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SEGURIDAD ALIMENTARIA EN QUESERÍAS




   SEGURIDAD ALIMENTARIA

          APPCC
            +

PLANES GENERALES DE HIGIENE
             O
      PRERREQUISITOS
SEGURIDAD ALIMENTARIA
   Reglamento   (CE)   Nº    178/2002     del
   Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de
   enero de 2002, por el que se establecen
   los principios y los requisitos generales
   de la legislación alimentaria, se crea la
   Autoridad      Europea    de    Seguridad
   Alimentaria y se fijan procedimientos
   relativos a la seguridad alimentaria

CONSIDERANDOS
DEFINICIONES
(22) La seguridad alimentaria y la protección de los intereses de
                 los consumidores preocupan cada vez más al público en general, a las
                 organizaciones no gubernamentales, a los socios comerciales
                 internacionales y a las organizaciones de comercio
CONSIDERANDOS




                 (1) Libre circulación de alimentos SEGUROS Y SALUDABLES
 RGTO 178/2002




                 (2) Políticas comunitarias orientadas a proteger la vida y salud de
                 las personas

                 (3 Y 8) Unificación de los requisitos de seguridad alimentaria y de
                 los piensos- LEGISLACIÓN ALIMENTARIA*

                     OBJETIVO PREVENIR:
                     - Prácticas fraudulentas
                     - La adulteración de alimentos
                     - Prácticas que puedan inducir engaño al consumidor
(9 Y 22) ASEGURAR CONFIANZA (fundamento científico)*

                (10) MEDIDAS   PARA  GARANTIZAR   QUE           NO     SE
                COMERCIALIZAN ALIMENTOS NO SEGUROS
CONSIDERANDOS




                (11) Materiales en contacto con alimentos
(12) ABARCA TODA LA CADENA DE PRODUCCIÓN:

                        P. primaria (pienso) ---------->Consumidor
CONSIDERANDOS
(22) INFORMACIÓN (Autoridades Públicas). Cuando existan
                motivos razonable para sospechar que un alimento puede
                presentar un riesgo para la salud

                (28) Sistema de TRAZABILIDAD
CONSIDERANDOS




                (29) IDENTIFICAR AL PROVEEDOR INMEDIATO

                (30) EXPLOTADOR DE LA EMPRESA        ALIMENTARIA ES
                RESPONSABLE   LEGAL  PRINCIPAL        DE   LA   SEG.
                ALIMENTARIA.
AUTOCONTROLES EN LOS CENTROS LÁCTEOS




                                           DEFINICIONES

                        LA  SEGURIDAD             ALIMENTARIA    ES   EL
SEGURIDAD ALIMENTARIA

                        RESULTADO:

                        - ACTOS LEGISLATIVOS

                        - CONTROLES OFICILAES

                        - AUTOCONTROLES EMPRESAS (APPCC)
AUTOCONTROLES EN LOS CENTROS LÁCTEOS




                                            REQUISITOS GENERALES DE LA LEGISLACIÓN
                                                          ALIMENTARIA
SEGURIDAD ALIMENTARIA


                                           Requisitos de seguridad alimentaria (Art. 14º)

                                           1.-No se comercializarán los ALIMENTOS NO
                                               SEGUROS
                        Rgto 178 de 2002




                                           2.- Se considerará que un alimento no es seguro cuando:

                                              Sea NOCIVO para la salud;
                                              NO SEA APTO el consumo humano.
REQUISITOS GENERALES DE LA LEGISLACIÓN
             ALIMENTARIA



                                             PARA determinar si un alimento no es seguro,
                                             deberá tenerse en cuenta lo siguiente:
 SEGURIDAD ALIMENTARIA


                                            a) las condiciones normales de uso del alimento por los
                                            consumidores y en cada fase de la producción, la
                                            transformación y la distribución, y
                         Rgto 178 de 2002




                                            b) la información ofrecida al consumidor, incluida la
                                            que figura en la etiqueta, sobre la prevención de
                                            determinados efectos perjudiciales para la salud
                                            que se derivan de un determinado alimento o categoría de
                                            alimentos.
REQUISITOS GENERALES DE LA LEGISLACIÓN
             ALIMENTARIA



                                            ALIMENTO NOCIVO
                                            A la hora de determinar si un alimento es nocivo
                                            para la salud, se tendrán en cuenta:
 SEGURIDAD ALIMENTARIA



                                            a) Los probables efectos inmediatos y a corto y
                                            largo plazo de ese alimento, no sólo para la salud
                                            de la persona que lo consume, sino también para
                         Rgto 178 de 2002




                                            la de sus descendientes;

                                            b) Los posibles efectos tóxicos acumulativos;

                                            c) la sensibilidad particular de orden orgánico de
                                            una categoría específica de consumidores,
                                            cuando el alimento esté destinado a ella.
REQUISITOS GENERALES DE LA LEGISLACIÓN
             ALIMENTARIA



                                            ALIMENTO NO APTO

                                            A la hora de determinar si un alimento NO ES APTO
 SEGURIDAD ALIMENTARIA


                                            para el consumo humano, se tendrá en cuenta

                                            Si el alimento resulta inaceptable para el consumo
                                            humano de acuerdo:
                         Rgto 178 de 2002




                                            - Con el   uso para el que está destinado,

                                            - Por estar contaminado por una materia extraña o
                                            de otra forma,

                                            - O estar putrefacto, deteriorado o descompuesto
REGLAMENTO (CE) Nº 852/2004 DEL PARLAMENTO
                             EUROPEO Y DEL CONSEJO de 29 de abril de
SEGURIDAD ALIMENTARIA

                                              2004


                        ÁMBITO DE APLICACIÓN

                        RESPONSABILIDADES DEL OPERADOR

                        OBLIGACIONES DEL OPERADOR
ÁMBITO DE APLICACIÓN: operadores
                        a) Es el principal responsable de la seguridad alimentaria;
SEGURIDAD ALIMENTARIA


                        b) Garantizar la seguridad alimentaria a lo largo de la cadena
                        alimentaria, empezando en la producción primaria;

                        c) Mantenimiento de la cadena de frío
      PRINCIPIOS




                        d) Aplicación general de procedimientos basados en los principios de
                        análisis de peligros y puntos de control crítico (APPCC) junto con la
                        aplicación de prácticas higiénicas correctas

                        e) Las guías de prácticas correctas como instrumento

                        f) Establecer criterios microbiológicos y requisitos relativos a la
                        temperatura basados en una evaluación científica de los riesgos;

                        g) Importación
AUTOCONTROLES EN HOSTELERÍA Y TURISMO




                                             Los operadores de empresa alimentaria adoptarán, en la medida
REGLAMENTO (CE) Nº 852/2004 relativo a la   en que proceda, las siguientes medidas de higiene
   higiene de los productos alimenticios
                                            específicas:

                                            a) cumplimiento de los            criterios   microbiológicos   para   los
                                            productos alimenticios;

                                            b) procedimientos necesarios para alcanzar los objetivos fijados
                                            de cara a lograr las metas del presente Reglamento;

                                            c) cumplimiento de los requisitos relativos al control de la
                                            temperatura de los productos alimenticios;

                                            d) mantenimiento de la cadena del frío;

                                            e) muestreo y análisis.
AUTOCONTROLES EN LOS CENTROS LÁCTEOS: QUESERÍAS




REGLAMENTO (CE) Nº 852/2004 DEL PARLAMENTO
                                                                                                                                PRINCIPIOS COMUNES
 EUROPEO Y DEL CONSEJO de 29 de abril de 2004
                                                relativo a la higiene de los productos alimenticios
                                                                                                                     Son la base común para la PRODUCCIÓN
                                                                                                                  HIGIÉNICA DE ALIMENTOS/CONSUMIDORES

                                                                                                                •RESPONSABILIDADES (fabricantes/Aut. Competente)

                                                                                                                •REQUISITOS ESTABLECIMIENTOS:
                                                                                                                       • ESTRUCTURALES
                                                                                                                       • OPERATIVOS
                                                                                                                       • HIGIÉNICOS

                                                                                                            •    TRANSPORTE:
                                                                                                                     • Limpios y en buen estado (L+D)
                                                                                                                     • Uso exclusivo***
                                                                                                                     • Alimentos a granel, líquido, polvo, en contenedores,
                                                                                                                       cisternas. DEBEN INDICAR CARTEL
                                                                                                                       “EXLCLUSIVAMENTE PARA PRODUCTOS
                                                                                                                       ALIMENTICIOS
                                                                                                                     • Reducir el riesgo de contaminación
                                                                                                                     • Dispositivos para mantener la TEMPEARATURA
CONDICIONES TÉCNICO SANITARIAS



             Ofrecerán     condiciones   adecuadas      de
             Manipulación      y    Almacenamiento       a
             Temperatura controlada (Tª) y capacidad
             suficiente que permita mantener los alimentos
             a la temperatura adecuada
LOCALES




              COMPROBAR




              REGISTRAR
CONDICIONES TÉCNICO SANITARIAS



LAS SUPERFICIES EN CONTACTO CON LOS ALIMENTOS:

LISAS,

LAVABLES,

RESISTENTES A LA CORROSIÓN Y

MATERIALES NO TÓXICOS
CONDICIONES TÉCNICO SANITARIAS


LOCALES Y/O INSTALACIONES                      CÁMARAS.
                                         DE INICIO/MADURACIÓN
                              • ESTIBA

                              •CONDICIONES DE L+D

                              •TRAZABILIDAD

                              •TEMPERATURA
CONDICIONES TÉCNICO SANITARIAS


LOCALES Y/O INSTALACIONES
                                   CÁMARAS DE INICIO/MADURACIÓN

                             • ESTIBA Es decir la colocación ordenada
                             de los productos en el interior de los almacenes
                             y cámaras de modo que, aprovechando al máximo
                             el volumen de esta, se permita la adecuada
                             distribución del aire entre los mismos,
                             la necesaria circulación de personas
                             y cargas y la inspección de aquellos

                             CONDICIONES DE L+D

                             •TRAZABILIDAD

                             •TEMPERATURA
CONDICIONES TÉCNICO SANITARIAS


LOCALES Y/O INSTALACIONES
                                  LOCAL DE UTENSILIOS Y PRODUCTOS
                                             PARA LA L+D
                              • EXCLUSIVO
                              • CON LLAVE Y CERRADO
                              •PERSONAL AUTORIZADO
                              •Materiales resistentes a la corrosión
                              •L+D
                              •Suministro de agua caliente y fría.
AUTOCONTROLES



2º._APPCC
1º._PRERREQUISITOS

   Eviten la introducción de agentes peligrosos,
   El aumento de la carga microbiológica
   La acumulación de residuos y otros agentes químicos
 y/o físicos en los alimentos, de manera directa o
 indirecta.
AUTOCONTROLES



LOS PRERREQUISITOS
 “las prácticas y las condiciones necesarias antes de la
implantación del sistema APPCC y durante la implantación
del mismo y que son esenciales para la seguridad alimentaria
AUTOCONTROLES


     PLANES GENERALES DE HIGIENE O
          REQUISITOS PREVIOS

 1.-PLAN NORMALIZADO DE CONTROL DE HIGIENE
 2. - PLAN DE ELIMINACIÓN DE RESIDUOS
 3. - PLAN DE FORMACIÓN DE MANIPULADORES DE ALIMENTOS
 4. - PLAN DE CONTROL DE AGUA DE CONSUMO HUMANO
 5.- PLAN DE HOMOLOGACIÓN DE PROVEEDORES.
 6.-PLAN DE CONTROL Y REGISTRO DE TEMPERATURAS- CADENA DEL FRÍO
 7.-PLAN DE CONTROL MICROBIOLÓGICO
 8.-PLAN DE TRAZABILIDAD
.9. - PLAN DE CONTROL DE PLAGAS (DDD)
10. PLAN DE MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN DE EQUIPOS
AUTOCONTROLES


    1.- PLAN GENERAL DE LIMPIEZA Y
           DESINFECCIÓN (L+D)

OBJETIVOS

REQUISITOS PARA SU DESARROLLO

FRECUENCIA

MÉTODOS O PROCEDIMIENTOS:
 •PREOPERATIVOS
 •OPERATIVOS

PRODUCTOS DE L+D SELECCIONADOS

DOCUMENTACIÓN GENERADA
AUTOCONTROLES


1.- PLAN GENERAL DE LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN (L+D)

  OBJETIVOS

El objeto de este Plan es eliminar o reducir, hasta niveles no
perjudiciales para la salud, la población microbiana sobre los
locales, equipos y ambiente donde se manipulan los productos
alimenticios y evitar que restos de productos químicos de
limpieza y desinfección puedan incorporarse a éstos.
AUTOCONTROLES


1.- PLAN GENERAL DE LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN (L+D)

   ALCANCE

Comprende pues todas las acciones derivadas de la higienización
de utensilios, equipos, paramentos y locales del establecimiento

Se debe limpiar y desinfectar de acuerdo con lo establecido en
los Procedimientos Generales De Limpieza, Higiene Y Control
Preoperativos y Operativos con el propósito de:

 Asegurar un mantenimiento y una limpieza adecuados y apropiados;
 Controlar las plagas;
 Manejar los desechos;
  Vigilar la eficacia de los procedimientos de mantenimiento y saneamiento.


Todo ello para garantizar la seguridad de los alimentos
AUTOCONTROLES


     1.- PLAN GENERAL DE LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN (L+D)

     REQUISITOS PARA SU DESARROLLO
 - CUMPLIMIENTO de las            exigencias relativo a los requisitos higiénicos generales y
específicos aplicables a todos los operadores de empresa alimentaria.               Reglamento
852/2004,del Capítulo I y II del ANEXO II,


 -   CUMPLIMIENTO de la legislación SUMINISTRO DE AGUA. Se utilizará agua
potable según Real Decreto 140/2003, de 7 de febrero, por el que se establecen los
criterios sanitarios de la calidad del agua de consumo humano.

- CUMPLIMIENTO            DE    LA   LEGISLACIÓN     EN   CUANTO      A DETERGENTES         Y
BIOCIDAS
AUTOCONTROLES


1.- PLAN GENERAL DE LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN (L+D)

Se debe establecer prioridades según las:

•Superficies que contactan con alimentos (incluyendo manos de
manipuladores),

•Superficies de contacto esporádico,

•Superficies que nunca contactan,
AUTOCONTROLES


 1.- PLAN GENERAL DE LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN (L+D)
y se tiene que garantizar que:

• Los locales estén limpios al iniciar el trabajo,

• El equipo y los utensilios de trabajo estén limpios al inicio de la
jornada y se limpien durante su utilización, cuando se contaminen y
al finalizar la producción,

• Los productos alimentarios no se contaminen durante la limpieza,
• que detergentes y desinfectantes (o restos) no entren en contacto
directo o indirecto con el alimento y, además,

• No se produzca la recontaminación de superficies
AUTOCONTROLES


ANEXOS
DOUCUMENTACIÓN Y REGISTROS

     Documentos de referencia y control al plan de limpieza y desinfección

 -     PROCEDIMIENTOS PREOPERATIVOS Y OPERATIVOS

 -     PROCEDIMIENTOS GENERALES DE LIMPIEZA, HIGIENE Y CONTROL.

 -     FICHAS TÉCNICAS Y DE SEGURIDAD DE PRODUCTOS DE LIMPIEZA.

 -     REGISTROS DE        LIMPIEZA     Y   DESINFECCIÓN       (RLD/CONTROL
       PREOERATIVO)

 -     REGISTRO DE VERIFICACIÓN DE L+D
AUTOCONTROLES




PLAN DE MANTENIMIENTO

1.- OBJETO Y ALCANCE DEL PLAN
2.- CONSIDERACIONES AL PLAN
3.- DESARROLLO
AUTOCONTROLES


PLAN DE MANTENIMIENTO


Equipos e instalaciones son los bienes más
costosos del material invertido


Dispositivos dinámicos, siempre en uso.


Deterioro por desgaste y envejecimiento
AUTOCONTROLES


¿QUÉ ES EL MANTENIMIENTO?
Es el conjunto de técnicas que permiten:

     Que las instalaciones funcionen con normalidad.
   (engrases)

     Prever las averías y fallos.

     LLevar a cabo las reparaciones pertinentes con
   los recambios necesarios
AUTOCONTROLES EN RESTAURACIÓN


   TIPOS
      1.-Correctivo o no programado

      2.-Preventivo o de estado:
      Revisiones
      Reposiciones de piezas

      3.- Predictivo:

      Presión, Tª, ruido, aumento de consumo, vibraciones

     4.- Mtto. Por modificación de diseño.                      Los equipos e
  instalaciones que presentan problemas de manera reiterada, suponen unos
  costes superiores a los normales. Sería la solución para optimizar costes.
AUTOCONTROLES




1.- OBJETO Y ALCANCE DEL PLAN DE MANTENIMIENTO


El objeto de este plan es establecer las actividades y
controles para evitar que el deterioro o incorrecto
funcionamiento de instalaciones y equipos pueda afectar a la
seguridad de los productos alimenticios que se elaboran en el
establecimiento.
AUTOCONTROLES


2.- CONSIDERACIONES AL PLAN

Tanto el diseño del establecimiento, como la
conservación de las instalaciones y el buen estado y
funcionamiento de maquinaria, equipos y utensilios,
influyen en el estado higiénico-sanitario de los
productos que se elaboran.


El correcto mantenimiento de los locales y
equipos, además de prevenir los deterioros que
pudieran presentarse, nos van a facilitar las
operaciones de limpieza y de lucha contra
plagas, al estar estos planes interrelacionados.
AUTOCONTROLES EN RESTAURACIÓN



  DESARROLLO:

  1.- Definición de un responsable de mantenimiento y
  recursos asociados.

  2.- Inventario de infraestructuras, equipos y utensilios.

  3.- Identificar la documentación asociada.

  4.- Identificar los equipos críticos.

  5.-Definir las fichas de equipo
AUTOCONTROLES EN RESTAURACIÓN



        PLAN DE GESTIÓN Y ELIMINACIÓN DE
                    RESIDUOS

    1.-OBJETO Y ALCANCE
    2.-CONSIDERACIONES AL PLAN
    3.-DESARROLLO
    4.-ANEXOS
AUTOCONTROLES

       PLAN DE GESTIÓN Y ELIMINACIÓN DE RESIDUOS

El objeto de este plan es garantizar que los residuos generados

 - SANDACH
 - OTROS RESIDUOS

Sean retirados, almacenados y eliminados higiénicamente de forma que
no constituyan una fuente de contaminación directa o indirecta para los productos alimenticios.

El alcance de la aplicación de este Plan es para las etapas y
productos que por la legislación se exija su retirada y eliminación
por empresas autorizadas conforme al REGLAMENTO (CE) Nº
1069/2009 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de
21 de octubre de 2009 por el que se establecen las normas
sanitarias aplicables a los subproductos animales y los productos
derivados no destinados al consumo humano
AUTOCONTROLES

           PLAN DE GESTIÓN Y ELIMINACIÓN DE RESIDUOS

Subproductos de Categoría 2:

Alimentos objeto de medidas cautelares y decomisos que puedan suponer
un riesgo para la salud de las personas o los animales:

 ALIMENTOS CONTAMINADOS como consecuencia de los procesos tecnológicos a los que
han sido sometidos, siempre que el contaminante se presente en cantidades superiores a las
permitidas.

 ALIMENTOS CONTAMINADOS MICROBIOLÓGICAMENTE, bien cuando incumplen los
criterios microbiológicos de seguridad alimentaria del Capítulo 1 del anexo I del Reglamento
2073/2005, o bien cuando presentan cualquier otro riesgo microbiológico grave para la salud de
las personas.

 QUESOS cuya leche haya dado positivo en la prueba de antibióticos/inhibidores.
 QUESOS con patógenos
AUTOCONTROLES

         PLAN DE GESTIÓN Y ELIMINACIÓN DE RESIDUOS

Subproductos de Categoría 3:

-   LACTOSUERO.
       16 horas
       pH registrado es inferior a 6,0
       antes de su suministro para fines de alimentación animal, siempre que se envíen
       a una cantidad limitada de explotaciones animales autorizadas

- QUESOS que ya no están destinados al consumo humano por motivos
   comerciales o por problemas de fabricación o defectos de envasado o de
   otra índole que no supongan riesgo alguno para el ser humano ni los
   animales;.

- CORTEZAS Y RESTOS DE QUESO
AUTOCONTROLES

        PLAN DE GESTIÓN Y ELIMINACIÓN DE RESIDUOS

2.- CONSIDERACIONES AL PLAN

Los subproductos animales se generan principalmente durante la
   elaboración de productos de origen animal como los productos
   lácteos.

Constituyen un riesgo potencial:
• la salud pública,
• la salud animal
• y el medio ambiente.

Este riesgo debe controlarse adecuadamente, hacia medios de
   eliminación seguros o utilizándolos para diversos fines, a condición
   de que se apliquen condiciones estrictas que reduzcan al mínimo los
   riesgos sanitarios
AUTOCONTROLES

         PLAN DE GESTIÓN Y ELIMINACIÓN DE RESIDUOS

3.- GESTIÓN

1. Se tomarán todas las medidas necesarias para garantizar que los
   materiales de las categorías 2 Y 3 se mantengan separados e identificados
   con la leyenda respectiva:

       Categoría 2, las palabras «no apto para el consumo animal»;
       Categoría 3, las palabras «no apto para el consumo humano»;

2. El material se recogerá, transportará e identificará, sin demoras
   indebidas.

3. Durante el transporte irán acompañados por un documento comercial. En
   particular, deberán contener información sobre la cantidad y la descripción
   del material y su marcado.

4. Registro de los envíos con los datos de los productos.

Una vez que hayan sido recogidos por la empresa autorizada los recipientes
   serán limpiados y desinfectados.
AUTOCONTROLES


PLAN  DE  FORMACIÓN                    Y     CONTROL           DE      LOS
MANIPULADORES

1.-OBJETO Y ALCANCE DEL PLAN

Asegurar que todos los manipuladores de alimentos reciban formación
continuada que los capacite en materia de higiene, y en su parte de
responsabilidad en la aplicación de los Planes o Prerrequisitos de Higiene
de la empresa.

Los responsables de la empresa deben recibir además capacitación para
gestionar los aspectos de seguridad alimentaria.
AUTOCONTROLES


PLAN DE FORMACIÓN Y CONTROL DE LOS MANIPULADORES


                    REGLAMENTO       CE    (Nº)  852/2004
                    relativo a la higiene de los productos
                    alimenticios   concretamente   en   el
                    Capítulo XII. Formación:

                    se deriva la obligación y responsabilidad de
                    los operadores de la empresa alimentaria
                    en formar y desarrollar PROGRAMAS DE
                    FORMACIÓN CONTINUA PARA SU
                    TRABAJADORES.
AUTOCONTROLES


Programas de Formación Continuada para sus trabajadores


           LOS OPERADORES DE EMPRESA ALIMENTARIA
           DEBERÁN GARANTIZAR:

           1) La supervisión y la instrucción o formación de los
           manipuladores de productos alimenticios en cuestiones
           de higiene alimentaria, de acuerdo con su actividad
           laboral.

           2) Que quienes tengan a su cargo el desarrollo y
           mantenimiento del APPCC hayan recibido una formación
           adecuada

           3) El cumplimiento de todos los requisitos de la
           legislación nacional relativa a los programas de
           formación para los trabajadores de determinados
           sectores alimentarios.
AUTOCONTROLES


PLAN DE CONTROL Y DE HOMOLOGACIÓN de
            PROVEEDORES


1.- OBJETO Y ALCANCE DEL PLAN
2.- DESARROLLO
3.- ANEXO
AUTOCONTROLES


PLAN DE CONTROL Y DE HOMOLOGACIÓN de
            PROVEEDORES


1.- OBJETO Y ALCANCE DEL PLAN

Establecer los criterios para que toda la materia prima y materias
auxiliares de que se abastece la industria cumple los requisitos
establecidos en la normativa vigente así como su procedencia sea de
proveedores autorizados.

Base legal.

Requisitos recogidos en el Capítulo I de la SECCIÓN IX del REGLAMENTO (CE) Nº
853/2004 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 29 de abril de 2004
por el que se establecen normas específicas de higiene de los alimentos de origen
animal
AUTOCONTROLES


PLAN DE CONTROL Y DE HOMOLOGACIÓN de
            PROVEEDORES


2.- DESARROLLO

1.- Se elaborará un listado de proveedores con los datos de las empresas
suministradoras y los productos que suministran.

2.- Verificación documental de su validez como proveedores es decir, que
cumplan los requisitos establecidos en este programa.

3.- Homologación de los proveedores. Dar de alta en el Registro de
Proveedores y actualizar cada año.

4.- Actualización (recopilación y archivo) de las fichas Técnicas de los
Proveedores/Fabricantes.

5.- Cumplimiento Especificaciones sobre los suministros
AUTOCONTROLES


PLAN DE CONTROL Y DE HOMOLOGACIÓN de PROVEEDORES

 VERIFICACIÓN DEL PLAN.

 - Auditoría de toda la documentación generada:

 - Registro de Proveedores Homologados actualizado al menos una vez al año y
 cuando se incorpore un nuevo proveedor

 - Archivo de Documentos Acreditativos de la Condición de Proveedores
 Autorizado

 - Archivo de Fichas Técnicas de los Productos

 - Comprobación de la mercancía en almacén con los DAC entregados.

 - Registro de INCIDENCIAS/NO CONFORMIDADES

 - MEDIDAS CORRECTORAS
AUTOCONTROLES


     PLAN DE CONTROL Y DE HOMOLOGACIÓN de
                 PROVEEDORES
Cumpla la legislación vigente en cuanto a Registro sanitario.

Deben poseer NºRGSEAA o autorización Sanitaria que acrediten su condición de
proveedor.

Documentación relativa al transporte de los mismos. Deben entregar junto con la
mercancía los documentos de acompañamiento comercial

    o Los alimentos deberán estar etiquetados y con la MARCA SANITARIA.
    oEn los DAC o en todo caso en las etiquetas de los alimentos debe aparecer el
    Lote/ fecha de cons preferente o caducidad.
AUTOCONTROLES


    PLAN DE CONTROL Y DE HOMOLOGACIÓN de
             PROVEEDORES DE LECHE
Para la homologación como PROVEEDOR, de un ganadero, éste cumplirá los
siguientes requisitos

•REQUISITOS SANITARIOS PARA LA PRODUCCIÓN DE LECHE CRUDA

•REQUISITOS DE HIGIENE DEL ORDEÑO

•REQUISITOS DE TEMPERATURA

•RESIDUOS DE ANTIBIÓTICOS/ INHIBIDORES
PLAN DE MANTENIMIENTO DE LA CADENA DEL FRÍO


1.- OBJETO Y ALCANCE

Mantener las condiciones de temperatura necesarias para cada etapa desde el
transporte, recepción de la leche, su procesado hasta su expedición y/o venta

2.- CONSIDERACIONES AL PLAN

La leche y sus derivados suponen un buen medio de crecimiento para los
microorganismos.

Se ha de controlar por un lado la temperatura por razones tecnológicas y sobre
todo mantener la cadena del frío en:

    •   Vehículos de transporte desde la sala de ordeño hasta la quesería
    •   La recepción
    •   Prensado**
    •   Cámaras.
PLAN DE MANTENIMIENTO DE LA CADENA DEL FRÍO


1.- OBJETO Y ALCANCE

El control de la temperatura de la leche desde el ordeño hasta su llegada
a la leche y almacenamiento y procesado es un requisito legal
establecido por la normativa vigente

Se dispondrá de termómetros cuya fiabilidad se verifique
periódicamente,

Por lo general se deben seguir unas pautas:

    • Garantizar la conservación de la leche a la Tª reglamentaria

    • Los peligros que pueden aparecer por fallo del mantenimiento
      de la cadena del frío son de tipo biológico.
PLAN DE MANTENIMIENTO DE LA CADENA DEL FRÍO


        REQUISITOS DE TEMPERATURA

        - Inmediatamente después del ordeño, la leche
            deberá conservarse en un lugar limpio
            concebido y equipado para evitar su
            contaminación.

        - La leche deberá enfriarse inmediatamente a
            una temperatura:
                - No superior a 8ºC en el caso de
                recogida diaria,
                - No superior a 6ºC si la recogida no se
                efectúa diariamente;

        Durante el transporte deberá mantenerse la
           cadena de frío,

        -   Y a la llegada al establecimiento de
            destino, la temperatura de la leche no
            deberá superar los 10ºC.
PLAN DE MANTENIMIENTO DE LA CADENA DEL FRÍO


        EXCEPCIONES

        Los operadores de empresa alimentaria no precisarán
           cumplir los requisitos de temperatura si la leche
           cumple los criterios en cuanto a gérmenes y
           además:

        a) Se procesa en un plazo de 2 horas a partir del ordeño, o
           bien

        b) Es necesario aplicar una temperatura más alta por
            razones técnicas propias de la fabricación de
            determinados productos lácteos y la autoridad
            competente así lo autoriza.
CONDICIONES TÉCNICO
              SANITARIAS

REQUISITOS DE TEMPERATURA

Los operadores de empresa alimentaria deberán garantizar
   que, cuando se reciba en un establecimiento de
   transformación,

   La leche se enfría rápidamente a una temperatura que
   no   sobrepase los 6ºC;

        y se mantiene a dicha temperatura hasta su
        transformación.
PLAN DE MANTENIMIENTO DE LA CADENA DEL FRÍO


        EXCEPCIONES

        Sin embargo, los operadores de empresa alimentaria podrán
            mantener la leche a una temperatura más alta si:

        a) la transformación tiene lugar inmediatamente después
            del ordeño o dentro de las 4 horas siguientes a su
            aceptación en el establecimiento de transformación, o
            bien

        b) la autoridad competente autoriza una temperatura más
            alta por razones técnicas propias de la fabricación de
            determinados productos lácteos o a base de calostro.
PLAN DE CONTROL DE Tª

REQUISITOS DE TRATAMIENTO TÉRMICO

La pasteurización se lleva a cabo mediante un tratamiento
   que incluye:

    i) al menos 72 ºC durante 15 segundos,

    ii) al menos 63 o C durante 30 minutos), o bien

    iii) cualquier otra combinación de condiciones de
    tiempo y temperatura, de forma que, los productos den
    una reacción negativa a una prueba de fosfatasa
    alcalina inmediatamente después de ser sometidos
    a tal tratamiento.
.
SISTEMA DE
                        TRAZABILIDAD

CORRESPONDE A LOS OPERADORES ECONÓMICOS:

Tener implantado el sistema de trazabilidad documentado y ponerlo a
   disposición de la Autoridad competente si ésta así lo solicita.

Además, exige la obligación de etiquetar o identificar los alimentos
   de forma adecuada para que pueda conocerse su trazabilidad mediante
   documentación o información.

Disponer de la información necesaria: La exigencia de trazabilidad debe
   confiarse a la responsabilidad de cada operador de la cadena
   alimentaria. Cada operador debe recopilar y archivar la información
   relevante para garantizarla

Colaborar con las Autoridades Competentes
SISTEMA DE
                              TRAZABILIDAD

ETIQUETADO
 Capítulo IV. Reglamento 853/2004
    1. Además de los requisitos de la Directiva 2000/13/CE, deberán aparecer
                       claramente indicados en la etiqueta:

       En el caso de los productos elaborados con leche cruda en cuyo proceso de
    elaboración no intervenga ningún tratamiento térmico o ningún tratamiento físico o
                  químico, las palabras «elaborado con leche cruda»;
                                                               cruda

    2. De aplicación a productos destinados al comercio minorista. El término
    «etiquetado» incluye cualquier envase, documento, rótulo, etiqueta, faja
            o collarín que acompañe o se refiera a dichos productos.

.
AUTOCONTROLES

                 SISTEMA DE TRAZABILIDAD


PRODUCTOS QUE AMPARA

SISTEMA DE AGRUPACIÓN E IDENTIFICACIÓN DE LOS PRODUCTOS:
CRITERIOS

SISTEMAS DE IDENTIFICACIÓN EN PRODUCCIÓN -MADURACIÓN:
IDENTIFICADORES-ETIQUETA
SISTEMA DE TRAZABILIDAD

REGISTROS DE LA INFORMACIÓN PROPORCIONADA POR LA TRAZABILIDAD HACIA
ATRÁS.

•LIBRO DE REGISTRO DE ENTRADAS DE LECHE
•OTROS

      Nombre y dirección del proveedor.
      Medios de transporte
      Nº de Registro Sanitario
      Naturaleza del producto adquirido:
          Naturaleza del producto
          Denominación comercial
          Formato de presentación
          Volumen total de cada producto recibido
          Número de LOTE
     Fecha de consumo preferente/ caducidad

      Fecha de entrada en la empresa. No tiene que coincidir con la fecha de
    facturación o de transacción.
SISTEMA DE
                           TRAZABILIDAD
REGISTROS DE       LA INFORMACIÓN PROPORCIONADA POR                       LA
TRAZABILIDAD INTERNA O DEL PROCESO: Partes de elaboración

REGISTROS DE       LA INFORMACIÓN             PROPORCIONADA       POR     LA
TRAZABILIDAD HACIA DELANTE

Desde 1 de julio de 2012.
REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) Nº 931/2011 DE LA COMISIÓN de 19 de
septiembre de 2011 relativo a los requisitos en materia de trazabilidad
establecidos por el Reglamento (CE) nº 178/2002 del Parlamento Europeo y del
Consejo para los alimentos de origen animal.
SISTEMA DE
                          TRAZABILIDAD

            INFORMACIÓN a disposición, se actualizará diariamente
            y se mantendrá a disposición al menos hasta que pueda
            suponerse razonablemente que los alimentos han sido
            consumidos.

- Operador de empresa alimentaria a la que se suministran los
alimentos de forma clara e inequívoca y que este pueda recuperarla.

- Autoridad competente si esta lo solicita sin dilaciones indebidas:
SISTEMA DE
                             TRAZABILIDAD

a) Descripción exacta de los alimentos;

b) Volumen o la cantidad de los alimentos;

c) el nombre y la dirección del EXPEDIDOR;

d) el nombre y la dirección del expedidor (propietario)

e) el nombre y la dirección del DESTINATARIO

f) el nombre y la dirección del destinatario (propietario);

g) una referencia que identifique el lote o remesa,

h) la fecha de expedición.
SISTEMA DE TRAZABILIDAD




SISTEMA DE VERIFICACIÓN DEL SISTEMA DE TRAZABILIDAD.
DESCRIPCIÓN GENERAL DEL PROCEDIMIENTO DE VERIFICACIÓN.
La verificación consiste en obtener toda la documentación
disponible de ese producto:

   •Parte de elaboración/ Registro de salida
   •Lote de los ingrediente que interviene en su elaboración
   •Registros de la entrada en la empresa de esos ingrediente,
   (datos del proveedor, fecha, cantidad, lote)
   •Posibles destinos de ese mismo lote de producto.
SISTEMA DE TRAZABILIDAD



PROCEDIMIENTO PARA LOCALIZACIÓN Y/O INMOVILIZACIÓN Y, EN
  SU CASO, RETIRADA DE PRODUCTOS

     1. Informar a las Autoridades competentes
         proporcionándoles información y coordinando con ellas las
         actuaciones.
     2. Conocer la naturaleza del incidente..
     3. Localizar el producto afectado
     4. Adoptar medidas correctoras.
               • Inmovilización
•   Retirada del mercado.
•   También se decidirá el destino de la mercancía, (destrucción
     o reprocesado.
     5.-Informar a otros operadores económicos. Realizar informe
         post incidente y sacar conclusiones
AUTOCONTROLES




                                 1. OBJETO

                                 2. ALCANCE DEL PLAN APPCC
IMPLANTACIÓN DEL SISTEMA APPCC


                                 3. PELIGROS SIGNIFICATIVOS

                                 4. DESARROLLO DEL PLAN APPCC
        PLAN DE APPCC




                                 -  DIAGRAMA DE FLUJO POR LÍNEA DE PRODUCCIÓN
                                 - IDENTIFICACIÓN DE PCC´s
                                                        ´
                                 - VIGILANCIA DE LÍMITES CRÍTICOS
                                 - MEDIDAS CORRECTORAS
AUTOCONTROLES




                                                    1.-RECEPCIÓN DE LA LECHE EN EL CENTRO LÁCTEO

                2.-ALCANCE O ÁMBITO DE APLICACIÓN   - Inspección visual de la leche.

                                                    - Control de las condiciones de limpieza de la cisterna. (Hoja
                                                    de registro de lavados).
PLAN DE APPCC




                                                    En esta fase se trata de aplicar Prácticas Correctas
                                                    de Higiene y de Manipulación, por lo que deberá
                                                    verificarse por el titular del establecimiento

                                                    -Control de la temperatura de la cisterna.
                                                    no mayor de 6ºC). PUNTO DE CONTROL CRÍTICO.

                                                    -Recogida de muestras

                                                    -Test de presencia de residuos de
                                                    antibióticos antes de la descarga
AUTOCONTROLES




                                                 2.-.- Proveedores (Plan DE VALIDACIÓN Y CONTROL DE LOS
                                                 PROVEEDORES)
                ALCANCE O ÁMBITO DE APLICACIÓN
                                                 3.- Recepción de cuajo, sal, envases, etiquetas, y otros
                                                 materiales en contacto con el queso:
                                                  CONTROL:
                                                    -PCH,
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                                                    - PROC. OPERATIVOS
                                                    - PLAN TRAZABILIDAD

                                                 4.- Almacenamiento (PROGRAMA DE CONTROL DE
                                                 TEMPERATURAS)
                                                      - A temperatura regulada de la leche en el tanque de
                                                      recepción. (PCC)
                                                      - A Tª ambiente
                                                      -Condiciones de estiba.
AUTOCONTROLES




                                                 5.- Proceso de elaboración o Procesado. PGL-PO
                                                      - Estado de limpieza de útiles y maquinaria
                                                      - Estado de mantenimiento.
                ALCANCE O ÁMBITO DE APLICACIÓN
                                                      - Higiene de las tareas

                                                 6.- Fase de maduración
                                                      - Tiempo de maduración mínimo de 60 días (PCC).   --
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                                                      Control de lotes
                                                      - Estiba correcta
                                                      - Estado de limpieza y mantenimiento.
                                                         - Trazabilidad
                                                 7.- Envasado/etiquetado PGL-PO
                                                 8.- Almacenamiento
                                                      - Estiba correcta
                                                      - Estado de limpieza y mantenimiento.
                                                 9.-Expedición.
                                                      - Etiquetado
                                                      - Estiba
                                                      - Supervisión y control documental. DAC
AUTOCONTROLES



                PELIGROS BIOLÓGICOS
Contaminación     microbiológica    por     microorganismos
presentes en al leche debido a animales enfermos            o
contaminaciones cruzadas de la leche con las instalaciones de
ordeño y almacenamiento:

Salmonella ssp.,
S. aureus,
Listeria monocytogenes,
Coliformes,
Brucella E. coli,
tuberculosis
.... También algunos mohos presentes en los piensos capaces de producir
aflatoxinas y pasar a la leche.
PLAN DE APPCC
IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS
                             PELIGROS BIOLÓGICOS
PELIGROS BIOLÓGICOS


                                            La denominación genérica coliformes designa a un
                                            grupo de especies bacterianas que tienen ciertas
IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS
                                            características bioquímicas en común e importancia
                                            relevante como indicadores de contaminación
                                            del agua y los alimentos.
      PLAN DE APPCC




                                            Se introducen en gran número al medio ambiente por
                                            las heces de humanos y animales en las aguas
                                            residuales .


                             La mayoría de los coliformes que se encuentran en el ambiente son de
                             origen fecal*.
                             El grupo coliforme está formado por los siguientes géneros:

                             Escherichia
                             Klebsiella
                             Enterobacter
                             Citrobacter*
PELIGROS BIOLÓGICOS



                             -SON ANAEROBIAS FACULTATIVAS
                             -TEMPERATURA 30-37ºC
IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS

                             -FUENTE DE CONTAMINACIÓN.
                               Intestinos (heces)
                              Estiércol
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                              Suelo
                              Aguas contaminadas

                             -FERMENTAN LA LACTOSA
                               Ác láctico y otros ácidos
                               CO2 e Hidrógeno
                               Ác láctico y otros ácidos

                             -DESCOMPONEN LAS PROTEÍNAS DE LA LECHE:
                                Olor y sabor desagradebles
                             - ALGUNAS PRODUCEN MASTITIS
PELIGROS BIOLÓGICOS


                             -SERIOS PROBLEMAS DURANTE LA FABRICACIÓN DEL
                             QUESO DEBIDO A LA FORMACIÓN DE GAS QUE DARÁ
IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS
                             UNA TREXTURA INDESEADA EN LAS FASES INICIALES

                             -pH < 6 CESA LA ACTIVIDAD, de ahí que actúe en las
                             fases inciales ANTES DE QUE SE HAYA DESDOBLADO
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                             TODA LA LACTOSA.

                             -SON DESTRUIDAS POR PASTURIZACIÓN. Por tanto se
                             usan para controles de calidad microbiológica en Ind.
                             Lácteas.

                             -** test de Enterobacterias gram negativas que
                             incluyan Pseudomonas y Coliformes
PELIGROS BIOLÓGICOS



                                       MEDIDAS PREVENTIVAS
IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS


                             - CALIDAD HIGIÉNICA DE LA LECHE
                             - HIGIENE DE LAS INSTALACIONES
      PLAN DE APPCC




                             - MANIPULACIONES DEL OPERARIO
                             - PRIMERAS FASES EN REFRIGERACIÓN
PELIGROS BIOLÓGICOS

                                 E. Coli

                                 Escherichia coli: Es habitual del intestino y pasa
IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS

                                 a la leche a través de las heces, sobre todo
                                 cuando las camas están húmedas y sucias, su
                                 presencia por tanto en a la leche indica una
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                                 pobre higiene en el manejo de animales y del
                                 ordeño. (Camas, secados). Puede dar hinchazón
                                 precoz de los quesos y olor a suciedad en los
                                 quesos (fecal).

                                 Es un germen indicador de higiene de la
                                 industria láctea
                                 Produce gas

                                 Se inhibe cuando el pH baja de 5,0-5,2.
PELIGROS BIOLÓGICOS



IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS      Salmonella ssp.

                                Salmonella: puede contaminar la leche
                                  cruda y un gran número de productos
      PLAN DE APPCC




                                  lácteos. Es un germen sensible al calor,
                                  en la mayoría de los casos la
                                  contaminación tiene su origen en
                                  animales enfermos o en contaminaciones
                                  posteriores al tratamiento térmico,


                                DEBIDO a malas prácticas higiénicas o a
                                  contaminaciones procedentes de
                                  portadores.
PELIGROS BIOLÓGICOS


                                        Listeria monocytogenes: produce la
                                        Listeriosis: infecciones intrauterinas con abortos,
IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS

                                                           meningoencefalitis y meningitis
                                                                   BASTERIA INTRACELULAR
                                                                                        G+
      PLAN DE APPCC




                                                                  ANAEROBIO FACULTATIVO
                                                                                 FLAGELOS

                                            Es muy ubicua, puede detectarse tanto en
                                        animales como en todo tipo de ambientes, ya
                                         que es muy resistente y soporta todo tipo de
                                                 condiciones adversas, como las bajas
                                             temperaturas, sal, desecaciones y acidez
                                             moderada y tratamiento térmicos bajos.
                                       Aunque su incidencia es menor que Salmonella
                                       su índice de mortalidad es muy alto por lo que
                                              tiene gran importancia en los productos
                                                                              lácteos.
PELIGROS BIOLÓGICOS

                                       Staphylococcus aureus
                                       Causante de la mayoría de las mamitis en ganado
IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS
                                       lechero. Se encuentra en las fosas nasales,
                                       mucosas y piel del hombre y los animales. Su
                                       importancia radica que produce una
      PLAN DE APPCC




                                       enterotoxina termoestable que produce
                                       “enterocolitis”. Su origen en la leche se
                                       puede deber:

                                       •Animales con mamitis subclínicas

                                       •Manipuladores con infecciones estafilocócicas
PLAN DE CONTROL
                                                        MICROBIOLÓGICO


aplicables a los productos alimenticios
relativo a los criterios microbiológicos      LOS EXPLOTADORES de las empresas alimentarias DEBEN
                                                    CUMPLIR LOS CRITERIOS MICROBIOLÓGICOS.
     REGLAMENTO 2073 DE 2005


                                                        (artículo 4 del Reglamento (CE) nº 852/2004),

                                           -Toma de muestras,
                                           -Realización de análisis
                                           - y Aplicación de Acciones Correctoras, de conformidad con la
                                           legislación alimentaria y las instrucciones de la autoridad
                                           competente
PLAN DE CONTROL
                                                       MICROBIOLÓGICO


aplicables a los productos alimenticios
relativo a los criterios microbiológicos   - VERIFICACIÓN DE LAS PRÁCTICAS CORRESCTAS DE
                                             HIGIENE (PLAN L+D)
     REGLAMENTO 2073 DE 2005



                                             La toma de muestras del entorno en donde se llevan a cabo
                                             los procesos de producción y transformación en la
                                             industria alimentaria es un instrumento útil para identificar
                                             y prevenir la presencia de microorganismos patógenos en
                                             los productos alimenticios

                                           - VALIDACIÓN Y VERIFICACIÓN DEL PLAN APPCC

                                           - PLAN DE MUESTREO

                                           - CRITERIOS MICROBIOLOGICOS.
                                              1.- CRITERIOS DE SEGURIDAD ALIMENTARIA

                                              2.- CRITERIOS DE HIGIENE DE LOS PROCESOS
PLAN DE CONTROL
                                                            MICROBIOLÓGICO

                                      CATEGORÍA DE
                                      CATEGORÍ          MICROORGANISMO      PLAN DE     LIMITES      FASE EN LA QUE
CRITERIOS DE SEGURIDAD ALIMENTARIA
                                       ALIMENTOS         O SUS TOXINAS     MUESTREO                   SE APLICA EL
                                                                                                        CRITERIO
                                                                           n     c      m     M
                                                                           5    0     100 UFC/g     Productos
                                     Alimentos listos                                               comercializados
                                                                                                    durante su vida útil.
                                     para el consumo
                                     que pueden         L. monocytogenes
                                     favorecer el                                     Ausencia en   Antes de que el
                                     desarrollo de L.
                                                                           5    0                   alimento haya dejado
                                                                                      25g
                                     monocytogenes                                                  el control inmediato
                                                                                                    del explotador de la
                                                                                                    empresa alimentaria
                                                                                                    que lo haya
                                                                                                    producido.


                                        A.L.C. QUE PUEDEN FAVORECER EL CRECIMIENTO DE LISTERIA:
                                     •pH > 4,4 o Aw >0,92

                                     •pH > 5,0 y Aw>0,94

                                     •Alimentos con una vida útil mayor de 5 días
PLAN DE CONTROL
                                                            MICROBIOLÓGICO

                                      CATEGORÍA DE
                                      CATEGORÍ          MICROORGANISMO    PLAN DE      LIMITES    FASE EN LA QUE
CRITERIOS DE SEGURIDAD ALIMENTARIA
                                       ALIMENTOS         O SUS TOXINAS   MUESTREO                  SE APLICA EL
                                                                                                     CRITERIO
                                                                         n     c      m      M
                                     Quesos a base de   Salmonella       5    0     Ausencia en   Productos
                                     leche cruda o                                  25g           comercializados
                                                                                                  durante su vida útil.
                                     sometida a
                                     tratamiento
                                     inferior a la
                                     pasteurización
PLAN DE CONTROL
                                                              MICROBIOLÓGICO
                                                               CRITERIO DE HIGIEN DEL PROCESO
CRITERIOS DE SEGURIDAD ALIMENTARIA

                                      CATEGORÍA DE
                                      CATEGORÍ            MICROORGANISMO     PLAN DE     LIMITES         FASE EN LA QUE
                                       ALIMENTOS           O SUS TOXINAS    MUESTREO                      SE APLICA EL
                                                                                                            CRITERIO
                                                                            n     c     m        M
                                     Leche cruda          Estafilococos                                 Antes de comenzar
                                     destinada a la                         3           100     1000    la fabricación
                                                          coagulasa               1
                                     fabricación de                                    ufc/g    ufc/g
                                                          positivos                                     MEDIDAS
                                     productos hechos
                                                                                                        RESULTADOS
                                     a base de leche                                                    INSATISFACTORIOS
                                     cruda,                                                             Mejoras en la
                                     procesos de                                                        higiene durante el
                                     fabricación que                                                    ordeño y posterior
                                     no incluyen                                                        manipulación. Si se
                                     ningún                                                             detectan valores
                                                                                                        >M, será necesario
                                     tratamiento
                                                                                                        efectuar más
                                     térmico ni ningún                                                  pruebas para
                                     tratamiento físico                                                 estafilococos
                                     o químico                                                          durante el proceso

                                       NO EXITEN CRITERIO PARAESTE MICROORGANISMO PERO PODRÍA SERVIRNOS EL
                                                                                       PODRÍ
                                         ESTABLECIDO PARA LA LECHE PASTEURIZADA Y QUESO A BASE DE LECHE
                                                             TRATATADA TÉRMICAMENTE
                                                                        TÉ
PLAN DE CONTROL
                         MICROBIOLÓGICO

   CATEGORÍA DE
   CATEGORÍ          MICROORGANISMO     PLAN DE      LIMITES       FASE EN LA QUE
    ALIMENTOS         O SUS TOXINAS    MUESTREO                     SE APLICA EL
                                                                      CRITERIO
                                        n    c      m       M
  Quesos             Enterotoxinas      5    0    No detectado     Productos

                     estafilococicas              en 25g           comercializados
                                                                   durante su vida útil.



                          CRITERIO DE HIGIEN DEL PROCESO


  Quesos a base de   Estafilococos                                  En el momento del
  leche cruda
                                        5    2     104      105
                     coagulasa                    ufc/g    ufc/g    proceso de
                                                                    fabricación en que se
                     positivos
                                                                    prevea que el número
                                                                    de estafilococos será
                                                                    el máximo

PODRÍA SER A LAS 48-72 HORAS POR FABRICACIÓN/FASE MOLDEADO...SI
     SE DETECTA 105 SE SOMETERÁ A DETECCIÓN DE ENTEROTOX
PLAN DE CONTROL
                                                          MICROBIOLÓGICO
                                                           CRITERIO DE HIGIEN DEL PROCESO
CRITERIOS DE SEGURIDAD ALIMENTARIA

                                      CATEGORÍA DE
                                      CATEGORÍ       MICROORGANISMO      PLAN DE     LIMITES        FASE EN LA QUE
                                       ALIMENTOS      O SUS TOXINAS     MUESTREO                     SE APLICA EL
                                                                                                       CRITERIO
                                                                         n    c     m        M
                                     leche cruda     E. coli                                        Mejoras en la
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                                           NO EXITEN CRITERIO PARAESTE MICROORGANISMO PERO
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Seguridad alimentaria queserías APPCC

  • 1. SEGURIDAD ALIMENTARIA EN QUESERÍAS SEGURIDAD ALIMENTARIA APPCC + PLANES GENERALES DE HIGIENE O PRERREQUISITOS
  • 2. SEGURIDAD ALIMENTARIA Reglamento (CE) Nº 178/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de enero de 2002, por el que se establecen los principios y los requisitos generales de la legislación alimentaria, se crea la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria y se fijan procedimientos relativos a la seguridad alimentaria CONSIDERANDOS DEFINICIONES
  • 3. (22) La seguridad alimentaria y la protección de los intereses de los consumidores preocupan cada vez más al público en general, a las organizaciones no gubernamentales, a los socios comerciales internacionales y a las organizaciones de comercio CONSIDERANDOS (1) Libre circulación de alimentos SEGUROS Y SALUDABLES RGTO 178/2002 (2) Políticas comunitarias orientadas a proteger la vida y salud de las personas (3 Y 8) Unificación de los requisitos de seguridad alimentaria y de los piensos- LEGISLACIÓN ALIMENTARIA* OBJETIVO PREVENIR: - Prácticas fraudulentas - La adulteración de alimentos - Prácticas que puedan inducir engaño al consumidor
  • 4. (9 Y 22) ASEGURAR CONFIANZA (fundamento científico)* (10) MEDIDAS PARA GARANTIZAR QUE NO SE COMERCIALIZAN ALIMENTOS NO SEGUROS CONSIDERANDOS (11) Materiales en contacto con alimentos
  • 5. (12) ABARCA TODA LA CADENA DE PRODUCCIÓN: P. primaria (pienso) ---------->Consumidor CONSIDERANDOS
  • 6. (22) INFORMACIÓN (Autoridades Públicas). Cuando existan motivos razonable para sospechar que un alimento puede presentar un riesgo para la salud (28) Sistema de TRAZABILIDAD CONSIDERANDOS (29) IDENTIFICAR AL PROVEEDOR INMEDIATO (30) EXPLOTADOR DE LA EMPRESA ALIMENTARIA ES RESPONSABLE LEGAL PRINCIPAL DE LA SEG. ALIMENTARIA.
  • 7. AUTOCONTROLES EN LOS CENTROS LÁCTEOS DEFINICIONES LA SEGURIDAD ALIMENTARIA ES EL SEGURIDAD ALIMENTARIA RESULTADO: - ACTOS LEGISLATIVOS - CONTROLES OFICILAES - AUTOCONTROLES EMPRESAS (APPCC)
  • 8. AUTOCONTROLES EN LOS CENTROS LÁCTEOS REQUISITOS GENERALES DE LA LEGISLACIÓN ALIMENTARIA SEGURIDAD ALIMENTARIA Requisitos de seguridad alimentaria (Art. 14º) 1.-No se comercializarán los ALIMENTOS NO SEGUROS Rgto 178 de 2002 2.- Se considerará que un alimento no es seguro cuando: Sea NOCIVO para la salud; NO SEA APTO el consumo humano.
  • 9. REQUISITOS GENERALES DE LA LEGISLACIÓN ALIMENTARIA PARA determinar si un alimento no es seguro, deberá tenerse en cuenta lo siguiente: SEGURIDAD ALIMENTARIA a) las condiciones normales de uso del alimento por los consumidores y en cada fase de la producción, la transformación y la distribución, y Rgto 178 de 2002 b) la información ofrecida al consumidor, incluida la que figura en la etiqueta, sobre la prevención de determinados efectos perjudiciales para la salud que se derivan de un determinado alimento o categoría de alimentos.
  • 10. REQUISITOS GENERALES DE LA LEGISLACIÓN ALIMENTARIA ALIMENTO NOCIVO A la hora de determinar si un alimento es nocivo para la salud, se tendrán en cuenta: SEGURIDAD ALIMENTARIA a) Los probables efectos inmediatos y a corto y largo plazo de ese alimento, no sólo para la salud de la persona que lo consume, sino también para Rgto 178 de 2002 la de sus descendientes; b) Los posibles efectos tóxicos acumulativos; c) la sensibilidad particular de orden orgánico de una categoría específica de consumidores, cuando el alimento esté destinado a ella.
  • 11. REQUISITOS GENERALES DE LA LEGISLACIÓN ALIMENTARIA ALIMENTO NO APTO A la hora de determinar si un alimento NO ES APTO SEGURIDAD ALIMENTARIA para el consumo humano, se tendrá en cuenta Si el alimento resulta inaceptable para el consumo humano de acuerdo: Rgto 178 de 2002 - Con el uso para el que está destinado, - Por estar contaminado por una materia extraña o de otra forma, - O estar putrefacto, deteriorado o descompuesto
  • 12. REGLAMENTO (CE) Nº 852/2004 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 29 de abril de SEGURIDAD ALIMENTARIA 2004 ÁMBITO DE APLICACIÓN RESPONSABILIDADES DEL OPERADOR OBLIGACIONES DEL OPERADOR
  • 13. ÁMBITO DE APLICACIÓN: operadores a) Es el principal responsable de la seguridad alimentaria; SEGURIDAD ALIMENTARIA b) Garantizar la seguridad alimentaria a lo largo de la cadena alimentaria, empezando en la producción primaria; c) Mantenimiento de la cadena de frío PRINCIPIOS d) Aplicación general de procedimientos basados en los principios de análisis de peligros y puntos de control crítico (APPCC) junto con la aplicación de prácticas higiénicas correctas e) Las guías de prácticas correctas como instrumento f) Establecer criterios microbiológicos y requisitos relativos a la temperatura basados en una evaluación científica de los riesgos; g) Importación
  • 14. AUTOCONTROLES EN HOSTELERÍA Y TURISMO Los operadores de empresa alimentaria adoptarán, en la medida REGLAMENTO (CE) Nº 852/2004 relativo a la en que proceda, las siguientes medidas de higiene higiene de los productos alimenticios específicas: a) cumplimiento de los criterios microbiológicos para los productos alimenticios; b) procedimientos necesarios para alcanzar los objetivos fijados de cara a lograr las metas del presente Reglamento; c) cumplimiento de los requisitos relativos al control de la temperatura de los productos alimenticios; d) mantenimiento de la cadena del frío; e) muestreo y análisis.
  • 15. AUTOCONTROLES EN LOS CENTROS LÁCTEOS: QUESERÍAS REGLAMENTO (CE) Nº 852/2004 DEL PARLAMENTO PRINCIPIOS COMUNES EUROPEO Y DEL CONSEJO de 29 de abril de 2004 relativo a la higiene de los productos alimenticios Son la base común para la PRODUCCIÓN HIGIÉNICA DE ALIMENTOS/CONSUMIDORES •RESPONSABILIDADES (fabricantes/Aut. Competente) •REQUISITOS ESTABLECIMIENTOS: • ESTRUCTURALES • OPERATIVOS • HIGIÉNICOS • TRANSPORTE: • Limpios y en buen estado (L+D) • Uso exclusivo*** • Alimentos a granel, líquido, polvo, en contenedores, cisternas. DEBEN INDICAR CARTEL “EXLCLUSIVAMENTE PARA PRODUCTOS ALIMENTICIOS • Reducir el riesgo de contaminación • Dispositivos para mantener la TEMPEARATURA
  • 16. CONDICIONES TÉCNICO SANITARIAS Ofrecerán condiciones adecuadas de Manipulación y Almacenamiento a Temperatura controlada (Tª) y capacidad suficiente que permita mantener los alimentos a la temperatura adecuada LOCALES COMPROBAR REGISTRAR
  • 17. CONDICIONES TÉCNICO SANITARIAS LAS SUPERFICIES EN CONTACTO CON LOS ALIMENTOS: LISAS, LAVABLES, RESISTENTES A LA CORROSIÓN Y MATERIALES NO TÓXICOS
  • 18. CONDICIONES TÉCNICO SANITARIAS LOCALES Y/O INSTALACIONES CÁMARAS. DE INICIO/MADURACIÓN • ESTIBA •CONDICIONES DE L+D •TRAZABILIDAD •TEMPERATURA
  • 19. CONDICIONES TÉCNICO SANITARIAS LOCALES Y/O INSTALACIONES CÁMARAS DE INICIO/MADURACIÓN • ESTIBA Es decir la colocación ordenada de los productos en el interior de los almacenes y cámaras de modo que, aprovechando al máximo el volumen de esta, se permita la adecuada distribución del aire entre los mismos, la necesaria circulación de personas y cargas y la inspección de aquellos CONDICIONES DE L+D •TRAZABILIDAD •TEMPERATURA
  • 20. CONDICIONES TÉCNICO SANITARIAS LOCALES Y/O INSTALACIONES LOCAL DE UTENSILIOS Y PRODUCTOS PARA LA L+D • EXCLUSIVO • CON LLAVE Y CERRADO •PERSONAL AUTORIZADO •Materiales resistentes a la corrosión •L+D •Suministro de agua caliente y fría.
  • 21. AUTOCONTROLES 2º._APPCC 1º._PRERREQUISITOS Eviten la introducción de agentes peligrosos, El aumento de la carga microbiológica La acumulación de residuos y otros agentes químicos y/o físicos en los alimentos, de manera directa o indirecta.
  • 22. AUTOCONTROLES LOS PRERREQUISITOS “las prácticas y las condiciones necesarias antes de la implantación del sistema APPCC y durante la implantación del mismo y que son esenciales para la seguridad alimentaria
  • 23. AUTOCONTROLES PLANES GENERALES DE HIGIENE O REQUISITOS PREVIOS 1.-PLAN NORMALIZADO DE CONTROL DE HIGIENE 2. - PLAN DE ELIMINACIÓN DE RESIDUOS 3. - PLAN DE FORMACIÓN DE MANIPULADORES DE ALIMENTOS 4. - PLAN DE CONTROL DE AGUA DE CONSUMO HUMANO 5.- PLAN DE HOMOLOGACIÓN DE PROVEEDORES. 6.-PLAN DE CONTROL Y REGISTRO DE TEMPERATURAS- CADENA DEL FRÍO 7.-PLAN DE CONTROL MICROBIOLÓGICO 8.-PLAN DE TRAZABILIDAD .9. - PLAN DE CONTROL DE PLAGAS (DDD) 10. PLAN DE MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN DE EQUIPOS
  • 24. AUTOCONTROLES 1.- PLAN GENERAL DE LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN (L+D) OBJETIVOS REQUISITOS PARA SU DESARROLLO FRECUENCIA MÉTODOS O PROCEDIMIENTOS: •PREOPERATIVOS •OPERATIVOS PRODUCTOS DE L+D SELECCIONADOS DOCUMENTACIÓN GENERADA
  • 25. AUTOCONTROLES 1.- PLAN GENERAL DE LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN (L+D) OBJETIVOS El objeto de este Plan es eliminar o reducir, hasta niveles no perjudiciales para la salud, la población microbiana sobre los locales, equipos y ambiente donde se manipulan los productos alimenticios y evitar que restos de productos químicos de limpieza y desinfección puedan incorporarse a éstos.
  • 26. AUTOCONTROLES 1.- PLAN GENERAL DE LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN (L+D) ALCANCE Comprende pues todas las acciones derivadas de la higienización de utensilios, equipos, paramentos y locales del establecimiento Se debe limpiar y desinfectar de acuerdo con lo establecido en los Procedimientos Generales De Limpieza, Higiene Y Control Preoperativos y Operativos con el propósito de: Asegurar un mantenimiento y una limpieza adecuados y apropiados; Controlar las plagas; Manejar los desechos; Vigilar la eficacia de los procedimientos de mantenimiento y saneamiento. Todo ello para garantizar la seguridad de los alimentos
  • 27. AUTOCONTROLES 1.- PLAN GENERAL DE LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN (L+D) REQUISITOS PARA SU DESARROLLO - CUMPLIMIENTO de las exigencias relativo a los requisitos higiénicos generales y específicos aplicables a todos los operadores de empresa alimentaria. Reglamento 852/2004,del Capítulo I y II del ANEXO II, - CUMPLIMIENTO de la legislación SUMINISTRO DE AGUA. Se utilizará agua potable según Real Decreto 140/2003, de 7 de febrero, por el que se establecen los criterios sanitarios de la calidad del agua de consumo humano. - CUMPLIMIENTO DE LA LEGISLACIÓN EN CUANTO A DETERGENTES Y BIOCIDAS
  • 28. AUTOCONTROLES 1.- PLAN GENERAL DE LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN (L+D) Se debe establecer prioridades según las: •Superficies que contactan con alimentos (incluyendo manos de manipuladores), •Superficies de contacto esporádico, •Superficies que nunca contactan,
  • 29. AUTOCONTROLES 1.- PLAN GENERAL DE LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN (L+D) y se tiene que garantizar que: • Los locales estén limpios al iniciar el trabajo, • El equipo y los utensilios de trabajo estén limpios al inicio de la jornada y se limpien durante su utilización, cuando se contaminen y al finalizar la producción, • Los productos alimentarios no se contaminen durante la limpieza, • que detergentes y desinfectantes (o restos) no entren en contacto directo o indirecto con el alimento y, además, • No se produzca la recontaminación de superficies
  • 30. AUTOCONTROLES ANEXOS DOUCUMENTACIÓN Y REGISTROS Documentos de referencia y control al plan de limpieza y desinfección - PROCEDIMIENTOS PREOPERATIVOS Y OPERATIVOS - PROCEDIMIENTOS GENERALES DE LIMPIEZA, HIGIENE Y CONTROL. - FICHAS TÉCNICAS Y DE SEGURIDAD DE PRODUCTOS DE LIMPIEZA. - REGISTROS DE LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN (RLD/CONTROL PREOERATIVO) - REGISTRO DE VERIFICACIÓN DE L+D
  • 31. AUTOCONTROLES PLAN DE MANTENIMIENTO 1.- OBJETO Y ALCANCE DEL PLAN 2.- CONSIDERACIONES AL PLAN 3.- DESARROLLO
  • 32. AUTOCONTROLES PLAN DE MANTENIMIENTO Equipos e instalaciones son los bienes más costosos del material invertido Dispositivos dinámicos, siempre en uso. Deterioro por desgaste y envejecimiento
  • 33. AUTOCONTROLES ¿QUÉ ES EL MANTENIMIENTO? Es el conjunto de técnicas que permiten: Que las instalaciones funcionen con normalidad. (engrases) Prever las averías y fallos. LLevar a cabo las reparaciones pertinentes con los recambios necesarios
  • 34. AUTOCONTROLES EN RESTAURACIÓN TIPOS 1.-Correctivo o no programado 2.-Preventivo o de estado: Revisiones Reposiciones de piezas 3.- Predictivo: Presión, Tª, ruido, aumento de consumo, vibraciones 4.- Mtto. Por modificación de diseño. Los equipos e instalaciones que presentan problemas de manera reiterada, suponen unos costes superiores a los normales. Sería la solución para optimizar costes.
  • 35. AUTOCONTROLES 1.- OBJETO Y ALCANCE DEL PLAN DE MANTENIMIENTO El objeto de este plan es establecer las actividades y controles para evitar que el deterioro o incorrecto funcionamiento de instalaciones y equipos pueda afectar a la seguridad de los productos alimenticios que se elaboran en el establecimiento.
  • 36. AUTOCONTROLES 2.- CONSIDERACIONES AL PLAN Tanto el diseño del establecimiento, como la conservación de las instalaciones y el buen estado y funcionamiento de maquinaria, equipos y utensilios, influyen en el estado higiénico-sanitario de los productos que se elaboran. El correcto mantenimiento de los locales y equipos, además de prevenir los deterioros que pudieran presentarse, nos van a facilitar las operaciones de limpieza y de lucha contra plagas, al estar estos planes interrelacionados.
  • 37. AUTOCONTROLES EN RESTAURACIÓN DESARROLLO: 1.- Definición de un responsable de mantenimiento y recursos asociados. 2.- Inventario de infraestructuras, equipos y utensilios. 3.- Identificar la documentación asociada. 4.- Identificar los equipos críticos. 5.-Definir las fichas de equipo
  • 38. AUTOCONTROLES EN RESTAURACIÓN PLAN DE GESTIÓN Y ELIMINACIÓN DE RESIDUOS 1.-OBJETO Y ALCANCE 2.-CONSIDERACIONES AL PLAN 3.-DESARROLLO 4.-ANEXOS
  • 39. AUTOCONTROLES PLAN DE GESTIÓN Y ELIMINACIÓN DE RESIDUOS El objeto de este plan es garantizar que los residuos generados - SANDACH - OTROS RESIDUOS Sean retirados, almacenados y eliminados higiénicamente de forma que no constituyan una fuente de contaminación directa o indirecta para los productos alimenticios. El alcance de la aplicación de este Plan es para las etapas y productos que por la legislación se exija su retirada y eliminación por empresas autorizadas conforme al REGLAMENTO (CE) Nº 1069/2009 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 21 de octubre de 2009 por el que se establecen las normas sanitarias aplicables a los subproductos animales y los productos derivados no destinados al consumo humano
  • 40. AUTOCONTROLES PLAN DE GESTIÓN Y ELIMINACIÓN DE RESIDUOS Subproductos de Categoría 2: Alimentos objeto de medidas cautelares y decomisos que puedan suponer un riesgo para la salud de las personas o los animales: ALIMENTOS CONTAMINADOS como consecuencia de los procesos tecnológicos a los que han sido sometidos, siempre que el contaminante se presente en cantidades superiores a las permitidas. ALIMENTOS CONTAMINADOS MICROBIOLÓGICAMENTE, bien cuando incumplen los criterios microbiológicos de seguridad alimentaria del Capítulo 1 del anexo I del Reglamento 2073/2005, o bien cuando presentan cualquier otro riesgo microbiológico grave para la salud de las personas. QUESOS cuya leche haya dado positivo en la prueba de antibióticos/inhibidores. QUESOS con patógenos
  • 41. AUTOCONTROLES PLAN DE GESTIÓN Y ELIMINACIÓN DE RESIDUOS Subproductos de Categoría 3: - LACTOSUERO. 16 horas pH registrado es inferior a 6,0 antes de su suministro para fines de alimentación animal, siempre que se envíen a una cantidad limitada de explotaciones animales autorizadas - QUESOS que ya no están destinados al consumo humano por motivos comerciales o por problemas de fabricación o defectos de envasado o de otra índole que no supongan riesgo alguno para el ser humano ni los animales;. - CORTEZAS Y RESTOS DE QUESO
  • 42. AUTOCONTROLES PLAN DE GESTIÓN Y ELIMINACIÓN DE RESIDUOS 2.- CONSIDERACIONES AL PLAN Los subproductos animales se generan principalmente durante la elaboración de productos de origen animal como los productos lácteos. Constituyen un riesgo potencial: • la salud pública, • la salud animal • y el medio ambiente. Este riesgo debe controlarse adecuadamente, hacia medios de eliminación seguros o utilizándolos para diversos fines, a condición de que se apliquen condiciones estrictas que reduzcan al mínimo los riesgos sanitarios
  • 43. AUTOCONTROLES PLAN DE GESTIÓN Y ELIMINACIÓN DE RESIDUOS 3.- GESTIÓN 1. Se tomarán todas las medidas necesarias para garantizar que los materiales de las categorías 2 Y 3 se mantengan separados e identificados con la leyenda respectiva: Categoría 2, las palabras «no apto para el consumo animal»; Categoría 3, las palabras «no apto para el consumo humano»; 2. El material se recogerá, transportará e identificará, sin demoras indebidas. 3. Durante el transporte irán acompañados por un documento comercial. En particular, deberán contener información sobre la cantidad y la descripción del material y su marcado. 4. Registro de los envíos con los datos de los productos. Una vez que hayan sido recogidos por la empresa autorizada los recipientes serán limpiados y desinfectados.
  • 44. AUTOCONTROLES PLAN DE FORMACIÓN Y CONTROL DE LOS MANIPULADORES 1.-OBJETO Y ALCANCE DEL PLAN Asegurar que todos los manipuladores de alimentos reciban formación continuada que los capacite en materia de higiene, y en su parte de responsabilidad en la aplicación de los Planes o Prerrequisitos de Higiene de la empresa. Los responsables de la empresa deben recibir además capacitación para gestionar los aspectos de seguridad alimentaria.
  • 45. AUTOCONTROLES PLAN DE FORMACIÓN Y CONTROL DE LOS MANIPULADORES REGLAMENTO CE (Nº) 852/2004 relativo a la higiene de los productos alimenticios concretamente en el Capítulo XII. Formación: se deriva la obligación y responsabilidad de los operadores de la empresa alimentaria en formar y desarrollar PROGRAMAS DE FORMACIÓN CONTINUA PARA SU TRABAJADORES.
  • 46. AUTOCONTROLES Programas de Formación Continuada para sus trabajadores LOS OPERADORES DE EMPRESA ALIMENTARIA DEBERÁN GARANTIZAR: 1) La supervisión y la instrucción o formación de los manipuladores de productos alimenticios en cuestiones de higiene alimentaria, de acuerdo con su actividad laboral. 2) Que quienes tengan a su cargo el desarrollo y mantenimiento del APPCC hayan recibido una formación adecuada 3) El cumplimiento de todos los requisitos de la legislación nacional relativa a los programas de formación para los trabajadores de determinados sectores alimentarios.
  • 47. AUTOCONTROLES PLAN DE CONTROL Y DE HOMOLOGACIÓN de PROVEEDORES 1.- OBJETO Y ALCANCE DEL PLAN 2.- DESARROLLO 3.- ANEXO
  • 48. AUTOCONTROLES PLAN DE CONTROL Y DE HOMOLOGACIÓN de PROVEEDORES 1.- OBJETO Y ALCANCE DEL PLAN Establecer los criterios para que toda la materia prima y materias auxiliares de que se abastece la industria cumple los requisitos establecidos en la normativa vigente así como su procedencia sea de proveedores autorizados. Base legal. Requisitos recogidos en el Capítulo I de la SECCIÓN IX del REGLAMENTO (CE) Nº 853/2004 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 29 de abril de 2004 por el que se establecen normas específicas de higiene de los alimentos de origen animal
  • 49. AUTOCONTROLES PLAN DE CONTROL Y DE HOMOLOGACIÓN de PROVEEDORES 2.- DESARROLLO 1.- Se elaborará un listado de proveedores con los datos de las empresas suministradoras y los productos que suministran. 2.- Verificación documental de su validez como proveedores es decir, que cumplan los requisitos establecidos en este programa. 3.- Homologación de los proveedores. Dar de alta en el Registro de Proveedores y actualizar cada año. 4.- Actualización (recopilación y archivo) de las fichas Técnicas de los Proveedores/Fabricantes. 5.- Cumplimiento Especificaciones sobre los suministros
  • 50. AUTOCONTROLES PLAN DE CONTROL Y DE HOMOLOGACIÓN de PROVEEDORES VERIFICACIÓN DEL PLAN. - Auditoría de toda la documentación generada: - Registro de Proveedores Homologados actualizado al menos una vez al año y cuando se incorpore un nuevo proveedor - Archivo de Documentos Acreditativos de la Condición de Proveedores Autorizado - Archivo de Fichas Técnicas de los Productos - Comprobación de la mercancía en almacén con los DAC entregados. - Registro de INCIDENCIAS/NO CONFORMIDADES - MEDIDAS CORRECTORAS
  • 51. AUTOCONTROLES PLAN DE CONTROL Y DE HOMOLOGACIÓN de PROVEEDORES Cumpla la legislación vigente en cuanto a Registro sanitario. Deben poseer NºRGSEAA o autorización Sanitaria que acrediten su condición de proveedor. Documentación relativa al transporte de los mismos. Deben entregar junto con la mercancía los documentos de acompañamiento comercial o Los alimentos deberán estar etiquetados y con la MARCA SANITARIA. oEn los DAC o en todo caso en las etiquetas de los alimentos debe aparecer el Lote/ fecha de cons preferente o caducidad.
  • 52. AUTOCONTROLES PLAN DE CONTROL Y DE HOMOLOGACIÓN de PROVEEDORES DE LECHE Para la homologación como PROVEEDOR, de un ganadero, éste cumplirá los siguientes requisitos •REQUISITOS SANITARIOS PARA LA PRODUCCIÓN DE LECHE CRUDA •REQUISITOS DE HIGIENE DEL ORDEÑO •REQUISITOS DE TEMPERATURA •RESIDUOS DE ANTIBIÓTICOS/ INHIBIDORES
  • 53. PLAN DE MANTENIMIENTO DE LA CADENA DEL FRÍO 1.- OBJETO Y ALCANCE Mantener las condiciones de temperatura necesarias para cada etapa desde el transporte, recepción de la leche, su procesado hasta su expedición y/o venta 2.- CONSIDERACIONES AL PLAN La leche y sus derivados suponen un buen medio de crecimiento para los microorganismos. Se ha de controlar por un lado la temperatura por razones tecnológicas y sobre todo mantener la cadena del frío en: • Vehículos de transporte desde la sala de ordeño hasta la quesería • La recepción • Prensado** • Cámaras.
  • 54. PLAN DE MANTENIMIENTO DE LA CADENA DEL FRÍO 1.- OBJETO Y ALCANCE El control de la temperatura de la leche desde el ordeño hasta su llegada a la leche y almacenamiento y procesado es un requisito legal establecido por la normativa vigente Se dispondrá de termómetros cuya fiabilidad se verifique periódicamente, Por lo general se deben seguir unas pautas: • Garantizar la conservación de la leche a la Tª reglamentaria • Los peligros que pueden aparecer por fallo del mantenimiento de la cadena del frío son de tipo biológico.
  • 55. PLAN DE MANTENIMIENTO DE LA CADENA DEL FRÍO REQUISITOS DE TEMPERATURA - Inmediatamente después del ordeño, la leche deberá conservarse en un lugar limpio concebido y equipado para evitar su contaminación. - La leche deberá enfriarse inmediatamente a una temperatura: - No superior a 8ºC en el caso de recogida diaria, - No superior a 6ºC si la recogida no se efectúa diariamente; Durante el transporte deberá mantenerse la cadena de frío, - Y a la llegada al establecimiento de destino, la temperatura de la leche no deberá superar los 10ºC.
  • 56. PLAN DE MANTENIMIENTO DE LA CADENA DEL FRÍO EXCEPCIONES Los operadores de empresa alimentaria no precisarán cumplir los requisitos de temperatura si la leche cumple los criterios en cuanto a gérmenes y además: a) Se procesa en un plazo de 2 horas a partir del ordeño, o bien b) Es necesario aplicar una temperatura más alta por razones técnicas propias de la fabricación de determinados productos lácteos y la autoridad competente así lo autoriza.
  • 57. CONDICIONES TÉCNICO SANITARIAS REQUISITOS DE TEMPERATURA Los operadores de empresa alimentaria deberán garantizar que, cuando se reciba en un establecimiento de transformación, La leche se enfría rápidamente a una temperatura que no sobrepase los 6ºC; y se mantiene a dicha temperatura hasta su transformación.
  • 58. PLAN DE MANTENIMIENTO DE LA CADENA DEL FRÍO EXCEPCIONES Sin embargo, los operadores de empresa alimentaria podrán mantener la leche a una temperatura más alta si: a) la transformación tiene lugar inmediatamente después del ordeño o dentro de las 4 horas siguientes a su aceptación en el establecimiento de transformación, o bien b) la autoridad competente autoriza una temperatura más alta por razones técnicas propias de la fabricación de determinados productos lácteos o a base de calostro.
  • 59. PLAN DE CONTROL DE Tª REQUISITOS DE TRATAMIENTO TÉRMICO La pasteurización se lleva a cabo mediante un tratamiento que incluye: i) al menos 72 ºC durante 15 segundos, ii) al menos 63 o C durante 30 minutos), o bien iii) cualquier otra combinación de condiciones de tiempo y temperatura, de forma que, los productos den una reacción negativa a una prueba de fosfatasa alcalina inmediatamente después de ser sometidos a tal tratamiento. .
  • 60. SISTEMA DE TRAZABILIDAD CORRESPONDE A LOS OPERADORES ECONÓMICOS: Tener implantado el sistema de trazabilidad documentado y ponerlo a disposición de la Autoridad competente si ésta así lo solicita. Además, exige la obligación de etiquetar o identificar los alimentos de forma adecuada para que pueda conocerse su trazabilidad mediante documentación o información. Disponer de la información necesaria: La exigencia de trazabilidad debe confiarse a la responsabilidad de cada operador de la cadena alimentaria. Cada operador debe recopilar y archivar la información relevante para garantizarla Colaborar con las Autoridades Competentes
  • 61. SISTEMA DE TRAZABILIDAD ETIQUETADO Capítulo IV. Reglamento 853/2004 1. Además de los requisitos de la Directiva 2000/13/CE, deberán aparecer claramente indicados en la etiqueta: En el caso de los productos elaborados con leche cruda en cuyo proceso de elaboración no intervenga ningún tratamiento térmico o ningún tratamiento físico o químico, las palabras «elaborado con leche cruda»; cruda 2. De aplicación a productos destinados al comercio minorista. El término «etiquetado» incluye cualquier envase, documento, rótulo, etiqueta, faja o collarín que acompañe o se refiera a dichos productos. .
  • 62. AUTOCONTROLES SISTEMA DE TRAZABILIDAD PRODUCTOS QUE AMPARA SISTEMA DE AGRUPACIÓN E IDENTIFICACIÓN DE LOS PRODUCTOS: CRITERIOS SISTEMAS DE IDENTIFICACIÓN EN PRODUCCIÓN -MADURACIÓN: IDENTIFICADORES-ETIQUETA
  • 63. SISTEMA DE TRAZABILIDAD REGISTROS DE LA INFORMACIÓN PROPORCIONADA POR LA TRAZABILIDAD HACIA ATRÁS. •LIBRO DE REGISTRO DE ENTRADAS DE LECHE •OTROS Nombre y dirección del proveedor. Medios de transporte Nº de Registro Sanitario Naturaleza del producto adquirido: Naturaleza del producto Denominación comercial Formato de presentación Volumen total de cada producto recibido Número de LOTE Fecha de consumo preferente/ caducidad Fecha de entrada en la empresa. No tiene que coincidir con la fecha de facturación o de transacción.
  • 64. SISTEMA DE TRAZABILIDAD REGISTROS DE LA INFORMACIÓN PROPORCIONADA POR LA TRAZABILIDAD INTERNA O DEL PROCESO: Partes de elaboración REGISTROS DE LA INFORMACIÓN PROPORCIONADA POR LA TRAZABILIDAD HACIA DELANTE Desde 1 de julio de 2012. REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) Nº 931/2011 DE LA COMISIÓN de 19 de septiembre de 2011 relativo a los requisitos en materia de trazabilidad establecidos por el Reglamento (CE) nº 178/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo para los alimentos de origen animal.
  • 65. SISTEMA DE TRAZABILIDAD INFORMACIÓN a disposición, se actualizará diariamente y se mantendrá a disposición al menos hasta que pueda suponerse razonablemente que los alimentos han sido consumidos. - Operador de empresa alimentaria a la que se suministran los alimentos de forma clara e inequívoca y que este pueda recuperarla. - Autoridad competente si esta lo solicita sin dilaciones indebidas:
  • 66. SISTEMA DE TRAZABILIDAD a) Descripción exacta de los alimentos; b) Volumen o la cantidad de los alimentos; c) el nombre y la dirección del EXPEDIDOR; d) el nombre y la dirección del expedidor (propietario) e) el nombre y la dirección del DESTINATARIO f) el nombre y la dirección del destinatario (propietario); g) una referencia que identifique el lote o remesa, h) la fecha de expedición.
  • 67. SISTEMA DE TRAZABILIDAD SISTEMA DE VERIFICACIÓN DEL SISTEMA DE TRAZABILIDAD. DESCRIPCIÓN GENERAL DEL PROCEDIMIENTO DE VERIFICACIÓN. La verificación consiste en obtener toda la documentación disponible de ese producto: •Parte de elaboración/ Registro de salida •Lote de los ingrediente que interviene en su elaboración •Registros de la entrada en la empresa de esos ingrediente, (datos del proveedor, fecha, cantidad, lote) •Posibles destinos de ese mismo lote de producto.
  • 68. SISTEMA DE TRAZABILIDAD PROCEDIMIENTO PARA LOCALIZACIÓN Y/O INMOVILIZACIÓN Y, EN SU CASO, RETIRADA DE PRODUCTOS 1. Informar a las Autoridades competentes proporcionándoles información y coordinando con ellas las actuaciones. 2. Conocer la naturaleza del incidente.. 3. Localizar el producto afectado 4. Adoptar medidas correctoras. • Inmovilización • Retirada del mercado. • También se decidirá el destino de la mercancía, (destrucción o reprocesado. 5.-Informar a otros operadores económicos. Realizar informe post incidente y sacar conclusiones
  • 69. AUTOCONTROLES 1. OBJETO 2. ALCANCE DEL PLAN APPCC IMPLANTACIÓN DEL SISTEMA APPCC 3. PELIGROS SIGNIFICATIVOS 4. DESARROLLO DEL PLAN APPCC PLAN DE APPCC - DIAGRAMA DE FLUJO POR LÍNEA DE PRODUCCIÓN - IDENTIFICACIÓN DE PCC´s ´ - VIGILANCIA DE LÍMITES CRÍTICOS - MEDIDAS CORRECTORAS
  • 70. AUTOCONTROLES 1.-RECEPCIÓN DE LA LECHE EN EL CENTRO LÁCTEO 2.-ALCANCE O ÁMBITO DE APLICACIÓN - Inspección visual de la leche. - Control de las condiciones de limpieza de la cisterna. (Hoja de registro de lavados). PLAN DE APPCC En esta fase se trata de aplicar Prácticas Correctas de Higiene y de Manipulación, por lo que deberá verificarse por el titular del establecimiento -Control de la temperatura de la cisterna. no mayor de 6ºC). PUNTO DE CONTROL CRÍTICO. -Recogida de muestras -Test de presencia de residuos de antibióticos antes de la descarga
  • 71. AUTOCONTROLES 2.-.- Proveedores (Plan DE VALIDACIÓN Y CONTROL DE LOS PROVEEDORES) ALCANCE O ÁMBITO DE APLICACIÓN 3.- Recepción de cuajo, sal, envases, etiquetas, y otros materiales en contacto con el queso: CONTROL: -PCH, PLAN DE APPCC - PROC. OPERATIVOS - PLAN TRAZABILIDAD 4.- Almacenamiento (PROGRAMA DE CONTROL DE TEMPERATURAS) - A temperatura regulada de la leche en el tanque de recepción. (PCC) - A Tª ambiente -Condiciones de estiba.
  • 72. AUTOCONTROLES 5.- Proceso de elaboración o Procesado. PGL-PO - Estado de limpieza de útiles y maquinaria - Estado de mantenimiento. ALCANCE O ÁMBITO DE APLICACIÓN - Higiene de las tareas 6.- Fase de maduración - Tiempo de maduración mínimo de 60 días (PCC). -- PLAN DE APPCC Control de lotes - Estiba correcta - Estado de limpieza y mantenimiento. - Trazabilidad 7.- Envasado/etiquetado PGL-PO 8.- Almacenamiento - Estiba correcta - Estado de limpieza y mantenimiento. 9.-Expedición. - Etiquetado - Estiba - Supervisión y control documental. DAC
  • 73. AUTOCONTROLES PELIGROS BIOLÓGICOS Contaminación microbiológica por microorganismos presentes en al leche debido a animales enfermos o contaminaciones cruzadas de la leche con las instalaciones de ordeño y almacenamiento: Salmonella ssp., S. aureus, Listeria monocytogenes, Coliformes, Brucella E. coli, tuberculosis .... También algunos mohos presentes en los piensos capaces de producir aflatoxinas y pasar a la leche.
  • 74. PLAN DE APPCC IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS PELIGROS BIOLÓGICOS
  • 75. PELIGROS BIOLÓGICOS La denominación genérica coliformes designa a un grupo de especies bacterianas que tienen ciertas IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS características bioquímicas en común e importancia relevante como indicadores de contaminación del agua y los alimentos. PLAN DE APPCC Se introducen en gran número al medio ambiente por las heces de humanos y animales en las aguas residuales . La mayoría de los coliformes que se encuentran en el ambiente son de origen fecal*. El grupo coliforme está formado por los siguientes géneros: Escherichia Klebsiella Enterobacter Citrobacter*
  • 76. PELIGROS BIOLÓGICOS -SON ANAEROBIAS FACULTATIVAS -TEMPERATURA 30-37ºC IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS -FUENTE DE CONTAMINACIÓN. Intestinos (heces) Estiércol PLAN DE APPCC Suelo Aguas contaminadas -FERMENTAN LA LACTOSA Ác láctico y otros ácidos CO2 e Hidrógeno Ác láctico y otros ácidos -DESCOMPONEN LAS PROTEÍNAS DE LA LECHE: Olor y sabor desagradebles - ALGUNAS PRODUCEN MASTITIS
  • 77. PELIGROS BIOLÓGICOS -SERIOS PROBLEMAS DURANTE LA FABRICACIÓN DEL QUESO DEBIDO A LA FORMACIÓN DE GAS QUE DARÁ IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS UNA TREXTURA INDESEADA EN LAS FASES INICIALES -pH < 6 CESA LA ACTIVIDAD, de ahí que actúe en las fases inciales ANTES DE QUE SE HAYA DESDOBLADO PLAN DE APPCC TODA LA LACTOSA. -SON DESTRUIDAS POR PASTURIZACIÓN. Por tanto se usan para controles de calidad microbiológica en Ind. Lácteas. -** test de Enterobacterias gram negativas que incluyan Pseudomonas y Coliformes
  • 78. PELIGROS BIOLÓGICOS MEDIDAS PREVENTIVAS IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS - CALIDAD HIGIÉNICA DE LA LECHE - HIGIENE DE LAS INSTALACIONES PLAN DE APPCC - MANIPULACIONES DEL OPERARIO - PRIMERAS FASES EN REFRIGERACIÓN
  • 79. PELIGROS BIOLÓGICOS E. Coli Escherichia coli: Es habitual del intestino y pasa IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS a la leche a través de las heces, sobre todo cuando las camas están húmedas y sucias, su presencia por tanto en a la leche indica una PLAN DE APPCC pobre higiene en el manejo de animales y del ordeño. (Camas, secados). Puede dar hinchazón precoz de los quesos y olor a suciedad en los quesos (fecal). Es un germen indicador de higiene de la industria láctea Produce gas Se inhibe cuando el pH baja de 5,0-5,2.
  • 80. PELIGROS BIOLÓGICOS IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS Salmonella ssp. Salmonella: puede contaminar la leche cruda y un gran número de productos PLAN DE APPCC lácteos. Es un germen sensible al calor, en la mayoría de los casos la contaminación tiene su origen en animales enfermos o en contaminaciones posteriores al tratamiento térmico, DEBIDO a malas prácticas higiénicas o a contaminaciones procedentes de portadores.
  • 81. PELIGROS BIOLÓGICOS Listeria monocytogenes: produce la Listeriosis: infecciones intrauterinas con abortos, IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS meningoencefalitis y meningitis BASTERIA INTRACELULAR G+ PLAN DE APPCC ANAEROBIO FACULTATIVO FLAGELOS Es muy ubicua, puede detectarse tanto en animales como en todo tipo de ambientes, ya que es muy resistente y soporta todo tipo de condiciones adversas, como las bajas temperaturas, sal, desecaciones y acidez moderada y tratamiento térmicos bajos. Aunque su incidencia es menor que Salmonella su índice de mortalidad es muy alto por lo que tiene gran importancia en los productos lácteos.
  • 82. PELIGROS BIOLÓGICOS Staphylococcus aureus Causante de la mayoría de las mamitis en ganado IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS lechero. Se encuentra en las fosas nasales, mucosas y piel del hombre y los animales. Su importancia radica que produce una PLAN DE APPCC enterotoxina termoestable que produce “enterocolitis”. Su origen en la leche se puede deber: •Animales con mamitis subclínicas •Manipuladores con infecciones estafilocócicas
  • 83. PLAN DE CONTROL MICROBIOLÓGICO aplicables a los productos alimenticios relativo a los criterios microbiológicos LOS EXPLOTADORES de las empresas alimentarias DEBEN CUMPLIR LOS CRITERIOS MICROBIOLÓGICOS. REGLAMENTO 2073 DE 2005 (artículo 4 del Reglamento (CE) nº 852/2004), -Toma de muestras, -Realización de análisis - y Aplicación de Acciones Correctoras, de conformidad con la legislación alimentaria y las instrucciones de la autoridad competente
  • 84. PLAN DE CONTROL MICROBIOLÓGICO aplicables a los productos alimenticios relativo a los criterios microbiológicos - VERIFICACIÓN DE LAS PRÁCTICAS CORRESCTAS DE HIGIENE (PLAN L+D) REGLAMENTO 2073 DE 2005 La toma de muestras del entorno en donde se llevan a cabo los procesos de producción y transformación en la industria alimentaria es un instrumento útil para identificar y prevenir la presencia de microorganismos patógenos en los productos alimenticios - VALIDACIÓN Y VERIFICACIÓN DEL PLAN APPCC - PLAN DE MUESTREO - CRITERIOS MICROBIOLOGICOS. 1.- CRITERIOS DE SEGURIDAD ALIMENTARIA 2.- CRITERIOS DE HIGIENE DE LOS PROCESOS
  • 85. PLAN DE CONTROL MICROBIOLÓGICO CATEGORÍA DE CATEGORÍ MICROORGANISMO PLAN DE LIMITES FASE EN LA QUE CRITERIOS DE SEGURIDAD ALIMENTARIA ALIMENTOS O SUS TOXINAS MUESTREO SE APLICA EL CRITERIO n c m M 5 0 100 UFC/g Productos Alimentos listos comercializados durante su vida útil. para el consumo que pueden L. monocytogenes favorecer el Ausencia en Antes de que el desarrollo de L. 5 0 alimento haya dejado 25g monocytogenes el control inmediato del explotador de la empresa alimentaria que lo haya producido. A.L.C. QUE PUEDEN FAVORECER EL CRECIMIENTO DE LISTERIA: •pH > 4,4 o Aw >0,92 •pH > 5,0 y Aw>0,94 •Alimentos con una vida útil mayor de 5 días
  • 86. PLAN DE CONTROL MICROBIOLÓGICO CATEGORÍA DE CATEGORÍ MICROORGANISMO PLAN DE LIMITES FASE EN LA QUE CRITERIOS DE SEGURIDAD ALIMENTARIA ALIMENTOS O SUS TOXINAS MUESTREO SE APLICA EL CRITERIO n c m M Quesos a base de Salmonella 5 0 Ausencia en Productos leche cruda o 25g comercializados durante su vida útil. sometida a tratamiento inferior a la pasteurización
  • 87. PLAN DE CONTROL MICROBIOLÓGICO CRITERIO DE HIGIEN DEL PROCESO CRITERIOS DE SEGURIDAD ALIMENTARIA CATEGORÍA DE CATEGORÍ MICROORGANISMO PLAN DE LIMITES FASE EN LA QUE ALIMENTOS O SUS TOXINAS MUESTREO SE APLICA EL CRITERIO n c m M Leche cruda Estafilococos Antes de comenzar destinada a la 3 100 1000 la fabricación coagulasa 1 fabricación de ufc/g ufc/g positivos MEDIDAS productos hechos RESULTADOS a base de leche INSATISFACTORIOS cruda, Mejoras en la procesos de higiene durante el fabricación que ordeño y posterior no incluyen manipulación. Si se ningún detectan valores >M, será necesario tratamiento efectuar más térmico ni ningún pruebas para tratamiento físico estafilococos o químico durante el proceso NO EXITEN CRITERIO PARAESTE MICROORGANISMO PERO PODRÍA SERVIRNOS EL PODRÍ ESTABLECIDO PARA LA LECHE PASTEURIZADA Y QUESO A BASE DE LECHE TRATATADA TÉRMICAMENTE TÉ
  • 88. PLAN DE CONTROL MICROBIOLÓGICO CATEGORÍA DE CATEGORÍ MICROORGANISMO PLAN DE LIMITES FASE EN LA QUE ALIMENTOS O SUS TOXINAS MUESTREO SE APLICA EL CRITERIO n c m M Quesos Enterotoxinas 5 0 No detectado Productos estafilococicas en 25g comercializados durante su vida útil. CRITERIO DE HIGIEN DEL PROCESO Quesos a base de Estafilococos En el momento del leche cruda 5 2 104 105 coagulasa ufc/g ufc/g proceso de fabricación en que se positivos prevea que el número de estafilococos será el máximo PODRÍA SER A LAS 48-72 HORAS POR FABRICACIÓN/FASE MOLDEADO...SI SE DETECTA 105 SE SOMETERÁ A DETECCIÓN DE ENTEROTOX
  • 89. PLAN DE CONTROL MICROBIOLÓGICO CRITERIO DE HIGIEN DEL PROCESO CRITERIOS DE SEGURIDAD ALIMENTARIA CATEGORÍA DE CATEGORÍ MICROORGANISMO PLAN DE LIMITES FASE EN LA QUE ALIMENTOS O SUS TOXINAS MUESTREO SE APLICA EL CRITERIO n c m M leche cruda E. coli Mejoras en la 5 100 1000 higiene de la 2 ufc/g ufc/g producción y en la Selección de las materias primas NO EXITEN CRITERIO PARAESTE MICROORGANISMO PERO PODRÍA SERVIRNOS EL ESTABLECIDO PARA LA LECHE PASTEURIZADA Y QUESO A BASE DE LECHE TRATATADA TÉRMICAMENTE