Enmienda de protocolo, derecho notarial Guatemalteco
1. DILIGENCIAS VOLUNTARIAS DE ENMIENDA DE PROTOCOLO NUEVAS
SEÑOR JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO CIVIL DEL DEPARTAMENTO SANTA ROSA:
KEVIN RITUARDO SANTOS PICHILLÁ, de veinticinco años de edad, soltero, guatemalteco, Abogado y
Notario, de este domicilio, en el presente asunto actúo en mi propio auxilio y señalo lugar para recibir
notificaciones la cuarta calle uno guión cincuenta y uno de la zona cuatro del municipio de Cuilapa; comparezco
a PROMOVER DILIGENCIAS VOLUNTARIAS DE ENMIENDA DE ERROR DE FORMA EN PROTOCOLO
NOTARIAL, y en esa virtud respetuosamente
EXPONGO
I. DE LA ALTERACIÓN DE LA NUMERACIÓN CARDINAL DE LOS INSTRUMENTOS DEL PROTOCOLO A
MI CARGO: Involuntariamente incurrí en la omisión de hoja protocolar del registro cero, cero, cero, cero,
novecientos seis correspondiente al presente quinquenio que forma parte del instrumento número cinco (5)
provocando así la alteración del registro del protocolo que tengo en mi guarda y custodia.
II. DE LA ALTERACIÓN DEL ORDEN CORRELATIVO DE LAS HOJAS DE PAPEL SELLADO ESPECIAL
PARA PROTOCOLOS QUE CONFORMAN EL PROTOCOLO A MI CARGO: Involuntariamente incurrí en la
omisión de la numeración registral de los instrumentos del protocolo a mi cargo correspondiente al año dos mil
veinte, ya que a continuación del instrumento número cinco faccionado con fecha diecisiete de enero de dos
mil veinte, se encuentra la hoja protocolar en blanco de registro cero, cero, cero, cero novecientos seis.
II. Debido que por un error involuntario se alteró la numeración registral de las escrituras públicas y el mismo
constituye un error de forma, en donde la ley demanda su enmienda; aunque si bien es cierto tal error, no
perjudica a terceros, altera los requisitos y formalidades legales, que le son inherentes al protocolo, por lo tanto
debe constatarse dicho error y acordarse su enmienda, conforme el procedimiento legal.
FUNDAMENTO DE DERECHO:
El Código de Notariado en el artículo 13 numeral 2 establece"....Los instrumentos llevarán numeración cardinal
y se escribirán uno a continuación de otro, ...." y el artículo 96 del mismo cuerpo legal preceptúa que cuando
en el protocolo se incurriere en errores de forma, entre otros el de alterar la numeración cardinal de los
2. instrumentos del protocolo, el notario acudirá a un Juez de Primera Instancia de orden civil, el cual al constatar
el error en vista de las razones expuestas por el notario, podrá acordar la enmienda, levantándose para el
efecto un acta, cuya certificación se agregará a los comprobantes del protocolo.
Así mismo el Código Procesal Civil y Mercantil, señala el procedimiento y el artículo 401 literalmente regula:
"La jurisdicción voluntaria comprende todos los actos en que por disposición de la ley o por solicitud de los
interesados, se requiere la intervención del juez, sin que esté promovida ni se promueva cuestión alguna entre
partes determinadas".
MEDIOS DE PRUEBA:
Lo aseverado ofrezco probarlo con los siguientes medios probatorios:
A. DOCUMENTOS: El protocolo en original que presentaré al momento de faccionarse el acta que acuerde la
enmienda que corresponde;
B. PRESUNCIONES LEGALES Y HUMANAS: Que de los hechos probados y la ley se deriven.
En base a lo expuesto, fundamento de derecho y medios de prueba, a usted atentamente,
SOLICITO:
A. Con la presente solicitud se forme el expediente respectivo;
B. Oportunamente se dé trámite a la solicitud de ENMIENDA DE ERROR DE FORMA EN PROTOCOLO
NOTARIAL;
C. Que se tome nota que en el presente asunto actúo en mi propio auxilio y de la dirección para recibir
notificaciones mi oficina profesional ubicada en cuarta calle uno guión cincuenta y uno de la zona cuatro del
municipio de Cuilapa;
D. Se tengan por ofrecidos, individualizados los medios de prueba propuestos;
E. Que se constate el error cometido en el protocolo a mi cargo, faccionándose el acta que corresponde,
haciendo constar que efectivamente se cometió error al autorizar la escritura pública número cinco de fecha
diecisiete de enero de dos mil veinte y que obra al folio cinco (reverso), de fecha diecisiete de enero de dos mil
veinte, trayendo consigo la alteración de la numeración registral y en dicho momento presentaré el original de
3. mi protocolo;F. Que a mi costa y con las formalidades de ley se me extienda certificación del acta de enmienda
respectiva.
CITA DE LEYES: Además de los artículos citados, el 1, 25, 28, 31, 44, 50, 51, 62, 63, 64, 66, 69, 123, 126,
127, 128, 172, 177, 186, 194, 195 y del 401 al 405 del Código Procesal Civil y Mercantil.
Acompaño duplicado y tres copias del presente memorial y documento adjunto.
Cuilapa, Santa Rosa, veinte de mayo de dos mil veinte.
EN MI PROPIO AUXILIO, DIRECCION Y PROCURACION PROFESIONAL: