1. PROPAGANDA
Es una forma de comunicación que tiene como objetivo influir en la actitud
de una comunidad respecto a alguna causa o posición, presentando
solamente un lado o aspecto de un argumento.
La propaganda es usualmente repetida y difundida en una amplia
variedad de medios con el fin de obtener el resultado deseado en la
actitud de la audiencia.
2. Características
Los mensajes son repetitivos para que haya una mayor
captación del público.
Utilizan diversos canales de transmisión.
La propaganda es de carácter masivo.
Siempre trata de persuadir en las personas receptoras del
mensaje de la propaganda.
Busca el apoyo y de misma forma, el rechazo frente a
determinadas ideas, partidos, etc.
A partir del discurso propagandístico cada persona es libre de
formar sus propios criterios.
3. G
e
n
e
r
a
li
d
a
d
e
s
1. Correr riesgos, aun cuando éstos sean pequeños
Las frases y las afirmaciones contundentes son una de las principales herramientas de la
propaganda política
2. Hacer volver a la audiencia
La propaganda política utiliza frecuentemente la técnica de las experiencias compartidas
para provocar una respuesta en el electorado.
3. Dejar claro a la audiencia que ella también ha sido elegida
La propaganda política se vale a menudo de las emociones para conectar de manera
más directa con el ciudadano. Se trata de hacer sentir a la audiencia importante y
demostrarle que ella ha elegido una determinada opción política, pero que también esa
opción política la ha elegido a ella.
4. Atenerse a unos valores fundamentales
Normalmente, la propaganda no es imparcial y trata de transmitir a la audiencia unos
valores fundamentales
5. Subirse al carro
Una de los objetivos básicos de la propaganda es hacer sentir a las personas que se
están perdiendo algo en lo que todo el mundo está ya participando.
6. Comprometerse con el cambio a nivel interno
La propaganda se usa en ocasiones para provocar un cambio, el cambio en el emisor y
en el receptor del mensaje.
4. Campaña política
Una campaña es el conjunto de actividades que llevan a cabo partidos,
coaliciones y candidatos registrados ante la autoridad, en búsqueda de los
votos de los ciudadanos. Por ejemplo, los mítines y las reuniones con
militantes en los diferentes estados del país. Además, en este espacio,
formulan propuestas o las llamadas promesas de campaña, de aquello que
se comprometen a realizar de llegar al poder. Durarán 90 días (del 30 de
marzo al 27 de junio).
MORIREMOS DE HAMBRE
5. Elementos de la campaña publicitaria
1.Legislación electoral. ...
2.Humor Electoral. ...
3.Terreno de juego. ...
4.Segmentos electorales. ...
5.Intención de voto y seguimiento. ...
6.Partido e ideología. ...
7.Atributos del candidato y Packaging. ...
8.Tono de la campaña.
9. Estrategias
10. Debate
11. Comunicación electoral
12. GOTV: Get Out The Vote, o movilización de los votantes
13. Momentos Finales
14. Pactos
6. Usos de la radio
La radio es un medio muy económico, hacer radio
resulta una excelente estrategia a la hora de difundir
información, cultura y educación.
• Brindar Información General y Particular
• Promover la participación ciudadana
• Difundir conocimientos útiles y cultura
• Ser un medio para ejercer la libertad de expresión
• Entretener y Recrear
7. Usos de la televisión
informar, entretener y educar:
• La primera es una función meramente pragmática porque tiene por objetivo la buena organización de algún
procedimiento social. Y no se puede objetar su efectividad para esta función práctica-informativa, que no es
susceptible de ser valorada éticamente. En esta función de la televisión no se nos conmina a realizar acciones
que puedan ser calificadas de buenas o malas, de justas o injustas, sino que simplemente son “necesarias”
dentro de nuestra existencia cotidiana.
• La segunda función es “entretener”, “divertir”, algo que los seres humanos hemos convertido recientemente en
una industria más, en un objeto de consumo. El entretenimiento o la diversión son el revés de la vida del
trabajo enajenado del hombre, de su trabajo forzado, obligado; pero, es también claramente una complacencia
infantil, que no edifica la personalidad humana, sino que sólo sirve para sobrellevar dulce o placenteramente su
esclavitud.
• La tercer función, la de educar, no hay duda de su carácter ético. Si quienes hacen la televisión asumen esta
responsabilidad, tienen la tarea monumental de contribuir a formar personas, que no es poca cosa. La principal
contradicción en la existencia de este medio comunicativo es muchas veces la de precisar si ha de servir a fines
educativos o a fines de mero entretenimiento
8. Usos del cine
• Su capacidad de formar e informar de forma distendida y lúdica. El estudiante no
es consciente de estar siendo educado. Para él, ver cine en clase es una actividad
que se escapa de lo habitual, que le sirve para evadirse de sus tareas normales
dentro del aula, lo que incrementa su interés y participación.
• Ayuda a los alumnos a la resolución de conflictos al presentar a la sociedad (casi)
como es. Les muestra el mundo y les proporciona un ejemplo de las relaciones
que en él se establecen. "Podemos hablar, por tanto, de un cine formativo, el cual
tendría como finalidad principal, la mejora de los conocimientos de los
telespectadores”
su utilización en el aula puede ser de dos maneras:
• “Como instrumento técnico de trabajo”, es decir, que sirva como elemento o
punto de partida para conocer diversos modos de acceder a la sociedad y
describir la realidad.
Y como “sustento conceptual, ideológico y cultural”, base necesaria para que los
alumnos vayan configurando su personalidad.
9. Aspectos generales de los medios de
comunicación
Los medios de comunicacion desempeñan un papel importante en el
funcionamiento del sistema democratico, especialmente durante una campaña
electoral, proporcionando la informacion necesaria para que los ciudadanos
ejerzan su derecho.
los medios de comunicacion masiva:
-Revistas
-Prensa
-noticieros de radios
-television
-cine
-Paginas web
La comunicacion politica debe de ser estudiada desde el angulo en el que los
espectadores hagan actividades positivas como negativas.
10. Y Para asegurar a los partidos políticos y candidatos independientes en la debida participación, se
constituye el Comité de Radio y Televisión del Instituto, conforme a lo siguiente:
a) El Comité será responsable de conocer y aprobar las pautas de transmisión correspondientes a
programas y mensajes de los partidos políticos, formuladas por la Dirección Ejecutiva competente,
así como los demás asuntos que en la materia conciernan en forma directa a los propios partidos. El
Consejo General podrá atraer a su competencia los asuntos en esta materia que por su importancia
así lo requieran.
b) El Comité se reunirá de manera ordinaria una vez al mes, y de manera extraordinaria cuando lo
convoque el consejero electoral que lo presida, o a solicitud que a este último presenten, al menos,
dos partidos políticos.
12. ARTÍCULO 14. ES PROPAGANDA ELECTORAL, EL CONJUNTO DE ESCRITOS, PUBLICACIONES,
IMÁGENES, GRABACIONES, PROYECCIONES Y EXPRESIONES QUE, DURANTE LA CAMPAÑA
ELECTORAL, PRODUCEN Y DIFUNDEN LOS PARTIDOS POLÍTICOS, COALICIONES, LOS
CANDIDATOS REGISTRADOS Y SUS SIMPATIZANTES, CON EL PROPÓSITO DE PRESENTAR Y
PROMOVER ANTE LA CIUDADANÍA LAS CANDIDATURAS REGISTRADAS.
ARTÍCULO 15. ES PROPAGANDA GUBERNAMENTAL, LA QUE PRODUCEN Y DIFUNDEN LAS
AUTORIDADES ESTATALES Y MUNICIPALES, ASÍ COMO LOS LEGISLADORES LOCALES, PARA LA
DIFUSIÓN DE SUS LOGROS O PROGRAMAS DE GOBIERNO.
ARTÍCULO 16. LA PROPAGANDA POLÍTICA Y ELECTORAL QUE UTILICEN LAS ENTIDADES
GUBERNAMENTALES, CIUDADANOS, SIMPATIZANTES, PARTIDOS POLÍTICOS, COALICIONES Y
CANDIDATOS DEBERÁ OBSERVAR LAS LIMITACIONES Y ESPECIFICACIONES QUE SEÑALA EL
CÓDIGO, Y LAS DISPOSICIONES GENERALES DEL PRESENTE REGLAMENTO.
13. Artículo 17. La propaganda de los partidos políticos, coaliciones y candidatos,
colocada en inmuebles de propiedad privada, deberá registrarse ante el Consejo
Distrital o Municipal, adjuntando copia del permiso escrito del propietario o
poseedor. Artículo
18. La propaganda impresa que utilicen los candidatos deberá contener la
identificación precisa del partido político o coalición que registró al candidato.
Artículo 19. La propaganda electoral no se podrá adherir, colocar, colgar, fijar,
pintar, proyectar, ni distribuir en los términos y lugares previstos en el artículo 158
del Código
. Artículo 20. En la elaboración o fijación de propaganda no podrán emplearse
sustancias tóxicas ni materiales que produzcan un riesgo para la salud de las
personas o que contaminen el medio ambiente.
14. Artículo 21. La propaganda electoral podrá fijarse en lugares de uso común que determinen
los Consejos Distritales o Municipales, previo acuerdo con las autoridades correspondientes y
conforme a las bases que los propios Consejos establezcan
. Artículo 22. No se podrá colocar, colgar, fijar, distribuir, proyectar o pintar imágenes en
edificios públicos, adherir o pintar propaganda electoral en plazas públicas de los municipios
del Estado de México; a excepción del día de mitin o cierre de campaña, en las que
únicamente se podrá colgar o fijar propaganda, misma que terminado el evento será retirada
por el partido político o coalición de que se trate. Los partidos políticos, precandidatos o
candidatos, no podrán hacer uso de propaganda electoral para el desprestigio de cualquier
otro. Así mismo, no se podrá destruir o inutilizar propaganda electoral de otra fuerza política.
Artículo 23. Los partidos políticos y coaliciones deberán abstenerse de distribuir propaganda
electoral que se contenga o esté impresa en despensas, alimentos enlatados, empaquetados
o embotellados; así como en materiales de construcción, incluyendo los bienes que
pretendan la coacción del voto. La inobservancia de esta disposición será sancionada
conforme lo señala el artículo 91 de este Reglamento
15. Artículo 24. Toda propaganda impresa de los partidos políticos y coaliciones será reciclable,
preferentemente deberá elaborarse con materiales reciclados o biodegradables.
Artículo 25. Los partidos políticos y coaliciones deberán retirar, para su reciclaje, su propaganda
electoral dentro de los treinta días siguientes al de la jornada electoral. De no retirarla, el
Consejo General con el auxilio de las autoridades competentes tomará las medidas necesarias
para su retiro, con cargo a las ministraciones de financiamiento público del partido político
infractor.
16. Artículo 26. Los partidos políticos, coaliciones, candidatos y la ciudadanía
coadyuvarán con el Instituto a vigilar que las autoridades estatales y municipales,
así como los legisladores locales se abstengan de: a) Difundir sus logros o
programas de gobierno en medios de comunicación social, desde el inicio de las
campañas electorales y hasta la conclusión de la jornada electoral. Las únicas
excepciones a lo anterior, serán las campañas de información de las autoridades
electorales, las relativas a los servicios educativos y de salud o las necesarias para
la protección civil en casos de emergencia.
b) Establecer y operar programas de apoyo social o comunitario extraordinarios
que impliquen entrega a la población de materiales para construcción, alimentos
o cualquier otro elemento que forme parte de sus programas asistenciales o de
promoción y desarrollo social, durante los treinta días anteriores al de la jornada
electoral, salvo en los casos de extrema urgencia debido a enfermedades,
desastres naturales, siniestros u otros eventos de igual naturaleza. Las violaciones
a este artículo se tramitarán mediante el procedimiento administrativo
sancionador electoral previsto en el artículo 356 del Código, debiendo observar
los Órganos Desconcentrados el procedimiento que se establece en el párrafo
segundo del artículo 4 del presente reglamento