1. POLÍTICA CRIMINAL
Concepto:
“Es el conjunto de acciones que el estado considera para afrontar las
conductas que se califican como reprochables o que ocasionan perjuicio
social, con la finalidad de proteger los intereses del estado y de los derechos
de sus ciudadanos.
Los campos de actuación en los que se proyecta la Política Criminal y la
penal específicamente, que ameritan un análisis especial son: el legislativo,
judicial, policial, y el ejecutivo.Al mismo tiempo estas fases precisan de ser
abordadas tanto a nivel teórico como a nivel práctico según corresponda.
(Cubillos, 2015)
2. La legislación penal es claramente un acto político, en el que se crean las
normas que determinan la tipificación o despenalización de conductas, que
para que sean eficaces y adecuadas a las circunstancias deben basarse en
un estudio detallado de la realidad de su época. por lo tanto, este órgano
decisorio creó un instrumento razonablemente coherente que refleja una ley
penal justa y precisa. Por ello, coincidimos con Zafaroni en que “el derecho
penal es la formalización de decisiones políticas pasadas” (Zaffaroni, 2000)
El impacto de la globalización sobre el crimen transnacional, algunas formas
de crimen organizado, es otro factor que indica una verdadera crisis en la
capacidad del sistema de justicia para implementar y atender los nuevos
riesgos y demandas que genera (Mendoza, 2014, 286).
El campo legislativo
3. Debe entenderse como una función del Estado, pero también como un servicio.
Corresponde a las funciones del Estado y se convierte en un instrumento del
gobierno para hacer cumplir la ley, mantener el orden y la seguridad. No afecta en la
medida de lo posible los derechos y libertades de los ciudadanos y refleja la función
principal de la policía social. Una serie de medidas implementadas en respuesta a la
responsabilidad.
En las sociedades postindustriales, la policía y especialmente el poder judicial tienen
un papel cada vez mayor, lo que ya fue confirmado por la Política Criminal de las
Naciones Unidas en su Quinto Congreso sobre Prevención del Delito y Tratamiento
del Delincuente en 1975, discutiendo sobre la policía. y otras agencias de aplicación
de la ley, especialmente cuando se trata de expectativas cambiantes y niveles
mínimos de cumplimiento. Carranza: “Quienes abogan por reducir el crimen
aumentando el número de policías reducen el problema del crimen y la seguridad a
un problema de 'seguridad policial”. (Carranza, 1992)
Campo policial
4. El campo judicial
En esta etapa, las políticas penales o criminológicas están a disposición de los
jueces para aplicarlas correctamente de acuerdo con una legislación existente,
clara y coherente. Las facultades a priori otorgadas a los jueces para
personalizar las sanciones y controlar al ejecutivo hacen de éste un típico caso
de delito político, donde el razonamiento y la interpretación amplia de la ley,
que debe operar en el marco de la legalidad, es objeto de una tutela judicial
efectiva. reglamentarias, no están permitidos, ya que pondría en peligro la
seguridad de la población. (Oriol, 2016)
La importancia de la restitución en el derecho penal y el acuerdo entre el
delincuente y la víctima es un excelente ejemplo de la política criminal que
defiendo y la razón por la que he trabajado en ella durante quince años. Tales
soluciones abren el camino a un futuro con una política criminal humana
(Roxin, 2000)