SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 24
Descargar para leer sin conexión
Unidad de Inteligencia
Financiera
30 de enero del 2020
Contenido
I. Propuestas de Reforma Legal
II. Casos relevantes
III. Síntesis de estadística
IV. Prospectiva UIF
IV. Propuesta Reforma de Ley
Iniciativa de reforma a la Ley federal de prevención e identificación de operaciones con
recursos de procedencia ilícita (LFPIORPI) presentadaante el Congresode la Unión.
Como resultado de las bajas calificaciones obtenidas en las Recomendaciones específicas de este sector no financiero (R. 22 – Parcialmente
Cumplida y R. 23 No Cumplida), México esta comprometido en mostrar avances significativos en el Cumplimiento Técnico, a más tardar en el
tercer año después de la adopción de su IEM, es decir en 2021, para obtener re-calificaciones de las recomendaciones pendientes de pleno
cumplimiento, a fin de lograr salir de dicho proceso y, sobretodo, a tener un sistema de prevención y combate al LD/FTmás robusto y efectivo.
Por lo tanto, mediante la iniciativa de reforma a la LFPIORPI, se propone integrar diversas figuras que son requeridas para cumplir en su totalidad
con las 40 Recomendaciones, enfocadas principalmenteen los siguientes temas centrales
Iniciativa de reforma a la Ley federal de prevención e identificación de operaciones con
recursos de procedencia ilícita (LFPIORPI) presentadaante el Congresode la Unión.
RECOMENDACIÓN GAFI REFORMA A LA LFPIORPI TEXTO PROPUESTO EN LA INICIATIVA
El criterio esencial 27.9 de la R. 29 del GAFI “Unidad de Inteligencia Financiera (UIF)” señala que la UIF debe ser
independiente yautónoma operativamente, lo que significa que:
Se dota de autonomía técnica y de gestión a la
Unidad de Inteligencia Financiera en el ejercicio
de las atribuciones que como unidad
administrativa central de la Secretaría de
Hacienda y Crédito Público le otorga el
Reglamento Interior de dicha institución.
Artículo 5. La Secretaría será la autoridad competente
para aplicar e interpretar, en el ámbito administrativo,la
presente Ley, su Reglamento y las reglas de carácter
general que emita la propia Secretaría conforme a esta
Ley, a través de la Unidad de Inteligencia Financiera,
misma que estará dotada de autonomía técnica y de
gestión.
a) debe contar con autoridad y capacidad para desempeñar sus funciones con libertad, incluyendo la decisión
autónoma de analizar, solicitar y/o comunicar o revelarinformación específica;
b) debe poder hacer acuerdos o interactuar independientemente con otras autoridades competentes nacionales o
contrapartes extranjeras para el intercambiode información;
c) cuando esté ubicada dentro de la estructura existente de otra autoridad, debe tener funciones centrales distintas
de las de la otra autoridady;
d) debe poder obtener y hacer uso de los recursos necesarios para desempeñar sus funciones en forma individual o
rutinaria, sin influencias o interferencias políticas, gubernamentales o industriales indebidas que puedan poner en
riesgo suindependenciaoperativa.
Asimismo, los Estatutos del Grupo Egmont de Unidades de Inteligencia Financiera, adoptados en octubre de 2013,
establecen que deben tener independencia operativa, es decir, que la UIF debe contar con la autoridad y capacidad
para llevara cabo sus funciones de manera libre, lo que incluye autonomía de las decisiones para analizar, solicitar y/o
diseminar información específica. En todos los casos, ello significa que la UIF debe tener el derecho independiente de
compartir o diseminar información conlasautoridadescompetentes.
Iniciativa de reforma a la Ley federal de prevención e identificación de operaciones con
recursos de procedencia ilícita (LFPIORPI) presentadaante el Congresode la Unión.
RECOMENDACIÓN GAFI REFORMA A LA LFPIORPI TEXTO PROPUESTO EN LA INICIATIVA
Los criterios esenciales1.2 y1.3 de la R. 1 del GAFI “Evaluaciónde los riesgos y
aplicación de unenfoque basadoenel riesgo”, señalan, respectivamente, que los
países deben nombraruna autoridado establecerunmecanismopara coordinar
acciones para evaluarriesgos;ydebenmanteneractualizadas las evaluaciones del
riesgo.
Coordinar, a través de la Unidadde Inteligencia Financiera, a todas lasautoridades
nacionales competentes en materiade prevención ycombate de delitos de
operaciones conrecursos de procedencia ilícita yfinanciamiento al terrorismo, a
fin de llevar a cabo la EvaluaciónNacional de Riesgos ysus actualizaciones.
Artículo 6. La Secretaría por conductode la unidad administrativa u órgano
desconcentradoque esté facultado en términos de las disposiciones
aplicables tendrá las facultades siguientes:
En ese sentido, considerando sus atribuciones yfunciones, la UIFes la instancia
competente para llevara cabodichas tareas, coordinandola 1ª Evaluación Nacional
de Riesgos de Lavado de DineroyFinanciamiento al Terrorismo en México, 2016 y,
en la misma tesitura se encuentra actualmente realizandola actualizaciónde dicho
estudio.
IX. Coordinar a través de la Unidadde InteligenciaFinanciera, a todaslas
autoridadesnacionales competentes en materiade prevención ycombate
de Delitos de Operaciones conRecursos de Procedencia Ilícita y
Financiamientoal Terrorismopara llevar a cabo la EvaluaciónNacional de
Riesgos, asícomosus actualizaciones.
Si bienconforme a la 1ª Evaluación Nacional de Riesgos de LD yFT, en Méxicono
existenexpresiones de terrorismodoméstico, se presenta unriesgo de terrorismo
en nuestro país proveniente de dinámicas externas, como lo son suposición
geográfica, la porosidadfronteriza yla corrupción, por loque es necesario
implementarlasmedidasya establecidas enmateria de prevenciónde LD, también
en el tema del combate al FT.
Financiamiento al terrorismo.
Se incorpora el FT en el artículo2 de la Ley, dentro de los objetivos de dicho
ordenamientojurídico.
Se adiciona comoobjetivo de la LFPIORPI, nosolola prevencióne identificaciónde
operaciones conrecursos de procedencia ilícita, sinotambién aquellos
relacionados conel Financiamientoal Terrorismo.
Asimismo, se reitera tal objetivoendiversas disposiciones, a saber:en la
definiciónde loque se entiende porRiesgo, agregandopara tal efectola
fracciónXII Bisal artículo3;al describir los casos enque se tendrá que
presentar un Aviso 24 Horas, agregando unsegundopárrafoa la fracciónVI
del artículo18, yal agregarun CapítuloVI Bisdenominado“De la Prevención
del Financiamientoal Terrorismoenla recepciónydestinode donativos”.
Iniciativa de reforma a la Ley federal de prevención e identificación de operaciones con
recursos de procedencia ilícita (LFPIORPI) presentadaante el Congresode la Unión.
RECOMENDACIÓN GAFI REFORMA A LA LFPIORPI TEXTO PROPUESTO EN LA INICIATIVA
El GAFI observó enla pasada evaluación que nohayrequisitos para las APNFDenrelación conlas PEP, los
cualesse encuentran establecidos enla R. 12 “Personas Expuestas Políticamente” (determinarsi el cliente
o el beneficiariofinales una PEP yllevar a cabo unmonitoreo continuointensificadode la relación
comercial).
Personas Políticamente Expuestas (PEP).
Se adiciona enel en artículo18, la fracciónVIII, enla cual se
establece la obligaciónpara quienes realizanActividades
Vulnerables, de identificar ydar seguimiento a los actos u
operaciones que llevena cabocon PEP.
Se incluye la obligaciónde quienes realizanActividades Vulnerablesde
identificar ymonitorear las operaciones cuyos clientes seanconsiderados
PEP, así comola obligaciónde las autoridades que tengan información
relacionada conellos, para proporcionarla a la UIFcon la finalidadde crear
una lista de PEP.
En ese sentido, el IEM2018 recomienda a Méxicoestablecerobligaciones para lasAPNFD en relación con
las PEP.
Asimismo, se propone agregarunartículo51 Terpara
incluirla obligaciónde todas las autoridades de permitirel
acceso a la informaciónque seanecesariapara dichofin.
La R. 1 del GAFI “Evaluaciónde riesgos yaplicación de unenfoque basadoenriesgo” señalaque las
medidasimplementadas por quienes realizan ActividadesVulnerables deben estar basadas en el riesgo
que representencada una de laspartes que intervienenenlas operaciones.
Enfoque Basado en Riesgo.
Se adiciona la fracciónXII Bisdel artículo3 de la Ley para
determinar loque debe entenderse comoRiesgo yla
fracciónVII del artículo18 para establecerla obligación de
identificarese Riesgo yel de los clientes o usuarios.
Se adiciona la obligaciónpara quienes realizan ActividadesVulnerables de
llevar a cabouna evaluaciónpara identificar, analizar yentender el riesgo
inherente enque se encuentra su actividad, asícomoel de sus clientes.
En ese sentido, el IEM2018 observó que los requerimientos para las APNFDcon respectoa la evaluación
de los riesgos de LD/FT ya la aplicaciónde medidas reforzadas, inclusoencasos donde las autoridades
identifican riesgos másaltos, son deficientes. En tal virtud, recomendó establecerobligacionesendicho
sentido, a finde solventar esta deficiencia.
Iniciativa de reforma a la Ley federal de prevención e identificación de operaciones con
recursos de procedencia ilícita (LFPIORPI) presentadaante el Congresode la Unión.
RECOMENDACIÓN GAFI REFORMA A LA LFPIORPI TEXTO PROPUESTO EN LA INICIATIVA
Un tema importante para el GAFI es lograridentificara la persona física que realiza
actos u operaciones a través de estructuras jurídicas.
BeneficiarioFinal.
Se agrega unCapítulo IV Bis denominado “DelBeneficiarioFinal”, para que todas laspersonas
morales, independientemente de que realiceno no una ActividadVulnerable, tengan la
obligaciónde identificar yregistrar a la persona o grupo de personas que tengan el control
sobre ellas, yya que el término“control” pudiera tenerdiversas connotaciones, se establece
que en los lineamientos que al efectose emitanse señalaranlos términos ycondicionespara
identificardichocontrol. Así, los artículos 33 Bis y33 Terestablecenque cualquiercambioenla
tenencia accionariao de partes socialesde personasmoralesmercantiles deberán ser inscritas
en un registropúblico operado porla Secretaría de Economía e indicarla informacióndel
BeneficiarioFinal, respectivamente.
Se agrega la obligaciónde todas laspersonasmorales
mercantiles de identificar a subeneficiariofinal mediante
el sistema electrónicoadministradoporla Secretaría de
Economía.
La R. 24 del GAFI “Transparenciaybeneficiariofinal de las personas jurídicas”,
establece entre otras cuestiones, que los países debenconsiderar medidas para
facilitarel accesoa la información sobre el beneficiariofinal yel control porlas
APNFD que ejecutan los requisitos plasmados enlas R. 10 y22.
En la definiciónde BeneficiarioFinal previsto en la fracciónIII del artículo 3 de la Leyse precisa
que, tratándose de personasmorales, el Beneficiario Finalserá aquella que entre otros
supuestos, mantenga la titularidaddel más delveinticincoporciento del capital social yno del
cincuenta por cientocomose prevé enla Leyvigente. Este cambioobedece a la tendencia
internacional sobre los criterios que deben considerarse para determinaral Beneficiario Final de
las personas morales, comoporejemploenloseñaladoenla Recomendación 24 del GAFI.
En ese sentido, el IEM2018 recomendóa Méxicoestablecerque las APNFDdeben
identificar al beneficiariofinalyverificar la identidad basándose endocumentos
oficiales, idénticos a aquellos que se requierenpara identificaral cliente.
Iniciativa de reforma a la Ley federal de prevención e identificación de operaciones con recursos de
procedencia ilícita (LFPIORPI) presentada ante el Congreso de la Unión.
RECOMENDACIÓN GAFI REFORMA A LA LFPIORPI TEXTO PROPUESTO EN LA INICIATIVA
La R. 23 del GAFI “APNFD:Otras medidas” establece que los requisitos plasmados enlasR.
18 a 21 se aplican a todas lasAPNFD. En ese sentido, la R. 20 del GAFI “Reporte de
operaciones sospechosas” establece que si el sujetoobligadosospecha o tiene motivos
razonables para sospecharque los fondos sonproducto de una actividadcriminal, o están
relacionados al financiamientodel terrorismo, se le debe exigir, por ley, que reporte con
prontitud sus sospechasa la UIF.
Operaciones Sospechosas.
Se agrega unsegundo párrafoa la fracciónVI del artículo 18 para que quienes
realizanActividades Vulnerables puedaninformara la autoridad competente
cualquierirregularidadque identifiquenenla realizaciónde los actos u
operaciones que llevan a cabo, inclusosi éstas nose concluyenperohubo
intenciónde realizarlas, mediante la presentación de Avisos 24 Horas
Se agrega la obligaciónde quienes realizanActividades Vulnerablespara
reportar en casode sospecha o indicios de que los recursos relacionados con
las operacionespudieranproveniro estardestinados a la comisión de los
delitos de LD o FT, inclusosi la operaciónnose celebró.
En ese sentido, el IEM2018 recomendóa Méxicoque la obligaciónde presentación de
reportes para las APNFDesté establecida en ley, abarque el FT yesté basada en la
sospecha.
Se agrega el artículo18 Bis, conlas siguientes obligaciones:
La R. 23 del GAFI “APNFD:Otras medidas” establece que los requisitos plasmados enlasR.
18 a 21 se aplican a todas lasAPNFD. En ese sentido, la R. 18 “Controles internos yfiliales
subsidiarias” señala que debe exigirse a los sujetos obligados que implementenprogramas
contra el LD/FT.
Programas de capacitación y sistemas automatizados.
Se adiciona comoobligaciónde quienes realizanActividades Vulnerables
contar con sistemas automatizados que les permitan llevar a cabo un
monitoreode las operaciones que realizan, así comocontarcon programas de
capacitación dirigidos a sus miembros del consejode administración,
directivos yempleados que tenganrelacióndirecta conlos clientes.
En ese sentido, se recomendó a Méxicoestablecer como obligación tener programas de
capacitación continua para empleados.
- Desarrollar programas de capacitaciónanual para sus empleados yfuncionarios.
- Contarcon sistemas automatizados que lespermitanunmonitoreointensificado
a las PEPo clientes de altoriesgo.
- Contar con la revisión de una auditoría interna o externa que evalúe la
efectividadenel cumplimientodel régimen de prevenciónde LD/FT.
Iniciativa de reforma a la Ley federal de prevención e identificación de operaciones con recursos de
procedencia ilícita (LFPIORPI) presentada ante el Congreso de la Unión.
RECOMENDACIÓN GAFI REFORMA A LA LFPIORPI TEXTO PROPUESTO EN LA INICIATIVA
La R. 23 del GAFI “APNFD: Otras medidas”estableceque los requisitosplasmadosen
las R.18 a 21 seaplican a todas las APNFD.En ese sentido, la R. 18 “Controles
internos y filiales subsidiarias”señalaquedebe exigirsea los sujetos obligadosque
implementen programas contra el LD/FT.
Auditoría interna o auditor externo.
Se agrega el artículo 18 Bis,con las siguientes obligaciones:Se establececomo obligación paraquienes realicen Actividades
Vulnerables contar con una revisión para evaluar y dictaminar en
un año calendario laefectividad del cumplimiento de las
obligaciones previstas en la LFPIORPI.
Al respecto, el IEM 2018 observó que en México no es obligatorio establecer una
función de auditoría independiente, por lo que recomendó requerir a las entidades
supervisadaspor el SAT que presenten reportes de auditoría ALD/CFT realizados por
sus auditores externos o internos.
- Desarrollar programasdecapacitación anual parasusempleados y
funcionarios.
- Contar con sistemas automatizados queles permitan un monitoreo
intensificado a lasPEP o clientes de alto riesgo.
- Contar con la revisión deuna auditoría interna o externa que evalúe la
efectividad en el cumplimiento del régimen de prevención de LD/FT.
Derivado de que posterior a la evaluación deMéxico fue modificada la Nota
Interpretativa de la R. 8 del GAFI, es necesario establecer un régimen de prevención
del FT aplicableespecialmentea aquellas agrupaciones sociales quecumplan el
supuesto para ser consideradascomo Organizaciones Sin Fines deLucro (OSFL) en
términos de la definición establecidapor el GAFI.[1]
OSFL enfocados en Financiamiento al Terrorismo.
Se adicionalafracción I Bis en el artículo 3,para señalar a las asociaciones y
sociedades sin fines delucro queson aplicables a laLey.
Se adicionaun nuevo capítulo para establecer que algunas
Asociaciones y sociedades sin fines delucro estarán sujetas a
implementar las medidas determinadas por la autoridad con el
objetivo de mitigar su riesgo a ser utilizadasen actos u
operaciones relacionadoscon el FT.
En el mismo sentido,el IEM 2018 observó que las autoridades aún no han llevado a
cabo una revisión delas leyes y regulaciones actuales correspondientes al
subconjunto de OSFL identificado como de alto riesgo en la ENR. Además, que todas
las OSFLtienen ciertos requerimientos según su clasificación como APNFD, pero
actualmente no hay requerimientos especiales para lasOSFL.
Se propone la adhesión del Capítulo VI Bis en el que seestablece de manera
general las medidas quela SHCP podrá emitir para dichos efectos,mediante
reglas de carácter general.Aclarando que no todas las Asociacionesy
sociedades sin fines delucro querealizan Actividades Vulnerables en
términos del artículo 17 de la Ley estarán sujetas a este régimen especial en
materia de Financiamiento al Terrorismo,sino únicamenteaquéllas que
sean determinadas por la propia autoridad.
Iniciativa de reforma a la Ley federal de prevención e identificación de operaciones con recursos de
procedencia ilícita (LFPIORPI) presentada ante el Congreso de la Unión.
RECOMENDACIÓN GAFI REFORMA A LA LFPIORPI TEXTO PROPUESTO EN LA INICIATIVA
La R. 25 del GAFI “Transparencia y beneficiario final deotras estructuras jurídicas”señala
diversas medidas establecidas para prevenir el uso indebido delos fideicomisos parael
LD o el FT.
Actividad Vulnerablemediante Fideicomisos.
En el artículo 18 de la Ley, sepropone la siguiente
redacción:
Se incluyeque realizan Actividades Vulnerables aún aquellas
personas físicaso morales queactúen a través de
fideicomisos.
Las personas que realicen lasActividades Vulnerables
previstas en el artículo 17 de esta Ley, incluidasquienes
actúen por medio de fideicomisos,tendrán las obligaciones
siguientes:
[…]
Es importante enfatizar que con la aprobación de las reformas citadas en esta iniciativa, se cumple con las acciones señaladas por el GAFI en la
evaluación mutua de México en el componente de Cumplimiento Técnico en lo relativo a las Actividades Vulnerables, las cuales resultan
indispensables para solicitar la re-calificación de las Recomendaciones, que obligatoriamente se tiene que remitir en agosto del año en curso,
paraser presentadas en febrero de2021.
III. Casos relevantes
Contenido
▪ MAHECA
▪ Karime Macias
▪ Cartel Pacífico
MAHECA
KARIME
MACIAS
CARTEL PACÍFICO
II. Síntesis de estadística
Denuncias (Enero 2019-15 enero 2020)
Fuente DGPL-
UIF
160
82
113112109
8784
35
2012 2013 2014 2015 2016 2017 2018 2019
4
2020
Total de personas
Denunciadas
Personasdenunciadas
Físicas Morales
Servidores
Públicos
914 435 419 60
Depósitos Retiros
Moneda
Nacional
M.N. $317,739,481,200.00 MN.$ $286,050,494,234.00
Dólares USD $2,039,184,769.00 USD $2,320,551,674.00
Euros € 118,398,176.00 € 65,915,854.00
Número de Sujetos Bloqueados
187
522
748
457
57
1371
25
# Personas bloqueadas
2014 2015 2016 2017 2018 2019 2020
Terceros
relacionados
Cuentas
Bloqueadas
Moneda
Monto*
Total
Designado Relacionado
1900 12,191
MN 3,745,166,560.95 829,556,758.40 4,554,723,319.35
USD 43,054,939.08 9,041,112.40 52,096,051.48
EURO 1,875.72 - 1,875.72
1033
3548
7414
4941
200
12074
117
2014 2015 2016 2017 2018 2019 2020
Total de Cuentas Bloqueadas
EGMONT
87
10
22
27
155
147
105
73
-
20
40
60
80
100
120
140
160
2019 2018 2017 2016
NO. PETICIONES ENVIADAS NO. SOLICITUDES RECIBIDAS
Sujetos investigados
Solicitudes de información
Juicios de amparo y reportes de petición
AÑO 2014 2015 2016 2017 2018 2019
2020
*15 de enero
REPORTES DE PETICIÓN
FISCALÍA GENERAL DE LA
REPÚBLICA (RP)
255 140 310 249 313 670 29
De 2014 al 15 de diciembre de 2019, se han recibido un total de 2723 expedientes de juicios de amparo donde la UIF funge como autoridad responsable o
tercero interesado; de ese total se distribuyen de la siguiente forma:
• 2014 81 expedientes
• 2015 196 expedientes
• 2016 553 expedientes
• 2017 507 expedientes
• 2018 456 expedientes
• 2019 984 expedientes
• 2020 76 expedientes (con corte al 15 de enero)*
II. Prospectiva UIF
Prospectiva UIF 2020
➢ Contribuir, en el marco de la Estrategia Nacional de Seguridad Pública, en la implementación de acciones de investigación e
inteligencia, mediante la prevención, seguimiento y una robusta coordinación interinstitucional en el combate directo de la
Corrupción.
➢ Situar al Estado Mexicano, como referente internacional en cuanto hace a la prevención, detección y combate al uso de
recursos de procedencia ilícita, financiamiento al terrorismo y proliferación de armas de destrucción masiva. (Recalificación
de Mexico en organismos internacionales)
➢ Fortalecer la coordinación con otras instituciones del gobierno y autónomas en las tareas de prevención, detección y
combate al uso de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita para así coadyuvar de manera eficiente y eficaz a la
procuración de justicia de los delitos derivados de dichos actos.
➢ Elaborar nuevas tipologías para prevenir el lavado de dinero y el financiamiento al terrorismo y así contribuir en la detección
de conductas ilícitas.
¡Gracias!

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Propuesta Reformatoria Ley de Prevención de Lavado de Activos (Procuraduria)
Propuesta Reformatoria Ley de Prevención de Lavado de  Activos (Procuraduria)Propuesta Reformatoria Ley de Prevención de Lavado de  Activos (Procuraduria)
Propuesta Reformatoria Ley de Prevención de Lavado de Activos (Procuraduria)Ela Zambrano
 
Presentación cgr
Presentación cgrPresentación cgr
Presentación cgrmxoba
 
UNIDADES DE INTELIGENCIA FINANCIERA
UNIDADES DE INTELIGENCIA FINANCIERA UNIDADES DE INTELIGENCIA FINANCIERA
UNIDADES DE INTELIGENCIA FINANCIERA Ela Zambrano
 
Irreductibles de Senadores PRD en Leyes Reglamentarias de Anticorrupción
Irreductibles de Senadores PRD en Leyes Reglamentarias de AnticorrupciónIrreductibles de Senadores PRD en Leyes Reglamentarias de Anticorrupción
Irreductibles de Senadores PRD en Leyes Reglamentarias de AnticorrupciónSenadores PRD
 
Comparativo tribunal dictamen PRI- PAN - PRD observaciones
Comparativo tribunal dictamen PRI- PAN - PRD observacionesComparativo tribunal dictamen PRI- PAN - PRD observaciones
Comparativo tribunal dictamen PRI- PAN - PRD observacionesSenadores PRD
 
Irreductibles de la ley orgánica del tribunal del PRD
Irreductibles de la ley orgánica del tribunal del PRDIrreductibles de la ley orgánica del tribunal del PRD
Irreductibles de la ley orgánica del tribunal del PRDSenadores PRD
 
Módulo IX cátedra parte 2
Módulo IX  cátedra parte 2Módulo IX  cátedra parte 2
Módulo IX cátedra parte 2seminariovdvd
 
Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del SNCF
Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del SNCFLey Orgánica de la Contraloría General de la República y del SNCF
Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del SNCFPierinaVierma
 
Texto final de la Ley de Prevención de Lavado de Activos.
Texto final de la Ley de Prevención de Lavado de Activos. Texto final de la Ley de Prevención de Lavado de Activos.
Texto final de la Ley de Prevención de Lavado de Activos. Ela Zambrano
 
Regimen municipal
Regimen municipalRegimen municipal
Regimen municipalYong Villas
 
Modelo de código de conducta notarios
Modelo de código de conducta   notariosModelo de código de conducta   notarios
Modelo de código de conducta notariosRenato Medina
 
El nuevo paradigma Penal-Fiscal en México
El nuevo paradigma Penal-Fiscal en MéxicoEl nuevo paradigma Penal-Fiscal en México
El nuevo paradigma Penal-Fiscal en MéxicoEl Conta Puntocom
 
Contraloria general dela republica
Contraloria general dela republicaContraloria general dela republica
Contraloria general dela republicadiana5592
 
El compliance penal tributario en México ranero abogados 2019
El compliance penal tributario en México ranero abogados 2019El compliance penal tributario en México ranero abogados 2019
El compliance penal tributario en México ranero abogados 2019Diego Urias Vega
 
UNIDAD DE ANÁLISIS FINANCIERO Y ECONÓMICO
UNIDAD DE ANÁLISIS FINANCIERO Y ECONÓMICO UNIDAD DE ANÁLISIS FINANCIERO Y ECONÓMICO
UNIDAD DE ANÁLISIS FINANCIERO Y ECONÓMICO Jeff mejia
 
Capacitacion de lavado de dinero parte ii
Capacitacion de lavado de dinero parte iiCapacitacion de lavado de dinero parte ii
Capacitacion de lavado de dinero parte iiRolandoAlfonsoGonzle
 
Ley organica de la contraloria DR_IAFJSR
Ley organica de la contraloria DR_IAFJSRLey organica de la contraloria DR_IAFJSR
Ley organica de la contraloria DR_IAFJSRMauri Rojas
 
Ley de fiscalización superior para el Estado de Coahuila
Ley de fiscalización superior para el Estado de CoahuilaLey de fiscalización superior para el Estado de Coahuila
Ley de fiscalización superior para el Estado de Coahuilasabmpio
 

La actualidad más candente (20)

Propuesta Reformatoria Ley de Prevención de Lavado de Activos (Procuraduria)
Propuesta Reformatoria Ley de Prevención de Lavado de  Activos (Procuraduria)Propuesta Reformatoria Ley de Prevención de Lavado de  Activos (Procuraduria)
Propuesta Reformatoria Ley de Prevención de Lavado de Activos (Procuraduria)
 
Presentación cgr
Presentación cgrPresentación cgr
Presentación cgr
 
UNIDADES DE INTELIGENCIA FINANCIERA
UNIDADES DE INTELIGENCIA FINANCIERA UNIDADES DE INTELIGENCIA FINANCIERA
UNIDADES DE INTELIGENCIA FINANCIERA
 
Irreductibles de Senadores PRD en Leyes Reglamentarias de Anticorrupción
Irreductibles de Senadores PRD en Leyes Reglamentarias de AnticorrupciónIrreductibles de Senadores PRD en Leyes Reglamentarias de Anticorrupción
Irreductibles de Senadores PRD en Leyes Reglamentarias de Anticorrupción
 
Comparativo tribunal dictamen PRI- PAN - PRD observaciones
Comparativo tribunal dictamen PRI- PAN - PRD observacionesComparativo tribunal dictamen PRI- PAN - PRD observaciones
Comparativo tribunal dictamen PRI- PAN - PRD observaciones
 
Irreductibles de la ley orgánica del tribunal del PRD
Irreductibles de la ley orgánica del tribunal del PRDIrreductibles de la ley orgánica del tribunal del PRD
Irreductibles de la ley orgánica del tribunal del PRD
 
Módulo IX cátedra parte 2
Módulo IX  cátedra parte 2Módulo IX  cátedra parte 2
Módulo IX cátedra parte 2
 
Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del SNCF
Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del SNCFLey Orgánica de la Contraloría General de la República y del SNCF
Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del SNCF
 
Texto final de la Ley de Prevención de Lavado de Activos.
Texto final de la Ley de Prevención de Lavado de Activos. Texto final de la Ley de Prevención de Lavado de Activos.
Texto final de la Ley de Prevención de Lavado de Activos.
 
Regimen municipal
Regimen municipalRegimen municipal
Regimen municipal
 
Modelo de código de conducta notarios
Modelo de código de conducta   notariosModelo de código de conducta   notarios
Modelo de código de conducta notarios
 
Ley no.
Ley no.Ley no.
Ley no.
 
El nuevo paradigma Penal-Fiscal en México
El nuevo paradigma Penal-Fiscal en MéxicoEl nuevo paradigma Penal-Fiscal en México
El nuevo paradigma Penal-Fiscal en México
 
LGRA
LGRALGRA
LGRA
 
Contraloria general dela republica
Contraloria general dela republicaContraloria general dela republica
Contraloria general dela republica
 
El compliance penal tributario en México ranero abogados 2019
El compliance penal tributario en México ranero abogados 2019El compliance penal tributario en México ranero abogados 2019
El compliance penal tributario en México ranero abogados 2019
 
UNIDAD DE ANÁLISIS FINANCIERO Y ECONÓMICO
UNIDAD DE ANÁLISIS FINANCIERO Y ECONÓMICO UNIDAD DE ANÁLISIS FINANCIERO Y ECONÓMICO
UNIDAD DE ANÁLISIS FINANCIERO Y ECONÓMICO
 
Capacitacion de lavado de dinero parte ii
Capacitacion de lavado de dinero parte iiCapacitacion de lavado de dinero parte ii
Capacitacion de lavado de dinero parte ii
 
Ley organica de la contraloria DR_IAFJSR
Ley organica de la contraloria DR_IAFJSRLey organica de la contraloria DR_IAFJSR
Ley organica de la contraloria DR_IAFJSR
 
Ley de fiscalización superior para el Estado de Coahuila
Ley de fiscalización superior para el Estado de CoahuilaLey de fiscalización superior para el Estado de Coahuila
Ley de fiscalización superior para el Estado de Coahuila
 

Similar a Propuesta reforma UIF 2020

Curso prevención lavado de activos material.pptx
Curso prevención lavado de activos   material.pptxCurso prevención lavado de activos   material.pptx
Curso prevención lavado de activos material.pptxozmarunju
 
Presentación upld
Presentación upldPresentación upld
Presentación upldIleana Lopez
 
Resolución SBS N° 2660 -2015 Reglamento de Gestión de Riesgos de Lavado de Ac...
Resolución SBS N° 2660 -2015 Reglamento de Gestión de Riesgos de Lavado de Ac...Resolución SBS N° 2660 -2015 Reglamento de Gestión de Riesgos de Lavado de Ac...
Resolución SBS N° 2660 -2015 Reglamento de Gestión de Riesgos de Lavado de Ac...ESCUELA DE DE SEGUROS SEGURTEC
 
1era. jornada de mercado de capitales jujuy .- Dr. Juan Otero CNV
1era. jornada de mercado de capitales jujuy .- Dr. Juan Otero CNV1era. jornada de mercado de capitales jujuy .- Dr. Juan Otero CNV
1era. jornada de mercado de capitales jujuy .- Dr. Juan Otero CNVInvierta Jujuy
 
INFORME NO VINCULANTE SOBRE LAVADO DE ACTIVOS
INFORME NO VINCULANTE SOBRE LAVADO DE ACTIVOSINFORME NO VINCULANTE SOBRE LAVADO DE ACTIVOS
INFORME NO VINCULANTE SOBRE LAVADO DE ACTIVOSEla Zambrano
 
RECOMENDACIONES PBC-FT
RECOMENDACIONES PBC-FTRECOMENDACIONES PBC-FT
RECOMENDACIONES PBC-FTekonomistak
 
¿Existe voluntad de combatir el delito de Lavado de dinero en El Salvador?
¿Existe voluntad de combatir el delito de Lavado de dinero en El Salvador? ¿Existe voluntad de combatir el delito de Lavado de dinero en El Salvador?
¿Existe voluntad de combatir el delito de Lavado de dinero en El Salvador? FUSADES
 
Newsletter de Conversia sobre requerimientos, normativa y casos sobre el Blan...
Newsletter de Conversia sobre requerimientos, normativa y casos sobre el Blan...Newsletter de Conversia sobre requerimientos, normativa y casos sobre el Blan...
Newsletter de Conversia sobre requerimientos, normativa y casos sobre el Blan...Conversia
 
Sistema de prevención de lavado de activos Parte I
Sistema de prevención de lavado de activos Parte ISistema de prevención de lavado de activos Parte I
Sistema de prevención de lavado de activos Parte IRonald Olivera
 
El Rol de la Unidad de Inteligencia Financiera_Valentin Soto Llerena_11.09.21
El Rol de la Unidad de Inteligencia Financiera_Valentin Soto Llerena_11.09.21El Rol de la Unidad de Inteligencia Financiera_Valentin Soto Llerena_11.09.21
El Rol de la Unidad de Inteligencia Financiera_Valentin Soto Llerena_11.09.21Valentín Soto Llerena
 
Ley de defensa de la competencia
Ley de defensa de la competenciaLey de defensa de la competencia
Ley de defensa de la competenciaNombre Apellidos
 
El Salvador: Prevención de Lavado de Dinero. Obligaciones 2016
El Salvador: Prevención de Lavado de Dinero. Obligaciones 2016El Salvador: Prevención de Lavado de Dinero. Obligaciones 2016
El Salvador: Prevención de Lavado de Dinero. Obligaciones 2016Jrp Cordova
 
El Salvador: Prevención de Lavado de Dinero. Obligaciones 2016
El Salvador: Prevención de Lavado de Dinero. Obligaciones 2016El Salvador: Prevención de Lavado de Dinero. Obligaciones 2016
El Salvador: Prevención de Lavado de Dinero. Obligaciones 2016Jrp Cordova
 

Similar a Propuesta reforma UIF 2020 (20)

Curso prevención lavado de activos material.pptx
Curso prevención lavado de activos   material.pptxCurso prevención lavado de activos   material.pptx
Curso prevención lavado de activos material.pptx
 
Presentación upld
Presentación upldPresentación upld
Presentación upld
 
Resolución SBS N° 2660 -2015 Reglamento de Gestión de Riesgos de Lavado de Ac...
Resolución SBS N° 2660 -2015 Reglamento de Gestión de Riesgos de Lavado de Ac...Resolución SBS N° 2660 -2015 Reglamento de Gestión de Riesgos de Lavado de Ac...
Resolución SBS N° 2660 -2015 Reglamento de Gestión de Riesgos de Lavado de Ac...
 
1era. jornada de mercado de capitales jujuy .- Dr. Juan Otero CNV
1era. jornada de mercado de capitales jujuy .- Dr. Juan Otero CNV1era. jornada de mercado de capitales jujuy .- Dr. Juan Otero CNV
1era. jornada de mercado de capitales jujuy .- Dr. Juan Otero CNV
 
INFORME NO VINCULANTE SOBRE LAVADO DE ACTIVOS
INFORME NO VINCULANTE SOBRE LAVADO DE ACTIVOSINFORME NO VINCULANTE SOBRE LAVADO DE ACTIVOS
INFORME NO VINCULANTE SOBRE LAVADO DE ACTIVOS
 
Presentacion sbs
Presentacion sbsPresentacion sbs
Presentacion sbs
 
RECOMENDACIONES PBC-FT
RECOMENDACIONES PBC-FTRECOMENDACIONES PBC-FT
RECOMENDACIONES PBC-FT
 
¿Existe voluntad de combatir el delito de Lavado de dinero en El Salvador?
¿Existe voluntad de combatir el delito de Lavado de dinero en El Salvador? ¿Existe voluntad de combatir el delito de Lavado de dinero en El Salvador?
¿Existe voluntad de combatir el delito de Lavado de dinero en El Salvador?
 
Contenidos Modulo 1 Introduccion.pdf
Contenidos Modulo 1 Introduccion.pdfContenidos Modulo 1 Introduccion.pdf
Contenidos Modulo 1 Introduccion.pdf
 
Presentación universidad udi
Presentación universidad udiPresentación universidad udi
Presentación universidad udi
 
Lfpiorpi 200521
Lfpiorpi 200521Lfpiorpi 200521
Lfpiorpi 200521
 
Newsletter de Conversia sobre requerimientos, normativa y casos sobre el Blan...
Newsletter de Conversia sobre requerimientos, normativa y casos sobre el Blan...Newsletter de Conversia sobre requerimientos, normativa y casos sobre el Blan...
Newsletter de Conversia sobre requerimientos, normativa y casos sobre el Blan...
 
Sistema de prevención de lavado de activos Parte I
Sistema de prevención de lavado de activos Parte ISistema de prevención de lavado de activos Parte I
Sistema de prevención de lavado de activos Parte I
 
El Rol de la Unidad de Inteligencia Financiera_Valentin Soto Llerena_11.09.21
El Rol de la Unidad de Inteligencia Financiera_Valentin Soto Llerena_11.09.21El Rol de la Unidad de Inteligencia Financiera_Valentin Soto Llerena_11.09.21
El Rol de la Unidad de Inteligencia Financiera_Valentin Soto Llerena_11.09.21
 
Ley de defensa de la competencia
Ley de defensa de la competenciaLey de defensa de la competencia
Ley de defensa de la competencia
 
Resolución 112/2021 UIF.
Resolución 112/2021 UIF.Resolución 112/2021 UIF.
Resolución 112/2021 UIF.
 
Lfpiorpi orig 17oct12
Lfpiorpi orig 17oct12Lfpiorpi orig 17oct12
Lfpiorpi orig 17oct12
 
El Salvador: Prevención de Lavado de Dinero. Obligaciones 2016
El Salvador: Prevención de Lavado de Dinero. Obligaciones 2016El Salvador: Prevención de Lavado de Dinero. Obligaciones 2016
El Salvador: Prevención de Lavado de Dinero. Obligaciones 2016
 
El Salvador: Prevención de Lavado de Dinero. Obligaciones 2016
El Salvador: Prevención de Lavado de Dinero. Obligaciones 2016El Salvador: Prevención de Lavado de Dinero. Obligaciones 2016
El Salvador: Prevención de Lavado de Dinero. Obligaciones 2016
 
Cuestionarios
CuestionariosCuestionarios
Cuestionarios
 

Más de Jose Luis R. Cerezo ⚡

Plan de reapertura casas de empeño jun 2020
Plan de reapertura casas de empeño jun 2020Plan de reapertura casas de empeño jun 2020
Plan de reapertura casas de empeño jun 2020Jose Luis R. Cerezo ⚡
 
Conocimientos técnicos en PLD FT - CNBV
Conocimientos técnicos en PLD FT - CNBVConocimientos técnicos en PLD FT - CNBV
Conocimientos técnicos en PLD FT - CNBVJose Luis R. Cerezo ⚡
 
Análisis Enajenación de Bienes en Casas de Empeño DOF 2020
Análisis Enajenación de Bienes en Casas de Empeño DOF 2020Análisis Enajenación de Bienes en Casas de Empeño DOF 2020
Análisis Enajenación de Bienes en Casas de Empeño DOF 2020Jose Luis R. Cerezo ⚡
 
Guia 201 2-1 conocimientos-tecnicos_en_pld-ft_leyes_y_disposiciones
Guia 201   2-1 conocimientos-tecnicos_en_pld-ft_leyes_y_disposicionesGuia 201   2-1 conocimientos-tecnicos_en_pld-ft_leyes_y_disposiciones
Guia 201 2-1 conocimientos-tecnicos_en_pld-ft_leyes_y_disposicionesJose Luis R. Cerezo ⚡
 
Ley que Regula las Casas de Empeño en Guanajuato
Ley que Regula las Casas de Empeño en Guanajuato Ley que Regula las Casas de Empeño en Guanajuato
Ley que Regula las Casas de Empeño en Guanajuato Jose Luis R. Cerezo ⚡
 

Más de Jose Luis R. Cerezo ⚡ (6)

Plan de reapertura casas de empeño jun 2020
Plan de reapertura casas de empeño jun 2020Plan de reapertura casas de empeño jun 2020
Plan de reapertura casas de empeño jun 2020
 
Conocimientos técnicos en PLD FT - CNBV
Conocimientos técnicos en PLD FT - CNBVConocimientos técnicos en PLD FT - CNBV
Conocimientos técnicos en PLD FT - CNBV
 
Análisis Enajenación de Bienes en Casas de Empeño DOF 2020
Análisis Enajenación de Bienes en Casas de Empeño DOF 2020Análisis Enajenación de Bienes en Casas de Empeño DOF 2020
Análisis Enajenación de Bienes en Casas de Empeño DOF 2020
 
Guia 201 2-1 conocimientos-tecnicos_en_pld-ft_leyes_y_disposiciones
Guia 201   2-1 conocimientos-tecnicos_en_pld-ft_leyes_y_disposicionesGuia 201   2-1 conocimientos-tecnicos_en_pld-ft_leyes_y_disposiciones
Guia 201 2-1 conocimientos-tecnicos_en_pld-ft_leyes_y_disposiciones
 
Ley que Regula las Casas de Empeño en Guanajuato
Ley que Regula las Casas de Empeño en Guanajuato Ley que Regula las Casas de Empeño en Guanajuato
Ley que Regula las Casas de Empeño en Guanajuato
 
Fintech iInvestment LATAM 2019
Fintech iInvestment LATAM 2019Fintech iInvestment LATAM 2019
Fintech iInvestment LATAM 2019
 

Último

Mapa Mental Edad media y evolución de la ciudadanía
Mapa Mental Edad media y evolución de la ciudadaníaMapa Mental Edad media y evolución de la ciudadanía
Mapa Mental Edad media y evolución de la ciudadaníajoseyajure3
 
Club Rotario Cartago - Revista 04-2024.pdf
Club Rotario Cartago - Revista 04-2024.pdfClub Rotario Cartago - Revista 04-2024.pdf
Club Rotario Cartago - Revista 04-2024.pdfalberto12268
 
SEGUNDO PISO UN ABISMO. RAZONES PARA NO VOTAR POR MORENA
SEGUNDO PISO UN ABISMO. RAZONES PARA NO VOTAR POR MORENASEGUNDO PISO UN ABISMO. RAZONES PARA NO VOTAR POR MORENA
SEGUNDO PISO UN ABISMO. RAZONES PARA NO VOTAR POR MORENAlupismdo
 
¿Cuáles son los desafíos que enfrentan los periodistas al investigar sobre el...
¿Cuáles son los desafíos que enfrentan los periodistas al investigar sobre el...¿Cuáles son los desafíos que enfrentan los periodistas al investigar sobre el...
¿Cuáles son los desafíos que enfrentan los periodistas al investigar sobre el...Christina Parmionova
 
HACIEDA MUNICIPAL 1ER TRIMESTRE 2024.pdf
HACIEDA MUNICIPAL 1ER TRIMESTRE 2024.pdfHACIEDA MUNICIPAL 1ER TRIMESTRE 2024.pdf
HACIEDA MUNICIPAL 1ER TRIMESTRE 2024.pdfvany25ck
 
110º ANIVERSARIO DE CITY BELL: CELEBRACIÓN INTEGRADORA PARA LA COMUNIDAD
110º ANIVERSARIO DE CITY BELL: CELEBRACIÓN INTEGRADORA PARA LA COMUNIDAD110º ANIVERSARIO DE CITY BELL: CELEBRACIÓN INTEGRADORA PARA LA COMUNIDAD
110º ANIVERSARIO DE CITY BELL: CELEBRACIÓN INTEGRADORA PARA LA COMUNIDADTamanaTablada
 
Programa electoral de Vox para las elecciones catalanas
Programa electoral de Vox para las elecciones catalanasPrograma electoral de Vox para las elecciones catalanas
Programa electoral de Vox para las elecciones catalanasluarodalegre97
 
COMO ANALIZAR LA COYUNTURA 2024 ANALISIS ECONOMICO Y POLITICO.pdf
COMO ANALIZAR LA COYUNTURA 2024 ANALISIS ECONOMICO Y POLITICO.pdfCOMO ANALIZAR LA COYUNTURA 2024 ANALISIS ECONOMICO Y POLITICO.pdf
COMO ANALIZAR LA COYUNTURA 2024 ANALISIS ECONOMICO Y POLITICO.pdfMilkyWive
 
Decreto Ejecutivo 255 Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo
Decreto Ejecutivo 255 Reglamento de Seguridad y Salud en el TrabajoDecreto Ejecutivo 255 Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo
Decreto Ejecutivo 255 Reglamento de Seguridad y Salud en el TrabajoPrevencionar
 
La tributación municipal en el Perú y sus pasos
La tributación municipal en el Perú y sus pasosLa tributación municipal en el Perú y sus pasos
La tributación municipal en el Perú y sus pasosChristianFernndez41
 
Radar de algoritmos de IA y procesos de decisión automatizada para el acceso ...
Radar de algoritmos de IA y procesos de decisión automatizada para el acceso ...Radar de algoritmos de IA y procesos de decisión automatizada para el acceso ...
Radar de algoritmos de IA y procesos de decisión automatizada para el acceso ...m4Social
 
Constitucion y derechos humanos sesion 1.pptx
Constitucion y derechos humanos sesion 1.pptxConstitucion y derechos humanos sesion 1.pptx
Constitucion y derechos humanos sesion 1.pptxrositamosaavedra
 
Paleta vegetal del municipio de León, Gto.
Paleta vegetal del municipio de León, Gto.Paleta vegetal del municipio de León, Gto.
Paleta vegetal del municipio de León, Gto.Juan Carlos Fonseca Mata
 
005. - Curso de modernización del Estado 2024.pdf
005. - Curso de modernización del Estado 2024.pdf005. - Curso de modernización del Estado 2024.pdf
005. - Curso de modernización del Estado 2024.pdfMarcoApaza15
 
Pensamiento administrativo público en alemania
Pensamiento administrativo público en alemaniaPensamiento administrativo público en alemania
Pensamiento administrativo público en alemaniaReivajZelznog
 

Último (15)

Mapa Mental Edad media y evolución de la ciudadanía
Mapa Mental Edad media y evolución de la ciudadaníaMapa Mental Edad media y evolución de la ciudadanía
Mapa Mental Edad media y evolución de la ciudadanía
 
Club Rotario Cartago - Revista 04-2024.pdf
Club Rotario Cartago - Revista 04-2024.pdfClub Rotario Cartago - Revista 04-2024.pdf
Club Rotario Cartago - Revista 04-2024.pdf
 
SEGUNDO PISO UN ABISMO. RAZONES PARA NO VOTAR POR MORENA
SEGUNDO PISO UN ABISMO. RAZONES PARA NO VOTAR POR MORENASEGUNDO PISO UN ABISMO. RAZONES PARA NO VOTAR POR MORENA
SEGUNDO PISO UN ABISMO. RAZONES PARA NO VOTAR POR MORENA
 
¿Cuáles son los desafíos que enfrentan los periodistas al investigar sobre el...
¿Cuáles son los desafíos que enfrentan los periodistas al investigar sobre el...¿Cuáles son los desafíos que enfrentan los periodistas al investigar sobre el...
¿Cuáles son los desafíos que enfrentan los periodistas al investigar sobre el...
 
HACIEDA MUNICIPAL 1ER TRIMESTRE 2024.pdf
HACIEDA MUNICIPAL 1ER TRIMESTRE 2024.pdfHACIEDA MUNICIPAL 1ER TRIMESTRE 2024.pdf
HACIEDA MUNICIPAL 1ER TRIMESTRE 2024.pdf
 
110º ANIVERSARIO DE CITY BELL: CELEBRACIÓN INTEGRADORA PARA LA COMUNIDAD
110º ANIVERSARIO DE CITY BELL: CELEBRACIÓN INTEGRADORA PARA LA COMUNIDAD110º ANIVERSARIO DE CITY BELL: CELEBRACIÓN INTEGRADORA PARA LA COMUNIDAD
110º ANIVERSARIO DE CITY BELL: CELEBRACIÓN INTEGRADORA PARA LA COMUNIDAD
 
Programa electoral de Vox para las elecciones catalanas
Programa electoral de Vox para las elecciones catalanasPrograma electoral de Vox para las elecciones catalanas
Programa electoral de Vox para las elecciones catalanas
 
COMO ANALIZAR LA COYUNTURA 2024 ANALISIS ECONOMICO Y POLITICO.pdf
COMO ANALIZAR LA COYUNTURA 2024 ANALISIS ECONOMICO Y POLITICO.pdfCOMO ANALIZAR LA COYUNTURA 2024 ANALISIS ECONOMICO Y POLITICO.pdf
COMO ANALIZAR LA COYUNTURA 2024 ANALISIS ECONOMICO Y POLITICO.pdf
 
Decreto Ejecutivo 255 Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo
Decreto Ejecutivo 255 Reglamento de Seguridad y Salud en el TrabajoDecreto Ejecutivo 255 Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo
Decreto Ejecutivo 255 Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo
 
La tributación municipal en el Perú y sus pasos
La tributación municipal en el Perú y sus pasosLa tributación municipal en el Perú y sus pasos
La tributación municipal en el Perú y sus pasos
 
Radar de algoritmos de IA y procesos de decisión automatizada para el acceso ...
Radar de algoritmos de IA y procesos de decisión automatizada para el acceso ...Radar de algoritmos de IA y procesos de decisión automatizada para el acceso ...
Radar de algoritmos de IA y procesos de decisión automatizada para el acceso ...
 
Constitucion y derechos humanos sesion 1.pptx
Constitucion y derechos humanos sesion 1.pptxConstitucion y derechos humanos sesion 1.pptx
Constitucion y derechos humanos sesion 1.pptx
 
Paleta vegetal del municipio de León, Gto.
Paleta vegetal del municipio de León, Gto.Paleta vegetal del municipio de León, Gto.
Paleta vegetal del municipio de León, Gto.
 
005. - Curso de modernización del Estado 2024.pdf
005. - Curso de modernización del Estado 2024.pdf005. - Curso de modernización del Estado 2024.pdf
005. - Curso de modernización del Estado 2024.pdf
 
Pensamiento administrativo público en alemania
Pensamiento administrativo público en alemaniaPensamiento administrativo público en alemania
Pensamiento administrativo público en alemania
 

Propuesta reforma UIF 2020

  • 2. Contenido I. Propuestas de Reforma Legal II. Casos relevantes III. Síntesis de estadística IV. Prospectiva UIF
  • 4. Iniciativa de reforma a la Ley federal de prevención e identificación de operaciones con recursos de procedencia ilícita (LFPIORPI) presentadaante el Congresode la Unión. Como resultado de las bajas calificaciones obtenidas en las Recomendaciones específicas de este sector no financiero (R. 22 – Parcialmente Cumplida y R. 23 No Cumplida), México esta comprometido en mostrar avances significativos en el Cumplimiento Técnico, a más tardar en el tercer año después de la adopción de su IEM, es decir en 2021, para obtener re-calificaciones de las recomendaciones pendientes de pleno cumplimiento, a fin de lograr salir de dicho proceso y, sobretodo, a tener un sistema de prevención y combate al LD/FTmás robusto y efectivo. Por lo tanto, mediante la iniciativa de reforma a la LFPIORPI, se propone integrar diversas figuras que son requeridas para cumplir en su totalidad con las 40 Recomendaciones, enfocadas principalmenteen los siguientes temas centrales
  • 5. Iniciativa de reforma a la Ley federal de prevención e identificación de operaciones con recursos de procedencia ilícita (LFPIORPI) presentadaante el Congresode la Unión. RECOMENDACIÓN GAFI REFORMA A LA LFPIORPI TEXTO PROPUESTO EN LA INICIATIVA El criterio esencial 27.9 de la R. 29 del GAFI “Unidad de Inteligencia Financiera (UIF)” señala que la UIF debe ser independiente yautónoma operativamente, lo que significa que: Se dota de autonomía técnica y de gestión a la Unidad de Inteligencia Financiera en el ejercicio de las atribuciones que como unidad administrativa central de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público le otorga el Reglamento Interior de dicha institución. Artículo 5. La Secretaría será la autoridad competente para aplicar e interpretar, en el ámbito administrativo,la presente Ley, su Reglamento y las reglas de carácter general que emita la propia Secretaría conforme a esta Ley, a través de la Unidad de Inteligencia Financiera, misma que estará dotada de autonomía técnica y de gestión. a) debe contar con autoridad y capacidad para desempeñar sus funciones con libertad, incluyendo la decisión autónoma de analizar, solicitar y/o comunicar o revelarinformación específica; b) debe poder hacer acuerdos o interactuar independientemente con otras autoridades competentes nacionales o contrapartes extranjeras para el intercambiode información; c) cuando esté ubicada dentro de la estructura existente de otra autoridad, debe tener funciones centrales distintas de las de la otra autoridady; d) debe poder obtener y hacer uso de los recursos necesarios para desempeñar sus funciones en forma individual o rutinaria, sin influencias o interferencias políticas, gubernamentales o industriales indebidas que puedan poner en riesgo suindependenciaoperativa. Asimismo, los Estatutos del Grupo Egmont de Unidades de Inteligencia Financiera, adoptados en octubre de 2013, establecen que deben tener independencia operativa, es decir, que la UIF debe contar con la autoridad y capacidad para llevara cabo sus funciones de manera libre, lo que incluye autonomía de las decisiones para analizar, solicitar y/o diseminar información específica. En todos los casos, ello significa que la UIF debe tener el derecho independiente de compartir o diseminar información conlasautoridadescompetentes.
  • 6. Iniciativa de reforma a la Ley federal de prevención e identificación de operaciones con recursos de procedencia ilícita (LFPIORPI) presentadaante el Congresode la Unión. RECOMENDACIÓN GAFI REFORMA A LA LFPIORPI TEXTO PROPUESTO EN LA INICIATIVA Los criterios esenciales1.2 y1.3 de la R. 1 del GAFI “Evaluaciónde los riesgos y aplicación de unenfoque basadoenel riesgo”, señalan, respectivamente, que los países deben nombraruna autoridado establecerunmecanismopara coordinar acciones para evaluarriesgos;ydebenmanteneractualizadas las evaluaciones del riesgo. Coordinar, a través de la Unidadde Inteligencia Financiera, a todas lasautoridades nacionales competentes en materiade prevención ycombate de delitos de operaciones conrecursos de procedencia ilícita yfinanciamiento al terrorismo, a fin de llevar a cabo la EvaluaciónNacional de Riesgos ysus actualizaciones. Artículo 6. La Secretaría por conductode la unidad administrativa u órgano desconcentradoque esté facultado en términos de las disposiciones aplicables tendrá las facultades siguientes: En ese sentido, considerando sus atribuciones yfunciones, la UIFes la instancia competente para llevara cabodichas tareas, coordinandola 1ª Evaluación Nacional de Riesgos de Lavado de DineroyFinanciamiento al Terrorismo en México, 2016 y, en la misma tesitura se encuentra actualmente realizandola actualizaciónde dicho estudio. IX. Coordinar a través de la Unidadde InteligenciaFinanciera, a todaslas autoridadesnacionales competentes en materiade prevención ycombate de Delitos de Operaciones conRecursos de Procedencia Ilícita y Financiamientoal Terrorismopara llevar a cabo la EvaluaciónNacional de Riesgos, asícomosus actualizaciones. Si bienconforme a la 1ª Evaluación Nacional de Riesgos de LD yFT, en Méxicono existenexpresiones de terrorismodoméstico, se presenta unriesgo de terrorismo en nuestro país proveniente de dinámicas externas, como lo son suposición geográfica, la porosidadfronteriza yla corrupción, por loque es necesario implementarlasmedidasya establecidas enmateria de prevenciónde LD, también en el tema del combate al FT. Financiamiento al terrorismo. Se incorpora el FT en el artículo2 de la Ley, dentro de los objetivos de dicho ordenamientojurídico. Se adiciona comoobjetivo de la LFPIORPI, nosolola prevencióne identificaciónde operaciones conrecursos de procedencia ilícita, sinotambién aquellos relacionados conel Financiamientoal Terrorismo. Asimismo, se reitera tal objetivoendiversas disposiciones, a saber:en la definiciónde loque se entiende porRiesgo, agregandopara tal efectola fracciónXII Bisal artículo3;al describir los casos enque se tendrá que presentar un Aviso 24 Horas, agregando unsegundopárrafoa la fracciónVI del artículo18, yal agregarun CapítuloVI Bisdenominado“De la Prevención del Financiamientoal Terrorismoenla recepciónydestinode donativos”.
  • 7. Iniciativa de reforma a la Ley federal de prevención e identificación de operaciones con recursos de procedencia ilícita (LFPIORPI) presentadaante el Congresode la Unión. RECOMENDACIÓN GAFI REFORMA A LA LFPIORPI TEXTO PROPUESTO EN LA INICIATIVA El GAFI observó enla pasada evaluación que nohayrequisitos para las APNFDenrelación conlas PEP, los cualesse encuentran establecidos enla R. 12 “Personas Expuestas Políticamente” (determinarsi el cliente o el beneficiariofinales una PEP yllevar a cabo unmonitoreo continuointensificadode la relación comercial). Personas Políticamente Expuestas (PEP). Se adiciona enel en artículo18, la fracciónVIII, enla cual se establece la obligaciónpara quienes realizanActividades Vulnerables, de identificar ydar seguimiento a los actos u operaciones que llevena cabocon PEP. Se incluye la obligaciónde quienes realizanActividades Vulnerablesde identificar ymonitorear las operaciones cuyos clientes seanconsiderados PEP, así comola obligaciónde las autoridades que tengan información relacionada conellos, para proporcionarla a la UIFcon la finalidadde crear una lista de PEP. En ese sentido, el IEM2018 recomienda a Méxicoestablecerobligaciones para lasAPNFD en relación con las PEP. Asimismo, se propone agregarunartículo51 Terpara incluirla obligaciónde todas las autoridades de permitirel acceso a la informaciónque seanecesariapara dichofin. La R. 1 del GAFI “Evaluaciónde riesgos yaplicación de unenfoque basadoenriesgo” señalaque las medidasimplementadas por quienes realizan ActividadesVulnerables deben estar basadas en el riesgo que representencada una de laspartes que intervienenenlas operaciones. Enfoque Basado en Riesgo. Se adiciona la fracciónXII Bisdel artículo3 de la Ley para determinar loque debe entenderse comoRiesgo yla fracciónVII del artículo18 para establecerla obligación de identificarese Riesgo yel de los clientes o usuarios. Se adiciona la obligaciónpara quienes realizan ActividadesVulnerables de llevar a cabouna evaluaciónpara identificar, analizar yentender el riesgo inherente enque se encuentra su actividad, asícomoel de sus clientes. En ese sentido, el IEM2018 observó que los requerimientos para las APNFDcon respectoa la evaluación de los riesgos de LD/FT ya la aplicaciónde medidas reforzadas, inclusoencasos donde las autoridades identifican riesgos másaltos, son deficientes. En tal virtud, recomendó establecerobligacionesendicho sentido, a finde solventar esta deficiencia.
  • 8. Iniciativa de reforma a la Ley federal de prevención e identificación de operaciones con recursos de procedencia ilícita (LFPIORPI) presentadaante el Congresode la Unión. RECOMENDACIÓN GAFI REFORMA A LA LFPIORPI TEXTO PROPUESTO EN LA INICIATIVA Un tema importante para el GAFI es lograridentificara la persona física que realiza actos u operaciones a través de estructuras jurídicas. BeneficiarioFinal. Se agrega unCapítulo IV Bis denominado “DelBeneficiarioFinal”, para que todas laspersonas morales, independientemente de que realiceno no una ActividadVulnerable, tengan la obligaciónde identificar yregistrar a la persona o grupo de personas que tengan el control sobre ellas, yya que el término“control” pudiera tenerdiversas connotaciones, se establece que en los lineamientos que al efectose emitanse señalaranlos términos ycondicionespara identificardichocontrol. Así, los artículos 33 Bis y33 Terestablecenque cualquiercambioenla tenencia accionariao de partes socialesde personasmoralesmercantiles deberán ser inscritas en un registropúblico operado porla Secretaría de Economía e indicarla informacióndel BeneficiarioFinal, respectivamente. Se agrega la obligaciónde todas laspersonasmorales mercantiles de identificar a subeneficiariofinal mediante el sistema electrónicoadministradoporla Secretaría de Economía. La R. 24 del GAFI “Transparenciaybeneficiariofinal de las personas jurídicas”, establece entre otras cuestiones, que los países debenconsiderar medidas para facilitarel accesoa la información sobre el beneficiariofinal yel control porlas APNFD que ejecutan los requisitos plasmados enlas R. 10 y22. En la definiciónde BeneficiarioFinal previsto en la fracciónIII del artículo 3 de la Leyse precisa que, tratándose de personasmorales, el Beneficiario Finalserá aquella que entre otros supuestos, mantenga la titularidaddel más delveinticincoporciento del capital social yno del cincuenta por cientocomose prevé enla Leyvigente. Este cambioobedece a la tendencia internacional sobre los criterios que deben considerarse para determinaral Beneficiario Final de las personas morales, comoporejemploenloseñaladoenla Recomendación 24 del GAFI. En ese sentido, el IEM2018 recomendóa Méxicoestablecerque las APNFDdeben identificar al beneficiariofinalyverificar la identidad basándose endocumentos oficiales, idénticos a aquellos que se requierenpara identificaral cliente.
  • 9. Iniciativa de reforma a la Ley federal de prevención e identificación de operaciones con recursos de procedencia ilícita (LFPIORPI) presentada ante el Congreso de la Unión. RECOMENDACIÓN GAFI REFORMA A LA LFPIORPI TEXTO PROPUESTO EN LA INICIATIVA La R. 23 del GAFI “APNFD:Otras medidas” establece que los requisitos plasmados enlasR. 18 a 21 se aplican a todas lasAPNFD. En ese sentido, la R. 20 del GAFI “Reporte de operaciones sospechosas” establece que si el sujetoobligadosospecha o tiene motivos razonables para sospecharque los fondos sonproducto de una actividadcriminal, o están relacionados al financiamientodel terrorismo, se le debe exigir, por ley, que reporte con prontitud sus sospechasa la UIF. Operaciones Sospechosas. Se agrega unsegundo párrafoa la fracciónVI del artículo 18 para que quienes realizanActividades Vulnerables puedaninformara la autoridad competente cualquierirregularidadque identifiquenenla realizaciónde los actos u operaciones que llevan a cabo, inclusosi éstas nose concluyenperohubo intenciónde realizarlas, mediante la presentación de Avisos 24 Horas Se agrega la obligaciónde quienes realizanActividades Vulnerablespara reportar en casode sospecha o indicios de que los recursos relacionados con las operacionespudieranproveniro estardestinados a la comisión de los delitos de LD o FT, inclusosi la operaciónnose celebró. En ese sentido, el IEM2018 recomendóa Méxicoque la obligaciónde presentación de reportes para las APNFDesté establecida en ley, abarque el FT yesté basada en la sospecha. Se agrega el artículo18 Bis, conlas siguientes obligaciones: La R. 23 del GAFI “APNFD:Otras medidas” establece que los requisitos plasmados enlasR. 18 a 21 se aplican a todas lasAPNFD. En ese sentido, la R. 18 “Controles internos yfiliales subsidiarias” señala que debe exigirse a los sujetos obligados que implementenprogramas contra el LD/FT. Programas de capacitación y sistemas automatizados. Se adiciona comoobligaciónde quienes realizanActividades Vulnerables contar con sistemas automatizados que les permitan llevar a cabo un monitoreode las operaciones que realizan, así comocontarcon programas de capacitación dirigidos a sus miembros del consejode administración, directivos yempleados que tenganrelacióndirecta conlos clientes. En ese sentido, se recomendó a Méxicoestablecer como obligación tener programas de capacitación continua para empleados. - Desarrollar programas de capacitaciónanual para sus empleados yfuncionarios. - Contarcon sistemas automatizados que lespermitanunmonitoreointensificado a las PEPo clientes de altoriesgo. - Contar con la revisión de una auditoría interna o externa que evalúe la efectividadenel cumplimientodel régimen de prevenciónde LD/FT.
  • 10. Iniciativa de reforma a la Ley federal de prevención e identificación de operaciones con recursos de procedencia ilícita (LFPIORPI) presentada ante el Congreso de la Unión. RECOMENDACIÓN GAFI REFORMA A LA LFPIORPI TEXTO PROPUESTO EN LA INICIATIVA La R. 23 del GAFI “APNFD: Otras medidas”estableceque los requisitosplasmadosen las R.18 a 21 seaplican a todas las APNFD.En ese sentido, la R. 18 “Controles internos y filiales subsidiarias”señalaquedebe exigirsea los sujetos obligadosque implementen programas contra el LD/FT. Auditoría interna o auditor externo. Se agrega el artículo 18 Bis,con las siguientes obligaciones:Se establececomo obligación paraquienes realicen Actividades Vulnerables contar con una revisión para evaluar y dictaminar en un año calendario laefectividad del cumplimiento de las obligaciones previstas en la LFPIORPI. Al respecto, el IEM 2018 observó que en México no es obligatorio establecer una función de auditoría independiente, por lo que recomendó requerir a las entidades supervisadaspor el SAT que presenten reportes de auditoría ALD/CFT realizados por sus auditores externos o internos. - Desarrollar programasdecapacitación anual parasusempleados y funcionarios. - Contar con sistemas automatizados queles permitan un monitoreo intensificado a lasPEP o clientes de alto riesgo. - Contar con la revisión deuna auditoría interna o externa que evalúe la efectividad en el cumplimiento del régimen de prevención de LD/FT. Derivado de que posterior a la evaluación deMéxico fue modificada la Nota Interpretativa de la R. 8 del GAFI, es necesario establecer un régimen de prevención del FT aplicableespecialmentea aquellas agrupaciones sociales quecumplan el supuesto para ser consideradascomo Organizaciones Sin Fines deLucro (OSFL) en términos de la definición establecidapor el GAFI.[1] OSFL enfocados en Financiamiento al Terrorismo. Se adicionalafracción I Bis en el artículo 3,para señalar a las asociaciones y sociedades sin fines delucro queson aplicables a laLey. Se adicionaun nuevo capítulo para establecer que algunas Asociaciones y sociedades sin fines delucro estarán sujetas a implementar las medidas determinadas por la autoridad con el objetivo de mitigar su riesgo a ser utilizadasen actos u operaciones relacionadoscon el FT. En el mismo sentido,el IEM 2018 observó que las autoridades aún no han llevado a cabo una revisión delas leyes y regulaciones actuales correspondientes al subconjunto de OSFL identificado como de alto riesgo en la ENR. Además, que todas las OSFLtienen ciertos requerimientos según su clasificación como APNFD, pero actualmente no hay requerimientos especiales para lasOSFL. Se propone la adhesión del Capítulo VI Bis en el que seestablece de manera general las medidas quela SHCP podrá emitir para dichos efectos,mediante reglas de carácter general.Aclarando que no todas las Asociacionesy sociedades sin fines delucro querealizan Actividades Vulnerables en términos del artículo 17 de la Ley estarán sujetas a este régimen especial en materia de Financiamiento al Terrorismo,sino únicamenteaquéllas que sean determinadas por la propia autoridad.
  • 11. Iniciativa de reforma a la Ley federal de prevención e identificación de operaciones con recursos de procedencia ilícita (LFPIORPI) presentada ante el Congreso de la Unión. RECOMENDACIÓN GAFI REFORMA A LA LFPIORPI TEXTO PROPUESTO EN LA INICIATIVA La R. 25 del GAFI “Transparencia y beneficiario final deotras estructuras jurídicas”señala diversas medidas establecidas para prevenir el uso indebido delos fideicomisos parael LD o el FT. Actividad Vulnerablemediante Fideicomisos. En el artículo 18 de la Ley, sepropone la siguiente redacción: Se incluyeque realizan Actividades Vulnerables aún aquellas personas físicaso morales queactúen a través de fideicomisos. Las personas que realicen lasActividades Vulnerables previstas en el artículo 17 de esta Ley, incluidasquienes actúen por medio de fideicomisos,tendrán las obligaciones siguientes: […] Es importante enfatizar que con la aprobación de las reformas citadas en esta iniciativa, se cumple con las acciones señaladas por el GAFI en la evaluación mutua de México en el componente de Cumplimiento Técnico en lo relativo a las Actividades Vulnerables, las cuales resultan indispensables para solicitar la re-calificación de las Recomendaciones, que obligatoriamente se tiene que remitir en agosto del año en curso, paraser presentadas en febrero de2021.
  • 13. Contenido ▪ MAHECA ▪ Karime Macias ▪ Cartel Pacífico
  • 17. II. Síntesis de estadística
  • 18. Denuncias (Enero 2019-15 enero 2020) Fuente DGPL- UIF 160 82 113112109 8784 35 2012 2013 2014 2015 2016 2017 2018 2019 4 2020 Total de personas Denunciadas Personasdenunciadas Físicas Morales Servidores Públicos 914 435 419 60 Depósitos Retiros Moneda Nacional M.N. $317,739,481,200.00 MN.$ $286,050,494,234.00 Dólares USD $2,039,184,769.00 USD $2,320,551,674.00 Euros € 118,398,176.00 € 65,915,854.00
  • 19. Número de Sujetos Bloqueados 187 522 748 457 57 1371 25 # Personas bloqueadas 2014 2015 2016 2017 2018 2019 2020 Terceros relacionados Cuentas Bloqueadas Moneda Monto* Total Designado Relacionado 1900 12,191 MN 3,745,166,560.95 829,556,758.40 4,554,723,319.35 USD 43,054,939.08 9,041,112.40 52,096,051.48 EURO 1,875.72 - 1,875.72 1033 3548 7414 4941 200 12074 117 2014 2015 2016 2017 2018 2019 2020 Total de Cuentas Bloqueadas
  • 20. EGMONT 87 10 22 27 155 147 105 73 - 20 40 60 80 100 120 140 160 2019 2018 2017 2016 NO. PETICIONES ENVIADAS NO. SOLICITUDES RECIBIDAS Sujetos investigados Solicitudes de información
  • 21. Juicios de amparo y reportes de petición AÑO 2014 2015 2016 2017 2018 2019 2020 *15 de enero REPORTES DE PETICIÓN FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA (RP) 255 140 310 249 313 670 29 De 2014 al 15 de diciembre de 2019, se han recibido un total de 2723 expedientes de juicios de amparo donde la UIF funge como autoridad responsable o tercero interesado; de ese total se distribuyen de la siguiente forma: • 2014 81 expedientes • 2015 196 expedientes • 2016 553 expedientes • 2017 507 expedientes • 2018 456 expedientes • 2019 984 expedientes • 2020 76 expedientes (con corte al 15 de enero)*
  • 23. Prospectiva UIF 2020 ➢ Contribuir, en el marco de la Estrategia Nacional de Seguridad Pública, en la implementación de acciones de investigación e inteligencia, mediante la prevención, seguimiento y una robusta coordinación interinstitucional en el combate directo de la Corrupción. ➢ Situar al Estado Mexicano, como referente internacional en cuanto hace a la prevención, detección y combate al uso de recursos de procedencia ilícita, financiamiento al terrorismo y proliferación de armas de destrucción masiva. (Recalificación de Mexico en organismos internacionales) ➢ Fortalecer la coordinación con otras instituciones del gobierno y autónomas en las tareas de prevención, detección y combate al uso de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita para así coadyuvar de manera eficiente y eficaz a la procuración de justicia de los delitos derivados de dichos actos. ➢ Elaborar nuevas tipologías para prevenir el lavado de dinero y el financiamiento al terrorismo y así contribuir en la detección de conductas ilícitas.