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Expositor: CPCC Dionicio Canahua
Trujillo, 05 y 06 de octubre 2013
Contabilidad de Costos en Empresas
Constructoras e Inmobiliarias
.. 1
Formalidades Tributarias
..
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• Identificación de los Elementos del Costo –
Formato 10.2 Control Mensual – Formato
10.3 ¿Procesos o Proyectos? – Adaptación
de cuentas del Elemento 9 – Formato 10.1
Control del Producto Terminado
(Bien Inmueble y Contrato de Construcción
como Servicio) - Control por Proyecto.
Elementos del Costo
..
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Elementos del Costo
..
CPCC Dionicio Canahua www.perugestion.org 4
Objetivos de la Contabilidad de
Costos
En función a lo expuesto se aprecia que la contabilidad de
costos, tiene fundamentalmente los objetivos siguientes:
a) Valuar los inventarios que componen el rubro Inventarios
del Balance General.
b) Determinar el Costo de Ventas que se incluye en la
Cuenta de Resultados.
c) Apoyar en la adecuada toma de decisiones por parte de
la Gerencia.
d) Proporcionar información para la evaluación del
desempeño: de su personal y del negocio.
e) Contribuye también para realizar una planificación a
futuro.
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..
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¿Qué implica un Sistema de
Costos?
Un sistema de costos busca la correcta
determinación de lo que puede ser un bien
adquirido para su reventa, un bien elaborado
por la empresa o un servicio efectuado por la
empresa a terceras personas.
CPCC Dionicio Canahua www.normacontable.org
..
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¿Qué implica un Sistema de Costos?
Un Sistema de Contabilidad de Costos implica
un conjunto de registros y cuentas
especiales que partiendo de la recolección de
la información, posteriormente es usada para
determinar la cantidad de costo que se ha de
asignar a cada unidad de producto (base para la
valuación de las existencias – inventario final –
en el balance y del costo de las unidades
vendidas en el estado de ganancias y pérdidas).
..
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¿Qué implica un Sistema de Costos?
“El conjunto de procedimientos, técnicas,
registros e informes estructurados sobre la
base de la teoría de la partida doble y otros
principios técnicos, que tienen por objeto la
determinación de los costos unitarios de
producción y el control de las operaciones
fabriles efectuadas”.
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.. 8
Una revisión al Articulo 35 del Reglamento
de la Ley del Impuesto a la renta
Los deudores tributarios deberán llevar sus
inventarios y contabilizar sus costos de
acuerdo a las siguientes normas:
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.. 9
Primer Tramo
Cuando sus ingresos brutos anuales durante
el ejercicio precedente hayan sido mayores
a mil quinientas (1,500) Unidades
Impositivas Tributarias del ejercicio en
curso, deberán llevar un sistema de
contabilidad de costos, cuya información
deberá ser registrada en los siguientes
registros: Registro de Costos, Registro de
Inventario Permanente en Unidades Físicas y
Registro de Inventario Permanente Valorizado.
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.. 10
Segundo Tramo
Cuando sus ingresos brutos anuales durante el
ejercicio precedente hayan sido mayores o
iguales a quinientas (500) Unidades Impositivas
Tributarias y menores o iguales a mil quinientas
(1,500) Unidades Impositivas Tributarias del
ejercicio en curso, sólo deberán llevar un
Registro de Inventario Permanente en Unidades
Físicas.
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.. 11
Tercer Tramo
Cuando sus ingresos brutos anuales durante el
ejercicio precedente hayan sido inferiores a
quinientas (500) Unidades Impositivas
Tributarias del ejercicio en curso, sólo deberán
realizar inventarios físicos de sus existencias
al final del ejercicio.
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.. 12
Obligaciones para el Primer y
Segundo Tramo
Tratándose de los deudores tributarios
comprendidos en los incisos precedentes a) y
b), adicionalmente deberán realizar, por lo
menos, un inventario físico de sus
existencias en cada ejercicio.
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.. 13
Elementos del Costo
Deberán contabilizar en un Registro de
Costos, en cuentas separadas, los elementos
constitutivos del costo de producción por cada
etapa del proceso productivo. Dichos
elementos son los comprendidos en la Norma
Internacional de Contabilidad correspondiente,
tales como: materiales directos, mano de obra
directa y gastos de producción indirectos.
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.. 14
Obligaciones adicionales al Sistema
de Contabilidad de Costos
Aquellos que deben llevar un sistema de contabilidad
de costos basado en registros de inventario
permanente en unidades físicas o valorizados o los
que sin estar obligados opten por llevarlo regularmente,
podrán deducir pérdidas por faltantes de
inventario, en cualquier fecha dentro del ejercicio,
siempre que los inventarios físicos y su valorización
hayan sido aprobados por los responsables de su
ejecución y además cumplan con lo dispuesto en el
segundo párrafo del inciso c) del Artículo 21º del
Reglamento.
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.. 15
¿Qué señala el inciso c) del articulo 21 del
reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta?
Para la deducción de las mermas y desmedros de
existencias dispuesta en el inciso f) del artículo 37º de la
Ley, se entiende por:
1. Merma: Pérdida física, en el volumen, peso o
cantidad de las existencias, ocasionada por causas
inherentes a su naturaleza o al proceso productivo.
2. Desmedro: Pérdida de orden cualitativo e
irrecuperable de las existencias, haciéndolas
inutilizables para los fines a los que estaban destinados.
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.. 16
¿Qué señala el inciso c) del articulo 21 del
reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta?
Cuando la SUNAT lo requiera, el
contribuyente deberá acreditar las mermas
mediante un informe técnico emitido por
un profesional independiente, competente
y colegiado o por el organismo técnico
competente. Dicho informe deberá contener
por lo menos la metodología empleada y las
pruebas realizadas. En caso contrario, no se
admitirá la deducción.
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.. 17
¿Qué señala el inciso c) del articulo 21 del
reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta?
Tratándose de los desmedros de existencias, la
SUNAT aceptará como prueba la destrucción de las
existencias efectuadas ante Notario Público o Juez de
Paz, a falta de aquél, siempre que se comunique
previamente a la SUNAT en un plazo no menor de seis
(6) días hábiles anteriores a la fecha en que llevará a
cabo la destrucción de los referidos bienes. Dicha entidad
podrá designar a un funcionario para presenciar dicho
acto; también podrá establecer procedimientos
alternativos o complementarios a los indicados, tomando
en consideración la naturaleza de las existencias o la
actividad de la empresa.
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.. 18
Variación del Método de
Valuación
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.. 19
No podrán variar el método de valuación de
existencias sin autorización de la SUNAT y
surtirá efectos a partir del ejercicio
siguiente a aquél en que se otorgue la
aprobación, previa realización de los ajustes
que dicha entidad determine.
¿Cuáles son los Métodos de valuación validos
desde una óptica tributaria?
Los contribuyentes, empresas o sociedades
que, en razón de la actividad que desarrollen,
deban practicar inventario, valuarán sus
existencias por su costo de adquisición o
producción adoptando cualquiera de los
siguientes métodos, siempre que se apliquen
uniformemente de ejercicio en ejercicio:
• Articulo 62 de la Ley del Impuesto a la Renta
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.. 20
¿Cuáles son los Métodos de valuación validos
desde una óptica tributaria?
a) Primeras entradas, primeras salidas (PEPS).
b) Promedio diario, mensual o anual (PONDERADO
O MOVIL).
c) Identificación específica.
d) Inventario al detalle o por menor.
e) Existencias básicas.
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.. 21
¿Cuáles son los Métodos de valuación validos
desde una óptica tributaria?
El reglamento podrá establecer, para los
contribuyentes, empresas o sociedades, en
función a sus ingresos anuales o por la
naturaleza de sus actividades, obligaciones
especiales relativas a la forma en que deben
llevar sus inventarios y contabilizar sus costos.
• De aquí se enlaza al articulo 35 del
Reglamento de la Ley del Impuesto a la
renta
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.. 22
Una referencia a la Resolución de
Superintendencia ( la 234-2006)
La SUNAT mediante Resolución de Superintendencia podrá:
• Establecer los requisitos, características, contenido, forma y
condiciones en que deberá llevarse los registros
establecidos en el presente Artículo.
• Eximir a los deudores tributarios comprendidos en el inciso
a) del presente artículo, de llevar el Registro de Inventario
Permanente en Unidades Físicas.
• Establecer los procedimientos a seguir para la ejecución de
la toma de inventarios físicos en armonía con las normas de
contabilidad referidas a tales procedimientos.
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.. 23
Resolución 234-2006 SUNAT Registros y
Formatos de uso Tributario
El Registro de Costos debe contener la información mensual
de los diferentes elementos del costo, según las normas
tributarias, relacionados con el proceso productivo del período
y que determinan el costo de producción respectivo.
El Registro de Costos estará integrado por los siguientes
formatos:
a)FORMATO 10.1: "REGISTRO DE COSTOS – ESTADO DE
COSTO DE VENTAS ANUAL".
b)FORMATO 10.2: "REGISTRO DE COSTOS – ELEMENTOS
DEL COSTO MENSUAL".
c)FORMATO 10.3: "REGISTRO DE COSTOS – ESTADO DE
COSTO DE PRODUCCIÓN VALORIZADO ANUAL".
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.. 24
FORMATO 10.1: "REGISTRO DE COSTOS –
ESTADO DE COSTO DE VENTAS ANUAL
(i) El costo del inventario inicial de productos terminados
contable.
(ii) El costo de producción de productos terminados
contable.
(iii) El costo de los productos terminados disponibles para
la venta contable.
(iv) El costo de inventario final de productos terminados
contable.
(v) Ajustes diversos contables.
(vi) Determinación del Costo de Ventas Contable.
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.. 25
FORMATO 10.2: "REGISTRO DE COSTOS –
ELEMENTOS DEL COSTO MENSUAL"
(i) Costo de materiales y suministros directos.
(ii) Costo de la mano de obra directa.
(iii) Otros costos directos.
(iv) Gastos de producción indirectos:
–(iv.1) Materiales y suministros indirectos.
–(iv.2) Mano de obra indirecta.
–(iv.3) Otros gastos de producción indirectos.
(v) Total consumo en la producción.
(vi) Costo total por cada elemento del costo. .
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.. 26
FORMATO 10.3: "REGISTRO DE COSTOS –
ESTADO DE COSTO DE PRODUCCIÓN
VALORIZADO ANUAL"
(i)Costo de materiales y suministros directos.
(ii)Costo de la mano de obra directa.
(iii)Otros costos directos.
(iv)Gastos de producción indirectos:
(iv.1) Materiales y suministros indirectos.
(iv.2) Mano de obra indirecta.
(iv.3) Otros gastos de producción indirectos.
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.. 27
FORMATO 10.3: "REGISTRO DE COSTOS –
ESTADO DE COSTO DE PRODUCCIÓN
VALORIZADO ANUAL"
(v) Total consumo en la producción.
(vi) Inventario inicial de productos en proceso.
(vii) Inventario final de productos en proceso.
(viii) Costo de producción.
(ix) Costo total anual por cada elemento del costo.
• La información del presente formato podrá
agruparse optativamente por proceso
productivo, línea de producción, producto o
proyecto.
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.. 28
De retorno al Articulo 35 del
Reglamento
En todos los casos en que los deudores
tributarios practiquen inventarios físicos de sus
existencias, los resultados de dichos inventarios
deberán ser refrendados por el contador o
persona responsable de su ejecución y
aprobados por el representante legal.
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.. 29
Acreditación del Costo
A fin de mostrar el costo real, los deudores
tributarios deberán acreditar, mediante los
registros establecidos en el presente Artículo, las
unidades producidas durante el ejercicio, así
como el costo unitario de los artículos que
aparezcan en los inventarios finales.
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.. 30
Uso del Sistema de Costo
Estándar
En el transcurso del ejercicio gravable, los
deudores tributarios podrán llevar un Sistema
de Costo Estándar que se adapte a su giro,
pero al formular cualquier balance para efectos
del impuesto, deberán necesariamente valorar
sus existencias al costo real. Los deudores
tributarios deberán proporcionar el informe y los
estudios técnicos necesarios que sustenten la
aplicación del sistema antes referido, cuando
sea requerido por la SUNAT.
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.. 31
Infracción por no llevar el
sistema
De no hacerlo se encontrara incursa dentro de la
infracción tipificada en el artículo 175º numeral 1)
del Código Tributario, cuyo Texto Único Ordenado
fuera aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF,
por omitir llevar los medios de control exigidos por
las leyes y reglamentos; sin perjuicio de que
atendiendo a la ausencia de la documentación
correspondiente puede aplicársele la determinación
de la obligación tributaria sobre base presunta, de
conformidad con las disposiciones del artículo 64º
del mismo cuerpo legal.
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.. 32
Infracción por no llevar el
sistema
De no hacerlo se encontrara incursa dentro de la
infracción tipificada en el artículo 175º numeral 1)
del Código Tributario, cuyo Texto Único Ordenado
fuera aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF,
por omitir llevar los medios de control exigidos por
las leyes y reglamentos; sin perjuicio de que
atendiendo a la ausencia de la documentación
correspondiente puede aplicársele la determinación
de la obligación tributaria sobre base presunta, de
conformidad con las disposiciones del artículo 64º
del mismo cuerpo legal.
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.. 33
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.. 34
.. 35
.. 36
Diversos pronunciamientos sobre
el Tema por parte de la SUNAT
• Diferencias entre un SISTEMA DE COSTOS y un
METODO DE VALUACION DE EXISTENCIAS
• DIRECTIVA N° 002-2000-SUNAT
• PRECISAN ALCANCES DE FACULTAD
OTORGADA A CONTRIBUYENTES PARA
LLEVAR SISTEMA DE COSTO ESTANDAR,
PREVISTA EN EL ART. 35° DEL REGLAMENTO
DE LA LEY DEL IMPUESTO A LA RENTA
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.. 37
•El Artículo 62° del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto a la
Renta, dispone que los contribuyentes, empresas o sociedades que,
en razón de la actividad que desarrollen, deban practicar inventario,
valuarán sus existencias por su costo de adquisición o producción
adoptando cualquiera de los siguientes métodos, siempre que se
apliquen uniformemente de ejercicio en ejercicio:
a) Primeras entradas, primeras salidas (PEPS).
b) Promedio diario, mensual o anual (PONDERADO MOVIL)
c) Identificación específica.
d) Inventario al detalle o por menor.
e) Existencias básicas
•Agrega el citado artículo que, el reglamento podrá establecer, para los
contribuyentes, empresas o sociedades, en función a sus ingresos
anuales o por la naturaleza de sus actividades, obligaciones
especiales relativas a la forma en que deben llevar sus inventarios y
contabilizar sus costos.
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.. 38
• De otro lado, el inciso a) del Artículo 35° del Reglamento de la Ley
del Impuesto a la Renta, establece que los contribuyentes,
empresas o sociedades cuyos ingresos brutos anuales durante el
ejercicio precedente hayan sido mayores a mil quinientas (1500)
Unidades Impositivas Tributarias del ejercicio en curso, deberán
llevar un sistema de contabilidad de costos.
• Asimismo, el último párrafo del citado artículo señala que a fin de
mostrar el costo real, las empresas deberán acreditar, mediante
registros adecuados de control, las unidades producidas durante el
ejercicio, así como el costo unitario de los artículos que aparezcan
en sus inventarios finales. En el transcurso del ejercicio gravable,
las empresas podrán llevar un Sistema de Costo Estándar que se
adapte a su giro, pero al formular cualquier balance para efectos
del impuesto, deberán necesariamente valorar sus existencias al
costo real.
• Adicionalmente indica que, el contribuyente deberá proporcionar el
informe y los estudios técnicos necesarios que sustenten la
aplicación del sistema antes referido, cuando sea requerido por la
SUNAT.
.. 39
• Debe tenerse en cuenta que los métodos de valuación tienen
como finalidad valorizar las existencias a una fecha determinada,
debiendo los contribuyentes, para efectos tributarios, aplicar los
métodos señalados expresamente en la Ley del Impuesto a la
Renta.
• En tanto, la finalidad de un sistema de costos es la determinación
de los costos unitarios de producción o comercialización, a través
de la acumulación y asignación de los elementos del costo.
• Como puede apreciarse, existe una clara diferencia entre los
métodos de valuación de existencias y un sistema de costos,
razón por la cual se puede afirmar que el hecho que un
contribuyente pueda llevar durante el transcurso del ejercicio
gravable un sistema de costo estándar, no significa que no deba
valuar sus existencias de acuerdo con los métodos expresamente
establecidos en el Artículo 62° del Texto Único Ordenado de la
Ley del Impuesto a la Renta.
.. 40
• Si bien el último párrafo del Artículo 35° del
Reglamento de la Ley del Impuesto a la
Renta, permite que los contribuyentes
puedan llevar un Sistema de Costo Estándar,
ello no significa que se hubieren modificado
los métodos de valuación de existencias
señalados taxativamente en el Artículo 62°
del Texto Único Ordenado de la Ley del
Impuesto a la Renta.
.. 41
Instrucción
• RTF 01572 - 3 – 2009 ¿Qué sucede si no se
establece Sistemas de Contabilidad de
Costos?
• RTF 0749-3-2012 Aplicación de la NIC 11 en
conflicto con Registro de Inventario
Permanente valorizado
.. 42
Revisamos algunas RTF
Apertura y Cierre de la Sub cuenta 234
Productos Inmuebles en Proceso – Uso de las
Sub cuentas 214 Productos Inmuebles, 244
Materias Primas para Productos Inmuebles y
204 Mercaderías Inmuebles – Costo de
Preparación del Terreno – Costos Asociados a
la Construcción – Devengamiento del Costo de
Ventas 6924 Productos Inmuebles Terminados
– Aplicaciones con la NIC 2 Inventarios y 18
Ingresos
.. 43
Contabilidad de Costos en la Actividad Inmobiliaria
(Construcción y Venta de Inmuebles)
20 Mercaderías
204 Mercaderías Inmuebles
21 Productos Terminados
214 Productos inmuebles
23 Productos en Proceso
234 Productos inmuebles en proceso
24 Materias Primas
244 Materias primas para productos inmuebles
.. 44
Uso de las Cuentas del Balance (Ámbito
Inmobiliario)
204 Mercaderías inmuebles. Activos
inmobiliarios que se adquieren con el propósito
de su venta.
•Reconocimiento y Medición
•Las mercaderías se registrarán a su costo de
adquisición, incluyendo todos los costos
necesarios para que las mercaderías tengan su
condición y ubicación actuales.
.. 45
Definiciones
• Las salidas de existencias de mercaderías se
reconocen de acuerdo con las fórmulas de
costeo de PEPS, promedio ponderado o
costo identificado.
• Para los efectos de la medición al cierre del
período que se reporta, se aplica la regla de
valuación de costo de adquisición o valor neto
de realización, el menor.
.. 46
Definiciones
• 214 Productos inmuebles. Edificaciones que
la empresa ha construido o modificado para
su venta. Incluye también terrenos sobre los
que se construyen estas edificaciones y cuya
propiedad se transferirá conjuntamente con la
venta de la edificación.
.. 47
Definiciones
• El ingreso de productos terminados se mide
al costo de fabricación y otros costos que
fueran necesarios para tener las
existencias de productos terminados en
su condición y ubicación actuales. La
salida de productos terminados se reconoce
de acuerdo con las fórmulas de costeo de
PEPS, promedio ponderado, o costo
identificado.
.. 48
Definiciones
• Cuando se produce conjuntamente más de un
producto y los costos de transformación no
puedan identificarse por separado (por cada
tipo de producto) se distribuye el costo total entre
los productos, utilizando bases uniformes y
racionales. (Por ejemplo Valor de Venta)
• •Los costos de financiación cuando son
incorporados en el costo de existencias
identificadas como calificadas (existencias
calificadas), deben ser acumulados por separado
en la subcuenta 218.
.. 49
Definiciones
• 234 Productos inmuebles en proceso.
Inmuebles que se encuentran en proceso de
construcción, cuando los inmuebles son
destinados a la venta.
• Los costos de producción o transformación de
las existencias comprenden los costos
directamente relacionados con las unidades
en producción y los costos indirectos
atribuibles.
.. 50
Definiciones
• La subcuenta productos inmuebles en
proceso representa el costo de los materiales
directos, mano de obra, costos indirectos,
contratos de servicios y demás costos
incurridos para el desarrollo de cada obra,
hasta su culminación para ser vendida.
• 244 Materias primas para productos
inmuebles. Incluye las materias primas
necesarias para la construcción de
inmuebles.
.. 51
Definiciones
• Las materias primas se registrarán al costo, el
mismo que incluye todo costo atribuible a la
adquisición, hasta que estén disponibles para
ser utilizadas en el objeto del negocio
relacionado. Los descuentos comerciales, las
rebajas y otras partidas similares, distintas de
las financieras, se deducirán para determinar
el costo de adquisición.
.. 52
Definiciones
• Para los efectos de la medición al cierre del
ejercicio, se tomará en cuenta el costo de
adquisición o valor neto de realización, el más
bajo. Cuando una reducción en el costo de
adquisición de las materias primas indique que el
costo de los productos terminados excederá su
valor neto realizable, el costo de reposición de
las materias primas puede ser la medida
adecuada de su valor neto realizable.
• La salida de materias primas se reconoce de
acuerdo con las fórmulas de costeo de PEPS, o
promedio ponderado, o costo identificado.
.. 53
Definiciones
• Las subcuentas consideradas para materias
primas siguen las mismas clasificaciones
descritas para productos en proceso y
productos terminados, en lo aplicable. La
clasificación adecuada de las materias primas
dependerá del propósito para el que sean
adquiridos los bienes que finalmente se
destinarán a la producción de bienes.
.. 54
Definiciones
• Incluye las propiedades (terrenos o
edificaciones) cuya tenencia es mantenida
(por el propietario o por el arrendatario que
haya acordado un arrendamiento financiero),
con el objeto de obtener rentas, aumentar el
valor del capital o, ambos, en lugar de utilizar
dichas propiedades para: a) la producción o
suministro de bienes o servicios, o para fines
administrativos; o, para, b) su venta en el
curso normal de las operaciones.
.. 55
31 Inversiones Inmobiliarias
• 311 Terrenos. Urbanos o rurales que se
mantienen para obtener ganancias de capital
o para su arrendamiento a terceros.
• 312 Edificaciones. Incluye los activos
destinados a la obtención de rentas mediante
su alquiler a terceros o mediante su
incremento de valor.
.. 56
Nomenclatura
• Los bienes que componen esta cuenta deben
registrarse inicialmente al costo de adquisición.
• Con posterioridad a su reconocimiento inicial
todas las partidas de Inversiones inmobiliarias
deben ser medidas a su valor razonable; o al
costo o valor revaluado, menos el importe
acumulado de las pérdidas por deterioro de valor
y menos la depreciación acumulada, cuando el
valor razonable no puede ser determinado de
manera confiable.
.. 57
Reconocimiento y medición
• Las inversiones inmobiliarias en proceso de
construcción se reconocen como bienes de
inmuebles, maquinaria y equipo, hasta su terminación,
oportunidad en la que se transfieren a esta cuenta.
• Los intereses devengados durante el período de
construcción de inversiones inmobiliarias que
clasifican como activos calificados (véase la NIC 23),
se capitalizan hasta el momento en que el activo esté
en condiciones de ser utilizado en el propósito de
negocio.
• En el caso de activos en arrendamiento financiero,
véase la cuenta 32 Activos adquiridos bajo
arrendamiento financiero.
.. 58
Reconocimiento y medición
• Aquellas inversiones en inmuebles cuya
política contable de medición se realice a
valor razonable, no están sujetas a
depreciación. En el caso de no existir un
mercado activo que determine dicho valor, se
podrá optar por el valor razonable sobre la
base de una valuación hecha por un tasador
independiente.
.. 59
Puntos de Análisis
• En el caso que un inmueble se utilice, en una
parte para arrendar a terceros o aumentar el
valor del capital y en otra, para uso en la
producción o propósitos administrativos, y si
estas porciones pueden ser reconocidas
separadamente, la empresa deberá
contabilizar en forma separada en las cuentas
31 Inversiones inmobiliarias y 33 Inmuebles,
maquinaria y equipo, el valor correspondiente
a cada clase de activo.
.. 60
Puntos de Análisis
• Un activo que se haya dispuesto para la venta
y si su importe en libros será recuperado,
fundamentalmente a través de una
transacción de venta, en lugar de su uso
continuado, debe ser clasificado como activo
no corriente mantenido para la venta, en la
cuenta 27.
.. 61
Puntos de Análisis
• La desvalorización de inversión inmobiliaria, cuando es
llevada al costo, en tanto contengan costos de
financiación, para su adecuado tratamiento contable,
plantea la consideración de si tal desvalorización alcanza
al costo de adquisición o producción, o al costo de
financiación relacionado, o a una distribución entre ambos
componentes, para efectos de la presentación en los
estados financieros. Por razones prácticas, se conviene en
que ante una desvalorización, el componente de costo de
financiación activado es el primero que se afecta hasta
agotarlo.
• La NIC 40 Inversiones inmobiliarias establece la
clasificación de la propiedad inmobiliaria, mientras se
encuentra en construcción, como parte de los inmuebles.
.. 62
Puntos de Análisis
• 692 Productos terminados. Costo de los productos
terminados vendidos o transferidos previamente
reconocidos en la cuenta 21 Productos terminados,
excepto la subcuenta 215.
• Para la acumulación de cifras para el estado de
ganancias y pérdidas por naturaleza, el saldo de la
subcuenta 691 Costo de ventas – Mercaderías y la
divisionaria correspondiente de la subcuenta 695,
deben ser transferidos a la subcuenta 611 Variación
de existencias de mercaderías, y los saldos de las
subcuentas 692, 693 y 694, a las subcuentas
correspondientes de la cuenta 71, incluyendo en este
último caso las divisionarias correspondientes de la
subcuenta 695.
.. 63
Estado de Resultados
• 702 Productos terminados. Comprende las
ventas de productos manufacturados;
productos de extracción terminados;
productos agropecuarios y piscícolas;
productos inmuebles, y otros productos.
.. 64
Estado de Resultados
• Los ingresos por la venta de productos se
reconocen cuando se cumplen las siguientes
condiciones:
• a) La transferencia al comprador de los
riesgos significativos y los beneficios de
propiedad de los productos;
• b) La empresa ya no retiene la continuidad de
la responsabilidad gerencial en el grado
asociado usualmente a la propiedad, ni el
control efectivo de los productos vendidos;
.. 65
Criterios de Reconocimiento de los
Ingresos
c) El importe de ingresos puede ser medido
confiablemente;
d) Es probable que los beneficios económicos
relacionados con la transacción fluirán a la
empresa;
y, e) Los costos incurridos o a ser incurridos por
la transferencia pueden ser medidos
confiablemente.
.. 66
Criterios de reconocimiento de los
Ingresos
• 711 Variación de productos terminados.
Importe resultante de las variaciones
(positivas o negativas) originadas en el
ejercicio, entre el inventario final e inventario
inicial de productos terminados.
• 713 Variación de productos en proceso.
Importe resultante de las variaciones
(positivas o negativas) originadas en el
ejercicio, entre el inventario final e inventario
inicial de productos en proceso.
.. 67
Cuentas por el contra para los Costos
• Apertura y Cierre de la Sub cuenta 235
Existencias de Servicios en Proceso – Uso de
las Sub cuentas 215 Existencias de Servicios
Terminados , 252 Suministros y 656
Suministros - Costos por Contratistas –
Costos Asociados al Servicio de Construcción
– Devengamiento del Costo de Ventas 6925
Existencias de Servicios Terminados –
Aplicaciones con la NIC 11 Contratos de
Construcción
.. 68
Contabilidad de Costos en la Actividad de
Construcción (Contratos de Construcción)
• 215 Existencias de servicios terminados.
Se compone principalmente de la mano de
obra y otros costos incurridos en la prestación
del servicio concluido.
• La existencia de servicios terminados está
relacionada con ingresos aún no reconocidos
por la prestación de dichos servicios. El
ingreso y el costo de la prestación del servicio
se reconocen conjuntamente en los
resultados del periodo en que se devengan.
.. 69
Reglas de aplicación
• Los ingresos por la prestación de servicios se
reconocen cuando se cumplen las siguientes
condiciones:
a) El importe de ingresos puede ser medido
confiablemente;
b) Es probable que los beneficios económicos
relacionados con la transacción fluirán a la empresa;
c) El grado de culminación de la transacción en la fecha
de los estados financieros, puede ser medido
fiablemente; y,
d) Los costos incurridos o a ser incurridos hasta
completarlo, pueden ser medidos fiablemente.
.. 70
Criterios de Reconocimiento para el
Devengamiento
• 235 Existencias de servicios en proceso. Se
compone de la mano de obra y otros costos
involucrados en la prestación del servicio
mientras éste no se ha concluido.
• La existencia de servicios en proceso está
relacionada con los costos incurridos, los que
están asociados a ingresos no devengados.
Conforme se devenga el derecho a percibir el
ingreso, el costo asociado se transfiere a
existencias de servicios terminados, y luego al
costo de servicios prestados en ganancias y
pérdidas.
.. 71
Reglas de Aplicación
• 251 Materiales auxiliares. Materiales destinados
para el proceso de fabricación, complementarios
a las materias primas.
• 252 Suministros. Insumos que intervienen en los
procesos de producción o comercialización, o
procesos complementarios, como el de
mantenimiento.
• Los materiales auxiliares, suministros y repuestos
se registrarán a su costo de adquisición, el mismo
que incluye todos los costos necesarios para
darle su condición y ubicación actual.
.. 72
Reglas de Aplicación
• 694 Servicios. Costo de las existencias de servicios
prestados previamente reconocidos en la subcuenta
215 Existencias de servicios terminados, o acumulado
directamente en esta cuenta.
• Para la acumulación de cifras para el estado de
ganancias y pérdidas por naturaleza, el saldo de la
subcuenta 691 Costo de ventas – Mercaderías y la
divisionaria correspondiente de la subcuenta 695,
deben ser transferidos a la subcuenta 611 Variación
de existencias de mercaderías, y los saldos de las
subcuentas 692, 693 y 694, a las subcuentas
correspondientes de la cuenta 71, incluyendo en este
último caso las divisionarias correspondientes de la
subcuenta 695.
.. 73
Efecto en Resultados
• 704 Prestación de servicios. Incluye los
ingresos por la prestación de servicios.
.. 74
Efecto en Resultados
6925 Existencias de servicios terminados
69251 Terceros
69252 Relacionadas
694 Servicios
6941 Terceros
6942 Relacionadas
.. 75
Sin embargo….
7025 Existencias de servicios terminados
70251 Terceros
70252 Relacionadas
704 Prestación de servicios
7041 Terceros
7042 Relacionadas
.. 76
Sin embargo….

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  • 1. Expositor: CPCC Dionicio Canahua Trujillo, 05 y 06 de octubre 2013 Contabilidad de Costos en Empresas Constructoras e Inmobiliarias .. 1
  • 2. Formalidades Tributarias .. CPCC Dionicio Canahua www.perugestion.org 2 • Identificación de los Elementos del Costo – Formato 10.2 Control Mensual – Formato 10.3 ¿Procesos o Proyectos? – Adaptación de cuentas del Elemento 9 – Formato 10.1 Control del Producto Terminado (Bien Inmueble y Contrato de Construcción como Servicio) - Control por Proyecto.
  • 3. Elementos del Costo .. CPCC Dionicio Canahua www.perugestion.org 3
  • 4. Elementos del Costo .. CPCC Dionicio Canahua www.perugestion.org 4
  • 5. Objetivos de la Contabilidad de Costos En función a lo expuesto se aprecia que la contabilidad de costos, tiene fundamentalmente los objetivos siguientes: a) Valuar los inventarios que componen el rubro Inventarios del Balance General. b) Determinar el Costo de Ventas que se incluye en la Cuenta de Resultados. c) Apoyar en la adecuada toma de decisiones por parte de la Gerencia. d) Proporcionar información para la evaluación del desempeño: de su personal y del negocio. e) Contribuye también para realizar una planificación a futuro. CPCC Dionicio Canahua www.normacontable.org .. CPCC Dionicio Canahua www.perugestion.org 5
  • 6. ¿Qué implica un Sistema de Costos? Un sistema de costos busca la correcta determinación de lo que puede ser un bien adquirido para su reventa, un bien elaborado por la empresa o un servicio efectuado por la empresa a terceras personas. CPCC Dionicio Canahua www.normacontable.org .. CPCC Dionicio Canahua www.perugestion.org 6
  • 7. ¿Qué implica un Sistema de Costos? Un Sistema de Contabilidad de Costos implica un conjunto de registros y cuentas especiales que partiendo de la recolección de la información, posteriormente es usada para determinar la cantidad de costo que se ha de asignar a cada unidad de producto (base para la valuación de las existencias – inventario final – en el balance y del costo de las unidades vendidas en el estado de ganancias y pérdidas). .. CPCC Dionicio Canahua www.perugestion.org 7
  • 8. ¿Qué implica un Sistema de Costos? “El conjunto de procedimientos, técnicas, registros e informes estructurados sobre la base de la teoría de la partida doble y otros principios técnicos, que tienen por objeto la determinación de los costos unitarios de producción y el control de las operaciones fabriles efectuadas”. CPCC Dionicio Canahua www.perugestion.org .. 8
  • 9. Una revisión al Articulo 35 del Reglamento de la Ley del Impuesto a la renta Los deudores tributarios deberán llevar sus inventarios y contabilizar sus costos de acuerdo a las siguientes normas: CPCC Dionicio Canahua www.perugestion.org .. 9
  • 10. Primer Tramo Cuando sus ingresos brutos anuales durante el ejercicio precedente hayan sido mayores a mil quinientas (1,500) Unidades Impositivas Tributarias del ejercicio en curso, deberán llevar un sistema de contabilidad de costos, cuya información deberá ser registrada en los siguientes registros: Registro de Costos, Registro de Inventario Permanente en Unidades Físicas y Registro de Inventario Permanente Valorizado. CPCC Dionicio Canahua www.perugestion.org .. 10
  • 11. Segundo Tramo Cuando sus ingresos brutos anuales durante el ejercicio precedente hayan sido mayores o iguales a quinientas (500) Unidades Impositivas Tributarias y menores o iguales a mil quinientas (1,500) Unidades Impositivas Tributarias del ejercicio en curso, sólo deberán llevar un Registro de Inventario Permanente en Unidades Físicas. CPCC Dionicio Canahua www.perugestion.org .. 11
  • 12. Tercer Tramo Cuando sus ingresos brutos anuales durante el ejercicio precedente hayan sido inferiores a quinientas (500) Unidades Impositivas Tributarias del ejercicio en curso, sólo deberán realizar inventarios físicos de sus existencias al final del ejercicio. CPCC Dionicio Canahua www.perugestion.org .. 12
  • 13. Obligaciones para el Primer y Segundo Tramo Tratándose de los deudores tributarios comprendidos en los incisos precedentes a) y b), adicionalmente deberán realizar, por lo menos, un inventario físico de sus existencias en cada ejercicio. CPCC Dionicio Canahua www.perugestion.org .. 13
  • 14. Elementos del Costo Deberán contabilizar en un Registro de Costos, en cuentas separadas, los elementos constitutivos del costo de producción por cada etapa del proceso productivo. Dichos elementos son los comprendidos en la Norma Internacional de Contabilidad correspondiente, tales como: materiales directos, mano de obra directa y gastos de producción indirectos. CPCC Dionicio Canahua www.perugestion.org .. 14
  • 15. Obligaciones adicionales al Sistema de Contabilidad de Costos Aquellos que deben llevar un sistema de contabilidad de costos basado en registros de inventario permanente en unidades físicas o valorizados o los que sin estar obligados opten por llevarlo regularmente, podrán deducir pérdidas por faltantes de inventario, en cualquier fecha dentro del ejercicio, siempre que los inventarios físicos y su valorización hayan sido aprobados por los responsables de su ejecución y además cumplan con lo dispuesto en el segundo párrafo del inciso c) del Artículo 21º del Reglamento. CPCC Dionicio Canahua www.perugestion.org .. 15
  • 16. ¿Qué señala el inciso c) del articulo 21 del reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta? Para la deducción de las mermas y desmedros de existencias dispuesta en el inciso f) del artículo 37º de la Ley, se entiende por: 1. Merma: Pérdida física, en el volumen, peso o cantidad de las existencias, ocasionada por causas inherentes a su naturaleza o al proceso productivo. 2. Desmedro: Pérdida de orden cualitativo e irrecuperable de las existencias, haciéndolas inutilizables para los fines a los que estaban destinados. CPCC Dionicio Canahua www.perugestion.org .. 16
  • 17. ¿Qué señala el inciso c) del articulo 21 del reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta? Cuando la SUNAT lo requiera, el contribuyente deberá acreditar las mermas mediante un informe técnico emitido por un profesional independiente, competente y colegiado o por el organismo técnico competente. Dicho informe deberá contener por lo menos la metodología empleada y las pruebas realizadas. En caso contrario, no se admitirá la deducción. CPCC Dionicio Canahua www.perugestion.org .. 17
  • 18. ¿Qué señala el inciso c) del articulo 21 del reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta? Tratándose de los desmedros de existencias, la SUNAT aceptará como prueba la destrucción de las existencias efectuadas ante Notario Público o Juez de Paz, a falta de aquél, siempre que se comunique previamente a la SUNAT en un plazo no menor de seis (6) días hábiles anteriores a la fecha en que llevará a cabo la destrucción de los referidos bienes. Dicha entidad podrá designar a un funcionario para presenciar dicho acto; también podrá establecer procedimientos alternativos o complementarios a los indicados, tomando en consideración la naturaleza de las existencias o la actividad de la empresa. CPCC Dionicio Canahua www.perugestion.org .. 18
  • 19. Variación del Método de Valuación CPCC Dionicio Canahua www.perugestion.org .. 19 No podrán variar el método de valuación de existencias sin autorización de la SUNAT y surtirá efectos a partir del ejercicio siguiente a aquél en que se otorgue la aprobación, previa realización de los ajustes que dicha entidad determine.
  • 20. ¿Cuáles son los Métodos de valuación validos desde una óptica tributaria? Los contribuyentes, empresas o sociedades que, en razón de la actividad que desarrollen, deban practicar inventario, valuarán sus existencias por su costo de adquisición o producción adoptando cualquiera de los siguientes métodos, siempre que se apliquen uniformemente de ejercicio en ejercicio: • Articulo 62 de la Ley del Impuesto a la Renta CPCC Dionicio Canahua www.perugestion.org .. 20
  • 21. ¿Cuáles son los Métodos de valuación validos desde una óptica tributaria? a) Primeras entradas, primeras salidas (PEPS). b) Promedio diario, mensual o anual (PONDERADO O MOVIL). c) Identificación específica. d) Inventario al detalle o por menor. e) Existencias básicas. CPCC Dionicio Canahua www.perugestion.org .. 21
  • 22. ¿Cuáles son los Métodos de valuación validos desde una óptica tributaria? El reglamento podrá establecer, para los contribuyentes, empresas o sociedades, en función a sus ingresos anuales o por la naturaleza de sus actividades, obligaciones especiales relativas a la forma en que deben llevar sus inventarios y contabilizar sus costos. • De aquí se enlaza al articulo 35 del Reglamento de la Ley del Impuesto a la renta CPCC Dionicio Canahua www.perugestion.org .. 22
  • 23. Una referencia a la Resolución de Superintendencia ( la 234-2006) La SUNAT mediante Resolución de Superintendencia podrá: • Establecer los requisitos, características, contenido, forma y condiciones en que deberá llevarse los registros establecidos en el presente Artículo. • Eximir a los deudores tributarios comprendidos en el inciso a) del presente artículo, de llevar el Registro de Inventario Permanente en Unidades Físicas. • Establecer los procedimientos a seguir para la ejecución de la toma de inventarios físicos en armonía con las normas de contabilidad referidas a tales procedimientos. CPCC Dionicio Canahua www.perugestion.org .. 23
  • 24. Resolución 234-2006 SUNAT Registros y Formatos de uso Tributario El Registro de Costos debe contener la información mensual de los diferentes elementos del costo, según las normas tributarias, relacionados con el proceso productivo del período y que determinan el costo de producción respectivo. El Registro de Costos estará integrado por los siguientes formatos: a)FORMATO 10.1: "REGISTRO DE COSTOS – ESTADO DE COSTO DE VENTAS ANUAL". b)FORMATO 10.2: "REGISTRO DE COSTOS – ELEMENTOS DEL COSTO MENSUAL". c)FORMATO 10.3: "REGISTRO DE COSTOS – ESTADO DE COSTO DE PRODUCCIÓN VALORIZADO ANUAL". CPCC Dionicio Canahua www.perugestion.org .. 24
  • 25. FORMATO 10.1: "REGISTRO DE COSTOS – ESTADO DE COSTO DE VENTAS ANUAL (i) El costo del inventario inicial de productos terminados contable. (ii) El costo de producción de productos terminados contable. (iii) El costo de los productos terminados disponibles para la venta contable. (iv) El costo de inventario final de productos terminados contable. (v) Ajustes diversos contables. (vi) Determinación del Costo de Ventas Contable. CPCC Dionicio Canahua www.perugestion.org .. 25
  • 26. FORMATO 10.2: "REGISTRO DE COSTOS – ELEMENTOS DEL COSTO MENSUAL" (i) Costo de materiales y suministros directos. (ii) Costo de la mano de obra directa. (iii) Otros costos directos. (iv) Gastos de producción indirectos: –(iv.1) Materiales y suministros indirectos. –(iv.2) Mano de obra indirecta. –(iv.3) Otros gastos de producción indirectos. (v) Total consumo en la producción. (vi) Costo total por cada elemento del costo. . CPCC Dionicio Canahua www.perugestion.org .. 26
  • 27. FORMATO 10.3: "REGISTRO DE COSTOS – ESTADO DE COSTO DE PRODUCCIÓN VALORIZADO ANUAL" (i)Costo de materiales y suministros directos. (ii)Costo de la mano de obra directa. (iii)Otros costos directos. (iv)Gastos de producción indirectos: (iv.1) Materiales y suministros indirectos. (iv.2) Mano de obra indirecta. (iv.3) Otros gastos de producción indirectos. CPCC Dionicio Canahua www.perugestion.org .. 27
  • 28. FORMATO 10.3: "REGISTRO DE COSTOS – ESTADO DE COSTO DE PRODUCCIÓN VALORIZADO ANUAL" (v) Total consumo en la producción. (vi) Inventario inicial de productos en proceso. (vii) Inventario final de productos en proceso. (viii) Costo de producción. (ix) Costo total anual por cada elemento del costo. • La información del presente formato podrá agruparse optativamente por proceso productivo, línea de producción, producto o proyecto. CPCC Dionicio Canahua www.perugestion.org .. 28
  • 29. De retorno al Articulo 35 del Reglamento En todos los casos en que los deudores tributarios practiquen inventarios físicos de sus existencias, los resultados de dichos inventarios deberán ser refrendados por el contador o persona responsable de su ejecución y aprobados por el representante legal. CPCC Dionicio Canahua www.perugestion.org .. 29
  • 30. Acreditación del Costo A fin de mostrar el costo real, los deudores tributarios deberán acreditar, mediante los registros establecidos en el presente Artículo, las unidades producidas durante el ejercicio, así como el costo unitario de los artículos que aparezcan en los inventarios finales. CPCC Dionicio Canahua www.perugestion.org .. 30
  • 31. Uso del Sistema de Costo Estándar En el transcurso del ejercicio gravable, los deudores tributarios podrán llevar un Sistema de Costo Estándar que se adapte a su giro, pero al formular cualquier balance para efectos del impuesto, deberán necesariamente valorar sus existencias al costo real. Los deudores tributarios deberán proporcionar el informe y los estudios técnicos necesarios que sustenten la aplicación del sistema antes referido, cuando sea requerido por la SUNAT. CPCC Dionicio Canahua www.perugestion.org .. 31
  • 32. Infracción por no llevar el sistema De no hacerlo se encontrara incursa dentro de la infracción tipificada en el artículo 175º numeral 1) del Código Tributario, cuyo Texto Único Ordenado fuera aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, por omitir llevar los medios de control exigidos por las leyes y reglamentos; sin perjuicio de que atendiendo a la ausencia de la documentación correspondiente puede aplicársele la determinación de la obligación tributaria sobre base presunta, de conformidad con las disposiciones del artículo 64º del mismo cuerpo legal. CPCC Dionicio Canahua www.perugestion.org .. 32
  • 33. Infracción por no llevar el sistema De no hacerlo se encontrara incursa dentro de la infracción tipificada en el artículo 175º numeral 1) del Código Tributario, cuyo Texto Único Ordenado fuera aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, por omitir llevar los medios de control exigidos por las leyes y reglamentos; sin perjuicio de que atendiendo a la ausencia de la documentación correspondiente puede aplicársele la determinación de la obligación tributaria sobre base presunta, de conformidad con las disposiciones del artículo 64º del mismo cuerpo legal. CPCC Dionicio Canahua www.perugestion.org .. 33
  • 34. CPCC Dionicio Canahua www.perugestion.org .. 34
  • 35. .. 35
  • 36. .. 36
  • 37. Diversos pronunciamientos sobre el Tema por parte de la SUNAT • Diferencias entre un SISTEMA DE COSTOS y un METODO DE VALUACION DE EXISTENCIAS • DIRECTIVA N° 002-2000-SUNAT • PRECISAN ALCANCES DE FACULTAD OTORGADA A CONTRIBUYENTES PARA LLEVAR SISTEMA DE COSTO ESTANDAR, PREVISTA EN EL ART. 35° DEL REGLAMENTO DE LA LEY DEL IMPUESTO A LA RENTA CPCC Dionicio Canahua www.perugestion.org .. 37
  • 38. •El Artículo 62° del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, dispone que los contribuyentes, empresas o sociedades que, en razón de la actividad que desarrollen, deban practicar inventario, valuarán sus existencias por su costo de adquisición o producción adoptando cualquiera de los siguientes métodos, siempre que se apliquen uniformemente de ejercicio en ejercicio: a) Primeras entradas, primeras salidas (PEPS). b) Promedio diario, mensual o anual (PONDERADO MOVIL) c) Identificación específica. d) Inventario al detalle o por menor. e) Existencias básicas •Agrega el citado artículo que, el reglamento podrá establecer, para los contribuyentes, empresas o sociedades, en función a sus ingresos anuales o por la naturaleza de sus actividades, obligaciones especiales relativas a la forma en que deben llevar sus inventarios y contabilizar sus costos. CPCC Dionicio Canahua www.perugestion.org .. 38
  • 39. • De otro lado, el inciso a) del Artículo 35° del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, establece que los contribuyentes, empresas o sociedades cuyos ingresos brutos anuales durante el ejercicio precedente hayan sido mayores a mil quinientas (1500) Unidades Impositivas Tributarias del ejercicio en curso, deberán llevar un sistema de contabilidad de costos. • Asimismo, el último párrafo del citado artículo señala que a fin de mostrar el costo real, las empresas deberán acreditar, mediante registros adecuados de control, las unidades producidas durante el ejercicio, así como el costo unitario de los artículos que aparezcan en sus inventarios finales. En el transcurso del ejercicio gravable, las empresas podrán llevar un Sistema de Costo Estándar que se adapte a su giro, pero al formular cualquier balance para efectos del impuesto, deberán necesariamente valorar sus existencias al costo real. • Adicionalmente indica que, el contribuyente deberá proporcionar el informe y los estudios técnicos necesarios que sustenten la aplicación del sistema antes referido, cuando sea requerido por la SUNAT. .. 39
  • 40. • Debe tenerse en cuenta que los métodos de valuación tienen como finalidad valorizar las existencias a una fecha determinada, debiendo los contribuyentes, para efectos tributarios, aplicar los métodos señalados expresamente en la Ley del Impuesto a la Renta. • En tanto, la finalidad de un sistema de costos es la determinación de los costos unitarios de producción o comercialización, a través de la acumulación y asignación de los elementos del costo. • Como puede apreciarse, existe una clara diferencia entre los métodos de valuación de existencias y un sistema de costos, razón por la cual se puede afirmar que el hecho que un contribuyente pueda llevar durante el transcurso del ejercicio gravable un sistema de costo estándar, no significa que no deba valuar sus existencias de acuerdo con los métodos expresamente establecidos en el Artículo 62° del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta. .. 40
  • 41. • Si bien el último párrafo del Artículo 35° del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, permite que los contribuyentes puedan llevar un Sistema de Costo Estándar, ello no significa que se hubieren modificado los métodos de valuación de existencias señalados taxativamente en el Artículo 62° del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta. .. 41 Instrucción
  • 42. • RTF 01572 - 3 – 2009 ¿Qué sucede si no se establece Sistemas de Contabilidad de Costos? • RTF 0749-3-2012 Aplicación de la NIC 11 en conflicto con Registro de Inventario Permanente valorizado .. 42 Revisamos algunas RTF
  • 43. Apertura y Cierre de la Sub cuenta 234 Productos Inmuebles en Proceso – Uso de las Sub cuentas 214 Productos Inmuebles, 244 Materias Primas para Productos Inmuebles y 204 Mercaderías Inmuebles – Costo de Preparación del Terreno – Costos Asociados a la Construcción – Devengamiento del Costo de Ventas 6924 Productos Inmuebles Terminados – Aplicaciones con la NIC 2 Inventarios y 18 Ingresos .. 43 Contabilidad de Costos en la Actividad Inmobiliaria (Construcción y Venta de Inmuebles)
  • 44. 20 Mercaderías 204 Mercaderías Inmuebles 21 Productos Terminados 214 Productos inmuebles 23 Productos en Proceso 234 Productos inmuebles en proceso 24 Materias Primas 244 Materias primas para productos inmuebles .. 44 Uso de las Cuentas del Balance (Ámbito Inmobiliario)
  • 45. 204 Mercaderías inmuebles. Activos inmobiliarios que se adquieren con el propósito de su venta. •Reconocimiento y Medición •Las mercaderías se registrarán a su costo de adquisición, incluyendo todos los costos necesarios para que las mercaderías tengan su condición y ubicación actuales. .. 45 Definiciones
  • 46. • Las salidas de existencias de mercaderías se reconocen de acuerdo con las fórmulas de costeo de PEPS, promedio ponderado o costo identificado. • Para los efectos de la medición al cierre del período que se reporta, se aplica la regla de valuación de costo de adquisición o valor neto de realización, el menor. .. 46 Definiciones
  • 47. • 214 Productos inmuebles. Edificaciones que la empresa ha construido o modificado para su venta. Incluye también terrenos sobre los que se construyen estas edificaciones y cuya propiedad se transferirá conjuntamente con la venta de la edificación. .. 47 Definiciones
  • 48. • El ingreso de productos terminados se mide al costo de fabricación y otros costos que fueran necesarios para tener las existencias de productos terminados en su condición y ubicación actuales. La salida de productos terminados se reconoce de acuerdo con las fórmulas de costeo de PEPS, promedio ponderado, o costo identificado. .. 48 Definiciones
  • 49. • Cuando se produce conjuntamente más de un producto y los costos de transformación no puedan identificarse por separado (por cada tipo de producto) se distribuye el costo total entre los productos, utilizando bases uniformes y racionales. (Por ejemplo Valor de Venta) • •Los costos de financiación cuando son incorporados en el costo de existencias identificadas como calificadas (existencias calificadas), deben ser acumulados por separado en la subcuenta 218. .. 49 Definiciones
  • 50. • 234 Productos inmuebles en proceso. Inmuebles que se encuentran en proceso de construcción, cuando los inmuebles son destinados a la venta. • Los costos de producción o transformación de las existencias comprenden los costos directamente relacionados con las unidades en producción y los costos indirectos atribuibles. .. 50 Definiciones
  • 51. • La subcuenta productos inmuebles en proceso representa el costo de los materiales directos, mano de obra, costos indirectos, contratos de servicios y demás costos incurridos para el desarrollo de cada obra, hasta su culminación para ser vendida. • 244 Materias primas para productos inmuebles. Incluye las materias primas necesarias para la construcción de inmuebles. .. 51 Definiciones
  • 52. • Las materias primas se registrarán al costo, el mismo que incluye todo costo atribuible a la adquisición, hasta que estén disponibles para ser utilizadas en el objeto del negocio relacionado. Los descuentos comerciales, las rebajas y otras partidas similares, distintas de las financieras, se deducirán para determinar el costo de adquisición. .. 52 Definiciones
  • 53. • Para los efectos de la medición al cierre del ejercicio, se tomará en cuenta el costo de adquisición o valor neto de realización, el más bajo. Cuando una reducción en el costo de adquisición de las materias primas indique que el costo de los productos terminados excederá su valor neto realizable, el costo de reposición de las materias primas puede ser la medida adecuada de su valor neto realizable. • La salida de materias primas se reconoce de acuerdo con las fórmulas de costeo de PEPS, o promedio ponderado, o costo identificado. .. 53 Definiciones
  • 54. • Las subcuentas consideradas para materias primas siguen las mismas clasificaciones descritas para productos en proceso y productos terminados, en lo aplicable. La clasificación adecuada de las materias primas dependerá del propósito para el que sean adquiridos los bienes que finalmente se destinarán a la producción de bienes. .. 54 Definiciones
  • 55. • Incluye las propiedades (terrenos o edificaciones) cuya tenencia es mantenida (por el propietario o por el arrendatario que haya acordado un arrendamiento financiero), con el objeto de obtener rentas, aumentar el valor del capital o, ambos, en lugar de utilizar dichas propiedades para: a) la producción o suministro de bienes o servicios, o para fines administrativos; o, para, b) su venta en el curso normal de las operaciones. .. 55 31 Inversiones Inmobiliarias
  • 56. • 311 Terrenos. Urbanos o rurales que se mantienen para obtener ganancias de capital o para su arrendamiento a terceros. • 312 Edificaciones. Incluye los activos destinados a la obtención de rentas mediante su alquiler a terceros o mediante su incremento de valor. .. 56 Nomenclatura
  • 57. • Los bienes que componen esta cuenta deben registrarse inicialmente al costo de adquisición. • Con posterioridad a su reconocimiento inicial todas las partidas de Inversiones inmobiliarias deben ser medidas a su valor razonable; o al costo o valor revaluado, menos el importe acumulado de las pérdidas por deterioro de valor y menos la depreciación acumulada, cuando el valor razonable no puede ser determinado de manera confiable. .. 57 Reconocimiento y medición
  • 58. • Las inversiones inmobiliarias en proceso de construcción se reconocen como bienes de inmuebles, maquinaria y equipo, hasta su terminación, oportunidad en la que se transfieren a esta cuenta. • Los intereses devengados durante el período de construcción de inversiones inmobiliarias que clasifican como activos calificados (véase la NIC 23), se capitalizan hasta el momento en que el activo esté en condiciones de ser utilizado en el propósito de negocio. • En el caso de activos en arrendamiento financiero, véase la cuenta 32 Activos adquiridos bajo arrendamiento financiero. .. 58 Reconocimiento y medición
  • 59. • Aquellas inversiones en inmuebles cuya política contable de medición se realice a valor razonable, no están sujetas a depreciación. En el caso de no existir un mercado activo que determine dicho valor, se podrá optar por el valor razonable sobre la base de una valuación hecha por un tasador independiente. .. 59 Puntos de Análisis
  • 60. • En el caso que un inmueble se utilice, en una parte para arrendar a terceros o aumentar el valor del capital y en otra, para uso en la producción o propósitos administrativos, y si estas porciones pueden ser reconocidas separadamente, la empresa deberá contabilizar en forma separada en las cuentas 31 Inversiones inmobiliarias y 33 Inmuebles, maquinaria y equipo, el valor correspondiente a cada clase de activo. .. 60 Puntos de Análisis
  • 61. • Un activo que se haya dispuesto para la venta y si su importe en libros será recuperado, fundamentalmente a través de una transacción de venta, en lugar de su uso continuado, debe ser clasificado como activo no corriente mantenido para la venta, en la cuenta 27. .. 61 Puntos de Análisis
  • 62. • La desvalorización de inversión inmobiliaria, cuando es llevada al costo, en tanto contengan costos de financiación, para su adecuado tratamiento contable, plantea la consideración de si tal desvalorización alcanza al costo de adquisición o producción, o al costo de financiación relacionado, o a una distribución entre ambos componentes, para efectos de la presentación en los estados financieros. Por razones prácticas, se conviene en que ante una desvalorización, el componente de costo de financiación activado es el primero que se afecta hasta agotarlo. • La NIC 40 Inversiones inmobiliarias establece la clasificación de la propiedad inmobiliaria, mientras se encuentra en construcción, como parte de los inmuebles. .. 62 Puntos de Análisis
  • 63. • 692 Productos terminados. Costo de los productos terminados vendidos o transferidos previamente reconocidos en la cuenta 21 Productos terminados, excepto la subcuenta 215. • Para la acumulación de cifras para el estado de ganancias y pérdidas por naturaleza, el saldo de la subcuenta 691 Costo de ventas – Mercaderías y la divisionaria correspondiente de la subcuenta 695, deben ser transferidos a la subcuenta 611 Variación de existencias de mercaderías, y los saldos de las subcuentas 692, 693 y 694, a las subcuentas correspondientes de la cuenta 71, incluyendo en este último caso las divisionarias correspondientes de la subcuenta 695. .. 63 Estado de Resultados
  • 64. • 702 Productos terminados. Comprende las ventas de productos manufacturados; productos de extracción terminados; productos agropecuarios y piscícolas; productos inmuebles, y otros productos. .. 64 Estado de Resultados
  • 65. • Los ingresos por la venta de productos se reconocen cuando se cumplen las siguientes condiciones: • a) La transferencia al comprador de los riesgos significativos y los beneficios de propiedad de los productos; • b) La empresa ya no retiene la continuidad de la responsabilidad gerencial en el grado asociado usualmente a la propiedad, ni el control efectivo de los productos vendidos; .. 65 Criterios de Reconocimiento de los Ingresos
  • 66. c) El importe de ingresos puede ser medido confiablemente; d) Es probable que los beneficios económicos relacionados con la transacción fluirán a la empresa; y, e) Los costos incurridos o a ser incurridos por la transferencia pueden ser medidos confiablemente. .. 66 Criterios de reconocimiento de los Ingresos
  • 67. • 711 Variación de productos terminados. Importe resultante de las variaciones (positivas o negativas) originadas en el ejercicio, entre el inventario final e inventario inicial de productos terminados. • 713 Variación de productos en proceso. Importe resultante de las variaciones (positivas o negativas) originadas en el ejercicio, entre el inventario final e inventario inicial de productos en proceso. .. 67 Cuentas por el contra para los Costos
  • 68. • Apertura y Cierre de la Sub cuenta 235 Existencias de Servicios en Proceso – Uso de las Sub cuentas 215 Existencias de Servicios Terminados , 252 Suministros y 656 Suministros - Costos por Contratistas – Costos Asociados al Servicio de Construcción – Devengamiento del Costo de Ventas 6925 Existencias de Servicios Terminados – Aplicaciones con la NIC 11 Contratos de Construcción .. 68 Contabilidad de Costos en la Actividad de Construcción (Contratos de Construcción)
  • 69. • 215 Existencias de servicios terminados. Se compone principalmente de la mano de obra y otros costos incurridos en la prestación del servicio concluido. • La existencia de servicios terminados está relacionada con ingresos aún no reconocidos por la prestación de dichos servicios. El ingreso y el costo de la prestación del servicio se reconocen conjuntamente en los resultados del periodo en que se devengan. .. 69 Reglas de aplicación
  • 70. • Los ingresos por la prestación de servicios se reconocen cuando se cumplen las siguientes condiciones: a) El importe de ingresos puede ser medido confiablemente; b) Es probable que los beneficios económicos relacionados con la transacción fluirán a la empresa; c) El grado de culminación de la transacción en la fecha de los estados financieros, puede ser medido fiablemente; y, d) Los costos incurridos o a ser incurridos hasta completarlo, pueden ser medidos fiablemente. .. 70 Criterios de Reconocimiento para el Devengamiento
  • 71. • 235 Existencias de servicios en proceso. Se compone de la mano de obra y otros costos involucrados en la prestación del servicio mientras éste no se ha concluido. • La existencia de servicios en proceso está relacionada con los costos incurridos, los que están asociados a ingresos no devengados. Conforme se devenga el derecho a percibir el ingreso, el costo asociado se transfiere a existencias de servicios terminados, y luego al costo de servicios prestados en ganancias y pérdidas. .. 71 Reglas de Aplicación
  • 72. • 251 Materiales auxiliares. Materiales destinados para el proceso de fabricación, complementarios a las materias primas. • 252 Suministros. Insumos que intervienen en los procesos de producción o comercialización, o procesos complementarios, como el de mantenimiento. • Los materiales auxiliares, suministros y repuestos se registrarán a su costo de adquisición, el mismo que incluye todos los costos necesarios para darle su condición y ubicación actual. .. 72 Reglas de Aplicación
  • 73. • 694 Servicios. Costo de las existencias de servicios prestados previamente reconocidos en la subcuenta 215 Existencias de servicios terminados, o acumulado directamente en esta cuenta. • Para la acumulación de cifras para el estado de ganancias y pérdidas por naturaleza, el saldo de la subcuenta 691 Costo de ventas – Mercaderías y la divisionaria correspondiente de la subcuenta 695, deben ser transferidos a la subcuenta 611 Variación de existencias de mercaderías, y los saldos de las subcuentas 692, 693 y 694, a las subcuentas correspondientes de la cuenta 71, incluyendo en este último caso las divisionarias correspondientes de la subcuenta 695. .. 73 Efecto en Resultados
  • 74. • 704 Prestación de servicios. Incluye los ingresos por la prestación de servicios. .. 74 Efecto en Resultados
  • 75. 6925 Existencias de servicios terminados 69251 Terceros 69252 Relacionadas 694 Servicios 6941 Terceros 6942 Relacionadas .. 75 Sin embargo….
  • 76. 7025 Existencias de servicios terminados 70251 Terceros 70252 Relacionadas 704 Prestación de servicios 7041 Terceros 7042 Relacionadas .. 76 Sin embargo….