1. República Bolivariana de Venezuela.
Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria.
Universidad Politécnica Territorial “Andrés Eloy Blanco”.
Barquisimeto – Lara.
Integrantes:
-Julio Liscano C.I. 23811138
-Ada Rodriguez C.I 26779364
-Mirna Mendoza C.I 19571217
-Roibsymar Palencia C.I 26399708
-Jhosmeylin Rodriguez C.I 24326311
2. Sección 200: Situaciones de los Profesionales de
Contabilidad en Libre Ejercicio
Esta parte no describe las
circunstancias en las que el
contador se pueda encontrar
que originen amenazas con
respecto al cumplimiento de
los principios. Por lo tanto, es
recomendable que el
profesional en ejercicio tenga
una especial y única atención
para las posibles existencias
de relaciones y
circunstancias.
El profesional en ejercicio no
podrá realizar ningún negocio
o actividad que dañe la
integridad o la buena
reputación del mismo, ya que
seria incompatible con los
principios.
El cumplimiento de los
principios fundamentales
puede verse amenazado
por una amplia gama de
circunstancias. La
importancia de las
amenazas puede ser
dependiendo de la
relación que surja con la
prestación de servicios
con el cliente de auditoria.
3. El contador en ejercicio
buscará como determinar
y aplicar un modo para
enfrentar las amenazas
que no son aceptables,
mediante la aplicación de
salvaguardas para
reducirlas o eliminarlas.
Según el encargo, el
profesional en ejercicio
puede apoyarse en
salvaguardas
recomendadas por el
cliente. Sin embargo, no es
recomendable confiar en
dichas salvaguardas para
reducir las amenazas.
4. Sección 210: Aceptación de Clientes y Encargos
-Antes de la aceptación de
un nuevo cliente, el
profesional deberá
determinar si la misma
origina amenazas de los
asuntos cuestionables
relacionados con el cliente,
que afecten la integridad o
el comportamiento del
profesional.
-Antes de la aceptación de un
encargo el profesional de la
contabilidad tendría que
determinar si la misma
originaria una amenaza de
interés propio en relación a la
competencia de los
profesionales que el equipo de
encargo no pueda adquirir.
-Cuando el contador tenga la
intención de confiar en el
trabajo de un experto deberá
asegurar si dicha confianza está
considerada incluyendo:
*Reputación.
*Especialización.
*Normas y éticas profesionales.
5. Sección 220: Conflictos de Intereses
Para evitar originar conflictos de
intereses, el contador deberá tomar
medidas necesarias sobre el asunto.
Los objetivos pueden verse
amenazados cuando el contador en
libre ejercicio compite directamente
con el cliente o tiene un negocio
similar a uno de los principales
competidores del cliente.
El contador en libre
ejercicio hará una
evaluación sobre las
posibles amenazas que
puedan existir, y
cuando sea necesario
se aplicarán
salvaguardas para
reducirlas a un nivel
aceptable.
Cuando un conflicto
de intereses crea
una amenaza, el
profesional en libre
ejercicio no
aceptará un
determinado
encargo o se
retirará del mismo.
6. Sección 230: Segundas Opiniones
Cuando en alguna ocasión se le pide al
profesional que aporte una segunda
opinión sobre las normas o principios
de la contabilidad, de auditoría o de
otros informes, pueden estar
amenazadas las competencias de
profesionales en situaciones en las que
las evidencias no están
fundamentadas.
Cuando se solicite cualquier
opinión de este tipo el
profesional en ejercicio evaluará
la importancia de cualquier
amenaza que pueda existir, y en
lo que sea necesario se aplicarán
medidas para reducirlas o
eliminarlas.
7. Sección 240: Honorarios y otros tipos de
remuneración.
Al momento de iniciar
negociaciones
relacionadas a los
servicios profesionales, el
contador en libre
ejercicio puede proponer
los honorarios que sean
necesarios.
La existencia de una
amenaza y la importancia
de la misma, van a
depender de los factores
tales como el nivel de
honorarios y a los
servicios referidos.
El profesional en libre
ejercicio puede pagar
honorarios para obtener un
cliente, es decir, cuando el
cliente aun siendo cliente de
otro profesional requiere de
los servicios especializados
que el profesional actual no
puede ofrecer.
El contador en libre
ejercicio puede adquirir la
totalidad o parte de otra
firma asegurando que los
pagos serán efectuados a
las personas que
anteriormente eran
propietarias o a sus
herederos.
8. Sección 250: Marketing de Servicios
Profesionales
Cuando el profesional de
contabilidad busca
conseguir un nuevo trabajo
mediante publicidad puede
originar una amenaza de
interés propio en relación al
cumplimiento del
comportamiento profesional
cuando los productos son
publicados de una forma no
coherente.
Al momento de realizar
acciones de marketing
de servicios
profesionales el
profesional no dañará la
reputación de la
profesión, es decía, será
honesto y sincero.
Si el profesional de
contabilidad llega a
tener dudas sobre si
una forma de
marketing es adecuada,
existe la posibilidad de
consultar al organismo
competente.
9. Sección 260: Regalos e Invitaciones
Puede ocurrir que un cliente ofrezca
regalos o invitaciones a un
profesional de contabilidad, dicho
ofrecimiento puede surgir una
amenaza de interés propio ya que
existe la posibilidad de que dichos
ofrecimientos se hagan públicos y
originar una intimidación
relacionada con la objetividad.
La importancia de la amenaza que puede
originar los ofrecimientos dependerán de
su naturaleza y la intención del mismo, un
tercero bien informado considerara que los
regalos ofrecidos son insignificantes y el
profesional podrá asegurar que se realizó
sin ningún tipo de compromiso que tenga
que ver fuera de los negocios.
10. Sección 270: Custodia de los activos de un
Cliente
El profesional de la contabilidad
no se hará cargo de las custodias
de la suma de dinero ni de otros
clientes, a menos que sea
autorizado para ello, y en ese
caso, lo hará con cualquier deber
legal que se le haya impuesto.
Como parte de los procedimientos
de aceptación de clientes y
encargos que implique la tenencia
de activos de un cliente, el
contador realizará la investigación
necesaria para dar con el origen de
los activos y considerar las
obligaciones requeridas.
11. Sección 280: Objetividad – Todos los
servicios
Un contador en libre
ejercicio deberá determinar
si existen amenazas a la
objetividad al prestar
cualquier servicio
profesional dependiendo de
las circunstancias y
naturaleza del trabajo que
está efectuando.
Cuando el profesional
preste un servicio que
incluya un grado de
seguridad, será
independiente del cliente
del encargo.
La existencia de amenazas
relacionadas con la
objetividad cuando se presta
algún servicio va a depender
de las circunstancias del
encargo y de la naturaleza del
trabajo realizado.
12. Sección 290: Independencia, Encargos de
Auditoría y de Revisión.
El objetivo de esta sección es
facilitar a las firmas de
auditoría y a sus miembros la
aplicación del marco
conceptual de lograr y de
mantener la independencia.
Los encargos
proporcionan un grado
de seguridad en los que
el profesional expresa
una conclusión de
estados financieros.
En los encargos de
auditoría deben ser de
interés público, como el
Código de Ética lo exige.
Los miembros de los
equipos de auditoría y
las firmas que sean
independientes de los
clientes.
-Independencia
Aparente: Supone que los
hechos y circunstancias
relevantes se deben evitar
para que un tercero bien
informado concluya que la
integridad y la objetividad
profesional se hayan vistos
comprometidos.
Para tomar la decisión si se
debe continuar o no un
encargo, la firma evaluará e
identificará las amenazas en
relación con la
independencia.