3. 2 La relación laboral
1. La relación laboral
El trabajo por cuenta ajena
Relaciones laborales Relaciones laborales especiales
Relaciones no laborales
Estatuto de los Trabajadores
Características
Remunerada
Por cuenta ajena
Voluntaria
Personalísima
Dependiente
Ejemplos:
❑ Alta dirección
❑ Hogar familiar
❑ Presos
❑ Deportistas profesionales
Ejemplos:
❑ Funcionarios
❑ Trabajos familiares
❑ Amistad
❑ Autónomos
4. 2 La relación laboral
1. La relación laboral
La relación laboral
5. 2
La relación laboral
2. Derechos y deberes
2.1. Derechos y obligaciones de los trabajadores
Derechos derivados de la
Constitución
Derechos derivados de la relación laboral
(arts. 4 y 20 bis ET)
▪ Derecho al trabajo y a elegir
libremente una profesión u
oficio.
▪ Derecho fundamental a la libre
sindicación y a fundar sindicatos.
▪ Derecho fundamental a la
huelga.
▪ Derecho a la negociación
colectiva.
▪ Derecho a la adopción de
medidas de conflicto colectivo.
▪ Derecho fundamental de
reunión.
▪ Derecho a la participación en la
empresa.
▪ Derecho a la ocupación efectiva.
▪ Derecho a la promoción y formación
profesional.
▪ Derecho a no ser discriminado.
▪ Derecho a su integridad física y a una adecuada
política de seguridad e higiene.
▪ Derecho a la intimidad y respeto a la dignidad.
▪ Derecho a la percepción puntual del salario.
▪ Derecho al ejercicio individual de las acciones
derivadas del contrato de trabajo y a cuantos
otros derechos se deriven específicamente del
contrato de trabajo.
▪ Derecho a la intimidad en el uso de los
dispositivos digitales, a la desconexión digital y
a la intimidad frente al uso de dispositivos de
videovigilancia y geolocalización.
6. 2
La relación laboral
2. Derechos y deberes
2.1. Derechos y obligaciones de los trabajadores
Fragmento del documental «El niño» de La espalda del mundo: https://bit.ly/2ICuvai
Obligaciones de los trabajadores:
▪ Cumplir con las obligaciones de su puesto de
trabajo con diligencia y buena fe.
▪ Respetar las medidas de seguridad e higiene.
▪ Cumplir con las órdenes e instrucciones del
empresario, siempre y cuando estas se refieran a
la actividad laboral, no supongan un riesgo para la
salud o la integridad física del trabajador y sean
legales.
▪ No competir con el empresario para el que
trabaja.
▪ Contribuir a la mejora de la productividad y
cuantos otros deberes se deriven del contrato.
7. 2
La relación laboral
2. Derechos y deberes
2.2. Obligaciones y potestades del empresario
▪ Cumplir la ley
▪ Respetar todos los derechos de los trabajadores
Potestades del empresario
Organizar y
dirigir
Controlar
Dictar órdenes
e instrucciones
Vigilar al
trabajador
Poder
disciplinario
Registros Videovigilancia
con cámaras
Vigilancia del
correo electrónico
y el uso de
ordenadores
Verificar el estado
de enfermedad o
accidente del
trabajador
Obligaciones del
empresario
8. 2 La relación laboral
3. La jornada de trabajo
Trabajo
nocturno
Entre las 22 horas y las 6 horas de la mañana.
Prohibido > 18 años.
Trabajador nocturno: al menos 3 h. diarias o 1/3 jornada anual.
Retribución específica (salvo naturaleza nocturna o descansando).
Ocupar sucesivamente en horas diferentes el mismo puesto.
Trabajo a
turnos
Horas de trabajo efectivo superando la jornada ordinaria.
Son voluntarias (salvo pactadas o por fuerza mayor).
No deben superar 80 horas al año si se pagan.
Compensadas, pagándolas, o con tiempo de descanso.
Prohibidas en menores de edad o periodo nocturno, entre otros.
Horas
extras
Jornada
máxima
40 horas semanales de promedio en cómputo anual.
10 % de la jornada anual puede distribuirse irregularmente.
No superar 9 h./día de trabajo efectivo – 8 h./día en menores
9. 2 La relación laboral
4. Descanso, festivos y vacaciones
Descansos
y festivos
Vacaciones
Calendario laboral: https://bit.ly/3xMCywR
Descanso semanal
1 día y medio ininterrumpido – Acumulables hasta 14 días.
2 días en menores no acumulables.
Descanso el entre final y el comienzo de un día de trabajo
Mínimo: 12 horas.
Descanso jornadas continuadas
No inferior a 15 minutos en jornadas de más de 6 horas.
Menores de 18 años, al menos 30 minutos por más de 4 h. y media.
Festivos
14 al año, de las cuales 2 serán locales.
Fiestas nacionales: 1 enero, 1 mayo, 12 octubre y 25 diciembre. Pueden
trasladarse a lunes o sustituirse por fiestas tradicionales de las CC.AA. si
caen en domingo.
Su duración se pactará. No será inferior a 30 días naturales.
El momento de disfrute se acuerda entre empresa y trabajador.
La fecha deberá conocerse 2 meses antes de su disfrute.
10. 2 La relación laboral
5. Permisos
Permisos
generales
Permisos
familiares
Otros
permisos
Traslado del domicilio habitual 1 día
Deber inexcusable de carácter público y personal Tiempo imprescindible o legal
Funciones sindicales o de representación Tiempo establecido
Matrimonio 15 días naturales
Exámenes prenatales y preparación al parto Tiempo imprescindible
Fallecimiento, accidente o enfermedad grave,
hospitalización o intervención quirúrgica sin
hospitalización o con reposo domiciliario de parientes
hasta el 2.° grado
2 días
4 días si hay desplazamiento
Lactancia de un hijo menor de 9 meses 1 h. de ausencia o reducir 1/2 h. la jornada
Lactancia de un hijo de más de 9 meses hasta 12 Igual ausencia anterior con reducción salarial
Hijos prematuros u hospitalizados tras el parto
1 h. de ausencia o reducir hasta 2 h. la jornada
con bajada salarial
Guardia legal de un menor de 12 años o un
discapacitado o para cuidar a un familiar
Reducir la jornada entre un octavo y la mitad, con
bajada del sueldo
Víctima de violencia de género o de terrorismo Reducir la jornada o reordenar el tiempo
Exámenes oficiales
20 h. anuales de formación profesional (acumulables hasta 5 años)
Cada 3 meses de desplazamiento, 4 días laborales en el domicilio del trabajador
Son ausencias, previo aviso y justificación posterior, con derecho a remuneración.