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NOMBRE DEL CURSO:
POLITICAS PUBLICAS SECTORIALES E
INSTITUCIONALES.
DIRIGIDO: A personas
involucradas en el tema de la
administración pública en sus
tres instancias de gobierno.
POLITICAS PUBLICAS SECTORIALES E
INSTITUCIONALES.
• OBJETIVO GENERAL: Dar a conocer las
bases fundamentales de la funcionalidad
y operatividad de los Gobiernos en sus
tres instancias de gobierno, en relación
con los diversos temas que en la práctica
cotidiana se fijan dentro de las Agendas
de la Administración Pública.
POLITICAS PUBLICAS SECTORIALES E
INSTITUCIONALES.
• OBJETIVO PARTICULAR: Con los conceptos
del curso se pretende que los estudiantes
identifiquen los posibles alcances y
soluciones en la práctica cotidiana de las
principales acciones gubernamentales que se
presentan dentro de la Administración por
temas de política publica y agenda.
POLITICAS PUBLICAS SECTORIALES E
INSTITUCIONALES.
• MISION: Otorgar a los participantes las
principales herramientas se tienen en la
actualidad para un mejor desempeño,
eficiencia y eficacia, en los principales temas
de la administración pública vigente.
• VISION: Esta consiste en el manejo de los
principales temas de carácter sectorial y de
instancias de gobierno a mediano y largo
plazo.
1.1.- MARCO LEGAL Y NORMATIVA FEDERAL, ESTATAL Y
MUNICIPAL.
TEMAS MODULO I Y II.
• A.- Generalidades de la administración pública en México, el
sistema de planeación democrática.
• B.- Transparencia, rendición de cuentas y participación
ciudadana.
• C.- Administración pública municipal: obligaciones y
facultades,
• D.- La modernización administrativa, La nueva gestión pública
y el servicio civil de carrera.
• E.- Operación municipal: estructura organizacional y áreas de
atención.
F.- Estructura Municipal.
• G.- Marco jurídico de los ayuntamientos.
• H.- Nuevos esquemas de participación publica y privada en
México, los proyectos PP´S.
1.1.- MARCO LEGAL Y NORMATIVA FEDERAL, ESTATAL Y
MUNICIPAL.
• MODULO I.- GENERALIDADES DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA EN MEXICO.
• CONTENIDO.
• 1.1.- Marco legal y normatividad federal, estatal y
municipal. El sistema de planeación democrática.
• 1.2 .- Profesionalización de la función pública
• 1.3.-La transparencia
• 1.4.- Rendición de cuentas
• 1.5.- Participación ciudadana.
CRONOGRAMA DEL CURSO
TEMA ABRIL ABRIL ABRIL ABRIL MAYO MAYO MAYO MAYO
GENERALIDADES DE LA ADMINISTRACION
PUBLICA EN MEXICO.
5
LA OPERACIÓN DE LOS MUNICIPIOS EN
MEXICO.
12
LA GOBERNANZA Y LA CALIDAD DE
GOBIERNO EN MEXICO.
19
EXAMEN. 26
LA POLITICA EDUCATIVA EN MEXICO,
SITUACION ACTUAL Y PERSPECTIVAS.
3
LA POLITICA DE DESARROLLO SOCIAL,
FONDOS, PROGRAMAS, PRESUPUESTO Y
FISCALIZACION.
17
LA POLITICA LABORAL EN MEXICO. 24
EXAMEN Y ENTREGA DE DIPLOMAS. 31
1.- GENERALIDADES DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.
• 1.1.- Marco legal y normatividad federal,
estatal y municipal
1.1.- MARCO LEGAL Y NORMATIVA FEDERAL, ESTATAL Y
MUNICIPAL.
• Veamos algunos datos duros de nuestro México:
• México es un País de Contrastes con Dos
fronteras.
• México, País de Contrastes:
• Los índices de desarrollo humano son muy bajos
en Entidades como Chiapas, Oaxaca y Guerrero,
contrastando en Entidades como Nuevo León,
Estado de México y el Propio Distrito Federal, en
donde el nivel de vida en promedio es alto.
1.1.- MARCO LEGAL Y NORMATIVA FEDERAL, ESTATAL Y
MUNICIPAL.
• México es un País con un gran bono demográfico
dividido en dos:
• Territorialmente y poblacionalmente.
• Territorialmente es el décimo tercer lugar, por
debajo de países como Rusia que es el más
grande, China, Brasil y la India el 7°.
• Poblacionalmente: México el 11avo lugar, por
debajo de China como el país más poblado, la
India como la segunda. Brasil como la Quinta y
Rusia como la novena Nación más poblada.
1.1.- MARCO LEGAL Y NORMATIVA FEDERAL, ESTATAL Y
MUNICIPAL.
• PODERES DE LA UNION
•PRESIDENTE DE LA
REPUBLICA MEXICANA.
PODER
EJECUTIVO.
•CAMARA DIPUTADOS
•CAMARA DE SENADORES.
PODER
LEGISLATIVO •MAGISTRADOS DE LA
SUPREMA CORTE DE
JUSTICIA DE LA NACIÓN
•CONSEJO DE LA
JUDICATURA FEDERAL.
PODER
JUDICIAL.
1.1.- MARCO LEGAL Y NORMATIVA FEDERAL, ESTATAL Y
MUNICIPAL.
FEDERACION
ESTADOS.
MUNICIPIOS.
1.1.- MARCO LEGAL Y NORMATIVA FEDERAL, ESTATAL Y
MUNICIPAL.
• Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos:
• Marco Jurídico.
• Artículo 2o. La Nación Mexicana es única e indivisible.
Por lo cual somos una República.
• Artículo 40. Es voluntad del pueblo mexicano constituirse
en una República representativa, democrática, federal,
compuesta de Estados libres y soberanos en todo lo
concerniente a su régimen interior; pero unidos en una
federación establecida según los principios de esta ley
fundamental.
1.1.- MARCO LEGAL Y NORMATIVA FEDERAL, ESTATAL Y
MUNICIPAL.
• LA FEDERACION: Es la primera instancia de gobierno
que tiene que ver con la organización política y
administrativa del País.
• Artículo 25 Constitucional: Corresponde al Estado la
rectoría del desarrollo nacional para garantizar que
éste sea integral y sustentable, que fortalezca la
Soberanía de la Nación y su régimen democrático y
que, mediante el fomento del crecimiento económico y
el empleo y una más justa distribución del ingreso y la
riqueza, permita el pleno ejercicio de la libertad y la
dignidad de los individuos, grupos y clases sociales,
cuya seguridad protege esta Constitución.
1.1.- MARCO LEGAL Y NORMATIVA FEDERAL, ESTATAL Y
MUNICIPAL.
• ARTICULO 25° CONSTITUCIONAL.
• El Estado planeará, conducirá, coordinará y
orientará la actividad económica nacional, y
llevará al cabo la regulación y fomento de las
actividades que demande el interés general en el
marco de libertades que otorga esta Constitución.
• Al desarrollo económico nacional concurrirán,
con responsabilidad social, el sector público, el
sector social y el sector privado, sin menoscabo
de otras formas de actividad económica que
contribuyan al desarrollo de la Nación.
1.1.- MARCO LEGAL Y NORMATIVA FEDERAL, ESTATAL Y
MUNICIPAL.
• Artículo 26 Constitucional. El Estado organizará un sistema
de planeación democrática del desarrollo nacional que
imprima solidez, dinamismo, permanencia y equidad al
crecimiento de la economía para la independencia y la
democratización política, social y cultural de la Nación.
• Los fines del proyecto nacional contenidos en esta
Constitución determinarán los objetivos de la planeación.
La planeación será democrática.
Mediante la participación de los diversos sectores sociales,
quienes recogerán las aspiraciones y demandas de la
sociedad para incorporarlas al plan y los programas de
desarrollo. Habrá un plan nacional de desarrollo al que se
sujetarán obligatoriamente los programas de la
Administración Pública Federal.
1.1.- MARCO LEGAL Y NORMATIVA FEDERAL, ESTATAL Y
MUNICIPAL.
• PLANEACION DEMOCRATICA EN MEXICO.
• ¿QUÉ SE ENTIENDE POR PLANEACION DEMOCRATICA?
• Es el proceso mediante el cual surge el Sistema Nacional de
Planeación Democrática, Es una práctica política recurrente
de los gobiernos en todos sus ámbitos, que se convierte en ley
al asumir las funciones propias de la administración pública
por lo cual afirmamos que:
• Es un proceso que permite disponer de mejores
instrumentos en los ámbitos de acción global, sectorial,
institucional, regional. (Artículo 22 de la ley nacional de
planeación).
• El elemento esencial del proceso de planeación democrática
tiene que ver con la participación ciudadana, en ello hay que
permitir que los grupos sociales organizados y la población en
general participen en las actividades de la planeación de
todas las instancias del sistema de gobierno. (Artículo 20 de la
ley de Planeación), Esto se conoce como:
• DEMOCRACIA PARTICIPATIVA
1.1.- MARCO LEGAL Y NORMATIVA FEDERAL, ESTATAL Y
MUNICIPAL.
• Marco teórico.
• El marco teórico del sistema de planeación democrática
también tiene que ver con la organización y participación
ciudadana que hacen los sujetos sociales organizados mismo
que hacen desde el exterior hacia interior de las políticas
públicas, por medio del sistema nacional de planeación
participativa.
• Es decir, la planeación democrática es necesaria para la
elaboración de planes y programas de las diferentes instancias
de gobierno. Los foros de consulta popular a los que se
convoca a los diferentes sectores de la población tanto del
sector público como privado son los medios por el cual se
captan las demandas y requerimientos de la ciudadanía, ya
que en ellos se organizan mesas de trabajo para que
presenten sus propuestas, que serán incorporadas al Plan ya
sea Municipal, Estatal o Nacional que habrá de regir en el
período de gobierno del que se trate.
1.1.- MARCO LEGAL Y NORMATIVA FEDERAL, ESTATAL Y
MUNICIPAL.
• Para la ejecución de lo planeado, se
constituirá legalmente una comisión de
concertación del plan, en los que se definirán
las acciones a realizar entre el sector público y
los grupos sociales para ello habrá contratos,
convenios o acuerdos y finalmente en los
propios foros de consulta popular se hace una
evaluación de los resultados de la ejecución
de los planes y programas elaborados.
1.1.- MARCO LEGAL Y NORMATIVA FEDERAL, ESTATAL Y
MUNICIPAL.
• LA PLANEACION DEMOCRATICA EN MEXICO.
• Entonces partiendo de esta premisa, afirmamos que la
democracia participativa es cuando:
• LA SOCIEDAD ORGANIZADA PARTICIPA EN LAS DECISIONES
DE LOS GOBIERNOS. Ejemplo:
• ¿Por qué la planeación tiene que ser necesariamente
democrática?
• Se dice que la planeación será democrática, debido la
participación de los diversos sectores sociales, quienes
recogerán las aspiraciones y demandas de la sociedad para
incorporarlas al plan y los programas de desarrollo.
(Participación ciudadana)
• Habrá un plan nacional de desarrollo al que se sujetaran
obligatoriamente los programas de la administración pública
federal, y así cada instancia de gobierno tiene su propio plan.
1.1.- MARCO LEGAL Y NORMATIVA FEDERAL, ESTATAL Y
MUNICIPAL.
• Bajo esta premisa que sería el Sistema Nacional de
Planeación Democrática?:
• Es el conjunto de relaciones que vinculan a las
dependencias y entidades de la administración pública
tanto federal, estatal y municipal y así como a los
organismos e integrantes del sector público. En la
elaboración del Sistema Nacional de Planeación
Democrática. Aqui se formalizan los procedimientos para el
plan nacional de desarrollo, los programas y proyectos y se
consolidan los mecanismos de coordinación con los
gobiernos estatales y municipales.
• ¿Para que la planeación democrática?:
1.1.- MARCO LEGAL Y NORMATIVA FEDERAL, ESTATAL Y
MUNICIPAL.
PREMISAS DE LA PLANEACION DEMOCRATICA:
¿PARA QUE SIRVE ESTO?
• I.- Para fortalecer la soberanía, la independencia, la
autodeterminación nacionales, en lo político, lo
económico y lo cultural;
• II.- Preservar el perfeccionamiento del régimen
democrático, republicano, federal y representativo que la
Constitución establece; y la consolidación de la
democracia como sistema de vida.
• III.- Para que exista igualdad de derechos entre mujeres y
hombres, la atención de las necesidades básicas de la
población y la mejoría, en todos los aspectos de la
calidad de la vida, para lograr una sociedad más
igualitaria.
• IV.- Para el respeto irrestricto de las garantías
individuales, y de las libertades y derechos sociales y
políticos;
1.1.- MARCO LEGAL Y NORMATIVA FEDERAL, ESTATAL Y
MUNICIPAL.
• V.- Para el fortalecimiento del pacto federal y del
Municipio libre, para lograr un desarrollo equilibrado
del país, promoviendo la descentralización de la vida
nacional.
• VI.- Para el equilibrio de los factores de la
producción, que proteja y promueva el empleo; en
un marco de estabilidad económica y social, y
• VII.- Para la perspectiva de género, para garantizar la
igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres,
y promover el adelanto de las mujeres mediante el
acceso equitativo a los bienes, recursos y beneficios
del desarrollo.
• De esto surge algo?:
• EL PLANADE.
JURIDICAMENTE ¿QUE ES EL
PLANADE?.
JURIDICAMENTE
Su origen reside en el
artículo 26 Constitucional, y
su esencia se halla en el
artículo 12 de la ley de
planeación, mientras que en
14 se señala claramente a
quienes compete esta
responsabilidad.
También es una
herramienta de acción y de
gestión del Gobierno federal
que promueve en todos sus
ámbitos las bases para
atender las necesidades
insatisfechas de la
población para mejorar la
calidad de vida de los
ciudadanos.
Entonces es el instrumento
legal por medio del cual se
dan a conocer los objetivos
que tienen la Nación y que
son ejecutados por el
Gobierno Federal, donde su
propia gestión permite
evaluar sus resultados.
1.1.- MARCO LEGAL Y NORMATIVA FEDERAL, ESTATAL Y
MUNICIPAL.
• EL PLAN NACIONAL DE DESARROLLO.
• De esto se desprenden varias leyes secundarias que
tienen que ver con este proceso de planeación.
• LEY DE PLANEACION: Publicada en DOF el 5 de Enero
de 1983. Es una ley que tiene por objeto llevar a
cabo la Planeación Nacional del Desarrollo y
encauzar en función de ésta las actividades de la
administración Pública Federal.
• LEY ORGANICA DE LA ADMINISTRACION PÚBLICA
FEDERAL: Expedida en Diciembre de 1976, esta ley
tiene como objeto establecer las bases de
organización de la Administración Pública Federal,
centralizada y paraestatal.
1.1.- MARCO LEGAL Y NORMATIVA FEDERAL, ESTATAL Y
MUNICIPAL.
• DOCUMENTOS RECTORES DE LA PLANEACION EN MEXICO.
ARTICULO 26 CONSTITUCIONAL.
LEY NACIONAL DE PLANEACION.
PLAN NACIONAL DE DESARROLLO.
LEY ORGANICA DE LA
ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL.
1.1.- MARCO LEGAL Y NORMATIVA FEDERAL, ESTATAL Y
MUNICIPAL.
• EL PLAN NACIONAL DE DESARROLLO
• ¿Quiénes forman parte de esto?
• La Presidencia de la República, las Secretarías de
Estado, los Departamentos Administrativos y la
Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, integran la
Administración Pública Centralizada además de: Los
organismos descentralizados, las empresas de
participación estatal, las instituciones nacionales de
crédito, las organizaciones auxiliares nacionales de
crédito, las instituciones nacionales de seguros y de
fianzas y los fideicomisos, componen la administración
pública paraestatal
1.1.- MARCO LEGAL Y NORMATIVA FEDERAL, ESTATAL Y
MUNICIPAL.
• TIEMPOS DEL PLAN.
• La Federación se tienen 6 meses para presentar el
PLANADE a partir de iniciado el periodo
constitucional.
• En los Gobiernos de los Estados y los Municipios este
periodo varía ello en base a la legislación local de
que se trate y este tiene que ser en congruencia con
los del plan nacional de desarrollo.
• En el Estado de México el Artículo 22 de la ley de
planeación de esa entidad determina que Los planes
de desarrollo se formularán, aprobarán y publicarán
dentro de un plazo de seis meses para el Ejecutivo
del Estado y cuatro meses para los ayuntamientos,
contados a partir del inicio del período constitucional
de gobierno.
1.1.- MARCO LEGAL Y NORMATIVA FEDERAL, ESTATAL Y
MUNICIPAL.
• ¿ QUE DEBERAN DE BUSCAR LOS FUTUROS
PLANES NACIONALES DE DESARROLLO?
• A).- Garantizar que todos los derechos
consagrados en la Constitución sean alcanzados
en cada mexicano.
• B).- Garantizar el pleno desarrollo de la economía
mexicana, crecer a su verdadero potencial
económico.
• C).- Regresar a México a su posición de liderazgo
en el contexto internacional.
1.1.- MARCO LEGAL Y NORMATIVA FEDERAL, ESTATAL Y
MUNICIPAL.
• ¿Por qué México NO crece a los niveles que debe hacerlo?
• 1.- Se desperdicia el bono demográfico.
• 2.- Por la débil competencia entre los agentes
económicos.
• 3.- Débil financiamiento al aparato productivo.
• 4.- Por una economía informal creciente.
• 5.- Deficiente formación de capital humano.
• 6.- Ausencia de estrategias comerciales y económicas que
favorezca y brinden impulso a los distintos sectores del
país, aprovechando ventajas competitivas y
comparativas de México.
• 7.- Por falta de reformas de la llamada segunda
generación.
1.1.- MARCO LEGAL Y NORMATIVA FEDERAL, ESTATAL Y
MUNICIPAL.
• ¿Qué debe hacer nuestro país para crecer?
• a).- Impulsar la innovación e investigación
tecnológica
• b).- Impulsar a México como potencia energética
• c).- Una Mayor inversión en capital humano, lo que
implica reformar el modelo educativo actual para
lograr calidad educativa y mayor cobertura.
• d).- Aumentar el nivel de crédito que impulse el
desarrollo de la economía, a través de mayores
empréstitos al sector privado; así como hacer más
eficiente a la banca de desarrollo.
1.1.- MARCO LEGAL Y NORMATIVA FEDERAL, ESTATAL Y
MUNICIPAL.
• e).- Duplicar la inversión en infraestructura para el
desarrollo.
• f).- Desarrollar incentivos para el empleo formal.
• g).- Generar sistema de seguridad social universal
financiado con impuestos universales.
• h).- Diseñar nueva estrategia de comercio exterior
para competir en el mercado mundial.
• i).- Impulso a una nueva política económica
orientada a tres grandes objetivos: reactivar el
campo, rediseñar nueva política industrial y
fortalecer el sector turístico.
• j).- Una Reforma fiscal integral, para contar con
recursos para darle impulso al nuevo rumbo del país.
1.1.- MARCO LEGAL Y NORMATIVA FEDERAL, ESTATAL Y
MUNICIPAL.
1.1.- MARCO LEGAL Y NORMATIVA FEDERAL, ESTATAL Y
MUNICIPAL.
• EN LO LOCAL VEAMOS ALGUNOS DATOS:
CONCEPTO. TOTAL AL 2010
Habitantes. 15,175,862
Tasa de crecimiento anual 1.40
PIB 817,192,863,000.00
Ingresos brutos en los Municipios 32,953,914,000.00
Egresos brutos en los Municipios 32,953,914,000.00
Esperanza de vida 76 años.
Tamaño de los Hogares 4.1
1.1.- MARCO LEGAL Y NORMATIVA FEDERAL, ESTATAL Y
MUNICIPAL.
• MARCO JURÍDICO DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS.
Las entidades federativas en los artículos 116°, 117°,
118°,119°, 120° y 121° de la Constitución General de la
República tienen claramente especificado el tema de la
división de poderes, funciones y atribuciones, y en general el
marco especifico legal que para ello ha sido conformado.
Articulo 116°: El poder publico de los estados se dividirá, para
su ejercicio, en Ejecutivo, legislativo y Judicial y no podrán
reunirse dos ó más poderes en una sola persona ó
corporación, ni depositarse el legislativo en un solo individuo.
Los poderes de los Estados se organizaran conforme a la
Constitución de cada uno de ellos, con sujeción a las
siguientes normas:
1.1.- MARCO LEGAL Y NORMATIVA FEDERAL, ESTATAL Y
MUNICIPAL.
• Articulo 117°: Los Estados no pueden en ningún caso:
• III: Acuñar moneda, ni gravar directa e indirectamente
papel moneda, estampillas ni papel sellado.
• IX: Gravar la producción, el acopio o la venta del tabaco en
rama, en forma distintas con cuotas mayores de las que el
congreso de la unión autorice.
• Articulo 118°: Tampoco pueden sin consentimiento del
congreso de la Unión:
• I.- Establecer derechos de tonelaje, ni otro alguno de
puertos, ni imponer contribuciones o derechos sobre
importaciones y exportaciones.
• II.- Tener en ningún tiempo tropa permanente ni buques de
guerra.
• III.- Hacer la guerra por si a alguna potencia extranjera,
exceptuando los casos de invasión y peligro inminente , que
no admita demora: En estos casos se dará cuenta inmediata
al presidente de la república.
1.1.- MARCO LEGAL Y NORMATIVA FEDERAL, ESTATAL Y
MUNICIPAL.
• Articulo 119°: Loa poderes de la Unión tiene el deber de
proteger a los Estados contra toda invasión ó violencia
exterior. En cada caso de sublevación ó trastorno interior,
les prestarán igual protección siempre que sean excitados
por la legislatura de los estados o por su Ejecutivo, si
aquella no estuviese reunida.
• Artículo 120°: Los gobernadores de los Estados están
obligados a publicar y hacer cumplir las leyes federales.
• Articulo 121°: En cada Estado de la Federación se dará fe y
crédito de los actos públicos , registros y procedimientos
judiciales de todos los otros. El congreso de la unión por
medio de leyes generales, prescribirá la manera de probar
dichos actos , registros y procedimientos.
SIMILITUDES FEDERACION-ESTADOS.
PODER LEGISLATIVO
DE LA UNION
31 CAMARAS DE
DIPUTADOS. Y UNA
ASAMBLEA
LEGISLATIVA.
1 CONSTITUCION
GENERAL DE LA
REPUBLICA
31
CONSTITUCIONES
1 PODER EJECUTIVO
31 GOBERNADORES Y
UN JEFE DE
GOBIERNO DF
1 PODER JUDICIAL Y
CONSEJO DE LA
JUDICATURA
32 PODERES
JUDICIALES Y
CONSEJOS DE LA
JUDICATURA.
1 PLAN
NACIONAL DE
DESARROLLO
32 PLANES
ESTATALES DE
DESARROLLO
1.2.- LA PROFESIONALIZACION DE LA FUNCION PUBLICA.
Para determinar este tema es muy importante
relacionarlo con el tema de la gestión Pública.
GESTIÓN PÚBLICA.
• Primera definición: La gestión pública es la
capacidad de llevar a cabo lo propuesto en
una plataforma política y convertirlo en
programa de gobierno.
• Segunda definición: podría decirse que es la
capacidad de los actores gubernamentales
para ejecutar los lineamientos programáticos
de su agenda política a su agenda
gubernamental.
1.2.- LA PROFESIONALIZACION DE LA FUNCION PUBLICA.
• ELEMENTOS DE LA GESTION PUBLICA.
ADMINISTRACION PUBLICA.
De tal manera que la gestión pública esta enteramente
relacionada con la administración pública.
Definamos ¿Qué es la administración Pública?
Etimológicamente la palabra administrar proviene del
latín: ad-ministrare.
"ad" (ir, hacia) y "ministrare" (Servir, cuidar)
RACIONALIDAD CONSENSO.
1.2.- LA PROFESIONALIZACION DE LA FUNCION PUBLICA.
ADMINISTRACION PUBLICA: Conjunto de
organizaciones públicas que realizan la función
administrativa y de gestión del Estado, así como de
otros entes públicos con personalidad jurídica, ya sean
de ámbito Regional, Estatal y Municipal.
• Otra definición podría ser; Conjunto de organizaciones
y personas que en un Estado se encargan de gestionar
los intereses públicos, con 4 premisas para ello:
• 1.- Mantener el orden.
• 2.- Proteger el ejercicio normal de los ciudadanos,
protegiendo para ello sus derechos.
• 3.- Facilitar la convivencia social.
• 4.- Procurar la conservación y el desarrollo de todos los
factores al interior en general.
1.2.- LA PROFESIONALIZACION DE LA FUNCION PUBLICA.
• ¿Cuál es la gran función de la administración
pública en México?:
• PONER EN CONTACTO DIRECTO A LOS
GOBERNANTES CON LOS CIUDADANOS.
• Hablando de poderes de la Unión, estos
poderes son parte de la Administración
Pública Federal, pero ¿Cuál es la diferencia de
su accionar entre ellos?:
EJECUTIVO: Su acción
es inmediata
LOS OTROS DOS: Su
acción es mediata.
1.2.- LA PROFESIONALIZACION DE LA FUNCION PUBLICA.
• La noción de este concepto, alcanza a los
maestros y demás trabajadores de la educación
pública, así como a los profesionales de los
centros estatales de la salud, la policía y las
fuerzas armadas.
• En el pasado se discutía si en la Administración
Pública era posible integrar los servicios públicos
prestados por organizaciones privadas con
habilitación del Estado, llamadas APP´S.
• Eso es ¿administración pública ó gestión pública?
• Es Gestión Pública.
1.2.- LA PROFESIONALIZACION DE LA FUNCION PUBLICA.
• ELEMENTOS BASICOS DE LA ADMINISTRACION PUBLICA.
PERSONAS
LA ECONOMIA
LA
ORGANIZACION
EL
OBJETIVO.
LA ACCION
1.2.- LA PROFESIONALIZACION DE LA FUNCION PUBLICA.
• Jurídicamente, según Rafael Bielsa el concepto de Administración Pública
se usa más frecuentemente en sentido formal, no denota una persona
jurídica, sino un organismo público, ya sea centralizado o descentralizado,
mismo que realiza una actividad del Estado. En este sentido, si decimos
"responsabilidad de la Administración" significa que el acto de la
Administración es lo que responsabiliza al Estado.
• Ahora cuando el Estado entra en conflicto por alguna inconformidad
ciudadana y este último litiga en contra de la institución porque es su
derecho, en la actualidad ya se poseen los medios legales para ello,
desahogándose el pleito en algo que se le denomina “TRIBUNAL DE LO
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO”
1.2.- LA PROFESIONALIZACION DE LA FUNCION PUBLICA.
• De tal forma que hablar de una NUEVA GESTIÓN PÚBLICA
en México es presuponer que las transformaciones
administrativas que han venido aplicándose por más de
veinte años han sido exitosas y han logrado su objetivo,
olvidando que aún se requieren de cambios democráticos y
estructurales de fondo que permitan implantar una
verdadera funcionalidad sistémica que redunde en el
crecimiento del bienestar de los mexicanos, situación por
demás crítica ante el incremento desmedido de la pobreza
e inequidad que hoy sufre México.
• Entonces se puede afirmar que la NUEVA GESTIÓN
PÚBLICA en México es una serie de indicadores
administrativas que involucran UNA GESTIÓN POR
OBJETIVOS QUE USA INDICADORES CUANTITATIVOS.
1.2.- LA PROFESIONALIZACION DE LA FUNCION PUBLICA.
• En todo ello la privatización y la inversión de capitales
privados es una realidad delimitando muy bien jurídicamente
hasta donde es posible la actuación de los denominados
contratistas, también tiene como un enfoque el anexarse a
una a las instituciones administrativas tradicionales, de la
administración pública el enfoque de Estados y Municipios
como productor de servicios públicos disponiendo para ello el
uso de incentivos en salarios, costos reducidos y una mayor
disciplina presupuestaria, ¿Como se le llama a esto?.
• GERENCIA PUBLICA.
• Entonces la Nueva Gestión Pública hace suya a la Gerencia
Pública y usa a la evaluación como instrumento para la
mejorara constante del proceso.
• ¿Qué es la Nueva Gestión Pública?
1.2.- LA PROFESIONALIZACION DE LA FUNCION PUBLICA.
• ¿¿¿¿¿¿¿LA NUEVA GESTION PUBLICA??????.
• Conjunto de doctrinas administrativas que buscan establecer
estructuras, procesos y rutinas administrativas orientadas a
satisfacer a los clientes.
NGP
EFICIENCIA
EFICACIA
RESULTADOSCLIENTES
1.2.- LA PROFESIONALIZACION DE LA FUNCION PUBLICA.
LA NUEVA GESTIÓN PÚBLICA TIENE CUATRO MÉTODOS:
1.- La delegación de la toma de decisiones en jerarquías
inferiores como agencias operativas, organismos regionales, y
gobiernos de los Estados y los municipios, pues éstos están
más próximos al problema y tienen objetivos más claros.
2.- Una orientación hacia el desempeño que comienza desde los
insumos y el cumplimiento legal hasta los incentivos y los
productos.
3.- Una mayor orientación hacia el cliente (ciudadano) bajo las
estrategias de informarle y escucharle, para comprender lo
que quieren los ciudadanos y responder con buenos servicios.
4.- Una mayor orientación de mercado, aprovechando los
mercados o por medio de contratos de gestión y personal, y
así la competencia entre los organismos públicos.
1.2.- LA PROFESIONALIZACION DE LA FUNCION PUBLICA.
• DIFERENCIAS.
• ES REGIDA POR LA FEDERACIÓN ,
ESTADO O MUNICIPIO CON LA
RECTORIA DE POLITICAS PÚBLICAS
A CARGO DEL EJECUTIVO
ADMINISTRACION
PUBLICA
• ES REGIDA POR LA FEDERACION,
ESTADOS O MUNICIPIO CON LA
RECTORIA DE POLITICAS PUBLICAS
TRASFERIDAS POR EL EJECUTIVO
A UN PARTICULAR.
GERENCIA
PUBLICA.
1.2.- LA PROFESIONALIZACION DE LA FUNCION PUBLICA.
• LA MODERNIZACION ADMINISTRATIVA
• ¿Qué es la Modernización administrativa?, Es un proceso, un
ciclo, una etapa.
• Por modernización administrativa entendemos el conjunto de
procesos de reformas estructurales y procedimentales
tendientes a una mejoría en la gestión pública en cualquiera
de sus instancias
• Otra definición podría ser:
• La adecuación y ajuste constante que hace el Estado para que
el flujo de acciones predominantes en una sociedad tenga la
coherencia y organización necesarias.
• Una tercera definición podría entenderse como:
Un vehículo útil para hacer más coherente las medidas que
toma el Estado y ampliar los consensos necesarios sobre las
decisiones políticas incluidas en los proyectos
gubernamentales.
• .
1.2.- LA PROFESIONALIZACION DE LA FUNCION PUBLICA.
• Utilizar la modernización administrativa como criterio con
objeto de entender los cambios ha resultado útil para
encontrar la diferencia entre el desarrollo económico y la
estabilidad política. La transformación del aparato
administrativo, no solamente requiere de una planeación y
una coordinación, con normas mínimas ahí es fundamental,
por un lado, la capacitación y actualización de los
conceptos administrativos y por otro la profesionalización
de los servidores públicos.
• El control y Vigilancia son dos factores determinantes en el
proceso de la modernización administrativa, su desempeño
tiene que ver con la eficiencia en los resultados que el
Estado tiene que dar a los ciudadanos, reflejándose esto en
algo que se le denomina “CALIDAD DE GOBIERNO”
1.2.- LA PROFESIONALIZACION DE LA FUNCION PUBLICA.
• De 1940 a 1960 la estabilidad política y el
desarrollo económico fueron los objetivos
principales a seguir, en los planes sexenales, no
tuvo cabida ni la modernización administrativa, ni
la profesionalización administrativa como un
recurso autónomo, sino como elemento adicional
y subordinado a esos dos grandes propósitos, con
ello no se alteró la subordinación de la
administración pública al sistema político, y los
cambios en la estructura administrativa
respondieron puntualmente a los imperativos de
estabilidad y desarrollo de esa época.
1.2.- LA PROFESIONALIZACION DE LA FUNCION PUBLICA.
• SISTEMA POLITICO MEXICANO 1940-1960.
NO A LA
MODERNIZACIÓN NI A
LA
PROFESIONALIZACIÓN
ADMINISTRATIVA
DESARROLLO
ECONOMICO
ESTABILIDAD
POLITICA
1.2.- LA PROFESIONALIZACION DE LA FUNCION PUBLICA.
• Históricamente la modernización administrativa en México
se ha concebido de tres maneras:
• a) De 1940 a 1960, como un criterio jurídico-técnico para
regular la intervención del Estado y justificar la centralización
de decisiones políticas fundamentales, es en este momento
cuando las instituciones del poder se burocratizan y el
desarrollo de la industria se convierte en algo fundamental en
México, se desarrolla la infraestructura de caminos, sistemas
de riego y construcción de infraestructura educativa.
• Se lleva a cabo una política de estímulos, subsidios y
proteccionismo.
• La estabilidad política era algo fundamental para sentar las
bases solidas del sistema económico Mexicano.
1.2.- LA PROFESIONALIZACION DE LA FUNCION PUBLICA.
b).- De 1960 a 1980. Es en este momento como se relaciona la
administración para el desarrollo" con el desarrollo
económico del País, aquí inicia lo que se le conocía como
modernización de la administración pública. Es la época en
que el Estado Mexicano se Fortalece y sienta las bases sólidas
de sus instituciones, es cuando nace la clase media de este
País. Ya aparecen temas de planeación y coordinación de
manera más precisa y clara
c).- De 1980 a 1990, cuando, finalmente, la modernización
administrativa se entendió como recurso útil NO para el
desarrollo sino para la distribución de sus beneficios el cual
adquirió cierta autonomía. Se incluyeron entonces programas
de reforma en los proyectos políticos, Se regresa al esquema
de modernización administrativa, pero ahora con un elemento
adicional; “MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA PARA EL
DESARROLLO Y LA FAMOSA RENOVACION MORAL”.
1.2.- LA PROFESIONALIZACION DE LA FUNCION PUBLICA.
• Aparecen términos burocráticos como
“Simplificación administrativa para el desarrollo”,
“descentralización”, “desconcentración de las
Entidades Federativas”, etc.
• Esas tres formas de la modernización
administrativa se practicaron en nuestro país a
partir de los años cuarenta, cuando el proyecto
político incluyó la industrialización como requisito
para llevar al País a la modernización, mismo que
duró 40 años, y así con ello poner las bases de la
economía de mercado que estaba por surgir en la
década de los 80´s
1.2.- LA PROFESIONALIZACION DE LA FUNCION PUBLICA.
• El proyecto modernizador de esa década sobre todo de
1982 a 1988, buscó corregir errores y desviaciones de la
administración pública, sobre todo del sexenio que
antecedió esta fecha, pero también la consigna era
encontrar fórmulas eficientes para asegurar una
administración comprometida con la sociedad con un
propósito de Modernizador, por ejemplo con este
supuesto de proyecto modernizador surge el servicio
civil de carrera en 1982, que su misión era hacer
servidores públicos, sujetos gubernamentales más
comprometidos y eficientes. En 1983 aparece el primer
Plan Nacional de Desarrollo como consecuencia de la
reforma constitucional al Artículo 26° Constitucional.
Sustituyendo así los planes sexenales.
1.2.- LA PROFESIONALIZACION DE LA FUNCION PUBLICA.
• Referirse en términos generales a la modernización
administrativa, es identificar transformaciones en
diversos campos, cuyos efectos visibles se han
vinculado a cambios tales como la urbanización, la
industrialización, la democratización, la participación
de los medios de comunicación, la libertad de
expresión, y el libre mercado entre otros
• Así de esta manera llegamos a 1988, año clave para
lo que hoy conocemos como modernización
administrativa en México, ya que es cuando en el
País se detonan las reformas conocidas como
REFORMAS DE PRIMERA GENERACIÓN.
1.2.- LA PROFESIONALIZACION DE LA FUNCION PUBLICA.
• EL SERVICIO CIVIL DE CARRERA
• El servicio civil de carrera puede ser visto como una
filosofía presente en el espíritu de administraciones
públicas desarrolladas, en cualquier instancia de
gobierno Se establece que la función pública no es
menos delicada e importante que la privada y que
por lo tanto requiere de funcionarios igualmente
preparados para desempeñar profesionalmente su
responsabilidad. Aquel ciudadano que se decide
por hacer carrera en el sector público y se preocupa
por prepararse constantemente y desempeñarse
profesionalmente puede contar con un sistema de
promoción que habrá de tomar en cuenta sus
méritos para premiarlo con mejores salarios o
prestaciones, o con más altas responsabilidades,
sobre todo al inicio de cada periodo.
• .
1.2.- LA PROFESIONALIZACION DE LA FUNCION PUBLICA.
• Todo servicio civil de carrera debe ser operado por
estructuras que evalúen objetivamente el ingreso, la
selección, la promoción y la permanencia de los
servidores públicos. Estas estructuras deben ser
sensibles con la acumulación y aprovechamiento de
la experiencia pública.
• Así mismo deben ser a la vez lo suficientemente
flexibles para posibilitar procesos de innovación y lo
suficientemente sólidas para permitir la continuidad
gubernamental, teniendo como principal aliado a la
evaluación en base a los resultados.
1.2 LA PROFESIONALIZACIÓN DE LA FUNCIÓN PUBLICA
• LAS PROBLEMATICAS.
• El servicio civil de carrera y sus beneficios es una
realidad tangible en los países más desarrollados.
Nuestro país ha intentado desde hace varios años
instaurar una estructura similar sin embargo estos
intentos han sido pobremente impulsados y
vigorosamente frenados por intereses de diversa
magnitud y variable procedencia. Hasta el momento
sólo son dignos de mención los esfuerzos
emprendidos en el ramo magisterial,
electoral, diplomático y el hacendario.
• El servicio civil de carrera se encuentra lejos de una
instauración plena y efectiva en el ancho espectro
que representa la administración pública mexicana.
El orden federal se ha caracterizado siempre por
contar con la mayor cantidad de recursos.
•
1.2 LA PROFESIONALIZACIÓN DE LA FUNCIÓN PÚBLLICA.
• De tal suerte que esta instancia de gobierno ha
sido beneficiario de los primeros esfuerzos en
esta materia, a pesar de ello aun faltan muchas
áreas por ser cubiertas en la dinámica del servicio
civil de carrera. En este orden de ideas no resulta
difícil imaginar los grandes y graves rezagos que
privan en la administración pública estatal y no
se diga en la municipal. Entre los que podemos
contar la novatez de lo altos cuadros
gubernamentales toda vez que son sujetos de
constante movilidad cada vez que cambian las
administración.
1.2 LA PROFESIONALIZACIÓN DE LA FUNCIÓN PUBLICA.
• Si podemos atrevernos a decir que los estados de
nuestra República tienen carencias de tipo humano y
presupuestal para poder integrar una administración
pública profesionalizada, podemos afirmar, que en
los municipios de nuestro país hay una gran
carencias de ello. Existen muy pocos municipios
fuera de los que son capitales de los estados, que
puedan ofrecer un panorama atractivo en cuanto a
remuneración y desarrollo a los profesionistas en la
materia. A este problema podemos agregar la
preeminencia de viejas prácticas que aun persisten
en nuestra administración pública, como el
compadrazgo, padrinazgo y amiguismo, así como la
tendencia a utilizar los cargos en la administración
pública como remuneración por trabajos en
campaña. o aun peor, por remuneraciones a la
misma. "Patronage
1.2 LA PROFESIONALIZACIÓN DE LA FUNCIÓN PUBLICA.
• En nuestro país, se han sentado las bases para el servicio civil,
en específico, el artículo 123 de la Constitución Política de los
Estados Unidos mexicanos, en su apartado “B”, detalla:
• VII. La designación del personal se hará mediante sistemas
que permitan apreciar los conocimientos y aptitudes de los
aspirantes. El Estado organizará escuelas de Administración
Pública.
• VIII. Los trabajadores gozaran de derechos de escalafón a fin
de que los ascensos se otorguen en función de los
conocimientos, aptitudes y antigüedad.”
• Bajo este esquema en el gobierno del Estado de México, este
tema queda incluido de manera mas seria y formal en el Plan
de Desarrollo del Estado de México 1993-1999, como una
necesidad de aumentar la efectividad social del aparato
administrativo, haciendo sus actuaciones productivas,
ejerciendo un control adecuado que garantizara el pleno
ejercicio del os recursos asignados.
• http://www.joseacontreras.net/ServProfCarrUAEM/sercivmex.htm
1.2 LA PROFESIONALIZACIÓN DE LA FUNCIÓN PUBLICA.
• Sin embargo, para lograr esto también fue considerado la
necesidad de profesionalizar a los servidores públicos y de esta
manera garantizar que su desempeño se lleve a cabo con
legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia,
situaciones en que el Ejecutivo Estatal de la administración
1993-1999, fueron el punto de arranque de su actuación y el
motor que ha permitido contar con las personas adecuadas en el
lugar idóneo.
• Es importante señalar, que en congruencia con lo establecido en
el citado plan, dentro de las adecuaciones realizadas en la
presente gestión gubernamental, fue aprobada la Ley del
Trabajo de los Servidores Públicos del Estado y Municipios, que
contempla un sistema de profesionalización de los servidores
públicos generales, en cuyo contenido destaca:
• La definición de un catálogo de puestos por dependencia, que
debe contener el perfil, requisitos, nivel salarial y escalafonario
que corresponda.
• La implementación de un régimen escalafonario
• Estructuración de programas de capacitación
• http://www.joseacontreras.net/ServProfCarrUAEM/sercivmex.htm
• P
1.2 LA PROFESIONALIZACIÓN DE LA FUNCIÓN PUBLICA.
• Para llevar acabo esta labor, se señala como responsable de este
proceso, una comisión mixta de escalafón, presidida por el
titular de la dependencia, quien será responsable de vigilar que
el sistema de profesionalización se desarrolle de acuerdo a lo
establecido en la propia Ley.
• Además que se estableció como una regla, especializar en las
distintas ramas a todos los servidores públicos integrantes de la
Dependencia, promoviendo cursos, diplomados, especialidades
y maestrías en las ramas de responsabilidades, auditoría y
evaluación, áreas que constituyen los 3 pilares fundamentales
del control gubernamental.
• Este aspecto y el tiempo en el servicio y calificación en el
desempeño de las labores encomendadas, marcan las
oportunidades de ascenso, lo que garantiza, por un lado la
institucionalidad de los servidores públicos, su experiencia y la
certidumbre de que ante cambios acelerados y novedosos, el
ocupante del puesto, encontrará la mejor alternativa de solución
y adaptación y por consecuencia, la continuidad en las
funciones.
• http://www.joseacontreras.net/ServProfCarrUAEM/sercivmex.htm
•
1.2 LA PROFESIONALIZACIÓN DE LA FUNCIÓN PUBLICA.
• EJEMPLOS DE SERVICIO CIVIL DE CARRERA.
• La necesidad del servicio civil en México, se ha
reflejado en el hecho de que algunas dependencias y
entidades han impulsado el establecimiento de un
servicio civil de carrera, unas con mayor grado de
madurez y desarrollo que otras.
• La primera experiencia en este sentido fue la
creación del Servicio Exterior, en 1934, dentro del a
Secretaría de Relaciones Exteriores. Desde entonces
se reconocía la importancia de contar con
profesionales en la materia que tuvieran la
posibilidad de desarrollar una carrera y, con ello,
profesionalizar su trabajo y crear una memoria
institucional.
• http://www.joseacontreras.net/ServProfCarrUAEM/sercivmex.htm
EJEMPLOS DE SERVICIO CIVIL.
LA SECRETARÍA DE
RELACIONES EXTERIORES
QUE CUENTA CON SU
“SERVICIO EXTERIOR
MEXICANO”,
EL INSTITUTO NACIONAL
DE ESTADÍSTICA,
GEOGRAFÍA E
INFORMÁTICA CON SU
“SISTEMA INTEGRAL DE
PROFESIONALIZACIÓN”,
EL INSTITUTO FEDERAL
ELECTORAL CON SU
“SISTEMA DE
PROFESIONALIZACIÓN
DEL SERVICIO
ELECTORAL”.
1.2 LA PROFESIONALIZACIÓN DE LA FUNCIÓN PUBLICA.
INSTITUCION SERVICIO DE CARRERA
Comisión Nacional del Agua Ø Sistema de Especialistas en Hidráulica
Ø Instituto Federal Electoral Ø Servicio Profesional Electoral
Ø Instituto Nacional de Estadística,
Geografía e Informática.
Ø Sistema Integral de Profesionalización
Ø Procuraduría Agraria Ø Servicio Profesional Agrario
Ø Procuraduría General de Justicia del
Distrito Federal.
Ø Instituto de Formación Profesional
Ø Procuraduría General de la República Ø Carrera de Agente del Ministerio Público
Federal
Ø Secretaría de Educación Pública Ø Carrera Magisterial
Ø Secretaría de Relaciones Exteriores Ø Servicio Exterior Mexicano
Ø Sistema de Administración Tributaria
(Secretaría de Hacienda y Crédito Público).
Ø Servicio Fiscal de Carrera
1.2 LA PROFESIONALIZACIÓN DE LA FUNCIÓN PUBLICA.
• INSTAURACION DEL SERVICIO CIVIL DE CARRERA EN ESTADOS Y
MUNICIPIOS.
• Como consecuencia del paulatino fortalecimiento del federalismo y
de los avances en el proceso de descentralización, los estados y, en
menor media, los municipios han obtenido mayores atribuciones y
responsabilidades. De manera concomitante, estas instancias
gubernamentales han obtenido, en consecuencia, mayores recursos
para realizar sus tareas.
• Ante esta situación, es una necesidad urgente avanzar en la
consolidación de los órganos de control estatales y municipales, con
el objetivo de que se favorezca la transparencia en el uso de los
recursos y la seguridad de su correcto manejo.
• Debido a que estos organismos de control desarrollan tareas
relativamente rutinarias (es decir, no están demasiado expuestos a
vaivenes políticos o cambios radicales de objetivos) un servicio civil
es ampliamente factible, pues cada puesto tiene funciones
específicas y responsabilidades concretas; además, sin duda hay
claridad en fines y medios, y el servicio civil de carrera sería un
excelente instrumento para institucionalizarlos.
• http://www.joseacontreras.net/ServProfCarrUAEM/sercivmex.htm
1.2 LA PROFESIONALIZACIÓN DE LA FUNCIÓN PUBLICA.
• Por otra parte, para que los órganos de control puedan
desarrollar sus funciones, es un requisito casi
indispensable que gocen de cierta autonomía de los
órganos “controlados”. De lo contrario, cualquier relación
de subordinación o de sujeción pervertiría sin duda la
tarea fiscalizadora que realizan. Así, cuando los
organismos de control son razonablemente autónomos,
están en mejores posibilidades de establecer sistemas de
carrera, ya que los puestos no son parte del “botín
político” y sus funciones no dependen de voluntades
sino de reglas.
• De esta forma, es posible advertir que los órganos de
control son un terreno propicio para el establecimiento
de servicios civiles de carrera. No obstante, es necesario
también estar conscientes de que estos sistemas
requieren financiamiento, capacidad administrativa y de
gestión y lo que se ha llamado “voluntad política
• http://www.joseacontreras.net/ServProfCarrUAEM/sercivmex.htm
1.2 LA PROFESIONALIZACIÓN DE LA FUNCIÓN PUBLICA.
• Por tanto, más allá de la conveniencia o pertinencia de
institucionalizar servicios de carrera, debe discutirse su
factibilidad económica, administrativa y política, sobre todo en
el caso de órganos municipales de control, cuyas dimensiones y
posibilidades financieras son escasas.
• Por otra parte, en el diseño de cualquier servicio civil es
necesario evitar los riesgos y dilemas que han presentado en
otros países, que se refieren, esencialmente, a la rigidez en su
conformación, el burocratismo en el desempeño de sus tareas,
la ineficiencia en el uso de los recursos, la rutina en el
comportamiento de los funcionarios, la excesiva autonomía
respecto a las decisiones superiores, la falta de rendición de
cuentas ante la sociedad, el aislamiento frene a los involucrados
y el estrangulamiento financiero.
• Para evitar estos graves riesgos, es necesario que la
conformación de cualquier servicio civil tenga, ante todo, la idea
de que su misión es servir a la sociedad y cumplir efectivamente
sus funciones
• http://www.joseacontreras.net/ServProfCarrUAEM/sercivmex.htm
1.2 LA PROFESIONALIZACIÓN DE LA FUNCIÓN PUBLICA.
• El objetivo es consolidar un servicio civil abierto, responsable, que rinda
cuentas y que sea eficaz, por lo que conviene considerar elementos para
cada proceso del sistema de carrera, en tal sentido para el ingreso, deben
establecerse mecanismos transparentes, justos y equitativos que aseguren
la llegada de los mejores mediante la auscultación de su perfil, sus
conocimientos y sus aptitudes para cada cargo; Se debe permitir la
participación del mayor número posible de candidatos para tener amplias
posibilidades de escoger al que mejor pueda servir a la sociedad.
• Una vez seleccionados, es importante que haya un subsistema de
formación permanente, que mantenga actualizados a los funcionarios y
que les ofrezca los conocimientos y herramientas necesarios para
desempeñar sus responsabilidades adecuadamente
• Además, conviene que existan instrumentos de evaluación que sirvan, en
primer término, para valorar el desempeño de los funcionarios, pero
también, de manera más importante, para que, a partir de esa valoración
se tomen las medidas pertinentes, ya sea de incentivo para los
sobresalientes, y sanción para los que no cumplan con el estándar exigido
y finalmente uno corrección y/o prevención de posibles problemas
detectados donde la evaluación sea visto como instrumento de diálogo.
• http://www.joseacontreras.net/ServProfCarrUAEM/sercivmex.htm
1.2 LA PROFESIONALIZACIÓN DE LA FUNCIÓN PUBLICA.
• Debe diseñarse un sistema que permita el desarrollo de una
carrera de largo plazo donde se mantengan dentro de los
estándares exigidos. Sin embargo, es indispensable evitar que un
funcionario esté permanentemente buscando acceder a una
plaza superior, porque, inevitablemente, el ascenso dentro de la
pirámide jerárquica es limitado, lo que genera sentimientos de
frustración. Ante esta situación, conviene complementar la
posibilidad de ascensos en la escala jerárquica con lo que se ha
llamado “carrera horizontal”, esto es, un mecanismo por medio
del cual un funcionario pueda tener acceso a mayor
reconocimiento y retribución, con bases en su mérito y buen
desempeño, sin tener que ascender de puesto necesariamente.
• Finalmente, uno de los desarrollos más importantes de los
sistemas de carrera se refiere a que se cuente con un
mecanismo de sanción transparente y justo, pero que evite que
se confunda la estabilidad en el empleo ó función.
• http://www.joseacontreras.net/ServProfCarrUAEM/sercivmex.htm
1.2. LA PROFESIONALIZACIÓN DE LA FUNCIÓN PUBLICA.
• CARACTERISTICAS DE UN BUEN SERVICIO CIVIL
PROCESO CARACTERISTICAS
Ø Ingreso Ø Reclutamiento amplio: selección pro mérito y con
base en procedimientos transparentes.
Ø Formación Ø Actualización permanente; especialización en
funciones.
Ø Evaluación Ø Instrumentos, objetivos; insumo para toma de
decisiones.
Ø Promoción Ø Proceso basado en méritos; posibilidad de carrera
horizontal.
Ø Sanción Ø Mecanismos justos y transparentes
1.2 LA PROFESIONALIZACIÓN DE LA FUNCIÓN PUBLICA.
• El proyecto de un verdadero Servicio civil de Carrera en la
Administración Pública, se está concretizando con la extensa
legislación vigente, la cual debe ser enriquecida con la participación
activa de los sectores de la sociedad directamente involucrados e
interesados, y deberá tener las siguientes características.
• 1.- El servicio civil de carrera, deberá, emplearse como un
instrumento para dar oportunidad a que los trabajadores se
proyecten a nivele superiores dentro de la administración pública,
previniendo que no se alteren las normas protectoras ya existentes.
• 2.- La calificación profesional de los servidores públicos debe darse
como condición para el desarrollo, eficiencia y productividad en las
diferentes áreas de la gestión gubernamental. Para alcanzar la
profesionalización, es necesario tener un Sistema de Servicio Civil
de Carrera que responda a las necesidades de especialización y
desarrollo técnico de cada Institución y al mismo tiempo, al
desarrollo de los individuos mediante un plan de vida profesional.
• http://www.joseacontreras.net/ServProfCarrUAEM/sercivmex.htm
1.2 LA PROFESIONALIZACIÓN DE LA FUNCIÓN PUBLICA.
• 3.- Es imprescindible fomentar una cultura laboral orientada hacia el
trabajo en equipo, así como una mayor integración entre las distintas
áreas. El sistema, deberá desarrollar y mantener cuadros profesionales
que en forma sistematizada y ordenada permitan una renovación
continua de los mismos.
• 4.- Los cuadros de profesionales deberán formar parte del sistema
permanente de capacitación
• Como se puede observar, el Servicio Civil de Carrera, lo debemos
concebir como una estrategia que permita modernizar los sistemas de
administración de personal, ya que es la acción cotidiana de los
trabajadores al servicio del estado, lo que permite la consecución de
los objetivos de la Administración Pública.
• Con el Servicio Civil de Carrera no se trata de hacer un sindicato de
profesionales, por lo que se tendrán que señalar con claridad los
derechos y obligaciones de los integrantes del servicio, así como las
sanciones que puedan derivar del incumplimiento de las mismas; ello
dará estabilidad y credibilidad al sistema y evitará que permanezca
quien no hizo los méritos para ello.
1.2 LA PROFESIONALIZACIÓN DE LA FUNCIÓN PUBLICA.
• El servicio civil de carrera en el Estado de México permite la
evaluación integral de los servidores públicos y estos podrán aspirar
a las promociones y ascensos considerando para al efecto los
resultados obtenidos en tres parámetros de medición de la
actuación en el trabajo. Capacitación, productividad y desempeño
laboral, lo cual evidentemente se reflejaría como una
Administración Pública eficiente
• Las características propias del servicio civil de carrera lo considera
un elemento democratizador de la administración pública, pues uno
de sus rasgos más característicos es separar la función pública de la
actividad partidista y de los intereses particulares.
• Para concretizar los planteamientos se considera que la
administración del Servicio civil de Carrera podría realizarse por un
Comité Interno y en sus funciones estarían: Definir las normas,
política y procedimientos, tanto en el diseño, como en la
instrumentación; dirigir y tomar decisiones en su operación.
• http://www.joseacontreras.net/ServProfCarrUAEM/sercivmex.htm
1.2 LA PROFESIONALIZACIÓN DE LA FUNCIÓN PUBLICA.
• Un claro ejemplo del éxito del servicio civil de carrera es el sistema
francés el cual puedo señalar cinco puntos importantes:
• Primero, el sistema de carrera es un sistema bien organizado.
• Segundo hay un enfoque muy claro de carrera en donde el
desarrollo de los funcionarios públicos está definido desde el
momento en que inician su formación profesional.
• Tercero, hay una especie de aseguramiento de calidad a través del
cual se cuida que la gente en formación efectivamente aprenderá a
trabajar.
• Cuarta, hay una especie de amalgama en la que los involucrados
que van a recibir el impacto de la actuación de los servidores
públicos, participen en la formación y en la definición de los
sistemas de carrera desde las escuelas y las dependencias que van a
reclutar a estos funcionarios hasta los sindicatos.
• Y la quinta es que hay mayor dependencia entre la función pública y
el poder político.
• http://www.joseacontreras.net/ServProfCarrUAEM/sercivmex.htm
1.2 LA PROFESIONALIZACIÓN DE LA FUNCIÓN PUBLICA.
• Hoy es posible iniciar el servicio civil de carrera, en virtud de que
existen las bases suficientes para ello, su implantación resulta
conveniente y necesaria pues significa que el servicio público adquiere
un carácter abierto y competitivo. Se debe de garantizar la equidad
entre los servidores públicos lo que permite la obtención de ingresos
acorde a sus capacidades garantizando el retiro digno lo que trae como
consecuencia una administración pública eficiente, honesta, leal e
imparcial.
• Independientemente de la complejidad de las Leyes Federales y
Estatales del servicio civil de carrera, se deben buscar formulas para
que de inmediato se inicie con un eficiente sistema de selección del
personal que opte por ingresar al servicio público.
• También, es necesario implementar el sistema permanente de
capacitación, el que tendrá como líneas generales, capacitar para que
se alcancen los niveles adecuados de productividad y promover la
movilidad horizontal y sobre todo un permanente sistema de
evaluación de resultados tomando en cuenta: Indicadores de
desempeño y estándares de productividad.
• Por todo lo anterior, reitero que es necesario el establecimiento del
servicio civil de carrera en nuestro país, ya que es el fundamento de la
eficiencia de la administración pública.
• http://www.joseacontreras.net/ServProfCarrUAEM/sercivmex.htm
1.2 LA PROFESIONALIZACIÓN DE LA FUNCIÓN PUBLICA.
• FINALMENTE: Otro factor digno de mención es que la
regulación de un marco legal que estructure el
proceso de reclutamiento, selección, promoción y
permanencia de los funcionarios públicos de acuerdo
con elementos de una adecuada evaluación del
desempeño profesional, es un planteamiento que
aparece en toda propuesta de campaña pero en
ningún programa específico de implementación.
• Todas estos fenómenos han provocado que la
administración pública sobre todo la de los
Municipios en México permanezca sumida en un
marasmo de empirismo, improvisación y
mediocridad, lo que conlleva mala calidad de los
servicios públicos y desatención a las principales
problemáticas.
1.3.- TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION.
• Objetivo: Dar a conocer los fundamentos
teóricos y prácticos y así como el marco
jurídico del tema de transparencia y acceso a
la información, el cual se convierte
fundamental para aquellos ciudadanos que
estén interesados en el tema, y que hoy en día
queda inscrito como un derecho fundamental
de los individuos en la Constitucional Política
de los Estados Unidos Mexicanos.
1.3.- TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION:
• La transparencia y el acceso a la información
tiene implicaciones profundas en la construcción
de lo que se denomina “Ciudadanía”, en ese
sentido la democracia se podrá ejercer
plenamente cuando existan ciudadanos capaces
de exigir que se les rindan cuentas y así como
funcionarios y políticos convencidos ética y
políticamente de la necesidad que existe en
rendir cuentas con transparencia y así como el
acceso a la información que se considera pública.
Por ello en las diversas instancias de Gobierno la
transparencia es vista hoy en día como:
1.3.- TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION.
• una Política de Estado que promueven a cada
momento los gobernantes en el poder, incluidos casi
todos los sectores de la sociedad y la cual se
construye desde dos perspectivas:
• A).- Desde la cultura política de los Ciudadanos.
• B).- Desde la cultura política de los políticos y de los
funcionarios.
Transparencia
Cultura
política.
Cultura
ciudadana
1.3.- TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION.
• Al respecto del asunto en 1996 La Suprema Corte
de Justicia de la Nación, manifestó:
• “El derecho a la información y la transparencia es
básico para el mejoramiento de una conciencia
ciudadana que contribuya a que esta sea mas
enterada, lo cual es esencial para el progreso de
nuestra sociedad. Destacar que si las autoridades
publicas de este país de cualquier instancia,
asumen esta con actitudes que permitan
atribuirles conductas de falta de ética.
1.3.- TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION.
• Por lo cual una entrega al ciudadano de
información manipulada, incompleta o
condicionada a intereses de grupos o
personas se puede dar la posibilidad de
conocer la verdad para poder participar
libremente en la formación de la voluntad
general y hasta valores de juicio, con lo cual
quien pudiera estar cayendo en esto incurre
en una violación grave a las garantías
individuales
1.3.- TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION.
• En nuestros días la Nueva Sociedad exige vigilar
la acción pública de los funcionarios, incluidos en
esto sus propios gobernantes, quienes tendrán
que ser los primeros en ello, por existir algo que
se le denomina INTERES JURIDICO, PERO SOBRE
TODO POR SER SUJETOS OBLIGADOS, tal y como
se manifiesta el Artículo 3° fracción XIV de la Ley
• Federal de Transparencia y Acceso a la
Información Pública Gubernamental.
1.3.- TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION.
• Con ello se afirma que el Derecho al acceso a la
información y la transparencia es un asunto
Nacional que tendrá que ser garantizado por el
Estado Mexicano y sus diversas instancias de
Gobierno.
• El Acceso a la información pública y la
transparencia son ya un derecho fundamental de
todos los Mexicanos, el artículo 6° de la
Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos así lo refiere, el cual a la letra dice:
1.3.- TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION.
• Artículo 6º Constitucional:
• La manifestación de las ideas no será objeto de
ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el
caso de que ataque a la moral, los derechos de tercero,
provoque algún delito, o perturbe el orden público; el
derecho de réplica será ejercido en los términos
dispuestos por la ley.
• El derecho a la información será garantizado por el
Estado. Para el ejercicio del derecho de acceso a la
información, la Federación, los Estados y el Distrito
Federal, en el ámbito de sus respectivas competencias,
se regirán por los siguientes principios y bases:
1.3.- TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION.
• ARTICULO 6° CONSTITUCIONAL
• I. Toda la información en posesión de cualquier
autoridad, entidad, órgano y organismo federal,
• estatal y municipal, es pública y sólo podrá ser
reservada temporalmente por razones de interés
• público en los términos que fijen las leyes. En la
interpretación de este derecho deberá prevalecer
• el principio de máxima publicidad.
• II. La información que se refiere a la vida privada y los
datos personales será protegida en los
• términos y con las excepciones que fijen las leyes.
1.3.- TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION.
• ARTICULO 6° CONSTITUCIONAL
• III. Toda persona, sin necesidad de acreditar interés
alguno o justificar su utilización, tendrá acceso gratuito
a la información pública, a sus datos personales o a la
rectificación de éstos.
• IV. Se establecerán mecanismos de acceso a la
información y procedimientos de revisión expeditos.
• Estos procedimientos se sustanciarán ante órganos u
organismos especializados e imparciales, y
• con autonomía operativa, de gestión y de decisión.
1.3.- TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION.
• ARTICULO 6° CONSTITUCIONAL.
• V. Los sujetos obligados deberán preservar sus documentos
en archivos administrativos actualizados y publicarán a
través de los medios electrónicos disponibles, la
información completa y actualizada sobre sus indicadores
de gestión y el ejercicio de los recursos públicos.
• VI. Las leyes determinarán la manera en que los sujetos
obligados deberán hacer pública la información relativa a
los recursos públicos que entreguen a personas físicas o
morales.
• VII. La no observancia a las disposiciones en materia de
acceso a la información pública será sancionada en los
términos que dispongan las leyes.
1.3.- TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION.
• de tal manera que la negación de la información
solicitada, atenta contra las garantías y los derechos
individuales de los individuos, que siendo mexicanos y
tenga interés jurídico sobre el tema le sea negada dicha
información solicitada, y mas aun si los solicitantes son
sujetos obligados.
• La Constitución nos permite a todos los mexicanos
tener el acceso a la información, entendida esta como
un Derecho Constitucional que genera el acceso a la
información como una política Pública en México, por
lo cual toda la información es Pública en México.
• OTROS ORDENAMIENTOS DE LA MATERIA:
1.3.- TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION.
• Artículo XIX de la Declaración Universal de los Derechos
Humanos de 1948 que a la letra dice:
• “Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión, este
derecho incluye: El de no ser molestado a su causa de sus
opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones,
y el de difundirlas sin limitaciones de fronteras por cualquier
medio de expresión”
• 1.- El Convenio Europeo para la protección de los derechos
humanos y las libertades fundamentales en su artículo 10.
• 2.-La Convención Americana sobre los derechos humanos en
su artículo 13
• 3.- El Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos en
su artículo 19
• Que son Tratados Internacionales que México ha firmado y
que jurídicamente solo están por debajo de la Constitución
General de la República
1.3.- TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION.
• LIMITACIONES AL ACCESO A LA INFORMACION:
• En este sentido se diferencian dos tipos de
limitantes de la información:
CLASIFICADARESERVADA
PARA PROTECCION
DEL INTERES
PÚBLICO
PARA PROTECCION DE
LA VIDA PRIVADA, EL
PATRIMONIO Y LOS
DATOS PERSONALES.
1.3.- TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION.
• ¿QUÉ INFORMACIÓN SE RESERVA?
• Aquellas que buscan proteger un interés público preciso y por ello los
documentos se reservan por un periodo de tiempo determinado, que
varía en los diferentes países.
• En estas hipótesis debe probarse el daño que causaría la divulgación de la
información.
• Justificar las prueba de daño: es decir los criterios de la reserva:
– Daño al interés jurídico protegido
– Diferentes grados de protección
– La carga de la prueba recae en la administración
• Ejemplos:
– Seguridad nacional
– Seguridad pública
– Aplicación de la ley
– Relaciones internacionales
– Se reserva la información gubernamental.
1.3.- TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION.
• BASES PARA UNA RESERVA DE INFORMACION
• Principios de Johannesburgo (1995)
Para establecer una restricción es necesario proteger
un interés legítimo de seguridad nacional, y se debe
demostrar que:
a).- La información en cuestión signifique una
amenaza para un interés legítimo de seguridad
nacional.
b).- La restricción impuesta sea el medio menos
restrictivo para la protección de ese interés; y
c).- La restricción sea compatible con los principios
democráticos.
1.3.- TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION.
• ¿Qué información se clasifica?
• Aquellas cuyo propósito es proteger la vida privada,
el patrimonio y los datos personales, de los
individuos y que generan los documentos
confidenciales, a los cuales sólo tienen acceso, en
principio, el titular de la información.
• Sin embargo, en algunas legislaciones se establecen
excepciones a la confidencialidad mediante la
prueba de interés público.
• Ejemplos:
– Datos personales
– Protección de propiedad intelectual
– Secreto bancario, fiduciario y fiscal.
– Se clasifican los datos personales de los
gobernantes
1.3.- TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION.
• Procedimiento de clasificación y desclasificación
de documentos.
• En todo caso, la ley debe contener las
excepciones al acceso claramente delimitadas.
• Como tales, deben interpretarse en sentido
restringido
• Deben establecerse procedimientos definidos
para la clasificación y desclasificación de
documentos y los mecanismos para asegurar su
conservación.
• La información se maneja como en reservada y
clasificada pero, ¿para que se desclasifica?, y
¿quien la puede desclasificar?
1.3.- TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION.
• PROCEDIMIENTO DEL ACCESO A LA
INFORMACION
• Universal
• Claridad
• Tiempos definidos de respuesta
• Mecanismos de orientación al público
• Claridad en las obligaciones de respuesta
• Claridad en los mecanismos de revisión,
especialmente en casos de negativa o
declaraciones de inexistencia de documentos
• Principio de responsabilidad claramente
establecido
1.3.- TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION.
• SANCIONES
• ¿Deben existir sanciones?
• Se sancionará la sustracción, el ocultamiento o
la alteración de información pública; la
divulgación de información reservada; actuar
con negligencia o dolo en la sustanciación de
los procedimientos de acceso o la publicación
de información; así como la negativa de
entregar información cuando medie una
decisión del órgano autónomo o de un juez.
1.3.- TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION.
• ¿Qué es una política de transparencia?
• A pesar de su uso frecuente, “transparencia” sigue
siendo un término opaco, por ello, resulta necesario
aclarar su sentido para evitar el uso mágico del término.
• En un primera aproximación la transparencia podría ser:
Un instrumento que se refiere a las características claves
del flujo de información, acceso, oportunidad, relevancia,
confiabilidad y calidad.
• La información como derecho genera el derecho de
acceso a la información
• La información como política pública es una acción
gubernamental orientada a maximizar la publicidad de la
información en el proceso de ejercicio del poder y de la
acción gubernamental
1.3.- TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION.
• ¿Qué se entiende por transparencia
organizacional?.
• La transparencia organizacional se refiere a las
reglas y a las prácticas que desarrollan las
organizaciones para conocer y divulgar la
información que producen, utilizan y
distribuyen como un recurso estratégico para
el logros de sus objetivo.
1.3.- TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION.
TRANSPARENCIA EN LOS GOBIERNOS LOCALES.
¿Qué se requiere para que funcione una ley de
acceso a la información?
• Exista consenso en ciertos principios y contenidos técnicos
• No basta una ley, es necesario también:
– Recursos (humanos, técnicos, financieros)
– Mecanismos para inducir y soportar el cambio cultural de
funcionarios y ciudadanos
– Una férrea voluntad política
– Instituciones especializadas responsables de aplicar la ley.
– -Y una gran ética política.
1.3.- TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION.
• PRACTICAS QUE NO PERMITEN LA FUNCIONALIDAD DE
LAS POLÍTICAS DE ACCESO Y TRANSPARENCIA.
• Reglamentación poco claros en los procesos
administrativos.
• Registro inadecuado de las deliberaciones internas.
• Registro poco claro en la contabilidad gubernamental.
• La corrupción como el modus operandi en las áreas de los
gobiernos en turno sea cual sea la instancia.
• Los convenios dudosos en las compras gubernamentales.
• La interpretación de la ley, en base a los intereses creados.
1.3.- TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION.
• LA CREDIBILIDAD DE LA TRANSPARENCIA.
• Las acciones en materia de transparencia y
acceso a la información pública tienen mayor
impacto en la ciudadanía debido a:
 Su cercanía con la población, lo cual implica una
rendición de cuentas directa (accountability).
 Las redes de política pública en lo local se
traslapan entre actores gubernamentales y no
gubernamentales, lo cual presiona a la
transparencia.
 La “vigilancia cercana”.
 Rendición de cuentas inmediata, con resultados
visibles.
 Y Modelos de cogestión casi inevitables en todo el
proceso de política pública (planeación, elección
de alternativas, diseño, implementación,
evaluación).
1.3.- TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION.
• EXPERIENCIAS EXITOSAS:
• Guadalajara, Jalisco
– Programa “Transparencia total”
– Cambios institucionales y reglamentarios
– Uso de TIC’s para informar sobre cheques e indicadores y
procesos de gestión
– Supervisión del PM a los funcionarios
• Tamazula Gordiano, Jal
– Canal de cable
– Se transmiten en vivo sesiones del ayuntamiento
– Se da a conocer la cuenta pública mensualmente
– Aumento de 30 % en la captación de impuestos y
participación ciudadana
1.3.- TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION.
• CONCLUSIONES.
• A pesar de sugerir los contenidos de una política
de transparencia de manera puntual, la
adopción particular por cada organización
pública habrá de ajustarse a las condiciones
específicas en las que cada organización debe
actuar.
• Pero no hay duda de que, de no adoptarse de
manera deliberada como una política que se
integre a la cultura y a las prácticas
organizacionales del país, la transparencia
podría quedar atrapada en los mínimos de
acceso a la información pública que exige la ley.
1.4.- LA RENDICION DE CUENTAS.
• A pesar de su uso generalizado, es un concepto difícil de
precisar
• Accountability: en español no tiene un equivalente preciso ni
una traducción estable
• La idea de rendición de cuentas expresa de manera amplia la
preocupación por la vigilancia y control del poder, así como la
construcción de mecanismos institucionales de pesos y
contrapesos.
• Es un mecanismo asociado y necesario en las democracias
contemporáneas.
• Es un concepto bidireccional (dos partes) que supone la
rendición obligatoria de cuentas
1.4.- LA RENDICION DE CUENTAS.
• Andreas Schedeler, maneja dos términos con los cuales
se tienen que saber identificar para el manejo del
tema:
• Este autor inicia manejando términos como
“ANSWERABILITY” y “ACCOUNTABILITY” por definir
cuál de los dos términos se acerca más a la traducción
en español de la rendición de cuentas:
• ANSWERABILITY: Es la obligación que tiene los
gobernantes por responder las peticiones ó solicitudes.
• ACCOUNTABILITY: Se define como la rendición
obligada de cuentas.
1.4.- LA RENDICION DE CUENTAS.
ANSWERABILITY: ACCOUNTABILITY:
ES LA OBLIGACIÓN QUE
TIENE LOS GOBERNANTES
POR RESPONDER LAS
PETICIONES Ó
SOLICITUDES.
SE DEFINE COMO LA
RENDICIÓN OBLIGADA DE
CUENTAS.
1.4.- LA RENDICION DE CUENTAS.
• El contexto de la rendición de cuentas tiene
que ver con la inspección pública de los
ciudadanos hacia los gobernantes, con
procedimientos precisos, que permitan tener
leyes de acceso a la información claras y
entendibles. El autor manifiesta que no
existen tipos de rendición de cuentas, pero sí
palancas ó herramientas que le permitan
contra restar la corrupción.
1.4.- LA RENDICION DE CUENTAS.
• LA INFORMACIÓN, LA JUSTIFICACIÓN Y LA SANCIÓN, COMO
ELEMENTOS DE LA RENDICIÓN DE CUENTAS:
• La noción de rendición de cuentas
incluye, por un lado, la obligación de políticos y funcionarios de
informar sobre sus decisiones y justificarlas en público. Por otro,
incluye la capacidad de sancionar a políticos y funcionarios, y la que
se convierte en algo indispensable que no se puede omitir en la
rendición de cuentas
• El tema se define a partir de un debate público para normar las
instituciones. Con ello se determina dos dimensiones básicas de la
rendición de cuentas:
• 1.- Obligar a los políticos a rendir cuentas obligadas (pero no ha
todos como ya lo vimos).
• 2.- Sancionar a aquellos políticos que han violado sus deberes
públicos.
1.4.- LA RENDICION DE CUENTAS.
• Ahora la rendición de cuentas tiene en su
conformación tres aspectos:
• La información, la Justificación y el Castigo, donde la
responsabilidad es el eje por donde giran estos tres
conceptos. De tal manera que rendir cuentas implica
para los gobernantes responder a preguntas
incómodas así como exigirles cuentas claras a los
mismos, entonces rendir cuentas es recibir la
información por medio de un modulo y la obligación de
los sujetos obligados a publicar la misma.
• Entonces que la rendición de cuentas es un derecho a
la crítica y al dialogo más que un derecho de petición.
1.4.- LA RENDICION DE CUENTAS.
• De tal forma que la rendición de cuentas y la transparencia se
enmarcan dentro del Neoinstitucionalismo.
NEOINSTITUCIONALISMO.
• Entendido como la combinación de lo viejo con lo nuevo, su
implementación en la práctica se da por medio de
innovaciones gubernamentales como una parte fundamental
en los procesos de gobiero.
• Pero aún y con todo ello la impunidad sigue siendo un grave
problema dentro de la sociedad mexicana, por ello la
rendición de cuentas reclama constantemente el tener
castigos efectivos por no cumplir con este rubro. Los castigos
tienen que ver desde la remoción del mismo de su cargo,
hasta la exposición pública del funcionario sancionado, con lo
cual se puede destrozar la imagen y reputación del
funcionario sancionado.
1.4.- LA RENDICION DE CUENTAS.
• LAS COMISIONES DE LA VERDAD.
• Estas son un instrumento político de rendición
de cuentas, que la propia experiencia nos dice
que en su implementación llevan el fracaso
del asunto del que se trate, ya que estas son
comisiones donde se dan a conocer
públicamente los resultados indagados,
quedando estos al final inconclusos ó
incompletos.
1.4.- LA RENDICION DE CUENTAS.
• ACCOUNTABILITY ELECTORAL.
• Tiene que ver con la rendición de cuentas que dan los
órganos electorales a los ciudadanos, estos organismos por
su propia categoría de autonomía, tienen una doble
obligación de dar a conocer sus programas y rendir cuentas
de manera clara y precisa. Es aquí donde se puede apreciar
perfectamente el sentir de la sociedad organizada, ya que
el voto de castigo es una acción que usan los ciudadanos
para castigar a los gobernantes que al final de su período
NO CUMPLEN SU TRABAJO Ó COMPROMISOS. Pero más
aún de los alcances de esta acción la sociedad sé está
organizando de tal manera que ya no resulta suficiente
castigar a algún gobernante de cierto partido.
1.4.- LA RENDICION DE CUENTAS.
• Ahora una forma de interpretar la rendición de cuentas
tiene que ser visto como un gran mecanismo de control del
poder político, donde su principal misión es reducir la
incertidumbre sobre la cual cotidianamente recae el poder
político, por lo cual para obtener una rendición adecuada
es fundamental que existan controles internos del poder
que no permitan que esto rebase a los gobernantes, ya que
el poder por el poder mismo ocasiona a la larga que existan
incertidumbres ó dudas dentro de la gobernabilidad, por lo
cual la rendición de cuentas presupone que debe de existir
una responsabilidad personal, no solo del que está obligado
a rendir cuentas sino que además de quien solicita estas
mismas, con lo cual se obliga al gobierno a entrarle a un
dialogo responsable con la sociedad.
1.4.- LA RENDICION DE CUENTAS.
• CONSTRUCCION DE LA RENDICION DE CUENTAS.
RENDICION
DE
CUENTAS
NORMAS, LEYES Y
REGLAMENTOS
MODERNOS
PROCEDIMIENTOS
CLAROS Y
PRECISOS
VOLUNTAD
POLITICA Y ETICA
PROFESIONAL Y
VALOR
CIUDADANO
1.4.- LA RENDICION DE CUENTAS.
• LA CLASIFICACION DE LA INFORMACION.
CLASIFICACION
DE
INFORMACION
PUBLICA
CLASIFICADA.
CONFIDENCIAL
RESERVADA
1.4.- LA RENDICION DE CUENTAS.
• La ley nacional de transparencia y acceso a la información
pública en su artículo 13 y 14 habla claramente de lo que se
refiere esta clasificación.
• Para el caso del artículo 13 menciona que la entidad de la
Administración Pública deberá comunicar por escrito que la
denegatoria de la solicitud se debe a la inexistencia de datos en
su poder respecto de la información solicitada. Sin embargo el
Artículo 14 habla de la obstrucción que puede tener los sujetos
obligados respecto de la negación de la información para esto si
ello ocurriera se deberá de remitir al artículo 4to de la misma
ley.
• La propia ley debe de tener un principio de publicidad que
deberá de ser entendido como la obligación de las entidades de
la administración pública por publicar la información que sea
requerida siempre y cuando esta sea pública que no ponga en
riesgo la vida privada de quienes son sujetos obligados y así
como las finanzas públicas y seguridad de una entidad de la
administración pública.
1.4.- LA RENDICION DE CUENTAS.
• Que dice Kant de la rendición de cuentas
• Esta tiene que ver con la distinción de ciertas prácticas de
supervisión.
• ¿Quién rinde cuentas y por qué?
• En la política la rendición de cuentas se dirige básicamente hacía
la clase política ó a los profesionales de la política, pero no a
todos quienes integran este segmento social, solo rinden
cuentas que por actividades meramente gubernamentales y
legislativas se dedican a esta actividad.
• ¿Quiénes rinden cuentas?: Los funcionarios Federales Locales y
Municipales de alto nivel; Los diputados y Senadores de la
República y así como quienes integran los órganos de dirección
del poder legislativo, y así como los diputados de los 31
Congresos locales y La Asamblea legislativa del Distrito Federal y
sus órganos de dirección, y los organismos autónomos con
personalidad jurídica y patrimonio propio.
1.4.- LA RENDICION DE CUENTAS.
• ¿QUIÉNES NO RINDEN CUENTAS?
• 1.- Los Jueces y Magistrados del Poder Judicial de la
Federación.
• 2.- Los dirigentes de los Partidos políticos en todos sus
ámbitos.
• 3.- Los Sindicatos.
• 4.- Las asociaciones empresariales.
• 5.- Las organizaciones de la defensa de los derechos humanos.
Etc.
• Esto marca un rumbo claro en México sobre quiénes rinden
cuentas, por qué rinden cuentas y a quién le rinden cuentas, y
quienes no. Sin embargo para ello existen criterios
administrativos que tiene que ser lo suficientemente sólidos,
claros y sencillos mismos que se deben de apegar a los
diversos procedimientos que para ello existen, y que son algo
que ya está previamente establecido por la ley.
1.4.- LA RENDICION DE CUENTAS.
• CRITERIOS DE LA RENDICION DE CUENTAS.
1.- Criterios Financieros: Al ser este aspecto algo relevante dentro
de la política pública monetaria no se puede rendir cuentas de
emisiones de billetes, moneda, activos fijos del BM entre otros, sin
embargo la rendición de cuentas en este rubro se encamina hacia
la confidencialidad a que tiene derecho todo alto funcionario que
devengue salarios altos entro del ámbito público, aquí se revela sus
salarios más no sus estados financieros.
2.- Criterios legales: En la ley se plasma perfectamente quienes sí y
quienes no deben de rendir cuentas, en las leyes se encuentra
perfectamente establecido que todos aquellos individuos que
devenguen un alto salario dentro de una institución pública del
País, o tengan funciones ejecutivas que sean subsidiados con dinero
público tengan que rendir cuentas.
3.- Criterios Morales: Que no es otra cosa de la preocupación que
se tienen por quienes rinden cuentas que lo hagan de manera
apropiada, cumpliendo con las normas vigentes. En donde es aquí
donde empieza un debate entre lo público y lo privado.
1.4.- LA RENDICION DE CUENTAS.
• LA RENDICION DE CUENTAS VERTICAL Y HORIZONTAL.
• El autor de este esquema de rendición de cuentas es
Guillermo O´Donell
• RENDICIÓN DE CUENTAS VERTICAL: Son las relaciones de
control de la sociedad hacia el Estado, sin tener definidos
controles efectivos de rendición de cuentas, ejemplo: la
rendición de cuentas de un servidor público de alto nivel,
que responde cualquier cosa a la petición de algún
ciudadano.
• RENDICIÓN DE CUENTAS HORIZONTAL: Son Las relaciones
de control entre las instituciones del Estado, es decir una
relación entre iguales, el mejor ejemplo de cómo opera
esto es la división de poderes que existe en el País, Qué
poder le debe dar cuentas a qué poder. Es decir de verdad
el Legislativo le rendirá al Ejecutivo y viceversa. El Ejecutivo
le rendirá al Judicial y viceversa ó más aún el Judicial le dará
cuentas al Legislativo y Viceversa.
1.4.- LA RENDICION DE CUENTAS.
RENDICION
DE
CUENTAS
GOBIERNO
ENTRE
PODERES
SOCIEDAD.
ENTRE
PODERES
1.4.- LA RENDICION DE CUENTAS.
• CONCLUSIONES.
• 1.- Se debe de insistir en el carácter que debe de tener la
información, donde está debe de ser pública, de lo contrario
todo va a ser una gran simulación. Rendir cuentas no es algo tan
sencillo se requiere de mucha voluntad de los gobernantes.
• 2.- Para el caso de los sujetos que deberían de ser obligados y no
rinden cuentas deberá de existir procedimientos jurídicos que
permitan que estos sujetos rindan cuentas claras, pésele a quien
le pese.
• 3.- Para el caso de la rendición de cuentas vertical, deberá de
haber mejores procedimientos que permitan a la sociedad
organizada tener más información de quienes ostentan un cargo
gubernamental.
• 4.- Para el caso de la rendición de cuentas horizontal deberán de
encontrarse mecanismos adecuados para que entre poderes
exista claridad en la rendición de cuentas y que no sea un
mecanismo cíclico si no que su orientación sea hacia todas
direcciones.
1.5.- LA PARTICIPACION CIUDADANA.
México vive hoy en día una realidad plural, el año
2000 marcó un camino contundente para ello, sin
embargo las expectativas ciudadanas con las que
arribo al poder político un partido político diferente
al que tradicionalmente había gobernado por más
de 70 años en México fueron muy altas, lo cual NO
permitió establecer las bases sólidas de ese cambio
del cual se hablo y se prometió. Nuestro País siguió
siendo un País Centralizado con la Perfecta División
de Poderes, teniendo en la Autonomía de sus
Entidad, Instituciones y sus otros dos Poderes el
rasgo más característico, que fue algo muy notorio
en este periodo de gobierno.
1.5.- LA PARTICIPACION CIUDADANA.
• Como se llega a la transición democrática:
• *Con un México fracturado por sus actores sociales y en el 2006
esta fractura se agudiza debido al supuesto Fraude electoral que
una de las partes del País reclama, asunto que sigue en la elección
del 2012.
• *Se tiene un Sistema Presidencialista con Estructura, Funciones y
Recursos desde el Poder, tal y como lo diseño el viejo régimen de
más de 70 años.
• *Un México antidemocrático ya que el poder central lo tenía
únicamente el Presidente de la República.
• *Los excesos del Poder Presidencial lo llevaron a ser un Poder
HIPERPRESIDENCIAL, cuando este se lo proponía.
• *La delegación continua del Legislativo al Ejecutivo fue por mucho
tiempo algo común en el Sistema Presidencial, el Ejecutivo
presentaba casi el 80% de las iniciativas.
1.5.- LA PARTICIPACION CIUDADANA.
• *Controlaba los procesos electorales Esto le permitió la
Construcción de un Partido Único: (es decir Ponía las reglas del
juego electoral, organizaba los comicios y contaba los votos, entre
otras cosas).
• *Existía un Sistema de Partido Hegemónico (es decir había un
Monopolio Político y Controlaba los puestos de Elección Popular,
tanto Federal, Estatal y Municipal).
• *Dominaba sobre la composición de las Instituciones y así como
sobre la Conducta de la llamada Clase Política. (Esto Incluía al Poder
Judicial y a su Partido Político de Origen).
• *El crecimiento de los partidos de oposición estaban bajo el control
del presidente. (1988-1994).
• Todo ello tenía un objetivo claro y dirigido, crear las nuevas
condiciones política para llegar a la alternancia democrática en
México.
1.5.- LA PARTICIPACION CIUDADANA.
• FACTORES DE LA TRANSICIÓN DEMOCRÁTICA EN MEXICO:
• Cambio de reglas en el juego electoral, se crea el IFE
• *Acceso de los Partido de Oposición al Poder, Guanajuato en 1989
como Entidad Federativa y San Luis Potosí como Municipio en 1959.
• *Las Reformas Políticas de 1977 y 1983 y 1999.
• *Creación de otras Instituciones Autónomas que vinieran a darle
sustento a los cambios estructurales en México como CNDH, IFAI,
ITAIP.
• *Creación de la contraloría.
• *Creación del Servicio Civil de Carrera.
• *Globalización del Mercado Interno y Externo.
• *Existe una mayor competencia.
• *Existe una mayor integración económica.
• *Surgen nuevas condiciones sociales de los ciudadanos.
• *Surgen nuevas condiciones Internacionales.
1.5.- LA PARTICIPACION CIUDADANA.
• Pero sin duda alguna el elemento fundamental para
hacer que este País cambiara de rumbo fue la gran
participación ciudadana que han existidos en los
comicios presidenciales , veamos algunos datos:
*No hubo violencia a la llegada de un partido diferente
a la presidencia de la República.
• *No hubo un golpe de Estado.
• *Se revaloro el voto.
• *Debido a ello sigue existiendo actualmente en
México, una gran movilidad de los ciudadanos en el
tema de la alternancia política, solamente en 10
Entidades siempre ha gobernado el mismo partido.
1.5.- LA PARTICIPACION CIUDADANA.
• Entonces, que es la Participación Ciudadana?
• Espacio de representatividad individual ó colectiva en
donde concurren los ciudadanos con cierta identidad.
• SEGMENTOS DE LA PARTICIPACION CIUDADANA
• 1.- La participación ciudadana territorial; Por medio de los
comités vecinales.
• 2.- La participación ciudadana sectorial; Por medio de los
diversos sectores de la sociedad como lo son las mujeres,
los jóvenes, los discapacitados, homosexuales.
• 3.- La participación ciudadana temática; por medio de las
diversas áreas que para tal existen como la ambiental, el
urbano, la cultural y la social, entre otras.
1.5.- LA PARTICIPACION CIUDADANA.
• Mecanismos
• En una democracia directa como la nuestra, la participación
ciudadana tiene tres mecanismos:
• a.- El de consulta: que se da por instrumentos como: Consulta
ciudadana, ya sea por radio, tv, teléfono e internet, Encuestas,
Referéndum y Plebiscito.
• b.- De Diseño de Políticas Públicas; Por medio de los consejos
de desarrollo social. Las Comisiones de Planeación y
Desarrollo Municipal(COPLADEMUN), Consejos de
Participación Ciudadana, Comités sectoriales, Comités
Temáticos, y de vigilancia entre otros.
• c.- De Seguimiento de estas políticas publicas; Por medio de
una planeación Estratégica, Un Presupuesto Participativo y las
Contralorías Sociales en los Gobiernos.
PROPUESTAS, ESPACIOS E INSTRUMENTOS.
• PROPUESTAS GENERALES PARA LA PARTICIPACION CIUDADANA:
• 1.- Capacitar al personal gubernamental en algo que se llama
“Políticas de Diseño Participativos”.
• 2.- Capacitar a la ciudadanía en leyes, procedimientos y normas.
• 3.- Crear compromisos políticos y administrativos de manera
Pública con las autoridades municipales democráticamente electas.
• ESPACIOS EN LA PARTICIPACION CIUDADANA:
• 1.- Elaborar un mapa de actores y organizaciones sociales.
• 2.- Identificar espacios con amplia representación social.
• 3.- Promover formas de participación ciudadana individuales y
colectivas.
• 4.- Garantizar el prerrequisito de información, difusión, e
infraestructura para la participación.
• INSTRUMENTOS EN LA PARTICIPACION CIUDADANA:
• A).- Evaluación constante a las contralorías sociales.
• B).- Creación de un banco de buenas prácticas.
• C).- Un inventario de metodologías participativas.
• D).- Creación de un observatorio ciudadano.
1.5.- LA PARTICIPACION CIUDADANA.
• EL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO.
• Este tiene como principal finalidad involucrar a los ciudadanos en
como quieren que se destinen los recursos que son para las obras y
acciones dentro del municipio, y específicamente dentro de su
territorio, la propuesta aquí es por medio de los Comités ciudadanos,
pero para ello existen elementos que permiten definir de manera más
clara el presupuesto participativo, estos elementos son:
• Definición por asambleas territoriales las prioridades de las obras y
acciones a seguir.
• Elaboración de un reglamento de discusión y toma de decisiones.
• Conocimiento del método que se sigue para la asignación de los
recursos.
• Llevar un control sobre las obras aprobadas por el comité ó consejo.
• QUIENES PARTICIPAN EN ESTE PROCESO.
• 1.- Las instancias administrativas de los gobiernos.
• 2.- Las instancias comunitarias, ejidales y comunitarias autónomas.
• 3.- El consejo del presupuesto participativo.
• 4.- Los ciudadanos organizados.
1.5.- LA PARTICIPACION CIUDADANA.
• Con La permisividad del gobierno, los ciudadanos detrás de
las decisiones gubernamentales y administrativas de las
entidades gubernamentales, es más fácil ejercer la acción
de autoridad que les confiere la ley, por lo cual la capacidad
institucional en la ejecución de políticas públicas
gubernamentales es algo más sencillo y su acción es mas
ágil.
• Donde para ello los ciudadanos asumen ese este rol tres
grandes funciones del gobierno municipal que son:
• A).- La función Institucional.
• B).- la función socio cultural.
• C).- La función Socio política.
• Veamos:
FUNCIONES INSTITUCIONALES.
A.- Con nuevas responsabilidades mismas que ejercen
presión sobre las capacidades institucionales y
financieras.
• B.- Con la construcción de una nueva gobernanza
local que garantice un rediseño institucional eficaz
para atender las demandas de la ciudadanía.
• C.- Una operación de criterios claros y normativos en
la trasparencia y la rendición de cuentas de los
gobernantes.
• D.- Con un diseño y una gestión adecuada de las
políticas públicas, que incluya a los diferentes
actores, económicos, sociales y civiles involucrados
en el quehacer de gobierno.
FUNCIONES SOCIO CULTURALES.
• 1.- Garantizar el ejercicio pleno de los derechos de los
ciudadanos, a la salud, la educación, y la cultura, actuando
en ello con criterios de calidad y equidad de genero.
• 2.- Reconocer la multiculturalidad y resguardar la identidad
étnico. cultural, de raza y sexo.
• 3.- Enfrentar a la pobreza, la desigualdad y las nuevas formas
de exclusión social, con políticas de desarrollo social, nuevas e
innovadoras.
• 4.- Tener pleno reconocimiento de los cambios de la
estructura y roles de la familia.
• 5.- Enfrentar la violencia e inseguridad social, con
organización ciudadana.
• 6.- Contrarrestar la ruptura del tejido social , fortalecer la vida
comunitaria y promover la participación ciudadana.
FUNCIONES SOCIO POLITICAS.
a.- Consolidar y fortalecer la democracia local, ampliando las
formas de representación política y social, impulsar entre sus
habitantes la reforma política, y tener claridad en los acuerdo
que se tomen dentro del órgano del cuerpo de gobierno del
Ayuntamiento.
• b.- Promover la participación de la ciudadanía, en las
decisiones públicas a fin de combinar y fortalecer la
democracia representativa con prácticas propias de la
democracia participativa, como el referendum y el plesbicito.
• c.- Diseñar y promover la inclusión de la ciudadanía a través
de la creación de espacios e instrumentos de la participación
ciudadana, en temas de carácter municipal como desarrollo
urbano; obras públicas, seguridad ciudadana y participación
ciudadana
• d.- Participación de redes de ciudades y acciones de
cooperación descentralizada.
INSTRUMENTOS LEGALES DE LA
PARTICIPACION CIUDADANA
CONSTITUCION DE LOS ESTADOS UNIDOS
MEXICANOS.
CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO DEL
ESTADO LIBRE SOBERANO DE MEXICO.
LEY NACIONAL DE PARTICIPACION CIUDADANA.
LEYES ESTATALES Y ORDENAMIENTOS
SECUNDARIOS.
POLITICAS PUBLICAS SECTORIALES E
INSTITUCIONALES.
• POR SU ATENCION MUCHAS GRACIAS.
• TOLUCA MEXICO A 5 DE ABRIL DEL 2013
• ELABORO: LIC. GUSTAVO PARRA SANCHEZ.

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  • 1. NOMBRE DEL CURSO: POLITICAS PUBLICAS SECTORIALES E INSTITUCIONALES. DIRIGIDO: A personas involucradas en el tema de la administración pública en sus tres instancias de gobierno.
  • 2. POLITICAS PUBLICAS SECTORIALES E INSTITUCIONALES. • OBJETIVO GENERAL: Dar a conocer las bases fundamentales de la funcionalidad y operatividad de los Gobiernos en sus tres instancias de gobierno, en relación con los diversos temas que en la práctica cotidiana se fijan dentro de las Agendas de la Administración Pública.
  • 3. POLITICAS PUBLICAS SECTORIALES E INSTITUCIONALES. • OBJETIVO PARTICULAR: Con los conceptos del curso se pretende que los estudiantes identifiquen los posibles alcances y soluciones en la práctica cotidiana de las principales acciones gubernamentales que se presentan dentro de la Administración por temas de política publica y agenda.
  • 4. POLITICAS PUBLICAS SECTORIALES E INSTITUCIONALES. • MISION: Otorgar a los participantes las principales herramientas se tienen en la actualidad para un mejor desempeño, eficiencia y eficacia, en los principales temas de la administración pública vigente. • VISION: Esta consiste en el manejo de los principales temas de carácter sectorial y de instancias de gobierno a mediano y largo plazo.
  • 5. 1.1.- MARCO LEGAL Y NORMATIVA FEDERAL, ESTATAL Y MUNICIPAL. TEMAS MODULO I Y II. • A.- Generalidades de la administración pública en México, el sistema de planeación democrática. • B.- Transparencia, rendición de cuentas y participación ciudadana. • C.- Administración pública municipal: obligaciones y facultades, • D.- La modernización administrativa, La nueva gestión pública y el servicio civil de carrera. • E.- Operación municipal: estructura organizacional y áreas de atención. F.- Estructura Municipal. • G.- Marco jurídico de los ayuntamientos. • H.- Nuevos esquemas de participación publica y privada en México, los proyectos PP´S.
  • 6. 1.1.- MARCO LEGAL Y NORMATIVA FEDERAL, ESTATAL Y MUNICIPAL. • MODULO I.- GENERALIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA EN MEXICO. • CONTENIDO. • 1.1.- Marco legal y normatividad federal, estatal y municipal. El sistema de planeación democrática. • 1.2 .- Profesionalización de la función pública • 1.3.-La transparencia • 1.4.- Rendición de cuentas • 1.5.- Participación ciudadana.
  • 7. CRONOGRAMA DEL CURSO TEMA ABRIL ABRIL ABRIL ABRIL MAYO MAYO MAYO MAYO GENERALIDADES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA EN MEXICO. 5 LA OPERACIÓN DE LOS MUNICIPIOS EN MEXICO. 12 LA GOBERNANZA Y LA CALIDAD DE GOBIERNO EN MEXICO. 19 EXAMEN. 26 LA POLITICA EDUCATIVA EN MEXICO, SITUACION ACTUAL Y PERSPECTIVAS. 3 LA POLITICA DE DESARROLLO SOCIAL, FONDOS, PROGRAMAS, PRESUPUESTO Y FISCALIZACION. 17 LA POLITICA LABORAL EN MEXICO. 24 EXAMEN Y ENTREGA DE DIPLOMAS. 31
  • 8. 1.- GENERALIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. • 1.1.- Marco legal y normatividad federal, estatal y municipal
  • 9. 1.1.- MARCO LEGAL Y NORMATIVA FEDERAL, ESTATAL Y MUNICIPAL. • Veamos algunos datos duros de nuestro México: • México es un País de Contrastes con Dos fronteras. • México, País de Contrastes: • Los índices de desarrollo humano son muy bajos en Entidades como Chiapas, Oaxaca y Guerrero, contrastando en Entidades como Nuevo León, Estado de México y el Propio Distrito Federal, en donde el nivel de vida en promedio es alto.
  • 10. 1.1.- MARCO LEGAL Y NORMATIVA FEDERAL, ESTATAL Y MUNICIPAL. • México es un País con un gran bono demográfico dividido en dos: • Territorialmente y poblacionalmente. • Territorialmente es el décimo tercer lugar, por debajo de países como Rusia que es el más grande, China, Brasil y la India el 7°. • Poblacionalmente: México el 11avo lugar, por debajo de China como el país más poblado, la India como la segunda. Brasil como la Quinta y Rusia como la novena Nación más poblada.
  • 11. 1.1.- MARCO LEGAL Y NORMATIVA FEDERAL, ESTATAL Y MUNICIPAL. • PODERES DE LA UNION •PRESIDENTE DE LA REPUBLICA MEXICANA. PODER EJECUTIVO. •CAMARA DIPUTADOS •CAMARA DE SENADORES. PODER LEGISLATIVO •MAGISTRADOS DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN •CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL. PODER JUDICIAL.
  • 12. 1.1.- MARCO LEGAL Y NORMATIVA FEDERAL, ESTATAL Y MUNICIPAL. FEDERACION ESTADOS. MUNICIPIOS.
  • 13. 1.1.- MARCO LEGAL Y NORMATIVA FEDERAL, ESTATAL Y MUNICIPAL. • Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: • Marco Jurídico. • Artículo 2o. La Nación Mexicana es única e indivisible. Por lo cual somos una República. • Artículo 40. Es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una República representativa, democrática, federal, compuesta de Estados libres y soberanos en todo lo concerniente a su régimen interior; pero unidos en una federación establecida según los principios de esta ley fundamental.
  • 14. 1.1.- MARCO LEGAL Y NORMATIVA FEDERAL, ESTATAL Y MUNICIPAL. • LA FEDERACION: Es la primera instancia de gobierno que tiene que ver con la organización política y administrativa del País. • Artículo 25 Constitucional: Corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional para garantizar que éste sea integral y sustentable, que fortalezca la Soberanía de la Nación y su régimen democrático y que, mediante el fomento del crecimiento económico y el empleo y una más justa distribución del ingreso y la riqueza, permita el pleno ejercicio de la libertad y la dignidad de los individuos, grupos y clases sociales, cuya seguridad protege esta Constitución.
  • 15. 1.1.- MARCO LEGAL Y NORMATIVA FEDERAL, ESTATAL Y MUNICIPAL. • ARTICULO 25° CONSTITUCIONAL. • El Estado planeará, conducirá, coordinará y orientará la actividad económica nacional, y llevará al cabo la regulación y fomento de las actividades que demande el interés general en el marco de libertades que otorga esta Constitución. • Al desarrollo económico nacional concurrirán, con responsabilidad social, el sector público, el sector social y el sector privado, sin menoscabo de otras formas de actividad económica que contribuyan al desarrollo de la Nación.
  • 16. 1.1.- MARCO LEGAL Y NORMATIVA FEDERAL, ESTATAL Y MUNICIPAL. • Artículo 26 Constitucional. El Estado organizará un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional que imprima solidez, dinamismo, permanencia y equidad al crecimiento de la economía para la independencia y la democratización política, social y cultural de la Nación. • Los fines del proyecto nacional contenidos en esta Constitución determinarán los objetivos de la planeación. La planeación será democrática. Mediante la participación de los diversos sectores sociales, quienes recogerán las aspiraciones y demandas de la sociedad para incorporarlas al plan y los programas de desarrollo. Habrá un plan nacional de desarrollo al que se sujetarán obligatoriamente los programas de la Administración Pública Federal.
  • 17. 1.1.- MARCO LEGAL Y NORMATIVA FEDERAL, ESTATAL Y MUNICIPAL. • PLANEACION DEMOCRATICA EN MEXICO. • ¿QUÉ SE ENTIENDE POR PLANEACION DEMOCRATICA? • Es el proceso mediante el cual surge el Sistema Nacional de Planeación Democrática, Es una práctica política recurrente de los gobiernos en todos sus ámbitos, que se convierte en ley al asumir las funciones propias de la administración pública por lo cual afirmamos que: • Es un proceso que permite disponer de mejores instrumentos en los ámbitos de acción global, sectorial, institucional, regional. (Artículo 22 de la ley nacional de planeación). • El elemento esencial del proceso de planeación democrática tiene que ver con la participación ciudadana, en ello hay que permitir que los grupos sociales organizados y la población en general participen en las actividades de la planeación de todas las instancias del sistema de gobierno. (Artículo 20 de la ley de Planeación), Esto se conoce como: • DEMOCRACIA PARTICIPATIVA
  • 18. 1.1.- MARCO LEGAL Y NORMATIVA FEDERAL, ESTATAL Y MUNICIPAL. • Marco teórico. • El marco teórico del sistema de planeación democrática también tiene que ver con la organización y participación ciudadana que hacen los sujetos sociales organizados mismo que hacen desde el exterior hacia interior de las políticas públicas, por medio del sistema nacional de planeación participativa. • Es decir, la planeación democrática es necesaria para la elaboración de planes y programas de las diferentes instancias de gobierno. Los foros de consulta popular a los que se convoca a los diferentes sectores de la población tanto del sector público como privado son los medios por el cual se captan las demandas y requerimientos de la ciudadanía, ya que en ellos se organizan mesas de trabajo para que presenten sus propuestas, que serán incorporadas al Plan ya sea Municipal, Estatal o Nacional que habrá de regir en el período de gobierno del que se trate.
  • 19. 1.1.- MARCO LEGAL Y NORMATIVA FEDERAL, ESTATAL Y MUNICIPAL. • Para la ejecución de lo planeado, se constituirá legalmente una comisión de concertación del plan, en los que se definirán las acciones a realizar entre el sector público y los grupos sociales para ello habrá contratos, convenios o acuerdos y finalmente en los propios foros de consulta popular se hace una evaluación de los resultados de la ejecución de los planes y programas elaborados.
  • 20. 1.1.- MARCO LEGAL Y NORMATIVA FEDERAL, ESTATAL Y MUNICIPAL. • LA PLANEACION DEMOCRATICA EN MEXICO. • Entonces partiendo de esta premisa, afirmamos que la democracia participativa es cuando: • LA SOCIEDAD ORGANIZADA PARTICIPA EN LAS DECISIONES DE LOS GOBIERNOS. Ejemplo: • ¿Por qué la planeación tiene que ser necesariamente democrática? • Se dice que la planeación será democrática, debido la participación de los diversos sectores sociales, quienes recogerán las aspiraciones y demandas de la sociedad para incorporarlas al plan y los programas de desarrollo. (Participación ciudadana) • Habrá un plan nacional de desarrollo al que se sujetaran obligatoriamente los programas de la administración pública federal, y así cada instancia de gobierno tiene su propio plan.
  • 21. 1.1.- MARCO LEGAL Y NORMATIVA FEDERAL, ESTATAL Y MUNICIPAL. • Bajo esta premisa que sería el Sistema Nacional de Planeación Democrática?: • Es el conjunto de relaciones que vinculan a las dependencias y entidades de la administración pública tanto federal, estatal y municipal y así como a los organismos e integrantes del sector público. En la elaboración del Sistema Nacional de Planeación Democrática. Aqui se formalizan los procedimientos para el plan nacional de desarrollo, los programas y proyectos y se consolidan los mecanismos de coordinación con los gobiernos estatales y municipales. • ¿Para que la planeación democrática?:
  • 22. 1.1.- MARCO LEGAL Y NORMATIVA FEDERAL, ESTATAL Y MUNICIPAL. PREMISAS DE LA PLANEACION DEMOCRATICA: ¿PARA QUE SIRVE ESTO? • I.- Para fortalecer la soberanía, la independencia, la autodeterminación nacionales, en lo político, lo económico y lo cultural; • II.- Preservar el perfeccionamiento del régimen democrático, republicano, federal y representativo que la Constitución establece; y la consolidación de la democracia como sistema de vida. • III.- Para que exista igualdad de derechos entre mujeres y hombres, la atención de las necesidades básicas de la población y la mejoría, en todos los aspectos de la calidad de la vida, para lograr una sociedad más igualitaria. • IV.- Para el respeto irrestricto de las garantías individuales, y de las libertades y derechos sociales y políticos;
  • 23. 1.1.- MARCO LEGAL Y NORMATIVA FEDERAL, ESTATAL Y MUNICIPAL. • V.- Para el fortalecimiento del pacto federal y del Municipio libre, para lograr un desarrollo equilibrado del país, promoviendo la descentralización de la vida nacional. • VI.- Para el equilibrio de los factores de la producción, que proteja y promueva el empleo; en un marco de estabilidad económica y social, y • VII.- Para la perspectiva de género, para garantizar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, y promover el adelanto de las mujeres mediante el acceso equitativo a los bienes, recursos y beneficios del desarrollo. • De esto surge algo?: • EL PLANADE.
  • 24. JURIDICAMENTE ¿QUE ES EL PLANADE?. JURIDICAMENTE Su origen reside en el artículo 26 Constitucional, y su esencia se halla en el artículo 12 de la ley de planeación, mientras que en 14 se señala claramente a quienes compete esta responsabilidad. También es una herramienta de acción y de gestión del Gobierno federal que promueve en todos sus ámbitos las bases para atender las necesidades insatisfechas de la población para mejorar la calidad de vida de los ciudadanos. Entonces es el instrumento legal por medio del cual se dan a conocer los objetivos que tienen la Nación y que son ejecutados por el Gobierno Federal, donde su propia gestión permite evaluar sus resultados.
  • 25. 1.1.- MARCO LEGAL Y NORMATIVA FEDERAL, ESTATAL Y MUNICIPAL. • EL PLAN NACIONAL DE DESARROLLO. • De esto se desprenden varias leyes secundarias que tienen que ver con este proceso de planeación. • LEY DE PLANEACION: Publicada en DOF el 5 de Enero de 1983. Es una ley que tiene por objeto llevar a cabo la Planeación Nacional del Desarrollo y encauzar en función de ésta las actividades de la administración Pública Federal. • LEY ORGANICA DE LA ADMINISTRACION PÚBLICA FEDERAL: Expedida en Diciembre de 1976, esta ley tiene como objeto establecer las bases de organización de la Administración Pública Federal, centralizada y paraestatal.
  • 26. 1.1.- MARCO LEGAL Y NORMATIVA FEDERAL, ESTATAL Y MUNICIPAL. • DOCUMENTOS RECTORES DE LA PLANEACION EN MEXICO. ARTICULO 26 CONSTITUCIONAL. LEY NACIONAL DE PLANEACION. PLAN NACIONAL DE DESARROLLO. LEY ORGANICA DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL.
  • 27. 1.1.- MARCO LEGAL Y NORMATIVA FEDERAL, ESTATAL Y MUNICIPAL. • EL PLAN NACIONAL DE DESARROLLO • ¿Quiénes forman parte de esto? • La Presidencia de la República, las Secretarías de Estado, los Departamentos Administrativos y la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, integran la Administración Pública Centralizada además de: Los organismos descentralizados, las empresas de participación estatal, las instituciones nacionales de crédito, las organizaciones auxiliares nacionales de crédito, las instituciones nacionales de seguros y de fianzas y los fideicomisos, componen la administración pública paraestatal
  • 28. 1.1.- MARCO LEGAL Y NORMATIVA FEDERAL, ESTATAL Y MUNICIPAL. • TIEMPOS DEL PLAN. • La Federación se tienen 6 meses para presentar el PLANADE a partir de iniciado el periodo constitucional. • En los Gobiernos de los Estados y los Municipios este periodo varía ello en base a la legislación local de que se trate y este tiene que ser en congruencia con los del plan nacional de desarrollo. • En el Estado de México el Artículo 22 de la ley de planeación de esa entidad determina que Los planes de desarrollo se formularán, aprobarán y publicarán dentro de un plazo de seis meses para el Ejecutivo del Estado y cuatro meses para los ayuntamientos, contados a partir del inicio del período constitucional de gobierno.
  • 29. 1.1.- MARCO LEGAL Y NORMATIVA FEDERAL, ESTATAL Y MUNICIPAL. • ¿ QUE DEBERAN DE BUSCAR LOS FUTUROS PLANES NACIONALES DE DESARROLLO? • A).- Garantizar que todos los derechos consagrados en la Constitución sean alcanzados en cada mexicano. • B).- Garantizar el pleno desarrollo de la economía mexicana, crecer a su verdadero potencial económico. • C).- Regresar a México a su posición de liderazgo en el contexto internacional.
  • 30. 1.1.- MARCO LEGAL Y NORMATIVA FEDERAL, ESTATAL Y MUNICIPAL. • ¿Por qué México NO crece a los niveles que debe hacerlo? • 1.- Se desperdicia el bono demográfico. • 2.- Por la débil competencia entre los agentes económicos. • 3.- Débil financiamiento al aparato productivo. • 4.- Por una economía informal creciente. • 5.- Deficiente formación de capital humano. • 6.- Ausencia de estrategias comerciales y económicas que favorezca y brinden impulso a los distintos sectores del país, aprovechando ventajas competitivas y comparativas de México. • 7.- Por falta de reformas de la llamada segunda generación.
  • 31. 1.1.- MARCO LEGAL Y NORMATIVA FEDERAL, ESTATAL Y MUNICIPAL. • ¿Qué debe hacer nuestro país para crecer? • a).- Impulsar la innovación e investigación tecnológica • b).- Impulsar a México como potencia energética • c).- Una Mayor inversión en capital humano, lo que implica reformar el modelo educativo actual para lograr calidad educativa y mayor cobertura. • d).- Aumentar el nivel de crédito que impulse el desarrollo de la economía, a través de mayores empréstitos al sector privado; así como hacer más eficiente a la banca de desarrollo.
  • 32. 1.1.- MARCO LEGAL Y NORMATIVA FEDERAL, ESTATAL Y MUNICIPAL. • e).- Duplicar la inversión en infraestructura para el desarrollo. • f).- Desarrollar incentivos para el empleo formal. • g).- Generar sistema de seguridad social universal financiado con impuestos universales. • h).- Diseñar nueva estrategia de comercio exterior para competir en el mercado mundial. • i).- Impulso a una nueva política económica orientada a tres grandes objetivos: reactivar el campo, rediseñar nueva política industrial y fortalecer el sector turístico. • j).- Una Reforma fiscal integral, para contar con recursos para darle impulso al nuevo rumbo del país.
  • 33. 1.1.- MARCO LEGAL Y NORMATIVA FEDERAL, ESTATAL Y MUNICIPAL.
  • 34. 1.1.- MARCO LEGAL Y NORMATIVA FEDERAL, ESTATAL Y MUNICIPAL. • EN LO LOCAL VEAMOS ALGUNOS DATOS: CONCEPTO. TOTAL AL 2010 Habitantes. 15,175,862 Tasa de crecimiento anual 1.40 PIB 817,192,863,000.00 Ingresos brutos en los Municipios 32,953,914,000.00 Egresos brutos en los Municipios 32,953,914,000.00 Esperanza de vida 76 años. Tamaño de los Hogares 4.1
  • 35. 1.1.- MARCO LEGAL Y NORMATIVA FEDERAL, ESTATAL Y MUNICIPAL. • MARCO JURÍDICO DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS. Las entidades federativas en los artículos 116°, 117°, 118°,119°, 120° y 121° de la Constitución General de la República tienen claramente especificado el tema de la división de poderes, funciones y atribuciones, y en general el marco especifico legal que para ello ha sido conformado. Articulo 116°: El poder publico de los estados se dividirá, para su ejercicio, en Ejecutivo, legislativo y Judicial y no podrán reunirse dos ó más poderes en una sola persona ó corporación, ni depositarse el legislativo en un solo individuo. Los poderes de los Estados se organizaran conforme a la Constitución de cada uno de ellos, con sujeción a las siguientes normas:
  • 36. 1.1.- MARCO LEGAL Y NORMATIVA FEDERAL, ESTATAL Y MUNICIPAL. • Articulo 117°: Los Estados no pueden en ningún caso: • III: Acuñar moneda, ni gravar directa e indirectamente papel moneda, estampillas ni papel sellado. • IX: Gravar la producción, el acopio o la venta del tabaco en rama, en forma distintas con cuotas mayores de las que el congreso de la unión autorice. • Articulo 118°: Tampoco pueden sin consentimiento del congreso de la Unión: • I.- Establecer derechos de tonelaje, ni otro alguno de puertos, ni imponer contribuciones o derechos sobre importaciones y exportaciones. • II.- Tener en ningún tiempo tropa permanente ni buques de guerra. • III.- Hacer la guerra por si a alguna potencia extranjera, exceptuando los casos de invasión y peligro inminente , que no admita demora: En estos casos se dará cuenta inmediata al presidente de la república.
  • 37. 1.1.- MARCO LEGAL Y NORMATIVA FEDERAL, ESTATAL Y MUNICIPAL. • Articulo 119°: Loa poderes de la Unión tiene el deber de proteger a los Estados contra toda invasión ó violencia exterior. En cada caso de sublevación ó trastorno interior, les prestarán igual protección siempre que sean excitados por la legislatura de los estados o por su Ejecutivo, si aquella no estuviese reunida. • Artículo 120°: Los gobernadores de los Estados están obligados a publicar y hacer cumplir las leyes federales. • Articulo 121°: En cada Estado de la Federación se dará fe y crédito de los actos públicos , registros y procedimientos judiciales de todos los otros. El congreso de la unión por medio de leyes generales, prescribirá la manera de probar dichos actos , registros y procedimientos.
  • 38. SIMILITUDES FEDERACION-ESTADOS. PODER LEGISLATIVO DE LA UNION 31 CAMARAS DE DIPUTADOS. Y UNA ASAMBLEA LEGISLATIVA. 1 CONSTITUCION GENERAL DE LA REPUBLICA 31 CONSTITUCIONES 1 PODER EJECUTIVO 31 GOBERNADORES Y UN JEFE DE GOBIERNO DF 1 PODER JUDICIAL Y CONSEJO DE LA JUDICATURA 32 PODERES JUDICIALES Y CONSEJOS DE LA JUDICATURA. 1 PLAN NACIONAL DE DESARROLLO 32 PLANES ESTATALES DE DESARROLLO
  • 39. 1.2.- LA PROFESIONALIZACION DE LA FUNCION PUBLICA. Para determinar este tema es muy importante relacionarlo con el tema de la gestión Pública. GESTIÓN PÚBLICA. • Primera definición: La gestión pública es la capacidad de llevar a cabo lo propuesto en una plataforma política y convertirlo en programa de gobierno. • Segunda definición: podría decirse que es la capacidad de los actores gubernamentales para ejecutar los lineamientos programáticos de su agenda política a su agenda gubernamental.
  • 40. 1.2.- LA PROFESIONALIZACION DE LA FUNCION PUBLICA. • ELEMENTOS DE LA GESTION PUBLICA. ADMINISTRACION PUBLICA. De tal manera que la gestión pública esta enteramente relacionada con la administración pública. Definamos ¿Qué es la administración Pública? Etimológicamente la palabra administrar proviene del latín: ad-ministrare. "ad" (ir, hacia) y "ministrare" (Servir, cuidar) RACIONALIDAD CONSENSO.
  • 41. 1.2.- LA PROFESIONALIZACION DE LA FUNCION PUBLICA. ADMINISTRACION PUBLICA: Conjunto de organizaciones públicas que realizan la función administrativa y de gestión del Estado, así como de otros entes públicos con personalidad jurídica, ya sean de ámbito Regional, Estatal y Municipal. • Otra definición podría ser; Conjunto de organizaciones y personas que en un Estado se encargan de gestionar los intereses públicos, con 4 premisas para ello: • 1.- Mantener el orden. • 2.- Proteger el ejercicio normal de los ciudadanos, protegiendo para ello sus derechos. • 3.- Facilitar la convivencia social. • 4.- Procurar la conservación y el desarrollo de todos los factores al interior en general.
  • 42. 1.2.- LA PROFESIONALIZACION DE LA FUNCION PUBLICA. • ¿Cuál es la gran función de la administración pública en México?: • PONER EN CONTACTO DIRECTO A LOS GOBERNANTES CON LOS CIUDADANOS. • Hablando de poderes de la Unión, estos poderes son parte de la Administración Pública Federal, pero ¿Cuál es la diferencia de su accionar entre ellos?: EJECUTIVO: Su acción es inmediata LOS OTROS DOS: Su acción es mediata.
  • 43. 1.2.- LA PROFESIONALIZACION DE LA FUNCION PUBLICA. • La noción de este concepto, alcanza a los maestros y demás trabajadores de la educación pública, así como a los profesionales de los centros estatales de la salud, la policía y las fuerzas armadas. • En el pasado se discutía si en la Administración Pública era posible integrar los servicios públicos prestados por organizaciones privadas con habilitación del Estado, llamadas APP´S. • Eso es ¿administración pública ó gestión pública? • Es Gestión Pública.
  • 44. 1.2.- LA PROFESIONALIZACION DE LA FUNCION PUBLICA. • ELEMENTOS BASICOS DE LA ADMINISTRACION PUBLICA. PERSONAS LA ECONOMIA LA ORGANIZACION EL OBJETIVO. LA ACCION
  • 45. 1.2.- LA PROFESIONALIZACION DE LA FUNCION PUBLICA. • Jurídicamente, según Rafael Bielsa el concepto de Administración Pública se usa más frecuentemente en sentido formal, no denota una persona jurídica, sino un organismo público, ya sea centralizado o descentralizado, mismo que realiza una actividad del Estado. En este sentido, si decimos "responsabilidad de la Administración" significa que el acto de la Administración es lo que responsabiliza al Estado. • Ahora cuando el Estado entra en conflicto por alguna inconformidad ciudadana y este último litiga en contra de la institución porque es su derecho, en la actualidad ya se poseen los medios legales para ello, desahogándose el pleito en algo que se le denomina “TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO”
  • 46. 1.2.- LA PROFESIONALIZACION DE LA FUNCION PUBLICA. • De tal forma que hablar de una NUEVA GESTIÓN PÚBLICA en México es presuponer que las transformaciones administrativas que han venido aplicándose por más de veinte años han sido exitosas y han logrado su objetivo, olvidando que aún se requieren de cambios democráticos y estructurales de fondo que permitan implantar una verdadera funcionalidad sistémica que redunde en el crecimiento del bienestar de los mexicanos, situación por demás crítica ante el incremento desmedido de la pobreza e inequidad que hoy sufre México. • Entonces se puede afirmar que la NUEVA GESTIÓN PÚBLICA en México es una serie de indicadores administrativas que involucran UNA GESTIÓN POR OBJETIVOS QUE USA INDICADORES CUANTITATIVOS.
  • 47. 1.2.- LA PROFESIONALIZACION DE LA FUNCION PUBLICA. • En todo ello la privatización y la inversión de capitales privados es una realidad delimitando muy bien jurídicamente hasta donde es posible la actuación de los denominados contratistas, también tiene como un enfoque el anexarse a una a las instituciones administrativas tradicionales, de la administración pública el enfoque de Estados y Municipios como productor de servicios públicos disponiendo para ello el uso de incentivos en salarios, costos reducidos y una mayor disciplina presupuestaria, ¿Como se le llama a esto?. • GERENCIA PUBLICA. • Entonces la Nueva Gestión Pública hace suya a la Gerencia Pública y usa a la evaluación como instrumento para la mejorara constante del proceso. • ¿Qué es la Nueva Gestión Pública?
  • 48. 1.2.- LA PROFESIONALIZACION DE LA FUNCION PUBLICA. • ¿¿¿¿¿¿¿LA NUEVA GESTION PUBLICA??????. • Conjunto de doctrinas administrativas que buscan establecer estructuras, procesos y rutinas administrativas orientadas a satisfacer a los clientes. NGP EFICIENCIA EFICACIA RESULTADOSCLIENTES
  • 49. 1.2.- LA PROFESIONALIZACION DE LA FUNCION PUBLICA. LA NUEVA GESTIÓN PÚBLICA TIENE CUATRO MÉTODOS: 1.- La delegación de la toma de decisiones en jerarquías inferiores como agencias operativas, organismos regionales, y gobiernos de los Estados y los municipios, pues éstos están más próximos al problema y tienen objetivos más claros. 2.- Una orientación hacia el desempeño que comienza desde los insumos y el cumplimiento legal hasta los incentivos y los productos. 3.- Una mayor orientación hacia el cliente (ciudadano) bajo las estrategias de informarle y escucharle, para comprender lo que quieren los ciudadanos y responder con buenos servicios. 4.- Una mayor orientación de mercado, aprovechando los mercados o por medio de contratos de gestión y personal, y así la competencia entre los organismos públicos.
  • 50. 1.2.- LA PROFESIONALIZACION DE LA FUNCION PUBLICA. • DIFERENCIAS. • ES REGIDA POR LA FEDERACIÓN , ESTADO O MUNICIPIO CON LA RECTORIA DE POLITICAS PÚBLICAS A CARGO DEL EJECUTIVO ADMINISTRACION PUBLICA • ES REGIDA POR LA FEDERACION, ESTADOS O MUNICIPIO CON LA RECTORIA DE POLITICAS PUBLICAS TRASFERIDAS POR EL EJECUTIVO A UN PARTICULAR. GERENCIA PUBLICA.
  • 51. 1.2.- LA PROFESIONALIZACION DE LA FUNCION PUBLICA. • LA MODERNIZACION ADMINISTRATIVA • ¿Qué es la Modernización administrativa?, Es un proceso, un ciclo, una etapa. • Por modernización administrativa entendemos el conjunto de procesos de reformas estructurales y procedimentales tendientes a una mejoría en la gestión pública en cualquiera de sus instancias • Otra definición podría ser: • La adecuación y ajuste constante que hace el Estado para que el flujo de acciones predominantes en una sociedad tenga la coherencia y organización necesarias. • Una tercera definición podría entenderse como: Un vehículo útil para hacer más coherente las medidas que toma el Estado y ampliar los consensos necesarios sobre las decisiones políticas incluidas en los proyectos gubernamentales. • .
  • 52. 1.2.- LA PROFESIONALIZACION DE LA FUNCION PUBLICA. • Utilizar la modernización administrativa como criterio con objeto de entender los cambios ha resultado útil para encontrar la diferencia entre el desarrollo económico y la estabilidad política. La transformación del aparato administrativo, no solamente requiere de una planeación y una coordinación, con normas mínimas ahí es fundamental, por un lado, la capacitación y actualización de los conceptos administrativos y por otro la profesionalización de los servidores públicos. • El control y Vigilancia son dos factores determinantes en el proceso de la modernización administrativa, su desempeño tiene que ver con la eficiencia en los resultados que el Estado tiene que dar a los ciudadanos, reflejándose esto en algo que se le denomina “CALIDAD DE GOBIERNO”
  • 53. 1.2.- LA PROFESIONALIZACION DE LA FUNCION PUBLICA. • De 1940 a 1960 la estabilidad política y el desarrollo económico fueron los objetivos principales a seguir, en los planes sexenales, no tuvo cabida ni la modernización administrativa, ni la profesionalización administrativa como un recurso autónomo, sino como elemento adicional y subordinado a esos dos grandes propósitos, con ello no se alteró la subordinación de la administración pública al sistema político, y los cambios en la estructura administrativa respondieron puntualmente a los imperativos de estabilidad y desarrollo de esa época.
  • 54. 1.2.- LA PROFESIONALIZACION DE LA FUNCION PUBLICA. • SISTEMA POLITICO MEXICANO 1940-1960. NO A LA MODERNIZACIÓN NI A LA PROFESIONALIZACIÓN ADMINISTRATIVA DESARROLLO ECONOMICO ESTABILIDAD POLITICA
  • 55. 1.2.- LA PROFESIONALIZACION DE LA FUNCION PUBLICA. • Históricamente la modernización administrativa en México se ha concebido de tres maneras: • a) De 1940 a 1960, como un criterio jurídico-técnico para regular la intervención del Estado y justificar la centralización de decisiones políticas fundamentales, es en este momento cuando las instituciones del poder se burocratizan y el desarrollo de la industria se convierte en algo fundamental en México, se desarrolla la infraestructura de caminos, sistemas de riego y construcción de infraestructura educativa. • Se lleva a cabo una política de estímulos, subsidios y proteccionismo. • La estabilidad política era algo fundamental para sentar las bases solidas del sistema económico Mexicano.
  • 56. 1.2.- LA PROFESIONALIZACION DE LA FUNCION PUBLICA. b).- De 1960 a 1980. Es en este momento como se relaciona la administración para el desarrollo" con el desarrollo económico del País, aquí inicia lo que se le conocía como modernización de la administración pública. Es la época en que el Estado Mexicano se Fortalece y sienta las bases sólidas de sus instituciones, es cuando nace la clase media de este País. Ya aparecen temas de planeación y coordinación de manera más precisa y clara c).- De 1980 a 1990, cuando, finalmente, la modernización administrativa se entendió como recurso útil NO para el desarrollo sino para la distribución de sus beneficios el cual adquirió cierta autonomía. Se incluyeron entonces programas de reforma en los proyectos políticos, Se regresa al esquema de modernización administrativa, pero ahora con un elemento adicional; “MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA PARA EL DESARROLLO Y LA FAMOSA RENOVACION MORAL”.
  • 57. 1.2.- LA PROFESIONALIZACION DE LA FUNCION PUBLICA. • Aparecen términos burocráticos como “Simplificación administrativa para el desarrollo”, “descentralización”, “desconcentración de las Entidades Federativas”, etc. • Esas tres formas de la modernización administrativa se practicaron en nuestro país a partir de los años cuarenta, cuando el proyecto político incluyó la industrialización como requisito para llevar al País a la modernización, mismo que duró 40 años, y así con ello poner las bases de la economía de mercado que estaba por surgir en la década de los 80´s
  • 58. 1.2.- LA PROFESIONALIZACION DE LA FUNCION PUBLICA. • El proyecto modernizador de esa década sobre todo de 1982 a 1988, buscó corregir errores y desviaciones de la administración pública, sobre todo del sexenio que antecedió esta fecha, pero también la consigna era encontrar fórmulas eficientes para asegurar una administración comprometida con la sociedad con un propósito de Modernizador, por ejemplo con este supuesto de proyecto modernizador surge el servicio civil de carrera en 1982, que su misión era hacer servidores públicos, sujetos gubernamentales más comprometidos y eficientes. En 1983 aparece el primer Plan Nacional de Desarrollo como consecuencia de la reforma constitucional al Artículo 26° Constitucional. Sustituyendo así los planes sexenales.
  • 59. 1.2.- LA PROFESIONALIZACION DE LA FUNCION PUBLICA. • Referirse en términos generales a la modernización administrativa, es identificar transformaciones en diversos campos, cuyos efectos visibles se han vinculado a cambios tales como la urbanización, la industrialización, la democratización, la participación de los medios de comunicación, la libertad de expresión, y el libre mercado entre otros • Así de esta manera llegamos a 1988, año clave para lo que hoy conocemos como modernización administrativa en México, ya que es cuando en el País se detonan las reformas conocidas como REFORMAS DE PRIMERA GENERACIÓN.
  • 60. 1.2.- LA PROFESIONALIZACION DE LA FUNCION PUBLICA. • EL SERVICIO CIVIL DE CARRERA • El servicio civil de carrera puede ser visto como una filosofía presente en el espíritu de administraciones públicas desarrolladas, en cualquier instancia de gobierno Se establece que la función pública no es menos delicada e importante que la privada y que por lo tanto requiere de funcionarios igualmente preparados para desempeñar profesionalmente su responsabilidad. Aquel ciudadano que se decide por hacer carrera en el sector público y se preocupa por prepararse constantemente y desempeñarse profesionalmente puede contar con un sistema de promoción que habrá de tomar en cuenta sus méritos para premiarlo con mejores salarios o prestaciones, o con más altas responsabilidades, sobre todo al inicio de cada periodo. • .
  • 61. 1.2.- LA PROFESIONALIZACION DE LA FUNCION PUBLICA. • Todo servicio civil de carrera debe ser operado por estructuras que evalúen objetivamente el ingreso, la selección, la promoción y la permanencia de los servidores públicos. Estas estructuras deben ser sensibles con la acumulación y aprovechamiento de la experiencia pública. • Así mismo deben ser a la vez lo suficientemente flexibles para posibilitar procesos de innovación y lo suficientemente sólidas para permitir la continuidad gubernamental, teniendo como principal aliado a la evaluación en base a los resultados.
  • 62. 1.2 LA PROFESIONALIZACIÓN DE LA FUNCIÓN PUBLICA • LAS PROBLEMATICAS. • El servicio civil de carrera y sus beneficios es una realidad tangible en los países más desarrollados. Nuestro país ha intentado desde hace varios años instaurar una estructura similar sin embargo estos intentos han sido pobremente impulsados y vigorosamente frenados por intereses de diversa magnitud y variable procedencia. Hasta el momento sólo son dignos de mención los esfuerzos emprendidos en el ramo magisterial, electoral, diplomático y el hacendario. • El servicio civil de carrera se encuentra lejos de una instauración plena y efectiva en el ancho espectro que representa la administración pública mexicana. El orden federal se ha caracterizado siempre por contar con la mayor cantidad de recursos. •
  • 63. 1.2 LA PROFESIONALIZACIÓN DE LA FUNCIÓN PÚBLLICA. • De tal suerte que esta instancia de gobierno ha sido beneficiario de los primeros esfuerzos en esta materia, a pesar de ello aun faltan muchas áreas por ser cubiertas en la dinámica del servicio civil de carrera. En este orden de ideas no resulta difícil imaginar los grandes y graves rezagos que privan en la administración pública estatal y no se diga en la municipal. Entre los que podemos contar la novatez de lo altos cuadros gubernamentales toda vez que son sujetos de constante movilidad cada vez que cambian las administración.
  • 64. 1.2 LA PROFESIONALIZACIÓN DE LA FUNCIÓN PUBLICA. • Si podemos atrevernos a decir que los estados de nuestra República tienen carencias de tipo humano y presupuestal para poder integrar una administración pública profesionalizada, podemos afirmar, que en los municipios de nuestro país hay una gran carencias de ello. Existen muy pocos municipios fuera de los que son capitales de los estados, que puedan ofrecer un panorama atractivo en cuanto a remuneración y desarrollo a los profesionistas en la materia. A este problema podemos agregar la preeminencia de viejas prácticas que aun persisten en nuestra administración pública, como el compadrazgo, padrinazgo y amiguismo, así como la tendencia a utilizar los cargos en la administración pública como remuneración por trabajos en campaña. o aun peor, por remuneraciones a la misma. "Patronage
  • 65. 1.2 LA PROFESIONALIZACIÓN DE LA FUNCIÓN PUBLICA. • En nuestro país, se han sentado las bases para el servicio civil, en específico, el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos mexicanos, en su apartado “B”, detalla: • VII. La designación del personal se hará mediante sistemas que permitan apreciar los conocimientos y aptitudes de los aspirantes. El Estado organizará escuelas de Administración Pública. • VIII. Los trabajadores gozaran de derechos de escalafón a fin de que los ascensos se otorguen en función de los conocimientos, aptitudes y antigüedad.” • Bajo este esquema en el gobierno del Estado de México, este tema queda incluido de manera mas seria y formal en el Plan de Desarrollo del Estado de México 1993-1999, como una necesidad de aumentar la efectividad social del aparato administrativo, haciendo sus actuaciones productivas, ejerciendo un control adecuado que garantizara el pleno ejercicio del os recursos asignados. • http://www.joseacontreras.net/ServProfCarrUAEM/sercivmex.htm
  • 66. 1.2 LA PROFESIONALIZACIÓN DE LA FUNCIÓN PUBLICA. • Sin embargo, para lograr esto también fue considerado la necesidad de profesionalizar a los servidores públicos y de esta manera garantizar que su desempeño se lleve a cabo con legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia, situaciones en que el Ejecutivo Estatal de la administración 1993-1999, fueron el punto de arranque de su actuación y el motor que ha permitido contar con las personas adecuadas en el lugar idóneo. • Es importante señalar, que en congruencia con lo establecido en el citado plan, dentro de las adecuaciones realizadas en la presente gestión gubernamental, fue aprobada la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado y Municipios, que contempla un sistema de profesionalización de los servidores públicos generales, en cuyo contenido destaca: • La definición de un catálogo de puestos por dependencia, que debe contener el perfil, requisitos, nivel salarial y escalafonario que corresponda. • La implementación de un régimen escalafonario • Estructuración de programas de capacitación • http://www.joseacontreras.net/ServProfCarrUAEM/sercivmex.htm • P
  • 67. 1.2 LA PROFESIONALIZACIÓN DE LA FUNCIÓN PUBLICA. • Para llevar acabo esta labor, se señala como responsable de este proceso, una comisión mixta de escalafón, presidida por el titular de la dependencia, quien será responsable de vigilar que el sistema de profesionalización se desarrolle de acuerdo a lo establecido en la propia Ley. • Además que se estableció como una regla, especializar en las distintas ramas a todos los servidores públicos integrantes de la Dependencia, promoviendo cursos, diplomados, especialidades y maestrías en las ramas de responsabilidades, auditoría y evaluación, áreas que constituyen los 3 pilares fundamentales del control gubernamental. • Este aspecto y el tiempo en el servicio y calificación en el desempeño de las labores encomendadas, marcan las oportunidades de ascenso, lo que garantiza, por un lado la institucionalidad de los servidores públicos, su experiencia y la certidumbre de que ante cambios acelerados y novedosos, el ocupante del puesto, encontrará la mejor alternativa de solución y adaptación y por consecuencia, la continuidad en las funciones. • http://www.joseacontreras.net/ServProfCarrUAEM/sercivmex.htm •
  • 68. 1.2 LA PROFESIONALIZACIÓN DE LA FUNCIÓN PUBLICA. • EJEMPLOS DE SERVICIO CIVIL DE CARRERA. • La necesidad del servicio civil en México, se ha reflejado en el hecho de que algunas dependencias y entidades han impulsado el establecimiento de un servicio civil de carrera, unas con mayor grado de madurez y desarrollo que otras. • La primera experiencia en este sentido fue la creación del Servicio Exterior, en 1934, dentro del a Secretaría de Relaciones Exteriores. Desde entonces se reconocía la importancia de contar con profesionales en la materia que tuvieran la posibilidad de desarrollar una carrera y, con ello, profesionalizar su trabajo y crear una memoria institucional. • http://www.joseacontreras.net/ServProfCarrUAEM/sercivmex.htm
  • 69. EJEMPLOS DE SERVICIO CIVIL. LA SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES QUE CUENTA CON SU “SERVICIO EXTERIOR MEXICANO”, EL INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA, GEOGRAFÍA E INFORMÁTICA CON SU “SISTEMA INTEGRAL DE PROFESIONALIZACIÓN”, EL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL CON SU “SISTEMA DE PROFESIONALIZACIÓN DEL SERVICIO ELECTORAL”.
  • 70. 1.2 LA PROFESIONALIZACIÓN DE LA FUNCIÓN PUBLICA. INSTITUCION SERVICIO DE CARRERA Comisión Nacional del Agua Ø Sistema de Especialistas en Hidráulica Ø Instituto Federal Electoral Ø Servicio Profesional Electoral Ø Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática. Ø Sistema Integral de Profesionalización Ø Procuraduría Agraria Ø Servicio Profesional Agrario Ø Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal. Ø Instituto de Formación Profesional Ø Procuraduría General de la República Ø Carrera de Agente del Ministerio Público Federal Ø Secretaría de Educación Pública Ø Carrera Magisterial Ø Secretaría de Relaciones Exteriores Ø Servicio Exterior Mexicano Ø Sistema de Administración Tributaria (Secretaría de Hacienda y Crédito Público). Ø Servicio Fiscal de Carrera
  • 71. 1.2 LA PROFESIONALIZACIÓN DE LA FUNCIÓN PUBLICA. • INSTAURACION DEL SERVICIO CIVIL DE CARRERA EN ESTADOS Y MUNICIPIOS. • Como consecuencia del paulatino fortalecimiento del federalismo y de los avances en el proceso de descentralización, los estados y, en menor media, los municipios han obtenido mayores atribuciones y responsabilidades. De manera concomitante, estas instancias gubernamentales han obtenido, en consecuencia, mayores recursos para realizar sus tareas. • Ante esta situación, es una necesidad urgente avanzar en la consolidación de los órganos de control estatales y municipales, con el objetivo de que se favorezca la transparencia en el uso de los recursos y la seguridad de su correcto manejo. • Debido a que estos organismos de control desarrollan tareas relativamente rutinarias (es decir, no están demasiado expuestos a vaivenes políticos o cambios radicales de objetivos) un servicio civil es ampliamente factible, pues cada puesto tiene funciones específicas y responsabilidades concretas; además, sin duda hay claridad en fines y medios, y el servicio civil de carrera sería un excelente instrumento para institucionalizarlos. • http://www.joseacontreras.net/ServProfCarrUAEM/sercivmex.htm
  • 72. 1.2 LA PROFESIONALIZACIÓN DE LA FUNCIÓN PUBLICA. • Por otra parte, para que los órganos de control puedan desarrollar sus funciones, es un requisito casi indispensable que gocen de cierta autonomía de los órganos “controlados”. De lo contrario, cualquier relación de subordinación o de sujeción pervertiría sin duda la tarea fiscalizadora que realizan. Así, cuando los organismos de control son razonablemente autónomos, están en mejores posibilidades de establecer sistemas de carrera, ya que los puestos no son parte del “botín político” y sus funciones no dependen de voluntades sino de reglas. • De esta forma, es posible advertir que los órganos de control son un terreno propicio para el establecimiento de servicios civiles de carrera. No obstante, es necesario también estar conscientes de que estos sistemas requieren financiamiento, capacidad administrativa y de gestión y lo que se ha llamado “voluntad política • http://www.joseacontreras.net/ServProfCarrUAEM/sercivmex.htm
  • 73. 1.2 LA PROFESIONALIZACIÓN DE LA FUNCIÓN PUBLICA. • Por tanto, más allá de la conveniencia o pertinencia de institucionalizar servicios de carrera, debe discutirse su factibilidad económica, administrativa y política, sobre todo en el caso de órganos municipales de control, cuyas dimensiones y posibilidades financieras son escasas. • Por otra parte, en el diseño de cualquier servicio civil es necesario evitar los riesgos y dilemas que han presentado en otros países, que se refieren, esencialmente, a la rigidez en su conformación, el burocratismo en el desempeño de sus tareas, la ineficiencia en el uso de los recursos, la rutina en el comportamiento de los funcionarios, la excesiva autonomía respecto a las decisiones superiores, la falta de rendición de cuentas ante la sociedad, el aislamiento frene a los involucrados y el estrangulamiento financiero. • Para evitar estos graves riesgos, es necesario que la conformación de cualquier servicio civil tenga, ante todo, la idea de que su misión es servir a la sociedad y cumplir efectivamente sus funciones • http://www.joseacontreras.net/ServProfCarrUAEM/sercivmex.htm
  • 74. 1.2 LA PROFESIONALIZACIÓN DE LA FUNCIÓN PUBLICA. • El objetivo es consolidar un servicio civil abierto, responsable, que rinda cuentas y que sea eficaz, por lo que conviene considerar elementos para cada proceso del sistema de carrera, en tal sentido para el ingreso, deben establecerse mecanismos transparentes, justos y equitativos que aseguren la llegada de los mejores mediante la auscultación de su perfil, sus conocimientos y sus aptitudes para cada cargo; Se debe permitir la participación del mayor número posible de candidatos para tener amplias posibilidades de escoger al que mejor pueda servir a la sociedad. • Una vez seleccionados, es importante que haya un subsistema de formación permanente, que mantenga actualizados a los funcionarios y que les ofrezca los conocimientos y herramientas necesarios para desempeñar sus responsabilidades adecuadamente • Además, conviene que existan instrumentos de evaluación que sirvan, en primer término, para valorar el desempeño de los funcionarios, pero también, de manera más importante, para que, a partir de esa valoración se tomen las medidas pertinentes, ya sea de incentivo para los sobresalientes, y sanción para los que no cumplan con el estándar exigido y finalmente uno corrección y/o prevención de posibles problemas detectados donde la evaluación sea visto como instrumento de diálogo. • http://www.joseacontreras.net/ServProfCarrUAEM/sercivmex.htm
  • 75. 1.2 LA PROFESIONALIZACIÓN DE LA FUNCIÓN PUBLICA. • Debe diseñarse un sistema que permita el desarrollo de una carrera de largo plazo donde se mantengan dentro de los estándares exigidos. Sin embargo, es indispensable evitar que un funcionario esté permanentemente buscando acceder a una plaza superior, porque, inevitablemente, el ascenso dentro de la pirámide jerárquica es limitado, lo que genera sentimientos de frustración. Ante esta situación, conviene complementar la posibilidad de ascensos en la escala jerárquica con lo que se ha llamado “carrera horizontal”, esto es, un mecanismo por medio del cual un funcionario pueda tener acceso a mayor reconocimiento y retribución, con bases en su mérito y buen desempeño, sin tener que ascender de puesto necesariamente. • Finalmente, uno de los desarrollos más importantes de los sistemas de carrera se refiere a que se cuente con un mecanismo de sanción transparente y justo, pero que evite que se confunda la estabilidad en el empleo ó función. • http://www.joseacontreras.net/ServProfCarrUAEM/sercivmex.htm
  • 76. 1.2. LA PROFESIONALIZACIÓN DE LA FUNCIÓN PUBLICA. • CARACTERISTICAS DE UN BUEN SERVICIO CIVIL PROCESO CARACTERISTICAS Ø Ingreso Ø Reclutamiento amplio: selección pro mérito y con base en procedimientos transparentes. Ø Formación Ø Actualización permanente; especialización en funciones. Ø Evaluación Ø Instrumentos, objetivos; insumo para toma de decisiones. Ø Promoción Ø Proceso basado en méritos; posibilidad de carrera horizontal. Ø Sanción Ø Mecanismos justos y transparentes
  • 77. 1.2 LA PROFESIONALIZACIÓN DE LA FUNCIÓN PUBLICA. • El proyecto de un verdadero Servicio civil de Carrera en la Administración Pública, se está concretizando con la extensa legislación vigente, la cual debe ser enriquecida con la participación activa de los sectores de la sociedad directamente involucrados e interesados, y deberá tener las siguientes características. • 1.- El servicio civil de carrera, deberá, emplearse como un instrumento para dar oportunidad a que los trabajadores se proyecten a nivele superiores dentro de la administración pública, previniendo que no se alteren las normas protectoras ya existentes. • 2.- La calificación profesional de los servidores públicos debe darse como condición para el desarrollo, eficiencia y productividad en las diferentes áreas de la gestión gubernamental. Para alcanzar la profesionalización, es necesario tener un Sistema de Servicio Civil de Carrera que responda a las necesidades de especialización y desarrollo técnico de cada Institución y al mismo tiempo, al desarrollo de los individuos mediante un plan de vida profesional. • http://www.joseacontreras.net/ServProfCarrUAEM/sercivmex.htm
  • 78. 1.2 LA PROFESIONALIZACIÓN DE LA FUNCIÓN PUBLICA. • 3.- Es imprescindible fomentar una cultura laboral orientada hacia el trabajo en equipo, así como una mayor integración entre las distintas áreas. El sistema, deberá desarrollar y mantener cuadros profesionales que en forma sistematizada y ordenada permitan una renovación continua de los mismos. • 4.- Los cuadros de profesionales deberán formar parte del sistema permanente de capacitación • Como se puede observar, el Servicio Civil de Carrera, lo debemos concebir como una estrategia que permita modernizar los sistemas de administración de personal, ya que es la acción cotidiana de los trabajadores al servicio del estado, lo que permite la consecución de los objetivos de la Administración Pública. • Con el Servicio Civil de Carrera no se trata de hacer un sindicato de profesionales, por lo que se tendrán que señalar con claridad los derechos y obligaciones de los integrantes del servicio, así como las sanciones que puedan derivar del incumplimiento de las mismas; ello dará estabilidad y credibilidad al sistema y evitará que permanezca quien no hizo los méritos para ello.
  • 79. 1.2 LA PROFESIONALIZACIÓN DE LA FUNCIÓN PUBLICA. • El servicio civil de carrera en el Estado de México permite la evaluación integral de los servidores públicos y estos podrán aspirar a las promociones y ascensos considerando para al efecto los resultados obtenidos en tres parámetros de medición de la actuación en el trabajo. Capacitación, productividad y desempeño laboral, lo cual evidentemente se reflejaría como una Administración Pública eficiente • Las características propias del servicio civil de carrera lo considera un elemento democratizador de la administración pública, pues uno de sus rasgos más característicos es separar la función pública de la actividad partidista y de los intereses particulares. • Para concretizar los planteamientos se considera que la administración del Servicio civil de Carrera podría realizarse por un Comité Interno y en sus funciones estarían: Definir las normas, política y procedimientos, tanto en el diseño, como en la instrumentación; dirigir y tomar decisiones en su operación. • http://www.joseacontreras.net/ServProfCarrUAEM/sercivmex.htm
  • 80. 1.2 LA PROFESIONALIZACIÓN DE LA FUNCIÓN PUBLICA. • Un claro ejemplo del éxito del servicio civil de carrera es el sistema francés el cual puedo señalar cinco puntos importantes: • Primero, el sistema de carrera es un sistema bien organizado. • Segundo hay un enfoque muy claro de carrera en donde el desarrollo de los funcionarios públicos está definido desde el momento en que inician su formación profesional. • Tercero, hay una especie de aseguramiento de calidad a través del cual se cuida que la gente en formación efectivamente aprenderá a trabajar. • Cuarta, hay una especie de amalgama en la que los involucrados que van a recibir el impacto de la actuación de los servidores públicos, participen en la formación y en la definición de los sistemas de carrera desde las escuelas y las dependencias que van a reclutar a estos funcionarios hasta los sindicatos. • Y la quinta es que hay mayor dependencia entre la función pública y el poder político. • http://www.joseacontreras.net/ServProfCarrUAEM/sercivmex.htm
  • 81. 1.2 LA PROFESIONALIZACIÓN DE LA FUNCIÓN PUBLICA. • Hoy es posible iniciar el servicio civil de carrera, en virtud de que existen las bases suficientes para ello, su implantación resulta conveniente y necesaria pues significa que el servicio público adquiere un carácter abierto y competitivo. Se debe de garantizar la equidad entre los servidores públicos lo que permite la obtención de ingresos acorde a sus capacidades garantizando el retiro digno lo que trae como consecuencia una administración pública eficiente, honesta, leal e imparcial. • Independientemente de la complejidad de las Leyes Federales y Estatales del servicio civil de carrera, se deben buscar formulas para que de inmediato se inicie con un eficiente sistema de selección del personal que opte por ingresar al servicio público. • También, es necesario implementar el sistema permanente de capacitación, el que tendrá como líneas generales, capacitar para que se alcancen los niveles adecuados de productividad y promover la movilidad horizontal y sobre todo un permanente sistema de evaluación de resultados tomando en cuenta: Indicadores de desempeño y estándares de productividad. • Por todo lo anterior, reitero que es necesario el establecimiento del servicio civil de carrera en nuestro país, ya que es el fundamento de la eficiencia de la administración pública. • http://www.joseacontreras.net/ServProfCarrUAEM/sercivmex.htm
  • 82. 1.2 LA PROFESIONALIZACIÓN DE LA FUNCIÓN PUBLICA. • FINALMENTE: Otro factor digno de mención es que la regulación de un marco legal que estructure el proceso de reclutamiento, selección, promoción y permanencia de los funcionarios públicos de acuerdo con elementos de una adecuada evaluación del desempeño profesional, es un planteamiento que aparece en toda propuesta de campaña pero en ningún programa específico de implementación. • Todas estos fenómenos han provocado que la administración pública sobre todo la de los Municipios en México permanezca sumida en un marasmo de empirismo, improvisación y mediocridad, lo que conlleva mala calidad de los servicios públicos y desatención a las principales problemáticas.
  • 83. 1.3.- TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION. • Objetivo: Dar a conocer los fundamentos teóricos y prácticos y así como el marco jurídico del tema de transparencia y acceso a la información, el cual se convierte fundamental para aquellos ciudadanos que estén interesados en el tema, y que hoy en día queda inscrito como un derecho fundamental de los individuos en la Constitucional Política de los Estados Unidos Mexicanos.
  • 84. 1.3.- TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION: • La transparencia y el acceso a la información tiene implicaciones profundas en la construcción de lo que se denomina “Ciudadanía”, en ese sentido la democracia se podrá ejercer plenamente cuando existan ciudadanos capaces de exigir que se les rindan cuentas y así como funcionarios y políticos convencidos ética y políticamente de la necesidad que existe en rendir cuentas con transparencia y así como el acceso a la información que se considera pública. Por ello en las diversas instancias de Gobierno la transparencia es vista hoy en día como:
  • 85. 1.3.- TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION. • una Política de Estado que promueven a cada momento los gobernantes en el poder, incluidos casi todos los sectores de la sociedad y la cual se construye desde dos perspectivas: • A).- Desde la cultura política de los Ciudadanos. • B).- Desde la cultura política de los políticos y de los funcionarios. Transparencia Cultura política. Cultura ciudadana
  • 86. 1.3.- TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION. • Al respecto del asunto en 1996 La Suprema Corte de Justicia de la Nación, manifestó: • “El derecho a la información y la transparencia es básico para el mejoramiento de una conciencia ciudadana que contribuya a que esta sea mas enterada, lo cual es esencial para el progreso de nuestra sociedad. Destacar que si las autoridades publicas de este país de cualquier instancia, asumen esta con actitudes que permitan atribuirles conductas de falta de ética.
  • 87. 1.3.- TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION. • Por lo cual una entrega al ciudadano de información manipulada, incompleta o condicionada a intereses de grupos o personas se puede dar la posibilidad de conocer la verdad para poder participar libremente en la formación de la voluntad general y hasta valores de juicio, con lo cual quien pudiera estar cayendo en esto incurre en una violación grave a las garantías individuales
  • 88. 1.3.- TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION. • En nuestros días la Nueva Sociedad exige vigilar la acción pública de los funcionarios, incluidos en esto sus propios gobernantes, quienes tendrán que ser los primeros en ello, por existir algo que se le denomina INTERES JURIDICO, PERO SOBRE TODO POR SER SUJETOS OBLIGADOS, tal y como se manifiesta el Artículo 3° fracción XIV de la Ley • Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.
  • 89. 1.3.- TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION. • Con ello se afirma que el Derecho al acceso a la información y la transparencia es un asunto Nacional que tendrá que ser garantizado por el Estado Mexicano y sus diversas instancias de Gobierno. • El Acceso a la información pública y la transparencia son ya un derecho fundamental de todos los Mexicanos, el artículo 6° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos así lo refiere, el cual a la letra dice:
  • 90. 1.3.- TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION. • Artículo 6º Constitucional: • La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, los derechos de tercero, provoque algún delito, o perturbe el orden público; el derecho de réplica será ejercido en los términos dispuestos por la ley. • El derecho a la información será garantizado por el Estado. Para el ejercicio del derecho de acceso a la información, la Federación, los Estados y el Distrito Federal, en el ámbito de sus respectivas competencias, se regirán por los siguientes principios y bases:
  • 91. 1.3.- TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION. • ARTICULO 6° CONSTITUCIONAL • I. Toda la información en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo federal, • estatal y municipal, es pública y sólo podrá ser reservada temporalmente por razones de interés • público en los términos que fijen las leyes. En la interpretación de este derecho deberá prevalecer • el principio de máxima publicidad. • II. La información que se refiere a la vida privada y los datos personales será protegida en los • términos y con las excepciones que fijen las leyes.
  • 92. 1.3.- TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION. • ARTICULO 6° CONSTITUCIONAL • III. Toda persona, sin necesidad de acreditar interés alguno o justificar su utilización, tendrá acceso gratuito a la información pública, a sus datos personales o a la rectificación de éstos. • IV. Se establecerán mecanismos de acceso a la información y procedimientos de revisión expeditos. • Estos procedimientos se sustanciarán ante órganos u organismos especializados e imparciales, y • con autonomía operativa, de gestión y de decisión.
  • 93. 1.3.- TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION. • ARTICULO 6° CONSTITUCIONAL. • V. Los sujetos obligados deberán preservar sus documentos en archivos administrativos actualizados y publicarán a través de los medios electrónicos disponibles, la información completa y actualizada sobre sus indicadores de gestión y el ejercicio de los recursos públicos. • VI. Las leyes determinarán la manera en que los sujetos obligados deberán hacer pública la información relativa a los recursos públicos que entreguen a personas físicas o morales. • VII. La no observancia a las disposiciones en materia de acceso a la información pública será sancionada en los términos que dispongan las leyes.
  • 94. 1.3.- TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION. • de tal manera que la negación de la información solicitada, atenta contra las garantías y los derechos individuales de los individuos, que siendo mexicanos y tenga interés jurídico sobre el tema le sea negada dicha información solicitada, y mas aun si los solicitantes son sujetos obligados. • La Constitución nos permite a todos los mexicanos tener el acceso a la información, entendida esta como un Derecho Constitucional que genera el acceso a la información como una política Pública en México, por lo cual toda la información es Pública en México. • OTROS ORDENAMIENTOS DE LA MATERIA:
  • 95. 1.3.- TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION. • Artículo XIX de la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948 que a la letra dice: • “Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión, este derecho incluye: El de no ser molestado a su causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas sin limitaciones de fronteras por cualquier medio de expresión” • 1.- El Convenio Europeo para la protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales en su artículo 10. • 2.-La Convención Americana sobre los derechos humanos en su artículo 13 • 3.- El Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos en su artículo 19 • Que son Tratados Internacionales que México ha firmado y que jurídicamente solo están por debajo de la Constitución General de la República
  • 96. 1.3.- TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION. • LIMITACIONES AL ACCESO A LA INFORMACION: • En este sentido se diferencian dos tipos de limitantes de la información: CLASIFICADARESERVADA PARA PROTECCION DEL INTERES PÚBLICO PARA PROTECCION DE LA VIDA PRIVADA, EL PATRIMONIO Y LOS DATOS PERSONALES.
  • 97. 1.3.- TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION. • ¿QUÉ INFORMACIÓN SE RESERVA? • Aquellas que buscan proteger un interés público preciso y por ello los documentos se reservan por un periodo de tiempo determinado, que varía en los diferentes países. • En estas hipótesis debe probarse el daño que causaría la divulgación de la información. • Justificar las prueba de daño: es decir los criterios de la reserva: – Daño al interés jurídico protegido – Diferentes grados de protección – La carga de la prueba recae en la administración • Ejemplos: – Seguridad nacional – Seguridad pública – Aplicación de la ley – Relaciones internacionales – Se reserva la información gubernamental.
  • 98. 1.3.- TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION. • BASES PARA UNA RESERVA DE INFORMACION • Principios de Johannesburgo (1995) Para establecer una restricción es necesario proteger un interés legítimo de seguridad nacional, y se debe demostrar que: a).- La información en cuestión signifique una amenaza para un interés legítimo de seguridad nacional. b).- La restricción impuesta sea el medio menos restrictivo para la protección de ese interés; y c).- La restricción sea compatible con los principios democráticos.
  • 99. 1.3.- TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION. • ¿Qué información se clasifica? • Aquellas cuyo propósito es proteger la vida privada, el patrimonio y los datos personales, de los individuos y que generan los documentos confidenciales, a los cuales sólo tienen acceso, en principio, el titular de la información. • Sin embargo, en algunas legislaciones se establecen excepciones a la confidencialidad mediante la prueba de interés público. • Ejemplos: – Datos personales – Protección de propiedad intelectual – Secreto bancario, fiduciario y fiscal. – Se clasifican los datos personales de los gobernantes
  • 100. 1.3.- TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION. • Procedimiento de clasificación y desclasificación de documentos. • En todo caso, la ley debe contener las excepciones al acceso claramente delimitadas. • Como tales, deben interpretarse en sentido restringido • Deben establecerse procedimientos definidos para la clasificación y desclasificación de documentos y los mecanismos para asegurar su conservación. • La información se maneja como en reservada y clasificada pero, ¿para que se desclasifica?, y ¿quien la puede desclasificar?
  • 101. 1.3.- TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION. • PROCEDIMIENTO DEL ACCESO A LA INFORMACION • Universal • Claridad • Tiempos definidos de respuesta • Mecanismos de orientación al público • Claridad en las obligaciones de respuesta • Claridad en los mecanismos de revisión, especialmente en casos de negativa o declaraciones de inexistencia de documentos • Principio de responsabilidad claramente establecido
  • 102. 1.3.- TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION. • SANCIONES • ¿Deben existir sanciones? • Se sancionará la sustracción, el ocultamiento o la alteración de información pública; la divulgación de información reservada; actuar con negligencia o dolo en la sustanciación de los procedimientos de acceso o la publicación de información; así como la negativa de entregar información cuando medie una decisión del órgano autónomo o de un juez.
  • 103. 1.3.- TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION. • ¿Qué es una política de transparencia? • A pesar de su uso frecuente, “transparencia” sigue siendo un término opaco, por ello, resulta necesario aclarar su sentido para evitar el uso mágico del término. • En un primera aproximación la transparencia podría ser: Un instrumento que se refiere a las características claves del flujo de información, acceso, oportunidad, relevancia, confiabilidad y calidad. • La información como derecho genera el derecho de acceso a la información • La información como política pública es una acción gubernamental orientada a maximizar la publicidad de la información en el proceso de ejercicio del poder y de la acción gubernamental
  • 104. 1.3.- TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION. • ¿Qué se entiende por transparencia organizacional?. • La transparencia organizacional se refiere a las reglas y a las prácticas que desarrollan las organizaciones para conocer y divulgar la información que producen, utilizan y distribuyen como un recurso estratégico para el logros de sus objetivo.
  • 105. 1.3.- TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION. TRANSPARENCIA EN LOS GOBIERNOS LOCALES. ¿Qué se requiere para que funcione una ley de acceso a la información? • Exista consenso en ciertos principios y contenidos técnicos • No basta una ley, es necesario también: – Recursos (humanos, técnicos, financieros) – Mecanismos para inducir y soportar el cambio cultural de funcionarios y ciudadanos – Una férrea voluntad política – Instituciones especializadas responsables de aplicar la ley. – -Y una gran ética política.
  • 106. 1.3.- TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION. • PRACTICAS QUE NO PERMITEN LA FUNCIONALIDAD DE LAS POLÍTICAS DE ACCESO Y TRANSPARENCIA. • Reglamentación poco claros en los procesos administrativos. • Registro inadecuado de las deliberaciones internas. • Registro poco claro en la contabilidad gubernamental. • La corrupción como el modus operandi en las áreas de los gobiernos en turno sea cual sea la instancia. • Los convenios dudosos en las compras gubernamentales. • La interpretación de la ley, en base a los intereses creados.
  • 107. 1.3.- TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION. • LA CREDIBILIDAD DE LA TRANSPARENCIA. • Las acciones en materia de transparencia y acceso a la información pública tienen mayor impacto en la ciudadanía debido a:  Su cercanía con la población, lo cual implica una rendición de cuentas directa (accountability).  Las redes de política pública en lo local se traslapan entre actores gubernamentales y no gubernamentales, lo cual presiona a la transparencia.  La “vigilancia cercana”.  Rendición de cuentas inmediata, con resultados visibles.  Y Modelos de cogestión casi inevitables en todo el proceso de política pública (planeación, elección de alternativas, diseño, implementación, evaluación).
  • 108. 1.3.- TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION. • EXPERIENCIAS EXITOSAS: • Guadalajara, Jalisco – Programa “Transparencia total” – Cambios institucionales y reglamentarios – Uso de TIC’s para informar sobre cheques e indicadores y procesos de gestión – Supervisión del PM a los funcionarios • Tamazula Gordiano, Jal – Canal de cable – Se transmiten en vivo sesiones del ayuntamiento – Se da a conocer la cuenta pública mensualmente – Aumento de 30 % en la captación de impuestos y participación ciudadana
  • 109. 1.3.- TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION. • CONCLUSIONES. • A pesar de sugerir los contenidos de una política de transparencia de manera puntual, la adopción particular por cada organización pública habrá de ajustarse a las condiciones específicas en las que cada organización debe actuar. • Pero no hay duda de que, de no adoptarse de manera deliberada como una política que se integre a la cultura y a las prácticas organizacionales del país, la transparencia podría quedar atrapada en los mínimos de acceso a la información pública que exige la ley.
  • 110. 1.4.- LA RENDICION DE CUENTAS. • A pesar de su uso generalizado, es un concepto difícil de precisar • Accountability: en español no tiene un equivalente preciso ni una traducción estable • La idea de rendición de cuentas expresa de manera amplia la preocupación por la vigilancia y control del poder, así como la construcción de mecanismos institucionales de pesos y contrapesos. • Es un mecanismo asociado y necesario en las democracias contemporáneas. • Es un concepto bidireccional (dos partes) que supone la rendición obligatoria de cuentas
  • 111. 1.4.- LA RENDICION DE CUENTAS. • Andreas Schedeler, maneja dos términos con los cuales se tienen que saber identificar para el manejo del tema: • Este autor inicia manejando términos como “ANSWERABILITY” y “ACCOUNTABILITY” por definir cuál de los dos términos se acerca más a la traducción en español de la rendición de cuentas: • ANSWERABILITY: Es la obligación que tiene los gobernantes por responder las peticiones ó solicitudes. • ACCOUNTABILITY: Se define como la rendición obligada de cuentas.
  • 112. 1.4.- LA RENDICION DE CUENTAS. ANSWERABILITY: ACCOUNTABILITY: ES LA OBLIGACIÓN QUE TIENE LOS GOBERNANTES POR RESPONDER LAS PETICIONES Ó SOLICITUDES. SE DEFINE COMO LA RENDICIÓN OBLIGADA DE CUENTAS.
  • 113. 1.4.- LA RENDICION DE CUENTAS. • El contexto de la rendición de cuentas tiene que ver con la inspección pública de los ciudadanos hacia los gobernantes, con procedimientos precisos, que permitan tener leyes de acceso a la información claras y entendibles. El autor manifiesta que no existen tipos de rendición de cuentas, pero sí palancas ó herramientas que le permitan contra restar la corrupción.
  • 114. 1.4.- LA RENDICION DE CUENTAS. • LA INFORMACIÓN, LA JUSTIFICACIÓN Y LA SANCIÓN, COMO ELEMENTOS DE LA RENDICIÓN DE CUENTAS: • La noción de rendición de cuentas incluye, por un lado, la obligación de políticos y funcionarios de informar sobre sus decisiones y justificarlas en público. Por otro, incluye la capacidad de sancionar a políticos y funcionarios, y la que se convierte en algo indispensable que no se puede omitir en la rendición de cuentas • El tema se define a partir de un debate público para normar las instituciones. Con ello se determina dos dimensiones básicas de la rendición de cuentas: • 1.- Obligar a los políticos a rendir cuentas obligadas (pero no ha todos como ya lo vimos). • 2.- Sancionar a aquellos políticos que han violado sus deberes públicos.
  • 115. 1.4.- LA RENDICION DE CUENTAS. • Ahora la rendición de cuentas tiene en su conformación tres aspectos: • La información, la Justificación y el Castigo, donde la responsabilidad es el eje por donde giran estos tres conceptos. De tal manera que rendir cuentas implica para los gobernantes responder a preguntas incómodas así como exigirles cuentas claras a los mismos, entonces rendir cuentas es recibir la información por medio de un modulo y la obligación de los sujetos obligados a publicar la misma. • Entonces que la rendición de cuentas es un derecho a la crítica y al dialogo más que un derecho de petición.
  • 116. 1.4.- LA RENDICION DE CUENTAS. • De tal forma que la rendición de cuentas y la transparencia se enmarcan dentro del Neoinstitucionalismo. NEOINSTITUCIONALISMO. • Entendido como la combinación de lo viejo con lo nuevo, su implementación en la práctica se da por medio de innovaciones gubernamentales como una parte fundamental en los procesos de gobiero. • Pero aún y con todo ello la impunidad sigue siendo un grave problema dentro de la sociedad mexicana, por ello la rendición de cuentas reclama constantemente el tener castigos efectivos por no cumplir con este rubro. Los castigos tienen que ver desde la remoción del mismo de su cargo, hasta la exposición pública del funcionario sancionado, con lo cual se puede destrozar la imagen y reputación del funcionario sancionado.
  • 117. 1.4.- LA RENDICION DE CUENTAS. • LAS COMISIONES DE LA VERDAD. • Estas son un instrumento político de rendición de cuentas, que la propia experiencia nos dice que en su implementación llevan el fracaso del asunto del que se trate, ya que estas son comisiones donde se dan a conocer públicamente los resultados indagados, quedando estos al final inconclusos ó incompletos.
  • 118. 1.4.- LA RENDICION DE CUENTAS. • ACCOUNTABILITY ELECTORAL. • Tiene que ver con la rendición de cuentas que dan los órganos electorales a los ciudadanos, estos organismos por su propia categoría de autonomía, tienen una doble obligación de dar a conocer sus programas y rendir cuentas de manera clara y precisa. Es aquí donde se puede apreciar perfectamente el sentir de la sociedad organizada, ya que el voto de castigo es una acción que usan los ciudadanos para castigar a los gobernantes que al final de su período NO CUMPLEN SU TRABAJO Ó COMPROMISOS. Pero más aún de los alcances de esta acción la sociedad sé está organizando de tal manera que ya no resulta suficiente castigar a algún gobernante de cierto partido.
  • 119. 1.4.- LA RENDICION DE CUENTAS. • Ahora una forma de interpretar la rendición de cuentas tiene que ser visto como un gran mecanismo de control del poder político, donde su principal misión es reducir la incertidumbre sobre la cual cotidianamente recae el poder político, por lo cual para obtener una rendición adecuada es fundamental que existan controles internos del poder que no permitan que esto rebase a los gobernantes, ya que el poder por el poder mismo ocasiona a la larga que existan incertidumbres ó dudas dentro de la gobernabilidad, por lo cual la rendición de cuentas presupone que debe de existir una responsabilidad personal, no solo del que está obligado a rendir cuentas sino que además de quien solicita estas mismas, con lo cual se obliga al gobierno a entrarle a un dialogo responsable con la sociedad.
  • 120. 1.4.- LA RENDICION DE CUENTAS. • CONSTRUCCION DE LA RENDICION DE CUENTAS. RENDICION DE CUENTAS NORMAS, LEYES Y REGLAMENTOS MODERNOS PROCEDIMIENTOS CLAROS Y PRECISOS VOLUNTAD POLITICA Y ETICA PROFESIONAL Y VALOR CIUDADANO
  • 121. 1.4.- LA RENDICION DE CUENTAS. • LA CLASIFICACION DE LA INFORMACION. CLASIFICACION DE INFORMACION PUBLICA CLASIFICADA. CONFIDENCIAL RESERVADA
  • 122. 1.4.- LA RENDICION DE CUENTAS. • La ley nacional de transparencia y acceso a la información pública en su artículo 13 y 14 habla claramente de lo que se refiere esta clasificación. • Para el caso del artículo 13 menciona que la entidad de la Administración Pública deberá comunicar por escrito que la denegatoria de la solicitud se debe a la inexistencia de datos en su poder respecto de la información solicitada. Sin embargo el Artículo 14 habla de la obstrucción que puede tener los sujetos obligados respecto de la negación de la información para esto si ello ocurriera se deberá de remitir al artículo 4to de la misma ley. • La propia ley debe de tener un principio de publicidad que deberá de ser entendido como la obligación de las entidades de la administración pública por publicar la información que sea requerida siempre y cuando esta sea pública que no ponga en riesgo la vida privada de quienes son sujetos obligados y así como las finanzas públicas y seguridad de una entidad de la administración pública.
  • 123. 1.4.- LA RENDICION DE CUENTAS. • Que dice Kant de la rendición de cuentas • Esta tiene que ver con la distinción de ciertas prácticas de supervisión. • ¿Quién rinde cuentas y por qué? • En la política la rendición de cuentas se dirige básicamente hacía la clase política ó a los profesionales de la política, pero no a todos quienes integran este segmento social, solo rinden cuentas que por actividades meramente gubernamentales y legislativas se dedican a esta actividad. • ¿Quiénes rinden cuentas?: Los funcionarios Federales Locales y Municipales de alto nivel; Los diputados y Senadores de la República y así como quienes integran los órganos de dirección del poder legislativo, y así como los diputados de los 31 Congresos locales y La Asamblea legislativa del Distrito Federal y sus órganos de dirección, y los organismos autónomos con personalidad jurídica y patrimonio propio.
  • 124. 1.4.- LA RENDICION DE CUENTAS. • ¿QUIÉNES NO RINDEN CUENTAS? • 1.- Los Jueces y Magistrados del Poder Judicial de la Federación. • 2.- Los dirigentes de los Partidos políticos en todos sus ámbitos. • 3.- Los Sindicatos. • 4.- Las asociaciones empresariales. • 5.- Las organizaciones de la defensa de los derechos humanos. Etc. • Esto marca un rumbo claro en México sobre quiénes rinden cuentas, por qué rinden cuentas y a quién le rinden cuentas, y quienes no. Sin embargo para ello existen criterios administrativos que tiene que ser lo suficientemente sólidos, claros y sencillos mismos que se deben de apegar a los diversos procedimientos que para ello existen, y que son algo que ya está previamente establecido por la ley.
  • 125. 1.4.- LA RENDICION DE CUENTAS. • CRITERIOS DE LA RENDICION DE CUENTAS. 1.- Criterios Financieros: Al ser este aspecto algo relevante dentro de la política pública monetaria no se puede rendir cuentas de emisiones de billetes, moneda, activos fijos del BM entre otros, sin embargo la rendición de cuentas en este rubro se encamina hacia la confidencialidad a que tiene derecho todo alto funcionario que devengue salarios altos entro del ámbito público, aquí se revela sus salarios más no sus estados financieros. 2.- Criterios legales: En la ley se plasma perfectamente quienes sí y quienes no deben de rendir cuentas, en las leyes se encuentra perfectamente establecido que todos aquellos individuos que devenguen un alto salario dentro de una institución pública del País, o tengan funciones ejecutivas que sean subsidiados con dinero público tengan que rendir cuentas. 3.- Criterios Morales: Que no es otra cosa de la preocupación que se tienen por quienes rinden cuentas que lo hagan de manera apropiada, cumpliendo con las normas vigentes. En donde es aquí donde empieza un debate entre lo público y lo privado.
  • 126. 1.4.- LA RENDICION DE CUENTAS. • LA RENDICION DE CUENTAS VERTICAL Y HORIZONTAL. • El autor de este esquema de rendición de cuentas es Guillermo O´Donell • RENDICIÓN DE CUENTAS VERTICAL: Son las relaciones de control de la sociedad hacia el Estado, sin tener definidos controles efectivos de rendición de cuentas, ejemplo: la rendición de cuentas de un servidor público de alto nivel, que responde cualquier cosa a la petición de algún ciudadano. • RENDICIÓN DE CUENTAS HORIZONTAL: Son Las relaciones de control entre las instituciones del Estado, es decir una relación entre iguales, el mejor ejemplo de cómo opera esto es la división de poderes que existe en el País, Qué poder le debe dar cuentas a qué poder. Es decir de verdad el Legislativo le rendirá al Ejecutivo y viceversa. El Ejecutivo le rendirá al Judicial y viceversa ó más aún el Judicial le dará cuentas al Legislativo y Viceversa.
  • 127. 1.4.- LA RENDICION DE CUENTAS. RENDICION DE CUENTAS GOBIERNO ENTRE PODERES SOCIEDAD. ENTRE PODERES
  • 128. 1.4.- LA RENDICION DE CUENTAS. • CONCLUSIONES. • 1.- Se debe de insistir en el carácter que debe de tener la información, donde está debe de ser pública, de lo contrario todo va a ser una gran simulación. Rendir cuentas no es algo tan sencillo se requiere de mucha voluntad de los gobernantes. • 2.- Para el caso de los sujetos que deberían de ser obligados y no rinden cuentas deberá de existir procedimientos jurídicos que permitan que estos sujetos rindan cuentas claras, pésele a quien le pese. • 3.- Para el caso de la rendición de cuentas vertical, deberá de haber mejores procedimientos que permitan a la sociedad organizada tener más información de quienes ostentan un cargo gubernamental. • 4.- Para el caso de la rendición de cuentas horizontal deberán de encontrarse mecanismos adecuados para que entre poderes exista claridad en la rendición de cuentas y que no sea un mecanismo cíclico si no que su orientación sea hacia todas direcciones.
  • 129. 1.5.- LA PARTICIPACION CIUDADANA. México vive hoy en día una realidad plural, el año 2000 marcó un camino contundente para ello, sin embargo las expectativas ciudadanas con las que arribo al poder político un partido político diferente al que tradicionalmente había gobernado por más de 70 años en México fueron muy altas, lo cual NO permitió establecer las bases sólidas de ese cambio del cual se hablo y se prometió. Nuestro País siguió siendo un País Centralizado con la Perfecta División de Poderes, teniendo en la Autonomía de sus Entidad, Instituciones y sus otros dos Poderes el rasgo más característico, que fue algo muy notorio en este periodo de gobierno.
  • 130. 1.5.- LA PARTICIPACION CIUDADANA. • Como se llega a la transición democrática: • *Con un México fracturado por sus actores sociales y en el 2006 esta fractura se agudiza debido al supuesto Fraude electoral que una de las partes del País reclama, asunto que sigue en la elección del 2012. • *Se tiene un Sistema Presidencialista con Estructura, Funciones y Recursos desde el Poder, tal y como lo diseño el viejo régimen de más de 70 años. • *Un México antidemocrático ya que el poder central lo tenía únicamente el Presidente de la República. • *Los excesos del Poder Presidencial lo llevaron a ser un Poder HIPERPRESIDENCIAL, cuando este se lo proponía. • *La delegación continua del Legislativo al Ejecutivo fue por mucho tiempo algo común en el Sistema Presidencial, el Ejecutivo presentaba casi el 80% de las iniciativas.
  • 131. 1.5.- LA PARTICIPACION CIUDADANA. • *Controlaba los procesos electorales Esto le permitió la Construcción de un Partido Único: (es decir Ponía las reglas del juego electoral, organizaba los comicios y contaba los votos, entre otras cosas). • *Existía un Sistema de Partido Hegemónico (es decir había un Monopolio Político y Controlaba los puestos de Elección Popular, tanto Federal, Estatal y Municipal). • *Dominaba sobre la composición de las Instituciones y así como sobre la Conducta de la llamada Clase Política. (Esto Incluía al Poder Judicial y a su Partido Político de Origen). • *El crecimiento de los partidos de oposición estaban bajo el control del presidente. (1988-1994). • Todo ello tenía un objetivo claro y dirigido, crear las nuevas condiciones política para llegar a la alternancia democrática en México.
  • 132. 1.5.- LA PARTICIPACION CIUDADANA. • FACTORES DE LA TRANSICIÓN DEMOCRÁTICA EN MEXICO: • Cambio de reglas en el juego electoral, se crea el IFE • *Acceso de los Partido de Oposición al Poder, Guanajuato en 1989 como Entidad Federativa y San Luis Potosí como Municipio en 1959. • *Las Reformas Políticas de 1977 y 1983 y 1999. • *Creación de otras Instituciones Autónomas que vinieran a darle sustento a los cambios estructurales en México como CNDH, IFAI, ITAIP. • *Creación de la contraloría. • *Creación del Servicio Civil de Carrera. • *Globalización del Mercado Interno y Externo. • *Existe una mayor competencia. • *Existe una mayor integración económica. • *Surgen nuevas condiciones sociales de los ciudadanos. • *Surgen nuevas condiciones Internacionales.
  • 133. 1.5.- LA PARTICIPACION CIUDADANA. • Pero sin duda alguna el elemento fundamental para hacer que este País cambiara de rumbo fue la gran participación ciudadana que han existidos en los comicios presidenciales , veamos algunos datos: *No hubo violencia a la llegada de un partido diferente a la presidencia de la República. • *No hubo un golpe de Estado. • *Se revaloro el voto. • *Debido a ello sigue existiendo actualmente en México, una gran movilidad de los ciudadanos en el tema de la alternancia política, solamente en 10 Entidades siempre ha gobernado el mismo partido.
  • 134. 1.5.- LA PARTICIPACION CIUDADANA. • Entonces, que es la Participación Ciudadana? • Espacio de representatividad individual ó colectiva en donde concurren los ciudadanos con cierta identidad. • SEGMENTOS DE LA PARTICIPACION CIUDADANA • 1.- La participación ciudadana territorial; Por medio de los comités vecinales. • 2.- La participación ciudadana sectorial; Por medio de los diversos sectores de la sociedad como lo son las mujeres, los jóvenes, los discapacitados, homosexuales. • 3.- La participación ciudadana temática; por medio de las diversas áreas que para tal existen como la ambiental, el urbano, la cultural y la social, entre otras.
  • 135. 1.5.- LA PARTICIPACION CIUDADANA. • Mecanismos • En una democracia directa como la nuestra, la participación ciudadana tiene tres mecanismos: • a.- El de consulta: que se da por instrumentos como: Consulta ciudadana, ya sea por radio, tv, teléfono e internet, Encuestas, Referéndum y Plebiscito. • b.- De Diseño de Políticas Públicas; Por medio de los consejos de desarrollo social. Las Comisiones de Planeación y Desarrollo Municipal(COPLADEMUN), Consejos de Participación Ciudadana, Comités sectoriales, Comités Temáticos, y de vigilancia entre otros. • c.- De Seguimiento de estas políticas publicas; Por medio de una planeación Estratégica, Un Presupuesto Participativo y las Contralorías Sociales en los Gobiernos.
  • 136. PROPUESTAS, ESPACIOS E INSTRUMENTOS. • PROPUESTAS GENERALES PARA LA PARTICIPACION CIUDADANA: • 1.- Capacitar al personal gubernamental en algo que se llama “Políticas de Diseño Participativos”. • 2.- Capacitar a la ciudadanía en leyes, procedimientos y normas. • 3.- Crear compromisos políticos y administrativos de manera Pública con las autoridades municipales democráticamente electas. • ESPACIOS EN LA PARTICIPACION CIUDADANA: • 1.- Elaborar un mapa de actores y organizaciones sociales. • 2.- Identificar espacios con amplia representación social. • 3.- Promover formas de participación ciudadana individuales y colectivas. • 4.- Garantizar el prerrequisito de información, difusión, e infraestructura para la participación. • INSTRUMENTOS EN LA PARTICIPACION CIUDADANA: • A).- Evaluación constante a las contralorías sociales. • B).- Creación de un banco de buenas prácticas. • C).- Un inventario de metodologías participativas. • D).- Creación de un observatorio ciudadano.
  • 137. 1.5.- LA PARTICIPACION CIUDADANA. • EL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO. • Este tiene como principal finalidad involucrar a los ciudadanos en como quieren que se destinen los recursos que son para las obras y acciones dentro del municipio, y específicamente dentro de su territorio, la propuesta aquí es por medio de los Comités ciudadanos, pero para ello existen elementos que permiten definir de manera más clara el presupuesto participativo, estos elementos son: • Definición por asambleas territoriales las prioridades de las obras y acciones a seguir. • Elaboración de un reglamento de discusión y toma de decisiones. • Conocimiento del método que se sigue para la asignación de los recursos. • Llevar un control sobre las obras aprobadas por el comité ó consejo. • QUIENES PARTICIPAN EN ESTE PROCESO. • 1.- Las instancias administrativas de los gobiernos. • 2.- Las instancias comunitarias, ejidales y comunitarias autónomas. • 3.- El consejo del presupuesto participativo. • 4.- Los ciudadanos organizados.
  • 138. 1.5.- LA PARTICIPACION CIUDADANA. • Con La permisividad del gobierno, los ciudadanos detrás de las decisiones gubernamentales y administrativas de las entidades gubernamentales, es más fácil ejercer la acción de autoridad que les confiere la ley, por lo cual la capacidad institucional en la ejecución de políticas públicas gubernamentales es algo más sencillo y su acción es mas ágil. • Donde para ello los ciudadanos asumen ese este rol tres grandes funciones del gobierno municipal que son: • A).- La función Institucional. • B).- la función socio cultural. • C).- La función Socio política. • Veamos:
  • 139. FUNCIONES INSTITUCIONALES. A.- Con nuevas responsabilidades mismas que ejercen presión sobre las capacidades institucionales y financieras. • B.- Con la construcción de una nueva gobernanza local que garantice un rediseño institucional eficaz para atender las demandas de la ciudadanía. • C.- Una operación de criterios claros y normativos en la trasparencia y la rendición de cuentas de los gobernantes. • D.- Con un diseño y una gestión adecuada de las políticas públicas, que incluya a los diferentes actores, económicos, sociales y civiles involucrados en el quehacer de gobierno.
  • 140. FUNCIONES SOCIO CULTURALES. • 1.- Garantizar el ejercicio pleno de los derechos de los ciudadanos, a la salud, la educación, y la cultura, actuando en ello con criterios de calidad y equidad de genero. • 2.- Reconocer la multiculturalidad y resguardar la identidad étnico. cultural, de raza y sexo. • 3.- Enfrentar a la pobreza, la desigualdad y las nuevas formas de exclusión social, con políticas de desarrollo social, nuevas e innovadoras. • 4.- Tener pleno reconocimiento de los cambios de la estructura y roles de la familia. • 5.- Enfrentar la violencia e inseguridad social, con organización ciudadana. • 6.- Contrarrestar la ruptura del tejido social , fortalecer la vida comunitaria y promover la participación ciudadana.
  • 141. FUNCIONES SOCIO POLITICAS. a.- Consolidar y fortalecer la democracia local, ampliando las formas de representación política y social, impulsar entre sus habitantes la reforma política, y tener claridad en los acuerdo que se tomen dentro del órgano del cuerpo de gobierno del Ayuntamiento. • b.- Promover la participación de la ciudadanía, en las decisiones públicas a fin de combinar y fortalecer la democracia representativa con prácticas propias de la democracia participativa, como el referendum y el plesbicito. • c.- Diseñar y promover la inclusión de la ciudadanía a través de la creación de espacios e instrumentos de la participación ciudadana, en temas de carácter municipal como desarrollo urbano; obras públicas, seguridad ciudadana y participación ciudadana • d.- Participación de redes de ciudades y acciones de cooperación descentralizada.
  • 142. INSTRUMENTOS LEGALES DE LA PARTICIPACION CIUDADANA CONSTITUCION DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO DEL ESTADO LIBRE SOBERANO DE MEXICO. LEY NACIONAL DE PARTICIPACION CIUDADANA. LEYES ESTATALES Y ORDENAMIENTOS SECUNDARIOS.
  • 143. POLITICAS PUBLICAS SECTORIALES E INSTITUCIONALES. • POR SU ATENCION MUCHAS GRACIAS. • TOLUCA MEXICO A 5 DE ABRIL DEL 2013 • ELABORO: LIC. GUSTAVO PARRA SANCHEZ.