2. PARTO
FORTUITO
EXTRAHOSPITALARIO
2
E
l parto fortuito extrahospitalario, también conocido como parto en la vía
pública o parto inesperado, es un evento que ocurre cuando una mujer
da a luz fuera del entorno hospitalario sin la asistencia de personal mé-
dico. Aunque se considera que estos casos son excepcionales, se han
vuelto más frecuentes en los últimos años. Además, muchas de las mujeres que
los han padecido desafortunadamente también han tenido que afrontar proce-
sos judiciales, porque han sido víctimas de criminalización al ser acusadas de
homicidio en razón de parentesco u homicidio agravado.
El presente documento pretende exponer en su mayor amplitud este fenómeno
emergente, analizando sus causas, implicaciones y la importancia de brindar un
enfoque adecuado desde los servicios de salud y de procuración de justicia para
garantizar una atención basada en evidencias científicas y con estricto respeto
a los derechos humanos de las mujeres. Por ello, está dirigido particularmente a
profesionales de la procuración de justicia y al personal de salud médico y para-
médico que trabaja en unidades médicas móviles de auxilio ante emergencias.
PARTO PRETÉRMINO
Un porcentaje importante de los partos fortuitos extrahospitalarios ocurre en
pretérmino. De acuerdo con la Guía de práctica clínica. Prevención, diagnóstico
y tratamiento del parto pretérmino vigente, del Centro Nacional de Excelencia
Tecnológica en Salud (CENETEC, 2017) de la Secretaría de Salud Federal, el
parto pretérmino es el que tiene lugar después de la semana 20 de gestación
y antes de lo que se define como parto a término, el cual se establece hasta la
semana 37, es decir que un nacimiento pretérmino sucede entre la semana 20 y
la semana 36 con 6 días de gestación.
El parto pretérmino tiene tres clasificaciones, dependiendo de la edad gestacional:
• Parto pretérmino muy temprano: son nacimientos entre las 20 semanas
con 0 días y las 23 semanas con 6 días.
• Parto pretérmino temprano: son nacimientos entre las 24 semanas con 0
días y las 33 semanas con 6 días.
• Parto pretérmino tardío: son nacimientos entre las 34 semanas con 0 días
y las 36 semanas con 6 días.
El parto pretérmino es un problema de salud pública, porque la persona recién na-
cida tiene la condición de prematuridad y un alto riesgo de morir; de hecho, el parto
pretérmino contribuye hasta en 70 % con la mortalidad perinatal a nivel mundial.
3. PARTO
FORTUITO
EXTRAHOSPITALARIO
3
Sus causas son multifactoriales y varían según la edad gestacional y el con-
texto étnico y geográfico. Aunque se han identificado varios factores médicos/
sociales, más del 50% de los partos pretérmino son espontáneos y por causas
desconocidas, pero los componentes psicopatológicos emergen como factores
de riesgo potencialmente importantes, y la depresión, el estrés o la violencia
incrementan significativamente el riesgo (Ortiz y Castillo, 2016).
De acuerdo con la Organización Mundial de la Salud (2013), cada año nacen
en el mundo 15 millones de bebés antes de llegar a término, es decir, más de
uno en cada 10 nacimientos, y se ha reportado que mueren cada año aproxi-
madamente un millón de niños prematuros debido a complicaciones en el parto
(Liu et al., 2016). Muchos de los bebés prematuros que sobreviven sufren algún
tipo de discapacidad de por vida, en particular, discapacidades relacionadas con
el aprendizaje o problemas visuales y auditivos.
A nivel mundial, la prematuridad es la primera causa de mortalidad en los
niños menores de cinco años. En casi todos los países que disponen de datos
fiables al respecto, las tasas de nacimientos prematuros están aumentando.
Existen grandes diferencias en las tasas de supervivencia de los bebés pre-
maturos, en función del lugar donde hayan nacido. Por ejemplo, más del 90 % de
los prematuros extremos (menos de 28 semanas) nacidos en países de ingresos
bajos muere en los minutos o primeros días de vida; sin embargo, en los países de
ingresos altos muere menos del 10 % de los bebés de la misma edad gestacional.
En Veracruz, tan sólo en el año 2020 ocurrieron 97 908 nacimientos, de los
cuales 6216 fueron pretérmino y 234 prematuros extremos (menores de 28
semanas de gestación), como se muestra en la tabla 1.
NACIMIENTOS DE ACUERDO A LA EDAD GESTACIONAL.
VERACRUZ, 2020
EDAD GESTACIONAL NACIMIENTOS
Menos de 28 semanas de gestación 234
De 28 a 36 semanas de gestación 5982
A término 90 892
Postérmino 712
No especificado 88
TOTAL 97 908
NOTA. Elaboración propia con información de bases de datos de la Secretaría de Salud, la Dirección de
Información en Salud y el Subsistema de Nacimientos, 2020.
TABLA 1
4. PARTO
FORTUITO
EXTRAHOSPITALARIO
4
En Veracruz, de los 6216 nacimientos pretér-
mino que ocurrieron en 2020, la gran mayoría
sucedieron al interior de unidades de salud y
sólo 117 tuvieron lugar fuera de la unidad hos-
pitalaria, en el hogar, en la vía pública, durante
el traslado o en otro sitio (tabla 2).
NACIMIENTOS PRETÉRMINO POR LUGAR DE NACIMIENTO
Y EDAD GESTACIONAL AL MOMENTO DE NACER.
VERACRUZ, 2020
TABLA 2
SITIO DE
NACIMIENTO
EDAD GESTACIONAL
TOTAL
CON MENOS DE 28
SEMANAS DE GESTACIÓN
ENTRE 29 Y 37 SEMANAS
DE GESTACIÓN
No especificado 0 2 2
Secretaría de Salud 130 2732 2862
IMSS Bienestar 9 400 409
IMSS 51 1245 1296
ISSSTE 4 88 92
PEMEX 3 62 65
SEDENA 8 8
SEMAR 1 49 50
Otra unidad pública 1 1 2
Unidad médica
privada
34 1279 1313
Vía pública 0 3 3
Hogar 1 64 65
Otro lugar 0 49 49
TOTAL 234 5982 6216
NOTA. Elaboración propia con información de bases de datos de la Secretaría de Salud, la Dirección de
Información en Salud y el Subsistema de Nacimientos, 2020.
MÁS DEL 50% DE LOS
PARTOS PRETÉRMINO
SON ESPONTÁNEOS
Y POR CAUSAS
DESCONOCIDAS
5. PARTO
FORTUITO
EXTRAHOSPITALARIO
5
PARTO FORTUITO/INMINENTE
FUERA DE UNIDADES MÉDICAS
El parto es un acto involuntario. Es fundamental comprender esto, ya que si bien
es un proceso fisiológico que se desarrolla durante varios pasos (dilatación, ex-
pulsión y alumbramiento) y en un lapso entre 8 y 12 horas en unidades de salud,
a veces se desencadena de forma súbita, acelerada y de manera inminente en
cuestión de minutos, lo que imposibilita llegar a tiempo a unidades de salud. A
eso se le ha denominado de diferentes formas: parto fortuito, parto inminente o
parto accidentado extrahospitalario no planeado. Puede suceder en una casa
o en el traslado; también es muy común que ocurra en los sanitarios, incluso
en los sanitarios de los propios hospitales, porque uno de los síntomas que
refieren las mujeres es la sensación de ir al baño. Los nacimientos en el baño
son relativamente frecuentes, cualquier profesional de la salud con experiencia,
inclusive en el ámbito hospitalario, lo puede ratificar (Vázquez et al., 2018).
Los partos extrahospitalarios accidentales,
independientemente de si el recién nacido
es prematuro o no, se asocian con una sig-
nificativa morbilidad y mortalidad perinatal
(Renesme et al., 2013). Ahora bien, en el caso
de prematuros nacidos por parto extrahos-
pitalario, la tasa de mortalidad es el doble de
los nacidos en un centro sanitario. En estos casos destaca la hipotermia como
un factor de riesgo asociado y falta de oxígeno para mantener una saturación
apropiada para la edad gestacional (Pirneskoski et al., 2016).
A diferencia de lo que pudiera esperarse, el parto accidental fortuito espontá-
neo fuera del hospital no es exclusivo de los países empobrecidos, por el contra-
rio, es un suceso con una amplia distribución mundial. En el caso de un parto
accidental en el hogar, en un baño o en el trayecto al hospital, la rapidez con la
que la mujer y el recién nacido reciban atención de personal calificado es el factor
pronóstico determinante. En este sentido, la calidad de los servicios de emergen-
cias prehospitalarios juega un papel fundamental (Villanueva et al., 2014).
Como se ha señalado, el parto es un acto involuntario que puede presentarse
en condiciones adversas y, en consecuencia, implicar una emergencia obstétri-
ca. De tal modo, si llegara presentarse un parto pretérmino, fortuito y extrahos-
pitalario se debe tener como premisa fundamental que la viabilidad del producto
es muy baja (C.C.E.V., 2021), y que en algunos casos se presenta la condición de
vivo pero no así la condición de viabilidad y supervivencia.
LOS PARTOS
EXTRAHOSPITALARIOS
ACCIDENTALES, SE ASOCIAN
CON UNA SIGNIFICATIVA
MORBILIDAD Y
MORTALIDAD PERINATAL
6. PARTO
FORTUITO
EXTRAHOSPITALARIO
6
Sin embargo, ante esta situación los operadores y administradores de justicia
no proceden de acuerdo con los hechos ocurridos, ya que en lugar de tratar el
parto pretérmino, fortuito o extrahospitalario como un evento de emergencia
obstétrica, llegan a equipararlo con un aborto inducido o, incluso, con un ho-
micidio agravado. Por ello, cuando la Fiscalía establece una investigación para
esclarecer los hechos, debe regirse por la garantía del debido proceso y bajo el
principio de presunción de inocencia, toda vez que tiene que realizar una inves-
tigación que tome en cuenta el contexto en el que aconteció el evento. Esto es
determinante porque, como ya se indicó, el parto pretérmino, fortuito y extra-
hospitalario no es un acto que realice voluntariamente una mujer con la intención
de privar al producto de la vida; es más, hay casos en el que la mujer desconoce
que está embarazada, y esa condición pone en mayor riesgo su vida.
En este contexto, se debe tener en cuenta que, de acuerdo con la Constitu-
ción Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 20, apartado A,
fracción V, al investigar los hechos probablemente constitutivos de un delito, le
corresponde al Ministerio Público la carga probatoria, por lo que deberá acredi-
tar el dolo o intencionalidad con la que se presume actuó la mujer, así como la
mecánica desplegada para cometer el hecho. De tal modo, no corresponde a la
mujer acreditar que nunca fue su intención estar en una circunstancia de emer-
gencia obstétrica que tuviera como resultado la no sobrevivencia del producto.
En estos casos, debe prevalecer la actualización de las excluyentes del delito
contempladas en el artículo 23 del Código Penal vigente en el estado de Vera-
cruz, como la ausencia de la conducta, al ser el parto un acto involuntario; la ati-
picidad ante la inexistencia de alguno de los elementos de la descripción legal;
o alguna causa de justificación, como el hecho de que se produzca un resultado
que no se previó, por ser imprevisible o bien de inculpabilidad.
Además, se tienen que considerar las condiciones de prematurez del produc-
to, la edad gestacional y su viabilidad. No se puede reprochar a una mujer que ha
tenido una emergencia obstétrica que, en esas condiciones de vulnerabilidad,
no haya hecho lo necesario para salvaguardar la vida del producto, siendo que
ella no realiza de manera voluntaria acto alguno que induzca al parto y mucho
menos realiza alguna conducta para privar de la vida al producto.
7. PARTO
FORTUITO
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CONCLUSIONES
Es imperante reconocer la importancia de que las instituciones de procuración
de justicia y de salud adopten un enfoque adecuado que se base en evidencias
científica y respeto a los derechos humanos para atender a mujeres que pa-
decen partos fortuitos extrahospitalarios. Por ello, proponemos las siguientes
acciones:
• Capacitar y educar a procuradores de justicia, administradores de justicia
y al personal de salud sobre este tema con evidencia científica y perspec-
tiva de los derechos de las mujeres.
• Promocionar protocolos de atención que garanticen en primera instancia
la atención a la salud de las mujeres en casos de emergencias obstétricas.
• Sensibilizar a la población en general sobre este tema para reducir el es-
tigma y los prejuicios asociados con los partos fortuitos extrahospitalarios,
además de fomentar la empatía y el apoyo institucional y comunitario.
• El aumento de los partos fortuitos extrahospitalarios plantea desafíos sig-
nificativos en términos de seguridad materno-infantil y acceso a la aten-
ción médica adecuada. Es esencial que los gobiernos, los procuradores de
justicia, los profesionales de la salud y la sociedad en general reconozcan
la importancia de abordar este fenómeno emergente. La educación, la ca-
pacitación a funcionarios públicos, la promoción de servicios y la sensibili-
zación pública pueden desempeñar un papel fundamental para garantizar
que las mujeres reciban la atención médica necesaria con estricto respeto
a sus derechos humanos y a la evidencia científica.
8. PARTO
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REFERENCIAS
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