2. 1. INTRODUCCIÓN AL RÉGIMEN DE AUTÓNOMOS:
OBLIGACIONES FORMALES FRENTE A LA HACIENDA
PÚBLICA
2. RÉGIMEN FISCAL. ALTERNATIVAS, LIMITACIONES E
INCOMPATIBILIDADES
3. VENTAJAS FISCALES DE LA PYME: amortización,
clientes de dudoso cobro, reducción por
mantenimiento o creación de empleo…
4. APLICACIÓN DEL PLAN GENERAL DE
CONTABILIDAD AL AUTONOMO.CASOS PRÁCTICOS
5. DIFERENCIAS ENTRE SER AUTÓNOMO Y
CONSTITUIR UNA SOCIEDAD: VENTAJAS E
INCONVENIENTES
2
5. SOCIEDAD CIVIL
La sociedad deberá presentar
declaración informativa relativa a Tendrán la naturaleza derivada de la
las rentas a distribuir a sus actividad o fuente de dónde procedan,
miembros (Modelo 184) y es decir, actividad económica.
Operaciones con terceros (Modelo
347)
Con arreglo a las normas del
IRPF.
Se atribuirán en atención a los
pactos entre las partes, a falta de Las rentas satisfechas estarán
éstos se hará por partes iguales. sujetas a retención o ingreso a
cuenta (Modelos trimestrales
Serán practicados por cada uno de 111-115 y anuales 190-180).
los socios (Modelo 130) 5
8. CRITERIOS DE IMPUTACIÓN DE INGRESOS Y GASTOS
REGLA GENERAL
IMPUTACIÓN DE INGRESOS Y GASTOS:
Cuando se produzcan (devengo).
No cuando se cobren o paguen (caja).
REGLA ESPECIAL
IMPUTACIÓN DE INGRESOS Y GASTOS: Los empresarios
en E Directa simplificada pueden optar por el criterio de
cobros y pagos. Dicho criterio se entiende aprobado por el
solo hecho de manifestarlo en la declaración anual (M 100)
y ha de mantenerse al menos 3 años
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9. CÁLCULO DEL RESULTADO: BENEFICIOS FISCALES PYME
GASTOS DE PERSONAL
Salario bruto, dietas, aportaciones a sus planes de pensiones ,S. Social a
cargo de la empresa
GASTOS DE REPARACIÓN Y CONSERVACIÓN
Gastos ocasionados para el sostenimiento del inmovilizado.
DISTINTO SON LAS OBRAS EN LOCALES ALQUILADOS: se activan y se llevan
a gasto (vía amortización) en el periodo de alquiler.
DETERIORO DE VALOR
CLIENTES MOROSOS: gasto transcurridos 6 meses desde el vencimiento de la
obligación de cobro, o reclamados judicialmente o declarados en concurso
10. CÁLCULO DEL RESULTADO: BENEFICIOS FISCALES
PYME
AMORTIZACIONES: Reflejan la depreciación motivada por el uso experimentada
por determinados bienes del inmovilizado.
Edificios
Mobiliario, enseres y demás equipos
Automóviles de turismo
Equipos procesos información
Sistemas y programas informáticos
Instalaciones aire acondicionado
Telefonía
Máquinas copiadoras y reproductoras
Coeficiente mínimo: 100 / Periodo máximo Periodo mínimo: 100 / Coeficiente máximo
BIENES USADOS Precio adquisición x coeficiente tabla x 2 10
11. CÁLCULO DEL RESULTADO: BENEFICIOS FISCALES
PYME
LIBERTAD PARA INVERSIONES DE ESCASO VALOR
(PYME)
•Inmovilizado material nuevo.
•Valor unitario < 601,01 € Límite: 12.020,24 € en el ejercicio
AMORTIZACIÓN ACELERADA
(PYME)
•Inmovilizado material nuevo, inversiones inmobiliarias e inmovilizado
intangible
•Beneficio fiscal: Coeficiente máximo de tablas x 2
AMORTIZACIÓN DE ELEMENTOS PATRIMONIALES OBJETO DE
REINVERSIÓN (PYME)
•Inmovilizado material e inversiones inmobiliarias en que se materialice
la reinversión del importe obtenido en la enajenación de elementos del
inmovilizado material e inversiones inmobiliarias
•Beneficio fiscal: Coeficiente máximo de tablas x 3
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12. CÁLCULO DEL RESULTADO: BENEFICIOS FISCALES
PYME
ARRENDAMIENTO
FINANCIERO
Es gasto deducible la carga financiera y la amortización del activo
arrendado conforme a la vida útil del activo (no conforme al periodo de
arrendamiento).
AMORTIZACIÓN ACELERADA PYMES: Precio de adquisición x
coeficiente tablas x 2 x 1,5, sin que este importe pueda superar la suma de
la parte de las cuotas de arrendamiento correspondientes al valor del bien
arrendado.
MICROEMPRESA (aquella que no supera dos de 3 requisitos: 2mill
volumen de negocio, 1 mill activo y 10 trabajadores): es gasto la totalidad
de la cuota (devolución del coste del bien+ intereses)
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13. CÁLCULO DEL RESULTADO: BENEFICIOS FISCALES
PYME
OTROS GASTOS DE
GESTIÓN
•Gastos por servicios externos y arrendamientos de servicios. Son servicios
prestados por terceros.
•Tributos. IBI, Tasa de basura.
•Gastos financieros. Intereses satisfechos (Avales)
No son fiscalmente deducibles: las sanciones administrativas, ni el recargo
de apremio y el recargo por presentación fuera de plazo de liquidaciones y
autoliquidaciones, pero sí los intereses de demora.
Sí son fiscalmente deducibles: los intereses de demora y los gastos de
formalización de deudas.
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14. I.R.P.F.
REDUCCIONES DEL RENDIMIENTO ejercicio 2012
•Reducción del 20% de los rendimientos netos positivos de la actividad, para los
contribuyentes que ejerzan actividades económicas
•Requisitos:
Importe neto de la cifra de negocio <5 millones de euros y una plantilla < 25
empleados
•Mantengan o creen empleo respecto a la cifra media de trabajadores en 2008,
se entiende que el contribuyente mantiene o crea empleo cuando en cada uno de
los períodos 2009, 2010 y 2011, 2012, 2013 la plantilla media no sea inferior a
la unidad y a la plantilla media de 2008
•El importe de la reducción no podrá superar el 50% de las retribuciones de los
trabajadores.
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15. I.R.P.F.
REDUCCIONES DEL RENDIMIENTO ejercicio 2013
Reducción del 20% de los rendimientos netos positivos:
•Los contribuyentes han de determinar el rendimiento por el
método de estimación directa.
•Las actividades económicas se deben iniciar a partir del 1 de
enero de 2013.
•No se debe haber ejercido ninguna otra actividad en el año
anterior a la fecha de inicio de la nueva actividad.
•La reducción se aplicará en el primer periodo impositivo en
el que el rendimiento sea positivo y en el siguiente.
•La cuantía máxima de rendimientos netos sobre los que se
puede aplicar esta reducción es de 100.000€ anuales.
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16. I.R.P.F. (ESTIMACIÓN DIRECTA SIMPLIFICADA)
PARTICULARIDADES
No deducibles los importes en concepto de pérdidas por deterioros de
valor.
Gastos de difícil justificación: 5% Rendimiento Neto
O bien, reducción entre 2.652€ (para rendimientos netos > 13.260€
anuales) y 4.080€ (para rendimientos netos < 9.180€, anuales)
SIEMPRE QUE:
•Autónomos que trabajen para un solo cliente (no vinculado).
•No obtengan rentas del trabajo.
•Sus gastos no superen el 30% de sus ingresos.
•Al menos el 70% de sus ingresos se sometan a retención.
•Incompatible con los gastos de difícil justificación
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17. I.R.P.F. (ESTIMACIÓN DIRECTA SIMPLIFICADA)
Amortizaciones: Forma lineal conforme tabla de amortización (O.M. 27/03/1998)
Compatible con beneficios fiscales de libertad y aceleración de PYMES.
Edificios
Instalaciones, mobiliario y
enseres
Elementos transporte
Equipos procesos información
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18. I.R.P.F.
INGRESOS
Ingresos conforme a la L.I.S., con EXCEPCIONES:
INGRESOS FINANCIEROS: Rendimientos de Capital Mobiliario
NO rendimientos de la actividad económica
BENEFICIOS POR VENTAS DE ACTIVOS (local de la actividad): ganancias
patrimoniales tributando en base del ahorro (tipo 21% para los primeros
6.000€ , entre 6.000 y 24.000 al 25%, a partir de esa cifra 27%).
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19. I.R.P.F.
GASTOS
PARTICULARIDADES:
Cantidades aportadas a las mutualidades de previsión social por
profesionales no integrados en el régimen de autónomos de la Seguridad
Social
Será gasto deducible con el límite anual de 4.500€ y las cantidades
aportadas que sobrepasen dicho límite serán objeto de reducción en la
base imponible general del impuesto como aportaciones a sistemas de
previsión social (máxima deducción 10.000€, o 30% de los rendimientos
si fuese menor, se eleva a12.500€ y 50% de los rendimientos para
mayores de 50 años) .
Primas de seguro de enfermedad que correspondan a la propia
cobertura del arquitecto, la de su cónyuge e hijos menores de 25 años que
convivan con él/ella, son gasto deducible con el límite máximo de 500 €
por persona.
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21. CONSIDERACIONES
Gastos de personal: 3.000€ abonados a su hijo de 16 años, por servicios en estudio de arquitectura en
julio y agosto.
Tributos: I.B.I.
Rendimientos Capital Mobiliario: 900€
Retenciones Actividad Económica: 18.000€
Pagos Fraccionados: 36.000€
Pago I.R.P.F. 2007: 13.500€
Arrendamiento: cantidad satisfecha a esposa por titularidad compartida de inmueble dónde se desarrolla
la actividad.
Local adquirido en 1.999 por el matrimonio por importe de 250.000€
Suelo: 40% (conforme I.B.I.)
Gastos de viaje :
4.500€: % de gastos vehículo en función de km. Recorridos en uso particular y profesional.
Resto: Gastos manutención y estancia en establecimientos de hostelería debidamente justificados por
desplazamientos realizados por motivos profesionales.
Impagados: deuda con un cliente.
Otros gastos: suscripciones a revistas profesionales.
Amortización: Se acoge a incentivos fiscales de PYMES, amortizando al máximo de tablas.
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22. SOLUCIÓN:
INGRESOS:……………....190.000
Facturados…… 200.000
GASTOS:………………..….87.355
G. Personal……... 42.000 CÁLCULO AMORTIZACIONES:
I.B.I. ……………...... 1.500
Alquiler …………….…0 •Local = 250.000 x 3% x 60% = 4.500€
P. Seguro …….……10.000
Cuota Colegio…… 3.000 •E. informático nuevo = 5.000 x 26% x 2 = 2.600€
Mutualidad ………. 3.005
•Aire nuevo = 10.000 x 10% x 2x 7/12 = 1.166,66 €
Dietas ……………… 3.000
Energía ………….. 5.000 •Mobiliario nuevo = 20.000 x 10% x 2 x 4/12=
Impagados …………….0 1.333,33 €
Material estudio….2.750
Otros gastos ………7.500
Amortización ……..9.600
RDTO. NETO PREVIO:….102.645
-5% RDTO. NETO………..
5.132,25
RDTO. NETO:………… …..
97.512,75
Reducción mantenimiento
empleo
-20% de 97.512,75 = 19.502,55
Límite 50% salarios 17.500 22