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IED LOS ROSALES
MANUAL DE CONVIVENCIA
“Construyendo una cultura de paz, contribuimos a la transformación de la sociedad”
1
Gustavo Bustos Sánchez
Rector
Iliana C. Carriazo Julio
Coordinadora
Zoraida Ahumada de Aguirre
Coordinadora (E)
Nancy Llanos Delgado
Psicoorientadora
Marleidis Hernández Oyola
Personero
2019
Barranquilla, Colombia
Manual de
Convivencia
INSTITUCIÓN EDUCATIVA DISTRITAL LOS
ROSALES
Un pacto para la Convivencia Pacífica
“Construyendo una cultura de paz, contribuimos a la transformación de la sociedad”
2
Llamado a la Convivencia
Como Colombianos y miembros activos de una sociedad, nos debemos comprometer con procesos de
transformación e integralidad, donde se vuelvan a vivenciar y se tenga adherencia por los valores morales
y éticos, además de todo aquello que permita una convivencia pacífica y un sentido hacia la tolerancia
para con los demás.
Es nuestra convicción que desde la Institución Educativa Distrital Los Rosales, cada persona que hace
parte de esta institución sea un protagonista importante en la sana convivencia donde el común
denominador sea las buenas relaciones interpersonales que se construyen y se cimientan día a día,
acompañados de la alegría, la honestidad, la tolerancia, el compañerismo, la amistad, el espíritu de
colaboración, el respeto por la vida, el ambiente y la equidad, enmarcándonos en una cultura conciliadora
y justa. Con el fin de brindar las pautas para re significar nuestro Manual de Convivencia y dar
cumplimiento a la sentencia T.478 de 2015 y a la Ley 1620 de 2013 y su Decreto reglamentario 1965 del
mismo año y haciendo parte fundamental del Proyecto Educativo Institucional (PEI), esta herramienta tiene
como finalidad regular las relaciones entre los miembros de la comunidad educativa, identificando y
propiciando espacios de reconocimiento que incluyan la promoción, prevención, atención y seguimiento de
la convivencia escolar. La premisa del Manual de Convivencia será el fortalecimiento al Derecho – Deber
y el Debido Proceso mediante el uso de acciones pedagógicas de carácter formativo.
Los invitamos a que se comprometan y hagan parte de nuestra filosofía, que lleven a la práctica este
Manual de Convivencia y se haga evidente la forma efectiva de vivir los principios y valores de nuestra
institución.
GUSTAVO BUSTOS SANCHEZ
Rector
“Construyendo una cultura de paz, contribuimos a la transformación de la sociedad”
3
1. CAPÍTULO I – DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA
Artículo 1. Tabla de contenido
1. CAPÍTULO I – DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA....................................................................... 3
Artículo 1. Tabla de contenido........................................................................................................... 3
Artículo 2. Introducción y/o presentación......................................................................................... 8
Artículo 3. Acuerdo de adopción ....................................................................................................... 8
Artículo 4. Definición del Manual.....................................................................................................10
Artículo 5. Marco Jurídico.................................................................................................................11
Artículo 6. Justificación .....................................................................................................................20
Artículo 7. Misión ...............................................................................................................................20
Artículo 8. Visión................................................................................................................................20
Artículo 9. Principios..........................................................................................................................21
Artículo 10. Objetivos Institucionales............................................................................................21
Artículo 11. Valores corporativos...................................................................................................21
Artículo 12. Política de Calidad......................................................................................................21
Artículo 13. Símbolos institucionales ............................................................................................22
Artículo 14. Perfil de los y las estudiantes ...................................................................................19
2. CAPÍTULO I I – RELACIONES DEL ESTUDIANTE CON LA COMUNIDAD EDUCATIVA .21
Artículo 15. Derecho Deber (Ley 1098 de 2006) ........................................................................21
Artículo 16. Deberes de los Estudiantes (Artículo 95 de CPC y Sentencia T.519/92)..........22
Artículo 17. Aspectos de convivencia escolar y de aula............................................................22
Artículo 18. Reglas de Higiene y pautas de presentación personal ........................................23
Artículo 19. Asistencia.....................................................................................................................24
Artículo 20. Conductas Inapropiadas en la Institución...............................................................25
3. CAPÍTULO III – PROCEDIMIENTOS .............................................................................................27
“Construyendo una cultura de paz, contribuimos a la transformación de la sociedad”
4
Artículo 21. Condiciones de Ingreso, Permanencia y Retiro de Estudiantes.........................27
Artículo 22. Las Condiciones de Ingreso: ....................................................................................27
Artículo 23. Condiciones de la Admisión:.....................................................................................27
Artículo 24. Procedimiento para la Inscripción y Admisión: ......................................................28
Artículo 25. Proceso de inscripción...............................................................................................28
Artículo 26. Procesos de selección de estudiantes:...................................................................28
Artículo 27. Ejecución de pruebas:................................................................................................28
Artículo 28. Decisión proceso de selección:................................................................................28
Artículo 29. Informe de admisión:..................................................................................................28
Artículo 30. Publicación de admitidos:..........................................................................................28
Artículo 31. Procedimiento para realizar la matrícula: ...............................................................29
Artículo 32. Requisitos para formalizar la matrícula:..................................................................30
Artículo 33. Requisitos para formalizar la matrícula de estudiantes nuevos:.........................30
Artículo 34. Requisitos para formalizar la matrícula de estudiantes antiguos:.......................30
Artículo 35. Condiciones de ingreso para estudiantes transferidos:........................................31
Artículo 36. Requisitos de ingreso para estudiantes transferidos: ...........................................31
Artículo 37. Condiciones de ingreso para estudiantes con necesidades educativas
especiales y con capacidades y talentos excepcionales: ................................................................32
Artículo 38. Las condiciones de permanencia de los estudiantes: ..........................................32
Artículo 39. Condición de estudiante: ...........................................................................................33
Artículo 40. Procedimiento de cancelación de matrícula...........................................................33
Artículo 41. Estímulos......................................................................................................................35
Artículo 42. Procedimiento para aplicar estímulos .....................................................................36
Artículo 43. Procedimiento de Situaciones que afectan la Convivencia Escolar..................37
Artículo 44. Calificación de las Situaciones .................................................................................37
Artículo 45. Situaciones Tipo I .......................................................................................................37
Artículo 46. Protocolo Situaciones Tipo I .....................................................................................38
Artículo 47. Situaciones Tipo II ......................................................................................................38
Artículo 48. Protocolo Situaciones Tipo II ....................................................................................40
Artículo 49. Situaciones Tipo III.....................................................................................................40
Artículo 50. Protocolo Situaciones Tipo III ...................................................................................42
Artículo 51. Protocolo para estudiantes de Transición...............................................................43
Artículo 52. Activación de protocolos de otras entidades..........................................................43
“Construyendo una cultura de paz, contribuimos a la transformación de la sociedad”
5
4. CAPÍTULO IV – EL DEBIDO PROCESO ......................................................................................44
Artículo 53. Definición del debido proceso...................................................................................44
Artículo 54. Principios del Debido Proceso..................................................................................44
Artículo 55. Instancias en el debido proceso...............................................................................45
Artículo 56. Garantías del debido proceso...................................................................................46
Artículo 57. Etapas de Desarrollo del Debido Proceso..............................................................47
Artículo 58. Acciones Pedagógicas...............................................................................................47
Artículo 59. Recurso contra las sanciones...................................................................................48
Artículo 60. Mecanismos alternativos en la solución de conflictos ..........................................48
Artículo 61. Actas de compromiso.................................................................................................48
Artículo 62. Medidas correctivas....................................................................................................49
Artículo 63. Ruta de atención Integral ..........................................................................................52
Artículo 64. Procedimiento para aplicar sanciones.....................................................................53
Artículo 65. Desescolarización.......................................................................................................56
Artículo 66. Procedimiento a seguir ..............................................................................................56
Artículo 67. Procedimiento para solicitudes y/o reclamos.........................................................56
5. CAPÍTULO V – DEL SISTEMA DE INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN ..............................57
Artículo 68. Estrategias de Comunicación ...................................................................................57
Artículo 69. Medios de Información y comunicación..................................................................57
6. CAPÍTULO VI – BIENESTAR ESCOLAR......................................................................................57
Artículo 70. Servicio de Orientación..............................................................................................57
Artículo 71. Educación sexual........................................................................................................58
7. CAPÍTULO VII – USO DE ALGUNAS DEPENDENCIAS ...........................................................58
Artículo 72. Servicio Sala de Sistemas.........................................................................................58
Artículo 73. Servicio de Comedor..................................................................................................58
Artículo 74. Uso de Transporte cuando sea necesario..............................................................58
Artículo 75. Uso del Laboratorio ....................................................................................................59
Artículo 76. Uso del Patio ...............................................................................................................59
Artículo 77. Descanso .....................................................................................................................59
Artículo 78. Salidas Pedagógicas..................................................................................................60
Artículo 79. Uso de la Tienda Escolar ..........................................................................................60
Artículo 80. Portería.........................................................................................................................61
Artículo 81. Oficinas.........................................................................................................................61
“Construyendo una cultura de paz, contribuimos a la transformación de la sociedad”
6
Artículo 82. Uso del Servicio de Baño ..........................................................................................61
Artículo 83. Medios de Información...............................................................................................61
Artículo 84. Sala de ingles..............................................................................................................62
Artículo 85. Zonas verdes, Jardineras, Materas y Cuidado de la naturaleza.........................62
Artículo 86. Uso del Servicio de Biblioteca ..................................................................................62
Artículo 87. Actividades complementarias de uso del tiempo libre:.........................................63
8. CAPÍTULO VIII – PROCESOS DE SEGUIMIENTO ACADÉMICO Y EVALUACIÓN............63
Artículo 88. Proceso de Seguimiento académico .......................................................................63
Artículo 89. Procesos de Evaluación ............................................................................................64
Artículo 90. Criterios de evaluación ..............................................................................................64
Artículo 91. Criterios de promoción y reprobación......................................................................66
Artículo 92. Escala de valoración ..................................................................................................67
Artículo 93. Criterios y procedimientos de promoción anticipada ............................................67
9. CAPÍTULO IX- DE LOS PADRES DE FAMILIA...........................................................................68
Artículo 94. Derechos de los padres de familia y/o acudientes................................................68
Artículo 95. Deberes de los padres de familia y/o acudientes..................................................69
10. CAPÍTULO X - DEL DOCENTE...................................................................................................70
Artículo 96. Derechos del Docente................................................................................................70
Artículo 97. Deberes del Docente..................................................................................................71
11. CAPITULO XI - PARTICIPACIÓN EN EL GOBIERNO ESCOLAR ......................................72
Artículo 98. Conformación del Gobierno Escolar........................................................................72
Artículo 99. Participación de los Profesores................................................................................72
Artículo 100. Consejo Directivo (Decreto 1860/1994)..................................................................72
Artículo 101. Participación de los Padres de Familia (Decreto 1286 De 2005) .......................73
Artículo 102. Asamblea General de Padres (Articulo 4/ Dec 1286)...........................................73
Artículo 103. Consejo De Padres De Familia. (Artículo 5/ Dec 1286) .......................................73
Artículo 104. Mecanismos De Participación y Cultura Democrática..........................................74
Artículo 105. Representante de Curso. ..........................................................................................74
Artículo 106. Otros Comités. ............................................................................................................74
Artículo 107. Consejo de Estudiantes.............................................................................................74
Artículo 108. Personero de los Estudiantes...................................................................................75
Artículo 109. Contralor Estudiantil...................................................................................................75
Artículo 110. Convocatoria. ..............................................................................................................76
“Construyendo una cultura de paz, contribuimos a la transformación de la sociedad”
7
Artículo 111. Inscripción....................................................................................................................76
Artículo 112. Proceso Electoral........................................................................................................77
Artículo 113. Comité de Convivencia escolar................................................................................77
12. CAPÍTULO XII – MANUAL DE FUNCIONES............................................................................78
Artículo 114. Funciones del Rector .................................................................................................78
Artículo 115. Funciones del Consejo Directivo..............................................................................79
Artículo 116. Funciones del Consejo Académico..........................................................................79
Artículo 117. Comisión de evaluación y promoción......................................................................80
Artículo 118. Funciones del Comité de Convivencia Escolar......................................................80
Artículo 119. Funciones del Consejo de padres............................................................................81
Artículo 120. Funciones del Consejo de estudiantes ...................................................................81
Artículo 121. Funciones del Personero y/o personera .................................................................82
Artículo 122. Funciones del contralor estudiantil...........................................................................82
Artículo 123. Funciones del Coordinador@...................................................................................82
Artículo 124. Funciones del Orientador@ ......................................................................................84
Artículo 125. Funciones de los docentes y las docentes.............................................................84
Artículo 126. Funciones del técnico operativo...............................................................................85
Artículo 127. Funciones del vigilante ..............................................................................................85
Artículo 128. Funciones del auxiliar de servicios generales........................................................86
“Construyendo una cultura de paz, contribuimos a la transformación de la sociedad”
8
Artículo 2. Introducción y/o presentación
La I.E.D Los Rosales es una Institución de carácter Oficial que funciona en el Suroccidente de
Barranquilla con dos sedes, las cuales desarrollan en todos los órdenes de su funcionamiento, el
compromiso por buscar la excelencia y un pacto hacia la convivencia pacífica. Bajo el Código de Ética y
Buen Gobierno del Ministerio de Educación Nacional, cumple con todos los requerimientos legales
teniendo en cuenta los criterios de Ética, Integridad, Transparencia y Eficiencia, con el fin de asegurar el
cumplimiento de los fines misionales y del Estado.
Cuenta con licencia de funcionamiento otorgada mediante la Resolución Nº 17080 de Diciembre 29 del
2016 (Preescolar, Básica Primaria, Metodologías Flexibles, Secundaria y Media); Desde Marzo del 2017,
se inicia Jornada única para los grados de la Media (10y 11). Tiene dos sedes, ubicadas: SEDE N° 1: Calle
98D N° 9J – 23 y la SEDE N° 2: Cra 9J N° 98B – 40.
Los aspectos generales que se deben conocer de la institución son: NIT 900077815-1, CÓDIGO IFCES:
107279, DANE SEDE N° 1: 308001018358, DANE SEDE N°2: 108001079102, MODALIDAD: Académico,
la Naturaleza es Oficial, el carácter es Mixto, la jornada es Diurna, los niveles que tiene son Preescolar,
Básica primaria, metodologías Flexibles, Secundaria y Media, es de calendario A, tiene convenio con el
SENA para la media técnica y la UNALE a la que corresponde es la de Suroccidente
Artículo 3. Acuerdo de adopción
REGLAMENTO O MANUAL DE CONVIVENCIA
RESOLUCIÓN RECTORAL No.
24 de Abril de 2017
POR LA CUAL SE ADOPTA EL REGLAMENTO O MANUAL DE CONVIVENCIA
PARA LOS/AS ESTUDIANTES DEL INSTITUCIÓN EDUCATIVA DISTRITAL LOS ROSALES
El Rector del INSTITUCIÓN EDUCATIVA DISTRITAL LOS ROSALES, en su calidad de Presidente del
Consejo Directivo y en uso de las facultades que le otorga la Ley 115 de 1994 y el Decreto Reglamentario
1860 del mismo año y
CONSIDERANDO
1. Que la Constitución Política de Colombia, Artículo 67, consagra la educación como un derecho
fundamental de la persona, con la función de formar a los ciudadanos en el respeto a los derechos
humanos, a la paz y a la democracia.
“Construyendo una cultura de paz, contribuimos a la transformación de la sociedad”
9
2. Que los artículos 73 (PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL P.E.I.) y 87 (REGLAMENTO O
MANUAL DE CONVIVENCIA), de la Ley 115 de 1994 establecen el Reglamento o Manual de
Convivencia para todos los centros educativos y compilado en el Artículo 2.3.3.1.4.4 del decreto
1075/15, define: “Los establecimientos educativos tendrán un reglamento o manual de
convivencia, en el cual se definirán los derechos, deberes, de los estudiantes. Los padres,
acudientes, cuidadores al firmar la matricula correspondiente en representación de sus hijos, están
aceptando el mismo”.
3. Que el artículo 144 (Funciones del Consejo Directivo) de la misma Ley, literal C, señala como
función del Consejo Directivo adoptar el Reglamento de la Institución, de conformidad con las
normas vigentes, y que esto se encuentra reglamentado en el Artículo 23 del Decreto 1860 de
1994.
4. Que el numeral 7 del Artículo 14 del Decreto 1860 incluye el Manual de Convivencia Escolar en el
Proyecto Educativo Institucional.
5. Que el Artículo 17 del Decreto 1860 de 1994 (REGLAMENTO O MANUAL DE CONVIVENCIA)
reglamenta lo establecido en la Ley 115, sin perjuicio de aquellos otros temas que tengan relación
con los derechos y obligaciones de los diferentes estamentos de la comunidad educativa y los
procesos que garanticen la sana convivencia escolar.
6. Decreto 1965 de 2013 - Articulo 41 numeral 7 Relación de entidades y personas vinculadas en la
ruta de atención integral para la convivencia escolar: • Policía Nacional • Policía de infancia y
adolescencia • Secretaria de gobierno municipal • Personería Municipal. • Fiscalía general de la
nación • Comisaria de familia • Defensoría de familia • Inspector de policía • ICBF – Instituto
colombiano de bienestar familiar • Hospital – o puesto de salud • Bomberos – Cruz Roja – Defensa
Civil – • Medicina Legal • Padres de familia o acudientes
7. Que son complementarios, la Ley 1620 /2013, Ley 1098 /2006, Decreto 2383/2015 y demás
jurisprudencia de la Corte Constitucional.
8. Que en los últimos años han sido derogadas algunas normas y reemplazadas por otras
regulaciones, lo que hace urgente el acoplamiento normativo de nuestro manual en materia
jurídica y procedimental.
9. Que las propuestas de reformas se han puesto a consideración, deliberación y consenso de los
diferentes estamentos de la comunidad educativa.
10. Que el Consejo Directivo según Acta No. 01 del 24 de Marzo de 2019, aprobó efectuar las
modificaciones pertinentes al Reglamento o Manual de Convivencia Escolar.
11. Que se atendió a los requerimientos establecidos en la Ley.
Por lo anterior, el Manual de Convivencia se orientará por los siguientes Principios Rectores:
 Derecho al debido proceso
 Convivencia Social.
 Democracia participativa y Pluralista.
 Respeto por la Dignidad Humana.
 Solidaridad
 Tolerancia
 Defensa y protección de Los Derechos de los niños, niñas y adolescentes, (ley 1098 de /2006,) así
como el Cumplimiento de Los deberes.
 Mecanismo alternativo de resolución de conflictos Ley 640 de 2001.
 Conocimiento Público
 Imparcialidad
 Favorabilidad
 Presunción de Inocencia y Buena Fe.
 Celeridad
“Construyendo una cultura de paz, contribuimos a la transformación de la sociedad”
10
 Protección de los Derechos Fundamentales
 Valoración Probatoria
Y RESUELVE
 Artículo Primero: Aprobar la reforma al actual Reglamento o Manual de Convivencia del
INSTITUCIÓN EDUCATIVA DISTRITAL LOS ROSALES, en sus niveles: Transición, Básica
Primaria y Secundaria y Media.
 Artículo Segundo: Derogar los anteriores Reglamentos o Manuales de Convivencia Escolar.
 Artículo Tercero: Dar a conocer el texto completo del Reglamento o Manual de Convivencia a
toda la Comunidad Educativa para su interiorización y cumplimiento, entregando una copia del
mismo a cada estudiante.
 Artículo Cuarto: Remitir la presente Resolución y copia del nuevo Manual de Convivencia a la
Secretaría de Educación Distrital.
Dado en la Rectoría del INSTITUCIÓN EDUCATIVA DISTRITAL LOS ROSALES a los 24 días del mes de
Marzo de 2019.
La presente Resolución y el Manual de Convivencia rigen a partir del 01 de Mayo de 2019.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
GUSTAVO BUSTOS SANCHEZ
Rector
Artículo 4. Definición del Manual
El Manual de convivencia, es una parte fundamental del Proyecto Educativo Institucional (PEI)
en la cual se deben definir los derechos y obligaciones de todas las personas de la comunidad
educativa en aras de convivir de manera pacífica y armónica.
El manual de convivencia puede entenderse como una herramienta en la que se consignan los
acuerdos de la comunidad educativa para facilitar y garantizar la armonía en la vida diaria de los
EE. En este sentido, se definen las expectativas sobre la manera cómo deben actuar las personas
que conforman la comunidad educativa, los recursos y procedimientos para dirimir conflictos, así
como las consecuencias de incumplir los acuerdos (Chaux, Vargas, Ibarra & Minski, 2013).
Los acuerdos consignados en el manual de convivencia se pueden entender como pactos que se
construyen con la participación de todas las personas que conforman la comunidad educativa.
Entre sus principales objetivos se pueden nombrar:
● Promover, garantizar y defender los DDHH y DHSR.
● Establecer normas paras las funciones, deberes, comportamientos y actitudes pactados
por la comunidad educativa entre sí y con el entorno escolar, de manera tal que se
garantice el ejercicio de los derechos de todas las personas que la conforman.
● Fortalecer procesos en torno a las medidas pedagógicas y alternativas de solución para
las situaciones que afectan la convivencia escolar.
“Construyendo una cultura de paz, contribuimos a la transformación de la sociedad”
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Teniendo en cuenta lo anterior, es evidente cómo en el marco de la Ley 1620 de 2013 el manual
de convivencia se convierte en un elemento fundamental para garantizar el mejoramiento de la
convivencia y el ejercicio de los DDHH y DHSR. Por esta razón, en el Decreto 1965 de 2013 el
proceso de actualización del manual se convierte en un eje fundamental para la implementación de
las definiciones, principios y responsabilidades que se plantean en la Ley de Convivencia Escolar.
Artículo 5. Marco Jurídico
A continuación se presentan las fuentes legales para la elaboración y adopción del Manual de
convivencia del INSTITUCIÓN EDUCATIVA DISTRITAL LOS ROSALES:
1. Interés Superior del Menor (declaración universal de los derechos del niño 1989- tratados y
convenios internacionales)
2. La Constitución Política de Colombia de 1991. Todas las normas contenidas en el presente
manual son coherentes con la Constitución Política de Colombia. “La educación es un derecho
de la persona y un servicio público que tiene una función social; con ella se busca el acceso al
conocimiento, a la ciencia, a la técnica y a los demás bienes y valores de la cultura.”
La educación formará a la persona en el respeto a los derechos humanos, a la paz y a la
democracia en la práctica del trabajo y la recreación para el mejoramiento cultural, científico y
tecnológico, además de la protección del medio ambiente.
El estado, la sociedad y la familia son los responsables de la educación. Artículos 1°, 2°, 13°, 15°,
16°, 20°, 23°, 33°, 41°, 43°, 44°, 45°, 67°, 68°, 70°, 95°.
Nota: En el INSTITUCIÓN EDUCATIVA DISTRITAL LOS ROSALES, como institución pública con
profundización en ciencias naturales y medio ambiente, el padre, madre o tutor/a legal y el
estudiante, asumen y se comprometen a fomentar acciones que conlleven al cuidado del medio
ambiente..
3. Ley 30/86: Por la cual se adopta el Estatuto Nacional de Estupefacientes y se dictan otras
disposiciones
4. Ley 12 de enero 22 de 1991 “Convención internacional sobre los derechos de la niñez”.
5. Nueva Ley General de Educación - Ley 115 de 1994: Artículos 73°, 87°, 94°, 97° y 144°.
6. Decreto 1860 de agosto 3/94: Reglamenta la ley 115: Artículos 17°.
7. Ley 124/94: Reglamenta el consumo de bebidas alcohólicas
8. Decreto 1108 de 1994. Capítulo III. “Porte y consumo de estupefacientes”. "Por el cual se
sistematizan, coordinan y reglamentan algunas disposiciones en relación con el porte y
consumo de estupefacientes y sustancias psicotrópicas". Artículo 9º. “Para efectos de los fines
educativos, se prohíbe en todos los establecimientos educativos del país, estatales y privados,
el porte y consumo de estupefacientes y sustancias psicotrópicas”.
9. Ley 200 de agosto de 1995. Por la cual se adopta el código disciplinario único.
10. La resolución 4210 de 1996. Establece “REGLAS GENERALES PARA LA DEL SERVICIO
SOCIAL OBLIGATORIO”.
11. El decreto 2247 de 1997. “POR EL CUAL SE REGLAMENTA EL SERVICIO EDUCATIVO AL
NIVEL DE PREESCOLAR”.
12. Ley 715 de 2001. (Por la cual se dictan normas orgánicas en materia de recursos y
competencias de conformidad con los artículos 151, 288, 356 y 357 (Acto Legislativo 01 de
2001) de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones para organizar la prestación
de los servicios de educación y salud)
“Construyendo una cultura de paz, contribuimos a la transformación de la sociedad”
12
13. Ley 745 de julio 19 de 2002: Por la cual se tipifica como contravención el consumo y porte de
dosis personal de estupefacientes o sustancias que produzcan dependencia, con peligro para
los menores de edad y la familia.
14. Decreto 2287 de agosto 12 de 2003: Normas de salud (vacunas)
15. El decreto 1286 de 2005. “Por el cual se establecen normas sobre la participación de los
padres de familia en el mejoramiento de los procesos educativos de los establecimientos
oficiales y privados” mediante EL CONSEJO DE PADRES Y LA ASOCIACIÓN DE PADRES
DE FAMILIA.
16. Ley 1014 del 2006, Fomento a la cultura del emprendimiento. “La formación para el
emprendimiento busca un desarrollo para la cultura del emprendimiento, con acciones que
buscan entre otros la formación en competencias básicas, competencias laborales,
competencias ciudadanas y competencias empresariales dentro del sistema educativo formal,
no formal y su articulación con el sector productivo;”(…) “La educación debe incorporar, en su
formación teórica y práctica, lo más avanzado de la ciencia y de la técnica, para que el
estudiante esté en capacidad de crear su propia empresa, adaptarse a las nuevas tecnologías
y al avance de la ciencia”.
17. Ley 1098 de noviembre 8 de 2006, Ley de infancia y adolescencia, Artículos 10°, 15°, 26°,
28°, 39°, 43°.
18. Resolución 1956 de mayo 30/2008: Prohibición de fumar en sitios públicos.
19. Decreto 1290 de 16 de abril de 2009: “Por el cual se reglamentan los propósitos de la
evaluación del aprendizaje y los criterios de promoción de los estudiantes de los niveles de
educación básica y media” y se concede autonomía institucional para establecer el “SISTEMA
INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DE LOS ESTUDIANTES”(…) “Así
mismo, establece la escala de valoración de desempeño nacional y se autoriza a que cada
establecimiento educativo defina y adopte una escala de valoración de los desempeños de los
estudiantes en su sistema de evaluación.”
20. Aula Hospital Ley 1388 /2010 Decreto reglamentario 1470: apoyo académico especial y
apoyo emocional a niñas, niños y adolescentes en condición de enfermedad (Se refiere a las
niñas, niños y jóvenes menores de 18 años que por razones de enfermedad, accidente,
convalecencia o recuperación se ausentan del aula regular por un periodo mayor a un mes o
su pronóstico así lo indica.)
21. La Ley de seguridad ciudadana: “Por medio de la cual se reforma el Código penal, el Código
de procedimiento penal, el Código de infancia y adolescencia, las reglas sobre extinción de
dominio y se dictan otras disposiciones en materia de seguridad”(...) “La ciudadanía reclama
un tratamiento más estricto para luchar contra la impunidad en los crímenes cometidos por
menores de edad, por lo cual esta ley ordena”: ARTÍCULO 94. “Adiciónese dos nuevos
parágrafos al artículo 42 de la Ley 1098 de 2006”.
22. Ley 1620 de 15 de marzo de 2013, "Por la cual se crea el sistema nacional de convivencia
escolar y formación para el ejercicio de los derechos humanos, la educación para la
sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar".
23. Decreto 1965 del 11 de septiembre de 2013, “Desarrollo normativo o reglamentación de la
Ley 1620 de 2013, la presente normatividad se ocupa de REGULAR LA CONFORMACIÓN,
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO del Sistema Nacional de Convivencia Escolar y
Formación para el Ejercicio de los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la
Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar; del Comité Nacional de Convivencia Escolar;
de los comités municipales, distritales y departamentales de convivencia escolar y de los
comités escolares de convivencia; así como la articulación de las entidades y personas que
conforman el Sistema Nacional de Convivencia Escolar, la familia y la sociedad”.
“Construyendo una cultura de paz, contribuimos a la transformación de la sociedad”
13
24. Ley 1732 del 01 septiembre de 2014, "Por la cual se establece la cátedra de la paz en todas
las instituciones educativas del país. Con el fin de garantizar la creación y el fortalecimiento de
una cultura de paz en Colombia, establézcase la Cátedra de la Paz en todas las instituciones
educativas de preescolar, básica y media como una asignatura independiente”.
25. Decreto 1038 de 2015, "Por el cual se reglamenta la Cátedra de la Paz” (...) “La Cátedra de la
Paz será obligatoria en todos los establecimientos educativos de preescolar, básica y media
de carácter oficial y privado, en los estrictos y precisos términos de la Ley 1732 de 2014 y de
este decreto”.
26. Decreto 1075 de 2015. Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del
Sector Educación.
27. Decreto 2383/2015. Por el cual se reglamenta la prestación del servicio educativo en el marco
del Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes.
28. Ley 1801/2016. Código de Policía Nacional
29. Decreto 1421 de 2017, Por el cual se reglamenta en el marco de la educación inclusiva la
atención educativa a la población con discapacidad
30. Manual de Convivencia que rige hasta la fecha.
31. Últimos fallos de la corte Constitucional sobre aspectos relacionados con la educación, que
deben ser conocidas y apropiadas para el adecuado manejo de cualquier situación:
Año Sentencia Observaciones
1992 ST. 519 “A este propósito, la Corte estima pertinente observar
que si bien la educación es un derecho fundamental y el
estudiante debe tener la posibilidad de permanecer
vinculado al plantel hasta la culminación de sus
estudios, de allí no puede colegirse que el centro
docente esté obligado a mantener indefinidamente entre
sus discípulos a quien de manera constante y reiterada
desconoce las directrices disciplinarias y quebranta el
orden impuesto por el reglamento educativo, ya que
semejantes conductas, además de constituir
incumplimiento de los deberes ya resaltados como
inherentes a la relación que el estudiante establece con
la institución en que se forma, representan abuso del
derecho en cuanto causan perjuicio a la comunidad
educativa e impiden al colegio alcanzar los fines que le
son propios."
1992 ST. 402 "(La educación) es un derecho-deber, en cuanto no
solamente otorga prerrogativas a favor del individuo,
sino que comporta exigencias de cuyo cumplimiento
depende en buena parte la subsistencia del derecho,
pues quien no se somete a las condiciones para su
ejercicio, como sucede con el discípulo que desatiende
sus responsabilidades académicas o infringe el régimen
disciplinario que se comprometió a observar, queda
sujeto a las consecuencias propias de tales conductas."
1992 ST. 524 “En otros términos, los reglamentos de las instituciones
“Construyendo una cultura de paz, contribuimos a la transformación de la sociedad”
14
Año Sentencia Observaciones
educativas no podrán contener elementos, normas o
principios que estén en contravía de la Constitución
vigente como tampoco favorecer o permitir prácticas
entre educadores y educandos que se aparten de la
consideración y el respeto debidos a la privilegiada
condición de seres humanos tales como tratamientos
que afecten el libre desarrollo de la personalidad de los
educandos, su dignidad de personas nacidas en un país
que hace hoy de la diversidad y el pluralismo étnico,
cultural y social principio de praxis general. Por tanto, en
la relación educativa que se establece entre los diversos
sujetos, no podrá favorecerse la presencia de prácticas
discriminatorias, los tratos humillantes, las sanciones
que no consulten un propósito objetivamente educativo
sino el mero capricho y la arbitrariedad.”
1993 ST. 065 El corte de cabello no es una condición para la admisión
y permanencia del educando dentro del plantel
académico
1993 ST. 308 La dignidad humana como valor fundante y principio
rector de los derechos constitucionales, y principalmente
del actuar del Estado colombiano, así como de los
particulares, en los términos de la Corte Constitucional,
“no se aplica exclusivamente para la adquisición de
vivienda, sino acorde con el valor de la persona humana,
para tener un proyecto de vida plena, libre y auto
realizada”
1994 ST. 569
ST. 234
ST. 309
ST. 386
ST. 403
ST. 569
ST. 316
La Corte dijo que si las conductas homosexuales no se
ajustan a las normas de comportamiento social y
escolar, aquéllas no pueden admitirse ni tolerarse.
Para la Corte es claro entonces, que la ley asignó a los
establecimientos educativos, públicos y privados, un
poder de reglamentación dentro del marco de su
actividad. Los reglamentos generales de convivencia,
como es de la esencia de los actos reglamentarios,
obligan a la entidad que los ha expedido y a sus
Destinatarios, esto es, a quienes se les aplican, porque
su fuerza jurídica vinculante deviene en forma inmediata
de la propia ley y mediata de la Constitución Política.”
1995 ST. 340
ST. 037
340: El Consejo Directivo de la Fundación demandada
no tenía competencia para establecer como causal de
exclusión de un estudiante, el bajo rendimiento
académico en la hipótesis normativa contemplada en el
inciso segundo del artículo 96 de la Ley 115 de 1994.
Menos aún la tenía entonces para, actuando como ente
disciplinario, aplicarla en el caso que se revisa. Y la falta
“Construyendo una cultura de paz, contribuimos a la transformación de la sociedad”
15
Año Sentencia Observaciones
de competencia de la autoridad disciplinaria, así como la
ilegalidad de la causal aplicada por ella, constituyen
sendas violaciones del debido proceso administrativo.
Cuando en una entidad deben cumplirse muchas
actividades en muy corto tiempo, han de respetarse los
derechos fundamentales de las personas.
037: No es violatorio de los derechos fundamentales el
acto por el cual se sanciona a un estudiante por incurrir
en faltas que comprometen la disciplina del plantel,
siempre que se respeten las garantías del debido
proceso, que se prueben los hechos imputados y que la
sanción esté contemplada previamente en el respectivo
reglamento. Tanto los actos de homosexualidad como
los que impliquen objetivamente el acoso o asedio a los
compañeros dentro del establecimiento, quebrantan de
manera ostensible y grave la disciplina y además
ofenden a los demás integrantes de la comunidad
educativa, quienes merecen respeto, por todo lo cual
aquéllos deben ser oportuna y ciertamente castigados.
1995 ST. 340
ST. 037
340: El Consejo Directivo de la Fundación demandada
no tenía competencia para establecer como causal de
exclusión de un estudiante, el bajo rendimiento
académico en la hipótesis normativa contemplada en el
inciso segundo del artículo 96 de la Ley 115 de 1994.
Menos aún la tenía entonces para, actuando como ente
disciplinario, aplicarla en el caso que se revisa. Y la falta
de competencia de la autoridad disciplinaria, así como la
ilegalidad de la causal aplicada por ella, constituyen
sendas violaciones del debido proceso administrativo.
Cuando en una entidad deben cumplirse muchas
actividades en muy corto tiempo, han de respetarse los
derechos fundamentales de las personas.
037: No es violatorio de los derechos fundamentales el
acto por el cual se sanciona a un estudiante por incurrir
en faltas que comprometen la disciplina del plantel,
siempre que se respeten las garantías del debido
proceso, que se prueben los hechos imputados y que la
sanción esté contemplada previamente en el respectivo
reglamento. Tanto los actos de homosexualidad como
los que impliquen objetivamente el acoso o asedio a los
compañeros dentro del establecimiento, quebrantan de
manera ostensible y grave la disciplina y además
ofenden a los demás integrantes de la comunidad
“Construyendo una cultura de paz, contribuimos a la transformación de la sociedad”
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Año Sentencia Observaciones
educativa, quienes merecen respeto, por todo lo cual
aquéllos deben ser oportuna y ciertamente castigados.
1996 ST. 348
ST. 024
348: Los establecimientos educativos se rigen
internamente por unos principios y unas reglas que el
educando y sus padres aceptan como obligatorias al
momento de matricularse, las cuales se consignan en
los denominados manuales de convivencia o
reglamentos internos, instrumentos que sirven para
regular la convivencia armónica de los distintos
estamentos que conforman la comunidad educativa, y
que como tales han de expedirse y hacerse conocer por
parte de quienes integran cada uno de ellos, a quienes
obliga, siempre que no sean contrarios a preceptos
constitucionales o legales. En esos instrumentos se
consagran los derechos y deberes de los estudiantes,
quienes como sujetos activos del proceso educativo
tienen la prerrogativa de reclamar los primeros y la
obligación de cumplir y acatar los segundos
024: En cuanto su carácter implica una doble condición
derecho-deber, un incumplimiento, debe forzosamente
dar lugar a una sanción, pero enmarcada dentro de
límites razonables. Esa sanción debe sujetarse a los
reglamentos internos del establecimiento educativo, es
decir, hay que examinar si se viola o no el debido
proceso. En el presente caso queda agotada la vía
gubernativa, con la sola reposición. Por cuanto, si el acto
es entendido como si fuere expedido por el delegante,
se entiende que solo procede el recurso de reposición.
1997 ST. 543
ST. 433
ST. 235
ST. 336
ST. 366
543: La Carta Política instituyó como derecho
fundamental el de la educación, siendo éste, un derecho
de responsabilidad del Estado, la comunidad y la familia.
En este sentido, la educación deberá cumplir una misión
primordial cual es la de dar los medios necesarios para
acceder al conocimiento, de acuerdo con unos niveles
de calidad que propenda por una mejor formación moral,
intelectual y física de los educandos.
1998 ST. 526
ST. 642
ST. 500
La Corporación ha puesto de manifiesto que el
apoderado no gestiona ante los jueces sus propios
derechos sino que es vocero de los que puedan
corresponderle a su patrocinado, siendo ello así "por
cuanto en virtud de un contrato de mandato los
abogados actúan en representación de otros" y en los
términos del poder que se les haya discernido. Nótese
que la titularidad de los derechos en juego se predica de
“Construyendo una cultura de paz, contribuimos a la transformación de la sociedad”
17
Año Sentencia Observaciones
la parte, que es permanente, mientras que el apoderado
no lo es, ya que su mandato es revocable y susceptible
de sustitución e incluso de renuncia; por tanto, los
derechos invocados como fundamento de la acción de
tutela no son de quien actuó en condición de
representante, sino que se radican en cabeza de la parte
procesal que, por lo mismo, es la llamada a solicitar el
amparo en caso de considerarlos vulnerados o
amenazados. De otro lado, debe desecharse la hipótesis
de que el poder conferido para adelantar un proceso
judicial sirve al propósito de intentar la acción de tutela a
que pudiere dar lugar ese proceso, por cuanto se trata
de actuaciones distintas y, si bien es cierto que la tutela
tiene un carácter informal, también lo es que tal
informalidad no lleva a presumir la existencia de un
poder que no se presentó y que es necesario allegar
siempre que se ejerza la acción de tutela a nombre de
otro y a título profesional.
1999 ST. 880 El derecho al debido proceso contenido en el artículo 29
de la Carta Política es aplicable a las decisiones que se
tomen en el medio educativo; razón por la cual, es válida
la imposición de sanciones que se señalan en el manual
de convivencia, previo agotamiento del procedimiento
que para el efecto se encuentra establecido en el mismo
ordenamiento del plantel.
2000 ST. 591
ST. 772
ST. 944
Las autoridades no sólo deben abstenerse de
actuaciones que atenten contra la vida y la integridad de
las personas residentes en el país, sino que están
obligadas a prevenir los riesgos que las afectan, a evitar
que se realicen los que se pueden oportunamente
controlar, y a atender las consecuencias de las
catástrofes imprevisibles o inevitables. Corolario de lo
anterior, es que ninguna autoridad puede válidamente
impedir que las autoridades o los particulares actúen
para evitar que un riesgo grave se realice, y ocasione la
muerte de las personas o produzca daños a sus bienes;
mucho menos, cuando el único motivo que puede aducir
para actuar de tal manera es el afán de obtener un
provecho patrimonial, a costas de colocar en peligro a
una o más personas, o de mantenerlas bajo un peligro
grave que se puede evitar.
2001 ST. 642
ST. 1086
La Corte Constitucional ha señalado que para la
realización plena del derecho a la educación no basta
con que el individuo tenga la real posibilidad de ingresar
al sistema educativo sino que “se requiere
paralelamente del ofrecimiento por parte de la respectiva
“Construyendo una cultura de paz, contribuimos a la transformación de la sociedad”
18
Año Sentencia Observaciones
institución, de una educación que garantice una
formación integral de calidad, la cual sólo se logra a
través de metodologías y procesos pedagógicos
sólidamente fundamentados en la teoría y la práctica,
dirigidos y orientados por docentes especialistas en las
distintas áreas, que con dedicación y profesionalismo
conduzcan el proceso formativo de sus alumnos.
2002 ST. 706 Los educandos deben cumplir con unas pautas mínimas
de orden académico y disciplinario, que les permitan
acceder a ciertos derechos o a ser sancionados en
razón de sus buenos o malos rendimientos y
comportamientos: “... el incumplimiento de obligaciones
académicas y disciplinarias, puede ser origen de la
aplicación de sanciones a nivel institucional. Los
colegios y centros educativos, en consecuencia, pueden
imponerlas, garantizando en todo caso el respeto al
debido proceso y al derecho de defensa de los
estudiantes”.
2003 ST. 671
ST. 554
La permanencia de los educandos en el sistema
educativo está condicionada a su concurso activo en la
labor formativa intelectual y disciplinaria, y por ello, la
falta de rendimiento, la indisciplina reiterada y la
ausencia de motivación y compromiso con la instancia
educativa, pueden tener la suficiente entidad como para
que el alumno sea retirado del establecimiento o no sea
aceptado nuevamente en el lugar donde debía
responder y no lo logra por su propia causa.
2005 ST. 767 La educación como derecho fundamental conlleva
deberes del estudiante, uno de los cuales es someterse
a las normas de comportamiento establecidas por el
plantel educativo al cual se encuentra vinculado. De esta
manera, su inobservancia permite a las autoridades
escolares tomar las decisiones que correspondan,
siempre que se respete el debido proceso del
estudiante.
2007 ST. 651 La Corte asume el estudio de la proporcionalidad y
razonabilidad de las sanciones, concluyendo que su
desproporción vulnera el derecho al debido proceso,
pues tanto las reglas de conducta como la censura a su
incumplimiento deben tener una finalidad adecuada y
constitucionalmente legítima, so pena de tornarse
arbitrarias.
2009 ST. 673 DERECHO A LA EDUCACION -No se vulneró por
cuanto el estudiante aceptó el traslado de institución
solicitado por acudiente
“Construyendo una cultura de paz, contribuimos a la transformación de la sociedad”
19
Año Sentencia Observaciones
2010 ST. 492 DERECHO A LA EDUCACION DEL MENOR -No
vulneración por parte de institución educativa al no
renovar la matrícula del estudiante por no tener ésta
carácter especializado o personalizado que la obligue a
brindar seguridad extrema al menor
2011 ST. 196
ST. 832
ST. 759
DEBIDO PROCESO DISCIPLINARIO EN
ESTABLECIMIENTO EDUCATIVO - Vulneración por
expulsión de estudiante aplicando sanción de
desescolarización sin estar contemplada en el Manual
de Convivencia
2013 ST. 625
ST. 565
DERECHO A LA EDUCACION INTEGRAL-Vulneración
por institución educativa por negar reingreso, aún sin
haber brindado el acompañamiento pedagógico,
didáctico y psicológico de estudiante consumidor de
SPA.
ST 565: DERECHO A LA IDENTIDAD SEXUAL Y DE
GENERO-Prohibición de discriminación en
establecimientos educativos en razón de la opción
sexual
2015 ST. 478 DERECHO A LA INTIMIDAD Y AL BUEN NOMBRE-
Vulneración se extiende a la familia, cuando el titular ha
fallecido: Cualquier vulneración al buen nombre y a la
intimidad que puede producir información que perjudique
la reputación o la privacidad de la persona, así esté
fallecida, se puede extender a su familia, quienes son
los que tienen que soportar el peso moral y social de un
reproche público contra su ser querido. En ese sentido,
la jurisprudencia constitucional ha reconocido que el juez
puede, a través de la acción de tutela, tomar los
remedios puntuales para proteger el ámbito de
protección de esos derechos.
2016 S T-679 DERECHO A LA EDUCACION INCLUSIVA DE NIÑOS
Y NIÑAS EN SITUACION DE DISCAPACIDAD-
Obligación de garantizar acceso a la educación en aulas
regulares de estudio: Los niños y niñas son titulares del
derecho fundamental a la educación en condiciones de
igualdad, independientemente de las limitaciones físicas,
cognitivas o de cualquier otro tipo que presenten. De
este modo, ante una situación que genere discapacidad,
el Estado debe eliminar las barreras que impidan el goce
y disfrute efectivo de esa garantía, a través de la
inclusión en el sistema tradicional, o en el especializado
cuando las circunstancias lo ameriten (i.e. cuando sea
imposible garantizar la disponibilidad, el acceso, la
“Construyendo una cultura de paz, contribuimos a la transformación de la sociedad”
20
Año Sentencia Observaciones
aceptabilidad, la permanencia o adaptabilidad).
2019 ST- 020 El colegio no vulneró derecho fundamental alguno, pues
la misma se sustentó en que la menor de edad no logró
cumplir los objetivos de la institución para ser promovida
al grado séptimo, ya que: (i) tuvo una inasistencia
superior al 50%; (ii) no trabajó en áreas como
investigación, artística e informática; (iii) no trabajó en
actividades extracurriculares; y (iv) la valoración de
“quices” y evaluaciones no superan el 6.6 necesario
para aprobar. Siendo así, la decisión se tomó con base
en elementos objetivos y que hacen parte de la potestad
de las instituciones educativas de brindarse sus propios
reglamentos y procedimientos. Es decir, la decisión se
enmarca dentro de la autonomía de la que gozan estas
instituciones educativas.
Artículo 6. Justificación
El Manual de Convivencia del I.E.D. los Rosales es el conjunto de orientaciones éticas, de normas de
comportamiento, procedimientos y criterios, que deben seguir los diferentes estamentos de la comunidad
educativa. Tiene como fin contribuir a la formación de personas integrales, de manera que cada uno
aprenda a ser responsable, libre y autónomo con la exigencia y la colaboración de los otros, para
promover una transformación social y una formación que promueva la convivencia en paz y el fomento de
una cultura ambiental.
El contenido de este Manual está relacionado con la resolución de conflictos de manera pacífica, el
cumplimiento de los deberes de la comunidad educativa y aspectos que contienen los principios y valores
que están establecidos en nuestra institución y se refleja en cada uno de los diferentes procesos del
proyecto educativo institucional, adhiriéndose a la necesidad de construir una comunidad enfocada en la
sana convivencia.
Las normas expuestas aquí, permiten el buen funcionamiento de la Institución y promueven el ejercicio de
la sana convivencia, la vivencia de los valores y el crecimiento personal al que aspiramos todos los
integrantes de esta comunidad.
Artículo 7. Misión
El I.E.D.Los Rosales, es una institución educativa de carácter oficial del suroccidente del distrito de
barranquilla , que lidera procesos de formación integral en niños, niñas y jóvenes en los niveles de
transición, básica y media con jornada única, desarrollando las competencias ciudadanas, académicas y
laborales, fortaleciendo valores como respeto, amor y responsabilidad, con una profundización en ciencias
naturales y medio ambiente, para que contribuyan significativamente en la transformación de la
sociedad.
Artículo 8. Visión
“Construyendo una cultura de paz, contribuimos a la transformación de la sociedad”
21
El I.E.D.Los Rosales espera consolidarse en el año 2025, como una institución educativa con liderazgo
en el suroccidente de barranquilla, por sus procesos de formación integral en la profundización en
ciencias naturales y medio ambiente, una cultura pacífica, un alto nivel de aceptación y reconocimiento
académico, técnico y convivencial e innovaciones pedagógicas, tecnológicas y culturales, además de sus
buenos resultados en pruebas internas y externas.
Artículo 9. Principios
El I.E.D.Los Rosales dentro de los parámetros propios del entorno a su ubicación en el proyecto
educativo institucional (PEI), centra su formación orientada y regida por los siguientes principios:
1. Calidad: promover una educación con calidad, profundizando en el saber, el saber hacer y el ser,
logrando así significativo niveles de cálida en los estudiantes, con una sólida formación en valores
y en medio ambiente.
2. Liderazgo: formar personas autónomas con vocación de servicios, respetuoso por la dignidad
humana y constructores de una sociedad pacífica, libre y tolerante.
3. Justicia: desarrollar en los estudiantes una clara concepción de valores, de tal manera que
sean adoptados como una forma de vida y como herramientas para salir adelante,
respetando los derechos del otro.
4. Fraternidad: formar ciudadanos pacíficos, responsables, respetuoso de la vida, del medio
ambiente, de los derechos humanos, los principios democráticos, que les permita el ejercicio de
la tolerancia, el amor y la solidaridad.
5. Sentido de pertenencia: fomentar el amor por la institución, el conocimiento y reconocimiento
de los valores culturales, de tal forma que todos los que hacen parte de la comunidad educativa,
los acepten, los respeten y los promuevan.
6. Competitividad: despertar interés por lo cultural, el análisis y la investigación del conocimiento
científico y tecnológico, como medio para valorar la naturaleza, el medio ambiente y la persona
humana, contribuyendo significativamente en la transformación de la sociedad.
Artículo 10. Objetivos Institucionales
1. Fortalecer en la comunidad educativa el compromiso hacia una convivencia pacífica,
formativa y tolerante que promueva la valoración personal mediante el reconocimiento y
el ejercicio de sus derechos y deberes.
2. Propiciar canales de comunicación entre la comunidad educativa, con el fin de garantizar que se
tenga claridad sobre las pautas de comportamiento que permiten una sana convivencia en el
marco de los derechos y deberes que tenemos como seres humanos, promoviendo el desarrollo y
la práctica de los valores que orientan el quehacer institucional.
3. Reglamentar el funcionamiento del Sistema Nacional de Convivencia Escolar y formación para el
ejercicio de los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la prevención y mitigación
de la violencia escolar.
4. Organizar, Socializar, y vivenciar, la participación de estudiantes, padres o acudientes, docentes y
directivos en el gobierno escolar
Artículo 11. Valores corporativos
 Amor
 Responsabilidad
 Respeto
 Solidaridad
Artículo 12. Política de Calidad
“Construyendo una cultura de paz, contribuimos a la transformación de la sociedad”
22
La Institución promueve una educación de calidad orientando su esfuerzo en toda la comunidad educativa
y aprovechando al máximo los recursos que el estado aporta, llevando el proceso de formación a través de
un currículo, una organización, una políticas pedagógica innovadoras, investigativa y crítica, una
evaluación permanente de los docentes y la implementación de un Sistema de Gestión de la Calidad que
asegure la mejora continua del proceso educativo, con los cual se busca profundizar en el saber, el saber
hacer, el ser y el saber convivir, logrando así significativo niveles de cálida en los estudiantes y una sólida
formación en valores.
Artículo 13. Símbolos institucionales
I. Bandera
Símbolo distintivo de toda la Institución Educativa. La bandera del
INSTITUCIÓN EDUCATIVA DISTRITAL Los Rosales presenta dos
colores: Azul y blanco.
● El Azul: simboliza la riqueza fluvial de la costa atlántica
gracias a los tajamares de bocas de ceniza.
● El Blanco: simboliza la paz que todos anhelamos en
Colombia y la pureza de corazón de los niños, niñas y jóvenes de
este país y en especial el de los estudiantes Rosalistas.
II. Escudo
Enmarcado en sus laterales por las banderas de Colombia y Barranquilla porque
hacemos parte integral de estos entes territoriales. En el centro resaltado en los colores
institucionales se destacan las palabras Responsabilidad, Cultura y Respeto como ejes
fundamentales de los procesos formativos inmersos en el color blanco que simboliza la
paz necesaria en el país y el azul como parte de nuestra institución.
III. Lema Institucional
“Construyendo una cultura de paz, contribuimos a la transformación de la sociedad”
“Construyendo una cultura de paz, contribuimos a la transformación de la sociedad”
18
IV. Himno
(Letra y Música Lic. Jorge Eliecer Cassiani
Borelly)
I
Vamos adelante vamos a estudiar,
presente y futuro debo preparar.
Una nueva meta se puede alcanzar, juntos
el camino hay que edificar.
II
C.e.b. comunitario es nuestra razón, ha
sido el esfuerzo, motor y corazón.
Ahora nuestro sueño hecho realidad, llena
de esperanza a la sociedad.
Coro
Ahora que soy parte integral de la
institución, voy a luchar para triunfar puedo
ser mejor (bis)
III
La ciencia y el arte, amor y comprensión,
sana convivencia, respeto y valor.
Hermosos pilares de la formación, y el
conocimiento que adquiriendo estoy.
IV
Me siento orgulloso se llena mi ser, porque
pertenezco al 206.
Frutos positivos se cosecharán, más
generaciones sabias crecerán.
Coro
Ahora que soy…
V. Uniformes
Completo, Buen estado, la sudadera sin estar bota pitillo. Sólo se tendrá un uniforme.
Camiseta de educación física: debe ser en los colores azules institucional, con cuello
y el escudo de la institución a la izquierda.
Sudadera: Azul oscuro con las líneas de la camiseta a cada costado
Zapatos: tenis totalmente blancos.
Medias: Deben ser de color blanco, por encima del tobillo.
Bata para laboratorio: Debe ser blanca y de carácter obligatorio para proteger el
uniforme.
Parágrafo 1: la excepción para el 2019 es que los estudiantes antiguos pueden portar el uniforme
anterior, que está especificado de la siguiente manera:
1. El Uniforme de diario de los estudiantes varones es:
 Camiseta de diario y camisilla: La camiseta de diario debe ser blanca de cuello camisero y bordes
azules tanto en cuello como en puños, con el escudo. Se recomienda usar camisilla y ésta debe ser
blanca sin adornos ni estampados.
 Pantalón: debe ser clásico, de color azul oscuro, bota con doblez interno. La correa debe ser negra.
“Construyendo una cultura de paz, contribuimos a la transformación de la sociedad”
19
 Zapatos para el Uniforme de diario: colegiales totalmente negros.
2. El Uniforme de diario de las estudiantes mujeres es:
 Blusa de diario: debe ser blanca con cuello, la manga corta y con bies del color del jomper.
 Ropa Interior: la ropa interior, top o camisilla debe ser blanca, sin adornos o estampados y a la hora de
usar la blusa debe estar abotonada.
 Jomper: debe ser debajo de la rodilla y el diseño según la muestra exhibida en la cartelera de la
institución. Se recomienda que utilicen un short por debajo de la falda.
 Zapatos para el Uniforme de diario: colegiales totalmente negros.
3. El Uniforme de educación física es:
 Camiseta de educación física: debe ser blanca, con cuello en borde V azul oscuro, con el escudo de la
institución a la izquierda.
 Ropa Interior: la ropa interior, top (en caso de las niñas) o camisilla debe ser blanca, sin adornos o
estampados.
 Sudadera: Azul oscuro con el distintivo de la institución en la pierna derecha
 Zapatos: tenis totalmente blancos.
4. Medias: Para el uniforme de diario de los varones, las medias deben ser de color azul turquí y para el caso
de las niñas, estas deben ser Blancas y a media pierna. En el caso de educación física, las medias deben
ser de color blanco. Es importante resaltar, que para todos los casos se solita que sean medias, no
tobilleras.
Parágrafo 2: El personal Directivo Docente y los docentes, verificarán la excelente presentación
personal del estudiante al portar adecuadamente el Uniforme.
Parágrafo 3: La responsabilidad de que los estudiantes cumplan con portar adecuadamente el
Uniforme de la Institución es de los Padres de Familia y/o acudientes. En caso de no cumplir con el
reglamento de este Manual, deberán adquirir el uniforme en un período no superior a los quince (15)
días hábiles.
Parágrafo 4: El Uniforme de la “Promoción”, si fue aprobada por la Rectoría, será de manera
voluntaria y esta solo la portarán los estudiantes que pertenezcan al grado undécimo, en el día que
sea establecido.
Artículo 14. Perfil de los y las estudiantes
Para describir las cualidades del perfil del estudiante Rosalista, hemos identificado las ocho
dimensiones de la formación integral. Estas dimensiones se concretan en cualidades que están en
coherencia con nuestros objetivos educativos:
Dimensiones Cualidades
Indicador
Preescolar Básica Primaria Básica
Secundaria
Media -
Egresado
Ética y
educación
religiosa
Sobresale en
los valores:
responsabilidad,
respeto,
solidaridad,
honestidad,
liderazgo,
tolerancia, amor
por la vida y la
naturaleza,
sentido de
pertenencia, al
tomar
decisiones
libres,
autónomas
responsables y
Cumple con
las normas de
convivencia
planteadas en
la institución,
respetando la
figura
mediadora del
proceso de
enseñanza -
aprendizaje
Asume su
responsabilidad
cuando participa
en las
discusiones
grupales que
afectan la
convivencia y
cuando es
solidario con su
comunidad.
Evidencia, en
sus acciones
criterios para
tomar
decisiones con
base en las
normas sociales
establecidas en
la Institución,
asumiendo su
responsabilidad,
solidaridad y
amor por la vida
y la naturaleza.
Elige con base
en normas
sociales que
buscan el bien
común y se
compromete a
ser participe
en la
transformación
de su realidad
personal y
social.
“Construyendo una cultura de paz, contribuimos a la transformación de la sociedad”
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Dimensiones Cualidades
Indicador
Preescolar Básica Primaria Básica
Secundaria
Media -
Egresado
pacíficas.
Cognitiva Capaz de
comprender y
aplicar
creativamente
los saberes que
le permitan
aprovechar con
éxito las
oportunidades y
desafíos que se
le presenten.
Representa
situaciones de
su vida
cotidiana a
través de
diferentes
formas de
expresión,
utilizando la
memorización.
Relaciona
situaciones de
aprendizaje a
través de la
interpretación y
comprensión,
que implican la
transformación de
sí mismo y las
diferentes
maneras de
elaboración y
organización de
pensamiento.
Plantea
hipótesis a partir
de un análisis
formal de
problemas
específicos del
conocimiento y
situaciones del
entorno y aporta
posibles
soluciones,
usando la
comprensión y
la asimilación.
Sustenta
crítica,
analítica y
propositivame
nte, usando la
lógica y
propone
alternativas de
aplicación de
los
conocimientos
asimilados con
miras a
transformar la
realidad.
Afectiva Capaz de tener
conciencia y
crecimiento en
actitud, emoción
y sentimiento.
Se reconoce
como ser
humano y
como parte del
núcleo familiar
y escolar a
partir de las
manifestacion
es afectivas en
sus relaciones.
Construye
relaciones de
amistad a partir
de diversos
interese que le
permiten
identificar y
aceptar las
diferencias.
Genera
relaciones de
convivencia
afectiva con
otros y
pertenece a
grupos en los
que mantiene
vínculos de
lealtad y
confianza.
Fomenta
relaciones
basadas en el
respeto y en el
afecto a sí
mismo y a los
demás.
Comunicativa Capaz de
interactuar
significativament
e e interpretar
mensajes con
sentido crítico.
Expresa,
sentimientos y
pensamientos
a través de
diferentes
signos y
símbolos
Establece
relaciones entre
los diferentes
sistemas de
comunicación
para dar
respuesta de
manera
significativa a
situaciones del
entorno.
Interpreta y
comunica
mensajes desde
una actitud
crítica usando
distintas
instancias de
comunicación
con aquellos
que comparten
su espacio vital.
Interpreta y
comunica
mensajes de
manera crítica
que favorecen
su interacción
con otros y la
transformación
del entorno.
Estética Capaz de
desarrollar y
expresar
creativamente
su sensibilidad
para apreciar y
transformar el
entorno.
Goza con
diversas
actividades
lúdicas al
interactuar en
su medio.
Utiliza diversos
lenguajes para
expresar su
propia manera de
ver el mundo.
Propone
creaciones
innovadoras que
muestran su
comprensión del
mundo usando
los lenguajes
aprendidos.
Expresa con
sentido crítico,
la realidad que
vive, por
medio de
diversos
lenguajes para
la
transformación
del entorno.
Corporal Capaz de
valorar,
desarrollar y
Reconoce su
propio cuerpo
y las
Reconoce y
acepta los
cambios que se
Acepta su
cuerpo y el de
los demás en
Asume el
cuidado de su
cuerpo y
“Construyendo una cultura de paz, contribuimos a la transformación de la sociedad”
21
Dimensiones Cualidades
Indicador
Preescolar Básica Primaria Básica
Secundaria
Media -
Egresado
expresar
armónicamente
su corporalidad.
posibilidades
que este le
ofrece para
relacionarse
con los otros.
están dando en
su cuerpo y en el
de los demás
para fortalecer su
relación con
otros.
sus diferencias
físicas y de
género para
establecer
relaciones de
respeto y
participación.
respeta el de
los demás
como medio
de desarrollo
de su
corporalidad
para lograr
calidad de vida
personal y
grupal.
Sociopolítica Capaz de
asumir un
compromiso
solidario en la
construcción de
una sociedad
más justa y
participativa.
Percibe que
hace parte de
comunidades
cercanas
(familia,
colegio, curso)
donde se
hacen
acuerdos para
convivir mejor.
Identifica los
elementos
básicos de la
realidad
sociocultural que
lo rodea y las
formas de asumir
su compromiso
solidario
Reconoce a
cada persona
como sujeto de
derechos y
deberes, lo cual
lo lleva a asumir
actitudes de
respeto y
participación.
Participa en
grupos que le
permiten
proponer,
expresar y
vivenciar su
servicio desde
la perspectiva
social,
democrática y
de justicia
2. CAPÍTULO I I – RELACIONES DEL ESTUDIANTE CON LA COMUNIDAD EDUCATIVA
Artículo 15. Derecho Deber (Ley 1098 de 2006)
Los estudiantes del I.E.D. Los Rosales, tienen todos los derechos establecidos en la Constitución
Nacional, Código de la infancia y la adolescencia, en la Ley General de Educación y demás normas
concordantes. Nosotros como Institución promovemos para que ellos participen en la elaboración,
ejecución, control y evaluación del Proyecto Educativo Institucional (PEI).
Aquí se describen los correspondientes Derechos a los estudiantes, los cuales se pueden ejercer
directamente o a través de su representante legal (Padres de familia y/o acudiente):
I. Los consagrados en la Ley 1098 de 2006 en el capítulo II del artículo
17 al 37 (código de la infancia y la adolescencia)
 Interés superior de los niños, las niñas y los adolescentes (Artículo 8): Se entiende
por interés superior del niño, niña y adolescente, el imperativo que obliga a todas las
personas a garantizar la satisfacción integral y simultánea de todos sus Derechos
Humanos, que son universales, prevalentes e interdependientes.
 Derecho a la vida y a la calidad de vida y a un ambiente sano (artículo 17).
 Derecho a la integridad personal (artículo 18).
 Derecho a la rehabilitación y la resocialización (artículo 19).
 Derecho a la libertad y seguridad personal (artículo 21).
 Derecho a tener una familia y a no ser separado de ella (artículo 22)
 custodia y cuidado personal (artículo 23)
 Derecho a los alimentos (artículo 24)
 Derecho a la identidad. (artículo 25)
 Derecho al debido proceso. (artículo 26)
 Derecho a la salud (artículo 27)
 Derecho a la educación. (artículo 28)
 Derecho al desarrollo integral en la primera infancia. (artículo 29)
 derecho a la recreación, participación en la vida cultural y en las artes. (artículo 30)
“Construyendo una cultura de paz, contribuimos a la transformación de la sociedad”
22
 Derecho a la participación de los niños, las niñas y los adolescentes. (artículo 31)
 Derecho de asociación y reunión. (artículo 32)
 Derecho a la intimidad. (artículo 33)
 Derecho a la información. (artículo 34)
 Edad mínima de admisión al trabajo y derecho a la protección laboral de los adolescentes
autorizados para trabajar. ( artículo 35)
 Derechos de los niños, las niñas y los adolescentes con discapacidad. (Artículo 36)
 Libertades fundamentales. (artículo 37)
Son complementarios
 Obligaciones especiales de las I.E (ver; Ley 1098 del 2006, código de la infancia y la
adolescencia - artículo 42)
 Obligación ética fundamental de las I.E (ver; Ley 1098 del 2006, código de la infancia y la
adolescencia - artículo 43)
 Obligaciones complementarias de las I.E. (artículo 44)
 Prohibición de sanciones crueles, humillantes o degradantes. (artículo 45)
Artículo 16. Deberes de los Estudiantes (Artículo 95 de CPC y Sentencia T.519/92)
Nuestra Institución desea inculcar en nuestros estudiantes la importancia de cumplir con los
valores y principios que nuestra institución pregona, resaltando el respeto, la honestidad, la ética, la
responsabilidad y la lealtad hacia la institución, es por ello que los estudiantes deben cumplir de
manera especial los siguientes aspectos:
I. Los que contempla el artículo 95 de la Constitución Política Colombiana:
 Respetar los derechos ajenos y no abusar de los propios
 Obrar conforme al principio de solidaridad social, respondiendo con acciones humanitarias
ante situaciones que pongan en peligro la vida o la salud de las personas
 Respetar y apoyar a las autoridades democráticas legítimamente constituidas para
mantener la independencia y la integridad
 Defender y difundir los derechos humanos como fundamento de la convivencia pacífica
 Participar en la vida política, cívica y comunitaria del país
 Propender al logro y mantenimiento de la paz
 Colaborar para el buen funcionamiento de la administración de la justicia
 Proteger los recursos culturales y naturales del país y velar por la conservación de un
ambiente sano
 Contribuir al financiamiento de los gastos e inversiones del estado, dentro de conceptos
de justicia y equidad.
Son complementarios:
II. La Guía No. 6 del Ministerio de Educación Nacional:
“Estándares Básicos de Competencias Ciudadanas”
NOTA: Los Deberes, con estas orientaciones, los construye cada institución con participación de la
comunidad educativa.
III. Sentencia T.519/92 derecho a la educación-derecho fundamental.
Tanto el derecho a educarse como la libertad de aprendizaje, enseñanza, investigación y cátedra
son derechos fundamentales de los que no puede ser privado individuo alguno sin quebrantar los
principios y mandatos constitucionales. Si bien la educación es un derecho fundamental y el
estudiante debe tener la posibilidad de permanecer vinculado al plantel hasta la culminación de sus
estudios, de allí no puede deducir la Institución Educativa esté obligado a mantener
indefinidamente entre sus estudiantes a quien de manera constante y reiterada desconoce las
directrices para el logro de una educación integral que favorezca los valores y desarrolle
competencias ciudadanas que no quebranten el orden del reglamento educativo acordado en una
buena convivencia.
Artículo 17. Aspectos de convivencia escolar y de aula
Los acuerdos establecidos por el gobierno escolar deberán tener fundamento en la normatividad
vigente.
I. No agredir al otro
“Construyendo una cultura de paz, contribuimos a la transformación de la sociedad”
23
 Discuta y defienda su punto de vista de forma tranquila.
 Sea claro sin perder el reconocimiento y respeto por el otro.
 Reconozca que los demás son diferentes y pueden ser su complemento o su opositor,
pero no su enemigo.
II. Comunicarse
 Exprese sus puntos de vista, pero también aprenda a escuchar el de los demás, y así
habrá reconocimiento mutuo.
 Reconocer la conversación como el medio básico de encuentro.
III. Interactuar
 Acérquese a los otros.
 Comuníquese con los otros, reconociendo los sentimientos y los mensajes de ellos, y
logrando que se reconozcan los propios.
 Comparta con los otros aceptando que ellos están con usted en un mismo espacio,
buscando y deseando ser felices y aprendiendo también a ponerse de acuerdo y a
discernir, sin influir negativamente en la convivencia.
 Aprenda a reconocer la diferencia en otros, basándose en el reconocimiento de los
Derechos Humanos y la equidad.
IV. Decidir en grupo
 Logre la decisión en grupo a través de la concertación. La concertación es la selección de
un interés compartido.
 Busque la participación directa o indirecta de todos aquellos a los que va a comprometer
esa decisión.
 No olvide que el grado de convivencia de una sociedad depende de su capacidad de
concertar intereses de una forma participativa a todo nivel.
V. Auto cuidarse
 Cuide, proteja y respete su vida y la de los demás.
 Preocúpese por cuidar el bienestar físico, emocional y psicológico de sí mismo y de otros.
 Rechace los actos de violencia contra sí mismo y los demás.
 No haga justicia por su propia cuenta.
VI. Cuidar el entorno
 Cuide la naturaleza y el ambiente, debemos cuidarla y protegerlo, pues somos parte de
ellos
 Preserve y haga buen uso de los recursos naturales.
VII. Valorar el saber cultural
 Valore costumbres, tradiciones e historia.
 Entienda que el ser humano no solo evoluciona biológicamente, sino que también cambia
a medida que su cultura se transforma.
 Comprenda que sus saberes y conocimientos son tan válidos e importantes como el del
otro.
Artículo 18. Reglas de Higiene y pautas de presentación personal
a) Practicar diariamente hábitos de aseo e higiene para poder asistir a la Institución limpio y
con buena presentación personal.
b) Presentarse a la Institución en condiciones de salud aceptable, si tienen alguna
enfermedad ya sea infectocontagiosa o de otro tipo, se recomienda que sea evaluado por
un médico para la entrega de la incapacidad y que regrese a la Institución una vez haya
mejorado.
c) Cuidar, proteger y conservar limpios y funcionales los espacios y medios de aprendizaje así
como también los jardines y zonas verdes.
d) Utilizar adecuadamente los baños de la institución, en especial cuando satisfaga una
necesidad fisiológica.
e) Contar con una afiliación a un Sistema de Seguridad social en salud, para garantizar el
cumplimiento de los deberes en temas relacionados con lo mismo.
f) Recibir las vacunas programadas por las autoridades de salud para promoción y
prevención.
“Construyendo una cultura de paz, contribuimos a la transformación de la sociedad”
24
g) Proporcionar alimentos sanos en la tienda escolar, poniendo en práctica las normas de
higiene.
h) Participar activamente en los programas de prevención y seguridad escolar.
i) Cumplir con las normas de prevención y seguridad establecidas en la institución, para las
diferentes situaciones que puedan atentar contra la seguridad.
j) Asistir a los laboratorios de química y biología con bata reglamentaria y tapabocas, para
cumplir con los protocolos de seguridad
k) Abstenerse de portar objetos peligrosos que puedan atentar contra la integridad física de
una persona o puedan causar intimidación.
l) Cuidar y velar por la conservación de los recursos naturales del medio: agua, plantas,
árboles, entre otros, para evitar el deterioro del ambiente escolar.
m) Abstenerse de arrojar residuos sólidos en las redes de alcantarillado y aguas lluvias.
n) Evitar jugar, recargarse o sentarse en las barandas de los pasillos y/o realizar juegos
bruscos en las escaleras.
Artículo 19. Asistencia
Todos nuestros estudiantes deben asistir puntualmente a la Institución de acuerdo al horario que
tiene establecido al momento de Matricularse, debe permanecer en todas las clases y participar en
los actos cívicos que el colegio programa a menos que tenga excusa o permiso y de manera
escrita.
HORARIO
NIVELES DE LUNES A VIERNES DE LUNES A VIERNES
HORA DE
ENTRADA
HORA DE
SALIDA
HORA DE
ENTRADA
HORA DE SALIDA
PREESCOLAR MATINAL 7:00 a.m. 11:00 a.m.
PREESCOLAR
VESPERTINA
1:00 p.m. 5:00 p.m.
PRIMARIA - MATINAL 7:00 a.m. 12:00 m.
PRIMARIA - VESPERTINA 12:30 m. 5:30 p.m.
SECUNDARIA 6:30 a.m. 12:20 m.
MEDIA – JORNADA UNICA 6:30 a.m. 2:30 p.m.
`METODOLOGIA FLEXIBLE
(BRUJULA)
6:30 a.m. 11:30 m. 12:30 m. 5:30 p.m.
METODOLOGIA FLEXIBLE
(ACELERACIÓN)
12:30 m. 5:30 p.m.
Parágrafo1: El estudiante que llegue después de la hora estipulada, deberá justificar por escrito la
causa de su retardo para iniciar la segunda hora de clase. (Esta justificación no tiene validez de
excusa), en caso de asistir después de esta hora debe presentarse a la Coordinación para
autorizar el ingreso.
1. Cuando el estudiante llegue tarde se le hará la anotación en el libro de seguimiento y
cuando reincide por tres veces consecutivas se citará al padre o acudiente y se
sancionará con rebaja en disciplina. La no asistencia a clase y/o demás actividades
deberá ser justificada con una excusa escrita.
2. Al abandonar la Institución y/o el salón de clases se debe tener una justificación. Es su
deber permanecer en la Institución en la jornada que se le asigne. Entrar y salir de la
Institución en los horarios indicados y solamente por las porterías.
3. Solicitar permiso escrito al Coordinador respectivo cuando necesite ausentarse, dicha
solicitud será escrita o firmada por los padres o acudientes o en su defecto presentar la
respectiva citación medica si fuere el caso.
“Construyendo una cultura de paz, contribuimos a la transformación de la sociedad”
25
4. Justificar la ausencia a clases y llegadas tarde respaldada por la presencia de su
acudiente y/o una certificación de la Entidad de Salud que lo atendió o por escrito si no
fue causa de enfermedad, con la firma y cédula del acudiente. La inasistencia que no
sea justificada será considerada una falta.
5. Cumplir con tareas, talleres y demás actividades desarrolladas en su ausencia (estar al
día en sus trabajos), de no presentar su excusa todos los trabajos escritos o
evaluaciones que se realicen en su ausencia se calificarán con una nota no superada.
6. Cumplir con el Uniforme que corresponde según el horario académico, de presentarse
reiteradamente excusas por portar el uniforme contrario al que corresponde (más de 2
en el año), se llamará al acudiente para hacer la respectiva acta.
7. La impuntualidad en la semana (hasta 2 llegadas tarde) sin justificación, implicará la
citación al acudiente para analizar las causas por las que se presenta el incumplimiento
y firmar un compromiso de convivencia, para que no se siga presentando esta
situación.
8. En caso de tener conocimiento que se ausentará por varios días, es indispensable que
presente la excusa firmada por el acudiente con su cédula, explicando los motivos por
los cuales no podrá asistir el estudiante, quien habrá acordado previamente con los
docentes las fechas para cumplir las tareas, talleres, evaluaciones y trabajos, que se
realizarán en ese tiempo. La excusa será presentada 24 horas antes, con los
respectivos soportes, de lo contrario, se perderá el derecho a las consideraciones
académicas correspondientes.
9. Cuando un estudiante se encuentra incapacitado y asiste a la Institución, se solicitará
la presencia del acudiente, para que sea retirado y cumpla con el total de la
incapacidad.
10. Para retirarse del Colegio durante el horario de clases, se remitirá a la coordinación
para explicar los motivos (enfermedad o llegada del período en caso de ser mujer),
para que se deje por escrito en el acta los motivos por los que el estudiante se ausenta
de la institución y la hora en la que salió. Si se logra evidenciar que el estudiante se
encuentra muy enfermo, se llamará al padre de familia o acudiente para que lo
busquen en el colegio. Si es un compromiso externo, el estudiante debe presentar una
solicitud escrita por el acudiente justificando el permiso de salida (hora, fecha y
persona autorizada para la salida con el estudiante).
Parágrafo 2: Es obligación de los padres de familia reportar al colegio la causa de la inasistencia
de su hijo(a). Si existen razones de índole familiar que le impidan al estudiante continuar su
proceso formativo en la institución, el padre debe oficializar dicho retiro mediante carta, la cual
radicará en la oficina administrativa de la Institución.
Artículo 20. Conductas Inapropiadas en la Institución
La comunidad educativa debe estar enfocada en el cumplimiento de los objetivos del PEI y en la
Buena Convivencia en la Institución, por lo que es importante a la hora de desempeñar su Rol
abstenerse de estar en situaciones que afectan la convivencia y que al ser Inapropiadas, son
consideradas Tipo III:
 Presentarse en la institución o en el desarrollo de actividades curriculares o
extracurriculares bajo efectos de drogas o medicamentos no prescritos, bebidas
alcohólicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas o psicoactivas.
 Negociar y/o portar fósforos, cigarrillos, encendedores, medicamentos no prescritos,
bebidas alcohólicas dentro o fuera de la institución.
 Negociar artículos (celulares, Ipod, CD´s, controles, etc.)o comestibles, textos o elementos
didácticos.
 Practicar apuestas o juegos de azar con carácter lucrativo dentro y fuera de la institución.
 Provocar falsas alarmas que promuevan el pánico colectivo, como: estallar objetos,
pequeños incendios, generar olores desagradables, soltar animales como sapos, ranas,
etc.
“Construyendo una cultura de paz, contribuimos a la transformación de la sociedad”
26
 Irrespetar la libertad de cultos, las creencias y/o prácticas religiosas, la raza o formación
cultural de una persona.
 Practicar el satanismo o espiritismo que atenten contra la dignidad humana y salud mental
dentro y fuera de la Institución educativa.
 Promover, divulgar o negociar libros, folletos, revistas, videos, cd’s que contengan
pornografía.
 Realizar expresiones escritas no autorizadas en las paredes, sillas, mesas, tableros y/o
puertas de la Institución (dibujos, grafitis, mensajes). La sanción será independiente de la
reparación. Esta falta será considerada muy grave si maneja términos irrespetuosos o
amenazantes.
 Traer juegos que no sean necesarios para el desarrollo de las actividades académicas
como pistolas de juguetes, aparatos para hacer bombas de jabón, audífonos, juegos
electrónicos, Nintendos, elementos de sonidos, cámaras de videos, grabadoras.
 Realizar grabaciones de las instalaciones de la institución o con acciones indebidas, sin la
debida autorización.
 Usar el servicio de Internet en la Institución para fines diferente a las actividades
académicas.
 Manifestaciones de carácter amoroso que ocasionen distracción en el ambiente escolar o
se conviertan en escandalo o mal ejemplo ante la comunidad.
 Traer elementos como balones, patines, pelotas, caucheras o de otra índole que ocasionen
riesgo o violencia en la institución.
 Jugar en las aulas, pasillos, escaleras o baños con elementos (botellas, basuras, piedras,
balones, chicles, jabón) que puedan lastimar, incomodar o poner en riesgo a las demás
personas.
 Causar daño o esconder de forma premeditada los bienes del colegio o elementos de los
compañeros y/o docentes.
 Permanecer fuera de las aulas en horas de clases, sin previa autorización, en especial al
acercarse a la tienda escolar en un horario diferente al de descanso.
 Llegar reiteradamente tarde al colegio, presentándose después del inicio de la jornada
académica y teniendo más de un llamado de atención por ese hecho.
 Salir o entrar a la Institución por lugares diferente a la puerta de acceso durante la jornada
escolar. La gravedad de la falta eximirá a la institución de cualquier responsabilidad.
 Salir o entrar a la institución durante las jornadas escolares o extracurriculares sin previa
autorización.
 Subirse a los árboles, paredes, balcones, placas, techos o rejas de la institución por
diversión, poniendo en riesgo su vida o la de cualquier miembro de la comunidad.
 Abstenerse de consumir alimentos en las horas de clases, y en especial dentro de las
aulas.
 Hacer uso inapropiado del celular o cualquier elemento electrónico en horas de clases,
ocasionando desorden y desobediencia ante las indicaciones que da el docente.
 Firmar documentos por su padre y/o acudiente o utilizar el carnet de otra persona
ocasionando suplantación.
 Evitar dejar materiales o tareas que debió haber tenido preparado para traer al colegio,
ocasionando que sea recibido en la puerta en la jornada escolar o pedir permiso para ir a
buscarlos.
 Hacer actividades que sean para recaudar dinero sin previa autorización de las Directivas
de la Institución.
 Abstenerse de celebrar cumpleaños dentro y fuera de la Institución, con el Uniforme,
utilizando harina, huevo, tierra, bombas de agua y/o tinta, atentando contra la integridad
física y emocional de la persona y de los miembros de la comunidad.
 Ingresar a la Institución con sustancias inflamables (aerosoles, desodorantes, perfumes),
elementos con pólvora o elementos corto punzantes que perturben la tranquilidad y puedan
atentar contra la integridad de cualquier miembro de la comunidad educativa.
“Construyendo una cultura de paz, contribuimos a la transformación de la sociedad”
27
 Ingresar a la institución con mascotas (gatos, perros, etc.) sin previa autorización,
afectando la normalidad académica.
 Hacer juegos que atenten contra la integridad física y emocional de los estudiantes.
Parágrafo 1: Cuando se cometa cualquiera de las anteriores actividades y ésta no afecta
directamente la seguridad, integridad física o mental de cualquier miembro de la comunidad, se
considerará leve la primera vez.
Parágrafo 2: Al realizar acciones por Internet en sitio diferente a las instalaciones del colegio, se
debe recurrir a las autoridades competentes para que realicen la debida investigación. Si se diera
dentro de las Instalaciones, se desarrollará la investigación de este orden.
Parágrafo 3: La Institución no se hace responsable por la pérdida o daño de elementos personales
de los estudiantes y que previamente se ha recomendado que no se traigan al colegio o a las
aulas.
3. CAPÍTULO III – PROCEDIMIENTOS
Artículo 21. Condiciones de Ingreso, Permanencia y Retiro de Estudiantes
Teniendo en cuenta el tipo de servicio educativo que ofrecen los colegios públicos, se les da
prioridad a los estudiantes en condición de Desplazados
Artículo 22. Las Condiciones de Ingreso:
1. Inscribirse de acuerdo a las condiciones preestablecidas por la institución.
2. Confirmar el cupo para la continuidad de estudios en la institución (Estudiantes Antiguos)
3. Presentar los documentos legales y auténticos que exige la institución.
4. Estar respaldado por uno de los padres de familia o acudiente mayor de edad para asistirlo
como representante legal en las situaciones que lo requiera la ruta de atención integral para la
convivencia escolar y demás situaciones institucionales.
5. Autorizar la consulta de su antecedente en convivencia reportado en el Observador del
Estudiante
6. Dependiendo del resultado del Observador, la institución procederá a condicionar su ingreso,
una vez el caso haya sido estudiado por el comité competente.
Artículo 23. Condiciones de la Admisión:
La institución exige para la ADMISIÓN de estudiantes nuevos, antiguos o transferidos, cumplir con
los siguientes procedimientos, teniendo en cuenta que El Colegio otorga el cupo al estudiante y
selecciona la población estudiantil que voluntariamente solicita su inscripción de acuerdo al
cumplimiento de requisitos y los siguientes procedimientos:
1. El ingreso de estudiantes que ofrece la Institución debe ser avalado por el Comité de
Admisiones.
2. Verificar la relación técnica que autoriza el MEN, para evitar el hacinamiento en los grupos;
por lo tanto, debe haber disponibilidad del cupo y del mobiliario.
3. La institución asignara el cupo de acuerdo al cumplimiento de requisitos y número de
cupos.
4. Los estudiantes que soliciten su admisión en condición de DESPLAZADOS por el conflicto
armado, deben presentar una carta de la Personería Municipal (con una vigencia no mayor
a 6 meses) en la cual se dé fe de su situación.
5. Las admisiones extemporáneas de otros calendarios o instituciones, serán estudiadas por
el comité y se otorgara el cupo si se cumple con lo dispuesto en los requisitos de matrícula.
6. El Colegio e reserva el derecho de admisión en el caso de estudiantes que, aunque hayan
aprobado el curso, su actitud y comportamiento no armonicen con la filosofía institucional
y/o con las normas del Manual de Convivencia previa comprobación de los acontecimientos
según el debido proceso académico o de convivencia escolar como lo permite la Tutela
534 de 1994 de la Corte Constitucional.
“Construyendo una cultura de paz, contribuimos a la transformación de la sociedad”
28
7. La inscripción de los estudiantes antiguos, nuevos y transferidos garantiza el cupo para el
siguiente año escolar, siempre y cuando ésta se entregue al Colegio en la fecha indicada y
el estudiante conserve sus condiciones académicas y de convivencia escolar exigidas por
las comisiones de promoción y evaluación al finalizar el año en curso.
Artículo 24. Procedimiento para la Inscripción y Admisión:
La inscripción es el acto voluntario mediante el cual el padre, madre o acudiente manifiesta su
deseo de matricular a su hijo (a) en alguna institución de educación del Sistema Integrado de
Educación para un determinado grado, presentando la documentación que se le exija. La
inscripción no implica la aceptación del estudiante en la institución.
Artículo 25. Proceso de inscripción
1. Publicidad: La publicidad para la inscripción de matrículas de la institución, estará a cargo
de la Técnico de la Institución.
2. Atención al usuario: Los padres de familia y/o estudiantes se acercan a la oficina de
secretaria del colegio con el fin de conocer requisitos, costos del seguro estudiantil y cupos
disponibles.
3. Generación de hoja de matrícula: Se verifica si el estudiante es estudiante antiguo. Si se
encuentra alguna situación, se direccionara al área de que corresponde. Se diligencia la
información en el aplicativo Académico codiros.edu.co y se genera recibo de pago de
Seguro estudiantil. Se entrega al acudiente el recibo de pago.
4. Entrega de documentos: El padre de familia y/o acudiente diligencia y entrega en la
secretaria del colegio: Formulario de inscripción, documentos anexos y recibo de pago de
seguro, en las fechas establecidas.
5. Verificación de la edad: Se verifica la edad del inscrito con la fecha de nacimiento del
registro civil y/o documento de identidad
Artículo 26. Procesos de selección de estudiantes:
Se verifican los documentos de inscripción, se asigna cita con psicoorientación y coordinador(a)
para proceso académico. Se informa al estudiante fecha y hora de la prueba.
Artículo 27. Ejecución de pruebas:
El colegio aplica una prueba diagnóstica académica en los grados que ofrece.
Artículo 28. Decisión proceso de selección:
Las áreas de psicoorientación y coordinación conjuntamente con rectoría determinan de acuerdo a
los resultados de cada prueba, si el estudiante es admitido a la institución. Se informa al Técnico de
la institución el resultado de la decisión.
Artículo 29. Informe de admisión:
Se informa al estudiante y/o acudiente la decisión respecto al proceso de selección y se informa de
los requisitos para la matricula.
Artículo 30. Publicación de admitidos:
Se publica en la cartelera principal el listado de admitidos. El IED Los rosales exige para la
inscripción y el posterior ingreso de nuevos estudiantes los requisitos que el SIMAT propone para
cada nivel y el cumplimiento de edades reglamentarias así:
1. Cumplir con el listado de requerimientos que entrega la institución cuando se solicita el
cupo.
2. Cumplir con los rangos de edad para ingresar a cada nivel escolar así:
 Educación inicial (5 años)
 Primaria (6 – 10 años)
 Secundaria (11 – 14 años)
 Media (15 – 17 años)
Manualde convivencia 2019   ied los rosales
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  • 1. IED LOS ROSALES MANUAL DE CONVIVENCIA
  • 2. “Construyendo una cultura de paz, contribuimos a la transformación de la sociedad” 1 Gustavo Bustos Sánchez Rector Iliana C. Carriazo Julio Coordinadora Zoraida Ahumada de Aguirre Coordinadora (E) Nancy Llanos Delgado Psicoorientadora Marleidis Hernández Oyola Personero 2019 Barranquilla, Colombia Manual de Convivencia INSTITUCIÓN EDUCATIVA DISTRITAL LOS ROSALES Un pacto para la Convivencia Pacífica
  • 3. “Construyendo una cultura de paz, contribuimos a la transformación de la sociedad” 2 Llamado a la Convivencia Como Colombianos y miembros activos de una sociedad, nos debemos comprometer con procesos de transformación e integralidad, donde se vuelvan a vivenciar y se tenga adherencia por los valores morales y éticos, además de todo aquello que permita una convivencia pacífica y un sentido hacia la tolerancia para con los demás. Es nuestra convicción que desde la Institución Educativa Distrital Los Rosales, cada persona que hace parte de esta institución sea un protagonista importante en la sana convivencia donde el común denominador sea las buenas relaciones interpersonales que se construyen y se cimientan día a día, acompañados de la alegría, la honestidad, la tolerancia, el compañerismo, la amistad, el espíritu de colaboración, el respeto por la vida, el ambiente y la equidad, enmarcándonos en una cultura conciliadora y justa. Con el fin de brindar las pautas para re significar nuestro Manual de Convivencia y dar cumplimiento a la sentencia T.478 de 2015 y a la Ley 1620 de 2013 y su Decreto reglamentario 1965 del mismo año y haciendo parte fundamental del Proyecto Educativo Institucional (PEI), esta herramienta tiene como finalidad regular las relaciones entre los miembros de la comunidad educativa, identificando y propiciando espacios de reconocimiento que incluyan la promoción, prevención, atención y seguimiento de la convivencia escolar. La premisa del Manual de Convivencia será el fortalecimiento al Derecho – Deber y el Debido Proceso mediante el uso de acciones pedagógicas de carácter formativo. Los invitamos a que se comprometan y hagan parte de nuestra filosofía, que lleven a la práctica este Manual de Convivencia y se haga evidente la forma efectiva de vivir los principios y valores de nuestra institución. GUSTAVO BUSTOS SANCHEZ Rector
  • 4. “Construyendo una cultura de paz, contribuimos a la transformación de la sociedad” 3 1. CAPÍTULO I – DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA Artículo 1. Tabla de contenido 1. CAPÍTULO I – DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA....................................................................... 3 Artículo 1. Tabla de contenido........................................................................................................... 3 Artículo 2. Introducción y/o presentación......................................................................................... 8 Artículo 3. Acuerdo de adopción ....................................................................................................... 8 Artículo 4. Definición del Manual.....................................................................................................10 Artículo 5. Marco Jurídico.................................................................................................................11 Artículo 6. Justificación .....................................................................................................................20 Artículo 7. Misión ...............................................................................................................................20 Artículo 8. Visión................................................................................................................................20 Artículo 9. Principios..........................................................................................................................21 Artículo 10. Objetivos Institucionales............................................................................................21 Artículo 11. Valores corporativos...................................................................................................21 Artículo 12. Política de Calidad......................................................................................................21 Artículo 13. Símbolos institucionales ............................................................................................22 Artículo 14. Perfil de los y las estudiantes ...................................................................................19 2. CAPÍTULO I I – RELACIONES DEL ESTUDIANTE CON LA COMUNIDAD EDUCATIVA .21 Artículo 15. Derecho Deber (Ley 1098 de 2006) ........................................................................21 Artículo 16. Deberes de los Estudiantes (Artículo 95 de CPC y Sentencia T.519/92)..........22 Artículo 17. Aspectos de convivencia escolar y de aula............................................................22 Artículo 18. Reglas de Higiene y pautas de presentación personal ........................................23 Artículo 19. Asistencia.....................................................................................................................24 Artículo 20. Conductas Inapropiadas en la Institución...............................................................25 3. CAPÍTULO III – PROCEDIMIENTOS .............................................................................................27
  • 5. “Construyendo una cultura de paz, contribuimos a la transformación de la sociedad” 4 Artículo 21. Condiciones de Ingreso, Permanencia y Retiro de Estudiantes.........................27 Artículo 22. Las Condiciones de Ingreso: ....................................................................................27 Artículo 23. Condiciones de la Admisión:.....................................................................................27 Artículo 24. Procedimiento para la Inscripción y Admisión: ......................................................28 Artículo 25. Proceso de inscripción...............................................................................................28 Artículo 26. Procesos de selección de estudiantes:...................................................................28 Artículo 27. Ejecución de pruebas:................................................................................................28 Artículo 28. Decisión proceso de selección:................................................................................28 Artículo 29. Informe de admisión:..................................................................................................28 Artículo 30. Publicación de admitidos:..........................................................................................28 Artículo 31. Procedimiento para realizar la matrícula: ...............................................................29 Artículo 32. Requisitos para formalizar la matrícula:..................................................................30 Artículo 33. Requisitos para formalizar la matrícula de estudiantes nuevos:.........................30 Artículo 34. Requisitos para formalizar la matrícula de estudiantes antiguos:.......................30 Artículo 35. Condiciones de ingreso para estudiantes transferidos:........................................31 Artículo 36. Requisitos de ingreso para estudiantes transferidos: ...........................................31 Artículo 37. Condiciones de ingreso para estudiantes con necesidades educativas especiales y con capacidades y talentos excepcionales: ................................................................32 Artículo 38. Las condiciones de permanencia de los estudiantes: ..........................................32 Artículo 39. Condición de estudiante: ...........................................................................................33 Artículo 40. Procedimiento de cancelación de matrícula...........................................................33 Artículo 41. Estímulos......................................................................................................................35 Artículo 42. Procedimiento para aplicar estímulos .....................................................................36 Artículo 43. Procedimiento de Situaciones que afectan la Convivencia Escolar..................37 Artículo 44. Calificación de las Situaciones .................................................................................37 Artículo 45. Situaciones Tipo I .......................................................................................................37 Artículo 46. Protocolo Situaciones Tipo I .....................................................................................38 Artículo 47. Situaciones Tipo II ......................................................................................................38 Artículo 48. Protocolo Situaciones Tipo II ....................................................................................40 Artículo 49. Situaciones Tipo III.....................................................................................................40 Artículo 50. Protocolo Situaciones Tipo III ...................................................................................42 Artículo 51. Protocolo para estudiantes de Transición...............................................................43 Artículo 52. Activación de protocolos de otras entidades..........................................................43
  • 6. “Construyendo una cultura de paz, contribuimos a la transformación de la sociedad” 5 4. CAPÍTULO IV – EL DEBIDO PROCESO ......................................................................................44 Artículo 53. Definición del debido proceso...................................................................................44 Artículo 54. Principios del Debido Proceso..................................................................................44 Artículo 55. Instancias en el debido proceso...............................................................................45 Artículo 56. Garantías del debido proceso...................................................................................46 Artículo 57. Etapas de Desarrollo del Debido Proceso..............................................................47 Artículo 58. Acciones Pedagógicas...............................................................................................47 Artículo 59. Recurso contra las sanciones...................................................................................48 Artículo 60. Mecanismos alternativos en la solución de conflictos ..........................................48 Artículo 61. Actas de compromiso.................................................................................................48 Artículo 62. Medidas correctivas....................................................................................................49 Artículo 63. Ruta de atención Integral ..........................................................................................52 Artículo 64. Procedimiento para aplicar sanciones.....................................................................53 Artículo 65. Desescolarización.......................................................................................................56 Artículo 66. Procedimiento a seguir ..............................................................................................56 Artículo 67. Procedimiento para solicitudes y/o reclamos.........................................................56 5. CAPÍTULO V – DEL SISTEMA DE INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN ..............................57 Artículo 68. Estrategias de Comunicación ...................................................................................57 Artículo 69. Medios de Información y comunicación..................................................................57 6. CAPÍTULO VI – BIENESTAR ESCOLAR......................................................................................57 Artículo 70. Servicio de Orientación..............................................................................................57 Artículo 71. Educación sexual........................................................................................................58 7. CAPÍTULO VII – USO DE ALGUNAS DEPENDENCIAS ...........................................................58 Artículo 72. Servicio Sala de Sistemas.........................................................................................58 Artículo 73. Servicio de Comedor..................................................................................................58 Artículo 74. Uso de Transporte cuando sea necesario..............................................................58 Artículo 75. Uso del Laboratorio ....................................................................................................59 Artículo 76. Uso del Patio ...............................................................................................................59 Artículo 77. Descanso .....................................................................................................................59 Artículo 78. Salidas Pedagógicas..................................................................................................60 Artículo 79. Uso de la Tienda Escolar ..........................................................................................60 Artículo 80. Portería.........................................................................................................................61 Artículo 81. Oficinas.........................................................................................................................61
  • 7. “Construyendo una cultura de paz, contribuimos a la transformación de la sociedad” 6 Artículo 82. Uso del Servicio de Baño ..........................................................................................61 Artículo 83. Medios de Información...............................................................................................61 Artículo 84. Sala de ingles..............................................................................................................62 Artículo 85. Zonas verdes, Jardineras, Materas y Cuidado de la naturaleza.........................62 Artículo 86. Uso del Servicio de Biblioteca ..................................................................................62 Artículo 87. Actividades complementarias de uso del tiempo libre:.........................................63 8. CAPÍTULO VIII – PROCESOS DE SEGUIMIENTO ACADÉMICO Y EVALUACIÓN............63 Artículo 88. Proceso de Seguimiento académico .......................................................................63 Artículo 89. Procesos de Evaluación ............................................................................................64 Artículo 90. Criterios de evaluación ..............................................................................................64 Artículo 91. Criterios de promoción y reprobación......................................................................66 Artículo 92. Escala de valoración ..................................................................................................67 Artículo 93. Criterios y procedimientos de promoción anticipada ............................................67 9. CAPÍTULO IX- DE LOS PADRES DE FAMILIA...........................................................................68 Artículo 94. Derechos de los padres de familia y/o acudientes................................................68 Artículo 95. Deberes de los padres de familia y/o acudientes..................................................69 10. CAPÍTULO X - DEL DOCENTE...................................................................................................70 Artículo 96. Derechos del Docente................................................................................................70 Artículo 97. Deberes del Docente..................................................................................................71 11. CAPITULO XI - PARTICIPACIÓN EN EL GOBIERNO ESCOLAR ......................................72 Artículo 98. Conformación del Gobierno Escolar........................................................................72 Artículo 99. Participación de los Profesores................................................................................72 Artículo 100. Consejo Directivo (Decreto 1860/1994)..................................................................72 Artículo 101. Participación de los Padres de Familia (Decreto 1286 De 2005) .......................73 Artículo 102. Asamblea General de Padres (Articulo 4/ Dec 1286)...........................................73 Artículo 103. Consejo De Padres De Familia. (Artículo 5/ Dec 1286) .......................................73 Artículo 104. Mecanismos De Participación y Cultura Democrática..........................................74 Artículo 105. Representante de Curso. ..........................................................................................74 Artículo 106. Otros Comités. ............................................................................................................74 Artículo 107. Consejo de Estudiantes.............................................................................................74 Artículo 108. Personero de los Estudiantes...................................................................................75 Artículo 109. Contralor Estudiantil...................................................................................................75 Artículo 110. Convocatoria. ..............................................................................................................76
  • 8. “Construyendo una cultura de paz, contribuimos a la transformación de la sociedad” 7 Artículo 111. Inscripción....................................................................................................................76 Artículo 112. Proceso Electoral........................................................................................................77 Artículo 113. Comité de Convivencia escolar................................................................................77 12. CAPÍTULO XII – MANUAL DE FUNCIONES............................................................................78 Artículo 114. Funciones del Rector .................................................................................................78 Artículo 115. Funciones del Consejo Directivo..............................................................................79 Artículo 116. Funciones del Consejo Académico..........................................................................79 Artículo 117. Comisión de evaluación y promoción......................................................................80 Artículo 118. Funciones del Comité de Convivencia Escolar......................................................80 Artículo 119. Funciones del Consejo de padres............................................................................81 Artículo 120. Funciones del Consejo de estudiantes ...................................................................81 Artículo 121. Funciones del Personero y/o personera .................................................................82 Artículo 122. Funciones del contralor estudiantil...........................................................................82 Artículo 123. Funciones del Coordinador@...................................................................................82 Artículo 124. Funciones del Orientador@ ......................................................................................84 Artículo 125. Funciones de los docentes y las docentes.............................................................84 Artículo 126. Funciones del técnico operativo...............................................................................85 Artículo 127. Funciones del vigilante ..............................................................................................85 Artículo 128. Funciones del auxiliar de servicios generales........................................................86
  • 9. “Construyendo una cultura de paz, contribuimos a la transformación de la sociedad” 8 Artículo 2. Introducción y/o presentación La I.E.D Los Rosales es una Institución de carácter Oficial que funciona en el Suroccidente de Barranquilla con dos sedes, las cuales desarrollan en todos los órdenes de su funcionamiento, el compromiso por buscar la excelencia y un pacto hacia la convivencia pacífica. Bajo el Código de Ética y Buen Gobierno del Ministerio de Educación Nacional, cumple con todos los requerimientos legales teniendo en cuenta los criterios de Ética, Integridad, Transparencia y Eficiencia, con el fin de asegurar el cumplimiento de los fines misionales y del Estado. Cuenta con licencia de funcionamiento otorgada mediante la Resolución Nº 17080 de Diciembre 29 del 2016 (Preescolar, Básica Primaria, Metodologías Flexibles, Secundaria y Media); Desde Marzo del 2017, se inicia Jornada única para los grados de la Media (10y 11). Tiene dos sedes, ubicadas: SEDE N° 1: Calle 98D N° 9J – 23 y la SEDE N° 2: Cra 9J N° 98B – 40. Los aspectos generales que se deben conocer de la institución son: NIT 900077815-1, CÓDIGO IFCES: 107279, DANE SEDE N° 1: 308001018358, DANE SEDE N°2: 108001079102, MODALIDAD: Académico, la Naturaleza es Oficial, el carácter es Mixto, la jornada es Diurna, los niveles que tiene son Preescolar, Básica primaria, metodologías Flexibles, Secundaria y Media, es de calendario A, tiene convenio con el SENA para la media técnica y la UNALE a la que corresponde es la de Suroccidente Artículo 3. Acuerdo de adopción REGLAMENTO O MANUAL DE CONVIVENCIA RESOLUCIÓN RECTORAL No. 24 de Abril de 2017 POR LA CUAL SE ADOPTA EL REGLAMENTO O MANUAL DE CONVIVENCIA PARA LOS/AS ESTUDIANTES DEL INSTITUCIÓN EDUCATIVA DISTRITAL LOS ROSALES El Rector del INSTITUCIÓN EDUCATIVA DISTRITAL LOS ROSALES, en su calidad de Presidente del Consejo Directivo y en uso de las facultades que le otorga la Ley 115 de 1994 y el Decreto Reglamentario 1860 del mismo año y CONSIDERANDO 1. Que la Constitución Política de Colombia, Artículo 67, consagra la educación como un derecho fundamental de la persona, con la función de formar a los ciudadanos en el respeto a los derechos humanos, a la paz y a la democracia.
  • 10. “Construyendo una cultura de paz, contribuimos a la transformación de la sociedad” 9 2. Que los artículos 73 (PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL P.E.I.) y 87 (REGLAMENTO O MANUAL DE CONVIVENCIA), de la Ley 115 de 1994 establecen el Reglamento o Manual de Convivencia para todos los centros educativos y compilado en el Artículo 2.3.3.1.4.4 del decreto 1075/15, define: “Los establecimientos educativos tendrán un reglamento o manual de convivencia, en el cual se definirán los derechos, deberes, de los estudiantes. Los padres, acudientes, cuidadores al firmar la matricula correspondiente en representación de sus hijos, están aceptando el mismo”. 3. Que el artículo 144 (Funciones del Consejo Directivo) de la misma Ley, literal C, señala como función del Consejo Directivo adoptar el Reglamento de la Institución, de conformidad con las normas vigentes, y que esto se encuentra reglamentado en el Artículo 23 del Decreto 1860 de 1994. 4. Que el numeral 7 del Artículo 14 del Decreto 1860 incluye el Manual de Convivencia Escolar en el Proyecto Educativo Institucional. 5. Que el Artículo 17 del Decreto 1860 de 1994 (REGLAMENTO O MANUAL DE CONVIVENCIA) reglamenta lo establecido en la Ley 115, sin perjuicio de aquellos otros temas que tengan relación con los derechos y obligaciones de los diferentes estamentos de la comunidad educativa y los procesos que garanticen la sana convivencia escolar. 6. Decreto 1965 de 2013 - Articulo 41 numeral 7 Relación de entidades y personas vinculadas en la ruta de atención integral para la convivencia escolar: • Policía Nacional • Policía de infancia y adolescencia • Secretaria de gobierno municipal • Personería Municipal. • Fiscalía general de la nación • Comisaria de familia • Defensoría de familia • Inspector de policía • ICBF – Instituto colombiano de bienestar familiar • Hospital – o puesto de salud • Bomberos – Cruz Roja – Defensa Civil – • Medicina Legal • Padres de familia o acudientes 7. Que son complementarios, la Ley 1620 /2013, Ley 1098 /2006, Decreto 2383/2015 y demás jurisprudencia de la Corte Constitucional. 8. Que en los últimos años han sido derogadas algunas normas y reemplazadas por otras regulaciones, lo que hace urgente el acoplamiento normativo de nuestro manual en materia jurídica y procedimental. 9. Que las propuestas de reformas se han puesto a consideración, deliberación y consenso de los diferentes estamentos de la comunidad educativa. 10. Que el Consejo Directivo según Acta No. 01 del 24 de Marzo de 2019, aprobó efectuar las modificaciones pertinentes al Reglamento o Manual de Convivencia Escolar. 11. Que se atendió a los requerimientos establecidos en la Ley. Por lo anterior, el Manual de Convivencia se orientará por los siguientes Principios Rectores:  Derecho al debido proceso  Convivencia Social.  Democracia participativa y Pluralista.  Respeto por la Dignidad Humana.  Solidaridad  Tolerancia  Defensa y protección de Los Derechos de los niños, niñas y adolescentes, (ley 1098 de /2006,) así como el Cumplimiento de Los deberes.  Mecanismo alternativo de resolución de conflictos Ley 640 de 2001.  Conocimiento Público  Imparcialidad  Favorabilidad  Presunción de Inocencia y Buena Fe.  Celeridad
  • 11. “Construyendo una cultura de paz, contribuimos a la transformación de la sociedad” 10  Protección de los Derechos Fundamentales  Valoración Probatoria Y RESUELVE  Artículo Primero: Aprobar la reforma al actual Reglamento o Manual de Convivencia del INSTITUCIÓN EDUCATIVA DISTRITAL LOS ROSALES, en sus niveles: Transición, Básica Primaria y Secundaria y Media.  Artículo Segundo: Derogar los anteriores Reglamentos o Manuales de Convivencia Escolar.  Artículo Tercero: Dar a conocer el texto completo del Reglamento o Manual de Convivencia a toda la Comunidad Educativa para su interiorización y cumplimiento, entregando una copia del mismo a cada estudiante.  Artículo Cuarto: Remitir la presente Resolución y copia del nuevo Manual de Convivencia a la Secretaría de Educación Distrital. Dado en la Rectoría del INSTITUCIÓN EDUCATIVA DISTRITAL LOS ROSALES a los 24 días del mes de Marzo de 2019. La presente Resolución y el Manual de Convivencia rigen a partir del 01 de Mayo de 2019. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE GUSTAVO BUSTOS SANCHEZ Rector Artículo 4. Definición del Manual El Manual de convivencia, es una parte fundamental del Proyecto Educativo Institucional (PEI) en la cual se deben definir los derechos y obligaciones de todas las personas de la comunidad educativa en aras de convivir de manera pacífica y armónica. El manual de convivencia puede entenderse como una herramienta en la que se consignan los acuerdos de la comunidad educativa para facilitar y garantizar la armonía en la vida diaria de los EE. En este sentido, se definen las expectativas sobre la manera cómo deben actuar las personas que conforman la comunidad educativa, los recursos y procedimientos para dirimir conflictos, así como las consecuencias de incumplir los acuerdos (Chaux, Vargas, Ibarra & Minski, 2013). Los acuerdos consignados en el manual de convivencia se pueden entender como pactos que se construyen con la participación de todas las personas que conforman la comunidad educativa. Entre sus principales objetivos se pueden nombrar: ● Promover, garantizar y defender los DDHH y DHSR. ● Establecer normas paras las funciones, deberes, comportamientos y actitudes pactados por la comunidad educativa entre sí y con el entorno escolar, de manera tal que se garantice el ejercicio de los derechos de todas las personas que la conforman. ● Fortalecer procesos en torno a las medidas pedagógicas y alternativas de solución para las situaciones que afectan la convivencia escolar.
  • 12. “Construyendo una cultura de paz, contribuimos a la transformación de la sociedad” 11 Teniendo en cuenta lo anterior, es evidente cómo en el marco de la Ley 1620 de 2013 el manual de convivencia se convierte en un elemento fundamental para garantizar el mejoramiento de la convivencia y el ejercicio de los DDHH y DHSR. Por esta razón, en el Decreto 1965 de 2013 el proceso de actualización del manual se convierte en un eje fundamental para la implementación de las definiciones, principios y responsabilidades que se plantean en la Ley de Convivencia Escolar. Artículo 5. Marco Jurídico A continuación se presentan las fuentes legales para la elaboración y adopción del Manual de convivencia del INSTITUCIÓN EDUCATIVA DISTRITAL LOS ROSALES: 1. Interés Superior del Menor (declaración universal de los derechos del niño 1989- tratados y convenios internacionales) 2. La Constitución Política de Colombia de 1991. Todas las normas contenidas en el presente manual son coherentes con la Constitución Política de Colombia. “La educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social; con ella se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica y a los demás bienes y valores de la cultura.” La educación formará a la persona en el respeto a los derechos humanos, a la paz y a la democracia en la práctica del trabajo y la recreación para el mejoramiento cultural, científico y tecnológico, además de la protección del medio ambiente. El estado, la sociedad y la familia son los responsables de la educación. Artículos 1°, 2°, 13°, 15°, 16°, 20°, 23°, 33°, 41°, 43°, 44°, 45°, 67°, 68°, 70°, 95°. Nota: En el INSTITUCIÓN EDUCATIVA DISTRITAL LOS ROSALES, como institución pública con profundización en ciencias naturales y medio ambiente, el padre, madre o tutor/a legal y el estudiante, asumen y se comprometen a fomentar acciones que conlleven al cuidado del medio ambiente.. 3. Ley 30/86: Por la cual se adopta el Estatuto Nacional de Estupefacientes y se dictan otras disposiciones 4. Ley 12 de enero 22 de 1991 “Convención internacional sobre los derechos de la niñez”. 5. Nueva Ley General de Educación - Ley 115 de 1994: Artículos 73°, 87°, 94°, 97° y 144°. 6. Decreto 1860 de agosto 3/94: Reglamenta la ley 115: Artículos 17°. 7. Ley 124/94: Reglamenta el consumo de bebidas alcohólicas 8. Decreto 1108 de 1994. Capítulo III. “Porte y consumo de estupefacientes”. "Por el cual se sistematizan, coordinan y reglamentan algunas disposiciones en relación con el porte y consumo de estupefacientes y sustancias psicotrópicas". Artículo 9º. “Para efectos de los fines educativos, se prohíbe en todos los establecimientos educativos del país, estatales y privados, el porte y consumo de estupefacientes y sustancias psicotrópicas”. 9. Ley 200 de agosto de 1995. Por la cual se adopta el código disciplinario único. 10. La resolución 4210 de 1996. Establece “REGLAS GENERALES PARA LA DEL SERVICIO SOCIAL OBLIGATORIO”. 11. El decreto 2247 de 1997. “POR EL CUAL SE REGLAMENTA EL SERVICIO EDUCATIVO AL NIVEL DE PREESCOLAR”. 12. Ley 715 de 2001. (Por la cual se dictan normas orgánicas en materia de recursos y competencias de conformidad con los artículos 151, 288, 356 y 357 (Acto Legislativo 01 de 2001) de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones para organizar la prestación de los servicios de educación y salud)
  • 13. “Construyendo una cultura de paz, contribuimos a la transformación de la sociedad” 12 13. Ley 745 de julio 19 de 2002: Por la cual se tipifica como contravención el consumo y porte de dosis personal de estupefacientes o sustancias que produzcan dependencia, con peligro para los menores de edad y la familia. 14. Decreto 2287 de agosto 12 de 2003: Normas de salud (vacunas) 15. El decreto 1286 de 2005. “Por el cual se establecen normas sobre la participación de los padres de familia en el mejoramiento de los procesos educativos de los establecimientos oficiales y privados” mediante EL CONSEJO DE PADRES Y LA ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA. 16. Ley 1014 del 2006, Fomento a la cultura del emprendimiento. “La formación para el emprendimiento busca un desarrollo para la cultura del emprendimiento, con acciones que buscan entre otros la formación en competencias básicas, competencias laborales, competencias ciudadanas y competencias empresariales dentro del sistema educativo formal, no formal y su articulación con el sector productivo;”(…) “La educación debe incorporar, en su formación teórica y práctica, lo más avanzado de la ciencia y de la técnica, para que el estudiante esté en capacidad de crear su propia empresa, adaptarse a las nuevas tecnologías y al avance de la ciencia”. 17. Ley 1098 de noviembre 8 de 2006, Ley de infancia y adolescencia, Artículos 10°, 15°, 26°, 28°, 39°, 43°. 18. Resolución 1956 de mayo 30/2008: Prohibición de fumar en sitios públicos. 19. Decreto 1290 de 16 de abril de 2009: “Por el cual se reglamentan los propósitos de la evaluación del aprendizaje y los criterios de promoción de los estudiantes de los niveles de educación básica y media” y se concede autonomía institucional para establecer el “SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DE LOS ESTUDIANTES”(…) “Así mismo, establece la escala de valoración de desempeño nacional y se autoriza a que cada establecimiento educativo defina y adopte una escala de valoración de los desempeños de los estudiantes en su sistema de evaluación.” 20. Aula Hospital Ley 1388 /2010 Decreto reglamentario 1470: apoyo académico especial y apoyo emocional a niñas, niños y adolescentes en condición de enfermedad (Se refiere a las niñas, niños y jóvenes menores de 18 años que por razones de enfermedad, accidente, convalecencia o recuperación se ausentan del aula regular por un periodo mayor a un mes o su pronóstico así lo indica.) 21. La Ley de seguridad ciudadana: “Por medio de la cual se reforma el Código penal, el Código de procedimiento penal, el Código de infancia y adolescencia, las reglas sobre extinción de dominio y se dictan otras disposiciones en materia de seguridad”(...) “La ciudadanía reclama un tratamiento más estricto para luchar contra la impunidad en los crímenes cometidos por menores de edad, por lo cual esta ley ordena”: ARTÍCULO 94. “Adiciónese dos nuevos parágrafos al artículo 42 de la Ley 1098 de 2006”. 22. Ley 1620 de 15 de marzo de 2013, "Por la cual se crea el sistema nacional de convivencia escolar y formación para el ejercicio de los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar". 23. Decreto 1965 del 11 de septiembre de 2013, “Desarrollo normativo o reglamentación de la Ley 1620 de 2013, la presente normatividad se ocupa de REGULAR LA CONFORMACIÓN, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO del Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para el Ejercicio de los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar; del Comité Nacional de Convivencia Escolar; de los comités municipales, distritales y departamentales de convivencia escolar y de los comités escolares de convivencia; así como la articulación de las entidades y personas que conforman el Sistema Nacional de Convivencia Escolar, la familia y la sociedad”.
  • 14. “Construyendo una cultura de paz, contribuimos a la transformación de la sociedad” 13 24. Ley 1732 del 01 septiembre de 2014, "Por la cual se establece la cátedra de la paz en todas las instituciones educativas del país. Con el fin de garantizar la creación y el fortalecimiento de una cultura de paz en Colombia, establézcase la Cátedra de la Paz en todas las instituciones educativas de preescolar, básica y media como una asignatura independiente”. 25. Decreto 1038 de 2015, "Por el cual se reglamenta la Cátedra de la Paz” (...) “La Cátedra de la Paz será obligatoria en todos los establecimientos educativos de preescolar, básica y media de carácter oficial y privado, en los estrictos y precisos términos de la Ley 1732 de 2014 y de este decreto”. 26. Decreto 1075 de 2015. Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Educación. 27. Decreto 2383/2015. Por el cual se reglamenta la prestación del servicio educativo en el marco del Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes. 28. Ley 1801/2016. Código de Policía Nacional 29. Decreto 1421 de 2017, Por el cual se reglamenta en el marco de la educación inclusiva la atención educativa a la población con discapacidad 30. Manual de Convivencia que rige hasta la fecha. 31. Últimos fallos de la corte Constitucional sobre aspectos relacionados con la educación, que deben ser conocidas y apropiadas para el adecuado manejo de cualquier situación: Año Sentencia Observaciones 1992 ST. 519 “A este propósito, la Corte estima pertinente observar que si bien la educación es un derecho fundamental y el estudiante debe tener la posibilidad de permanecer vinculado al plantel hasta la culminación de sus estudios, de allí no puede colegirse que el centro docente esté obligado a mantener indefinidamente entre sus discípulos a quien de manera constante y reiterada desconoce las directrices disciplinarias y quebranta el orden impuesto por el reglamento educativo, ya que semejantes conductas, además de constituir incumplimiento de los deberes ya resaltados como inherentes a la relación que el estudiante establece con la institución en que se forma, representan abuso del derecho en cuanto causan perjuicio a la comunidad educativa e impiden al colegio alcanzar los fines que le son propios." 1992 ST. 402 "(La educación) es un derecho-deber, en cuanto no solamente otorga prerrogativas a favor del individuo, sino que comporta exigencias de cuyo cumplimiento depende en buena parte la subsistencia del derecho, pues quien no se somete a las condiciones para su ejercicio, como sucede con el discípulo que desatiende sus responsabilidades académicas o infringe el régimen disciplinario que se comprometió a observar, queda sujeto a las consecuencias propias de tales conductas." 1992 ST. 524 “En otros términos, los reglamentos de las instituciones
  • 15. “Construyendo una cultura de paz, contribuimos a la transformación de la sociedad” 14 Año Sentencia Observaciones educativas no podrán contener elementos, normas o principios que estén en contravía de la Constitución vigente como tampoco favorecer o permitir prácticas entre educadores y educandos que se aparten de la consideración y el respeto debidos a la privilegiada condición de seres humanos tales como tratamientos que afecten el libre desarrollo de la personalidad de los educandos, su dignidad de personas nacidas en un país que hace hoy de la diversidad y el pluralismo étnico, cultural y social principio de praxis general. Por tanto, en la relación educativa que se establece entre los diversos sujetos, no podrá favorecerse la presencia de prácticas discriminatorias, los tratos humillantes, las sanciones que no consulten un propósito objetivamente educativo sino el mero capricho y la arbitrariedad.” 1993 ST. 065 El corte de cabello no es una condición para la admisión y permanencia del educando dentro del plantel académico 1993 ST. 308 La dignidad humana como valor fundante y principio rector de los derechos constitucionales, y principalmente del actuar del Estado colombiano, así como de los particulares, en los términos de la Corte Constitucional, “no se aplica exclusivamente para la adquisición de vivienda, sino acorde con el valor de la persona humana, para tener un proyecto de vida plena, libre y auto realizada” 1994 ST. 569 ST. 234 ST. 309 ST. 386 ST. 403 ST. 569 ST. 316 La Corte dijo que si las conductas homosexuales no se ajustan a las normas de comportamiento social y escolar, aquéllas no pueden admitirse ni tolerarse. Para la Corte es claro entonces, que la ley asignó a los establecimientos educativos, públicos y privados, un poder de reglamentación dentro del marco de su actividad. Los reglamentos generales de convivencia, como es de la esencia de los actos reglamentarios, obligan a la entidad que los ha expedido y a sus Destinatarios, esto es, a quienes se les aplican, porque su fuerza jurídica vinculante deviene en forma inmediata de la propia ley y mediata de la Constitución Política.” 1995 ST. 340 ST. 037 340: El Consejo Directivo de la Fundación demandada no tenía competencia para establecer como causal de exclusión de un estudiante, el bajo rendimiento académico en la hipótesis normativa contemplada en el inciso segundo del artículo 96 de la Ley 115 de 1994. Menos aún la tenía entonces para, actuando como ente disciplinario, aplicarla en el caso que se revisa. Y la falta
  • 16. “Construyendo una cultura de paz, contribuimos a la transformación de la sociedad” 15 Año Sentencia Observaciones de competencia de la autoridad disciplinaria, así como la ilegalidad de la causal aplicada por ella, constituyen sendas violaciones del debido proceso administrativo. Cuando en una entidad deben cumplirse muchas actividades en muy corto tiempo, han de respetarse los derechos fundamentales de las personas. 037: No es violatorio de los derechos fundamentales el acto por el cual se sanciona a un estudiante por incurrir en faltas que comprometen la disciplina del plantel, siempre que se respeten las garantías del debido proceso, que se prueben los hechos imputados y que la sanción esté contemplada previamente en el respectivo reglamento. Tanto los actos de homosexualidad como los que impliquen objetivamente el acoso o asedio a los compañeros dentro del establecimiento, quebrantan de manera ostensible y grave la disciplina y además ofenden a los demás integrantes de la comunidad educativa, quienes merecen respeto, por todo lo cual aquéllos deben ser oportuna y ciertamente castigados. 1995 ST. 340 ST. 037 340: El Consejo Directivo de la Fundación demandada no tenía competencia para establecer como causal de exclusión de un estudiante, el bajo rendimiento académico en la hipótesis normativa contemplada en el inciso segundo del artículo 96 de la Ley 115 de 1994. Menos aún la tenía entonces para, actuando como ente disciplinario, aplicarla en el caso que se revisa. Y la falta de competencia de la autoridad disciplinaria, así como la ilegalidad de la causal aplicada por ella, constituyen sendas violaciones del debido proceso administrativo. Cuando en una entidad deben cumplirse muchas actividades en muy corto tiempo, han de respetarse los derechos fundamentales de las personas. 037: No es violatorio de los derechos fundamentales el acto por el cual se sanciona a un estudiante por incurrir en faltas que comprometen la disciplina del plantel, siempre que se respeten las garantías del debido proceso, que se prueben los hechos imputados y que la sanción esté contemplada previamente en el respectivo reglamento. Tanto los actos de homosexualidad como los que impliquen objetivamente el acoso o asedio a los compañeros dentro del establecimiento, quebrantan de manera ostensible y grave la disciplina y además ofenden a los demás integrantes de la comunidad
  • 17. “Construyendo una cultura de paz, contribuimos a la transformación de la sociedad” 16 Año Sentencia Observaciones educativa, quienes merecen respeto, por todo lo cual aquéllos deben ser oportuna y ciertamente castigados. 1996 ST. 348 ST. 024 348: Los establecimientos educativos se rigen internamente por unos principios y unas reglas que el educando y sus padres aceptan como obligatorias al momento de matricularse, las cuales se consignan en los denominados manuales de convivencia o reglamentos internos, instrumentos que sirven para regular la convivencia armónica de los distintos estamentos que conforman la comunidad educativa, y que como tales han de expedirse y hacerse conocer por parte de quienes integran cada uno de ellos, a quienes obliga, siempre que no sean contrarios a preceptos constitucionales o legales. En esos instrumentos se consagran los derechos y deberes de los estudiantes, quienes como sujetos activos del proceso educativo tienen la prerrogativa de reclamar los primeros y la obligación de cumplir y acatar los segundos 024: En cuanto su carácter implica una doble condición derecho-deber, un incumplimiento, debe forzosamente dar lugar a una sanción, pero enmarcada dentro de límites razonables. Esa sanción debe sujetarse a los reglamentos internos del establecimiento educativo, es decir, hay que examinar si se viola o no el debido proceso. En el presente caso queda agotada la vía gubernativa, con la sola reposición. Por cuanto, si el acto es entendido como si fuere expedido por el delegante, se entiende que solo procede el recurso de reposición. 1997 ST. 543 ST. 433 ST. 235 ST. 336 ST. 366 543: La Carta Política instituyó como derecho fundamental el de la educación, siendo éste, un derecho de responsabilidad del Estado, la comunidad y la familia. En este sentido, la educación deberá cumplir una misión primordial cual es la de dar los medios necesarios para acceder al conocimiento, de acuerdo con unos niveles de calidad que propenda por una mejor formación moral, intelectual y física de los educandos. 1998 ST. 526 ST. 642 ST. 500 La Corporación ha puesto de manifiesto que el apoderado no gestiona ante los jueces sus propios derechos sino que es vocero de los que puedan corresponderle a su patrocinado, siendo ello así "por cuanto en virtud de un contrato de mandato los abogados actúan en representación de otros" y en los términos del poder que se les haya discernido. Nótese que la titularidad de los derechos en juego se predica de
  • 18. “Construyendo una cultura de paz, contribuimos a la transformación de la sociedad” 17 Año Sentencia Observaciones la parte, que es permanente, mientras que el apoderado no lo es, ya que su mandato es revocable y susceptible de sustitución e incluso de renuncia; por tanto, los derechos invocados como fundamento de la acción de tutela no son de quien actuó en condición de representante, sino que se radican en cabeza de la parte procesal que, por lo mismo, es la llamada a solicitar el amparo en caso de considerarlos vulnerados o amenazados. De otro lado, debe desecharse la hipótesis de que el poder conferido para adelantar un proceso judicial sirve al propósito de intentar la acción de tutela a que pudiere dar lugar ese proceso, por cuanto se trata de actuaciones distintas y, si bien es cierto que la tutela tiene un carácter informal, también lo es que tal informalidad no lleva a presumir la existencia de un poder que no se presentó y que es necesario allegar siempre que se ejerza la acción de tutela a nombre de otro y a título profesional. 1999 ST. 880 El derecho al debido proceso contenido en el artículo 29 de la Carta Política es aplicable a las decisiones que se tomen en el medio educativo; razón por la cual, es válida la imposición de sanciones que se señalan en el manual de convivencia, previo agotamiento del procedimiento que para el efecto se encuentra establecido en el mismo ordenamiento del plantel. 2000 ST. 591 ST. 772 ST. 944 Las autoridades no sólo deben abstenerse de actuaciones que atenten contra la vida y la integridad de las personas residentes en el país, sino que están obligadas a prevenir los riesgos que las afectan, a evitar que se realicen los que se pueden oportunamente controlar, y a atender las consecuencias de las catástrofes imprevisibles o inevitables. Corolario de lo anterior, es que ninguna autoridad puede válidamente impedir que las autoridades o los particulares actúen para evitar que un riesgo grave se realice, y ocasione la muerte de las personas o produzca daños a sus bienes; mucho menos, cuando el único motivo que puede aducir para actuar de tal manera es el afán de obtener un provecho patrimonial, a costas de colocar en peligro a una o más personas, o de mantenerlas bajo un peligro grave que se puede evitar. 2001 ST. 642 ST. 1086 La Corte Constitucional ha señalado que para la realización plena del derecho a la educación no basta con que el individuo tenga la real posibilidad de ingresar al sistema educativo sino que “se requiere paralelamente del ofrecimiento por parte de la respectiva
  • 19. “Construyendo una cultura de paz, contribuimos a la transformación de la sociedad” 18 Año Sentencia Observaciones institución, de una educación que garantice una formación integral de calidad, la cual sólo se logra a través de metodologías y procesos pedagógicos sólidamente fundamentados en la teoría y la práctica, dirigidos y orientados por docentes especialistas en las distintas áreas, que con dedicación y profesionalismo conduzcan el proceso formativo de sus alumnos. 2002 ST. 706 Los educandos deben cumplir con unas pautas mínimas de orden académico y disciplinario, que les permitan acceder a ciertos derechos o a ser sancionados en razón de sus buenos o malos rendimientos y comportamientos: “... el incumplimiento de obligaciones académicas y disciplinarias, puede ser origen de la aplicación de sanciones a nivel institucional. Los colegios y centros educativos, en consecuencia, pueden imponerlas, garantizando en todo caso el respeto al debido proceso y al derecho de defensa de los estudiantes”. 2003 ST. 671 ST. 554 La permanencia de los educandos en el sistema educativo está condicionada a su concurso activo en la labor formativa intelectual y disciplinaria, y por ello, la falta de rendimiento, la indisciplina reiterada y la ausencia de motivación y compromiso con la instancia educativa, pueden tener la suficiente entidad como para que el alumno sea retirado del establecimiento o no sea aceptado nuevamente en el lugar donde debía responder y no lo logra por su propia causa. 2005 ST. 767 La educación como derecho fundamental conlleva deberes del estudiante, uno de los cuales es someterse a las normas de comportamiento establecidas por el plantel educativo al cual se encuentra vinculado. De esta manera, su inobservancia permite a las autoridades escolares tomar las decisiones que correspondan, siempre que se respete el debido proceso del estudiante. 2007 ST. 651 La Corte asume el estudio de la proporcionalidad y razonabilidad de las sanciones, concluyendo que su desproporción vulnera el derecho al debido proceso, pues tanto las reglas de conducta como la censura a su incumplimiento deben tener una finalidad adecuada y constitucionalmente legítima, so pena de tornarse arbitrarias. 2009 ST. 673 DERECHO A LA EDUCACION -No se vulneró por cuanto el estudiante aceptó el traslado de institución solicitado por acudiente
  • 20. “Construyendo una cultura de paz, contribuimos a la transformación de la sociedad” 19 Año Sentencia Observaciones 2010 ST. 492 DERECHO A LA EDUCACION DEL MENOR -No vulneración por parte de institución educativa al no renovar la matrícula del estudiante por no tener ésta carácter especializado o personalizado que la obligue a brindar seguridad extrema al menor 2011 ST. 196 ST. 832 ST. 759 DEBIDO PROCESO DISCIPLINARIO EN ESTABLECIMIENTO EDUCATIVO - Vulneración por expulsión de estudiante aplicando sanción de desescolarización sin estar contemplada en el Manual de Convivencia 2013 ST. 625 ST. 565 DERECHO A LA EDUCACION INTEGRAL-Vulneración por institución educativa por negar reingreso, aún sin haber brindado el acompañamiento pedagógico, didáctico y psicológico de estudiante consumidor de SPA. ST 565: DERECHO A LA IDENTIDAD SEXUAL Y DE GENERO-Prohibición de discriminación en establecimientos educativos en razón de la opción sexual 2015 ST. 478 DERECHO A LA INTIMIDAD Y AL BUEN NOMBRE- Vulneración se extiende a la familia, cuando el titular ha fallecido: Cualquier vulneración al buen nombre y a la intimidad que puede producir información que perjudique la reputación o la privacidad de la persona, así esté fallecida, se puede extender a su familia, quienes son los que tienen que soportar el peso moral y social de un reproche público contra su ser querido. En ese sentido, la jurisprudencia constitucional ha reconocido que el juez puede, a través de la acción de tutela, tomar los remedios puntuales para proteger el ámbito de protección de esos derechos. 2016 S T-679 DERECHO A LA EDUCACION INCLUSIVA DE NIÑOS Y NIÑAS EN SITUACION DE DISCAPACIDAD- Obligación de garantizar acceso a la educación en aulas regulares de estudio: Los niños y niñas son titulares del derecho fundamental a la educación en condiciones de igualdad, independientemente de las limitaciones físicas, cognitivas o de cualquier otro tipo que presenten. De este modo, ante una situación que genere discapacidad, el Estado debe eliminar las barreras que impidan el goce y disfrute efectivo de esa garantía, a través de la inclusión en el sistema tradicional, o en el especializado cuando las circunstancias lo ameriten (i.e. cuando sea imposible garantizar la disponibilidad, el acceso, la
  • 21. “Construyendo una cultura de paz, contribuimos a la transformación de la sociedad” 20 Año Sentencia Observaciones aceptabilidad, la permanencia o adaptabilidad). 2019 ST- 020 El colegio no vulneró derecho fundamental alguno, pues la misma se sustentó en que la menor de edad no logró cumplir los objetivos de la institución para ser promovida al grado séptimo, ya que: (i) tuvo una inasistencia superior al 50%; (ii) no trabajó en áreas como investigación, artística e informática; (iii) no trabajó en actividades extracurriculares; y (iv) la valoración de “quices” y evaluaciones no superan el 6.6 necesario para aprobar. Siendo así, la decisión se tomó con base en elementos objetivos y que hacen parte de la potestad de las instituciones educativas de brindarse sus propios reglamentos y procedimientos. Es decir, la decisión se enmarca dentro de la autonomía de la que gozan estas instituciones educativas. Artículo 6. Justificación El Manual de Convivencia del I.E.D. los Rosales es el conjunto de orientaciones éticas, de normas de comportamiento, procedimientos y criterios, que deben seguir los diferentes estamentos de la comunidad educativa. Tiene como fin contribuir a la formación de personas integrales, de manera que cada uno aprenda a ser responsable, libre y autónomo con la exigencia y la colaboración de los otros, para promover una transformación social y una formación que promueva la convivencia en paz y el fomento de una cultura ambiental. El contenido de este Manual está relacionado con la resolución de conflictos de manera pacífica, el cumplimiento de los deberes de la comunidad educativa y aspectos que contienen los principios y valores que están establecidos en nuestra institución y se refleja en cada uno de los diferentes procesos del proyecto educativo institucional, adhiriéndose a la necesidad de construir una comunidad enfocada en la sana convivencia. Las normas expuestas aquí, permiten el buen funcionamiento de la Institución y promueven el ejercicio de la sana convivencia, la vivencia de los valores y el crecimiento personal al que aspiramos todos los integrantes de esta comunidad. Artículo 7. Misión El I.E.D.Los Rosales, es una institución educativa de carácter oficial del suroccidente del distrito de barranquilla , que lidera procesos de formación integral en niños, niñas y jóvenes en los niveles de transición, básica y media con jornada única, desarrollando las competencias ciudadanas, académicas y laborales, fortaleciendo valores como respeto, amor y responsabilidad, con una profundización en ciencias naturales y medio ambiente, para que contribuyan significativamente en la transformación de la sociedad. Artículo 8. Visión
  • 22. “Construyendo una cultura de paz, contribuimos a la transformación de la sociedad” 21 El I.E.D.Los Rosales espera consolidarse en el año 2025, como una institución educativa con liderazgo en el suroccidente de barranquilla, por sus procesos de formación integral en la profundización en ciencias naturales y medio ambiente, una cultura pacífica, un alto nivel de aceptación y reconocimiento académico, técnico y convivencial e innovaciones pedagógicas, tecnológicas y culturales, además de sus buenos resultados en pruebas internas y externas. Artículo 9. Principios El I.E.D.Los Rosales dentro de los parámetros propios del entorno a su ubicación en el proyecto educativo institucional (PEI), centra su formación orientada y regida por los siguientes principios: 1. Calidad: promover una educación con calidad, profundizando en el saber, el saber hacer y el ser, logrando así significativo niveles de cálida en los estudiantes, con una sólida formación en valores y en medio ambiente. 2. Liderazgo: formar personas autónomas con vocación de servicios, respetuoso por la dignidad humana y constructores de una sociedad pacífica, libre y tolerante. 3. Justicia: desarrollar en los estudiantes una clara concepción de valores, de tal manera que sean adoptados como una forma de vida y como herramientas para salir adelante, respetando los derechos del otro. 4. Fraternidad: formar ciudadanos pacíficos, responsables, respetuoso de la vida, del medio ambiente, de los derechos humanos, los principios democráticos, que les permita el ejercicio de la tolerancia, el amor y la solidaridad. 5. Sentido de pertenencia: fomentar el amor por la institución, el conocimiento y reconocimiento de los valores culturales, de tal forma que todos los que hacen parte de la comunidad educativa, los acepten, los respeten y los promuevan. 6. Competitividad: despertar interés por lo cultural, el análisis y la investigación del conocimiento científico y tecnológico, como medio para valorar la naturaleza, el medio ambiente y la persona humana, contribuyendo significativamente en la transformación de la sociedad. Artículo 10. Objetivos Institucionales 1. Fortalecer en la comunidad educativa el compromiso hacia una convivencia pacífica, formativa y tolerante que promueva la valoración personal mediante el reconocimiento y el ejercicio de sus derechos y deberes. 2. Propiciar canales de comunicación entre la comunidad educativa, con el fin de garantizar que se tenga claridad sobre las pautas de comportamiento que permiten una sana convivencia en el marco de los derechos y deberes que tenemos como seres humanos, promoviendo el desarrollo y la práctica de los valores que orientan el quehacer institucional. 3. Reglamentar el funcionamiento del Sistema Nacional de Convivencia Escolar y formación para el ejercicio de los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar. 4. Organizar, Socializar, y vivenciar, la participación de estudiantes, padres o acudientes, docentes y directivos en el gobierno escolar Artículo 11. Valores corporativos  Amor  Responsabilidad  Respeto  Solidaridad Artículo 12. Política de Calidad
  • 23. “Construyendo una cultura de paz, contribuimos a la transformación de la sociedad” 22 La Institución promueve una educación de calidad orientando su esfuerzo en toda la comunidad educativa y aprovechando al máximo los recursos que el estado aporta, llevando el proceso de formación a través de un currículo, una organización, una políticas pedagógica innovadoras, investigativa y crítica, una evaluación permanente de los docentes y la implementación de un Sistema de Gestión de la Calidad que asegure la mejora continua del proceso educativo, con los cual se busca profundizar en el saber, el saber hacer, el ser y el saber convivir, logrando así significativo niveles de cálida en los estudiantes y una sólida formación en valores. Artículo 13. Símbolos institucionales I. Bandera Símbolo distintivo de toda la Institución Educativa. La bandera del INSTITUCIÓN EDUCATIVA DISTRITAL Los Rosales presenta dos colores: Azul y blanco. ● El Azul: simboliza la riqueza fluvial de la costa atlántica gracias a los tajamares de bocas de ceniza. ● El Blanco: simboliza la paz que todos anhelamos en Colombia y la pureza de corazón de los niños, niñas y jóvenes de este país y en especial el de los estudiantes Rosalistas. II. Escudo Enmarcado en sus laterales por las banderas de Colombia y Barranquilla porque hacemos parte integral de estos entes territoriales. En el centro resaltado en los colores institucionales se destacan las palabras Responsabilidad, Cultura y Respeto como ejes fundamentales de los procesos formativos inmersos en el color blanco que simboliza la paz necesaria en el país y el azul como parte de nuestra institución. III. Lema Institucional “Construyendo una cultura de paz, contribuimos a la transformación de la sociedad”
  • 24. “Construyendo una cultura de paz, contribuimos a la transformación de la sociedad” 18 IV. Himno (Letra y Música Lic. Jorge Eliecer Cassiani Borelly) I Vamos adelante vamos a estudiar, presente y futuro debo preparar. Una nueva meta se puede alcanzar, juntos el camino hay que edificar. II C.e.b. comunitario es nuestra razón, ha sido el esfuerzo, motor y corazón. Ahora nuestro sueño hecho realidad, llena de esperanza a la sociedad. Coro Ahora que soy parte integral de la institución, voy a luchar para triunfar puedo ser mejor (bis) III La ciencia y el arte, amor y comprensión, sana convivencia, respeto y valor. Hermosos pilares de la formación, y el conocimiento que adquiriendo estoy. IV Me siento orgulloso se llena mi ser, porque pertenezco al 206. Frutos positivos se cosecharán, más generaciones sabias crecerán. Coro Ahora que soy… V. Uniformes Completo, Buen estado, la sudadera sin estar bota pitillo. Sólo se tendrá un uniforme. Camiseta de educación física: debe ser en los colores azules institucional, con cuello y el escudo de la institución a la izquierda. Sudadera: Azul oscuro con las líneas de la camiseta a cada costado Zapatos: tenis totalmente blancos. Medias: Deben ser de color blanco, por encima del tobillo. Bata para laboratorio: Debe ser blanca y de carácter obligatorio para proteger el uniforme. Parágrafo 1: la excepción para el 2019 es que los estudiantes antiguos pueden portar el uniforme anterior, que está especificado de la siguiente manera: 1. El Uniforme de diario de los estudiantes varones es:  Camiseta de diario y camisilla: La camiseta de diario debe ser blanca de cuello camisero y bordes azules tanto en cuello como en puños, con el escudo. Se recomienda usar camisilla y ésta debe ser blanca sin adornos ni estampados.  Pantalón: debe ser clásico, de color azul oscuro, bota con doblez interno. La correa debe ser negra.
  • 25. “Construyendo una cultura de paz, contribuimos a la transformación de la sociedad” 19  Zapatos para el Uniforme de diario: colegiales totalmente negros. 2. El Uniforme de diario de las estudiantes mujeres es:  Blusa de diario: debe ser blanca con cuello, la manga corta y con bies del color del jomper.  Ropa Interior: la ropa interior, top o camisilla debe ser blanca, sin adornos o estampados y a la hora de usar la blusa debe estar abotonada.  Jomper: debe ser debajo de la rodilla y el diseño según la muestra exhibida en la cartelera de la institución. Se recomienda que utilicen un short por debajo de la falda.  Zapatos para el Uniforme de diario: colegiales totalmente negros. 3. El Uniforme de educación física es:  Camiseta de educación física: debe ser blanca, con cuello en borde V azul oscuro, con el escudo de la institución a la izquierda.  Ropa Interior: la ropa interior, top (en caso de las niñas) o camisilla debe ser blanca, sin adornos o estampados.  Sudadera: Azul oscuro con el distintivo de la institución en la pierna derecha  Zapatos: tenis totalmente blancos. 4. Medias: Para el uniforme de diario de los varones, las medias deben ser de color azul turquí y para el caso de las niñas, estas deben ser Blancas y a media pierna. En el caso de educación física, las medias deben ser de color blanco. Es importante resaltar, que para todos los casos se solita que sean medias, no tobilleras. Parágrafo 2: El personal Directivo Docente y los docentes, verificarán la excelente presentación personal del estudiante al portar adecuadamente el Uniforme. Parágrafo 3: La responsabilidad de que los estudiantes cumplan con portar adecuadamente el Uniforme de la Institución es de los Padres de Familia y/o acudientes. En caso de no cumplir con el reglamento de este Manual, deberán adquirir el uniforme en un período no superior a los quince (15) días hábiles. Parágrafo 4: El Uniforme de la “Promoción”, si fue aprobada por la Rectoría, será de manera voluntaria y esta solo la portarán los estudiantes que pertenezcan al grado undécimo, en el día que sea establecido. Artículo 14. Perfil de los y las estudiantes Para describir las cualidades del perfil del estudiante Rosalista, hemos identificado las ocho dimensiones de la formación integral. Estas dimensiones se concretan en cualidades que están en coherencia con nuestros objetivos educativos: Dimensiones Cualidades Indicador Preescolar Básica Primaria Básica Secundaria Media - Egresado Ética y educación religiosa Sobresale en los valores: responsabilidad, respeto, solidaridad, honestidad, liderazgo, tolerancia, amor por la vida y la naturaleza, sentido de pertenencia, al tomar decisiones libres, autónomas responsables y Cumple con las normas de convivencia planteadas en la institución, respetando la figura mediadora del proceso de enseñanza - aprendizaje Asume su responsabilidad cuando participa en las discusiones grupales que afectan la convivencia y cuando es solidario con su comunidad. Evidencia, en sus acciones criterios para tomar decisiones con base en las normas sociales establecidas en la Institución, asumiendo su responsabilidad, solidaridad y amor por la vida y la naturaleza. Elige con base en normas sociales que buscan el bien común y se compromete a ser participe en la transformación de su realidad personal y social.
  • 26. “Construyendo una cultura de paz, contribuimos a la transformación de la sociedad” 20 Dimensiones Cualidades Indicador Preescolar Básica Primaria Básica Secundaria Media - Egresado pacíficas. Cognitiva Capaz de comprender y aplicar creativamente los saberes que le permitan aprovechar con éxito las oportunidades y desafíos que se le presenten. Representa situaciones de su vida cotidiana a través de diferentes formas de expresión, utilizando la memorización. Relaciona situaciones de aprendizaje a través de la interpretación y comprensión, que implican la transformación de sí mismo y las diferentes maneras de elaboración y organización de pensamiento. Plantea hipótesis a partir de un análisis formal de problemas específicos del conocimiento y situaciones del entorno y aporta posibles soluciones, usando la comprensión y la asimilación. Sustenta crítica, analítica y propositivame nte, usando la lógica y propone alternativas de aplicación de los conocimientos asimilados con miras a transformar la realidad. Afectiva Capaz de tener conciencia y crecimiento en actitud, emoción y sentimiento. Se reconoce como ser humano y como parte del núcleo familiar y escolar a partir de las manifestacion es afectivas en sus relaciones. Construye relaciones de amistad a partir de diversos interese que le permiten identificar y aceptar las diferencias. Genera relaciones de convivencia afectiva con otros y pertenece a grupos en los que mantiene vínculos de lealtad y confianza. Fomenta relaciones basadas en el respeto y en el afecto a sí mismo y a los demás. Comunicativa Capaz de interactuar significativament e e interpretar mensajes con sentido crítico. Expresa, sentimientos y pensamientos a través de diferentes signos y símbolos Establece relaciones entre los diferentes sistemas de comunicación para dar respuesta de manera significativa a situaciones del entorno. Interpreta y comunica mensajes desde una actitud crítica usando distintas instancias de comunicación con aquellos que comparten su espacio vital. Interpreta y comunica mensajes de manera crítica que favorecen su interacción con otros y la transformación del entorno. Estética Capaz de desarrollar y expresar creativamente su sensibilidad para apreciar y transformar el entorno. Goza con diversas actividades lúdicas al interactuar en su medio. Utiliza diversos lenguajes para expresar su propia manera de ver el mundo. Propone creaciones innovadoras que muestran su comprensión del mundo usando los lenguajes aprendidos. Expresa con sentido crítico, la realidad que vive, por medio de diversos lenguajes para la transformación del entorno. Corporal Capaz de valorar, desarrollar y Reconoce su propio cuerpo y las Reconoce y acepta los cambios que se Acepta su cuerpo y el de los demás en Asume el cuidado de su cuerpo y
  • 27. “Construyendo una cultura de paz, contribuimos a la transformación de la sociedad” 21 Dimensiones Cualidades Indicador Preescolar Básica Primaria Básica Secundaria Media - Egresado expresar armónicamente su corporalidad. posibilidades que este le ofrece para relacionarse con los otros. están dando en su cuerpo y en el de los demás para fortalecer su relación con otros. sus diferencias físicas y de género para establecer relaciones de respeto y participación. respeta el de los demás como medio de desarrollo de su corporalidad para lograr calidad de vida personal y grupal. Sociopolítica Capaz de asumir un compromiso solidario en la construcción de una sociedad más justa y participativa. Percibe que hace parte de comunidades cercanas (familia, colegio, curso) donde se hacen acuerdos para convivir mejor. Identifica los elementos básicos de la realidad sociocultural que lo rodea y las formas de asumir su compromiso solidario Reconoce a cada persona como sujeto de derechos y deberes, lo cual lo lleva a asumir actitudes de respeto y participación. Participa en grupos que le permiten proponer, expresar y vivenciar su servicio desde la perspectiva social, democrática y de justicia 2. CAPÍTULO I I – RELACIONES DEL ESTUDIANTE CON LA COMUNIDAD EDUCATIVA Artículo 15. Derecho Deber (Ley 1098 de 2006) Los estudiantes del I.E.D. Los Rosales, tienen todos los derechos establecidos en la Constitución Nacional, Código de la infancia y la adolescencia, en la Ley General de Educación y demás normas concordantes. Nosotros como Institución promovemos para que ellos participen en la elaboración, ejecución, control y evaluación del Proyecto Educativo Institucional (PEI). Aquí se describen los correspondientes Derechos a los estudiantes, los cuales se pueden ejercer directamente o a través de su representante legal (Padres de familia y/o acudiente): I. Los consagrados en la Ley 1098 de 2006 en el capítulo II del artículo 17 al 37 (código de la infancia y la adolescencia)  Interés superior de los niños, las niñas y los adolescentes (Artículo 8): Se entiende por interés superior del niño, niña y adolescente, el imperativo que obliga a todas las personas a garantizar la satisfacción integral y simultánea de todos sus Derechos Humanos, que son universales, prevalentes e interdependientes.  Derecho a la vida y a la calidad de vida y a un ambiente sano (artículo 17).  Derecho a la integridad personal (artículo 18).  Derecho a la rehabilitación y la resocialización (artículo 19).  Derecho a la libertad y seguridad personal (artículo 21).  Derecho a tener una familia y a no ser separado de ella (artículo 22)  custodia y cuidado personal (artículo 23)  Derecho a los alimentos (artículo 24)  Derecho a la identidad. (artículo 25)  Derecho al debido proceso. (artículo 26)  Derecho a la salud (artículo 27)  Derecho a la educación. (artículo 28)  Derecho al desarrollo integral en la primera infancia. (artículo 29)  derecho a la recreación, participación en la vida cultural y en las artes. (artículo 30)
  • 28. “Construyendo una cultura de paz, contribuimos a la transformación de la sociedad” 22  Derecho a la participación de los niños, las niñas y los adolescentes. (artículo 31)  Derecho de asociación y reunión. (artículo 32)  Derecho a la intimidad. (artículo 33)  Derecho a la información. (artículo 34)  Edad mínima de admisión al trabajo y derecho a la protección laboral de los adolescentes autorizados para trabajar. ( artículo 35)  Derechos de los niños, las niñas y los adolescentes con discapacidad. (Artículo 36)  Libertades fundamentales. (artículo 37) Son complementarios  Obligaciones especiales de las I.E (ver; Ley 1098 del 2006, código de la infancia y la adolescencia - artículo 42)  Obligación ética fundamental de las I.E (ver; Ley 1098 del 2006, código de la infancia y la adolescencia - artículo 43)  Obligaciones complementarias de las I.E. (artículo 44)  Prohibición de sanciones crueles, humillantes o degradantes. (artículo 45) Artículo 16. Deberes de los Estudiantes (Artículo 95 de CPC y Sentencia T.519/92) Nuestra Institución desea inculcar en nuestros estudiantes la importancia de cumplir con los valores y principios que nuestra institución pregona, resaltando el respeto, la honestidad, la ética, la responsabilidad y la lealtad hacia la institución, es por ello que los estudiantes deben cumplir de manera especial los siguientes aspectos: I. Los que contempla el artículo 95 de la Constitución Política Colombiana:  Respetar los derechos ajenos y no abusar de los propios  Obrar conforme al principio de solidaridad social, respondiendo con acciones humanitarias ante situaciones que pongan en peligro la vida o la salud de las personas  Respetar y apoyar a las autoridades democráticas legítimamente constituidas para mantener la independencia y la integridad  Defender y difundir los derechos humanos como fundamento de la convivencia pacífica  Participar en la vida política, cívica y comunitaria del país  Propender al logro y mantenimiento de la paz  Colaborar para el buen funcionamiento de la administración de la justicia  Proteger los recursos culturales y naturales del país y velar por la conservación de un ambiente sano  Contribuir al financiamiento de los gastos e inversiones del estado, dentro de conceptos de justicia y equidad. Son complementarios: II. La Guía No. 6 del Ministerio de Educación Nacional: “Estándares Básicos de Competencias Ciudadanas” NOTA: Los Deberes, con estas orientaciones, los construye cada institución con participación de la comunidad educativa. III. Sentencia T.519/92 derecho a la educación-derecho fundamental. Tanto el derecho a educarse como la libertad de aprendizaje, enseñanza, investigación y cátedra son derechos fundamentales de los que no puede ser privado individuo alguno sin quebrantar los principios y mandatos constitucionales. Si bien la educación es un derecho fundamental y el estudiante debe tener la posibilidad de permanecer vinculado al plantel hasta la culminación de sus estudios, de allí no puede deducir la Institución Educativa esté obligado a mantener indefinidamente entre sus estudiantes a quien de manera constante y reiterada desconoce las directrices para el logro de una educación integral que favorezca los valores y desarrolle competencias ciudadanas que no quebranten el orden del reglamento educativo acordado en una buena convivencia. Artículo 17. Aspectos de convivencia escolar y de aula Los acuerdos establecidos por el gobierno escolar deberán tener fundamento en la normatividad vigente. I. No agredir al otro
  • 29. “Construyendo una cultura de paz, contribuimos a la transformación de la sociedad” 23  Discuta y defienda su punto de vista de forma tranquila.  Sea claro sin perder el reconocimiento y respeto por el otro.  Reconozca que los demás son diferentes y pueden ser su complemento o su opositor, pero no su enemigo. II. Comunicarse  Exprese sus puntos de vista, pero también aprenda a escuchar el de los demás, y así habrá reconocimiento mutuo.  Reconocer la conversación como el medio básico de encuentro. III. Interactuar  Acérquese a los otros.  Comuníquese con los otros, reconociendo los sentimientos y los mensajes de ellos, y logrando que se reconozcan los propios.  Comparta con los otros aceptando que ellos están con usted en un mismo espacio, buscando y deseando ser felices y aprendiendo también a ponerse de acuerdo y a discernir, sin influir negativamente en la convivencia.  Aprenda a reconocer la diferencia en otros, basándose en el reconocimiento de los Derechos Humanos y la equidad. IV. Decidir en grupo  Logre la decisión en grupo a través de la concertación. La concertación es la selección de un interés compartido.  Busque la participación directa o indirecta de todos aquellos a los que va a comprometer esa decisión.  No olvide que el grado de convivencia de una sociedad depende de su capacidad de concertar intereses de una forma participativa a todo nivel. V. Auto cuidarse  Cuide, proteja y respete su vida y la de los demás.  Preocúpese por cuidar el bienestar físico, emocional y psicológico de sí mismo y de otros.  Rechace los actos de violencia contra sí mismo y los demás.  No haga justicia por su propia cuenta. VI. Cuidar el entorno  Cuide la naturaleza y el ambiente, debemos cuidarla y protegerlo, pues somos parte de ellos  Preserve y haga buen uso de los recursos naturales. VII. Valorar el saber cultural  Valore costumbres, tradiciones e historia.  Entienda que el ser humano no solo evoluciona biológicamente, sino que también cambia a medida que su cultura se transforma.  Comprenda que sus saberes y conocimientos son tan válidos e importantes como el del otro. Artículo 18. Reglas de Higiene y pautas de presentación personal a) Practicar diariamente hábitos de aseo e higiene para poder asistir a la Institución limpio y con buena presentación personal. b) Presentarse a la Institución en condiciones de salud aceptable, si tienen alguna enfermedad ya sea infectocontagiosa o de otro tipo, se recomienda que sea evaluado por un médico para la entrega de la incapacidad y que regrese a la Institución una vez haya mejorado. c) Cuidar, proteger y conservar limpios y funcionales los espacios y medios de aprendizaje así como también los jardines y zonas verdes. d) Utilizar adecuadamente los baños de la institución, en especial cuando satisfaga una necesidad fisiológica. e) Contar con una afiliación a un Sistema de Seguridad social en salud, para garantizar el cumplimiento de los deberes en temas relacionados con lo mismo. f) Recibir las vacunas programadas por las autoridades de salud para promoción y prevención.
  • 30. “Construyendo una cultura de paz, contribuimos a la transformación de la sociedad” 24 g) Proporcionar alimentos sanos en la tienda escolar, poniendo en práctica las normas de higiene. h) Participar activamente en los programas de prevención y seguridad escolar. i) Cumplir con las normas de prevención y seguridad establecidas en la institución, para las diferentes situaciones que puedan atentar contra la seguridad. j) Asistir a los laboratorios de química y biología con bata reglamentaria y tapabocas, para cumplir con los protocolos de seguridad k) Abstenerse de portar objetos peligrosos que puedan atentar contra la integridad física de una persona o puedan causar intimidación. l) Cuidar y velar por la conservación de los recursos naturales del medio: agua, plantas, árboles, entre otros, para evitar el deterioro del ambiente escolar. m) Abstenerse de arrojar residuos sólidos en las redes de alcantarillado y aguas lluvias. n) Evitar jugar, recargarse o sentarse en las barandas de los pasillos y/o realizar juegos bruscos en las escaleras. Artículo 19. Asistencia Todos nuestros estudiantes deben asistir puntualmente a la Institución de acuerdo al horario que tiene establecido al momento de Matricularse, debe permanecer en todas las clases y participar en los actos cívicos que el colegio programa a menos que tenga excusa o permiso y de manera escrita. HORARIO NIVELES DE LUNES A VIERNES DE LUNES A VIERNES HORA DE ENTRADA HORA DE SALIDA HORA DE ENTRADA HORA DE SALIDA PREESCOLAR MATINAL 7:00 a.m. 11:00 a.m. PREESCOLAR VESPERTINA 1:00 p.m. 5:00 p.m. PRIMARIA - MATINAL 7:00 a.m. 12:00 m. PRIMARIA - VESPERTINA 12:30 m. 5:30 p.m. SECUNDARIA 6:30 a.m. 12:20 m. MEDIA – JORNADA UNICA 6:30 a.m. 2:30 p.m. `METODOLOGIA FLEXIBLE (BRUJULA) 6:30 a.m. 11:30 m. 12:30 m. 5:30 p.m. METODOLOGIA FLEXIBLE (ACELERACIÓN) 12:30 m. 5:30 p.m. Parágrafo1: El estudiante que llegue después de la hora estipulada, deberá justificar por escrito la causa de su retardo para iniciar la segunda hora de clase. (Esta justificación no tiene validez de excusa), en caso de asistir después de esta hora debe presentarse a la Coordinación para autorizar el ingreso. 1. Cuando el estudiante llegue tarde se le hará la anotación en el libro de seguimiento y cuando reincide por tres veces consecutivas se citará al padre o acudiente y se sancionará con rebaja en disciplina. La no asistencia a clase y/o demás actividades deberá ser justificada con una excusa escrita. 2. Al abandonar la Institución y/o el salón de clases se debe tener una justificación. Es su deber permanecer en la Institución en la jornada que se le asigne. Entrar y salir de la Institución en los horarios indicados y solamente por las porterías. 3. Solicitar permiso escrito al Coordinador respectivo cuando necesite ausentarse, dicha solicitud será escrita o firmada por los padres o acudientes o en su defecto presentar la respectiva citación medica si fuere el caso.
  • 31. “Construyendo una cultura de paz, contribuimos a la transformación de la sociedad” 25 4. Justificar la ausencia a clases y llegadas tarde respaldada por la presencia de su acudiente y/o una certificación de la Entidad de Salud que lo atendió o por escrito si no fue causa de enfermedad, con la firma y cédula del acudiente. La inasistencia que no sea justificada será considerada una falta. 5. Cumplir con tareas, talleres y demás actividades desarrolladas en su ausencia (estar al día en sus trabajos), de no presentar su excusa todos los trabajos escritos o evaluaciones que se realicen en su ausencia se calificarán con una nota no superada. 6. Cumplir con el Uniforme que corresponde según el horario académico, de presentarse reiteradamente excusas por portar el uniforme contrario al que corresponde (más de 2 en el año), se llamará al acudiente para hacer la respectiva acta. 7. La impuntualidad en la semana (hasta 2 llegadas tarde) sin justificación, implicará la citación al acudiente para analizar las causas por las que se presenta el incumplimiento y firmar un compromiso de convivencia, para que no se siga presentando esta situación. 8. En caso de tener conocimiento que se ausentará por varios días, es indispensable que presente la excusa firmada por el acudiente con su cédula, explicando los motivos por los cuales no podrá asistir el estudiante, quien habrá acordado previamente con los docentes las fechas para cumplir las tareas, talleres, evaluaciones y trabajos, que se realizarán en ese tiempo. La excusa será presentada 24 horas antes, con los respectivos soportes, de lo contrario, se perderá el derecho a las consideraciones académicas correspondientes. 9. Cuando un estudiante se encuentra incapacitado y asiste a la Institución, se solicitará la presencia del acudiente, para que sea retirado y cumpla con el total de la incapacidad. 10. Para retirarse del Colegio durante el horario de clases, se remitirá a la coordinación para explicar los motivos (enfermedad o llegada del período en caso de ser mujer), para que se deje por escrito en el acta los motivos por los que el estudiante se ausenta de la institución y la hora en la que salió. Si se logra evidenciar que el estudiante se encuentra muy enfermo, se llamará al padre de familia o acudiente para que lo busquen en el colegio. Si es un compromiso externo, el estudiante debe presentar una solicitud escrita por el acudiente justificando el permiso de salida (hora, fecha y persona autorizada para la salida con el estudiante). Parágrafo 2: Es obligación de los padres de familia reportar al colegio la causa de la inasistencia de su hijo(a). Si existen razones de índole familiar que le impidan al estudiante continuar su proceso formativo en la institución, el padre debe oficializar dicho retiro mediante carta, la cual radicará en la oficina administrativa de la Institución. Artículo 20. Conductas Inapropiadas en la Institución La comunidad educativa debe estar enfocada en el cumplimiento de los objetivos del PEI y en la Buena Convivencia en la Institución, por lo que es importante a la hora de desempeñar su Rol abstenerse de estar en situaciones que afectan la convivencia y que al ser Inapropiadas, son consideradas Tipo III:  Presentarse en la institución o en el desarrollo de actividades curriculares o extracurriculares bajo efectos de drogas o medicamentos no prescritos, bebidas alcohólicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas o psicoactivas.  Negociar y/o portar fósforos, cigarrillos, encendedores, medicamentos no prescritos, bebidas alcohólicas dentro o fuera de la institución.  Negociar artículos (celulares, Ipod, CD´s, controles, etc.)o comestibles, textos o elementos didácticos.  Practicar apuestas o juegos de azar con carácter lucrativo dentro y fuera de la institución.  Provocar falsas alarmas que promuevan el pánico colectivo, como: estallar objetos, pequeños incendios, generar olores desagradables, soltar animales como sapos, ranas, etc.
  • 32. “Construyendo una cultura de paz, contribuimos a la transformación de la sociedad” 26  Irrespetar la libertad de cultos, las creencias y/o prácticas religiosas, la raza o formación cultural de una persona.  Practicar el satanismo o espiritismo que atenten contra la dignidad humana y salud mental dentro y fuera de la Institución educativa.  Promover, divulgar o negociar libros, folletos, revistas, videos, cd’s que contengan pornografía.  Realizar expresiones escritas no autorizadas en las paredes, sillas, mesas, tableros y/o puertas de la Institución (dibujos, grafitis, mensajes). La sanción será independiente de la reparación. Esta falta será considerada muy grave si maneja términos irrespetuosos o amenazantes.  Traer juegos que no sean necesarios para el desarrollo de las actividades académicas como pistolas de juguetes, aparatos para hacer bombas de jabón, audífonos, juegos electrónicos, Nintendos, elementos de sonidos, cámaras de videos, grabadoras.  Realizar grabaciones de las instalaciones de la institución o con acciones indebidas, sin la debida autorización.  Usar el servicio de Internet en la Institución para fines diferente a las actividades académicas.  Manifestaciones de carácter amoroso que ocasionen distracción en el ambiente escolar o se conviertan en escandalo o mal ejemplo ante la comunidad.  Traer elementos como balones, patines, pelotas, caucheras o de otra índole que ocasionen riesgo o violencia en la institución.  Jugar en las aulas, pasillos, escaleras o baños con elementos (botellas, basuras, piedras, balones, chicles, jabón) que puedan lastimar, incomodar o poner en riesgo a las demás personas.  Causar daño o esconder de forma premeditada los bienes del colegio o elementos de los compañeros y/o docentes.  Permanecer fuera de las aulas en horas de clases, sin previa autorización, en especial al acercarse a la tienda escolar en un horario diferente al de descanso.  Llegar reiteradamente tarde al colegio, presentándose después del inicio de la jornada académica y teniendo más de un llamado de atención por ese hecho.  Salir o entrar a la Institución por lugares diferente a la puerta de acceso durante la jornada escolar. La gravedad de la falta eximirá a la institución de cualquier responsabilidad.  Salir o entrar a la institución durante las jornadas escolares o extracurriculares sin previa autorización.  Subirse a los árboles, paredes, balcones, placas, techos o rejas de la institución por diversión, poniendo en riesgo su vida o la de cualquier miembro de la comunidad.  Abstenerse de consumir alimentos en las horas de clases, y en especial dentro de las aulas.  Hacer uso inapropiado del celular o cualquier elemento electrónico en horas de clases, ocasionando desorden y desobediencia ante las indicaciones que da el docente.  Firmar documentos por su padre y/o acudiente o utilizar el carnet de otra persona ocasionando suplantación.  Evitar dejar materiales o tareas que debió haber tenido preparado para traer al colegio, ocasionando que sea recibido en la puerta en la jornada escolar o pedir permiso para ir a buscarlos.  Hacer actividades que sean para recaudar dinero sin previa autorización de las Directivas de la Institución.  Abstenerse de celebrar cumpleaños dentro y fuera de la Institución, con el Uniforme, utilizando harina, huevo, tierra, bombas de agua y/o tinta, atentando contra la integridad física y emocional de la persona y de los miembros de la comunidad.  Ingresar a la Institución con sustancias inflamables (aerosoles, desodorantes, perfumes), elementos con pólvora o elementos corto punzantes que perturben la tranquilidad y puedan atentar contra la integridad de cualquier miembro de la comunidad educativa.
  • 33. “Construyendo una cultura de paz, contribuimos a la transformación de la sociedad” 27  Ingresar a la institución con mascotas (gatos, perros, etc.) sin previa autorización, afectando la normalidad académica.  Hacer juegos que atenten contra la integridad física y emocional de los estudiantes. Parágrafo 1: Cuando se cometa cualquiera de las anteriores actividades y ésta no afecta directamente la seguridad, integridad física o mental de cualquier miembro de la comunidad, se considerará leve la primera vez. Parágrafo 2: Al realizar acciones por Internet en sitio diferente a las instalaciones del colegio, se debe recurrir a las autoridades competentes para que realicen la debida investigación. Si se diera dentro de las Instalaciones, se desarrollará la investigación de este orden. Parágrafo 3: La Institución no se hace responsable por la pérdida o daño de elementos personales de los estudiantes y que previamente se ha recomendado que no se traigan al colegio o a las aulas. 3. CAPÍTULO III – PROCEDIMIENTOS Artículo 21. Condiciones de Ingreso, Permanencia y Retiro de Estudiantes Teniendo en cuenta el tipo de servicio educativo que ofrecen los colegios públicos, se les da prioridad a los estudiantes en condición de Desplazados Artículo 22. Las Condiciones de Ingreso: 1. Inscribirse de acuerdo a las condiciones preestablecidas por la institución. 2. Confirmar el cupo para la continuidad de estudios en la institución (Estudiantes Antiguos) 3. Presentar los documentos legales y auténticos que exige la institución. 4. Estar respaldado por uno de los padres de familia o acudiente mayor de edad para asistirlo como representante legal en las situaciones que lo requiera la ruta de atención integral para la convivencia escolar y demás situaciones institucionales. 5. Autorizar la consulta de su antecedente en convivencia reportado en el Observador del Estudiante 6. Dependiendo del resultado del Observador, la institución procederá a condicionar su ingreso, una vez el caso haya sido estudiado por el comité competente. Artículo 23. Condiciones de la Admisión: La institución exige para la ADMISIÓN de estudiantes nuevos, antiguos o transferidos, cumplir con los siguientes procedimientos, teniendo en cuenta que El Colegio otorga el cupo al estudiante y selecciona la población estudiantil que voluntariamente solicita su inscripción de acuerdo al cumplimiento de requisitos y los siguientes procedimientos: 1. El ingreso de estudiantes que ofrece la Institución debe ser avalado por el Comité de Admisiones. 2. Verificar la relación técnica que autoriza el MEN, para evitar el hacinamiento en los grupos; por lo tanto, debe haber disponibilidad del cupo y del mobiliario. 3. La institución asignara el cupo de acuerdo al cumplimiento de requisitos y número de cupos. 4. Los estudiantes que soliciten su admisión en condición de DESPLAZADOS por el conflicto armado, deben presentar una carta de la Personería Municipal (con una vigencia no mayor a 6 meses) en la cual se dé fe de su situación. 5. Las admisiones extemporáneas de otros calendarios o instituciones, serán estudiadas por el comité y se otorgara el cupo si se cumple con lo dispuesto en los requisitos de matrícula. 6. El Colegio e reserva el derecho de admisión en el caso de estudiantes que, aunque hayan aprobado el curso, su actitud y comportamiento no armonicen con la filosofía institucional y/o con las normas del Manual de Convivencia previa comprobación de los acontecimientos según el debido proceso académico o de convivencia escolar como lo permite la Tutela 534 de 1994 de la Corte Constitucional.
  • 34. “Construyendo una cultura de paz, contribuimos a la transformación de la sociedad” 28 7. La inscripción de los estudiantes antiguos, nuevos y transferidos garantiza el cupo para el siguiente año escolar, siempre y cuando ésta se entregue al Colegio en la fecha indicada y el estudiante conserve sus condiciones académicas y de convivencia escolar exigidas por las comisiones de promoción y evaluación al finalizar el año en curso. Artículo 24. Procedimiento para la Inscripción y Admisión: La inscripción es el acto voluntario mediante el cual el padre, madre o acudiente manifiesta su deseo de matricular a su hijo (a) en alguna institución de educación del Sistema Integrado de Educación para un determinado grado, presentando la documentación que se le exija. La inscripción no implica la aceptación del estudiante en la institución. Artículo 25. Proceso de inscripción 1. Publicidad: La publicidad para la inscripción de matrículas de la institución, estará a cargo de la Técnico de la Institución. 2. Atención al usuario: Los padres de familia y/o estudiantes se acercan a la oficina de secretaria del colegio con el fin de conocer requisitos, costos del seguro estudiantil y cupos disponibles. 3. Generación de hoja de matrícula: Se verifica si el estudiante es estudiante antiguo. Si se encuentra alguna situación, se direccionara al área de que corresponde. Se diligencia la información en el aplicativo Académico codiros.edu.co y se genera recibo de pago de Seguro estudiantil. Se entrega al acudiente el recibo de pago. 4. Entrega de documentos: El padre de familia y/o acudiente diligencia y entrega en la secretaria del colegio: Formulario de inscripción, documentos anexos y recibo de pago de seguro, en las fechas establecidas. 5. Verificación de la edad: Se verifica la edad del inscrito con la fecha de nacimiento del registro civil y/o documento de identidad Artículo 26. Procesos de selección de estudiantes: Se verifican los documentos de inscripción, se asigna cita con psicoorientación y coordinador(a) para proceso académico. Se informa al estudiante fecha y hora de la prueba. Artículo 27. Ejecución de pruebas: El colegio aplica una prueba diagnóstica académica en los grados que ofrece. Artículo 28. Decisión proceso de selección: Las áreas de psicoorientación y coordinación conjuntamente con rectoría determinan de acuerdo a los resultados de cada prueba, si el estudiante es admitido a la institución. Se informa al Técnico de la institución el resultado de la decisión. Artículo 29. Informe de admisión: Se informa al estudiante y/o acudiente la decisión respecto al proceso de selección y se informa de los requisitos para la matricula. Artículo 30. Publicación de admitidos: Se publica en la cartelera principal el listado de admitidos. El IED Los rosales exige para la inscripción y el posterior ingreso de nuevos estudiantes los requisitos que el SIMAT propone para cada nivel y el cumplimiento de edades reglamentarias así: 1. Cumplir con el listado de requerimientos que entrega la institución cuando se solicita el cupo. 2. Cumplir con los rangos de edad para ingresar a cada nivel escolar así:  Educación inicial (5 años)  Primaria (6 – 10 años)  Secundaria (11 – 14 años)  Media (15 – 17 años)