1. Nombre del Alumno: L.C.P José Lorenzo Javier Pérez
Especialidad: Impuestos
Nombre del trabajo: Impuestos Reservados a la
Federación
Nombre de la Materia: Ley del ISR
Nombre del Profesor: L.C.P. Carlos Alberto Álvarez
2. Fecha de entrega: 10 de Febrero de 2018
IMPUESTOS RESERVADOS A LA FEDERACION.
La Federación es la única capacitada para gravar la industria y el comercio de
hidrocarburos, minería, industria cinematográfica, instituciones de crédito y energía
eléctrica.
FACULTADES EXCLUSIVAS DE LA FEDERACION.
La Constitución Federal no hace una distribución de las fuentes tributarias entre la
Federación, Estados y Municipios, su artículo 73, fracción XXIX señala algunas
materias reservadas exclusivamente para la Federación; estas materias son:
el comercio exterior
el aprovechamiento y explotación de los recursos naturales comprendidos en los
párrafos cuarto y quinto del artículo 27 de la misma Constitución
sobre instituciones de crédito y sociedades de Seguros
servicios públicos concesionados o explotados directamente por la Federación,
citando el Art. 73 Fracción XXIX
energía eléctrica
producción y consumo de tabacos labrados
gasolina y otros productos derivados del petróleo
cerillos y fósforos
aguamiel y productos de su fermentación
explotación forestal
producción y consumo de cerveza.
Conclusión Personal:
Con lo anterior presentado y estudiado puedo analizar que la Federación se
encarga de recaudar los tributos necesarios para cumplir con lo que nos dice el artículo
31 fracción IV de la Constitución, por ello quiero analizar esto desde los siguientes nos
puntos:
a) La fracción XXIX del artículo 73 Constitucional únicamente enumera determinadas
fuentes impositivas que sólo pueden ser gravadas por la Federación sin que ello
signifique que está impedida para gravar otras fuentes, en cuanto fuere necesario para
cubrir los gastos públicos, de acuerdo con lo establecido por la fracción VII del mismo
artículo 73
b) La Federación sólo puede gravar las fuentes que enumera la fracción XXIX y será
cuestión de las cuotas o tarifas, más o menos elevadas, el que de dichas fuentes se
obtenga la recaudación necesaria para satisfacer el gasto público.
3. Por lo tanto lo que hace la Federación es apegarse a las leyes para cumplir con
las respectivas obligaciones y no violar ninguna ley para contribuir con el gasto público.