evidencia sea manejada correctamente y de forma que pueda ser usada en un juicio.
1. UNIDAD 7
CADENA DE CUSTODIA DE LA
EVIDENCIA
Profesor: Luis SANDOVAL MONTEIRO
2. CADENA DE CUSTODIA
DE LA EVIDENCIA
1.- Reconocimiento de la Evidencia.
2.- Protección de la Evidencia.
3.- Fijación de la Evidencia.
4.- Levantamiento de la Evidencia.
5.- Examen de la Evidencia.
6.- Rotulado de la Evidencia.
7.- Envasado de la Evidencia.
8.- Sellado del envase de la Evidencia.
9.- Traslado de la Evidencia.
10.- Almacenamiento de la Evidencia.
3. 1.- Reconocimiento
de la evidencia
• Corresponde al momento en el cual el
investigador se percata de la existencia de algún
indicio, huella o elemento que puede representar
una Evidencia.
• No sólo de la evidencia perceptible a simple
vista, sino también de las zonas donde se
sospecha que podrían encontrarse las
evidencias. (pelos, fibras, etc.)
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5. 2.- Protección de la
Evidencia
• Este procedimiento está orientado a
evitar que por manipulación de terceros,
por mala manipulación de nuestro propio
personal o por fenómenos atmosféricos,
la evidencia sea dañada y pierda su
condición de medio de prueba para ser
presentada en el Tribunal que
corresponda.
6. 3.-Fijación de la Evidencia
• Nos permite dejar constancia del lugar
exacto y de las condiciones en que
fueron encontradas las Evidencias en el
S.S.
• Debemos preocuparnos que sea
completa y que todas las Evidencias
sean debidamente fijadas.
7. Continuación…
• La fijación será en forma fotográfica,
planimétrica y escrita. Además, se
podrá utilizar cualquier otro medio
auxiliar que se desee.
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10. 4.-LEVANTAMIENTO DE
LA EVIDENCIA
• Para realizar este procedimiento, utilizaremos el
método adecuado para cada tipo de evidencia,
con la finalidad de preservar en su estado
original y no dañarla.
• Recordemos que en este momento hemos
empezado a manipular la evidencia por lo tanto,
deberemos extremar las precauciones para
cumplir con el objetivo final que es su
preservación.
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12. 5.-EXAMEN DE LA
EVIDENCIA
• Este punto se refiere a la observación preliminar
de la evidencia, a fin de poder determinar la
presencia de posibles “evidencias sobre
evidencias”. (Huellas digitales en un arma, pelos
en un elemento contundente, etc.)
• Para orientar la labor de los peritos y para
obtener la mayor cantidad de elementos útiles
para la investigación.
13. 6.-ROTULADO DE LA
EVIDENCIA
• Este procedimiento es fundamental
para evitar confusiones con respecto a
las Evidencias.
• Debe realizarse en el Sitio del Suceso.
• Debe hacerse antes de envasar la
Evidencia, para evitar dañarla.
14. 7.-ENVASADO DE LA
EVIDENCIA
• Para este procedimiento debemos tener
muy en cuenta el tipo de evidencia que
queremos empacar, ya que de ello va a
depender nuestro sistema de envasado.
• Considerar una advertencia cuando se
trate de evidencias biológicas, como
fluidos corporales.
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17. 8.- SELLADO DEL ENVASE
DE LAS EVIDENCIAS
• Es importante que toda la evidencia debe
ser sellada en el S.S., ya que de esa forma,
podremos dar mayor seguridad, en el
Tribunal, de que la evidencia no se dañó en
el traslado posterior y que tampoco sufrió
ninguna intervención desde que fue
levantada hasta que es entregada en el
Laboratorio o Depósito de la Fiscalía.
18. ENTREGA AL CUSTODIO
DE EVIDENCIAS
• De ser posible se designará a un Oficial Ayudante
como “custodio de Evidencias”, a quien deberán ser
entregadas todas éstas, para dar mayor seguridad
que todas las evidencias fueron manipuladas en
forma ordenada y a cargo de una sola persona.
• Este funcionario también será encargado de llenar el
“ROTULO Y FORMULARIO UNICO DE
CADENA DE CUSTODIA”.
19. 9.-TRASLADO DE LA
EVIDENCIA
• Este deberá realizarse en un vehículo
policial en el cual deberá trasladarse el
funcionario encargado de la custodia de
las evidencias.
• Dirigiéndose lo antes posible a la
Unidad respectiva o al lugar que el Sr.
Fiscal determine.
20. 10.-ALMACENAMIENTO DE
LAS EVIDENCIAS
• Por norma general, será en el depósito permanente de la
Fiscalía respectiva, el cual deberá contar con zonas
climatizadas y con refrigeración para la preservación de las
evidencias. No obstante, todas las Unidades Policiales, deberán
contar con un “Depósito de Evidencias en Tránsito”, el cual
deberá estar especialmente habilitado para el efecto y contar,
dentro de lo posible, con las condiciones adecuadas para
conservar las evidencias por el período en que éstas se
encuentren en dependencias policiales.
• Además, deberá contar con las máximas medidas de seguridad,
estando a cargo de un mínimo de empleados responsables de
ella.
21. TRASLADOS POSTERIORES
DE LAS EVIDENCIAS
• Cualquier traslado posterior de evidencias,
ya sea para su envío al Laboratorio, para ser
presentada al Fiscal o para ser presentada
como medio de prueba en el Juicio, deberá
realizarse con las máximas medidas de
seguridad, quedando siempre registrado en
la respectiva Hoja “Cadena de Custodia de
la Evidencia”.