1. NEGOCIACIÓN
COLECTIVA EN EL
SECTOR PÚBLICO
D.U.
014-2020
INCLUYE:
Negociación directa y el
arbitraje de índole laboral
NEGOCIACIÓN:
- Condiciones económicas
y no económicas; y,
- Productividad
Abg. Manuel Avila Mendoza
2. Legalidad
Autonomía colectiva
Buena fe negocial
Equidad
Respeto de funciones y competencias
Previsión y provisión presupuestarias
Responsabilidad y sostenibilidad fiscal
PRINCIPIOS DE NEGOCIACIÓN COLECTIVA
Abg. Manuel Avila Mendoza
3. SECTORES: Ministerios, gobiernos regionales y sus organismo públicos
•¿QUÉ SE NEGOCIA?
•Condiciones económicas y de productividad. Las condiciones no
económicas se negocian a nivel descentralizado.
SECTORES: Educación y salud
•¿QUÉ SE NEGOCIA?
•Condiciones económicas, de productividad y no económicas.
SECTORES: Poderes legislativo y judicial, Ministerio Público, Contraloría
General, JNE, ONPE, RENIEC, JNJ, Defensoría del Pueblo, Tribunal
Constitucional, SUNAT, ESSALUD, INPE gobiernos locales, organismos
públicos de gobiernos locales y EMPRESAS PÚBLICAS
•¿QUÉ SE NEGOCIA?
•Condiciones económicas, de productividad y no económicas.
Niveles de negociación
Se excluye del
beneficio de
negociación colectiva o
laudo arbitral al
personal de dirección y
confianza.
(Numeral 2.3 del artículo
2 del Decreto de Urgencia
014-2020)
Abg. Manuel Avila Mendoza
4. Los servidores que percibiendo beneficios otorgados
mediante pactos colectivos pasan a ocupar un cargo
de dirección o de confianza a través de alguna
modalidad de desplazamiento, DEBERÁN
SUSPENDER la percepción de los referidos
beneficios mientras dure la designación o
encargatura.
Informe Técnico N° 1194-2019-SERVIR/GPGSC.
Disponible en: www.servir.gob.pe
Tener presente que:
Abg. Manuel Avila Mendoza