Teleconferencia Accionistas Q1 2024 . Primer Trimestre-
Mercedes Ponce: Ayudas e incentivos FEDER para emprendedores y autónomos en Andalucía
1. Taller sobre aspectos fiscales y contables
para Autónomos y Emprendedores.
Sevilla 12 de Marzo de 2013
2. AGENCIA DE INNOVACIÓN Y DESARROLLO
Contribuye al desarrollo económico de Andalucía, mediante
el apoyo a las empresas andaluzas, a los emprendedores
y a la propia Junta de Andalucía, promoviendo el espíritu
empresarial, la innovación, la cooperación del sistema
Ciencia–Empresa–Tecnología y mejorando la
competitividad de la estructura productiva de Andalucía.
Agencia IDEA C/ Adriano del Valle nº 7, local 1. Tel. 955 030
900.
La Agencia IDEA coordina los incentivos a la innovación y al
desarrollo empresarial promovidos por la Consejería de
Economía, Innovación y Ciencia, actuando como gestor
único para facilitar la atención de las solicitudes y agilizar
los plazos.
3. AGENCIA DE INNOVACIÓN Y DESARROLLO
Para impulsar la innovación, principal factor estratégico para el
desarrollo de Andalucía, se ha desarrollado el Programa de
Incentivos para el Fomento de la Innovación y el Desarrollo
Empresarial.
Este programa de incentivos, cuya vigencia llega hasta el 30 de
diciembre de 2013, está financiado por la Subvención
Global Innovación-Tecnología-Empresa de Andalucía 2007-
2013, cofinanciada por el Fondo Europeo de Desarrollo
Regional e incorporada en el Programa Operativo FEDER
Andalucía 2007-2013.
4. Líneas o programas:
a) Creación de empresas
b) Modernización de empresas
c) Cooperación competitiva de las empresas.
d) Investigación Desarrollo e Innovación.
Tipos de incentivos:
- Incentivos directos de intensidad max. 50%
- Incentivos reembolsables de intensidad max. 75% (a
devolver entre 5-10 años)
- Bonificaciones en tipo interés.
- Préstamos participativo (Invercaria)
5. Beneficiarios:
Los beneficiarios de los incentivos serán las empresas, especialmente las PYMES
preferentemente del sector industrial y servicios de apoyo a la industria, que vayan
a realizar un proyecto en Andalucía, atendiendo a los siguientes criterios:
a) Tamaño: las empresas podrán ser de cualquier tamaño (no pyme grande)
,mediana o pequeña (según la Recomendación de la Comisión de 6 de mayo
de 2003 sobre la definición de microempresas, pequeñas y medianas
empresas).
b) Forma jurídica:
Organismos.- Podrán ser beneficiarias las asociaciones de empresas y las fundaciones
que tengan relación con el ámbito empresarial cuando actúen como empresa. En
general se considerará que actúan como empresa cuando realicen una actividad
económica, entendiendo como tal aquella que tiene como fin prestar bienes o
servicios a cambio de una remuneración. También podrán ser beneficiarias las
agrupaciones (clúster) innovadoras).
Empresas no Societarias .-No podrán ser beneficiarias de préstamos participativos.
Empresas Societarias .-Sociedades anónimas, sociedades de responsabilidad limitada,
sociedades laborales, sociedades cooperativas, sociedades comanditarias; no
podrán beneficiarse las sociedades civiles, ni las comunidades de bienes, ni las
sociedades agrarias de transformación.
6. Detalle de modalidades de apoyo
Incentivo directo a fondo perdido: Consisten en la entrega de
una cantidad obtenida como un porcentaje de la inversión y/o gasto
considerado incentivable que no hay que devolver.
Incentivos reembolsables: Consisten en la entrega de una
cantidad que habrá que devolver. Son préstamos al 0% de tipo de
interés otras características de este tipo son: plazo máximo para su
devolución : entre 5 y 10 años, carencia máxima: 2 años, importe
máximo: el 75% de la inversión incentivable, garantías: se tendrán
que aportar garantías suficientes.
Bonificaciones de tipo de interés: Disminución del tipo de interés
de préstamos utilizados para financiar los proyectos. Esta
disminución se realizará aplicando el importe del incentivo a la
amortización de capital de los préstamos. Se aplicarán las
condiciones del Convenio Junta de Andalucía -Entidades Financieras
que esté vigente.