El documento describe los diferentes regímenes aduaneros en México. Las aduanas controlan la entrada y salida de mercancías al territorio nacional formando el sistema aduanero, el cual promueve el desarrollo económico y protege la sociedad. Existen seis regímenes principales como la importación y exportación definitiva o temporal, el depósito fiscal y el tránsito de mercancías, los cuales se rigen por la ley aduanera mexicana.
2. Las aduanas son entes públicos de carácter
nacional prestadoras de servicios, cuya actividad
consiste en controlar la entrada y salida de
mercancías al territorio nacional, formando así
un sistema aduanero.
3. El sistema aduanero es una manifestación de la
política del estado para lograr el bienestar de su
población promoviendo el desarrollo económico
de un país, o región, así como protegiendo,
motivando o desalentando el desarrollo de
actividades en los distintos sectores
económicos.
4. Asimismo, el sistema aduanero protege a la
sociedad mediante un control de mercancías en
cuanto a sus condiciones sanitarias,
ambientales. Además de que facilita y permite el
mantenimiento de las relaciones comerciales
internas e internacionales en forma armónica
mediante regímenes aduaneros.
5. El régimen aduanero es el conjunto de
operaciones que están relacionadas con un
destino aduanero específico de una mercancía
de acuerdo con la declaración presentada por el
interesado en la aduana.
• Cuando una mercancía es presentada en la
aduana para su ingreso o egreso del país, se
debe informar en un documento oficial
(pedimento) el destino que se pretende dar a
dicha mercancía.
6. Se necesitan de los servicios de un agente
aduanal para que represente al exportador, se
presente ante la aduana. También se deben
cubrir los requisitos que establezcan el país de
destino y pagar el Derecho de Trámite Aduanero
(DTA)
7. Nuestra legislación contempla seis regímenes con
sus respectivas variantes:
• Definitivos
• Temporales
• Depósito Fiscal
• Tránsito de mercancías
• Elaboración, transformación o reparación en
recinto fiscalizado
• Recinto fiscalizado estratégico
Los regímenes aduaneros más importantes son los
definitivos y los temporales.
8. DEFINITIVOS
Importación definitiva: las mercancías de
procedencia extranjera tienen la finalidad de
permanecer en el país por tiempo ilimitado y se
realiza el procedimiento general de importación.
Exportación definitiva: salida de mercancías del
territorio nacional por tiempo ilimitado. Se necesita
estar en el Registro Federal de Contribuyentes así
como en el Padrón de Exportadores Sectorial
(bebidas y tabacos).
9. TEMPORALES
• Importación temporal Es cuando las mercancías
que entran al país permanecen en él por tiempo
limitado y con un fin en específico donde La
mercancía no pagará impuestos.
• Exportación temporal Se entiende por este
régimen, la salida de mercancías del país por un
tiempo limitado y con una finalidad específica, en
este régimen no se pagan los impuestos al
comercio exterior, pero se deben cumplir las
regulaciones y restricciones no arancelarias.
10. DEPOSITO FISCAL
• Es el almacenamiento de mercancías de
procedencia extranjera o nacional en
Almacenes Generales de Depósito, los cuales
deben de estar autorizados para ello, por las
autoridades aduaneras.
Este régimen admite posponer la elección del
régimen de importación específico.
11. TRÁNSITO DE MERCANCÍAS
TRÁNSITO INTERNO
El régimen interno consiste en el traslado de mercancías, bajo
control fiscal, de una aduana nacional a otra.
TRÁNSITO INTERNACIONAL
El régimen de tránsito consiste en el traslado de mercancías,
bajo control fiscal, de una aduana nacional a otra pero con
destino al extranjero.
Las mercancías nacionales o nacionalizadas se trasladen por
territorio extranjero para su reingreso al territorio nacional.
12. RÉGIMEN DE ELABORACIÓN,
TRANSFORMACIÓN O REPARACIÓN EN
RECINTO FISCALIZADO
• El régimen de elaboración, transformación o
reparación en recinto fiscalizado consiste en la
introducción de mercancías extranjeras o
nacionales a dichos recintos para su
elaboración, transformación o reparación,
para ser retornadas al extranjero o para ser
exportadas, respectivamente.
13. • RÉGIMEN DE RECINTO FISCALIZADO
ESTRATÉGICO
• Es la introducción por tiempo limitado de
mercancías extranjeras, nacionales o
nacionalizadas, a los recintos fiscalizados
estratégicos, para ser objeto de manejo,
almacenaje, custodia, exhibición, venta,
distribución, elaboración, transformación o
reparación.
14. ***Los regímenes aduaneros están
fundamentados en el artículo 90 de la ley
aduanera***
• ARTICULO 90. LAS MERCANCIAS QUE SE
INTRODUZCAN AL TERRITORIO NACIONAL O
SE EXTRAIGAN DEL MISMO, PODRAN SER
DESTINADAS A ALGUNO DE LOS REGIMENES
ADUANEROS….