Este documento describe la organización política de España. Explica que España es una monarquía parlamentaria y detalla sus principales instituciones como la Corona, las Cortes Generales, el Gobierno y los Tribunales de Justicia. También describe la organización territorial en comunidades autónomas, incluyendo la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, con sus órganos de gobierno y símbolos.
1. CCSS: PROYECTO 5 ORGANIZACIÓN POLÍTICA DE ESPAÑA
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PROYECTO 5: ORGANIZACIÓN POLÍTICA DE
ESPAÑA: Las instituciones del Estado español.
El día 6 de Diciembre celebramos el cumpleaños de la Constitución Española. Muchas veces
habrás oído hablar de ella, pero seguro que te gustará conocerla mejor. Vamos a descubrir
muchas cosas sobre la Ley más importante de España. Podrás aprender cuales son nuestros
derechos y deberes en la sociedad en la que vivimos.
INDICE Página
1. LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA DE 1.978 2
2. LAS INSTITUCIONES DEL ESTADO ESPAÑOL
2.1 La jefatura del estado: la Corona
2.2 Las Cortes Generales
2.3 El Gobierno
2.4 Los Tribunales de Justicia
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3. ORGANIZACIÓN TERRITORIAL DE ESPAÑA
3.1 Mapa político de España
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4. NUESTRA COMUNIDAD AUTÓNOMA
4.1 El Estatuto de Autonomía de la Región de Murcia
4.2 Órganos institucionales de la Región de Murcia
4.3 Símbolos
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ESQUEMA DEL PROYECTO
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España es un Estado Democrático que toma la forma política de una monarquía parlamentaria.
En un Estado Democrático, los representantes políticos (diputados, senadores, regidores, etc.)
han sido escogidos en unas elecciones. Además, como cualquier gobierno democrático,
también garantiza dos principios fundamentales: la libertad y la igualdad de todas las personas
ante la ley. Estos principios están recogidos en la Constitución de cada país.
En una monarquía, el jefe del estado, la máxima autoridad del estado, es un rey o una reina,
que recibe su título de forma hereditaria, es decir, pasa de padres a hijos.
En un sistema político parlamentario, las leyes las elabora el parlamento, como representante
de la ciudadanía.
1. LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA DE 1.978
La Constitución Española fue aprobada por referéndum el 6 de diciembre de 1978, y es la ley
fundamental del Estado Español.
Regula los aspectos básicos relacionados con el funcionamiento del Estado, como los derechos
y deberes de los ciudadanos, las relaciones con el resto de países, la organización social, política
y territorial, etc. Todas las otras leyes de España han de estar de acuerdo con la Constitución,
incluidas las leyes que provienen de los parlamentos autonómicos. En este conjunto de leyes
se establece, entre otras cosas:
- Que los españoles tienen derecho a votar a sus representantes.
- Que todos los ciudadanos y ciudadanas son iguales ante la ley y que no pueden ser
discriminados por razones de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión, ni por cualquier otra
condición o circunstancia personal o social.
- Define que España es una monarquía parlamentaria.
- La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del
Estado.
En la Constitución también se recogen los símbolos nacionales, que son la bandera, el escudo y
el himno.
BANDERA ESCUDO
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2. LAS INSTITUCIONES DEL ESTADO ESPAÑOL
Como ya hemos dicho, la Constitución establece también el funcionamiento de las instituciones
democráticas. Pero, ¿cuáles son estas instituciones? Las más importantes son: la jefatura del
Estado, el Gobierno, las Cortes Generales y los Tribunales de Justicia.
2.1 LA JEFATURA DEL ESTADO: LA CORONA
España es una monarquía parlamentaria, lo que quiere decir que el jefe del estado es el rey. Su
función es representativa y no toma decisiones políticas. No gobierna, ni proclama leyes y
tampoco imparte justicia. Representa al Estado en los actos internacionales, es el jefe supremo
de las Fuerzas Armadas y sus funciones están recogidas en la Constitución.
La corona en España es hereditaria, pasa de padres a hijos. Recientemente hemos podido ver
cómo cambiábamos de jefe de estado. Hasta 2014 el rey era Juan Carlos I, momento en que la
corona pasó a su hijo, y actual Rey de España, Felipe VI. Si todo transcurre según está previsto,
la siguiente en ocupar ese puesto será la Infanta Leonor, hija de los reyes Felipe VI y Letizia y
actual Princesa de Asturias.
Una de las características de un estado democrático es la división de poderes, de manera que
no los ejerza una sola persona o un grupo de personas. Estos poderes a los que nos referimos
se llaman poderes políticos y son tres: legislativo, ejecutivo y judicial.
2.2 LAS CORTES GENERALES
Las Cortes Generales se encargan de elaborar y aprobar las leyes, los presupuestos del Estado,
controlar la acción del gobierno y escoger al presidente. Están compuestas por dos cámaras: el
Congreso de los Diputados y el Senado, cuyos miembros pertenecen a diversos partidos
políticos que se eligen cada cuatro años en las elecciones generales y que representan a todos
los españoles.
2.3 EL GOBIERNO
El Gobierno es el encargado de aplicar las leyes que se aprueban por parte del poder legislativo,
también administra los presupuestos del Estado y gestiona la Administración. Está formado por
el presidente del Gobierno y los ministros.
El Presidente es elegido por el Congreso de los Diputados y nombrado por el Rey y se encarga
de dirigir y coordinar el Gobierno y de responder ante el congreso de las acciones del Gobierno.
Los ministros son elegidos por el presidente del Gobierno y nombrados por el rey, y se ocupan
de gobernar en diferentes áreas, como educación, sanidad, economía o medio ambiente.
Actualmente, el presidente del Gobierno de España es Don Mariano Rajoy Brey.
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2.4 LOS TRIBUNALES DE JUSTICIA
Los tribunales de justicia, formados por jueces y magistrados, se encargan de administrar
justicia, es decir, de hacer cumplir las leyes y de penalizar o castigar a quienes no las cumplan.
Los tribunales más importantes son el Tribunal Supremo, que puede confirmar o anular las
decisiones de tribunales inferiores, y el Tribunal Constitucional, que se encarga de que las leyes
que se aprueban en las Cortes Generales o en los Parlamentos Autonómicos estén de acuerdo
con la Constitución.
3. ORGANIZACIÓN TERRITORIAL DE ESPAÑA
España se organiza en 17 comunidades autónomas, a lo que hay que sumar las dos ciudades
autónomas: Ceuta y Melilla, que se encuentran en el norte de África. Cada una de estas
comunidades autónomas puede estar formada por una o diversas provincias formadas, a su
vez, por municipios.
Este tipo de organización se establece también en la Constitución y es una forma de reconocer
y respetar la cultura y lengua propias de cada comunidad. Además permite que la
administración sea más ágil y cercana al ciudadano permitiendo que cada comunidad o ciudad
autónoma tenga órganos de gobierno propios:
- Gobierno autonómico (poder ejecutivo).
- Parlamento autonómico (poder legislativo).
- Tribunal Superior de Justicia (poder judicial).
Las comunidades autónomas tienen un Estatuto de Autonomía, que recoge las normas básicas
de cada una de ellas.
En el mapa de la página siguiente se muestran todas las comunidades autónomas y provincias,
así como las capitales de cada provincia.
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3.1 MAPA POLÍTICO DE ESPAÑA
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4. NUESTRA COMUNIDAD AUTÓNOMA
La Región de Murcia es una comunidad autónoma uniprovincial española, situada en el sudeste
de la Península Ibérica, entre Andalucía (provincias de Granada y Almería) y la Comunidad
Valenciana (provincia de Alicante), y entre la costa mediterránea y Castilla-La Mancha
(provincia de Albacete). Su capital es la ciudad de Murcia, que es sede de los órganos
institucionales regionales, con excepción de la Asamblea Regional, que tiene su sede en
Cartagena.
Cualquier comunidad autónoma está formada por localidades y municipios, los más
importantes en nuestra comunidad por número de habitantes son:
- Murcia (capital provincial).
- Cartagena.
- Lorca.
- Molina de Segura.
- Alcantarilla.
Como cualquier comunidad autónoma española, la Región de Murcia cuenta con su propio
Estatuto de Autonomía, que fue aprobado el 9 de junio de 1.982.
4.1 EL ESTATUTO DE AUTONOMÍA DE LA REGIÓN DE MURCIA
El Estatuto de Autonomía es la norma institucional básica de nuestra comunidad y en él se
definen los órganos institucionales, la sede de los mismos, las señas de identidad y las
competencias que se asumen por parte de la comunidad.
4.2 ÓRGANOS INSTITUCIONALES DE LA REGIÓN DE MURCIA
De acuerdo con el Estatuto de Autonomía, los órganos institucionales de la Región de Murcia
son la Asamblea Regional, el Presidente y el Consejo de Gobierno.
- La Asamblea Regional de Murcia es el parlamento autonómico y representa al pueblo
murciano. Ostenta la potestad legislativa, aprueba los presupuestos, e impulsa, orienta y
controla la acción de los órganos ejecutivos autonómicos. Está constituida por 45 diputados
elegidos por un período de cuatro años mediante sufragio universal, libre, igual, directo y
secreto en las cinco circunscripciones electorales en que se divide la Comunidad. Tiene su sede
en la ciudad de Cartagena.
- El Presidente de la Comunidad Autónoma es elegido por la Asamblea Regional de Murcia de
entre sus miembros. Entre sus funciones se encuentra la suprema representación de la Región
de Murcia y la ordinaria del Estado en su territorio, la presidencia del Consejo de Gobierno, y la
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dirección y coordinación del poder ejecutivo autonómico. Tiene su sede en el Palacio de San
Esteban de la ciudad de Murcia. El actual presidente de la Comunidad es Alberto Garre López.
- El Consejo de Gobierno es el órgano colegiado que dirige la política autonómica. Le
corresponde la función ejecutiva, el gobierno y administración de la Comunidad Autónoma y el
ejercicio de la potestad reglamentaria. Está compuesto por el Presidente, el Vicepresidente en
su caso, y los Consejeros, que el Presidente nombra y separa libremente. Tiene su sede
igualmente en el Palacio de San Esteban de la ciudad de Murcia.
4.3 SÍMBOLOS DE LA REGIÓN
BANDERA ESCUDO