el CTE 6 DOCENTES 2 2023-2024abcdefghijoklmnñopqrstuvwxyz
Ley general de educación
1. Benemérito Instituto Normal del Estado
“Gral. Juan Crisóstomo Bonilla”
Licenciatura en Educación Inicial
Primer Semestre
Curso: Panorama actual de la Educación Inicial en México
Asesor: Gabriela Portillo Echavarría
Alumnas:
Calderón Olvera Mónica
Calzada Torres María Dolores
García Cruz Cristina
Hernández Santos María Fernanda
2. CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Art. 1°Regula la educación que imparte el Estado.
Art. 2°Todo individuo tiene derecho de recibir educación de calidad.
Art. 3°El Estado esta obligado a prestar servicios de calidad (aprendizaje)
Art. 4°Es obligación de los mexicanos hacer que sus hijos cursen la educación preescolar, primaria, secundaria y media superior.
Art. 5°La educación debe ser laica, gratuita(6°); validez oficial (7°) y pública (10°)
Art. 11°La aplicación y vigilancia de la Ley corresponde a las autoridades educativas.
•SEP
3. CAPÍTULO II
Del Federalismo educativo
Art. 12: corresponde a la autoridad educativa, determinar para toda la república planes y programas de estudio, calendario escolar, libros de texto, mantener actualizado el sistema educativo. Educación inicial incluyendo la indígena y la especial (art. 13)
Art. 15: el ayuntamiento de cada municipio podrá brindar servicios de cualquier tipo o modalidad.
Art. 17: las autoridades deben reunirse periódicamente para analizar el desarrollo del sistema
Art. 18: el establecimiento de instituciones educativas será revisado por la secretaria.
Art. 19: será responsabilidad de las autoridades educativas la correcta distribución de libros de texto.
Art. 20: las autoridades educativas deberán analizar el sistema de desarrollo de los docentes.
Art. 21: los maestros deben cumplir con todos los requisitos solicitados.
4. CAPÍTULO III
DE LA EQUIDAD EN LA EDUCACIÓN
Art. 32°Ejercicio pleno del derecho a la educación de calidad.
Art. 33°Cumplir con lo anterior.
I.Atender a localidades aisladas
II.Desarrollar programas de apoyo a maestros y cumplir con el calendario escolar.
III.Promueven centros de desarrollo infantil que apoyen a el aprendizaje.
IV.Fortalecerán la educación especial e inicial.
V.Otorgaran apoyos pedagógicos a grupos educativos.
VI.Fortalecerán sistemas de educación a distancia.
VII.Desarrollaran programas para becas y apoyos económicos.
VIII.Estímulos para maestros (enseñanza)
IX.Jornadas de 6 a 8 horas diarias.
X.Impulsaran esquemas de alimentos nutritivos
El Estado llevara programas de ayudas alimenticias, campañas de salubridad.
5. Art. 34°El ejecutivo Federal llevará a cabo programas compensatorios.
CAPÍTULO IV
DEL PROCESO EDUCATIVO
Sección 1.-De los tipos y modalidades de educación
Art. 39°En el sistema educativo queda comprendida la educación inicial, la educación especial y para adultos.
Art. 40°La educación inicial tiene el propósito de favorecer el desarrollo físico, cognoscitivo, afectivo y social de los menores de 4 años
Sección 2.-De los planes y programas de estudio.
1.-Adquisición de habilidades, capacidades y destrezas. (50°)
Art. 49°El proceso educativo se basará en principios de libertad y responsabilidad para asegurar la armonía de los educadores y educandos.
6. CAPÍTULO V
DE LA EDCUACIÓN QUE IMPARTAN LOS PARTICULARES
Art. 54°Las Instituciones particulares podrán impartir educación en todos sus tipos y modalidad.
Art. 55°Las autorizaciones y reconocimientos serán validos y se otorgaran cuando los solicitantes
•Con personal que acredite la preparación adecuada para impartir educación
•Con instalaciones que satisfagan las condiciones higiénicas, seguridad y pedagógicas.
Art. 56 Las autoridades educativas publicaran, una relación de las instituciones a las que hayan concedido autorización o reconocimiento de validez
7. Art. 57 Los particulares que impartan educación con autorización deberán cumplir con los planes y programas de estudio que las autoridades hayan determinado
Cumplir con lo dispuesto en el articulo 3°de la constitución política de los Estados Unidos Mexicanos.
CAPITULO VI
DE LA VALIDEZ OFICIAL DE ESTUDIOS Y DE LA CERTIFICACIÓN DE CONOCIMIENTOS
Art. 60 Los estudios realizados dentro del sistema educativo tendrán validez en toda la república
Las instituciones del sistema educativo nacional expedirán certificados y otorgaran constancias, diplomas, títulos o grados académicos a las personas que hayan concluido estudios
Art. 61 Los estudios realizados fuera del sistema educativo nacional podrán adquirir validez oficial.
8. CAPÍTULO VII
Sección 1 De la participación social
Art. 65 derechos de quienes ejercen la patria potestad
-VI conocer la capacidad de la planta docente.
Art. 66 obligaciones
-I hacer que sus hijos reciban educación
Art. 67asociacionesde padres de familia
-V informa alas autoridades educativas sobre cualquier irregularidad
Se abstendrán de intervenir en aspectos pedagógicos y laborales en los establecimientos educativos.
Sección 2 delos consejos de participación social
F ) salvaguardar la integridad y educación plena de los educandos
I)Apoyará actividades extraescolares que complementen la formación de los educandos
Art. 70 en cada municipio habrá un consejo municipal de participación social en la educación
Sección 3 de los medios de comunicación
Art.74
Contribuirán a las finalidades previstas del art. 7