2. Inafectación:
La ley establece el ámbito de
aplicación del tributo. Aquí se
encuentra el conjunto de hechos que
son capaces de generar el nacimiento
de la obligación tributaria. Cualquier
hecho económico o no que se
encuentre fuera del referido ámbito,
califica como infecto; en el sentido
que no va a soportar la carga
tributaria.
2 TRIBUTACION II 3 de marzo de 2024
3. Exoneración
Es el beneficio que se otorga a
una actividad que si se encuentra
gravada por el hecho imponible,
pero que se le excluye del
mandato de pago (total o
parcialmente), por un determinado
período, a través de una norma de
rango legal, que impide el
nacimiento de la obligación
tributaria
3 de marzo de 2024
TRIBUTACION II
3
4. 4 TRIBUTACION II 3 de marzo de 2024
La inafectación ocurre cuando un hecho se
encuentra fuera del ámbito de aplicación de la
norma tributaria, mientras que, en la
exoneración, el hecho sí se encuentra dentro de
tal ámbito de aplicación.
¿Cuál es la diferencia?
5. Situación jurídica por la cual
determinados sujetos u operaciones
se encuentran fuera de la hipótesis
de incidencia tributaria.
3 de marzo de 2024
TRIBUTACION II
5
Semejanzas
INAFECTACIÓN
6. Situación jurídica por la cual se
libera de la obligación de pagar
el tributo. Sí se realiza el hecho
generador de la obligación
tributaria.
3 de marzo de 2024
TRIBUTACION II
6
Semejanzas
EXONERACIÓN
7. Articulo 18: EL SECTOR PÚBLICO
NACIONAL
3 de marzo de 2024
TRIBUTACION II
7
El inciso a) del artículo 18º menciona que se encuentra inafecto
al pago del Impuesto a la Renta el Sector Público Nacional, con
excepción de las empresas conformantes de la actividad
empresarial del Estado.
El Gobierno Central
Los gobiernos regionales
Los gobiernos locales
Las instituciones públicas sectorialmente agrupadas o no
Las sociedades de beneficencia pública.
Los organismos descentralizados autónomos
8. BASE LEGAL:
3 de marzo de 2024
TRIBUTACION II
8
Ley N° 24948: Es necesario precisar que la Ley Nº 24948 fue
derogada por la Cuarta Disposición Final del Decreto Legislativo
Nº 1031 (publicada el 24 junio de 2008), el cual promueve la
eficiencia de la actividad empresarial del Estado.
RTF Nº 1090-4-2004
RTF Nº 07391-1-2004
RTF Nº 07378-2-2007
RTF Nº 3722-3-2002
INFORME Nº 064-2007-SUNAT /2B000018
9. Articulo 18: LAS FUNDACIONES
LEGALMENTE ESTABLECIDAS
TRIBUTACION II
9
El inciso c) del artículo 18º menciona que se encuentra inafecto al pago del Impuesto a la
Renta las fundaciones legalmente establecidas, cuyo instrumento de constitución
comprenda exclusivamente alguno o varios de los siguientes fines:
Cultura.
Investigación superior.
Beneficencia.
asistencia social y hospitalaria.
Beneficios sociales para los
servidores de las empresas.
10. BASE LEGAL:
3 de marzo de 2024
TRIBUTACION II
10
Código Civil, decreto legislativo N° 295
Ley N° 29966, Ley Que Prorroga La Vigencia De
Beneficios Tributarios.
11. Articulo 18: LAS ENTIDADES DE
AUXILIO MUTUO
3 de marzo de 2024
TRIBUTACION II
11
El inciso d) del artículo 18º menciona que se encuentra inafecto al pago del
Impuesto a la Renta las entidades de auxilio mutuo.
Las Derramas
Fondos Bienestar PNP
Sociedad de Auxilio Mutuo Obrero
12. Articulo 18: COMUNIDADES
CAMPESINAS
3 de marzo de 2024
TRIBUTACION II
12
El inciso e) del artículo 18º menciona que se encuentra
inafecto al pago del Impuesto a la Renta a las
comunidades Campesinas.
Estas entidades deberán solicitar su inscripción ante la
SUNAT. Conforme con el art. 28 de la Ley de
Comunidades Campesinas
13. BASE LEGAL:
3 de marzo de 2024
TRIBUTACION II
13
INFORME Nº 063-2010-SUNAT/2B0000: Las comunidades
campesinas del departamento de lima se encuentran
inafectas del impuesto a la renta
Código civil (D.L. Nº 295) noción y fines de las comunidades
campesinas y nativas. Artículo 134.
Concordancias: r. Nº 126-2011-SUNARP-SA (Elecciones de
la junta directiva y redacción de estatuto de comunidades
nativas inscritas) existencia jurídica de las comunidades
artículo 135.
14. BASE LEGAL:
3 de marzo de 2024
TRIBUTACION II
14
Carácter de las tierras de las comunidades. Artículo 136
CONCORDANCIAS: R. Nº 126-2011-SUNARP-SA
(Elecciones de la Junta Directiva y Redacción de Estatuto
de Comunidades Nativas Inscritas) Estatuto de las
comunidades. Artículo 137
Asamblea General. Artículo 138
Padrón y catastro de las comunidades. Artículo 139
15. 3 de marzo de 2024
TRIBUTACION II
15
La comunidad campesina “AZAPAMPA - JUNIN" en el mes
de Mayo obtuvieron ganancias provenientes de la cuenta
de ahorros, en la que depositaron todos los fondos de la
misma, siendo un monto de S/. 600 por concepto de
intereses ganados.
No se paga Impuesto a la Renta, porque los intereses
ganados por las comunidades campesinas se encuentran
inafectas del Impuesto a la Renta, según lo dispuesto en el
inciso e) del artículo 18° de la Ley del Impuesto a la Renta.
EJEMPLO:
Articulo 18: COMUNIDADES
CAMPESINAS
16. Articulo 18: COMUNIDADES NATIVAS
3 de marzo de 2024
TRIBUTACION II
16
El inciso f) del artículo 18º menciona que se encuentra
inafecto al pago del Impuesto a la Renta a las
Comunidades Nativas.
Las comunidades nativas según el art.
8º del Decreto Ley Nº 22175 tienen
origen en los grupos tribales de la Selva
y Ceja de Selva y están constituidas por
conjuntos de familias.
17. BASE LEGAL:
3 de marzo de 2024
TRIBUTACION II
17
CÓDIGO CIVIL: Noción y fines de las Comunidades
Campesinas y Nativas. Artículo 134.
CONCORDANCIAS: R. Nº 126-2011-SUNARP-SA
(Elecciones de la Junta Directiva y Redacción de Estatuto
de Comunidades Nativas Inscritas) Existencia jurídica de las
comunidades. Artículo 135, Artículo 136, Artículo 137.
Asamblea General. Artículo 138.
Padrón y catastro de las comunidades. Artículo 139.
18. 3 de marzo de 2024
TRIBUTACION II
18
La comunidad nativa “kichua Runa ” vendió una parcela de
tierra de su propiedad y por ello cobró un monto de S/.
28,000 Nuevos Soles.
No se paga Impuesto a la Renta, porque todas las
actividades que obtengan renta en las comunidades
nativas se encuentran inafectas del Impuesto a la Renta,
según lo dispuesto en el artículo 18°, inciso f) de la Ley del
Impuesto a la Renta.
EJEMPLO:
Articulo 18: COMUNIDADES
CAMPESINAS
19. Articulo 18: a) LAS INDEMNIZACIONES
3 de marzo de 2024
TRIBUTACION II
19
Se encuentran comprendidas en la referida inafectación, las
cantidades que se abonen, de producirse el cese del trabajador
.
La indemnización por despido injustificado u hostilidad.
Indemnización por resolución de contrato sujeto a modalidad.
Indemnización por vacaciones no gozadas.
Indemnización por retención indebida de CTS.
Indemnización por no reincorporar a un trabajador cesado en
un procedimiento de cese colectivo.
20. Articulo 18: a) LAS INDEMNIZACIONES
3 de marzo de 2024
TRIBUTACION II
20
Decreto Legislativo Nº 728, artículo 147 de la Ley de Fomento
del empleo.
Las empresas y sus trabajadores dentro del marco del
procedimiento de negociación colectiva o a través de la
negociación individual con sus respectivos trabajadores,
podrán establecer programas de incentivos o ayudas que
fomenten la constitución de nuevas empresas por parte
de los trabajadores que en forma voluntaria optaran por
retirarse de la empresa.
21. 3 de marzo de 2024
TRIBUTACION II
21
La Señorita Aixa trabaja de administradora en la empresa
Pari S.A.C, en múltiples ocasiones se le ha negado el
derecho a sus vacaciones con la excusa de falta de
personal, además en la última semana se ausentó de su
puesto de trabajo por un accidente que tuvo camino a
hacer unas diligencias, y se le despidió a pesar de que
justificó el suceso. ¿A que indemnizaciones tendría
derecho la administradora?
EJEMPLO:
Articulo 18: a) LAS INDEMNIZACIONES
22. Articulo 18: b) LAS INDEMNIZACIONES
TRIBUTACION II
22
Se encuentra inafecto al pago del Impuesto a la Renta las indemnizaciones que se reciban
por causa de muerte o incapacidad producidas por:
Accidentes.
Enfermedades
Que tengan su origen en:
El Régimen de seguridad social
Contrato de seguro
Sentencia Judicial
Transacciones
23. 3 de marzo de 2024
TRIBUTACION II
23
Un hombre que tiene 15 años como trabajador de una
constructora fallece en pleno ejercicio de su labor, según lo
señalado en esta ley los familiares directos , que forman
parte de la sucesión indivisa, debe recibir un monto de
dinero a manera de indemnización por parte del
empleador. (Este monto se encontraría inafecto al cobro
del impuesto a la renta).
EJEMPLO:
Articulo 18: b) LAS INDEMNIZACIONES
Siguiendo el caso anterior, si el hombre vivía pero
quedaba con una discapacidad producida por un
accidente, el monto que recibiría de indemnización
también estaría inafecta al pago del impuesto a la renta.
24. Articulo 18: c) LAS CTS
TRIBUTACION II
24
Las compensaciones por tiempo de servicios, previstas por las
disposiciones laborales vigentes.
BASE LEGAL:
Incorporada por el Decreto Supremo Nº 054 - 99 –
EF, mediante la ley Nº 27356, publicada el
18/10/2000.
25. 3 de marzo de 2024
TRIBUTACION II
25
La trabajadora Ximena nos pide que determinemos el
monto que su empleador le debe depositar en su cuenta
de CTS en la primera quincena de mayo del 2021; y
para ello nos alcanza la siguiente información:
EJEMPLO:
Articulo 18: c) CTS
Régimen laboral: Común
Fecha de ingreso:01/09/2022
Horas de trabajo: 18 horas a la semana
Remuneración básica: 400
26. Articulo 18: d)
TRIBUTACION II
26
Las rentas vitalicias y las pensiones que tengan su origen en el trabajo
personal, tales como:
BASE LEGAL:
Incorporada por el Decreto Supremo Nº 054 - 99 –
EF, mediante el artículo 3 de la ley Nº 27356,
publicada el 18/10/2000.
Jubilación
Montepío
Invalidez
27. 3 de marzo de 2024
TRIBUTACION II
27
El Señor Ruperto Román desde que entró a trabajar a la
empresa Los años maravillosos S.A en 1982, se le ha
descontado un pequeño porcentaje de su sueldo para
montepío, a punto de jubilarse de la empresa este
muere trágicamente cayendo desde el segundo piso del
almacén. Después del acontecimiento la familia a parte
del sctr, reciben el montepío acumulado.
EJEMPLO:
Articulo 18: d)
28. Articulo 18: e) LOS SUBSIDIOS
TRIBUTACION II
28
BASE LEGAL:
Incorporada por el artículo 7 del Decreto Legislativo
Nº 970, publicada el 24/12/2006.
Incapacidad temporal
Maternidad
Lactancia
29. TRIBUTACION II
29
La trabajadora Rosa Melina se fracturó ambos brazos
y una pierna al manipular una maquina en su
laburo, por lo que tuvo que ser llevada de
emergencia, al hospital, donde posteriormente se
enteró que tenía un mes de embarazo, en este caso
la señorita podrá recibir ambos subsidios.
EJEMPLO:
Articulo 18: e)
30. Para que proceda la inafectación deberá ser informada mensualmente a la
Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras de Fondos de
Pensiones.
Articulo 18: f) LAS RENTAS Y
GANANCIAS
TRIBUTACION II
30
BASE LEGAL:
Incorporada por el artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 972,
publicada el 10/03/2007, y vigente a partir del 01/01/2010.
Que generen los activos de las compañías de seguros de vida, para
pensiones de:
Jubilación
Invalidez
Rentas Vitalicias
31. TRIBUTACION II
31
A los contribuyentes de la afp y la onp no se les
cobra impuesto a la renta, ni al momento de
depositarlo cuando trabaja, ni cuando le depositan
después de su jubilación.
A su vez estas entidades tampoco están obligadas a
pagar dicho impuesto.
EJEMPLO:
Articulo 18: f) LAS RENTAS Y
GANANCIAS
32. Articulo 18: g) LOS MÁRGENES Y
RETORNOS
TRIBUTACION II
32
BASE LEGAL:
Incorporada por el artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 972,
publicada el 10/03/2007, y vigente a partir del 01/01/2010.
Los cuales son exigidos por las Cámaras de Compensación y Liquidación
de Instrumentos Financieros Derivados con el objetivo de nivelar las
posiciones financieras en el contrato.
33. Articulo 18: h) LOS INTERESES Y
GANANCIAS DE CAPITAL
TRIBUTACION II
33
Provenientes
de:
BASE LEGAL:
Incorporada por el artículo 11 de la ley Nº 30050, publicada
el 26/06/2013, y vigente a partir del 01/01/2014.
Letras del tesoro Público
Bonos y otros títulos de deuda
Obligaciones del Banco de Reserva del
Perú.
34. Articulo 18: i) LOS INGRESOS POR
SERVICIOS
TRIBUTACION II
34
Obtenidos por las transferencias de los derechos de
cobro del inversionista que derivan de los contratos de
asociaciones público privadas suscritos por el Estado.
BASE LEGAL:
Incorporada por el artículo 3 del Decreto Legislativo Nº
1418, publicada el 13/09/2018, y vigente a partir del
01/01/2019.
35. Articulo 19 - Inciso a: Las rentas que, las
sociedades o instituciones religiosas, destinen a
la realización de sus fines específicos en el país.
3 de marzo de 2024
TRIBUTACION II
35
La iglesia católica de Cerro de Pasco, tiene dos locales
ubicados en el centro de La ciudad, dichos locales son
utilizados para las ceremonias de bautizos y matrimonios
que dicha iglesia otorga a sus peregrinos. ¿Dichas rentas
percibidas por la iglesia católica por desarrollar los
matrimonios y bautizos estarán afectas a impuesto a la
renta??
EJEMPLO:
BASE LEGAL:
Informe Nº 227-2003- SUNAT/2B0000
Decreto ley Nº 23211
36. Articulo 19 - Inciso b: Las rentas de fundaciones
afectas y de asociaciones sin fines de lucro cuyo
instrumento de constitución comprenda
exclusivamente.
3 de marzo de 2024
TRIBUTACION II
36
Beneficencia.
Asistencia social.
Educación.
Cultural.
Científica.
Artística.
Literaria.
Deportiva.
Política.
Gremiales y/i de vivienda.
BASE LEGAL:
RTF Nº 07918-3-2007
RTF Nº 0862-3-2007
37. Articulo 19 - Inciso b: Las rentas de fundaciones
afectas y de asociaciones sin fines de lucro cuyo
instrumento de constitución comprenda
exclusivamente.
3 de marzo de 2024
TRIBUTACION II
37
La agrupación orígenes de mi Perú constituido en la
provincia de Chepén con Fines artístico y culturales en
talleres de danzas y actuación tienen eventos los fines de
semana por todo el valle Jequetepeque, según los
reportes la agrupación obtiene ingresos anuales por 5 mil
nuevos soles, que son destinados para la reinversión en
materiales y gastos de la agrupación. ¿Está esta renta
gravada o exonerada?
EJEMPLO:
38. Articulo 19 - Inciso c: c) Los intereses provenientes
de créditos de fomento otorgados directamente o
mediante proveedores
3 de marzo de 2024
TRIBUTACION II
38
La cooperativa San Juan de Dios otorga préstamos en
calidad de desarrollo agrícola a los agricultores del
asentamiento humano la granja en la provincia de Chepén,
el señor Emilio Tacillo recibió un préstamo por 17 mil soles
a una TCEA DEL 10% pagaderos en 3 años con una tasa
de interés variable.
EJEMPLO:
Articulo 19 - Inciso d:Las rentas de los inmuebles de
propiedad de organismos internacionales que les sirvan
de sede.
39. Articulo 19 – Inciso e: Las remuneraciones que perciban, por el
ejercicio de su cargo en el país, los funcionarios y empleados
considerados como tales dentro de la estructura organizacional de los
gobiernos extranjeros, instituciones oficiales extranjeras y
organismos internacionales, siempre que los convenios constitutivos
así lo establezcan.
3 de marzo de 2024
TRIBUTACIÓN II
39
1. GOBIERNOS EXTRANJEROS.
2. INSTITUCIONES OFICIALES
EXTRANJERAS.
3. ORGANISMOS INTERNACIONALES.
por ejemplo:
se trataría de tres tipos de instituciones:
• Representaciones diplomáticas
• Organismos internacionales
40. TRIBUTACIÓN II
40
Articulo 19 – Inciso i:
Cualquier tipo de interés de tasa fija o variable, en moneda nacional o
extranjera, que se pague con ocasión de un depósito o imposición conforme
con la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y
Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N.º 26702.
Articulo 19 – Inciso j: Los ingresos brutos que perciben las
representaciones deportivas nacionales de países extranjeros
por sus actuaciones en el país
Podría ser el caso de un campeonato sudamericana de vóley que
se disputa en el territorio nacional y en el participan delegaciones
de 10 países, la cual han venido con el uniforme de su país y
compiten por los tres primeros puestos en ronda de partidos de
eliminatoria, al finalizar el comité organizador del campeonato
otorga una determinada cantidad de dinero en función al puesto
obtenido.
41. Articulo 19 - Inciso k: Las regalías por
asesoramiento técnico, económico, financiero, o de
otra índole, prestados desde el exterior por
entidades estatales u organismos internacionales.
3 de marzo de 2024
TRIBUTACION II
41
El Servicio Industrial de la Marina - SIMA, que es una institución de
reconocido prestigio internacional en la fabricación de buques,
desea incursionar en la elaboración y fabricación de componentes
electrónicos de los buques mercantes, para poder posteriormente
realizar la exportación de dichos bienes a las empresas que estén
interesadas. Para lograr este desarrollo recibe asesoría de un astillero
estatal italiano, quien se encarga de dar información de dar información y
asesorar en la elaboración de los componentes electrónicos, percibiendo
por dicha asesoría la suma de 3500.00 nuevos soles.
42. Articulo 19 – Inciso n: Los ingresos brutos que perciben las
representaciones de países extranjeros por los espectáculos en
vivo de teatro, zarzuela, conciertos de música clásica, ópera,
opereta, ballet y folclor, calificados como espectáculos públicos
culturales por el Instituto Nacional de Cultura, realizados en el
país.
3 de marzo de 2024
TRIBUTACION II
42
EJEMPLO:
BASE LEGAL:
Ley N.º 27356
Se puede dar en el caso que en el Perú se presente
en un concierto cantantes de ópera, las cuales son
profesionales y su presentación lo realizan en un local
cerrado. Las entradas que se cobren para ingresar a
local cerrado estarán exoneradas del impuesto.
43. Articulo 19 – Inciso o: Los intereses que perciban o
paguen las cooperativas de ahorro y crédito por las
operaciones que realicen con sus socios.
3 de marzo de 2024
TRIBUTACION II
43
La cooperativa de Ahorro y Crédito "Dinero si" en el mes
de Junio de 2013 pagó intereses por un monto de S/.
600.00 nuevos soles a uno de sus socios.
Determine si el presente caso se encuentra exonerado
del Impuesto a la renta.
44. Articulo 19 - Inciso q: Los intereses y demás ganancias
provenientes de créditos externos concedidos al
Sector Público Nacional.
3 de marzo de 2024
TRIBUTACION II
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EJEMPLO:
BASE LEGAL:
Ley N.º 27034
Los intereses provenientes de bonos emitidos por una
empresa pública perteneciente al Sector Público Nacional.