1. UNIVERSIDAD ESTATAL DEL SUR DE
MANABÍ
LABORATORIO CLÍNICO
ETICA PROFESIONAL
INTEGRANTES:
• SALDARRIAGA ALCÍVAR MARÍA FERNANDA
• TUAREZ SOSA GENESIS KATHERINE
• MERO VELIZ GENESIS YELENE
• MORAN PINCAY ANA GABRIELA
• ANDRADE SANTOS RAYSHA MICHELL
• VALENCIA LUCAS ERIKA
• MOLINA ZAMBRANO DAYANA SUYIN
• PINCAY DELGADO KERLY MICHELLE
2. Este Código de Ética se traduce en el talento moral
de todos los que componemos la organización y nos
relacionamos con ella, mediante se concreta en el
ejercicio libre y responsable del obrar humano
dentro de la organización. Como una profesión
comprometida en la defensa del Derecho Humano y
Social a la Salud y la Vida de las personas, familias
y comunidades, cuya responsabilidad fundamental y
actuación se centra en la promoción, protección,
recuperación y rehabilitación de la salud mental,
física, social y espiritual de las personas y brinda
acompañamiento y alivio del sufrimiento respetando
principios éticos y legales. Coordina sus actividades
con la de otros grupos afines: profesionales y
técnicos. Cuida de sí misma y de aquellos con
quienes comparte responsabilidades en el campo
disciplinario.
3. ¿QUÉ ES UN CÓDIGO DE ÉTICA?
El código de ética es un documento compuesto por una serie de normas, reglamentos y valores que han sido
establecidos para regular los comportamientos y actitudes de las personas que forman parte de un mismo
contexto, bien sea con respecto a una profesión, organización o empresa.
El código de ética se apoya en la deontología, una rama de la ética desde la cual se estudian los deberes que
rigen una actividad profesional.
Es importante recordar que la ética se refiere al carácter, y que es una rama de la filosofía que estudia la moral
y los comportamientos de las personas, cuyo objetivo es determinar aquellas actitudes que son consideras como
buenas o malas en la sociedad.
4. FUNCIONES
•Es elaborado por los directores, gerentes principales o altos cargos de una organización o empresa.
•Establecer el tratamiento de las relaciones corporativas nacionales e internacionales y demás
grupos de interés.
•Determinar el impacto de las actividades profesionales y laborales en la sociedad y en el medio
ambiente.
•Destacar la importancia de conocer y fundamentar los valores profesionales y laborales que han de
ser respetados y cumplidos.
•Imponer un comportamiento ético, profesional y respetuoso entre todos los trabajadores, incluso,
con los agentes externos como clientes, proveedores, contratistas, entre otros.
•Hacer del conocimiento de todos los trabajadores la importancia y la obligación de cumplir y
respetar el código de ética establecido.
•Estipular y tomar en cuenta la responsabilidad social que tiene la empresa o corporación en la
comunidad o espacio donde se encuentre.
5. Código ético del ministerio de salud publica
➢ Articulo 1 Objetivo
➢ Artículos 2 Ámbitos de aplicación
➢ Artículos 3 valores
➢ Articulo 4 compromiso
6. ARTICULO 1 OBJETIVO
Los objetivos del presente código de ética son los siguientes:
Promover y regular el
comportamiento de los servidores
implementar principio valores
responsabilidad y compromiso
Propiciar la creación de espacios
para la reflexión personal
7. ARTÍCULOS 2 ÁMBITOS DE
APLICACIÓN
los valoré las directrices éticas de
descrita puente código serán asumidas y
cumplida de manera obligatoria por todos
los servidores del Ministerio de Salud
Pública
ARTÍCULOS 3 VALORES
Respeto
Inclusión
vocación
de
servicio
Compromi
so
Integridad
Justicia
lealtad
8. ARTICULO 4 COMPROMISO
Contribuir el mejoramiento de las condiciones de salud de toda
la población, entendiendo que la salud
Administrar, utilizar y rendir cuentas del uso de los bienes del
ministerio de salud pública
Concientizar que la principal riqueza del ministerio salud
pública, constituye el talento humano que esta al servicio de la
población en general
9. Articulo 5.- De los comités de
ética del Ministerio de Salud
Pública
A fin de vigilar el cumplimiento de las disposiciones
emitidas en este código de Ética y el “Código de
Ética para el buen vivir de la Función Ejecutiva”,
crease Comités de Ética en Planta Central, Entidades
Adscritas y a nivel desconcentrado, en las
Coordinaciones Zonales y Direcciones Distritales.
10. Articulo 6.- Conformación de los comités
de ética. –Los comités de Ética estarán
conformados de la siguiente manera:
De Planta Central:
1. El/la Ministro/a, o su delegado/a, quién presidirá el Comité y tendrá voto dirimente;
2. El/la Coordinador/a General de Gestión Estratégica, o su delegado/a, quién hará las veces de
Secretario/a General permanente, y podrá presidir el Comité en caso de delegación de la Máxima
Autoridad, con voz y voto;
3. El/la Directora/a Nacional de Talento Humano, o su delegado/a, quién actuará como Asesor/a
Técnico/a del proceso, con voz y voto;
4. El/a Director/a Nacional de Cambio de Cultura Organizacional, o su delegado/a, con voz y voto;
5. La Autoridad de uno de los procesos Agregadores de Valor, o su delegado/a, la cual será escogida
al azar por el mismo Comité, cada seis meses de forma rotativa, con voz y voto;
6. Dos servidores/as, quienes serán escogidos/as de manera participativa, mediante postulación y
votación de sus compañeros/as, y rotarán cada 3 meses, con voz y voto.
7. El/la Coordinador/a General de Asesoría Jurídica, o su delegado/a, quien actuará como asesor/a
secretario/a, con voz y voto.
11. Articulo 7.-Responsabilidades
De los Comités de Ética
*Implementar y difundir el Código de Ética dentro
de la entidad y en los diferentes niveles
desconcentrados;
*Realizar y socializar un manual que ejemplifique los
comportamientos éticos deseables y los conflictos
éticos más comunes, y que contenga sugerencias
para generar incentivos en la aplicación del Código
y/o soluciones a los conflictos;
Del/a Coordinador/a General de Gestión
Estratégica:
*Liderar la organización y el funcionamiento del
Comité de Ética en caso de delegación de la
Máxima Autoridad;
*Convocar y definir el conjunto del
procedimiento de implementación y aplicación
del Código de Ética de cada institución.
Del Director Nacional de Cambio de Cultura
Organizacional:
*Informar y socializar a los servidores/as sobre los
valores institucionales y procedimiento de
implementación del Código de Ética;
*Promover la construcción de una guía que
ejemplifique conductas adecuadas e inadecuadas,
relacionadas al comportamiento ético;
12. Del/a Director/a Nacional
de Talento Humano:
• Receptar, recopilar y
verificar la solvencia de las
denuncias;
• Analizar las denuncias
receptadas y establecer
las acciones y sanciones
correspondientes;
Del/a Responsable de la
Unidad Administrativa
Financiera y Talento Humano
(nivel desconcentrado):
• Receptar, recopilar y
verificar la solvencia de las
denuncias;
• Analizar las denuncias
receptadas y establecer
las acciones y sanciones
correspondientes;
• Manejar y custodiar los
archivos, informes y demás
documentación física y
digital de las denuncias
receptadas;
Del/a Responsable de la
Unidad de Asesoría Jurídica:
• Brindar asesoría en las
áreas de su competencia;
• Construir informes finales y,
manejar el archivo y la
documentación física y
digital.
13. ARTICULO 8: PROCEDIMIENTO DE
DENUNCIAS
Cuando un/a usuario/a
considere que ha sido
objeto de acciones que se
contrapongan a las
disposiciones establecidas
en este Código
Podrán ser ingresadas a
través de las herramientas
virtuales y físicas
Se remitirá de manera
oficial al conjunto de
miembros del Comité de
Ética
Si es procedente se tomará
las acciones e imposición de
sanciones
14. ARTICULO 9: QUÓRUM
• La mitad más uno
• Presidente o delegado
ARTICULO 10:
DECISIONES ADOPTADAS
POR EL CÓMITE
• Mayoría de votos de los
miembros
16. .
.
.
El Código Deontológico son
un conjunto de normas,
principios y valores que
guían el ejercicio de una
profesión en concreto, de
manera tal que todos los
profesionales del área actúen
con los mismos principios y
valores éticos.
Los códigos deontológicos se
ocupan de los aspectos más
sustanciales y fundamentales
del ejercicio de la profesión
que regulan
Código Deontológico
.
.
Funciones
Tendencia a entender por
profesionalidad el dominio
de técnicas y herramientas,
aparejado a la rentabilidad y
al éxito, sin tener en cuenta
el cultivo de las virtudes
profesionales
17. Código Deontológico en
Medicina
.
.
.
.
Código Deontológico en
Psicología
.
.
.
.
Este documento recoge
los principios y reglas
éticas que deben regir
la práctica de la
medicina.
Su cumplimiento se
encuentra por encima de
cualquier consideración
personal.
En el código deontológico
de esta profesión se
pueden encontrar normas
relativas
Abarca las normas y
principios que deben
regir la práctica de la
Psicología en cualquiera
de sus modalidades.
El objetivo de la
psicología es que las
personas alcancen el
bienestar social y
contribuir a mejorar su
calidad de vida por lo
que, enmarcado dentro
de este objetivo
18. ELEMENTOS DEL CODIGO
DEONTOLOGICO
INTRODUCCION
El código deontológico es un documento que recoge un
conjunto de criterios, normas y valores que formulan y asumen
quienes llevan a cabo una actividad profesional.
Referidos al mas
absoluto respeto
por la dignidad
humana.
Relaciones
con los grupos
de atención
primaria
Relaciones del
laboratorista con
sus pacientes,
información.
Calidad de
atención.
19. Referidos al mas
absoluto respeto
por la dignidad
humana
Respetar la honra,
derecho y la reputación
de las personas.
Respetar los derechos
humanos y promover
su plena aplicabilidad.
Abstenerse de publicar
material y utilizar un
lenguaje o expresiones de
carácter discriminatorio.
Respetar la intimidad
personal y familiar.
20. RELACIONES CON LOS GRUPOS DE
ATENCIÓN PRIORITARIA
No incitar a que los
niños imiten
comportamientos
perjudiciales para su
salud
Evitar la representación de
expresiones positivas,
donde se haga burla de
discapacidades físicas
Proteger el derecho a la
opinión de adolescentes en
concordancia con las
disposiciones del Código
21. RELACIONES DEL LABORATORISTA CON
SUS PACIENTES, INFORMACION Y
CONSENTIMIENTO
Articulo 10
2.La asistencia exige
una relación plena de
confianza entre el
laboratorista y el
paciente
3.El laboratorista debe respetar
el derecho del paciente a elegir
otro centro sanitario.
Articulo 11
1.En el ejercicio de su
profesión del laboratorista
debe actuar con corrección
y delicadeza.
23. Abstenerse de
tergiversar opiniones
difundidas.
Abstenerse de usar la
condición de periodista
o comunicador social
para obtener beneficios
personales.
Evitar un tratamiento
morboso a la
información sobre
crímenes, accidentes
CONCERNIENTES AL
EJERCICIO
PROFESIONAL
Abstenerse de
adquirir
compromisos y
obligaciones ajenas a
su actividad
El destinatario de
su trabajo es el
lector y que merece
respeto y
profesionalismo
Abstenerse de
obtener información
o grabaciones con
métodos ilícitos.
Ejercer y respetar los
derechos a la reserva
de fuente y el secreto
profesional
Defender y ejercer el
derecho a la clausula
de conciencia
Tener especial cuidado
en el tratamiento de los
datos personales
obtenidos
ELEMENTOS DEL CÓDIGO DEONTOLÓGICO
EN LABORATORIO CLÍNICO
Comprender la
importancia del tema
que representa el área
de especialidad
24. RELACIONADOS
CON LAS
PRÁCTICAS DE
LOS MEDIOS DE
COMUNICACIÓN
SOCIAL
Promover la
integración política,
económica, cultural
de los ciudadanos
Respetar el
derecho a la
libertad de
expresión
Promover
espacios de
encuentro y
diálogo para la
resolución de
conflictos
Contribuir al
mantenimiento
de la paz y
seguridad
Impedir la difusión
de publicidad
engañosa,
discriminatoria,
sexista, racista
Propender a la
comunicación de
carácter educativo
Abstenerse de
difundir
publirreportajes
Cuidar que los
titulares sean
coherentes y
consistentes con el
contenido de las
noticias.
Distinguir de
forma
inequívoca
entre noticias y
opiniones.
Distinguir entre el
material informativo,
el material editorial
y el material
comercial.
Evitar las
conductas
irresponsables con
el medio ambiente
Abstenerse de
realizar prácticas de
linchamiento
mediático
25. DIFERENCIAS ENTRE CODIGO DE ETICA Y CODIGO DEONTOLOGICO
ÉTICA DEONTOLOGIA
Orientada al bien, lo bueno . Se orienta al deber propiamente estando en
contando con lo bueno.
No normativa Establecida en códigos y normas
No exigible Exigible a los profesionales
Propone motivaciones Exige actuaciones
Conciencia individual predominante Aprobada por un colectivo de profesionales
Amplitud: se preocupa por los máximos Mínimos obligatorios establecidos
Parte de la ética aplicada Se ubica entre lo moral y el derecho
26. CONCLUSION
Existe la necesidad de incorporar principios y valores como un principal
elemento para conseguir una práctica profesional de calidad y de respeto con las
personas. Se pueden detectar algunas contradicciones en el articulado de la
mayoría entre ética y deontología.
Las normas éticas y morales se aprenden por modelado, instigando a la reflexión
sobre las aplicaciones técnicas, confrontando principios, observando la realidad
desde diferentes perspectivas. Pero parece que los temas deontológicos interesan
poco, quizá porque se consideren antiguos y porque tienen poca cabida en los
"tiempos tecnológicos“.