3. PERITAJE EN EL
AMBITO PENAL
Consiste en determinar la pre
existencia de lo que es materia del
delito, cuantificar y/o valorizar los
daños infligidos en la escena de la
controversia, identificar los autores
del delito, para ello se debe efectuar
una pericia valorativa, determine
perjuicio y verificar su pre
existencia del bien
4. Antes de designar, el instructor
deberá tomar las medidas
necesarias para evitar que
existan contradicciones entre
los materiales relacionados con
el proceso penal que serán
enviados al perito.
Durante la investigación penal, es
necesaria los conocimientos
especiales para esclarecer aquellas
cuestiones que lo requieran.
5. El perito trabajará con las pruebas
que le sean entregadas y escribirá su
conclusión a las cuestiones que se le
pidan, con la excepción de los
peritajes que se realizan en personas
vivas, por ejemplo, test psicológicos,
exámenes médicos, etc.
Las conclusiones de los peritos
sobre materiales del proceso penal
en el que existan contradicciones,
pueden contener varias alternativas.
8. • Aplica al territorio zonificado limitado en vía aérea por el estado,
determinar la ubicación del delito, la acción y/o manifestación del
resultado por lo cual hay extinción, son delitos de índole políticos y
cuando hay absolución o si ya cumplió la pena.
Espacial
• Se prescribe la aplicación que sea la más favorable para el reo, el juez
otorgara la condena que más se acomode o también la sustitución
adecuada se está teniendo en cuenta el proceso efectivo.
Temporal
• Otorga garantía su igualdad jurídica según lo dispuesto en la
constitución, edad y funcionalidad. se justifica la sanción solo con
reducción de pena y por otro lado los procedimientos antejuicio político y
el juicio político.
Personal
9.
10. Contra la
vida el
cuerpo y la
salud
Contra la
familia
Contra la
confianza
y buena fe
en los
negocios
Contra los
derechos
intelectuales
Contra
la
libertad
Contra el
honor
Contra el
patrimonio
Contra el
patrimonio
cultural
Contra el
orden
económico
Contra el
orden
financiero y
monetario
11. Contra la
voluntad
popular
Contra los
Poderes
del Estado
Contra el
Estado y la
Defensa
Nacional
Contrala fe
publica
Contra la
administración
publica
Delitos
tributarios
Contra la
seguridad
publica
Delitos
ambientales
Contra la
humanidad
Delitos
contra la
tranquilidad
publica
13. CODIGO PROCESAL PENAL
LIBRO SEGUNDO: LA ACTIVIDAD PROCESAL
SECCIÓN II: LA PRUEBA
TÍTULO II: LOS MEDIOS DE PRUEBA
CAPÍTULO III: LA PERICIA
La pericia se encuentra normado y desarrollado en el nuevo
Código Procesal Penal en los artículos 172° al 181°
14. ARTÍCULO 172° PROCEDENCIA
La pericia procederá
siempre que, para la
explicación y mejor
comprensión de algún
hecho, se requiera
conocimiento
especializado de
naturaleza científica,
técnica, artística o de
experiencia
15. ARTÍCULO 173° NOMBRAMIENTO
El Juez competente, y, durante la Investigación Preparatoria, el
Fiscal o el Juez de la Investigación Preparatoria en los casos de
prueba anticipada, nombrará un perito.
Sin embargo, se podrá elegir dos o más peritos cuando
resulten imprescindibles por la considerable complejidad
del asunto o cuando se requiera el concurso de distintos
conocimientos en diferentes disciplinas.
16. ARTÍCULO 174° PROCEDIMIENTO DE DESIGNACIÓN Y
OBLIGACIONES DEL PERITO
El perito designado conforme al
numeral 1) del artículo 173° tiene
la obligación de ejercer el cargo,
salvo que esté incurso en alguna
causal de impedimento.
Prestará juramento o promesa de honor de
desempeñar el cargo con verdad y
diligencia, oportunidad en que expresará si
le asiste algún impedimento.
17. ARTÍCULO 175° IMPEDIMENTO Y
SUBROGACIÓN DEL PERITO
Tampoco lo será quien haya sido nombrado perito de parte en el mismo
proceso, quien está suspendido o inhabilitado en el ejercicio de su
profesión, y quien haya sido testigo del hecho objeto de la causa.
No podrá ser nombrado perito, el que se encuentra incurso en las
mismas causales previstas en los numerales 1) y 2) ‘a’ del artículo
165°.
18. ARTÍCULO 176° ACCESO AL PROCESO Y
RESERVA
El perito tiene acceso al expediente y demás
evidencias que estén a disposición judicial a
fin de recabar las informaciones que estimen
convenientes para el cumplimiento de su
cometido.
19. ARTÍCULO 177° PERITO DE PARTE
Producido el nombramiento del perito, los
sujetos procesales, dentro del quinto día de
notificados u otro plazo que acuerde el Juez,
pueden designar, cada uno por su cuenta,
los peritos que considere necesarios.
20. ARTÍCULO 178°
CONTENIDO DEL
INFORME PERICIAL
OFICIAL
Nombre, apellido, domicilio y DNI del perito,
N° de su registro profesional
Descripción de la situación o estado de
hechos
Exposición detallada
Motivación o fundamentación del
examen técnico
Indicación de los criterios científicos o
técnicos, médicos y reglas
Conclusiones
Fecha, sello y firma
21. ARTÍCULO 179° CONTENIDO
DEL INFORME PERICIAL DE
PARTE
El perito de parte, que discrepe con las conclusiones del informe
pericial oficial puede presentar su propio informe, que se ajustará a las
prescripciones del artículo 178°, sin perjuicio de hacer el análisis crítico
que le merezca la pericia oficial.
22. ARTÍCULO 180° REGLAS
ADICIONALES
El Informe pericial oficial será único. Si
se trata de varios peritos oficiales y si
discrepan, cada uno presentará su
propio informe pericial.
El plazo para la presentación del
informe pericial será fijado por el Fiscal
o el Juez, según el caso
23. ARTÍCULO 181° EXAMEN PERICIAL
El examen o interrogatorio del perito en la audiencia se orientará a obtener una
mejor explicación sobre la comprobación que se haya efectuado respecto al objeto
de la pericia, sobre los fundamentos y la conclusión que sostiene
24.
25. INFORME PERICIAL
DEMANDANTE: EMPRESA MANUFACTURA ”EL TEJEDOR S.A.”
DEMANDADO: DOS TRABAJADORES DE LA OFICINA DE CONTABILIDAD,Y EL
TESORERO (AUTORIZADO GIRO DE CHEQUES) Y OTROS QUE RESULTAN
RESPONSABLES
DELITO : FALSIFICACION DE DOCUMENTOS CON FINES DE
APROPIACION ILICTA DE RECURSOS Y BIENES EN AGRAVIO DE LA
EMPRESA.
MOTIVO: PRESENTACION DE INFORME PERICIAL
INICIO DE PERICIA: 02 DE MAYO DEL 2012
CONCLUYE: 30 DE MAYO DEL 2012
26. SEÑOR JUEZ SEGUNDO JUZGADO PENAL YANACANCHA.
CPCC. Ross Mery, DELA CRUZ RAMOS, con matricula 16- 521, con domicilio procesal en Avenida
PrimaveraNª217, de esta ciudad. Conteléfono242565, Contador Público Colegiado, nombrada por su
digno despacho con casilla de notificaciones Nª 58. En los seguidos por la EMPRESA
MANUFACTURA “ELTEJEDOR S.A” contra DOSTRABAJADORES DE LAOFICINADE CONTABILIDAD, Y
EL TESORERO(AUTORIZADO GIRO DE CHEQUES) Y OTROS QUE RESULTENRESPONSABLES., a
Ud. Digo:
1. Que he sido nombrada por su despacho cuyo objetivo es; “FALSIFICACIÓN DE DOCUMENTOS
CON FINES DE APROPIACION ILICITA DE RECURSOSY BIENES EN AGRAVIO DE LA
EMPRESA” 2. Para lo cual estoy presentando a su despacho, la
pericia correspondiente dentro de lo siguientes aspectos:
I. INTRODUCCION
27. I. INTRODUCCION
Según documentos emitidos del fiscal provincial de Cerro de Pasco, el Dr. Rolando
SAENZGUADALUPE, nombra como un Perito Contable al CPCC. Ross Mery, DELA CRUZ RAMOS
para realizar la pericia contable a la EMPRESA MANUFACTURA“EL TEJEDOR S.A”, de lo
documentos, acuerdos y registros contables, de los ejercicios económicos 2010 y 2011inclusivepo
los “FALSIFICACIÓN DE DOCUMENTOS CON FINES DE APROPIACION ILICITA DE RECURSOS
Y BIENES EN AGRAVIO DE LA EMPRESA”, cometido dos trabajadores de la oficina d
contabilidad, y el tesorero (autorizado giro de cheques) y otros que resulten responsables.
28. II. ANTECEDENTES
Según el hallazgo efectuado por el jefe de la oficina de control institucional (OCI), funcionario
dependiente de la contraloría general de la República (CGR), contra los dos trabajadores de la
oficina de contabilidad, y el tesorero (autorizado giro de cheques) y otros que resulten responsables en
agravio dela EMPRESA MANUFACTURA “ EL TEJEDOR S.A”, por los delitos de: de fraude:
falsificación de documentos con fines de apropiación ilícita de recursos y bienes en agravio de la
empresa”, de la EMPRESA MANUFACTURA“EL TEJEDOR S.A”. Los denunciados no hicieron
cumplir las normas legales de contabilidad, de adquisiciones, así como el uso de comprobantes no
oficiales, comprobantes de pago y a empleados con anterioridad, comprobantes de pago falsos,
adulteración de comprobantes de pago, falsificación de firmas del Gerente y el pagador,
destrucción y perdida del comprobante de pago.
Estamos ante la situación en la esta empresa obtiene derecho a crédito fiscal mediante
comprobantes falsos, es decir que no corresponden a los que el supuesto emisor emitió y tiene
registrados en su contabilidad, ya sea porque el contenido es falso o por que el documento en sí
29. III. OBJETIVOS:
Demostrar los delitos cometidos por los denunciados en agravio de la Empresa
MANUFACTURA “EL TEJEDOR S.A”, por los delitos de:
falsificación de documentos con fines de apropiación ilícita de recursos y bienes en agravio de la
empresa de la EMPRESA MANUFACTURA “EL TEJEDOR S.A”,
30. IV. EXAMEN PERICIAL
NORMATIVIDAD
La Constitución del Estado
Ley Orgánica del Poder Judicial
Ley Penal
La ley Penal Tributaria regulada por Decreto
Legislativo N°813
Norma internacional de contabilidad Nº 8
Norma internacional de contabilidad Nº 11
D. legal. Nº 774 impuesto a la renta modificado por la
ley Nº 26415
Decretos legislativos Nº s. 799, 810, 869, 881 y las
leyes Nº s. 26731 y 26732
Resolución Nº 01897 SUNAT reglamento del
comprobante de pago.
Código tributario D. leg. Nº 816 modificado por la ley
Nº 26663
Ley Procesal Penal
Ley de Ética del Contador
Ley del Sistema Nacional de Control
Ley de la Contraloría General de la República
31. PROCEDIMIENTOS Y TECNICAS DEL TRABAJO PERICIAL
AÑO 2010.
Acopio de documentos (Documentos de Contabilidad tesorería, bancos, acuerdos, informes)
Comprobantes de pagos falsos
Adulteración de comprobantes de pago
AREA DE CONTABILIDAD:
Integración Contable
Formulación de los Estados Financieros.
Registro y Libro Contables
Documentación (Pedidos, ordenes de compra, informes del tesorero, movimiento de caja)
Área de tesorería, almacén, logística, patrimonio, rentas, presupuestos.
En algún Libro Auxiliar o Voluntario.
AREA DE TESORERIA:
Facturas
Boletas de venta
Tickets
Arqueo de Caja (Actas)
Movimiento de Caja Chica
Comprobante por diversos Conceptos
32. AÑO 2011.
Falsificación de firmas del gerente y pagador
Destrucción o perdida de comprobantes de pago
Comprobantes de pago con inscripciones deliberadamente erróneas.
AREA DE CONTABILIDAD:
Vigencia de los Comprobantes de pagos
Autenticidad de las firmas en los EE.FF
Los resultados matemáticos
La aplicación de las políticas de contabilidad
Los balances y otros documentos de intereses.
El comprobante de pago emitido por el vendedor
Los bienes adquiridos para ser vendidos.
Los bienes, servicios y contratos de construcción que se destinen
a operaciones gravadas
En el Libro de Inventarios y Balances en caso de errores de importes.
En el Libro Diario por haber sido descubiertos antes de pasar el asiento a las cuentas de Libro Mayor.
En el libro mayor cuando el error se produce en el pase estando bien el Libro Diario
AREA DE TESORERIA
Comprobantes internas de la Institución
Cheques
Arqueos de caja sorpresivo
Registro de movimiento de cheques girados y depósitos
Caja Chica
33. V. CONCLUSIONES
•De la pericia efectuada se ha comprobado fehacientemente que el contador y el responsable de tesorería,
ha incurrido en fraudes con los comprobantes de contabilidad, falsificación de documentos con fines de
apropiación ilícita de recursos y bienes en agravio de la EMPRESA MANUFACTURA “EL TEJEDOR S.A ”,
en complicidad con el responsable de tesorería.
•Es el de brindar el marco teórico y práctico de los errores que se presentan en la información financiera de
la empresa que lleven sus registros contables en forma manual.
•Las empresas que llevan la contabilidad en forma computarizada podrán manejar dichos errores con
mayor facilidad debido a que primero se listan las consistencias para su verificación y luego ello se lista los
libros.
•La responsabilidad por detención de fraude y errores recae en la gerencia, responsable de la puesta en
marcha permanente del funcionamiento de un sistema adecuado al control interno.
•Con respecto al departamento de contabilidad hecho la pericia, se ha comprobado la apropiación ilícita de
recursos y bienes en agravio de la EMPRESAMANUFACTURA “EL TEJEDOR S.A” en complicidad con el
responsable de tesorería.
• Debo mencionar que le jefe de la OCI, en merito a los hallazgos realizados por dicha institución, se
34. LA FORTALEZA
¡ “ Yo admiro al hombre
que puede sonreír ante los problemas,
que puede sacar fuerza de la desgracia
y que en la reflexión crece en valentía.
Es característico
De las mentes pequeñas encogerse,
pero aquel que es firme en su corazón
Y cuya conciencia aprueba su conducta
Persevera en sus principios
Hasta la muerte.”
Tomas Paine.