2. EDUCACIÓN
• Derecho Personal y social de enseñar y aprender
• Bien público
• Prioridad nacional y provincial que se constituye en política de Estado
• Apunta a la formación integral, la promoción de capacidades para definir
un proyecto de vida
• De carácter integral, inclusiva, permanente y de calidad para todos;
garantizando igualdad, gratuidad y justicia social.
LEN Y LEP
Art 1, 2 y 3
3. RESPONSABLES DE
EDUCACIÓN
El Estado Nacional, las provincias y la Ciudad
Autónoma de Bs. As., a través de la D.G.C.y E.
Los municipios, las confesiones religiosas reconocidas
oficialmente y las organizaciones de la sociedad.
La familia como agente natural y primario.
LNE LPE
Art.6
4. FINES Y OBJETIVOS DE LA
EDUCACIÓN
ASEGURAR:
Educación integral de calidad, igualitaria, inclusiva, multicultural, priorizando
los sectores más desfavorecidos.
GARANTIZAR:
Derechos del estudiante, permanencia y egreso de los niveles.
Participación democrática de los actores institucionales
5. PROMOVER:
Valores y actitudes que fortalezcan al individuo.
Aprendizaje de saberes científicos, formación corporal, motriz y
deportiva.
LNE art.11
LPE art. 16
6. OBLIGATORIEDAD Y
GRATUIDAD
Obligatoriedad desde los 4 años hasta la terminalidad
del secundario ( Ley 27045/15 que modifica el art. 20
de la ley 13688/07 y LNE art 16)
Gratuidad en el derecho de la educación
LNE art. 16/ 4
LPE art. 20/ 5
7. ESTRUCTURA DEL S.E.
NACIONAL Y BONAERENSE
El Sistema educativo poseerá una estructura
unificada en todo el país organizada por niveles y
modalidades, que aseguren su ordenamiento y
cohesión y el otorgamiento y validación de títulos.
LNE art.15
LPE art.19
8. BONAERENSE(21)
Estructurado en 4 niveles:
Inicial Primaria Secundaria Terciaria
Modalidades: Ed. Téc. Profesional.
Ed. Artística.
Ed. Especial.
Ed. Permanente jóvenes, adultos, ad. mayores y f.p.
Ed. Intercultural.
Ed. Física.
Ed. Ambiental.
Ed. Psicológica comunitaria.
Ed. Pedagógica social
NACIONAL (17)
Estructurado en 4 niveles:
Inicial Primaria Secundaria Terciaria
Modalidades: Ed. Téc. Profesional.
Ed. Artística.
Ed. Especial.
Ed. Permanente jóvenes y adultos.
Ed. Rural.
Ed. en contextos de privación de la libertad
. Ed. Intercultural bilingüe
Ed. Domiciliaria y hospitalaria
9. CARACTERÍSTICAS DEL
NIVEL SECUNDARIO
Obligatorio adolescentes
jóvenes con educación primaria cumplimentada
adultos
adultos mayores
Duración 6 años
Unidad pedagógica y organizativa Formación común áreas del conoc.,
Formación orientada mundo social y
trabajo
Practicas educ. en distintos espacios: escuela, empresa, organización estatal y
organización sociedad civil. ( con carácter educativo, no laboral). LPE art. 28 y 29
10. Participar en el gobierno de
las instituciones
Desarrollo profesional
Enseñar con libertad de
cátedra
Capacitación permanente y
gratuita con puntaje
Participación en la
elaboración del Pei
Estabilidad laboral
Negociación paritarias
Acceso y permanencia, promoción,
trayectoria terminalidad del alumno
Cuidado integral del alumno
Asegurar participación de la
comunidad educativa
Acercar al alumno diversas
manifestaciones culturales
Evaluar objetiva y
sistemáticamente
Creación e innovación pedagógica
Capacitación permanente
DERECHOS Y OBLIGACIONES DE
LOS ACTORES INSTITUCIONALES
D O C E N T E S L P E A RT. 9 3 L N E A RT. 6 7
Derechos Obligaciones
11. Asociación y participación gremial
Condiciones de seguridad e
higiene
Salud y salud laboral
ALUMNOS
LPE ART. 88 LNE 125
Concurrencia escolar
Estudio y esfuerzo en la tarea
Puntualidad y asistencia
Respeto por la institución,
docentes, normas y el Pei
Dictar clases
Informar avances del alumno a
padres o tutores
Denunciar violación de derechos
del menor
Enseñar con idoneidad y
responsabilidad
Educación integral, igualitaria para
el desarrollo personal y social con
distintas propuestas educativas
Ingreso, permanencia y egreso
educativo
Protección contra agresión y abuso
Orientación vocacional
Acceso a información pública
12. PERSONAL TEC., ADM., PROF.,
AUX., Y DE SERVICIO
LPE ART. 92
Asegurar funcionamiento
institucional
Integrar organizaciones para
participar en funcionamiento
institucional
Formulación de proyectos y
espacios curriculares
complementarios
Infraestructura bajo normas de
seguridad y salubridad
Ser incluidos en mismo turno de
padres o hijos
Participar del gobierno
institucional
Estabilidad laboral
Asociación y participación gremial
13. Negociación paritaria para
salario digno
Seguridad, higiene y salud
laboral
Reconocimiento como agente
primario de la educación
Elección de institución
educativa
Participación de actos
institucionales
Derecho a la información
pública
Participación e información de
normativas institucionales
PADRES O TUTORES
LPE ART. 98 Y LNE ART.128
Cumplir obligatoriedad educativa
salvo caso extremo de salud
Seguir evolución del proceso
educativo del hijo
Respeto por el docente, norma
institucional, miembros de la comunidad
educativa, equipamiento e infraestructura
institucional y pei
14. . “adoptar actitudes contrarias a la concepción democrática y a los
principios Constitucionales de la Nación y la Provincia.”
Promover actitudes discriminatorias
Utilizar para beneficio propio u ajeno PROHIBICIONES DE las instalaciones y servicios de
la institución.
Vender insumos escolares
Recibir beneficios personales a cambio de realizar actos inherentes a sus funciones
Utilizar mecanismos de premio castigo fuera de lo regulado.
Exhibir, difundir o permitir el uso de sustancias prohibidas dentro del establecimiento.
Permitir la salida de cualquier alumno fuera de la institución.
Demostraciones de afecto o desafecto inapropiados
PROHIBICIONES DE LOS DOCENTES
15. CONCEPTO DE INSTITUCIÓN
EDUCATIVA
“ La institución educativa es la unidad pedagógica del sistema, responsable de
los procesos de enseñanza y de aprendizaje destinados al logro de los objetivos
establecidos por esta ley “ . Favorece y articula la participación de los distintos
actores que constituyen la comunidad educativa. LNE ART. 122
Directivos, docentes
Madres y/ tutores
Niños, adolescentes, jóvenes y adultos, ex alumnos
Personal administrativo y auxiliar de la docencia
Profesionales de los equipos de apoyo
Miembros integrantes de la cooperadora
Organizaciones vinculadas a la institución
16. Art 122, cap. v, ( LNE)
Criterios generales que se adecuarán según niveles y
modalidades:
Promover la creación de espacios de articulación, cooperación entre
instituciones, estatal/privada
Desarrollar procesos de autoevaluación institucional
Definir un código de convivencia
Promover prácticas educativas fuera de fuera del ámbito escolar
Promover la participación de la comunidad
17. Cargos docentes de base:
PROFESOR-MAESTRO
PRECEPTOR
BIBLIOTECARIO
ENCARGADO DE MEDIOS DE APOYO TÉCNICO PEDAGÓGICOS
CARGO TÉCNICO DOCENTES DE BASE
EQUIPO DE TRABAJO ADMINISTRATIVO
ADMINISTRATIVOS Y/O AUXILIARES DE LA EDUCACIÓN
El equipo de trabajo conformado por el personal auxiliar tiene la
función de cuidar y limpiar el establecimiento, sus instalaciones. Tienen
que garantizar la higiene y la seguridad del espacio educativo. También
la elaboración de alimentos en las instituciones en las que exista
servicio alimentario.
18. Participación de la comunidad educativa
•Los integrantes de la comunidad educativa, en tanto titulares de
derechos y obligaciones, deben:
• articularse entendiendo la necesaria correspondencia de unos con
otros.
• llevar a cabo un proyecto compartido
•Contribuir a la construcción de una cultura institucional
democrática R.G.I.E. CAP 2.4, ART 20-29
19. LOS EQUIPOS DE TRABAJO DE LA
INSTITUCIÓN
Lo constituyen el equipo docente, el equipo administrativo y/o auxiliar de la
educación.
EQUIPO DE CONDUCCIÓN, A CARGO DE:
DIRECTOR, REGENTE (TÉCNICO Y DE ESTUDIO), SECRETARIO.
ART 45, 59 y 60
SUPERVISIÓN, ORGANIZACIÓN, COORDINACIÓN Y ORIENTACIÓN
DEL PERSONAL A SU CARGO
EVALUACIÓN DEL PEI
COMPARTIR LAS RESPONSABILIDADES EN LA PLANIFICACIÓN
ATENDER , GARANTIZAR EL PROCESO FORMATIVO DE LOS
ALUMNOS
RESPONDER A LAS NECESIDADES DE LOS ALUMNOS
PROFUNDIZAR EL VINCULO SOCIO- COMUNITARIO
20. PROYECTO
INSTITUCIONAL
Asegura la mejor realización del acto educativo en un tiempo y espacio organizado
para el desarrollo del trabajo colectivo. Facilita la identificación de problemas
incluyendo distintos aspectos que deberá contemplar:
Estrategias
Objetivos
Metas
Acuerdos de convivencia
Elaboración de propuestas
Vinculaciones interinstitucionales e intersectoriales
Se encuentra particionado en:
Aspectos técnicos-pedagógicos/ administrativo-organizacional/ socio-
comunitarios R.G.I.E, cap. 2.1, art 93-96
21. PLAN DE CONTINUIDAD
PEDAGÓGICA
Es la herramienta para la intervención pedagógica que asegura los actos
educativos. Necesaria para afianzar el aprendizaje.
Debe contener las siguientes pautas:
Participación en equipo de todos los docentes
Buscar el desarrollo de variadas estrategias didácticas que estén articuladas
con los contenidos.
La participación entre los actores, padres y alumnos para el logro de los
objetivos. R.G.I.E CAP. 2.2.3, ART. 103-104
22. ACUERDOS DE
CONVIVENCIA
¿Qué es un acuerdo?
Es una conformidad o armonía entre personas. Tiene la participación activa
de todos los miembros para regular sus relaciones.
En el ámbito escolar el acuerdo de convivencia tendrá como finalidad facilitar
las condiciones adecuadas para el ejercicio y derecho de aprender.
Debe garantizar la construcción democrática y participativa. También debe
ser revisado periódicamente.
R.G.I.E. CAP. 2.2.4, ART. 105-109
23. OBLIGATORIEDAD
ESCOLAR
El reglamento General de las Instituciones Educativas de las Provincia de Bs.
As establece que la obligatoriedad abarcara el acceso, trayectoria , continuidad
y permanencia del alumno.
En el caso de los extranjeros, la irregularidad emigratoria no podrá ser
impedimento para la asistencia a sistema educativo.
En el caso de que el ingresante no posea D.N.I., requerirá a los padres o
personal a cargo que regularice la situación.
Es importante que la institución educativa no desarrolle prácticas
discriminatorias. R.G.I.E. CAP. 2.2.7, ART.120-126
24. JORNADA ESCOLAR
Toda institución tiene su horario correspondiente al diseño curricular (
jornada simple, jornada completa o jornada extendida)
Se establecerán tres turnos: diurnos, vespertinos y nocturnos.
La jornada escolar, los turnos y los horarios deben ser notificados al
Concejo Escolar
El equipo de conducción se asegurara de que al menos uso de los
integrantes de la institución este presente en cada turno. Aun Cuando halla una
extensión horaria. R.G.I.E. CAP. 2.2.11, ART. 143-150
25. ACTO EDUCATIVO
Se entiende por acto educativo a toda acción educativa curricular,
extracurricular realizada por una autoridad educativa, indistintamente del
día, hora o lugar en el que se lleve a cabo, en el marco de las políticas
educativas vigentes y del PEI.
El acto educativo tiene como fundamento al alumno considerado
sujeto de aprendizaje en el marco de la promoción y protección integral
de sus derechos según normas vigentes.
R.G.I.E. CAP.1, ART.30 Y 31
26. PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS
DEL NIÑO Y ADOLESCENTE
Es responsabilidad del Estado la defensa del interés superior del niño y el
adolescente de acuerdo con lo establecido en las normas legales.
En los casos que se sospeche violación de algunos de esos derechos se
requerirá la intervención de Organismos Gubernamentales.
Se procederá a labrar las actas necesarias a todas las personas vinculadas.
Según la situación del niño dar inmediato conocimiento a los responsables
a cargo.
Realizar el acompañamiento al alumno y a sus familiares. Se debe realizar la
contención adecuada. R.G.I.E. CAP2.4.2, ART. 248-254
27. Entre tanta normativa lo que siempre
prevalece son los derechos del niño y el
adolescente.