2. DEFINICIÓN:
La violencia intrafamiliar se define como toda
acción que vulnere o afecte la vida digna (buen
vivir) de un miembro de una familia, ya sea por
maltrato físico, psicológico o de cualquier índole
ejercido por uno o varios de sus miembros en el
seno del hogar; Incluye conyugue, excónyuge,
convivientes, padres de un hijo en común,
menores de edad, discapacitados, adultos
mayores, etc.
3. El maltrato de las personas mayores no
solamente es un acto único o repetido
que causa daño o sufrimiento a una
persona de edad, sino también la falta
de medidas apropiadas para evitarlo,
que corren en una relación basada en la
confianza.
Este tipo de violencia constituye una
violación de los derechos humanos que
incluye el maltrato físico, sexual,
psicológico o emocional, la violencia por
razones económicas o materiales, el
abandono, la negligencia, el menoscabo
grave de dignidad y la falta de respeto.
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9. TIPOS DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR EN EL
ADULTO MAYOR
Los tipos de violencia intrafamiliar se pueden interpretar de las siguientes 4 formas:
Violencia Social. – Produce un daño emocional y social, a través de mensajes, gestos o actividades de
rechazo dirigido hacia una persona.
Violencia Física. – conducta intencional que integre la fuerza contra el cuerpo de otra persona, de tal modo
que encierre riesgo de lesión física, daño o dolor.
Violencia Social y Psicológica. – Produce en los adultos mayores severas alteraciones en su ámbito personal
y social, dificultando e impidiendo las relaciones interpersonales e intergeneracionales activas y productivas.
Negligencia y Abandono. – En la negligencia no hubo intención de causar daño, pero igual se causó por no
tomar el debido cuidado respecto a los adultos mayores.
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20. ¿QUIENES SON LOS PRINCIPALES
AGRESORES DE LAS PERSONAS ADULTAS
MAYORES?
Los principales agresores a las personas
adultas mayores, según tipo de violencia
son:
En violencia económica o patrimonial; la
pareja y en algunos casos los hijos.
En Violencia Psicológica y Física; los hijos o
hijas.
En Violencia Sexual; el vecino o vecina.
21. CONSECUENCIAS DE LA VIOLENCIA EN LA
PERSONA ADULTA MAYOR
La Violencia y el maltrato generan graves consecuencias en la vida y bienestar de las personas
mayores, pueden producir lesiones físicas, así como consecuencias psicológicas y sociales:
Depresión
Angustia
Conflictos Familiares
Deterioro de la Salud
Discapacidad
Aislamiento
Hostilidad
22. MALTRATO CONTRA LA VEJEZ EN BOLIVIA
Con el objetivo de hacer un llamado a la sociedad civil para reflexionar,
formular estrategias de prevención, políticas públicas y realizar acciones que
puedan erradicar el maltrato a las personas adultas mayores, la Asamblea
General de las naciones unidas designó el 15 de junio como Día Mundial de la
toma de conciencia del abuso y maltrato en la vejez. En Bolivia los niveles de
violencia familiar e institucional contra la vejez llegan al 52 %
De acuerdo con los datos del Censo de Población y vivienda en Bolivia (2012) existe una población
adulta mayor cercana a los 900000 habitantes, la misma que para el 2025 ascenderá a cerca de
1200000 personas, lo que obliga a tener en cuenta: que el envejecimiento de la población es inevitable
y que es necesario preparar adecuadamente a todos quienes están involucrados directa o
indirectamente ( Gobierno Nacional, Departamental, y Municipal, entidades de la sociedad civil y del
sector privado, Comunidades y familias) para el creciente número de adultos mayores.
23. Según datos del defensor del pueblo
presentados en el documento” Estado de
situación de los centros de orientación
Socio-Legal Centros de Orientación Socio
Legal para Personas Adultas Mayores
(COSLAM)” del 2015 se informa que los
casos atendidos en 29 oficinas ubicadas en
diversos municipios de Bolivia, referentes al
maltrato familiar e institucional, despojo de
bienes y abuso contra las personas adultas
mayores asciende a un 52%, los mismos que
se presentan en el área rural y el 48%
restante corresponde al área urbana.
La tercera edad es la etapa de la vida del ser
humano en la que la persona necesita más
cuidados y cariño por parte de su entorno,
para poder vivir una vejez digna, tristemente
en muchos casos es la etapa de mayor
abandono.
24. Ley 369 de 01 de mayo de 2013 Ley General
de las personas adultas mayores
Busca prevenir y erradicar toda forma de distinción, exclusión, restricción o preferencia que tenga por objeto o por resultado menoscabar o anular
el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos fundamentales y libertades de las personas adultas mayores.
Capitulo primero
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. (OBJETO). La presente Ley tiene por objeto regular los derechos, garantías y deberes de las personas
adultas
mayores, así como la institucionalidad para su protección.
CAPÍTULO SEGUNDO
DERECHOS Y GARANTÍAS
Artículo 4. (CARÁCTER DE LOS DERECHOS). Los derechos de las personas adultas mayores son inviolables,
interdependientes, intransferibles, indivisibles y progresivos.
CAPÍTULO TERCERO DEBERES DE LAS FAMILIAS, DE LA SOCIEDAD Y DE LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES
Artículo 12. (DEBERES DE LAS FAMILIAS Y LA SOCIEDAD). Las personas adultas mayores, las familias y la sociedad tienen los siguientes deberes: a. Toda
persona, familia, autoridad, dirigente de comunidades, institución u organización que tengan conocimiento de algún acto de maltrato o violencia, tiene
la obligación de denunciarlo ante la autoridad de su jurisdicción, o en su caso ante la más cercana. b. Las familias deberán promover entornos afectivos
que contribuyan a erradicar la violencia, promover la integración intergeneracional y fortalecer las redes de solidaridad y apoyo social. c. La sociedad
deberá promover la incorporación laboral tomando en cuenta las capacidades y posibilidades de las personas adultas mayores.
25. PROMOVAMOS LOS DERECHOS DE LAS
PERSONAS ADULTAS MAYORES PARA LOGRAR
UNA SOCIEDAD RESPETUOSA
Una vida digna, plena,
independiente, autónoma y
saludable.
A la no discriminación por razones
de edad
Igualdad de oportunidades, acceder
a programas de educación y
capacitación
Recibir atención, cuidado y
protección familiar y social
Vivir en familia y envejecer en el
hogar y en comunidad.
Una vida sin ningún tipo de violencia.
Atención preferente en todos los servicios
brindados en establecimientos públicos y
privados.
Información adecuada y oportuna en todos
los trámites que realice.
Realizar labores o tareas acorde a su
capacidad física o intelectual.
Atención integral en salud.
Acceso a la justicia.
26. Según profesionales en el área
de la Gerontología, para tener
una vejez feliz es necesario
mantener la funcionalidad de
la persona el mayor tiempo
posible. Es decir, que el adulto
mayor tenga la mayor
independencia física, mental y
social que repercutirá en una
mejor conservación de su
salud.