3. Deber de
La información o denuncia
investigar sobre faltas administrativas
deberán ser admitidas y sólo
en caso de ser ininteligibles
serán archivadas.
La ausencia de denuncia no
inhibe la acción disciplinaria al
existir indicios de comisión de
una falta.
4. Naturaleza de la
Actividad policial
Es un servicio público de
carácter civil y
profesional, prioritariam
ente preventivo con
intervención disuasiva y
reactiva ante la
infracción.
5. Al Ministerio del Interior como
Órgano superior de órgano de dirección, rectoría y
determinación de objetivos a la regulación de la política pública
Presidencia de la República
• Policía Nacional como
• Al Gabinete de Seguridad cuerpo dependiente del
como nivel articulador de Ministerio del Interior, para
políticas sectoriales de su ejecución operativa en
seguridad los ámbitos preventivo,
reactivo e investigativo.
6. Es la máxima autoridad que
determina los objetivos en
Presidente o Presidenta de la materia de seguridad ciudadana,
República protección interna y control del
orden público. Designa a la
autoridad de la Policía Nacional.