1. Universidad Autónoma de Baja California
Tecnologías de la Investigación Jurídica
Meta 4.4
Gavilanes Ibarra Jackelin
Lorenzo Omar Martínez Gonzalez
Miercoles 03-marzo-2021
2. El Congreso aprueba las juntas únicamente telemáticas
La Comisión de Economía del Congreso de los Diputados aprobó ayer por
unanimidad, por la vía de urgencia, el proyecto de reforma de la Ley de
Sociedades de Capital para favorecer la implicación a largo plazo de los accionistas
en las sociedades cotizadas. Ahora el texto recalará en la Cámara Alta y si no se
aceptan nuevas enmiendas, el texto se dará por aprobado definitivamente, tal y
como está.
Entre los cambios introducidos está la regulación de las juntas de accionistas de las
sociedades cotizadas de manera exclusivamente telemática, una posibilidad
recogida en los primeros compases de pandemia y para la cual el PSOE incluyó
enmiendas para exigir la incorporación de esta posibilidad en estatutos deba ser
aprobada por una mayoría de al menos dos tercios del capital presente y
representado que acuerde la modificación.
3. Mayores garantías
La asistencia por medios telemáticos deberá garantizar la identidad del sujeto y
en la convocatoria se describirán los plazos, formas y modos de ejercicio de los
derechos de los socios previstos para permitir el adecuado desarrollo de la junta.
En particular; los administradores podrán determinar que las intervenciones y
propuestas de acuerdos que, conforme a esta Ley, tengan intención de formular
quienes vayan a asistir por medios telemáticos, se remitan a la sociedad antes de
la constitución de la junta.
Las respuestas a los socios o sus representantes que, asistiendo telemáticamente,
ejerciten su derecho de información durante la junta se producirán en la reunión
o por escrito durante los siete días siguientes a la finalización de la junta.
Por otro lado, también a propuesta del PSOE, se modifica la regulación sobre la
política de remuneraciones, la información se propone sobre el número de
acciones con voto doble existentes -deberá comunicarse a la CNMV cualquier
cambio en un plazo de cuatro días.