Abierta la convocatoria para el año 2010 de la subvención destinada a la elaboración e implantación de un Plan de Igualdad de Oportunidades entre hombres y mujeres.
Ayudas destinadas a las pequeñas y medianas empresas y otras entidades de entre 30 y 250 trabajadores y trabajadoras para la elaboración e implantación de planes de igualdad, con el objetivo de alcanzar en la empresa la igualdad de trato de oportunidades entre mujeres y hombres y a
eliminar la discriminación por razón de sexo.
La cuantía máxima de cada subvención es de 10.000€.
El plan de igualdad puede ser elaborado por personal de la propia entidad o por encargo a una entidad externa especializada en igualdad y no discriminación en las relaciones laborales, hasta un porcentaje, en este último caso, que no exceda del 50% del importe subvencionado.
Similar a Hasta 10.000€ de Subvención del Ministerio para la elaboración e implantación de un Plan de Igualdad de Oportunidades entre hombres y mujeres.
Subvenciones Contratación Diputación de Burgos 2015CEDER Merindades
Similar a Hasta 10.000€ de Subvención del Ministerio para la elaboración e implantación de un Plan de Igualdad de Oportunidades entre hombres y mujeres. (20)
Hasta 10.000€ de Subvención del Ministerio para la elaboración e implantación de un Plan de Igualdad de Oportunidades entre hombres y mujeres.
1. Abierta la convocatoria para el año 2010 de la subvención destinada a la
elaboración e implantación de un Plan de Igualdad de
Oportunidades entre hombres y mujeres.
OBJETO DE LA CONVOCATORIA
Ayudas destinadas a las pequeñas y medianas empresas y otras entidades de entre
30 y 250 trabajadores y trabajadoras para la elaboración e implantación de planes
de igualdad, con el objetivo de alcanzar en la empresa la igualdad de trato de
oportunidades entre mujeres y hombres y a eliminar la discriminación por razón de
sexo.
ENTIDADES BENEFICIARIAS:
- Empresas
- Sociedades cooperativas
- Comunidades de bienes
- Asociaciones y
- Fundaciones
REQUISITOS DE LOS PLANES DE IGUALDAD
Los planes de igualdad a desarrollar por parte de las entidades deberán incluir las
siguientes fases:
a) La elaboración de un diagnóstico de situación en la entidad en materia de
igualdad entre mujeres y hombres, que incluya datos estadísticos desagregados por
sexo.
b) La elaboración de un plan de igualdad que recoja medidas que corrijan las
deficiencias detectadas en el diagnóstico.
c) La primera fase de aplicación de las medidas previstas en el plan de igualdad (se
deberá acreditar la realización completa de tres de estas actuaciones como
mínimo).
El plazo para la realización de las actividades subvencionadas será el comprendido
entre la fecha de la resolución de concesión y el 31 de agosto de 2011.
En las tres fases que deberán incluir los planes de igualdad deberá garantizarse la
participación de la representación legal del personal de la entidad.
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2. REQUISITOS GENERALES QUE DEBEN CUMPLIR LAS ENTIDADES
SOLICITANTES:
- Justificación documental de estar legalmente constituidas.
- Tener personalidad jurídica propia y capacidad de obrar y no encontrarse dentro
de los supuestos regulados en los apartados 2 y 3 del art. 13 de la Ley 38/2003.
- Acreditación documental de haber justificado, en su caso, los subvenciones
recibidas por otros órganos de la Administración, suficientemente las subvenciones
recibidas con otra finalidad, del Ministerio de Igualdad o de sus organismos públicos
adscritos, así como de otros órganos o departamentos de la Administración General
del Estado.
- Tener una plantilla, en el momento de presentar su solicitud no inferior a 30
personas y no superior a 250. (Para acreditar el número de personas trabajadoras
habrá que presentar los boletines de cotización a la Seguridad Social, modelos TC1
y TC2, de cualquiera de los dos meses anteriores a la fecha de publicación de la
presente Orden en el BOE).
CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN Y GASTOS SUSCEPTIBLES DE SUBVENCIÓN
La cuantía máxima de cada subvención es de 10.000€.
El plan de igualdad puede ser elaborado por personal de la propia entidad o por
encargo a una entidad externa especializada en igualdad y no discriminación en las
relaciones laborales, hasta un porcentaje, en este último caso, que no exceda del
50% del importe subvencionado.
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:
El último día para presentar las solicitudes es el 11 de junio del 2010.
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR:
Junto con la solicitud (Anexo I) se deberá adjuntar, a efectos de esta convocatoria,
la documentación siguiente:
a) En el caso de persona física, autorización al Ministerio de Igualdad, que se hará
constar en la solicitud, para que este compruebe sus datos mediante el Sistema de
Verificación de Datos de Identidad, según establece el Real Decreto 522/2006, de
28 de abril. por el que se suprime la aportación de fotocopias de documentos de
identidad en los procedimientos administrativos de la Administración General del
Estado y de sus organismos públicos vinculados o dependientes, o en su caso,
fotocopia del documento nacional de identidad, pasaporte o permiso de residencia
y/o trabajo.
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3. En el caso de persona jurídica, documento de constitución, junto con la certificación
acreditativa de su inscripción en el Registro Público correspondiente, cuando la ley
así lo exija para la adquisición de la personalidad jurídica, y estatutos y, en su caso,
modificación de los mismos debidamente legalizados.
b) Tarjeta de identificación fiscal o, en su caso, código de identificación fiscal.
c) En caso de actuar por medio de representante, documento acreditativo de su
identidad, así como poder bastante en derecho para actuar en nombre y
representación de la entidad solicitante.
d) Acreditación, en su caso, en la forma establecida en el artículo 22 y siguientes
del Reglamento de la Ley General de Subvenciones (en adelante LGS), de hallarse
al corriente de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social, con vigencia en el
día de presentación de la documentación. No será necesario presentar dicha
acreditación cuando la solicitante manifieste expresamente su consentimiento para
que sus datos sean recabados por el Ministerio de Igualdad.
e) Certificación, en su caso, de estar al corriente del pago del Impuesto de
Actividades Económicas (IAE) o exento de su abono.
f) Documento firmado que garantice el compromiso de la dirección de la entidad y
la participación e implicación de la representación legal del personal en la misma, o
en su defecto, de las propias personas trabajadoras, en la elaboración, implantación
y seguimiento del plan de igualdad.
g) Certificado del responsable de la entidad de haber justificado suficientemente las
subvenciones recibidas con otra finalidad, en su caso, del Ministerio de Igualdad o
de sus organismos públicos adscritos, así como de otros órganos o departamentos
de la Administración General del Estado.
h) Descripción de la entidad solicitante, en modelo normalizado según Anexo II.
i) Memoria del proyecto del plan de igualdad, en modelo normalizado según Anexo
III.
j) La justificación, por parte de personas o entidades, de no estar incursos en las
prohibiciones para obtener la condición de beneficiario o entidad colaboradora,
señaladas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la LGS, podrá realizarse
mediante testimonio judicial, certificados telemáticos, o certificación administrativa,
según los casos, y cuando dicho documento no pueda ser expedido por la autoridad
competente, podrá ser sustituido por una declaración responsable otorgada ante
una autoridad administrativa o notario público, cumplimentada según modelo que
figura como Anexo IV.
k) En caso de haber solicitado o haber sido concedida alguna subvención, ayuda,
ingreso o recurso para la misma finalidad, procedente de cualquiera Administraciones o
Entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos
internacionales para la misma finalidad.
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