11. M
CONSTITUCION POR DOCUMENTO PRIVADO
ES METALS S. A. S.
DA DE
LA a
SALLERO
am
CARLOS JAIME PENA RESTREPO, varon, domiciliado en I°vl rdelli Antioquia,
mayor de edad, identificado con la C. C. Nro,_71. 770. 184 expedida n Medellin
Antioquia el 24 de octubre de 1995, y CHRISTIAN JOAQUIN DAES F NANDEZ,
varon, mayor de edad, identificado con la' cedula de ciudadania No 1. 1. 860. 550
expedida el 14 de Junio de 201 ,1 en la ciudad de Barranquilla- Atlantico,. qui n actua
en nombre propio y como representante legal de COMPUTODO M E S. A. S.,
sociedad comercial, identificada con NIT 900. 554. 849- 8, domi iada en
Barranquilla -Atlantico, cal como to acredito con el certificado de Existencia y
Representacion legal expedido por la Camara de Comercio de Barranquilla
que se adjunta, por medio del presence documento, y de acuerdo con las
reglas establecidas por la LEY 1258 de 2008, manifiesto nuestra intencion de
constituir la sociedad que girara bajo la denominacion social de ES METALS
S. A. S, que habra de regirse por los siguientes estatutos:
CAPITULO I
ESPECIE - , NACIONALIDAD - NOMBRE - DOMICILIO
ARTICULO UNO: Especie, nacionalidad, duracion y nombre. Sera una sociedad
comercial por acciones simplificada de nacionalidad colombiana, de duracion
indefinida y operara bajo la denominacion social de ES METALS S. A.S. /-
ARTICULO DOS: Domicilio. Domicilio. EI domicilio principal de la Sociedad es la ciudad
de Barranquilla, Departamento del Atlantico Republica de Colombia y estara ubicado
en la Carrera 56 No 79- 155. Por disposicion de la Asamblea General de Accionistas, la
Sociedad podra establecer y crear sucursales, agencias o establecimientos de comercio
dentro o fuera del territorio de la Republica de Colombia.
CAPITULO II
OBJETO SOCIAL
ARTICULO TRES: Objeto social. La sociedad tendra como objeto principal, el
diseno, la fabricacion, manufactura, instalacion y comercializacion de
fachadas arquitectonicas y carpinteria metalica en general para el sector
vivienda, industrial, comercial e institucional, en el mercado interno y externo.
No obstante to anterior, la sociedad podra realizar cualquier acto o actividad
licita de comercio, de conformidad con la Ley 1258 de 2008.
12.
13. M
NOTARIA SEGUNDA DE
1135ARDANQUILLA
ANADOLOR MEZA CABALLERO
N TARIA
o,
RQg rR iD®
cuando se trate de acciones para cuya negociacio
i;:,; r_ Q s ; formalidades que no se hayan cumplido.
En los casos de enajenacion, la inscripcidn en el libro egistr 7 acciones se
hard en virtud de orden escrita del enajenante, Bien i t carta de
traspaso o bajo la forma de endoso del titulo respectivo. En las venta forzadas
y en los casos de adjudicacidn judicial, el registro se efectuard m diante
exhibicidn del original o de copia autentica de los documentos pertine es en
que se contenga la orden o comunicacidn de quien deba legalmente ha erlo.
ARTICULO NUEVE: Transferencia de acciones a fiducial mercantillesl Las
acciones en que se divide el capital de la sociedad por acciones simplif ada
podrdn estar radicadas en una fiducia mercantil, siempre que en el li ro de
registro de accionistas se identifique a la compaMa fiduciaria, asi como a los
beneficiarios del patrimonio autonomo junto con sus correspondientes
porcentajes en la fiducia.
Los derechos y obligaciones que por su condicion de socio le asisten al
fideicomitente serdn ejercidos por la sociedad fiduciaria que Ilevard la
representacidn del patrimonio autdnomo, conforme a las instrucciones
impartidas por el fideicomitente o beneficiario, segun el caso.
CAPITULO V
ORGANIZACION SIMPLIFICADA
ARTICULO DIEZ: ORGANIZACION SIMPLIFICADA. La sociedad tendra, una
organizacidn simplificada, y de conformidad con to autorizado por el articulo 25
de la ley 1258 del 2008, es su decision que la sociedad no tenga Junta Directiva
ni revisor Fiscal, por to tanto, la direccion, administracidn y representacion de la
sociedad serd ejercida por los siguientes organos:
a) La Asamblea General de Accionistas.
b) EI Gerente o Representante Legal y su suplente.
CAPITULO VI
LA ASAMBLEA GENERAL DE ACCIONISTAS
ARTICULO ONCE: Composicion. La asamblea General de Accionistas la
constituyen los accionistas inscritos en el libro de registro y gravamen de
acciones o sus representantes o mandatarios reunidos con el quorum y en las
condiciones establecidas en estos estatutos.
9j.
a f'2Q, tj6,
tzr,
j
14.
15.
16. j
distribuirse en dinero y para ser pagadas en un plazo myximo de dos anos, por
to menos el 50% de las utilidades liquidas de la sociedad. Si la suma de la reserva
legal, estatutaria u ocasional excediere del 100% del capital suscrito, debery
distribuirse en dinero y para ser pagadas en un plazo myximo de dos anos el
70% de las utilidades liquidas de la sociedad.
CAPITULO VII
GERENTE
ARTICULO VEINTE: Representacion Legal. EI representante legal investido de
funciones ejecutivas y administrativas, como tal tiene a su cargo la
representacion legal de la sociedad, la gestiyn comercial y financiera, la
responsabilidad de la acciyn administrativa, la coordinaciyn y la supervision --,
general de la empresa, las cuales cumpliry con arreglo a las normas de estos
estatutos y con sujeciyn a las disposiciones.
ARTICULO VEINTIUNO: Suplente. EI representante legal tendry un suplente que to
reemplazary en los casos de falta temporal, accidental, o en los de falta
absoluta mientras se provee el cargo, o cuando se hallare legalmente
inhabilitado para actuar en un caso determinado. EI representante legal y el
suplente seryn de libre nombramiento y remocion por parte de la Asamblea
General de Accionistas, quien los designary por la mayoria de votos de las
acciones representadas en la reunion. EI Suplente cuenta con las mismas
facultades del representante legal y actuary sin ninguna restriccion.
ARTICULO VEINTIDOS: Atribuciones. Como representantes legales de la
sociedad, tienen facultades para celebrar o ejecutar todos los actos o
contratos comprendidos dentro del objeto social o que tengan el carycter de
preparatorios, accesorios o complementarios para la realizacion de los fines que
persigue la sociedad y los que se relacionan directamente con la existencia y
funcionamiento de la misma, sin mys limitaciones que las legates y las
establecidas en los Estatutos. EI representante legal esty investido de poderes
especiales para transigir, arbitrar y comprometer los negocios sociales;
promover o coadyuvar acciones judiciales, administrativas o contencioso -
administrativas en que la compania tengan interes en interponer todos los
recursos que sean procedentes conforme a la ley; desistir de los mismo, novar
obligaciones; dar o recibir bienes en pago; constituir apoderados judiciales o
extrajudiciales, delegarles facultades, revocar mandatos y sustituciones.
PARAGRAFO PRIMERO: EI representante legal no podry otorgar, aceptar o
suscribir titulos valores de contenido crediticio en nombre de la compania
cuando falte la correspondiente contraprestacion cambiaria a favor de ella, a
menos que sea expresamente autorizado por la Asamblea de Accionistas.
17.
18.
19.
20.
21.
22.
23.
24.
25.
26.
27.
28.
29.
30.
31.
32.
33. Matrícula Nro. : 722784
Razón Social: ES METALES S.A.S
Inscrito bajo el Nro. 956339 del Libro 15
Barranquilla 26 de diciembre de 2018
EL SECRETARIO
ALBERTO DE JESUS RAMOS ANDRADE
Actos:
Matricula Primer vez .
34. Matrícula Nro. : 722784
Razón Social: ES METALES S.A.S
Inscrito bajo el Nro. 354335 del Libro 09
Barranquilla 26 de diciembre de 2018
EL SECRETARIO
ALBERTO DE JESUS RAMOS ANDRADE
Actos:
Constitucion .
Designacion Representante Legal y Suplente