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UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR
FALCULTAD DE CIENCIAS ADMINISTRATIVAS
CARRERA DE CONTABILIDAD Y AUDITORÍA
Régimen Impositivo para Microempresas/ RIMPE
Grupo #4
Integrantes:
• Bernal Sung Brian Soo
• Carrera YanchapaxiJosé Alejandro
• Espinosa Guambi Erika Fernanda
• Farinango Pacas Walter Denis
• Guamán Lechón Anahí Paulina
• Guamán MolinaCristian Alexander
• HidalgoVelastegui Richard Marlon
Docente: Dra. María Angélica García
Semestre: 2023-2023
RÉGIMEN
IMPOSITIVO PARA
MICROEMPRESAS
• Las personasnaturales
• Las sociedades residentesfiscalesdel Ecuador o
establecimientos permanentes de sociedades extranjeras
Que cumplan con las condiciones previstas en:
• El Código Orgánico de la Producción,
• Comercio e Inversiones; y
• su reglamento,
para ser considerados microempresas
SE SUJETARÁN AL
RÉGIMEN PARA
MICROEMPRESAS
RÉGIMEN IMPOSITIVO PARA MICROEMPRESAS
• Incluidos los emprendedores
o Contribuyentessujetosa regímenes impositivos simplificados u otro régimen
tributario similar
o Organismos internacionales,multilateraleso no gubernamentales, agencias
especializadasinternacionales,institucionesdel Estado y empresas públicas
El régimen para microempresas no aplica a:
o Las instituciones financieras y organizacionesdel sector financiero popular
y solidario
o Los que desarrollen actividades de ocupación liberal, y personas que presten
servicios profesionalescomo notarios y registradores
o Los que desarrollen servicios de transporte terrestre público de pasajeros y
transporte terrestre comercial
o Contribuyentes con ingresos exclusivos bajo relación de dependencia o sujetos
al impuesto a la renta único
o Los que perciban solo rentas de capital,incluido sociedadestenedoras de acciones
o Actividades de recursos naturalesno renovables: exploración explotación o
transporte
Inclusión del
oficio
• Los contribuyentes que se inscribanal RUC eneste régimen
iniciaránsuactividadeconómicacon conformidadal mismo
• Los que correspondaactualizaciónde suRUC, estaránsujetos
a partir del primer día del ejerciciofiscal siguiente al de su
inclusión.
Inclusión y Exclusión en el Régimen para
Microempresas
El SRI utilizara la información de su base de datos
Exclusión del
oficio
✓ Contribuyentes que nocumplanlas condiciones ohaya
superadoel tiempomáximoen el RIM
✓ Se hace efectivaenel siguienteejerciciofiscal de suexclusión
y no puedenvolver al régimen
La inscripción de nuevos contribuyentes:
Las personas naturales pueden inscribirse en el RISE si cumplen los requisitos,
pero si ya estuvieron en el régimen de microempresas, no podrán unirse al RISE
Reinicio de actividades:
Si suspenden su RUC y en el mismo ejercicio fiscal reinicien actividades se
mantendrán en el régimen. Si reinician en otro ejercicio fiscal diferente al de la
suspensión, pueden volver al régimen si cumplen condiciones
Catastro del Régimen Impositivo para Microempresas:
El SRI publicará anualmente hasta el mes de septiembre en su sitio web el
listado de contribuyentes incluidos y excluidos, de este régimen
Emitir comprobantes de venta
Llevar contabilidad o un registro de ingresos y gastos
Presentación de declaraciones
Presentación de anexos de información cuando corresponda
Otros deberes formales que establezca el Código Tributario
Emitir facturas, liquidaciones de compra
de bienes y servicios y comprobantes de
retención.
DE LOS DEBERES FORMALES
Solicitarán los comprobantes de venta
que sustenten sus adquisiciones de
bienes y contratación de servicios.
Art. 253.11 DEBERES FORMALES
Art. 253.13 SUSTENTO DE
OPERACIONES
Art. 253.12 COMPROBANTES DE
VENTA
Presentar anexos de
información de conformidad
con las condiciones y plazos
señalados que emita el SRI
DE LOS DEBERES FORMALES
❑ Facilitar a funcionarios autorizados las
inspecciones y verificaciones
❑ Exhibir las declaraciones, informes, libros
y documentos relacionados.
❑ Demás deberes formales establecidos en
el Código Tributario.
Obligados a llevar contabilidad según la
LORTI y aquellos que no, mantendrán un
registro de ingresos y gastos.
Contribuyentes de este régimen deben
presentar la declaración de impuesto a
la renta, al IVA y al ICE
Art. 253.16 PRESENTACIÓN DE
ANEXOS DE INFORMACIÓN
Art. 253.15 PRESENTACIÓN DE
DECLARACIONES
Art. 253.17 OTROS DEBERES
FORMALES
Art. 253.14 CONTABILIDAD
DEL IMPUESTO A LA RENTA
La base imponible se establece considerando
los ingresos brutos gravados restando las
devoluciones y descuentos comerciales.
No se considerarán los ingresos que
correspondan a actividades sujeto al impuesto
a la renta único u otros distintos de la
actividad empresarial sujetos a este régimen.
Se aplicará la tarifa del 2% sobre los
ingresos previstos en el Art. 253.18
Presentarán y pagarán en forma
semestral, junto con el IVA
aplicando el 2% de las ventas netas
Se le aplicarán los beneficios tributarios
relacionados con los ingresos previstos en la
normativa legal vigente.
Art. 253.18 BASE IMPONIBLE
Art. 253.20 DECLARACIÓN
Y PAGO DEL IMPUESTO A
LA RENTA
Art. 253.19 TARIFA DEL
IMPUESTO A LA RENTA
DEL IMPUESTO A LA RENTA
En caso presentarse la declaración luego
del vencimiento de plazos, deberá pagar
los correspondientes intereses y multas
liquidadas en la misma declaración.
No serán agentes de retención de
impuesto a la renta, sin embargo, serán
sujetos de retención en la fuente con el
porcentaje de 1.75%
Las retenciones en la fuente que le hayan sido
practicadas constituyen crédito tributario para el
pago del impuesto a la renta
Art. 253.21 INTERESES Y MULTAS
Art. 253.23 CRÉDITO
TRIBUTARIO POR
RETENCIONES EN LA FUENTE
Art. 253.22 RETENCIÓN DEL
IMPUESTO A LA RENTA
Art. 253.25 Determinación del
impuesto al valor agregado
Art. 253.26.- Crédito tributario
Del Impuesto del Valor Agregado (IVA)
Art. 253.27.- Declaración y pago del
impuesto
se sujetará a las normas previstas en la
LORTI y el reglamento
por las importaciones o adquisiciones
locales de bienes, materias primas,
insumos o servicios, establecidos en la
LRTY, se cumplirá los requisitos de ley
De manera semestral para RIMPE Microempresas
en base a la siguiente tabla
Determinación del impuesto al
consumo especial
Suspencio de actividades
Del Impuesto al Consumo Especial (ICE)
Declaración y pago del impuesto
se sujetará a las normas previstas en la
LORTI y el reglamento
deberán presentar la declaracion en forma anticipada, hasta el mes siguiente de
producida la suspensiónLa declaración se presentará, aunque no se hubieren registrado
ventas en el respectivo periodo.
Se presentarán de manera semestral
IMPUESTO A LA RENTA SEMESTRAL DE LOS
CONTRIBUYENTES SUJETOS AL RÉGIMEN
IMPOSITIVO PARA MICROEMPRESAS
En el menú general seguir:
-Declaraciones
-Declaración de Impuestos
-Elaboración y envío de declaraciones.
Ingresar al portal web
www.sri.gob.ec, opción
SRI en línea, con su
usuario y contraseña.
Escoger
Formulario
1
2
3
Período fiscal: Seleccionar el año y el semestre del que se realizará la declaración.
Una vez que se encuentre en esta opción deberá seguir 4
pasos para enviar su declaración:
Preguntas: Aparecerán un grupo de preguntas que ayudan a establecer los
casilleros necesarios para el llenado de la declaración.
1
2
Formulario: se visualizarán las secciones y casilleros de acuerdo con la
contestación de las preguntas o información generada en el paso anterior.
3
Una vez que termine de ingresar la información
en el formulario, tendrá tres opciones:
En caso de no tener
errores o inconsistencias,
el sistema continuará el
proceso mostrándole un
resumen de su
declaración:
Pago: En este paso el sistema le permite seleccionar su forma de pago:
4
Finalmente dar clic en“Aceptar” su formulario será enviado y podrá imprimir su
Comprobante Electrónico de Pago (CEP) y su formulario.
Seleccionar
el período
fiscal.
1
Responde
r NO a la
primera
pregunta
2
Se generará
el resumen
de la
declaración
3
DECLARACIÓN EN CERO
Se visualizará una
confirmación de que
su declaración ha sido
procesada
satisfactoriamente.
4
DECLARACIÓN EN CERO
RIMPE
Régimen Impositivo
Simplificado para
Emprendedores y Negocios
Populares
LEY ORGÁNICA PARAEL DESARROLLO
ECONÓMICO Y SOSTENIBILIDAD FISCAL
03
Actividades no sujetas al RIMPE:
Actividades relacionadas a contratos de construcción, urbanización y
lotización, servicios profesionales, actividades de transporte, agropecuarias,
comercialización de combustibles, rentas de capital, inversiones extranjeras.
02
El RIMPE se subdividió en:
✓ RIMPE Emprendedores
✓ RIMPE Negocios Populares
01
Sustituye al:
✓ Régimen Impositivo Simplificado (RISE)
✓ Régimen Impositivo para Microempresas (RIMIC)
GENERALIDADES RIMPE
NEGOCIO
POPULAR
1 Conformado por:
Personas naturales cuyos ingresos son
de hasta USD 20.000,00
2 Deberes formales
✓ Emitir comprobantes de venta
✓ Pagos >1.000,00 a través de sistema financiero
✓ Presentación de declaraciones y anexos
RIMPE NEGOCIOS POPULARES
3 Autorización de trasacciones
Emitirá notas de venta con la leyenda "Contribuyente Negocio Popular - Régimen RIMPE"
IMPUESTO A LA RENTA
Declaración y pago de periodicidad anual, se efectuará de manera obligatoria a pesar
de que no existiesen valores de ingreso, retenciones o crédito tributario en el periodo
fiscal anual.
EJEMPLO: Actividadeconómica: Restaurante. Ingresos brutos gravados: USD 17.00,00
ANTES
RISE
Régimen Impositivo
para Microempresas
17.000,00 * 2%
Impuesto a la renta
causado
USD 340,00
REFORMA
RIMPE
Impuesto a la renta causado
USD 60,00
NO actuará en ningún caso.
Agentes de retención
✓ Cuota de la tabla
progresiva.
✓ Pago de impuestos incluye
al I.R como al IVA.
✓ Se realizan declaraciones
semestrales por concepto
de IVA.
IVA
Sujeto a la rentención del 0%
las adquisiciones de bienes y
servicios a los contribuyentes
del RIMPE.
Porcentaje retención I.R.
RIMPE
EMPRENDEDOR
1
2
¿Quienes?
Son para personas naturales y jurídicas
con ingresos brutos de 0 a 300.000,00 al
31 de diciembre del año anterior.
Click to add text
Deberes Formales:
•Emitir facturas
•Pagos mayores a $ 1.000,00 por un
sistema financiero
•Presentar anexos y declaraciones
RIMPE EMPRENDEDORES
Autorización de Transacciones
-Emitirán Facturas y demás documentos
complementarios con la leyenda
“Contribuyente Régimen RIMPE”
-Diferenciar bienes, servicios o derechos,
que no esten sujetas al régimén
IMPUESTO A LA RENTA
BASE IMPOBLE = INGRESOS GRAVADOS - DESCUENTOS
Se considera, Ingresos brutos gravados y descuentos y devoluciones para el cálculo de la base imponible
Declaración del IR es obligatoria se efectuará de forma anual y realizará en marzo, con ello
se guiará para el cálculo de la siguiente tabla:
Límite inferior
(USD)
Límite
superior(USD)
Impuesto a la
fracción básica
Tipo marginal
(%)
- 20.000,00 60,00 0
20.000,01 50.000,00 60,00 1
50.000,01 75.000,00 360,00 1,25
75.000,01 100.000,00 672,50 1,50
100.000,01 200.000,00 1.047,50 1,75
200.000,01 300.000,00 2.797,52 2
Agentes de retención
No serán agentes de
retención del IR, excepto,
casos del art. 92 del
RALRTI
En el IVAno aplica
exceptoenlo que
dispongael SRI, y en
casos del art. 147 del
numeral 2 de la RLRTI
Porcentaje IR
El porcentaje es el 1% para
adquisiciones de bienes y
servicios a los contribuyentes
sujetos al RIMPE
IVA
Liquidación y pago de manera
semestral de acuerdo con
disposiciones legales y
reglamentarias.
Las declaraciones se
presentarán semestralmente.
NUEVOS CAMBIOS
EN EL RIMPE
Ley para el Fortalecimiento de la Economía
Familiar
Esta nueva reforma
tributaria fue presentada
el 11 de mayo del 2023
por el Ejecutivo y que
además, ya fue publicada
el 20 de junio del
presente año en el
Registro Oficial.
Este régimen se aplicó en enero de 2022 y hubo varios cambios en
los catastros, pero la corte constitucional dispuso al Ejecutivo
derogar el impuesto del pago de los $60.
Reforma
• 340.000 negocios menores a $2.500 estrán
libres del Pago al impuestoa la renta.
• Los negocios con ventas superiores a $2.500
hasta $20.000 al año tendrán que pagar un
Impuesto a la Renta.
Nuevas Tarifas
CAMBIOS PRINCIPALES
La norma actual
permite que existan
contribuyentescon
actividades
económicas que
tributan dentro del
régimen general.
Propone sacardel
Rimpe a los
comisionistas ya
los negocios que
produzcan o
vendan bienes
gravados conICE
Dejaránde formar
parte del Rimpe, y
deberán declarar
Impuesto a la
Renta según la
tabla de personas
naturales.
Los taxistas pasarána
formar parte del Rimpe y el
SRI eliminará la
obligatoriedadde que este
sectorfacture de manera
electrónica.
DEPURACIÓN DE
CATASTRO
ACTIVIDADES QUE
SALEN DEL RIMPE
DE LOS
ARTESANOS
NUEVOS
CONTRIBUYENTES
DEL RIMPE
PRINCIPALES CAMBIOS
REFERENCIA
• Ley de Régimen Tributario Interno.(s/f). Régimen Impositivo para Microempresas. [PDF]
• Orozco, M. (20 junio,2023). Reforma tributaria fue publicada en el Registro Oficial y ya
está vigente.
Economía. Obtenido de: https://www.primicias.ec/noticias/economia/reforma-tributaria
-impuesto-renta-pronosticos-deportivos/#:~:text=La%20reforma%20tributaria%
2C%20denominada%20Ley,por%20el%20presidente%20Guillermo%20Lasso
• Servicio de Rentas Internas. (s/f). Impuesto a la Renta. Gob.ec. Obtenido de:
https://www.sri.gob.ec/impuesto-renta
• Servicio de Rentas Internas. (SRI). (s/f). Régimen Simplificado para
Emprendedores
y Negocios Populares. Gob.ec. Recuperado el 28 de julio de 2023, de
https://www.sri.gob.ec/rimpe
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Grupo 4_ Régimen Microempresa_ RIMPE.pdf

  • 1. UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FALCULTAD DE CIENCIAS ADMINISTRATIVAS CARRERA DE CONTABILIDAD Y AUDITORÍA Régimen Impositivo para Microempresas/ RIMPE Grupo #4 Integrantes: • Bernal Sung Brian Soo • Carrera YanchapaxiJosé Alejandro • Espinosa Guambi Erika Fernanda • Farinango Pacas Walter Denis • Guamán Lechón Anahí Paulina • Guamán MolinaCristian Alexander • HidalgoVelastegui Richard Marlon Docente: Dra. María Angélica García Semestre: 2023-2023
  • 3. • Las personasnaturales • Las sociedades residentesfiscalesdel Ecuador o establecimientos permanentes de sociedades extranjeras Que cumplan con las condiciones previstas en: • El Código Orgánico de la Producción, • Comercio e Inversiones; y • su reglamento, para ser considerados microempresas SE SUJETARÁN AL RÉGIMEN PARA MICROEMPRESAS RÉGIMEN IMPOSITIVO PARA MICROEMPRESAS • Incluidos los emprendedores
  • 4. o Contribuyentessujetosa regímenes impositivos simplificados u otro régimen tributario similar o Organismos internacionales,multilateraleso no gubernamentales, agencias especializadasinternacionales,institucionesdel Estado y empresas públicas El régimen para microempresas no aplica a: o Las instituciones financieras y organizacionesdel sector financiero popular y solidario o Los que desarrollen actividades de ocupación liberal, y personas que presten servicios profesionalescomo notarios y registradores o Los que desarrollen servicios de transporte terrestre público de pasajeros y transporte terrestre comercial o Contribuyentes con ingresos exclusivos bajo relación de dependencia o sujetos al impuesto a la renta único o Los que perciban solo rentas de capital,incluido sociedadestenedoras de acciones o Actividades de recursos naturalesno renovables: exploración explotación o transporte
  • 5. Inclusión del oficio • Los contribuyentes que se inscribanal RUC eneste régimen iniciaránsuactividadeconómicacon conformidadal mismo • Los que correspondaactualizaciónde suRUC, estaránsujetos a partir del primer día del ejerciciofiscal siguiente al de su inclusión. Inclusión y Exclusión en el Régimen para Microempresas El SRI utilizara la información de su base de datos Exclusión del oficio ✓ Contribuyentes que nocumplanlas condiciones ohaya superadoel tiempomáximoen el RIM ✓ Se hace efectivaenel siguienteejerciciofiscal de suexclusión y no puedenvolver al régimen
  • 6. La inscripción de nuevos contribuyentes: Las personas naturales pueden inscribirse en el RISE si cumplen los requisitos, pero si ya estuvieron en el régimen de microempresas, no podrán unirse al RISE Reinicio de actividades: Si suspenden su RUC y en el mismo ejercicio fiscal reinicien actividades se mantendrán en el régimen. Si reinician en otro ejercicio fiscal diferente al de la suspensión, pueden volver al régimen si cumplen condiciones Catastro del Régimen Impositivo para Microempresas: El SRI publicará anualmente hasta el mes de septiembre en su sitio web el listado de contribuyentes incluidos y excluidos, de este régimen
  • 7. Emitir comprobantes de venta Llevar contabilidad o un registro de ingresos y gastos Presentación de declaraciones Presentación de anexos de información cuando corresponda Otros deberes formales que establezca el Código Tributario Emitir facturas, liquidaciones de compra de bienes y servicios y comprobantes de retención. DE LOS DEBERES FORMALES Solicitarán los comprobantes de venta que sustenten sus adquisiciones de bienes y contratación de servicios. Art. 253.11 DEBERES FORMALES Art. 253.13 SUSTENTO DE OPERACIONES Art. 253.12 COMPROBANTES DE VENTA
  • 8. Presentar anexos de información de conformidad con las condiciones y plazos señalados que emita el SRI DE LOS DEBERES FORMALES ❑ Facilitar a funcionarios autorizados las inspecciones y verificaciones ❑ Exhibir las declaraciones, informes, libros y documentos relacionados. ❑ Demás deberes formales establecidos en el Código Tributario. Obligados a llevar contabilidad según la LORTI y aquellos que no, mantendrán un registro de ingresos y gastos. Contribuyentes de este régimen deben presentar la declaración de impuesto a la renta, al IVA y al ICE Art. 253.16 PRESENTACIÓN DE ANEXOS DE INFORMACIÓN Art. 253.15 PRESENTACIÓN DE DECLARACIONES Art. 253.17 OTROS DEBERES FORMALES Art. 253.14 CONTABILIDAD
  • 9. DEL IMPUESTO A LA RENTA La base imponible se establece considerando los ingresos brutos gravados restando las devoluciones y descuentos comerciales. No se considerarán los ingresos que correspondan a actividades sujeto al impuesto a la renta único u otros distintos de la actividad empresarial sujetos a este régimen. Se aplicará la tarifa del 2% sobre los ingresos previstos en el Art. 253.18 Presentarán y pagarán en forma semestral, junto con el IVA aplicando el 2% de las ventas netas Se le aplicarán los beneficios tributarios relacionados con los ingresos previstos en la normativa legal vigente. Art. 253.18 BASE IMPONIBLE Art. 253.20 DECLARACIÓN Y PAGO DEL IMPUESTO A LA RENTA Art. 253.19 TARIFA DEL IMPUESTO A LA RENTA
  • 10. DEL IMPUESTO A LA RENTA En caso presentarse la declaración luego del vencimiento de plazos, deberá pagar los correspondientes intereses y multas liquidadas en la misma declaración. No serán agentes de retención de impuesto a la renta, sin embargo, serán sujetos de retención en la fuente con el porcentaje de 1.75% Las retenciones en la fuente que le hayan sido practicadas constituyen crédito tributario para el pago del impuesto a la renta Art. 253.21 INTERESES Y MULTAS Art. 253.23 CRÉDITO TRIBUTARIO POR RETENCIONES EN LA FUENTE Art. 253.22 RETENCIÓN DEL IMPUESTO A LA RENTA
  • 11. Art. 253.25 Determinación del impuesto al valor agregado Art. 253.26.- Crédito tributario Del Impuesto del Valor Agregado (IVA) Art. 253.27.- Declaración y pago del impuesto se sujetará a las normas previstas en la LORTI y el reglamento por las importaciones o adquisiciones locales de bienes, materias primas, insumos o servicios, establecidos en la LRTY, se cumplirá los requisitos de ley De manera semestral para RIMPE Microempresas en base a la siguiente tabla
  • 12. Determinación del impuesto al consumo especial Suspencio de actividades Del Impuesto al Consumo Especial (ICE) Declaración y pago del impuesto se sujetará a las normas previstas en la LORTI y el reglamento deberán presentar la declaracion en forma anticipada, hasta el mes siguiente de producida la suspensiónLa declaración se presentará, aunque no se hubieren registrado ventas en el respectivo periodo. Se presentarán de manera semestral
  • 13. IMPUESTO A LA RENTA SEMESTRAL DE LOS CONTRIBUYENTES SUJETOS AL RÉGIMEN IMPOSITIVO PARA MICROEMPRESAS
  • 14. En el menú general seguir: -Declaraciones -Declaración de Impuestos -Elaboración y envío de declaraciones. Ingresar al portal web www.sri.gob.ec, opción SRI en línea, con su usuario y contraseña. Escoger Formulario 1 2 3
  • 15. Período fiscal: Seleccionar el año y el semestre del que se realizará la declaración. Una vez que se encuentre en esta opción deberá seguir 4 pasos para enviar su declaración: Preguntas: Aparecerán un grupo de preguntas que ayudan a establecer los casilleros necesarios para el llenado de la declaración. 1 2
  • 16. Formulario: se visualizarán las secciones y casilleros de acuerdo con la contestación de las preguntas o información generada en el paso anterior. 3
  • 17. Una vez que termine de ingresar la información en el formulario, tendrá tres opciones: En caso de no tener errores o inconsistencias, el sistema continuará el proceso mostrándole un resumen de su declaración:
  • 18. Pago: En este paso el sistema le permite seleccionar su forma de pago: 4 Finalmente dar clic en“Aceptar” su formulario será enviado y podrá imprimir su Comprobante Electrónico de Pago (CEP) y su formulario.
  • 19. Seleccionar el período fiscal. 1 Responde r NO a la primera pregunta 2 Se generará el resumen de la declaración 3 DECLARACIÓN EN CERO
  • 20. Se visualizará una confirmación de que su declaración ha sido procesada satisfactoriamente. 4 DECLARACIÓN EN CERO
  • 21. RIMPE Régimen Impositivo Simplificado para Emprendedores y Negocios Populares LEY ORGÁNICA PARAEL DESARROLLO ECONÓMICO Y SOSTENIBILIDAD FISCAL
  • 22. 03 Actividades no sujetas al RIMPE: Actividades relacionadas a contratos de construcción, urbanización y lotización, servicios profesionales, actividades de transporte, agropecuarias, comercialización de combustibles, rentas de capital, inversiones extranjeras. 02 El RIMPE se subdividió en: ✓ RIMPE Emprendedores ✓ RIMPE Negocios Populares 01 Sustituye al: ✓ Régimen Impositivo Simplificado (RISE) ✓ Régimen Impositivo para Microempresas (RIMIC) GENERALIDADES RIMPE
  • 24. 1 Conformado por: Personas naturales cuyos ingresos son de hasta USD 20.000,00 2 Deberes formales ✓ Emitir comprobantes de venta ✓ Pagos >1.000,00 a través de sistema financiero ✓ Presentación de declaraciones y anexos RIMPE NEGOCIOS POPULARES 3 Autorización de trasacciones Emitirá notas de venta con la leyenda "Contribuyente Negocio Popular - Régimen RIMPE"
  • 25. IMPUESTO A LA RENTA Declaración y pago de periodicidad anual, se efectuará de manera obligatoria a pesar de que no existiesen valores de ingreso, retenciones o crédito tributario en el periodo fiscal anual. EJEMPLO: Actividadeconómica: Restaurante. Ingresos brutos gravados: USD 17.00,00 ANTES RISE Régimen Impositivo para Microempresas 17.000,00 * 2% Impuesto a la renta causado USD 340,00 REFORMA RIMPE Impuesto a la renta causado USD 60,00
  • 26. NO actuará en ningún caso. Agentes de retención ✓ Cuota de la tabla progresiva. ✓ Pago de impuestos incluye al I.R como al IVA. ✓ Se realizan declaraciones semestrales por concepto de IVA. IVA Sujeto a la rentención del 0% las adquisiciones de bienes y servicios a los contribuyentes del RIMPE. Porcentaje retención I.R.
  • 28. 1 2 ¿Quienes? Son para personas naturales y jurídicas con ingresos brutos de 0 a 300.000,00 al 31 de diciembre del año anterior. Click to add text Deberes Formales: •Emitir facturas •Pagos mayores a $ 1.000,00 por un sistema financiero •Presentar anexos y declaraciones RIMPE EMPRENDEDORES Autorización de Transacciones -Emitirán Facturas y demás documentos complementarios con la leyenda “Contribuyente Régimen RIMPE” -Diferenciar bienes, servicios o derechos, que no esten sujetas al régimén
  • 29. IMPUESTO A LA RENTA BASE IMPOBLE = INGRESOS GRAVADOS - DESCUENTOS Se considera, Ingresos brutos gravados y descuentos y devoluciones para el cálculo de la base imponible Declaración del IR es obligatoria se efectuará de forma anual y realizará en marzo, con ello se guiará para el cálculo de la siguiente tabla: Límite inferior (USD) Límite superior(USD) Impuesto a la fracción básica Tipo marginal (%) - 20.000,00 60,00 0 20.000,01 50.000,00 60,00 1 50.000,01 75.000,00 360,00 1,25 75.000,01 100.000,00 672,50 1,50 100.000,01 200.000,00 1.047,50 1,75 200.000,01 300.000,00 2.797,52 2
  • 30. Agentes de retención No serán agentes de retención del IR, excepto, casos del art. 92 del RALRTI En el IVAno aplica exceptoenlo que dispongael SRI, y en casos del art. 147 del numeral 2 de la RLRTI Porcentaje IR El porcentaje es el 1% para adquisiciones de bienes y servicios a los contribuyentes sujetos al RIMPE IVA Liquidación y pago de manera semestral de acuerdo con disposiciones legales y reglamentarias. Las declaraciones se presentarán semestralmente.
  • 32. Ley para el Fortalecimiento de la Economía Familiar Esta nueva reforma tributaria fue presentada el 11 de mayo del 2023 por el Ejecutivo y que además, ya fue publicada el 20 de junio del presente año en el Registro Oficial.
  • 33. Este régimen se aplicó en enero de 2022 y hubo varios cambios en los catastros, pero la corte constitucional dispuso al Ejecutivo derogar el impuesto del pago de los $60.
  • 34. Reforma • 340.000 negocios menores a $2.500 estrán libres del Pago al impuestoa la renta. • Los negocios con ventas superiores a $2.500 hasta $20.000 al año tendrán que pagar un Impuesto a la Renta. Nuevas Tarifas CAMBIOS PRINCIPALES
  • 35. La norma actual permite que existan contribuyentescon actividades económicas que tributan dentro del régimen general. Propone sacardel Rimpe a los comisionistas ya los negocios que produzcan o vendan bienes gravados conICE Dejaránde formar parte del Rimpe, y deberán declarar Impuesto a la Renta según la tabla de personas naturales. Los taxistas pasarána formar parte del Rimpe y el SRI eliminará la obligatoriedadde que este sectorfacture de manera electrónica. DEPURACIÓN DE CATASTRO ACTIVIDADES QUE SALEN DEL RIMPE DE LOS ARTESANOS NUEVOS CONTRIBUYENTES DEL RIMPE PRINCIPALES CAMBIOS
  • 36. REFERENCIA • Ley de Régimen Tributario Interno.(s/f). Régimen Impositivo para Microempresas. [PDF] • Orozco, M. (20 junio,2023). Reforma tributaria fue publicada en el Registro Oficial y ya está vigente. Economía. Obtenido de: https://www.primicias.ec/noticias/economia/reforma-tributaria -impuesto-renta-pronosticos-deportivos/#:~:text=La%20reforma%20tributaria% 2C%20denominada%20Ley,por%20el%20presidente%20Guillermo%20Lasso • Servicio de Rentas Internas. (s/f). Impuesto a la Renta. Gob.ec. Obtenido de: https://www.sri.gob.ec/impuesto-renta • Servicio de Rentas Internas. (SRI). (s/f). Régimen Simplificado para Emprendedores y Negocios Populares. Gob.ec. Recuperado el 28 de julio de 2023, de https://www.sri.gob.ec/rimpe