2. CONTRATACION PUBLICA O ESTATAL
• Permite lograr y desarrollar las relaciones entre el estado y los
particulares; a través de la contratación estatal, se vinculan contratos
de obras civiles, contratos de consultorías, contrato de prestación de
servicios, contratos de concesión, encargos fiduciarios y de fiducia
pública, y un gran número de profesionales, tales como Ingenieros,
arquitectos, médicos , abogados ,contadores, ambientalistas,
personal técnico y obrero, entre otros ;los mismos que logran un
espacio para desarrollar sus objetivos, toda vez que se entiende por
contrato estatal; que el mismo tiene actos jurídicos, que generan
obligaciones al celebrarse con las entidades estatales y que están
previstos en el derecho privado o en normas de derecho público.
• ¿QUE ES UN CONTRATO?
• Es un acuerdo de dos o más voluntades con el fin de crear
obligaciones entre las partes. Que crea lazos laborales.
3. DIFERENCIALES DE CONTRATACION
ESTATAL Y DE DERECHO PRIVADO
En el derecho común hay igualdad jurídica entre las
partes, porque es un acuerdo de voluntades.
El contrato de derecho común es inmodificable
unilateralmente, mientras que el administrativo es
modificable, a voluntad de la administración
El contrato de derecho común surte efectos inter-partes;
en cambio el administrativo generalmente los produce a
terceros.
4. QUE SE ENTIENDE POR ENTIDADES
ESTATALES
• Nación, regiones y departamentos, provincias, distritos capitales y
distritos especiales, áreas metropolitanas, municipios y sus
asociaciones, establecimientos públicos, empresas industriales y
comerciales del estado, sociedades de economía mixta en las que
el estado tenga participación, entidades descentralizadas y demás
personas jurídicas en donde tenga participación mayoritaria el
estado .
• Senado de la República, Cámara de Representantes, Antes
Consejo superior de la Judicatura (ahora GERENCIA JUDICIAL),
Fiscalía General de la Nación, Contraloría General de la República,
Contralorías Departamentales, Distritales y municipales,
Departamentos Administrativos, Superintendencias, en general
organismos y dependencias del Estado a lo que la ley otorgue para
recibir contratos.
5. EN DONDE SE ENCUENTRA REGULADA LA
CONTRATACION ESTATAL
• En la normatividad vigente y aplicable al tema de contratación;
en donde intervine el Estado y que se encuentra regulada en la
Constitución Nacional, en el Régimen de contratación estatal
(Leyes 80 de 1993 y ley 1150 de 2 007) en sus Decretos
Reglamentarios como el 734 de 2012, en el Código Civil y en el
Código de Comercio colombiano.
CUAL ES EL FIN DE LA CONTRATACION ESTATAL
• Buscar el cumplimiento de los fines del estado, y la efectividad
de los derechos e intereses de las personas que viven en
Colombia, prestando efectiva y continuamente la prestación de
los servicios públicos; ahora, el particular, por su parte, al
contratar con el estado celebra y ejecuta contratos colaborando
con el estado en la consecución de sus fines, así como la del
cumplimiento de la función social.
6. CUALES SON LOS FINES DEL ESTADO
• Servir a la comunidad
• Promover la prosperidad garantizando la efectividad
de principios derechos y deberes consagrados en
nuestra carta magna, (Constitución).
• Facilitar la participación de todos en las decisiones
que afectan la vida, la economía, política la
administración y cultura de la Nación.
• Defender la independencia nacional
• Mantener la integridad territorial
• Asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un
orden justo ( constitución Nacional Art.2)
7. QUIENES PUEDEN CELEBRAR CONTRATOS
ESTATALES
• Todas las personas que se consideren legalmente capaces y
bajo la Normatividad vigente.
• Particulares Mayores de 18 años, no tener inhabilidades o
incompatibilidades para celebrar contratos
• Los consorcios ( uniones temporales de dos o más personas
que, en forma conjunta presenten una propuesta para la
adjudicación, celebración y ejecución de un contrato
• Todos deben responder solidariamente por todas y cada
una de las obligaciones derivadas de la propuesta y el
contrato.
8. CUALES SON LAS MODALIDADES DE
SELECCIÓN DEL CONTRATISTA
De acuerdo al Art: 2 de la ley 1150 de 2001 modificada por el
Artículo 94 de la ley 1474 de 2011. Decretos Anteriores: 1510,
4828, 734. Actual: 1082. Las entidades estatales deberán
seleccionar los contratistas, aplicando los principios rectores de
la ley 80 de 1993 (economía, transparencia y responsabilidad),
bajo las siguientes modalidades:
• Licitación Pública
• Selección abreviada
• Concurso de méritos
• Contratación directa
9. LICITACION PÚBLICA
Procedimiento mediante el cual la entidad estatal, formula al público una
convocatoria para que, en igualdad de condiciones, todos los que estén
interesados, formulen sus ofertas, posteriormente es seleccionada la oferta más
favorable por la entidad ( esta etapa también es llamada..” ETAPA PRE-
CONTRACTUAL”
SELECCIÓN ABREVIADA
Es una modalidad de selección objetiva, especial por sus características para
simplificar y agilizar procesos también por su cuantía, o destinación del objeto,
obra, u servicio a contratar, esto garantiza la escogencia efectiva del contratista
para la eventual celebración del contrato. En esta modalidad se celebran los
siguientes contratos:
• Contratos adquisición o suministro de bienes y servicios de características
uniformes
• Contratación de menor cuantía
• Contratos de prestación de servicios de Salud
• Contratos propios de las Empresa industriales y comerciales estatales de
economía mixta.
10. Concurso de Méritos:
el cual se trata de la modalidad para la elección de
consultores, proyectos o interventorías.
Contratación Directa:
Es una de las modalidades de contratación, que
difiere de la licitación, y está prevista para los
siguientes contratos: menor cuantía,
interadministrativos, arrendamiento o adquisición
de inmuebles, prestación de servicios profesionales
o ejecución de trabajos artísticos que sólo puedan.