Los académicos y el desarrollo de las NIIF: Una Invitación a Participar Pag 97, Robert K. Larson, Paul J. Herz, y Sara Kenny York.
1. LOS ACADÉMICOS Y EL
DESARROLLO DE LAS NIIF
JULIETH DIAZ
KENDRY PAYARES
CECILIA REYES
2. LOS ACADÉMICOS Y EL DESARROLLO DE
LAS NIIF: UNA INVITACIÓN A PARTICIPAR
La investigación es
especialmente valiosa para
los organismos de
normalización, ya que es
imparcial, rigurosamente
elaborado, y fundamentado
en la teoría económica, como
es el marco conceptual
3. En la actualidad, los organismos de
normalización independientes de
contabilidad y agencias
gubernamentales están involucradas
en su agenda de informes más
prolífico financiera desde la época
después del crack bursátil de 1929.
4. La globalización, no sólo de las propias
empresas, sino de los mercados
financieros que les suministran capital,
está presionando a los EE.UU. y el resto
del mundo hacia la formación de un
conjunto común de normas de
contabilidad financiera y presentación
de informes, basado en principios más
que en reglas.
5. El IASB está en medio de
una agresiva agenda que
dará lugar a la revisión de
muchas de las normas
existentes y el desarrollo
de nuevas normas,
muchas de ellas abordan
temas críticos de
información financiera.
6. PARTICIPACIÓN ACADÉMICA
PASADA Y ACTUAL CON EL IASB
Aunque no es tan extensa como el deseo de
muchos, los académicos han participado en
el desarrollo de las NIIF. Uno de sus papeles
más visibles en el proceso de establecimiento
de normas es el de la Junta, comité o servicio
de asesoramiento.
7. Creemos que el establecimiento de
normas podría beneficiarse de la
investigación y el conocimiento de
la perspectiva académica, y por lo
tanto, instamos a la comunidad
académica a escribir activamente
cartas de comentarios y la
investigación acción y perspectivas
reflexivas y analíticas sobre los
problemas que enfrentan los
organismos de normalización.
8. Se incluye en el orden del
día son los proyectos de
revisión de normas
relacionadas con la
consolidación,
instrumentos financieros, la
presentación de los estados
financieros, seguros,
leasing, y el
reconocimiento de los
ingresos, para nombrar
sólo algunos.
9. Si bien el compromiso
académico través de la
pertenencia a los órganos
normativos es loable,
creemos que los temas que
el IASB está abordando
actualmente son tan
críticamente importante y
notable que una gama más
amplia de la participación
de los académicos que se
necesita.
10. HOWAND ¿POR QUE PARTICIPAR EN EL
PROCESO DE CARTA DE COMENTARIO?
Contabilidad de establecimiento de normas en la IASB
sigue un proceso similar al de la FASB, con numerosas
oportunidades para comentarios durante el proceso legal.
Muchos proyectos involucran la emisión de un
documento de discusión (DP) al inicio del proceso, el
propósito de este documento es recabar opiniones
sobre el tema y comprender la práctica actual de la
industria.
11. Para un buen número de proyectos
identificados en este trabajo, las
asociaciones de desarrollo ya se han
publicado y debatido, por lo que la
oportunidad para el comentario en ese
momento ya no existe.
Sin embargo, muchos proyectos se
encuentran actualmente en o se están
acercando al borrador para discusión
pública (ED) etapa, y la entrada
académico podría ser muy valioso en
este momento.
12. Las aportaciones de académicos también
serían útiles ya que puede ser una posición
única para hacer frente a la teoría y los
principios tratados en el servicio de
urgencias. Dado que los académicos no están
directamente afectados por la emisión de
una NIIF nueva, que pueden ser más "libre"
para explorar la norma holística o desde
varios aspectos.
13. La participación de la comunidad
académica es esencial para que
nuestras actividades han de ser lo más
eficaz posible" La Fundación NIIF, la
entidad que controla el IASB, desea la
participación de los académicos en el
debido proceso de IASB y el Comité de
Interpretaciones de las NIIF, incluyendo
la participación a través de cartas de
comentarios.
14. La falta de participación de los
académicos es perjudicial para la
legitimidad de normas de contabilidad,
ya que permite a los grupos de interés
que escriben cartas de comentarios
para tener más influencia que a veces
aumenta la politización del proceso.
15. Si bien la investigación pertinente es importante
elaboran las normas, la participación académica
debe comprender una comunicación clara de los
resultados de investigación mediante el proceso
carta comentario.
Investigación inicialmente da lugar a estudios y
artículos académicos, pero deben tener éstos
un paso más allá y las traducen en aportes
comprensibles, útiles en las cartas de
comentarios a organizaciones internacionales
de normalización.
16. CUESTIONES QUE NECESITAN COMENTARIO:
LAS AGENDAS NIIF DEL IASB Y SEC EE.UU.
Mientras que algunos problemas de
convergencia eran menos complejos
para abordar (por ejemplo, intereses
capitalizados), otros problemas son
mucho más complicados. Además de
los proyectos de convergencia, el IASB
también tiene varios temas importantes
de su programa activo propio, como la
hiperinflación.
17. En respuesta a las preocupaciones
planteadas acerca de la velocidad de
proyecto de elaboración de nuevas
normas y la mayor carga de trabajo, el
FASB y el IASB decidió limitar a cuatro
el número de importantes o complejas
EDS emitidos en cualquier trimestre,
como resultado de sus proyectos
conjuntos, y varios proyectos
conjuntos sobre temas de contabilidad
más importantes se han retrasado
hasta después de junio de 2011.
18. UN LLAMADO A LA
PARTICIPACIÓN ACADÉMICA
Los académicos tienen el potencial de ser una
fuerte influencia positiva en la conformación
de las NIIF. Ha habido numerosas llamadas
para los académicos estadounidenses a
involucrarse más en la contabilidad de
establecimiento de normas, especialmente en
lo que los investigadores de las cuestiones
pertinentes y escribiendo cartas de
comentarios al FASB, y, más recientemente, a
la IASB, así como la SEC de EE.UU.
19. Muchos artículos han sugerido y resumen
numerosos temas de investigación que son
relevantes a las NIIF.
En 2010, Bob Kaplan recibió una ovación de pie
por su discurso en sesión plenaria en la reunión
anual de AAA. En su discurso de Kaplan (2011, 3)
abogó para que los académicos "contribuir al
avance de la profesión cuerpo de conocimientos,
sobre todo cuando los cambios de la innovación y
las principales se producen en el entorno de la
práctica de la profesión." Vemos a los recientes
avances en la elaboración de normas
internacionales como un ejemplo de un cambio
importante que ofrece esa oportunidad.
20. Mientras Kaplan elogia a los descubrimientos
de la contabilidad financiera y los estudios
relacionados con la investigación, que
fomenta las actividades académicas que
cierran la brecha entre la erudición y la
práctica contable, es decir, la realización de
proyectos que contribuyan al cuerpo de
conocimiento de la contabilidad y de la
comunidad profesional financiero.
21. En resumen, el IASB ha establecido
una agenda agresiva para revisar sus
normas para muchas áreas clave de la
contabilidad. Incluido en su orden del
día un gran número de proyectos
conjuntos con el FASB, diseñado para
llevar los PCGA de EE.UU. y las NIIF
más cerca. Al mismo tiempo, la SEC
está considerando el movimiento de
los EE.UU. hacia un mayor uso de los
IFRS.
22. El valor de la participación
académica en el proceso de
normalización ha sido
reconocido. Si bien hay
importantes investigaciones
contabilidad financiera que se
relacione con cuestiones que
se examinan IASB, ha habido
poca participación académica.
Los académicos tienen la
capacidad de ofrecer ventajas
comparativas, escribiendo
cartas de comentarios a las
propuestas de IASB.
23.
24. REGIMEN SIMPLIFICADO
El régimen simplificado es una
legislación especial que se
aplica a personas con
características particulares,
denominadas “pequeños
comerciantes”, para
determinar el pago que éstas
deben hacer, por concepto de
impuestos, al Estado.
25. REQUISITOS:
Los requisitos más importantes considerados por el artículo
499 del estatuto tributario son los siguientes:
• Qué los ingresos provenientes de las actividades gravadas
desarrolladas por la persona natural durante el 2012
hayan sido inferiores a 4.000 Uvt ($104.196.000). Se toma
como base el Uvt vigente para el 2012.
• No tener más de un establecimiento de comercio, oficina,
sede, local o negocio donde ejercen su actividad.
• Que en el establecimiento de comercio, oficina, sede,
local o negocio no se desarrollen actividades bajo
franquicia, concesión, regalía, autorización o cualquier
otro sistema que implique la explotación de intangibles.
26. • No ser usuario aduanero.
• Que en el año gravable 2012 no haya
celebrados contratos de venta de bienes o
prestación de servicios gravados por un valor
individual superior a 3.300 Uvt
($85.962.000). Se toma como referencia el
Uvt del 2012.
• Que en el año 2013 no celebre contratos de
venta de bienes o prestación de servicios
gravados por un valor individual superior a
3.300 Uvt, esto es $88.575.000. Se toma
como referencia el Uvt del 2013.
27. • Que durante el año gravable
2012 el monto total de sus
consignaciones bancarias no
haya superado los 4.500 Uvt, es
decir $117.221.000. Se toma
como referencia el Uvt del 2012.
• Que durante el año gravable
2013 el monto total de sus
consignaciones no supere el
monto de 4.500 Uvt, es decir la
suma de $120.785.000. Se toma
como referencia el Uvt del 2013.
28. REGIMEN COMUN
Debe inscribirse como responsable en el
Régimen Común del Impuesto a las Ventas
durante el año 2013 y registrar en el R.U.T el
código de responsabilidad 11 si cumple con
una de las siguientes condiciones:
29. • 1. Es Persona Jurídica que vende bienes o
presta servicios que están gravados con el
impuesto a las ventas, independientemente
del monto de sus ingresos.
• 2. Es Persona Natural que vende bienes o
presta servicios que estén gravados con el
impuesto a las ventas y en el año 2.012
obtuvo ingresos por actividades gravadas
superiores a $104.196.000.
30. OBLIGACIONES DE LOS RESPONSABLES
DEL RÉGIMEN COMÚN.
• Dentro de las obligaciones formales que deben cumplir los
responsables del régimen común se señalan las siguientes:
• - Inscribirse en el Registro Único Tributario (Art 555-2 E.T) e
informar el cese de actividades y todo cambio que implique
actualización de R.U.T
• - Presentar la declaración del impuesto a las ventas cuando se
realicen operaciones gravadas con el impuesto a las ventas (Art.
601 E.T)
• - Expedir factura y/o documento equivalente y conservar copia de
la misma por cada operación de venta o de prestación de servicios
que realicen, con el cumplimiento de los requisitos de que trata el
artículo 617 del E.T
31. • - Expedir documento equivalente a la factura
en operaciones con personas naturales no
comerciantes o inscritas como responsables
del régimen simplificado de conformidad con
el artículo 3 del Decreto 522/2003.
• - Llevar el registro auxiliar y cuenta corriente
del Impuesto a las Ventas. (Arts. 509, 581 y
602 del E.T. Art. 4, D.R 1165/96)
• - Suministrar información (Art. 631 del E.T)
32. GRAN CONTRUBUYENTE 2013
Conforme con el artículo 562 del Estatuto
Tributario, son Grandes Contribuyentes las
Personas Jurídicas calificadas como tales
mediante Resolución de la Dirección de
Impuestos y Aduanas Nacionales por su
volumen de operaciones o importancia en el
recaudo a partir de la publicación de la
respectiva resolución.
33. IVA TEORICO
Toda venta que esté gravada con el Impuesto a
las ventas, genera un impuesto, el cual debe ser
facturado y cobrado por el vendedor quien es el
responsable del impuesto.
Pero en algunos casos, aunque existen los
presupuestos legales para que se genere y cobre
el Iva (La venta o enajenación del producto o
prestación del servicio), no se genera
efectivamente el impuesto bien sea por error o
por expresa disposición legal. En estos casos,
aunque no exista un Iva real cobrado, existe un
Iva teórico, que es le que debiera haberse
generado.
34. Un ejemplo del IVA teórico es el
IVA que los responsables
del Régimen común deben
asumir cuando adquieren
bienes y servicios a personas
pertenecientes al Régimen
simplificado.
35. Ley 1314
Esta norma, consistente en “La Convergencia con
Estándares de Contabilidad y Aseguramiento de
la Información de alta calidad, reconocidos
internacionalmente”,
lo cual le permitirá a los empresarios del país y
a los
Contadores Públicos, inscribirse desde el recono
cimiento del entorno nacional en el proceso
de la globalización económica. Esta ley consiste
en :
36. • Reglamentar la convergencia de nuestras norma
s contables con las internacionales,
•Evitar la incoherencia de reglamentaciones entre
superintendencias y otros organismos del
estado,
• Imponer al Consejo Técnico de la Contaduría
Pública como redactor único de las normas de
convergencia,
•Separar las normas contables de las tributarias,
•Fijar plazos (desde el 2010 hasta el 2014) para la
puesta en marcha de la convergencia,
•Obligar a llevar contabilidad al Régimen
Simplificado
37. LOS ÚLTIMOS PRONUNCIAMIENTOS
DE LA RETENCION EN LA FUENTE
• Para realizar los cálculos respectivos se ha tomado
como referencia el valor del Uvt vigente para el año
2013 ($26.841).
• (*) 11% para pagos o abonos en cuenta a Personas
Jurídicas y asimiladas.
• (**) 6% para no obligados a declarar renta.
• 4% para personas jurídicas y personas naturales
obligadas a declarar renta.
• (***) 4% por emolumentos eclesiásticos efectuados a
personas naturales declarantes de renta.
• 3.5% por emolumentos eclesiásticos efectuados a
personas naturales no declarantes de renta.