Estructura y elaboración de un presupuesto financiero
Lineamientos Cierre Contable III Trimestre 2022_221107_115005.pdf
1. LINEAMIENTOS PARA EL CIERRE
CONTABLE DEL 3ER TRIMESTRE 2022
Área de Implantación y Capacitación - OGTI MEF
NOVIEMBRE 2022
2. Objetivo:
Fortalecer los conocimientos de los
participantes, en los lineamientos
normativos y técnicos para la preparación
y presentación de la información financiera
y presupuestaria al 3er Trimestre del 2022,
conforme a lo dispuesto por la DGCP.
3. Base Legal:
Directiva N° 003-2022-EF/51.01
“Normas para la preparación y presentación de la información financiera y
presupuestaria de las entidades del sector público y otras formas organizativas
no financieras que administren recursos públicos para el cierre del ejercicio fiscal
y los períodos intermedios” y el “Instructivo para la presentación de la
información financiera y presupuestaria de las entidades del sector público y
otras formas organizativas no financieras que administren recursos públicos para
el cierre del ejercicio fiscal y los períodos intermedios.
Resolución Directoral N° 007-2022-EF/51.01
19 de Mayo 2022
4. Artículo 1.- Aprobar la Directiva N°
003-2022-EF/51.01 “Normas para la
Preparación y
Información
Presentación de la
Financiera y
Presupuestaria de las Entidades del
Sector Público y Otras Formas
Organizativas No Financieras que
Administren Recursos Públicos para
el cierre del ejercicio fiscal y los
períodos intermedios”
Resolución Directoral
N° 007-2022-EF/51.01
Base Legal:
5. la Resolución
Directoral N° 001-2022-EF/51.01, que
la Directiva N° 001-2022-
aprobó
EF/51.01
Resolución Directoral
N° 007-2022-EF/51.01
Artículo 2.- Aprobar el “Instructivo Artículo 3.- Derogar
para la Presentación de la Información
Financiera y Presupuestaria de las
Entidades del Sector Público y Otras
Formas Organizativas No Financieras
que Administren Recursos Públicos
para el cierre del ejercicio fiscal y los
períodos intermedios”
Base Legal:
8. a)
b)
c)
d)
f)
g)
h)
i)
j)
k)
… responsables del cumplimiento de
la normatividad aplicable y de las
la preparación y
actividades
relacionadas
presentación
de control interno,
a
de la información
presupuestaria y financiera.
• OGA
• Contabilidad
• Tesorería
• Control Patrimonial
• Logística
• RRHH
• Presupuesto
Análisis de Saldos
Registro Administrativo en el SIAF
Registro Contable
e) Conciliar PPE y Existencias
Estimaciones contables
Conciliar Efectivo y Equivalente
Comprobación de Saldos
Implementación de recomendaciones de auditoria
Conciliar Saldo de Balance
Controversias Internacionales
Registrar (MIF)
9. Análisis de saldos
a.
Elaborar los ANÁLISIS MENSUALES DE
LOS SALDOS de las cuentas que
integran los ESTADOS FINANCIEROS,
incluyendo las CUENTAS DE ORDEN,
que permitan determinar su estado,
composición, presentación y la
realización de las acciones inmediatas
a desarrollar por la Entidad.
Los análisis deben estar debidamente
DETALLADOS, CONCILIADOS y SUSTENTADOS con
la respectiva documentación física o electrónica.
10.
11.
12. a)
b)
d)
f)
h
k)
Transacciones de
INGRESOS y de GASTOS
Registro
❖ Presupuesto,
❖ Logística,
❖ Tesorería,
❖ Contabilidad y
❖ O las que hagan sus veces
Conciliados
A fin de evitar modificaciones de
registros, que conlleven a solicitudes de
apertura de la información de periodos
cerrados y declarados por sus
representantes a la DGCP.
ADECUADO OPORTUNO
b. Registro de transacciones en el Modulo Administrativo del SIAF
13. Registro Contable
c.
Efectuar el registro contable, el cual
debe ser ÍNTEGRO y por la TOTALIDAD
DE LAS TRANSACCIONES y otros
EVENTOS ECONÓMICOS de la Entidad
que informa, incluyendo las de sus
organismos o dependencias adscritas;
tales como, los centros de producción
de bienes y servicios constituidos por
universidades públicas, entre otros.
14. Calcular las estimaciones mensuales requeridas para la elaboración de la
información financiera y que, por la naturaleza y transacciones de la Entidad
correspondan.
- Depreciación (M)
- Amortización (M)
- Deterioro de cuentas por cobrar (M)
- Deterioro de PPE (M)
- Deterioro de existencias (M)
- Deterioro de otras cuentas del activo (M)
- Vacaciones (M)
- CTS (M)
- Obligaciones previsionales (A)
ADMINISTRACIÓN:Establecer las políticas para las estimaciones.
CONTABILIDAD:Registro de las estimaciones.
Estimaciones Contables
d.
15. ¿Cuál es la fecha del inicio de la depreciación de un elemento de
propiedades, planta y equipo?
La depreciación se iniciará a partir del mes siguiente en
que el elemento esté disponible para ser usado, esto es,
cuando se encuentre en la ubicación y condiciones
necesarias para ser capaz de operar en la forma prevista
por la entidad. El documento denominado Pedido
Comprobante de Salida (PECOSA) puede proporcionar
una referencia para el inicio de la depreciación.
La depreciación no cesará cuando el elemento
esté sin utilizar, o se haya retirado del uso activo,
por ejemplo por mantenimiento o reparación, o
porque sea un elemento utilizado en ocasiones
eventuales, como podría ser un grupo
electrógeno o un sistema contra incendios.
La depreciación cesará cuando el elemento
de PPE sea dado de baja o cuando esté
completamente depreciado.
Numeral 1.3 del Anexo 1 del Texto Ordenado de la Directiva N°005-2016-EF/51.01
16. e. Conciliación de saldos de los elementos de PPE y Existencias
Conciliar los saldos de los elementos
de PPE, a nivel de cada Entidad,
considerando la información
disponible de la Oficina de Control
Patrimonial y de la Gerencia de
Infraestructura o las que hagan sus
veces, con la Oficina de Contabilidad.
Asimismo, conciliar los saldos
de las existencias a nivel de
cada Entidad, entre el Área
de Almacén y la Oficina de
Contabilidad.
17. Conciliación de saldos contables con la conciliación bancaria
f.
CONCILIAR
SALDOS
CONTABLES
(Efectivo y
equivalentes al
efectivo)
CONCILIACIÓN
BANCARIA
para cada una de las
cuentas bancarias,
incluyendo la Cuenta
Única del Tesoro Público
Responsabilidad de la Conciliación de las Cuentas Bancarias
OGA Tesorero
Los titulares de las cuentas bancarias son responsables de efectuar la
conciliación bancaria y compatibilizar los movimientos de los montos girados y
de los cargos y abonos registrados en el SIAF-SP. (Artículo 57° de la Directiva de
Tesorería N° 001-2007-EF/77.15 – R.D. 002-2007-EF/77.15 y Modificatorias)
18. Llevar a cabo otras pruebas de comprobación de
los saldos de las cuentas que conforman los
estados financieros, respecto a los pasivos
derivados de:
❑ Impuestos,
❑ Remuneraciones,
❑ Bienes y servicios,
❑ Sentencias judiciales ,
❑ Operaciones de endeudamiento,
❑ Entre otras cuentas.
Pruebas de comprobación de los saldos
g.
19. acciones respecto a RECOMENDACIONES
Implementar con la debida diligencia, las
DE
DEFICIENCIAS SIGNIFICATIVAS, expuestas en el
dictamen de auditoría financiera de años
precedentes.
Adoptar las acciones que permitan superar las
ALERTAS TEMPRANAS comunicadas, producto de
las auditorías financieras del año en curso, con el
fin de proporcionar información financiera
razonable.
h. Recomendaciones de Deficiencias significativas
20. Modulo de Instrumentos Financieros
k.
Establecer políticas para que los responsables
de las oficinas de Contabilidad y de Tesorería
determinen, concilien y corrijan las
diferencias del saldo financiero y el saldo
contable de los activos y pasivos financieros
que forman parte de la información financiera
de la Entidad, con aquellos registrados en el
Módulo de Instrumentos Financieros.
Directiva Nº 001-2018-EF/52.05
R.D. N° 012-2018-EF/52.05
Módulo de Instrumentos Financieros (MIF)
Link: https://apps4.mineco.gob.pe/mif/login
Las consultas acerca del indicado aplicativo
deben realizarse al correo mif@mef.gob.pe
22. Conciliación de Marco Legal y Ejecución del Presupuesto:
La conciliación del marco legal y ejecución del presupuesto, es un procedimiento
de aplicación interna, entre las Oficinas de Presupuesto con las Oficinas de
Contabilidad o las que hagan sus veces en las Entidades del Sector Público.
23. Es el procedimiento mediante el cual, las entidades públicas a través de las unidades orgánicas presupuestarias (Oficina
de presupuesto) en coordinación con las Oficinas de Contabilidad o las que hagan sus veces:
COMPARAN:
Presupuesto Institucional de
Apertura (PIA)
Presupuesto Institucional
Modificado (PIM)
1. Dispositivos legales
presupuestarios y resoluciones
2. Ejecución presupuestaria de
ingresos y gastos reconocidos
Establece
Procedimientos Plazos
Eficiencia en tiempo
Conciliación de Marco Legal y Ejecución del Presupuesto:
24. Conciliación de Marco Legal y Ejecución del Presupuesto:
La aplicación
conformación
de este procedimiento
de una carpeta, conteniendo
reportes y dispositivos legales que sustentan
requiere la
los
la
información; tales como, resoluciones de aprobación
del Presupuesto Institucional
Modificado,
de Apertura, del
de las
Presupuesto Institucional
modificaciones presupuestarias y los reportes
desagregados de la ejecución de ingresos y gastos.
Resoluciones
por tipo de
modificación –
tipo 007
(Reducciones)
+ notas
presupuestales
Resoluciones
por tipo de
modificación –
tipo 003
(Créditos y
anulaciones) +
notas
presupuestales
Resoluciones
por tipo de
modificación –
tipo 002
(Créditos
suplementarios
) + notas
presupuestales
Resoluciones
por tipo de
modificación –
tipo 001
(Transferencias
de partidas) +
notas
presupuestales
HTRI- Hoja de trabajo de
resoluciones de ingresos y
HTRG- Hoja de trabajo de
resoluciones de Gastos.
25. Conciliación de Marco Legal y Ejecución del Presupuesto:
Las Entidades usuarias del Sistema Integrado de Administración Financiera SIAF-SP (cliente), deben utilizar
el Módulo “Conciliación de Operaciones SIAF-SP”, a fin de comparar los importes de la ejecución de
ingresos, gastos y notas de modificación presupuestaria, con la base de datos central del Ministerio de
Economía y Finanzas, para garantizar la integridad de los importes conciliados.
BD
(Oracle)
Data
SIAF Cliente
UE MEF
Proceso de conciliación –
sincronización de datos
conocer y subsanar
diferencias
26. PASO 1.
Generar Solicitud
Por fecha de Documento
009 Compromiso y Recaudado
011 Devengado
017 Compromiso Anual
019 Girado
Notas de Modificación Presupuestal
003 Notas de Modificación Presupuestal
PASO 2.
Conciliar
PASO 3.
Consultar Diferencias
Si encontramos diferencia en:
009 solicitamos la 010
011 solicitamos la 012
017 solicitamos la 018
019 solicitamos la 020
Diferencias
NO
Transmisión.
FIN
SI
Comunicarse
con el
implantador o
Generar TICKET
PASO 1.
Generar solicitud
27. Conciliación de Marco Legal y Ejecución del Presupuesto:
La conciliación presupuestaria culmina con la firma del acta de uso interno de la entidad, denominada
“Acta de Conciliación del Marco Legal y Ejecución del Presupuesto” (Anexo 5 del Instructivo) la cual, en
señal de conformidad, debe ser firmada y mantenida en custodia por los representantes de las Oficinas de
Presupuesto y de las Oficinas de Contabilidad o las que hagan sus veces.
28. Conciliación de Marco Legal y Ejecución del Presupuesto:
La DGCP puede solicitar a la entidad, el “Acta de Conciliación del
Marco Legal y Ejecución del Presupuesto”, cuando lo considere
necesario, con fines de la supervisión de la aplicación de la normativa
emitida y de la elaboración de la Cuenta General de la República.
El “Acta de Conciliación del Marco Legal y Ejecución del
Presupuesto”, tiene el carácter de declaración jurada. La
información contenida en dicho documento, se considera cierta
y permite el seguimiento del Presupuesto Institucional de
Apertura, del Presupuesto Institucional Modificado y de la
ejecución presupuestaria de ingresos y gastos de la entidad.
29. Los EEPP se elaboran en base a las asignaciones aprobadas en la Ley Anual de Pto del Sector
Público y en las modificaciones autorizadas a nivel institucional en el marco de las normas
emitidas por la DGPP.
Las Entidades deben efectuar la conciliación entre la información presupuestaria y
financiera utilizando el reporte Anexo 1 del EF-2, para validar la correspondencia
entre la ejecución presupuestaria de los ingresos y gastos (EP-1) con los saldos de
los conceptos del Estado de Gestión (EF-2), con la explicación de las diferencias.
Las notas deben ser elaboradas de acuerdo con el Anexo 4 Guía Para Elaborar las Notas a
los Estados Financieros y Presupuestarios del Instructivo.
Los Estados Presupuestarios que muestren el marco legal del presupuesto
deben ser presentados en Soles con enteros y aquellos que muestren la
ejecuciónpresupuestaria, son presentados en Soles con dos decimales.
Estados
Presupues-
tarios
30. Verificar que la ejecución del gasto por cada rubro en el reporte del EP-1, no
exceda a la ejecución de ingresos registrado. Se exceptúa para los casos señalados
en la Resolución Directoral N° 060-2019-EF/52.03 modificado con Resolución
Directoral N° 001-2021-EF/52.03, en el rubro 19. Recursos por Operaciones
Oficiales de Crédito.
Acciones Previas a la Conciliación del Marco Legal y Ejecución del Presupuesto
31. Verificar que el registro de ingresos en el reporte del Estado de Ejecución del
Presupuesto de Ingresos y Gastos (EP-1) no muestre importes negativos; salvo el
registro en el clasificador 1.5.1 1.3, que corresponde a diferencial cambiario.
Acciones Previas a la Conciliación del Marco Legal y Ejecución del Presupuesto
32. Acciones Previas a la Conciliación del Marco Legal y Ejecución del Presupuesto
Verificar que el reporte del Anexo PP2, no muestre variaciones con importes
negativos a nivel específica y genérica de gasto; es decir verificar que no exista
mayor gasto en las trasmisiones mensuales; así como en la presentación de
información presupuestal de periodos intermedios.
33. Verificar que el reporte del anexo PP2, no muestre importes negativos a nivel
específico de gasto, en lo que corresponde a la columna “Presupuesto Institucional
Modificado - PIM”.
Acciones Previas a la Conciliación del Marco Legal y Ejecución del Presupuesto
34. Las transferencias financieras recibidas se visualizan en el reporte de ejecución de
ingresos automáticamente, no requiere efectuar registro administrativo de ingreso
con tipo de operación “Y”, rubro 13. Donaciones y Transferencias, sino se generará
doble registro presupuestal. Efectuar el registro del marco presupuestal en el
módulo SIAF - Módulo Contable - Transferencias Financieras, siempre y cuando ese
marco presupuestal muestre ejecución.
Verificar que la columna “variación” del reporte de transferencias
recibidas – TFR y transferencias Financieras Otorgadas - TFO, no
muestre importes negativos. Asimismo, la entidad debe realizar el cierre
de las transferencias financieras recibidas y transferencias financieras
otorgadas a nivel ejecutora y pliego.
Efectuar la conciliación y firmas de las actas de transferencias financieras
recibidas y transferencias financieras otorgadas, según corresponda. En el
caso de entidades que mantengas reciprocidad con las sociedades de
beneficencia, comunicarse con el sectorista correspondiente a fin de
exceptuar la firma de dicha acta.
Transferencias Financieras Recibidas y Otorgadas
36. Otras Disposiciones en la Información Presupuestaria
A partir del ejercicio 2022 se ha eliminado el tipo de financiamiento
correspondientes a los rubros 13. Donaciones y Transferencias y 19.
Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, en el formato Ejecución del
Presupuesto de Ingresos y Gastos – EP-1
37. Otras Disposiciones en la Información Presupuestaria
Verificar que el registro de las notas de modificación presupuestaria del
saldo del balance, estén incorporadas con tipo de modificación 002 –
Créditos Suplementarios y no con el tipo de modificación 001
Transferencias Institucionales.
40. Conforme a la implementación progresiva de las NICSP, y en tanto la DGCP
establece la regulación para la adopción plena, las Entidades debe preparar
los estados financieros en base a los Principios de Contabilidad
GeneralmenteAceptados (PCGA), emitidas por la DGCP.
- Pronunciamientos técnicos
- Directivas Contables
- Otras Disposiciones La entidad definirá sus políticas contables y aplicará en
forma supletoria los requerimientos técnicos prescritos en las
NICSP, emitidas por el IPSASB y aprobadas en el Perú por la
DGCP
P C G A En los casos no regulados
por la DGCP
Con fines del análisis técnico contable de las transacciones y otros eventos
económicos, los representantes en las entidades deben aplicar el juicio profesional
crítico, realizando una exhaustiva revisión de la normativa contable y de casos similares
que puedan ser utilizados como referencia.
Marco contable para la preparación de la información financiera
41. Presentación de Estados Financieros
ActivoCorriente
- Espera realizarlo, venderlo, consumirlo
dentro de los 12 meses
- Lo mantiene para negociación.
- Efectivo y equivalente de efectivo (no
restringida)
Lo demás activos se clasifica como no corrientes
PasivoCorriente
- Liquidarlo en el ciclo normal de la operación.
- Liquidarlo dentro de los 12 meses a la fecha
de presentación
- No tiene un derecho incondicional de aplazar
la cancelación del pasivo al menos en los 12
meses siguientes a la fecha de presentación.
Los demás pasivos que no cumplan estas
condiciones se clasifican como nocorrientes
Presentación de Estados Financieros
42. Notas a los Estados Financieros
La Nota 1 Identificación de
Entidad y la
Nota 2 Principales Políticas
y demás notas
deben ser
Contables
explicativas,
elaboradas de acuerdo al
Anexo 4 Guía para Elaborar
las Notas a los Estados
Financieros y Presupuestarios
del Instructivo.
43.
44.
45.
46.
47. Efectivo y equivalentes al efectivo y Estado de Flujos de Efectivo
✓ El dinero en caja
✓ Depósitos bancarios a la vista
✓ Recursos administrados a través de la
Cuenta Única del Tesoro Público
✓ Otros depósitos
✓ Equivalentes de Efectivo (Inversiones
Financieras de corto plazo, con
vencimiento de 3 meses o menos, gran
liquidez, fácilmente convertible en
efectivo y sujetas a un riesgo
insignificante de cambio de valor).
Los gastos con Recursos Ordinarios serán consideradas como
ENTRADAS y SALIDAS de efectivo según los IMPORTES GIRADOS.
Las entradas de Efectivo por Donaciones y Transferencias
deben ser presentadas como ACTIVIDADES DE
OPERACIÓN.
Las entradas de efectivo por asignaciones financieras
distinto a RO, recibidas de la DGTP, que no estén sujetas a
reembolso, deben ser presentadas como TRASPASOS Y
REMESAS RECIBIDAS en ACTIVIDADES DE OPERACIÓN.
Las perdidas o ganancias por diferencia
presentados en forma separada a flujos
de cambio, serán
de actividades de
operación, inversión y financiamiento en el concepto “Diferencia
de Cambio del Efectivo y Equivalentes al Efectivo”.
48. Las Entidades deben evaluar en
cada periodo, si existe evidencia
objetiva del deterioro incurrido en
cuentas por cobrar o grupos de
ellas.
Si esta evidencia existe a la fecha de
presentación, deben determinar el
importe de las estimaciones por
deteriorodel valor.
La ESTIMACIÓN para cuentas de cobranza
dudosa (existe incertidumbre en su
recuperación)
Mientras que el CASTIGO de incobrables
(supone razonable certeza de que tales
saldos no seránrecuperados)
C – 100000 – 006
Cuenta Denominación Debe Haber
1201.99
1201.0302
Cuentas por cobrar de dudosa recuperación
Derechos y Tasas Administrativas
xx/xx Por el Reconocimiento de cobranza
Dudosa
xxxx
xxxx
C – 090000 – 004
Cuenta Denominación Debe Haber
5801.05
1209.01
Estimación de cobranza dudosa
Cuentas por cobrar
xx/xx Por el registro de la perdida por
deterioro de cuentas por cobrar
xxxx
xxxx
C – 100000 - 007
Cuenta Denominación Debe Haber
1209.01
1201.99
Cuentas por cobrar
Cuentas por cobrar de dudosarecuperación
xx/xx Por el castigo de cuentas incobrables
xxxx
xxxx
Cuentas por cobrar
49. Propiedades, Planta y Equipo
Los Terrenos y edificios se mantienen registrados conforme a los valores obtenidos de la
aplicación de la Directiva N° 002-2014-EF/51.01 Directiva de Revaluación de Edificios y Terrenos..
Los elementos de PPE de las Entidades deben ser tratados aplicando el Texto Ordenado de la
Directiva Nº 005-2016-EF/51.01.
El excedente de revaluación (patrimonio) de los terrenos y edificios revaluados, es trasladado a
la cuenta contable Ajustes de Ejercicios Anteriores, cuando se produzca el retiro del activo de
los EEFF, por su baja, venta, donación, transferencia u otra transacción.
Los elementos del patrimonio histórico, artístico y/o cultural, se reconocen en forma progresiva, en la
medida en que la DGCP oficialice una norma contable internacional aplicable.
50. >
1/4 UIT
Se registra como ACTIVO
de INTANGIBLE
Se registrarán como
GASTOS
< =
1/4 UIT
APLICATIVOS INFORMÁTICOS
y LICENCIAS
- Cumpla la definición de activo intangible
- Cumpla los criterios de reconcomiendo
- Vida útil estimada mayor a 1 año
- Costo mayor a 1/4 de UIT
Las entidades establecerán
políticas para tratar sus activos
intangibles generados
internamente, con arreglo a los
párrafos 49 al 65 de la NICSP 31
Activos Intangibles
Activos Intangibles
• Como mínimo, para cada fecha de presentación anual se debe
revisar la vida útil de los activos intangibles.
51. Cuentas
de
Orden
Cuentas
de
Orden
Provisio-
nes
Cuentas
por
pagar
Sentencias resueltas a favor de la entidad en 1ra, 2da instancia .
9110 Cuentas de contingencia
9109 Ctas de contingencia por el contra
Sentencias resueltas en contra de la entidad en 1ra, 2da, casación.
5802 Provisiones del ejercicio
2401 Provisiones
Sentencias en Calidad Cosa Juzgada y se encuentren en proceso de ejecución.
2401 Provisiones
2103 Cuentas por pagar
Provisiones, pasivos contingentes
Los procesos judiciales y arbitrales en contra del Estado, deben ser
tratados en forma exclusiva de acuerdo al presente literal (Lo que indica la
Directiva) y según el registro que realizan los Procuradores Públicos o
quienes hagan sus veces, a través del aplicativo web “Demandas
Judiciales y Arbitrales en Contra del Estado”:
Demanda Interpuestas contra la entidad.
9110 Cuentas de contingencia
9109 Ctas de contingencia por el contra
La Entidad debe revelar
en notas, una breve
descripción de la
naturaleza y el
momento previsible en
que se produciría la
cancelación de las
obligaciones
52. Se reconocen
como PASIVO
Tratamiento transferencias efectuadas a la Contraloría
Conciliación de operaciones recíprocas entidades y contraloría
A las entidades de los tres niveles de gobierno, el registro contable
de las transferencias efectuadas a la Contraloría para el
financiamiento de los exámenes de auditoría, debe registrarse con
cargo a la cuenta 1205.98 Otros. (Activo Diferido)
Las entidades que requieran efectuar la reclasificación pueden
hacerlo utilizando la operación complementaria C-100000-292, con
el fin de conciliar con la Contraloría, que registra las transferencias
recibidas con abono a la cuenta 2501.99 Otros Ingresos Diferidos.
(Pasivo Diferido)
53. Consolidación de información financiera relacionada a operaciones recíprocas
•Están obligados a conciliar
todas las transacciones
recíprocas que mantengan
en cada periodo de
presentación, incluyendo
las transferencias
entregadas y/o recibidas
•Sin embargo, no se
encuentran obligadas a
considerar como
operaciones recíprocas
las transacciones cuyos
importes sean menores
o iguales al 10% de la
UIT vigente, derivadas de
la rendición de cuentas
de expedientes SIAF
ejecutados con tipos de
operación:
• (A) Encargo Interno,
•(AV) Encargo Interno
para Viáticos,
•(C) Apertura de la Caja
Chica,
•(E) Encargos,
•(RC) Rendición y
Reembolso de la Caja
Chica o similares.
56. Se ha exceptuado las actas de operaciones reciprocas del I trimestre y I
semestre 2022 con cargo a regularizar.
57. Contactos para la firma de actas de conciliación de operaciones recíprocas con la Dirección
General del Tesoro Público:
Contacto para la coordinación de la firma del Acta de Transferencias Financieras con los funcionarios del Banco
de la Nación:
58. Corrección de errores contables de ejercicios anteriores
La Corrección de errores contables relacionados con cuentas de resultados de ejercicios
anteriores, independientemente de su importe, es responsabilidad de cada Entidad y son
registrados en la cuenta de Resultados Acumulados, con excepción de los registros que requieran
reclasificaciones.
Correccionespor erroresacaecidosen el ejerciciovigente, la Entidad debe efectuar la
corrección utilizando cuentas de resultadosdel ejerciciode ingresoso de gastos, según
corresponda.
Las correcciones de errores contables de ejercicios anteriores que no hubieran reconocido
en la información financiera al 31 de diciembre de un ejercicio fiscal, quedan comprendidas
en el proceso de DSC.
60. Presentación de la información financiera y presupuestaria
• Las Entidades presentan su información en el aplicativo
“Presentación Digital de la Rendición de Cuentas”,
mediante la firma electrónica.
• En el aplicativo “Presentación Digital de la Rendición de
Cuentas”, las Entidades generarán y presentarán las Hojas
de Presentación (Hoja 1 y Hoja 2) y el oficio a la DGCP,
documentos que serán suscritos con la firma electrónica; y
generan la hoja de ruta para el envío automático a la DGCP
del MEF.
61. Obligaciones y responsabilidades
Es responsabilidad de la/del titular de la
entidad o de la máxima autoridad
administrativa o quien haga sus veces,
suscribir y/o presentar las rendiciones
de cuentas.
Están obligados a CUMPLIR con la rendición de
cuentas que represente de manera integral y con
fiabilidad las transacciones y
económicos realizados en la
otros
gestión
hechos
pública,
sustentados con su respectiva documentación física
o electrónica y a suscribir y/o presentar por medio
digital, la rendición de cuentas de acuerdo al
artículo 23 del TUO del Decreto Legislativo N° 1438.
Suscribe y/o presenta los periodos intermedios
(trimestral y semestral). La/El titular de la entidad
puede delegar esta función en la máxima autoridad
administrativa o quien haga sus veces.
El Titular de la
entidad
El Jefe de
OGA
El Jefe de
Contabilidad
El Jefe de
Presupuesto
El Titular de la
entidad
62. La máxima autoridad administrativa de la
entidad, dispone y supervisa que los
funcionarios y los servidores, proporcionen
a las Oficinas de Contabilidad o las que
hagan sus veces, toda información sobre
transacciones y otros hechos económicos
con fines de la preparación de la
información financiera e información
presupuestaria.
Obligaciones y Responsabilidades
Artículo 8, Numeral 8.3 del D.S. 057-2022-EF TUO del D.L N° 1438 del SNC
63. Determinación de entidades omisas
❖ Aquellas que no cumplan con presentar la información requerida en los plazos
que establezca la DGCP en el Anexo 2 del instructivo.
❖ Aquellas cuya información del Anexo 1 del instructivo, sea calificada como
inconsistente.
❖ Aquellas cuya información del Anexo 1 del instructivo, sea calificada como
incompleta.
Para la información financiera e información presupuestaria de los
periodos intermedios, el incumplimiento a suscribir y/o presentar, da
lugar a la notificación de la falta al titular de la entidad o a la máxima
autoridad administrativa o a quien haga sus veces la condición de
omisa, listado que se publica en la sede digital del MEF, a fin que se
adopten las medidas correctivas.
64. INSTRUCTIVO PARA LA PRESENTACION DE LA INFORMACION
FINANCIERA Y PRESUPUESTARIA
65. Anexo
1
Anexo
2
Anexo
3
Anexo
5
Información Financiera e Información Presupuestaria a reportar por las Entidades
Plazos para la Información Financiera e Información Presupuestaria a reportar
en el ejercicio fiscal 2022
Guía para Elaborar las Notas a los Estados Financieros y Presupuestarios
Anexo 1) Ejemplos de revelaciones específicas de la Entidad y de políticas contables significativas
4 2) Guía de notas a los estados financieros
3) Guía de notas a los estados presupuestarios
Medios para reportar la Información Financiera e Información Presupuestaria
Acta de Conciliación del Marco Legal y Ejecución del Presupuesto
Instructivo
Contenido del Instructivo
66. El personal responsable de la entidad debe
transmitir,
información
suscribir y/o presentar la
financiera e información
presupuestaria mensual, trimestral y
semestral, conforme a los plazos
establecidos en el Anexo 2 del Instructivo.
Numeral 4.1 del instructivo aprobado Por la RD N° 007-2022-EF/51.01
Numeral 4.3 del instructivo aprobado por la RD N° 007-2022-EF/51.01
Plazos para la presentación de la información financieras y presupuestal de periodos
intermedios
La conciliación presupuestaria del primer trimestre, primer
semestre y tercer trimestre, se efectúa en un plazo que vence
a los diez (10) días calendario anteriores a la fecha
establecida para la entidad, con fines de la presentación de la
información financiera e información presupuestaria del
respectivo periodo. Los funcionarios de la entidad están
obligados al cumplimiento estricto de estos plazos.
69. REGISTRO CONTABLE
Es el acto que consiste en reconocer en la
información financiera e información
presupuestaria, las transacciones y otros hechos
económicos, de acuerdo a su naturaleza, en las
cuentas del plan contable que corresponda,
sustentado con la respectiva documentación física o
electrónica.
Ingresos
Gastos
Operaciones Complementarias
Artículo 14° Numeral 14.1 del D.S. 057-2022-EF TUO D. L. N° 1438 del SNC
70. Compromiso Anual
Registros Administrativos
Documentos Entregados
Contabilización del Segundo Asiento Contable del Devengado
Ingreso a Caja para su devolución a favor de TP con T-6
Transferencias Financieras Recibidas - Distribuciones
1
2
3
4
5
6
Contabilización de
Registros
Administrativos de
Ingresos y gastos
PRINCIPIO DE
OPORTUNIDAD.
Reconocimiento, medición
y presentaciónde las
transacciones y otros
hechos económicosen el
momentoy circunstancia
debida.
71.
72. El registro contable es el acto que
consiste en reconocer en la
información financiera e información
presupuestaria, las transacciones y
otros hechos económicos, de acuerdo
a su naturaleza, en las cuentas del
plan contable que corresponda,
sustentado con la respectiva
documentación física o electrónica.
79. 2
3
9
10
11
12
13
Operaciones
Complementarias a
realizar en los meses
de Julio, Agosto y
Setiembre.
1 020000 – 015 Entrega de suministros para consumo
020000 – 031 Entrega de bienes de asistencia social
090000 – 004 Estimaciones y provisiones del Ejercicio (Depreciación, CTS, Vacaciones, Sentencias judiciales)
4 090000 – 023 Vacaciones CAS
5 100000 – 020 Modificaciones presupuestarias de ingresos
6 100000 – 021 Modificaciones presupuestarias de gastos
7 100000 – 060 Anulación y/o reducción proyecciones presupuestarias de gastos
8 190000 – 001, 002, 003, 004, 005, 006, 007 Depuración y Sinceramiento de saldos contables
140000 – 029 Bienes no depreciables
030000 – 003 Rendición documentada de cargas diferidas.
140000 – 019 Garantías recibidas
140000 – 020 Garantías Devueltas
020000 – 009 Bienes corrientes y de capital sobrantes de inventario y alta de bienes
14
020000 – 026 Baja de bienes corrientes y de capital
Etc……
80. Movimiento de bienes de almacén – JUNIO 2022
Cuenta Concepto Saldo Inicial Compras Salidas Saldo Final
1301.0101 Alimentos para consumo H 150.00 50.00 0.00 200.00
1301.0301 Combustible y Carburantes 15,000.00 0.00 11,000.00 4,000.00
1301.050101 Repuestos y Accesorios 18,000.00 0.00 5,000.00 13,000.00
1301.050102 Papelería en general 0.00 10,000.00 7,000.00 3,000.00
1301.050301 Aseo, Limpieza y Tocador 0.00 2,000.00 2,000.00 0.00
1301.0601 De vehículos 0.00 0.00 0.00 0.00
TOTAL 33,150.00 12,050.00 25,000.00 20,200.00
1 020000 – 015 Entrega de
suministros para
consumo
La oficina de ALMACÉN
o la que haga las veces
es la responsable de
proporcionara la Oficina
de Contabilidad.
81. Concepto Saldo Inicial Compras Salidas Saldo Final
Leche Evaporada
Hojuelas
0.00
0.00
30,000.00
15,000.00
20,000.00
10,000.00
10,000.00
5,000.00
TOTAL 0.00 45,000.00 30,000.00 15,000.00
Productos del Programa de Vaso Leche – JUNIO 2022
020000 – 031 Entrega de bienes
de asistencia social
2
82. 090000 – 004 Estimaciones y
provisiones del
Ejercicio -
Depreciación
3
El área de CONTROL
PATRIMONIAL o la que
haga las veces es la
responsable de
proporcionar a la Oficina
de Contabilidad.
83. 090000 – 004 Estimaciones y
provisiones del
Ejercicio - CTS
3
El área de PERSONAL es
la responsable de
proporcionar a la
Oficina de Contabilidad
el Calculo de la CTS.
84. 3 090000 – 004 Estimaciones y
provisiones del
Ejercicio – Vacaciones
El área de PERSONAL es
la responsable de
proporcionar a la
Oficina de Contabilidad
la provisión de las
Vacaciones
85. 4 090000 – 023 Vacaciones CAS
El área de PERSONAL es
la responsable de
proporcionar a la
Oficina de Contabilidad
la provisión de las
Vacaciones
94. PP1- (00) = 8201 + 8501
PP2 = 8301 + 8401 + 8601
EP1 (Ingresos) - RO = 8501 EP1 (Gastos) = 8601
Se retiro el nivel de agrupación de los por el tipo de financiamiento Rb 13 y 19
Se Adiciono los Rubro 09, 13 y 19
• Se retiro el formato el Anexo EP1 por Tipo de Financiamiento y Tipo
de Recurso
• Se incorporo el Anexo EP-1 por Especifica
104. Cierre Financiero – Cierre Operaciones Reciprocas – Cierre notas a las EEFF – Cierre Notas complementarias
EEFF – Anexos Financieros – Otros Anexos – Información Adicional Financiera – Notas a los EEFF
Validaciones Financieras – Validaciones de cuentas Contables – Validaciones de operaciones reciprocas –
Conciliación de operaciones SIAF – Operaciones Reciprocas Recibidas
105. Se ha retirado la opción de
la información Presupuestal
Por la aplicación del Artículo
17 del D. S. 057-2022-EF
TUO del SNC
Artículo 17, Numeral 17.1 del D.S. 057-2022-EF TUO del D. Leg. 1438 SNC: La
conciliación del marco legal y ejecución del presupuesto, es el procedimiento
mediante el cual, las entidades públicas a través de las unidades orgánicas
presupuestarias en coordinación con las Oficinas de Contabilidad o las que hagan
sus veces, COMPARAN el Presupuesto Institucional de Apertura y el Presupuesto
Institucional Modificado, con los dispositivos legales presupuestarios; así como la
ejecución presupuestaria de ingresos y gastos reconocidos durante el periodo
que es objeto de conciliación
106.
107. 1101.12
1101.03
1101.04
Conciliación de resultados de ejecución presupuestal con el saldo de
Balance
https://apps4.mineco.gob.pe/siafwebcontapp/
Se registra los aumentos y disminuciones del saldo de balance
El saldo de la fila D debe ser igual al saldo del clasificador 191111 del EP-1
Se registra saldo del balance de comprobación de la cuentas 1101
Desagregar el monto de la Fila E
Desagregar el monto de la Fila D