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Santiago de Cali, enero 28 de 2014

CARTA ABIERTA DE LA COMUNIDAD CONTABLE DEL PAIS
Señores:
DOCTOR: JUAN MANUEL SANTOS CALDERON
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA
SENADORES Y REPRESENTANTES A LA CÁMARA
DOCTOR MAURICIO CÁRDENAS
MINISTRO DE HACIENDA
DOCTOR ALEJANDRO ORDOÑEZ
PROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN
CONTADOR GENERAL DE LA NACION
SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES
DOCTOR JUAN RICARDO ORTEGA
DIRECTOR DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES
DEFENSORIA DEL CONTRIBUYENTE Y EL USUARIO ADUANERO
JUNTA CENTRAL DE CONTADORES
CONSEJO TECNICO DE CONTADURIA
ANDI
ACOPI
FENALCO
RCN TELEVISIÓN Y RADIO
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CM& NOTICIAS
TODELAR DE COLOMBIA
TELEPACÍFICO
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DEFENSOR DEL PUEBLO
PERSONEROS MUNICIPALES
GREMIOS DE CONTADORES DE COLOMBIA
PRESIDENTES DE EMPRESAS PRIVADAS
GERENTES DE EMPRESAS PRIVADAS
REVISORES FISCALES
AUDITORES
CONTADORES PÚBLICOS
EMPLEADOS DE LA DIAN
ASISTENTES Y AUXILIARES DE CONTABILIDAD
MENSAJEROS DE LAS EMPRESAS PRIVADAS
Los remitentes de este escrito hemos pasado por el viacrucis de tener que tratar con la DIAN, en la pretensión de
cumplir con el deber de atender las responsabilidades fiscales establecidas mediante la Constitución Nacional, las
Leyes, los Decretos, las Resoluciones, Circulares, la Jurisprudencia y Doctrina, con los cuales se cumple con los
requerimientos del Fisco Nacional. Lo hacemos, porque tenemos un código de ética y porque entendemos que es
nuestro deber como buenos ciudadanos. Lo hacemos porque estamos convencidos que hay que apoyar al Estado en
la consecución de recursos y con la Empresa Colombiana que contribuye, genera empleo y cree en Colombia. Lo
hacemos porque sabemos que aportando a la Nación, contribuimos a hacer Patria.
Es lamentable, que estos buenos propósitos de un país entero, que cada cuatro años elige Presidente y Congreso
de la República, confiados en los elocuentes discursos elaborados en las sedes de campañas políticas, son estériles
a la hora de entrar en vigencia y ser administrados por la DIAN. Estas normas una vez sancionadas, no logran ser
puestas en práctica adecuadamente.
La DIAN, como entidad del Estado encargada de administrar los tributos en Colombia, se ha excedido
instrumentando mecanismos y procedimientos sin la debida planeación, capacitación y socialización, demostrando
poca consideración hacia los contribuyentes y especialmente a los contadores para su adecuado cumplimiento, sin
consultar si ello es viable, procedente y practicable, pues emiten normas que en el momento de llevarse a la práctica
ni los mismos funcionarios saben de qué manera hacerlo, sin ninguna consideración hacia los usuarios, donde se
deciden obligaciones que tenemos y debemos atender sin que la DIAN esté en capacidad de procesar. Es decir,
nos imponen responsabilidades que la misma entidad no sabe ni puede atender. La diferencia es que los
contribuyentes pagamos intereses y sanciones exorbitantes, en ocasiones sin culpa. En cambio a la DIAN, no se le
exige ni sanciona a sus empleados, cuando incumple con su deber de ser eficiente y cordial para recibir las
declaraciones tributarias y demás obligaciones impuestas para recaudar el dinero de los contribuyentes. Esta
situación de desequilibrio e inequidad exaspera a los contribuyentes, toda vez que la DIAN en su afán de recaudar y
cumplir con sus metas de recaudo, traslada obligaciones y responsabilidades que son de su resorte a los
contribuyentes, generando grandes obstáculos para que el ciudadano y las personas jurídicas cumplan sus deberes
formales. El agravante es que ya se volvió costumbre la improvisación y la falta de preparación de sus funcionarios.
El 9 de agosto de 2013 el colapso del portal de la DIAN fue total, porque no calculó, no planeó, no realizó pruebas
suficientes y su sistema no funcionó. Los contribuyentes pagamos además del dinero, el “impuesto invisible e
indeterminado” en tiempo perdido para hacer gestión de empresa, en precariedad de salud por el estrés que genera
entenderse con la DIAN, en patología social por el tiempo dedicado al cumplimiento de obligaciones fiscales, tiempo
que dejamos de dedicar a nuestras familias y al descanso. Será que la DIAN se sistematizó, al punto que ya no
somos vistos como seres humanos, sino como simples “clientes virtuales”, que las jornadas laborales se vean
forzadas hasta altas horas de la noche?
Nuevamente en enero de 2014, hace presencia la improvisación y la ineptitud. La página DIAN (Muisca) volvió a
colapsar, nada se aprendió de la lección de agosto del 2013. Por segunda ocasión, a la DIAN le quedó grande
atender a sus “Clientes Virtuales”, mientras tanto el Ministro de Hacienda por Caracol Radio, manifiesta el miércoles
15 de enero a las 7:15 a.m., en entrevista con Darío Arismendi, haber tenido “algunos problemas” con la página,
como si ello fuera algo insignificante o de diaria rutina en su escritorio, sin manifestar sorpresa alguna, ni menos
haberse disculpado con más de cuatro millones de Colombianos contribuyentes que pagan su salario y el de sus
funcionarios. Son muchos los empresarios y contadores que han manifestado su repudio por la irresponsabilidad,
falta de adecuada planeación y de respeto para con los contribuyentes.

Manifestaciones de repudio y descontento que se han recibido en la Asociación Centro de Estudios Grupo de los
100, domiciliada en la Ciudad de Santiago de Cali y que se resume en los siguientes enunciados:
01. La DIAN debe mirar y respetar a los contadores públicos como profesionales y a los contribuyentes
como usuarios.
02. La DIAN debe capacitar a sus funcionarios, tanto en la solución de temas fiscales como de
relaciones interpersonales, antes de ponerlos a atender público, reactivando y mejorando la
Escuela de Impuestos, pues muchas veces somos los contadores quienes damos a conocer a los
funcionarios sobre el conocimiento de la normatividad tributaria, porque nosotros si pagamos de
nuestros ingresos las capacitaciones, foros, diplomados, a pesar de haber sido reducidos nuestros
honorarios con la retención en la fuente.
03. La DIAN debe planear y hacer las pruebas necesarias antes de emitir normas que no sabe si se
pueden cumplir, facilitando al contribuyente los mecanismos para el acatamiento de sus
obligaciones fiscales, comunicando con la debida anticipación los cambios programados y
ofreciendo la capacitación a los usuarios.
04. Somos conscientes de la necesidad de cambios tecnológicos, pero primero la DIAN debe adquirir
las competencias para su manejo y deberá prever el impacto que tienen sus decisiones, cuando se
aplican sin la suficiente planeación, para que los usuarios no sean sometidos a una excesiva
presión que pueda afectar su salud.
05. La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, debe abstenerse de imponer procedimientos
tecnológicos, que la misma entidad no pueda garantizar el debido proceso y cumplimiento
(Movimientos repentinos de la plataforma).
06. La comunidad contable y de usuarios de la DIAN propone y necesita realizar un foro abierto con la
Defensoría del Contribuyente y Usuario Aduanero, donde se pueda exponer la inconformidad
frente al abuso de la entidad con sus exigencias cada vez mayores e improvisadas. Consideramos
que los contadores y empresarios debemos conformar una fuerza viva que haga respetar los
derechos al buen trato y la información oportuna y veraz.
07. En virtud del derecho de igualdad y de equidad, la DIAN debería reconocer y pagar los
innecesarios sobrecostos que su ineptitud ocasione a los usuarios de su sistema tecnológico. Por
lo tanto, debe abstenerse de imponer sanciones, como en los casos que no tenían disponibles
formularios litográficos o virtuales para presentación y pago de impuestos, tal como sucedió en
enero 16 de 2014. Consideramos que debe implementarse una figura jurídica o normativa por
medio de la cual la DIAN reconozca y pague o compense económicamente los daños o perjuicios
causados a sus contribuyentes, cuando al cumplir con sus obligaciones tributarias en los términos
previstos por la ley, se vean en la necesidad de incurrir en gastos complementarios.
08. La DIAN debe simplificar y mejorar los procedimientos para la atención a los usuarios, de tal
manera que se eviten largas filas, que inclusive han generado disturbios y la venta de puestos,
ocasionando malestar a los usuarios. En el caso de solicitud de citas telefónicas, es mucho el
tiempo que debe emplearse para obtenerlas. ¿Cuál es el costo para las empresas de ese tiempo
adicional que se debe entregar a la DIAN?
09. El Estado debe capacitar a los funcionarios que expiden normas reglamentarias, estableciendo
además un procedimiento de control de vigencia, de manera que no sigan expidiéndolos a diestra y
siniestra para corregir errores, que debieron haberse previsto antes de la expedición de la norma,
quedando muy mal ante los contribuyentes. Los proyectos de Decreto deben ser ampliamente
difundidos con los interesados para su respectiva socialización, con la debida antelación antes de
su expedición.
10. Es necesario convocar a los Senadores y Representantes a la Cámara y demás políticos con
aspiraciones electorales en el 2014, con la intención de lograr Leyes que velen de manera
equitativa, por la defensa de los derechos fundamentales de los usuarios y contribuyentes. Además
se establezcan sanciones económicas y disciplinarias a los funcionarios de la DIAN que pisoteen
tales derechos.

11. Son tantos, algunos muy complejos y tan minuciosos los informes tributarios nacionales,
departamentales y municipales, es tanta la carga que debemos atender los contadores, que
quienes somos “trabajadores independientes” no podremos atender más de dos empresas.
12. La Asociación Centro de Estudios Grupo de los 100 se pronunciará igualmente respecto de los
abusos, atropellos y extralimitación de funciones, que en los Municipios están cometiendo
funcionarios de Industria y Comercio contra ciudadanos de bien, a los cuales se les amenaza con
sanciones, investigaciones de manera temeraria, por lo cual incurren en abusos de autoridad.
13. Somos conocedores que el gobierno nacional ha hecho una costosa y multimillonaria inversión en
la plataforma virtual que maneja la DIAN y los programas que la alimentan. Los usuarios nos
preguntamos si dicha inversión ha sido insuficiente, que en estos momentos se pueda considerar
inoperante o las personas que contratan no son lo suficientemente competentes para manejarla.
Si se da el primer caso, el gobierno debe estar pendiente para actualizarla, en el segundo
investigar a los funcionarios con el fin de determinar si han incurrido en faltas disciplinarias ò
hechos de omisión, que han generado detrimento patrimonial al estado.

14. Se solicita al Señor Procurador Dr. Alejandro Ordoñez, investigue exhaustivamente el proceder en
que ha incurrido la DIAN en las fechas de vencimiento, en el trato y orientación al contribuyente por
parte de sus funcionarios, en los términos de expedición de las normas reglamentarias
correspondientes, con el propósito de establecer si su actitud ha causado detrimento patrimonial y
con estos hechos se ha desmejorado la imagen del Estado Colombiano. En caso de encontrarse
anomalías en lo enunciado, se impongan las sanciones administrativas y disciplinarias
correspondientes contra los funcionarios implicados.

REMITEN Y RESPALDAN EL PRESENTE COMUNICADO:
ASOCIACIÓN CENTRO DE ESTUDIOS GRUPO DE LOS 100
NIT: 900.242.479-7
ASOCIACIÓN DE CONTADORES PÚBLICOS EGRESADOS DE LA UNIVERSIDAD SAN BUENAVENTURA
ASOCIACIÓN DE CONTADORES PÚBLICOS DEL DPTO DE RISARALDA NIT: 800.181.180
ASOCIACIÓN COLOMBIANA DE CONSULTORES EMPRESARIALES “ASCONSULTORES”
NIT: 805.013.709-1
ASOCIACIÓN DE CONTADORES PÚBLICOS DEL DPTO DEL HUILA “ASCONPHU”
NIT: 891.100.427-3
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Carta abierta de la comunidad contable sobre fallas de la DIAN

  • 1. Santiago de Cali, enero 28 de 2014 CARTA ABIERTA DE LA COMUNIDAD CONTABLE DEL PAIS Señores: DOCTOR: JUAN MANUEL SANTOS CALDERON PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA SENADORES Y REPRESENTANTES A LA CÁMARA DOCTOR MAURICIO CÁRDENAS MINISTRO DE HACIENDA DOCTOR ALEJANDRO ORDOÑEZ PROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN CONTADOR GENERAL DE LA NACION SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES DOCTOR JUAN RICARDO ORTEGA DIRECTOR DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES DEFENSORIA DEL CONTRIBUYENTE Y EL USUARIO ADUANERO JUNTA CENTRAL DE CONTADORES CONSEJO TECNICO DE CONTADURIA ANDI ACOPI FENALCO RCN TELEVISIÓN Y RADIO CARACOL TELEVISIÓN Y RADIO CM& NOTICIAS TODELAR DE COLOMBIA TELEPACÍFICO UNIVERSIDADES DEFENSOR DEL PUEBLO PERSONEROS MUNICIPALES GREMIOS DE CONTADORES DE COLOMBIA PRESIDENTES DE EMPRESAS PRIVADAS GERENTES DE EMPRESAS PRIVADAS REVISORES FISCALES AUDITORES CONTADORES PÚBLICOS EMPLEADOS DE LA DIAN ASISTENTES Y AUXILIARES DE CONTABILIDAD MENSAJEROS DE LAS EMPRESAS PRIVADAS
  • 2. Los remitentes de este escrito hemos pasado por el viacrucis de tener que tratar con la DIAN, en la pretensión de cumplir con el deber de atender las responsabilidades fiscales establecidas mediante la Constitución Nacional, las Leyes, los Decretos, las Resoluciones, Circulares, la Jurisprudencia y Doctrina, con los cuales se cumple con los requerimientos del Fisco Nacional. Lo hacemos, porque tenemos un código de ética y porque entendemos que es nuestro deber como buenos ciudadanos. Lo hacemos porque estamos convencidos que hay que apoyar al Estado en la consecución de recursos y con la Empresa Colombiana que contribuye, genera empleo y cree en Colombia. Lo hacemos porque sabemos que aportando a la Nación, contribuimos a hacer Patria. Es lamentable, que estos buenos propósitos de un país entero, que cada cuatro años elige Presidente y Congreso de la República, confiados en los elocuentes discursos elaborados en las sedes de campañas políticas, son estériles a la hora de entrar en vigencia y ser administrados por la DIAN. Estas normas una vez sancionadas, no logran ser puestas en práctica adecuadamente. La DIAN, como entidad del Estado encargada de administrar los tributos en Colombia, se ha excedido instrumentando mecanismos y procedimientos sin la debida planeación, capacitación y socialización, demostrando poca consideración hacia los contribuyentes y especialmente a los contadores para su adecuado cumplimiento, sin consultar si ello es viable, procedente y practicable, pues emiten normas que en el momento de llevarse a la práctica ni los mismos funcionarios saben de qué manera hacerlo, sin ninguna consideración hacia los usuarios, donde se deciden obligaciones que tenemos y debemos atender sin que la DIAN esté en capacidad de procesar. Es decir, nos imponen responsabilidades que la misma entidad no sabe ni puede atender. La diferencia es que los contribuyentes pagamos intereses y sanciones exorbitantes, en ocasiones sin culpa. En cambio a la DIAN, no se le exige ni sanciona a sus empleados, cuando incumple con su deber de ser eficiente y cordial para recibir las declaraciones tributarias y demás obligaciones impuestas para recaudar el dinero de los contribuyentes. Esta situación de desequilibrio e inequidad exaspera a los contribuyentes, toda vez que la DIAN en su afán de recaudar y cumplir con sus metas de recaudo, traslada obligaciones y responsabilidades que son de su resorte a los contribuyentes, generando grandes obstáculos para que el ciudadano y las personas jurídicas cumplan sus deberes formales. El agravante es que ya se volvió costumbre la improvisación y la falta de preparación de sus funcionarios. El 9 de agosto de 2013 el colapso del portal de la DIAN fue total, porque no calculó, no planeó, no realizó pruebas suficientes y su sistema no funcionó. Los contribuyentes pagamos además del dinero, el “impuesto invisible e indeterminado” en tiempo perdido para hacer gestión de empresa, en precariedad de salud por el estrés que genera entenderse con la DIAN, en patología social por el tiempo dedicado al cumplimiento de obligaciones fiscales, tiempo que dejamos de dedicar a nuestras familias y al descanso. Será que la DIAN se sistematizó, al punto que ya no somos vistos como seres humanos, sino como simples “clientes virtuales”, que las jornadas laborales se vean forzadas hasta altas horas de la noche? Nuevamente en enero de 2014, hace presencia la improvisación y la ineptitud. La página DIAN (Muisca) volvió a colapsar, nada se aprendió de la lección de agosto del 2013. Por segunda ocasión, a la DIAN le quedó grande atender a sus “Clientes Virtuales”, mientras tanto el Ministro de Hacienda por Caracol Radio, manifiesta el miércoles 15 de enero a las 7:15 a.m., en entrevista con Darío Arismendi, haber tenido “algunos problemas” con la página, como si ello fuera algo insignificante o de diaria rutina en su escritorio, sin manifestar sorpresa alguna, ni menos
  • 3. haberse disculpado con más de cuatro millones de Colombianos contribuyentes que pagan su salario y el de sus funcionarios. Son muchos los empresarios y contadores que han manifestado su repudio por la irresponsabilidad, falta de adecuada planeación y de respeto para con los contribuyentes. Manifestaciones de repudio y descontento que se han recibido en la Asociación Centro de Estudios Grupo de los 100, domiciliada en la Ciudad de Santiago de Cali y que se resume en los siguientes enunciados: 01. La DIAN debe mirar y respetar a los contadores públicos como profesionales y a los contribuyentes como usuarios. 02. La DIAN debe capacitar a sus funcionarios, tanto en la solución de temas fiscales como de relaciones interpersonales, antes de ponerlos a atender público, reactivando y mejorando la Escuela de Impuestos, pues muchas veces somos los contadores quienes damos a conocer a los funcionarios sobre el conocimiento de la normatividad tributaria, porque nosotros si pagamos de nuestros ingresos las capacitaciones, foros, diplomados, a pesar de haber sido reducidos nuestros honorarios con la retención en la fuente. 03. La DIAN debe planear y hacer las pruebas necesarias antes de emitir normas que no sabe si se pueden cumplir, facilitando al contribuyente los mecanismos para el acatamiento de sus obligaciones fiscales, comunicando con la debida anticipación los cambios programados y ofreciendo la capacitación a los usuarios. 04. Somos conscientes de la necesidad de cambios tecnológicos, pero primero la DIAN debe adquirir las competencias para su manejo y deberá prever el impacto que tienen sus decisiones, cuando se aplican sin la suficiente planeación, para que los usuarios no sean sometidos a una excesiva presión que pueda afectar su salud. 05. La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, debe abstenerse de imponer procedimientos tecnológicos, que la misma entidad no pueda garantizar el debido proceso y cumplimiento (Movimientos repentinos de la plataforma). 06. La comunidad contable y de usuarios de la DIAN propone y necesita realizar un foro abierto con la Defensoría del Contribuyente y Usuario Aduanero, donde se pueda exponer la inconformidad frente al abuso de la entidad con sus exigencias cada vez mayores e improvisadas. Consideramos que los contadores y empresarios debemos conformar una fuerza viva que haga respetar los derechos al buen trato y la información oportuna y veraz.
  • 4. 07. En virtud del derecho de igualdad y de equidad, la DIAN debería reconocer y pagar los innecesarios sobrecostos que su ineptitud ocasione a los usuarios de su sistema tecnológico. Por lo tanto, debe abstenerse de imponer sanciones, como en los casos que no tenían disponibles formularios litográficos o virtuales para presentación y pago de impuestos, tal como sucedió en enero 16 de 2014. Consideramos que debe implementarse una figura jurídica o normativa por medio de la cual la DIAN reconozca y pague o compense económicamente los daños o perjuicios causados a sus contribuyentes, cuando al cumplir con sus obligaciones tributarias en los términos previstos por la ley, se vean en la necesidad de incurrir en gastos complementarios. 08. La DIAN debe simplificar y mejorar los procedimientos para la atención a los usuarios, de tal manera que se eviten largas filas, que inclusive han generado disturbios y la venta de puestos, ocasionando malestar a los usuarios. En el caso de solicitud de citas telefónicas, es mucho el tiempo que debe emplearse para obtenerlas. ¿Cuál es el costo para las empresas de ese tiempo adicional que se debe entregar a la DIAN? 09. El Estado debe capacitar a los funcionarios que expiden normas reglamentarias, estableciendo además un procedimiento de control de vigencia, de manera que no sigan expidiéndolos a diestra y siniestra para corregir errores, que debieron haberse previsto antes de la expedición de la norma, quedando muy mal ante los contribuyentes. Los proyectos de Decreto deben ser ampliamente difundidos con los interesados para su respectiva socialización, con la debida antelación antes de su expedición. 10. Es necesario convocar a los Senadores y Representantes a la Cámara y demás políticos con aspiraciones electorales en el 2014, con la intención de lograr Leyes que velen de manera equitativa, por la defensa de los derechos fundamentales de los usuarios y contribuyentes. Además se establezcan sanciones económicas y disciplinarias a los funcionarios de la DIAN que pisoteen tales derechos. 11. Son tantos, algunos muy complejos y tan minuciosos los informes tributarios nacionales, departamentales y municipales, es tanta la carga que debemos atender los contadores, que quienes somos “trabajadores independientes” no podremos atender más de dos empresas. 12. La Asociación Centro de Estudios Grupo de los 100 se pronunciará igualmente respecto de los abusos, atropellos y extralimitación de funciones, que en los Municipios están cometiendo funcionarios de Industria y Comercio contra ciudadanos de bien, a los cuales se les amenaza con sanciones, investigaciones de manera temeraria, por lo cual incurren en abusos de autoridad. 13. Somos conocedores que el gobierno nacional ha hecho una costosa y multimillonaria inversión en la plataforma virtual que maneja la DIAN y los programas que la alimentan. Los usuarios nos preguntamos si dicha inversión ha sido insuficiente, que en estos momentos se pueda considerar inoperante o las personas que contratan no son lo suficientemente competentes para manejarla.
  • 5. Si se da el primer caso, el gobierno debe estar pendiente para actualizarla, en el segundo investigar a los funcionarios con el fin de determinar si han incurrido en faltas disciplinarias ò hechos de omisión, que han generado detrimento patrimonial al estado. 14. Se solicita al Señor Procurador Dr. Alejandro Ordoñez, investigue exhaustivamente el proceder en que ha incurrido la DIAN en las fechas de vencimiento, en el trato y orientación al contribuyente por parte de sus funcionarios, en los términos de expedición de las normas reglamentarias correspondientes, con el propósito de establecer si su actitud ha causado detrimento patrimonial y con estos hechos se ha desmejorado la imagen del Estado Colombiano. En caso de encontrarse anomalías en lo enunciado, se impongan las sanciones administrativas y disciplinarias correspondientes contra los funcionarios implicados. REMITEN Y RESPALDAN EL PRESENTE COMUNICADO: ASOCIACIÓN CENTRO DE ESTUDIOS GRUPO DE LOS 100 NIT: 900.242.479-7 ASOCIACIÓN DE CONTADORES PÚBLICOS EGRESADOS DE LA UNIVERSIDAD SAN BUENAVENTURA ASOCIACIÓN DE CONTADORES PÚBLICOS DEL DPTO DE RISARALDA NIT: 800.181.180 ASOCIACIÓN COLOMBIANA DE CONSULTORES EMPRESARIALES “ASCONSULTORES” NIT: 805.013.709-1 ASOCIACIÓN DE CONTADORES PÚBLICOS DEL DPTO DEL HUILA “ASCONPHU” NIT: 891.100.427-3 AUXILIARES Y ASISTENTES DE LOS DPTOS DE CONTABILIDAD