2. Nuestros países de América Latina fueron colonizados por España que
traía consigo la forma de un proceso penal inquisitivo y se encargó de
difundirlo por la mayoría de los territorios en América Latina: Perú,
Chile, Argentina, Colombia, etc.
No obstante de haber sido abolida la inquisición, sus principios
siguieron siendo base para la creación del derecho procesal penal y
aunque las leyes hayan ido evolucionando formándose con mayores
derechos para el procesado y tomando como respaldo la declaración
universal de los derechos humanos, al sistema se le sigue llamando,
“inquisitivo”, y por algo será.
Principios en el sistema inquisitivo
3. Principios en el sistema inquisitivo
Artículo 119.- Interrogatorio
1. Las personas que sean interrogadas deberán
responder de viva voz y sin consultar notas ni
documentos, con excepción de los peritos y de quienes
sean autorizados para ello, incluso los imputados, en
razón de sus condiciones o de la naturaleza de los
hechos o circunstancias del proceso.
2. El declarante será invitado a manifestar cuanto
conozca sobre el asunto de que se trate y después, si es
necesario, se le interrogará. Las preguntas que se le
formulen no serán impertinentes, capciosas ni sugestivas.
4. SISTEMA INQUISITIVO
Cuando las facultades de acusar y juzgar recaían en manos de una misma persona, el juez…
Todo el procedimiento es escrito.
Se maneja de manera secreta, es decir no da ha lugar a la oralidad ni a la publicidad.
El imputado casi siempre declara durante el proceso, y su simple confesión puede ser
prueba suficiente para dictarle una sentencia condenatoria.
Según la gravedad del delito podría tener lugar la prisión preventiva.
El acusado tiene ante el estado la calidad de culpable hasta que se demuestre lo contrario.
5. “El sistema penal acusatorio es un sistema adversarial, donde las partes
(fiscalía y defensa) se enfrentan en igualdad de oportunidades ante un juez
imparcial, quien, con base en las pruebas y argumentos, decide si condena
o absuelve.
También pueden intervenir el ministerio público y la victima: el primero para
salvaguardar el orden jurídico y la segunda para que se le garanticen la
verdad, la justicia y la reparación. Las pruebas se presentan ante el juez
oralmente y con testigos, se someten a debate y confrontación por las
partes ante el juez, quienes se esfuerzan para convencerlo de sus
posiciones.”
El sistema acusatorio
6.
7.
8. DENUNCIAS PRESENTADAS
• La Policía Nacional y el Ministerio Público, conforme a sus funciones,
recibirán obligatoriamente las denuncias presentadas por los/las
ciudadanos/as.
• Cuando las denuncias sean recibidas en las dependencias policiales
deberán consignarse los datos útiles para identificar y ubicar a los sujetos
intervinientes en el hecho (denunciante, testigos y denunciado).
• un/a ciudadano/a concurra a denunciar un hecho presuntamente delictivo
que corresponda a una Unidad Especializada de la PNP , los/las efectivos
policiales de las Comisarías deberán recibirlas obligatoriamente, bajo
responsabilidad funcional. En este caso, dichas denuncias serán remitidas
en el día a la Unidad Especializada, previa comunicación a el/la Fiscal de
turno
9.
10. COORDINACIONES NECESARIAS CON EL SEÑOR
FISCAL
• COORDINACIÓN PARA EL APOYO EN LA REALIZACIÓN DE DILIGENCIAS
EN LA INVESTIGACIÓN PREPARATORIA.
• CADENA DE CUSTODIA
• COORDINACION DE ESTRATEGIAS PARA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL
11.
12.
13. El informe de los peritos oficiales contendrá:
a) El nombre, apellido, domicilio y Documento Nacional de Identidad del perito, así como
el número de su registro profesional en caso de colegiación obligatoria.
b) La descripción de la situación o estado de hechos, sea persona o cosa, sobre los que se
hizo el peritaje.
c) La exposición detallada de lo que se ha comprobado en relación al encargo.
d) La motivación o fundamentación del examen técnico.
e) La indicación de los criterios científicos o técnicos, médicos y reglas de los que se
sirvieron para hacer el examen.
f) Las conclusiones.
g) La fecha, sello y firma.
Estructura del informe pericial en Perú
17. “Para apreciar la prueba pericial, en el juicio oral y público, se tendrá en
cuenta la idoneidad técnico-científica y moral del perito, la claridad y
exactitud de sus respuestas, su comportamiento al responder, el grado de
aceptación de los principios científicos, técnicos o artísticos en que se
apoya el perito, los instrumentos utilizados y la consistencia del conjunto
de sus respuestas ”.
Actividad probatoria de la prueba
pericial
19. ¿Usted como profesional especializado en peritaje contable forense, consignó en su dictamen pericial las
observaciones hechas por el consultor técnico?
¿Usted como profesional especializado en peritaje contable forense, consigno en su dictamen pericial la
relación detallada de la documentación recibida para el desarrollo de su trabajo de campo?
¿Usted como profesional especializado en peritaje contable forense, consignó en su dictamen el objeto y
alcance de la pericia?
¿Usted consignó en su Dictamen los Principios de Contabilidad en que se basó su
examen pericial ?
Preguntas presuntas que harían los abogados de la
defensa en el contrainterrogatorio
20. Estructura de un dictamen pericial homogéneo
El número del
procedimiento
• De la carpeta
fiscal o
expediente
judicial
Indicación de
la autoridad
que ordena la
pericia
Generales y cualificacion
profesional del perito
Relación
documentació
n en custodia
Objeto del
examen
Alcance del
peritaje
Marco
conceptual
Base legal
1
2
21. Descripción de
la situación de
estado de
hecho, sea
persona
• O cosa sobre
lo que se
hizo el
peritaje
Las
observaciones
u objeciones
formuladas
• Por el
Consultor
Técnico
Exposición
detallada de lo
que se ha
comprobado
Motivación o
fundamentació
n del examen
técnico
Indicación de los
criterios científicos,
técnicos, medios
• Y reglas de los que
sirvieron para
hacer el examen
Las
conclusiones
Fecha, sello y firma
3
4
Estructura de un dictamen pericial homogéneo
22. El Derecho comparado moderno presenta como antecedente a la
Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano (Francia,
1789) que decía "La ley no tiene el derecho de prohibir más que las
acciones nocivas a la sociedad. Todo lo que no está prohibido por la ley
no puede ser impedido, y nadie puede ser obligado a hacer lo que ella
no ordena" (Artículo 5).
La revolución francesa y su aporte a las constituciones
del mundo