5. ucción
EVA REGLAMENTACIÓN AÉREA EUROPEA
En el marco europeo del transporte aéreo comercial se determina ampliar
las competencias de la Agencia de seguridad en la reglamentación
en materia de operaciones aéreas, las licencias de los pilotos y la supervisión
de los operadores de terceros países, la Agencia Europea de Seguridad
Aérea refuerza su posición como el punto de referencia en seguridad de la
aviación europea.
En consecuencia, el Reglamento (CE) n º 216/2008 del Parlamento Europeo y
la Comisión, entra en vigor el 8 de abril de 2008, y establece el marco, los
criterios y objetivos de las responsabilidades de EASA.
La Agencia a tal efecto redacta las IRS (Implementing Rules), acompañadas
de material de orientación (GM) y medios aceptables de cumplimiento (AMC).
7. aturas
EVA REGLAMENTACIÓN AÉREA EUROPEA
A
Aeródromos
Medios aceptables de cumplimiento
Proveedor de Servicios de Navegación aérea
Requerimientos de la Autoridad
Requerimientos de la autoridad para las tripulaciones
Requerimientos a las Organizaciones sobre las tripulaciones
Licencias y certificación médica de los controladores aéreos
Gestión de afluencia del tránsito aéreo
Gestión del tránsito aéreo
Requisitos de uso del espacio aéreo y procedimientos operativos comunes
Transporte aéreo comercial
Tripulación de cabina
Complex Motor‐Powered Aircraft
Commercial other than CAT
8. iaturas
EVA REGLAMENTACIÓN AÉREA EUROPEA
FC
GM
IR
MED
MPSC
NCC
N‐CMPA
NCO
OPS
OR
SERA
SPA
SPO
TCO
Tripulación de vuelo
Material de orientación
Normas de desarrollo
Medico
Maximum Passenger Seating
Non‐commercial with CMPA
Non‐Complex Motor‐Powered Aircraft
Non commercial other than CMPA
Operaciones
Requerimientos de la Organización
Single European Rules of the Air
Aprobaciones específicas (ETOPS, PBN etc…)
Specialised Operations (aerial work)
Third Country Operators
10. asic Regulation”
EVA REGLAMENTACIÓN AÉREA EUROPEA
La “Basic Regulation” la forma el Reglamento (CE) n º 216/2008 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de febrero de 2008,y este :
• Consta de normas comunes en el ámbito de la aviación civil.
• Crea la Agencia Europea de Seguridad Aérea.
• Deroga la Directiva del Consejo 91/670/CEE, el Reglamento (CE) n º
1592/2002 y la Directiva 2004/36/CE.
• Es obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada
Estado miembro.
• El objetivo principal de la BR es "establecer y mantener un nivel elevado
y uniforme de seguridad en la aviación civil en Europa" - Artículo 2 (1).
• Constituyen algunos de los objetivos adicionales, en los ámbitos
regulados por el presente Reglamento- Artículo 2.:
a)garantizar un nivel elevado y uniforme de protección medioambiental;
b) facilitar la libre circulación de mercancías, personas y servicios;
c) promover los puntos de vista comunitarios respecto a las normas
referentes a la seguridad de la aviación civil en todo el mundo mediante
la debida cooperación con terceros países y organizaciones
Internacionales.
11. asic Regulation”
EVA REGLAMENTACIÓN AÉREA EUROPEA
* La regulación básica SE APLICA:
• Aeronavegabilidad y protección del medio ambiente (aeronaves)
• Pilotos
• Operaciones aéreas
• Aeródromos
• ATM/ANS y Controladores de tráfico aéreo
12. asic Regulation”
EVA REGLAMENTACIÓN AÉREA EUROPEA
* La regulación básica NO SE APLICA:
Aeronavegabilidad y protección del medio
ambiente a causa de las aeronaves.
‐ Mientras sean operaciones militares, de
aduanas, policía, búsqueda y salvamento, lucha
contra incendios, guardacostas o
servicios similares.
‐ Cuando sea referido en el Anexo II.
Pilotos y Operaciones ‐ De aeronaves referidas en el Anexo II, a no ser
que sean utilizadas en operaciones comerciales.
Aeropuertos ‐ Que son controlados y operados por los militares.
‐ No abiertos al público, no sirviendo al transporte
aéreo comercial, que no pueden proporcionar
operaciones de aproximación por instrumentos o
salidas, o que disponen de pistas pavimentadas
inferiores a 800m (a no ser que sirvan
exclusivamente a helicópteros).
ATM/ANS ‐ Que es proporcionado o puesto a disposición por
los militares.
14. r Regulation” Marco del reglamento
EVA REGLAMENTACIÓN AÉREA EUROPEA
“El marco del Reglamento” Lo componen los Reglamentos
(EU) No 1178/2011, (EU) No 290/2012 y (EU) No 965/2012.
Este designa los:
• Primeros 12 artículos del Reglamento (UE) no 1178/2011 de la
Comisión de 3 de noviembre 2011 por la que se establecen los
requisitos técnicos y procedimientos administrativos relacionados con
las tripulaciones en la aviación civil de conformidad con el Reglamento
216/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 311 de 25.11.
2011, p. 1), modificado por el Reglamento (UE) n º 290/2012, de 30
de marzo de 2012 (DO L 100 de 5.4.2012, p. 1)
• Primeros 10 artículos del Reglamento (UE) no 965/2012, de 05 de
octubre por el que se establecen los requisitos técnicos y
procedimientos administrativos relacionados con las operaciones
aéreas en virtud del Reglamento 216/2008 del Parlamento Europeo y
del Consejo (DO L 296 de 25.10.2012, Comisión . p 1)
15. r Regulation” Marco del reglamento
EVA REGLAMENTACIÓN AÉREA EUROPEA
• El Reglamento (UE) n º 1178/2011 en su versión modificada por
el Reglamento (UE) n º 290/2012 ha sido denominado por la Comisión
como el Reglamento de las tripulaciones (Aircrew Regulation) , este
Reglamento está integrado por los 12 artículos el Reglamento marco
y por siete anexos, que contienen las normas de desarrollo (IRs) sobre
licencias de pilotos (Anexo I - Parte-FCL), la conversión de las licencias
nacionales existentes (anexo II), las condiciones para la aceptación de
permisos expedidos por o en nombre de terceros países (anexo III), la
certificación médica (Anexo IV - Parte-MED), cualificación de la
tripulación de cabina (Anexo V - Parte-CC), requisitos de las
autoridades para la tripulación (Anexo VI - parte-ARA) y los requisitos
de la organización para la tripulación (Anexo VII - Parte-ORA).
16. r Regulation” Marco del reglamento
EVA REGLAMENTACIÓN AÉREA EUROPEA
• El Reglamento (UE) n º 965/2012 se ha denominado el Reglamento
de las operaciones aéreas (Air Ops Regulation), está integrado por los
10 artículos del Reglamento marco y por cinco anexos, definiciones del
anexo I de los términos utilizados en los anexos II a V, anexo II
requisitos de la Autoridad para las operaciones aéreas (Parte-ARO),
anexo III requisitos de la Organización para las operaciones aéreas
(Parte-ORO), operaciones de transporte aéreo comercial anexo IV
(Parte-CAT), anexo V aprobaciones específicas (Parte-SPA), que
contienen las normas de desarrollo de las operaciones aéreas para las
operaciones de transporte aéreo comercial con aviones y helicópteros.
17. r Regulation” Marco del reglamento
EVA REGLAMENTACIÓN AÉREA EUROPEA
La estructura de la Regulación Básica (pendiente de completar toda su
normativa), es la siguiente:
19. ctura de la nueva reglamentación
EVA REGLAMENTACIÓN AÉREA EUROPEA
• Cada parte de cada reglamento de aplicación tiene sus propios medios
aceptables de cumplimiento y guía de orientación (AMC / GM).
• Los AMC y GM se modifican junto con las modificaciones de la
normativa.
• Los AMC / GM son los llamados "soft law”(normas no vinculantes), y su
finalidad es la de ayudar en la interpretación de las normas, así
como ofrecer posibles medios de cumplimiento de las mismas.
• Las especificaciones de certificación también están relacionadas
con las IRs y sus respectivas partes . Al igual que los AMC / GM
están estipuladas como “EASA decisions” y no son vinculantes.
20. ctura de la nueva reglamentación
EVA REGLAMENTACIÓN AÉREA EUROPEA
Desde octubre del 2009, el alcance de la Reglamentación Básica se ha extendido
además, a la regulación sobre la seguridad de las operaciones aeroportuarias y a los
Servicios de Control de Tráfico Aéreo.
21. ctura de la nueva reglamentación
EVA REGLAMENTACIÓN AÉREA EUROPEA
La estructura dentro de los Flight Standards en la estructura general del Reglamento
Base, la forman la “Aircrew Regulation”, la “TCO Regulation” , y la “Air Operations
Regulations”, reglamentos que veremos estructurados a Continuación junto con sus
anexos y AMCs / GMs, y de los cuales nos centraremos en este curso en el Reglamento
para las operaciones aéreas, el “Air Operations Regulations”.
22. ctura de la nueva reglamentación
EVA REGLAMENTACIÓN AÉREA EUROPEA
24. perations Regulation”
EVA REGLAMENTACIÓN AÉREA EUROPEA
El Reglamento (UE) n º 965/2012 sobre operaciones aéreas fue
adoptado por la Comisión Europea el 05/10/2012 y publicada en el
Diario Oficial de la Unión Europea el 25/10/2012.
El artículo 10.1 del Reglamento prevé que entrará en vigor el tercer día
siguiente al de su publicación en el «Diario Oficial de la Unión Europea»
y que será aplicable a partir del 28 de octubre de 2012. No obstante,
su artículo 10.2 contempla la posibilidad de que los Estados miembros
dispongan la inaplicación de las disposiciones de los anexos I a V hasta
el 28 de octubre de 2014, España se ha acogido a ésta.
25. perations Regulation”
EVA REGLAMENTACIÓN AÉREA EUROPEA
Objeto y ámbito de aplicación del Reglamento (según el artículo
primero)
1) El presente Reglamento establece normas detalladas para las
operaciones de transporte aéreo comercial con aviones y
helicópteros, incluidas las inspecciones en pista de las aeronaves
de operadores bajo la supervisión de seguridad operacional de
otro Estado cuando hayan aterrizado en aeródromos situados en el
territorio sujeto a las disposiciones del Tratado.
26. perations Regulation”
EVA REGLAMENTACIÓN AÉREA EUROPEA
Objeto y ámbito de aplicación del Reglamento (Cont)
2) El presente Reglamento establece así mismo normas detalladas
sobre las condiciones para la expedición, el mantenimiento, la
modificación, la limitación, la suspensión o la revocación de los
certificados de operadores de las aeronaves contempladas en el
artículo 4, apartado 1, letras b) y c), del Reglamento (CE) nº
216/2008, que participen en operaciones de transporte aéreo
comercial, las atribuciones y las responsabilidades de los titulares de
los certificados, así como las condiciones para la prohibición,
limitación o sujeción a ciertas condiciones de las operaciones en
interés de la seguridad operacional.
27. perations Regulation”
EVA REGLAMENTACIÓN AÉREA EUROPEA
Objeto y ámbito de aplicación del Reglamento (Cont)
3) El presente Reglamento no será de aplicación cuando los
productos, componentes, equipos, personal y organizaciones a que se
refiere el apartado 1 tomen parte en operaciones militares,
aduaneras, de policía o similares. Los Estados miembros velarán por
que tales operaciones sean compatibles, en la medida de lo posible,
con los objetivos del Reglamento.
28. perations Regulation”
EVA REGLAMENTACIÓN AÉREA EUROPEA
Estructura del reglamento para las operaciones aéreas:
El Reglamento UE 965/2012 se estructura en ocho anexos
acompañados de sus medios de cumplimiento aceptables y guías de
orientación. PART-ARO (Requerimientos a la autoridad para
las operaciones aéreas):
36. perations Regulation”
EVA REGLAMENTACIÓN AÉREA EUROPEA
Artículos del Reglamento UE 965/2012:
* Artículo 1: Objeto y ámbito de aplicación.
* Artículo 2: Definiciones.
* Artículo 3: Capacidades de supervisión.
* Artículo 4: Inspecciones en pista.
* Artículo 5: Operaciones aéreas.
* Artículo 6: Excepciones.
* Artículo 7: Certificados de Operador Aéreo.
* Artículo 8: Limitaciones de tiempo de vuelo.
* Artículo 9: Listas de equipos mínimos.
* Artículo 10: Entrada en vigor.
37. perations Regulation”
EVA REGLAMENTACIÓN AÉREA EUROPEA
Sinopsis de los artículos :
Artículo 1 Objeto y ámbito de aplicación :
Este artículo ya se especifica en las páginas 16 y 17 de esta manual,
dentro de su aplicación, cabría aclarar que de momento este
reglamento no se aplicará a:
*Aeronaves con rotor basculante.
*Dirigibles.
*Globos amarrados.
*Aeronaves pilotadas a control remoto.
*De A a A operaciones con aeronaves de performance clase B y
helicópteros no complejos.
38. perations Regulation”
EVA REGLAMENTACIÓN AÉREA EUROPEA
Sinopsis de los artículos (cont):
Artículo 2 Definiciones :
* Operación de transporte aéreo comercial (CAT): La explotación de una
aeronave para el transporte de pasajeros, mercancías o correo a cambio de
remuneración o de cualquier otro tipo de contraprestación económica;
* Aviones de performance clase B: Aviones propulsados por motores de hélice
con una configuración máxima de nueve asientos o menos para pasajeros y
con una masa máxima de despegue igual o inferior a 5 700 kg;
* Operación en performance clase 1: Una operación en la que, en caso de fallo
del motor crítico, el helicóptero pueda aterrizar dentro de la distancia de
despegue interrumpido disponible o continuar el vuelo en condiciones de
seguridad hasta una zona de aterrizaje adecuada, según el momento en que
ocurra el fallo.
39. perations Regulation”
EVA REGLAMENTACIÓN AÉREA EUROPEA
Sinopsis de los artículos (cont):
Artículo 3 Capacidades de supervisión :
* Los Estados miembros designarán a una o varias entidades como autoridad
competente dentro de dicho Estado miembro, con las responsabilidades y los
poderes necesarios para certificar y supervisar las personas y las organizaciones
sujetas al Reglamento (CE) n o 216/2008 y a sus medidas de aplicación.
* Los Estados miembros velarán por que la autoridad o autoridades
competentes dispongan de las capacidades necesarias para garantizar la
supervisión de todas las personas y organizaciones cubiertas por su programa
de supervisión y, en particular, de los recursos suficientes para satisfacer los
requisitos del presente Reglamento.
40. perations Regulation”
EVA REGLAMENTACIÓN AÉREA EUROPEA
Sinopsis de los artículos (cont):
Artículo 4 Inspecciones en pista :
* Las inspecciones en pista de aeronaves de operadores bajo la supervisión de
seguridad de otro Estado miembro o de un tercer país deberán realizarse de
conformidad con la subparte RAMP del anexo II.
Artículo 5 Operaciones aéreas :
* Los operadores solo podrán explotar un avión para operaciones de transporte
aéreo comercial tal como se especifica en los anexos III y IV.
* El Anexo V (Parte-SPA) es aplicable a los operadores de transporte aéreo
comercial dependiendo del tipo de las operaciones.
41. perations Regulation”
EVA REGLAMENTACIÓN AÉREA EUROPEA
Sinopsis de los artículos (cont):
Artículo 6 Excepciones :
* Las operaciones de transporte aéreo comercial con origen y destino en el
mismo aeródromo/lugar de operación con aviones de performance clase B o
helicópteros no complejos no estarán sujetas al cumplimiento de las
disposiciones de los anexos III y IV.
Ahora bien, estarán sujetas a lo siguiente:
a)para los aviones, el anexo III del Reglamento (CEE) n o 3922/91 y las
exenciones nacionales de seguridad correspondientes, basadas en las
evaluaciones de riesgo para la seguridad realizadas por las autoridades
competentes;
b)para los helicópteros, los requisitos nacionales.
42. perations Regulation”
EVA REGLAMENTACIÓN AÉREA EUROPEA
Sinopsis de los artículos (cont):
Artículo 7 Certificados de Operador Aéreo :
* Los certificados de operador aéreo (AOC) expedidos por un Estado miembro a
operadores de aviones para el transporte aéreo comercial, antes de que se
aplique el presente Reglamento y de conformidad con el Reglamento
(CEE) n o 3922/91, se considerarán expedidos de conformidad con el presente
Reglamento. No obstante, a más tardar el 28 de octubre de 2014:
a) los operadores deberán adaptar su sistema de gestión, sus
programas de formación, sus procedimientos y sus manuales para cumplir los
anexos III, IV y V, según proceda;
b) el AOC deberá sustituirse por certificados expedidos de conformidad
con el anexo II del presente Reglamento.
43. perations Regulation”
EVA REGLAMENTACIÓN AÉREA EUROPEA
Sinopsis de los artículos (cont):
Artículo 8 Limitaciones de tiempo de vuelo :
* Las limitaciones del tiempo de vuelo y de servicio estarán sujetas a lo
siguiente:
a) para los aviones, el artículo 8, apartado 4, y la subparte Q del anexo
III del Reglamento (CEE) n o 3922/91;
b) para los helicópteros, los requisitos nacionales.
Artículo 9 Listas de equipos mínimos :
* Las listas de equipos mínimos (MEL) aprobadas antes de la entrada en vigor
del presente Reglamento por el Estado del operador o el Estado de matrícula,
según proceda, se considerarán aprobadas de conformidad con el presente
Reglamento, y el operador que haya recibido la aprobación podrá seguir
utilizándolas.
44. perations Regulation”
EVA REGLAMENTACIÓN AÉREA EUROPEA
Sinopsis de los artículos (cont):
Artículo 10 Entrada en vigor
* El artículo 10.1 del Reglamento prevé que entrará en vigor el tercer día
siguiente al de su publicación en el «Diario Oficial de la Unión Europea» y que
será aplicable a partir del 28 de octubre de 2012. No obstante, su artículo 10.2
contempla la posibilidad de que los Estados miembros dispongan la inaplicación
de las disposiciones de los anexos I a V hasta el 28 de octubre de 2014, España
se ha acogido a ésta.
45. perations Regulation”
EVA REGLAMENTACIÓN AÉREA EUROPEA
Anexos (Partes) del Reglamento para operaciones aéreas:
* Anexo I Definiciones:
Definiciones aplicables para operadores y autoridades competentes.
* Anexo II (PART-ARO) Requisitos aplicables a las autoridades en materia de
operaciones aéreas:
46. perations Regulation”
EVA REGLAMENTACIÓN AÉREA EUROPEA
Anexos (Partes) del Reglamento para operaciones aéreas (Cont):
- ARO GEN: Medios de cumplimiento (ARO.GEN.120). Sistema de
Gestión (ARO.GEN.200), cambios en el sistema de gestión (
ARO.GEN.210).
- ARO.OPS: Acuerdos de arrendamiento (ARO.OPS.110). Procedimiento
de aprobación específico (ARO.OPS.200 ).
- ARO.RAMP: Criterios de prioridad (ARO.RAMP.105).
* ANEXO III (PART-ORO) Requisitos de organización para las operaciones
aéreas :
48. perations Regulation”
EVA REGLAMENTACIÓN AÉREA EUROPEA
Anexos (Partes) del Reglamento para operaciones aéreas (Cont):
* ANEXO IV (PART-CAT) Operaciones de transporte aéreo comercial :
49. perations Regulation”
EVA REGLAMENTACIÓN AÉREA EUROPEA
Anexos (Partes) del Reglamento para operaciones aéreas (Cont):
- Esta parte contiene las normas técnicas de las operaciones de transporte
aéreo comercial.
-Se divide en capítulos según la performance de las aeronaves.
-El texto de la norma está alienado con :
a) Las EU-OPS y la Sección 1 de las JAR-OPS 3.
b) Con la sección 2 de las JAR-OPS1 y JAR-OPS 3.
-Cambios introducidos en esta parte:
a) CAT.GEN. MPA.100 Crew responsibilities
b) CAT.IDE.A.195 Data link recording
c) CAT.POL.H.420 Helicopter operations over a hostile environment
located outside a congested area
50. perations Regulation”
EVA REGLAMENTACIÓN AÉREA EUROPEA
Anexos (Partes) del Reglamento para operaciones aéreas (Cont):
* ANEXO V (PART-SPA) Aprobaciones específicas:
51. perations Regulation”
EVA REGLAMENTACIÓN AÉREA EUROPEA
Anexos (Partes) del Reglamento para operaciones aéreas (Cont):
- SPA.GEN.105 Solicitud de aprobación específica
a)El operador que solicite la expedición inicial de una aprobación específica
proporcionará a la autoridad competente la documentación requerida en la
subparte aplicable, junto con la siguiente información:
1) nombre, dirección y dirección postal del solicitante;
2) una descripción de la operación prevista.
b) El operador deberá demostrar a la autoridad competente que:
1) se cumplen los requisitos de la subparte aplicable;
2) se tienen en cuenta los elementos pertinentes definidos en los datos
establecidos conforme al Reglamento (CE) n o 1702/2003.
c) El operador conservará los registros relativos a las letras a) y b) al menos
mientras dure la operación que requiera una aprobación específica o, en su caso,
de conformidad con el anexo III (parte ORO).
52. perations Regulation”
EVA REGLAMENTACIÓN AÉREA EUROPEA
Anexos (Partes) del Reglamento para operaciones aéreas (Cont):
* ANEXO VI (PART-NCC) Operaciones no comerciales con aeronaves
propulsadas complejas. ( No en vigor a día de hoy).
53. perations Regulation”
EVA REGLAMENTACIÓN AÉREA EUROPEA
Anexos (Partes) del Reglamento para operaciones aéreas (Cont):
* ANEXO VII (PART-NCO) Operaciones no comerciales con otras aeronaves
propulsadas no complejas. ( No en vigor a día de hoy).
54. perations Regulation”
EVA REGLAMENTACIÓN AÉREA EUROPEA
Anexos (Partes) del Reglamento para operaciones aéreas (Cont):
* ANEXO VIII (PART-SPO) Procedimientos técnicos para operaciones
especializadas comerciales y no comerciales (trabajos aéreos, etc). (No en vigor
a día de hoy).
56. pretación del título de cada norma
EVA REGLAMENTACIÓN AÉREA EUROPEA
Lectura del título de cada normativa:
Uno de los cambios más significativos incluidos en la nueva normativa es
el título que se le otorga a cada norma, para interpretarlo tendremos en cuenta
lo siguiente:
Cada Reglamento está dividido en anexos denominados “Partes”, y
estos a su vez se dividen en subpartes que se subdividen en secciones y estas
pueden contener capítulos y dentro de estos se hallan los artículos. De esta
manera interpretamos las normas:
58. ncias EASA OPS & EU-OPS
EVA REGLAMENTACIÓN AÉREA EUROPEA
Traslado de las EU-OPS / JAR-OPS 3 en las EASA OPS /IRS OPS :
•Las reglas con un objetivo en la seguridad se trasladan a las IRS-OPS como
Implementing Rules (IRs).
•Las reglas que exponen un medio para su cumplimiento con un objetivo en la
seguridad son incorporadas como AMC, siguiendo este principio, la
mayoría de los Apéndices de las EU-OPS y JAR-OPS 3 han sido incorporados
como AMC.
•Notas y reglas de carácter explicativo se transponen como GM.
•Apéndices con remisiones como : 1.005 (a), 3.005 (f), 3.005 (g) se han
adaptado a las normas aplicables, donde son relevantes.
59. ncias EASA OPS & EU-OPS
EVA REGLAMENTACIÓN AÉREA EUROPEA
Traslado de las EU-OPS / JAR-OPS 3 en las EASA OPS /IRS OPS (Cont) :
•Las Reglas que permitían una alternativa si fuese aprobada / aceptada por el
autoridad se han eliminado y se sustituyen :
a) Por IRs (BR 216/2008), según el procedimiento del artículo 14 .
b) Por AMCs para los medios alternativos de cumplimiento.
•Las normas que requieran una aprobación o son incorporadas como IRs, o se
trasladan como medios alternativos de cumplimiento (MOC) cumpliendo con el
Reglamento (CE) nº 216/2008, en caso de que la autoridad haya eliminado o no
disponga de un AMC para dicha norma.
•Reglas que ya están incluidas en los requerimientos esenciales de la “Basic
Regulation” se han mantenido con su enlace a dicha normativa.
60. ncias EASA OPS & EU-OPS
EVA REGLAMENTACIÓN AÉREA EUROPEA
Traslado de las EU-OPS / JAR-OPS 3 en las EASA OPS /IRS OPS (Cont) :
•Normas que contienen un "Aceptable para la autoridad“ se han incorporado
como un "El operador especificará en el OM“.
•Normas que contienen un "Si es aprobado por la autoridad” se han incorporado
como un ítem que requiere la aprobación previa, o ser incluido en el AOC.
Ver GM3 ORO.GEN.130. (b).
61. ncias EASA OPS & EU-OPS
EVA REGLAMENTACIÓN AÉREA EUROPEA
Trasposición de las subpartes (EU-OPS y JAR-OPS 3) a las
EASA OPS / IRs OPS PARTs :
62. ncias EASA OPS & EU-OPS
EVA REGLAMENTACIÓN AÉREA EUROPEA
Trasposición de las subpartes (EU-OPS y JAR-OPS 3) a las
EASA OPS / IRs OPS PARTs (Cont):
63. ncias EASA OPS & EU-OPS
EVA REGLAMENTACIÓN AÉREA EUROPEA
Trasposición de las subpartes (EU-OPS y JAR-OPS 3) a las
EASA OPS / IRs OPS PARTs (Cont):
64. ncias EASA OPS & EU-OPS
EVA REGLAMENTACIÓN AÉREA EUROPEA
Tabla de referencias cruzadas (diferencias entre las
EU-OPS /JAR-OPS 3 y las EASA OPS / IRS OPS) :
•La Agencia Europea de Seguridad Aérea, ha publicado una tabla de referencias
cruzadas donde se exponen para cada normativa las diferencias existentes entre
las reglas de las EU-OPS / JAR-OPS 3 y las trasladadas a las EASA OPS
/IRS OPS, se exponen también las nuevas normas incorporadas a la nueva
reglamentación.
Esta tabla se encuentra como documento adjunto al curso en la plataforma .
65. ncias EASA OPS & EU-OPS
EVA REGLAMENTACIÓN AÉREA EUROPEA
Tabla de referencias cruzadas (diferencias entre las EU-OPS /JAR-OPS 3 y las
EASA OPS / IRS OPS) (Cont) :
66. ncias EASA OPS & EU-OPS
EVA REGLAMENTACIÓN AÉREA EUROPEA
Diferencias entre las EU-OPS /JAR-OPS 3 y las EASA OPS / IRS OPS :
* Las diferencias se encuentran reflejadas en las siguientes partes y
subpartes:
IMPLEMENTING RULES :
- Anexo I (definiciones).
- PART ARO:
1) Subparte OPS.
2) ApéndIces I y II.
- PART ORO:
1) Subparte GEN.
2) Subparte AOC.
3) Suparte MLR.
4) Subparte FC.
5) Subparte CC.
67. ncias EASA OPS & EU-OPS
EVA REGLAMENTACIÓN AÉREA EUROPEA
Diferencias entre las EU-OPS /JAR-OPS 3 y las EASA OPS / IRS OPS
(Cont):
- PART CAT:
1) Subparte GEN.
2) Subparte OP.
3) Subparte POL.
4) Subparte IDE.
- PART SPA:
1) Subparte PBN.
2) Subparte LVO.
3) Subparte DG.
- PART CAT / ORO (Apéndice 1.005)
68. ncias EASA OPS & EU-OPS
EVA REGLAMENTACIÓN AÉREA EUROPEA
Diferencias entre las EU-OPS /JAR-OPS 3 y las EASA OPS / IRS OPS
(Cont):
AMCs / GMs :
- PART ARO:
1) Subparte OPS.
- PART SPA:
1) Subparte LVO.
2) Subparte PBN.
3) Subparte MNPS.
4) Subparte DG.
69. ncias EASA OPS & EU-OPS
EVA REGLAMENTACIÓN AÉREA EUROPEA
Diferencias entre las EU-OPS /JAR-OPS 3 y las EASA OPS / IRS OPS
(Cont):
- PART ORO:
1) Subparte GEN.
2) Subparte AOC.
3) Subparte MLR .
4) Subparte FC.
5) Subparte CC.
- PART CAT:
1) Subparte GEN.
2) Subparte OP.
3) Subparte POL.
4) Subparte IDE.
* Recordar:
- Hay que chequear que no esté soportada una norma con un AMC o un
GM, para su aplicación habría que consultar los medios de cumplimiento