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INCOTERMS 2.010

El adecuado uso y aplicación de los términos de comercio internacional
INCOTERMS, en las transacciones internacionales propenden en gran medida
por: facilitar la gestión de toda operación en comercio internacional, delimitar
claramente las obligaciones de las partes disminuir el riesgo por complicaciones
legales, y establecer unas reglas internacionales para la interpretación de los
términos comerciales más utilizados.

• ¿Qué son los INCOTERMS?
Son los términos de compra y venta internacional (International Commerce Terms)
que establecen las responsabilidades y obligaciones de las partes que intervienen
en la operación.

Los Incoterms regulan cuatro grandes problemas que soporta toda transacción
comercial:

1. La entrega de la Mercancía 2. Transferencia de Riesgos 3. Distribución de
Gastos 4. Trámites documentales

De esta forma, en caso de conflicto quedan claramente establecidas las
responsabilidades y obligaciones de las partes que intervienen en la operación.
Estas reglas son de aceptación voluntaria por cada una de las partes y pueden ser
incluidas en el contrato de compraventa internacional.

IMPORTANCIA DE LOS INCOTERMS EN LAS TRANSACCIONES
INTERNACIONALES.
La globalización de los mercados internacionales ha impulsado de manera
dinámica la venta de mercancías en más países y en mayores cantidades, es así
como a medida que aumenta el volumen y la complejidad de las ventas, también
crecen las posibilidades de malentendidos y litigios costosos cuando no se
especifican de forma clara y precisa las obligaciones y riesgos de las partes.
Por ello, el adecuado uso y aplicación de los Incoterms, en las transacciones
internacionales propenden en gran medida por : facilitar la gestión de toda
operación en comercio internacional, delimitar claramente las obligaciones de las
partes disminuir el riesgo por complicaciones legales, y establecer unas reglas
internacionales para la interpretación de los términos comerciales más utilizados.
La idea de lograr un lenguaje internacional para los términos comerciales, nació en
1919. Se han modificado en la medida que el comercio y el transporte ha
evolucionado. En el curso de su historia la Cámara de Comercio Internacional ha
efectuado siete ajustes, el último de ellos en el año 2000.
En estos ya se contemplan las transacciones comerciales a través de la
comunicación electrónica.
Fuentes de Información

• ¿Cuál es el mejor término de venta para negociar con mi comprador en el
exterior?
Depende de un sinnúmero de factores tales como:
· las exigencias del comprador
· la experiencia de la empresa en exportaciones,
· la capacidad del exportador para coordinar la cadena logística y la práctica
comercial, entre otros.
Es fundamental que los exportadores se familiaricen con los Incoterms, sus
riesgos, responsabilidades y costos.

• Cuál es el valor del flete para el transporte internacional (marítimo, aéreo,
terrestre) desde Colombia hasta un destino específico?
Las tarifas de transporte de carga entre dos puntos varían en función del tipo de
carga, el volumen, el modo y el equipo de transporte o unidad de carga y de la
empresa transportadora.
Para conocer con exactitud los fletes aplicables desde Colombia al destino
requerido, es recomendable que consulte directamente a la compañía
transportadora que cubre la ruta de su interés. Los Agentes de Carga y las
Compañías de Intermediación aduanera pueden también suminístrale esta
información.
Así mismo Proexport, a través del servicio de información sobre transporte puede
suministrarle fletes de referencia para los diferentes modos de transporte en las
distintas rutas internacionales así como también todos los agentes de carga que
se encuentran en el país.

Incoterms

¿Qué son los INCOTERMS?

Los INternationalCOmerce TERMS (INCOTERMS) es un conjunto de reglas
aplicables internacionalmente destinadas a facilitar la interpretación de los
términos comerciales comúnmente utilizados en comercio exterior.

Los términos comerciales se caracterizan por abreviaturas o siglas que indican su
contenido (por ejemplo FOB, CIF, etc.). Cada una de ellas encierra un conjunto de
obligaciones a ser asumidas por el comprador y por el vendedor en la
compraventa internacional.

Los Incoterms también se denominan cláusulas de precio, pues cada término
permite determinar los conceptos que componen el precio: obligaciones del
vendedor y obligaciones del comprador.
Los Incoterms:

      Definen con gran precisión las obligaciones de las partes,

      Se establecieron dé acuerdo con las prácticas más generalizadas en el
      comercio internacional. Contractualmente enumera las obligaciones de las
      partes en un lenguaje claro y simple, acercándose más a los hechos que a
      los conceptos jurídicos.

      Cuando las practicas vigentes acusen marcadas diferencias entre sí, se ha
      establecido el principio de que el precio ajustado a los Incoterms determina
      las obligaciones mínimas del vendedor, dejando a las partes que estipulen
      en su contrato, si lo desean, otras obligaciones, además de las previstas en
      las reglas.

      Respeta la autonomía de las voluntades

¿Cómo se utilizan las cláusulas de los INCOTERMS?

Cuando en una Oferta o Contrato de compraventa internacional se utiliza
determinada cláusula de los Incoterms, debe tenerse presente:

      Indicar la versión a la que corresponde la cláusula, por ejemplo Incoterms
      2000.

      Indicar el lugar, por ejemplo FOB Bahía Blanca

La utilización de los Incoterms no es obligatoria para las partes de un contrato de
compraventa. Asimismo las partes pueden adaptar la cláusula a ser utilizada a sus
necesidades introduciendo las modificaciones que consideren conveniente. Lo
importante es evitar que la modificación introducida desvirtúe el sentido del
término comercial pues en caso de litigio, toda expresión ambigua que aparte a los
árbitros o jueces del texto de los Incoterms, llevara inseguridad a las partes y por
ende, al resultado del conflicto.

En la elección del término concurren otras circunstancias que el solo contenido
formal.

Al respecto es importante la experiencia de los contratantes. El conocimiento de
los diversos medios de transporte (itinerarios, frecuencias, transbordos, riesgos,
fletes, etc.), puertos (usos y costumbres, riesgos, requisitos, etc.), seguros
(primas, reclamos, cumplimiento, etc.), tránsitos (gastos, tributos, costos de
servicios, etc.), régimen aduanero en destino (tributos, trámites, costo de los
servicios, usos y costumbres, etc.), son, entre otros, los que deciden la elección
del término adecuado
¿Cuáles son las principales características de los Incoterms?

Los aspectos más importantes de la compraventa internacional que son tratados
en los Incoterms, se refieren a:

      La entrega.

Las condiciones de entrega de la mercadería obligan a especificar el lugar y el
momento en que se verificara dicha circunstancia, evitándose establecer toda
condición que sea de difícil o imposible cumplimiento. La obligación de entrega
estará extinguida cuando el vendedor haya cumplido con todos los actos que le
incumben para poner la mercadería objeto del contrato a disposición del
comprador. Sin embargo, las condiciones de entrega deben ser negociadas entre
las partes. La mayor o menor experiencia en comprar o vender puede llevar al
comprador a importar en condición CIF y al vendedor a exportar en condición
FOB. Los compromisos de entrega son casi absolutos y la causal de
incumplimiento por fuerza mayor sistemáticamente es rechazada por los
tribunales. La entrega de la mercadería y la de los documentos pertinentes están
íntimamente relacionadas, pese a efectuarse en momentos distintos. Este último
acto es el que extingue la obligación de la entrega.

      Los riesgos.

Los riesgos que corre la mercadería pueden producirse desde que se perfecciona
el contrato de compraventa hasta el momento de la entrega. Las distintas
cláusulas que componen los Incoterms eliminan toda incertidumbre respecto al
momento en que los riesgos se transmiten del vendedor al comprador. Los
Incoterms brindan una solución al respecto cuando en los contratos no se trata el
tema de la transmisión de los riesgos.

      Los gastos.

La distribución de los gastos está especialmente tratada en los Incoterms. Es el
vendedor quien debe soportar los gastos originados por la mercadería hasta el
momento que, según el contrato, se verifique la entrega de la misma. En
determinadas cláusulas el vendedor también puede tomar a su cargo los gastos
de envío. Todos los demás gastos que el vendedor pueda asumir son accesorios a
la operación de entrega.

      Los documentos.

Los Incoterms establecen disposiciones específicas en lo concerniente a la
obtención de la documentación necesaria para la exportación (licencias, etc.) y
para el posterior despacho en destino (certificados de origen, facturas consulares,
etc.). El alcance de la obligación del vendedor varía según el término utilizado.
Asimismo se establece que cuando el comprador lo solicite y a su cuenta y riesgo
se le preste toda la ayuda necesaria para obtener los documentos requeridos en
destino y/o el tráfico posterior de la mercadería.



¿Cuál es el objeto de los INCOTERMS?

El objeto de los Incoterms es establecer una interpretación común de los términos
usuales utilizados en la compra-venta internacional de mercaderías.

La Cámara de Comercio Internacional publicó por primera vez en el año 1936 una
serie de reglas de interpretación de dichos términos comerciales; los cuales fueron
modificados en los años 1953, 1967, 1976, 1980, 1990, conforme a las
necesidades que generaba la evolución del comercio mundial.

Los Incoterms solo tendrán 2 categorías, para cualquier modalidad de transporte y
transporte marítimo.

   1. “Cualquier modalidad de transporte”

          A. EXW – EX WORKS

          B. FCA – FREE CARRIER

          C. CPT – CARRIAGE PAID TO

          D. CIP – CARRIAGE AND INSURANCE PAID

          E. DAP – DELIVERED AT PLACE

          F. DAT – DELIVERED AT TERMINAL

   2. “Transporte maritimo”

          A. FOB – FREE ON BOARD

          B. FAS – FREE ALONGSIDE SHIP

          C. CFR – COST AND FREIGHT

          D. CIF – COST, INSURANCE AND FREIGHT
CFR (Cost and Freight) – Costo y Flete (puerto de destino convenido)

Para el vendedor los alcances son los mismos que la cotización FOB con la única
diferencia de que la empresa debe encargarse de contratar la bodega del barco y
pagar el flete hasta destino.


El riesgo de pérdida o daño de las mercaderías así como cualquier coste adicional
debido a eventos ocurridos después del momento de la entrega, se transmiten del
vendedor al comprador


El término CFR exige al vendedor despachar las mercaderías para la exportación.


Este término puede ser utilizado sólo para el transporte por mar o por vías
navegables interiores.

Obligaciones del Vendedor.

      Entregar la mercadería y documentos necesarios

      Empaque Y Embalaje

      Flete (de fábrica al lugar de exportación)

      Aduana (documentos, permisos, requisitos, impuestos)

      Gastos de exportación (maniobras, almacenaje, agentes)

      Flete (de lugar de exportación al lugar de importación)

Obligaciones del Comprador.

      Pago de la Mercadería

      Gastos de importación (maniobras, almacenaje, agentes)

      Aduana (documentos, permisos, requisitos, impuestos)

      Flete y seguro (lugar de importación a planta)

      Demoras

CIF (Cost, Insurance and Freight) – Costo, Seguro y Flete (puerto de destino
convenido)
Significa que el vendedor entrega la mercadería cuando esta sobrepasa la borda
del buque en el puerto de embarque convenido.


El vendedor debe pagar los costos y el flete necesarios para conducir las
mercaderías al puerto de destino convenido.


En condiciones CIF el vendedor debe también contratar un seguro y pagar la
prima correspondiente, a fin de cubrir los riesgos de pérdida o daño que pueda
sufrir la mercadería durante el transporte.


El comprador ha de observar que el vendedor está obligado a conseguir un seguro
sólo con cobertura mínima. Si el comprador desea mayor cobertura necesitará
acordarlo expresamente con el vendedor o bien concertar su propio seguro
adicional.



El término CIF exige al vendedor despachar las mercaderías para la exportación.



Este término puede ser utilizado sólo para el transporte por mar o por vías
navegables interiores.

Obligaciones del Vendedor.

      Entregar la mercadería y documentos necesarios

      empaque y embalaje

      Flete (de fábrica al lugar de exportación)

      Aduana (documentos, permisos, requisitos, impuestos)

      Gastos de exportación (maniobras, almacenaje, agentes )

      Flete y seguro (de lugar de exportación al lugar de importación)

Obligaciones del Comprador.

      Pago de la mercadería

      Gastos de importación (maniobras, almacenaje, agentes )
Aduana (documentos, permisos, requisitos, impuestos)

      Flete y seguro (lugar de importación a planta)

      Demoras

CIP (Carriage and InsurancePaidto) – Transporte y Seguro Pago Hasta (lugar
de destino convenido)

El vendedor entrega las mercaderías al transportista designado por él pero,
además, debe pagar los costos del transporte necesario para llevar las
mercaderías al destino convenido. El vendedor también debe conseguir un seguro
contra el riesgo, que soporta el comprador, de pérdida o daño de las mercaderías
durante el transporte.


El comprador asume todos los riesgos y con cualquier otro coste ocurrido después
de que las mercaderías hayan sido así entregadas.


El CPT exige que el vendedor despache las mercaderías para la exportación.


Este término puede emplearse con independencia del modo de transporte,
incluyendo el transporte multimodal.


Obligaciones del Vendedor

      Entregar la mercadería y los documentos necesarios

      Empaque y embalaje

      Flete (de fábrica al lugar de exportación)

      Aduana (documentos, permisos, requisitos, impuestos)

      Gastos de exportación (maniobras, almacenaje, agentes )

      Flete y seguro (de lugar de exportación al lugar de importación)

      Gastos de importación (maniobras, almacenaje, agentes ) Parcial

Obligaciones del Comprador

      Pago de la mercadería
Aduana (documentos, permisos, requisitos, impuestos)

      Flete y Seguro (lugar de importación a planta)

      Gastos de importación (maniobras, almacenaje, agentes ) Parcial

      Demoras

CPT (CarriagePaidTo) – Transporte Pagado Hasta (lugar de destino
convenido)

El vendedor entrega las mercaderías al transportista designado por él pero,
además, debe pagar los costos del transporte necesario para llevar las
mercaderías al destino convenido.

El comprador asume todos los riesgos y con cualquier otro coste ocurridos
después de que las mercaderías hayan sido así entregadas.


El CPT exige que el vendedor despache las mercaderías para la exportación.


Este término puede emplearse con independencia del modo de transporte,
incluyendo el transporte multimodal.


Obligaciones del Vendedor

      Entregar la mercadería y los documentos necesarios

      Empaque y embalaje

      Flete (de fábrica al lugar de exportación)

      Aduana (documentos, permisos, requisitos, impuestos)

      Gastos de exportación (maniobras, almacenaje, agentes)

      Flete (de lugar de exportación al lugar de importación)

      Gastos de importación (maniobras, almacenaje, agentes ) Parcial

Obligaciones del Comprador

      Pago de la mercadería

      Aduana (documentos, permisos, requisitos, impuestos)
Flete y Seguro (lugar de importación a planta)

      Gastos de importación (maniobras, almacenaje, agentes ) Parcial

      Demoras

DDP (DeliveredDutyPaid) – Entregadas Derechos Pagados (lugar de destino
convenido)

Significa que el vendedor entrega las mercaderías al comprador, despachadas
para la importación, y no descargadas de los medios de transporte utilizados en el
lugar de destino acordado.


El vendedor debe asumir todos los costos y riesgos ocasionados al llevar las
mercaderías hasta aquel lugar, incluyendo los trámites aduaneros, y el pago de los
trámites, derechos de aduanas, impuestos y otras cargas para la importación al
país de destino.

Obligaciones del vendedor

      Entregar la mercadería y documentos necesarios

      Empaque y embalaje

      Acarreo (de fábrica al lugar de exportación)

      Aduana (documentos, permisos, requisitos, impuestos)

      Gastos de exportación (maniobras, almacenaje, agentes )

      Flete (de lugar de exportación al lugar de importación)

      Seguro

      Gastos de importación (maniobras, almacenaje, agentes )

      Aduana (documentos, permisos, requisitos, impuestos)

      Acarreo y seguro (lugar de importación a planta)

      Demoras

Obligación del comprador

      Pagar la mercadería

EXW (Ex-Works) – En Fábrica (lugar convenido)
Significa que el vendedor entrega cuando pone la mercadería a disposición del
comprador en el establecimiento del vendedor o en otro lugar convenido (es decir,
fábrica, almacén, etc.).


Este término representa, así, la menor obligación del vendedor, y el comprador
debe asumir todos los costos y riesgos.


Obligaciones del Vendedor.

      Entrega de la mercadería y documentos necesarios

      Empaque y embalaje

Obligaciones del Comprador.

      Pago de la mercadería

      Flete interno (de fábrica al lugar de exportación)

      Aduana (documentos, permisos, requisitos, impuestos)

      Gastos de exportación (maniobras, almacenaje, agentes )

      Flete internacional (de lugar de exportación al lugar de importación)

      Seguro

      Gastos de importación (maniobras, almacenaje, agentes )

      Transporte y seguro (lugar de importación a planta)

FAS (Free AlongShip) – Libre al Costado del Buque (puerto de carga
convenido)

Significa que la responsabilidad del vendedor finaliza una vez que la mercadería
es colocada al costado del buque en el puerto de embarque convenido. Esto
quiere decir que el comprador ha de asumir todos los costos y riesgos de pérdida
o daño de las mercaderías desde aquel momento.


El término FAS exige al vendedor despachar las mercaderías para la exportación.

Obligaciones del Vendedor

      Mercadería y Documentos Necesarios
Empaque Y Embalaje

      Flete (de fábrica al lugar de exportación)

      Aduana (documentos, permisos, requisitos, impuestos)

      Gastos De Exportación (maniobras, almacenaje, agentes )

Obligaciones del Comprador

      Pagos de la mercadería

      Flete y seguro (de lugar de exportación al lugar de importación)

      Gastos de importación (maniobras, almacenaje, agentes)

      Aduana (documentos, permisos, requisitos, impuestos)

      Seguro y flete (lugar de importación a planta)

      Demoras

FCA (Free Carrier) – Libre Transportista (lugar convenido)

Significa que el vendedor entrega la mercadería para la exportación al
transportista propuesto por el comprador, en el lugar acordado.


El lugar de entrega elegido influye en las obligaciones de carga y descarga de las
partes. Si la entrega tiene lugar en los locales del vendedor este es responsable
de la carga. Si la entrega ocurre en cualquier otro lugar, el vendedor no es
responsable de la descarga.

Este término puede emplearse en cualquier medio de transporte incluyendo el
transporte multimodal.


Obligaciones del vendedor.

      Entrega de la Mercadería y documentos necesarios

      Empaque y embalaje

      Flete (de fábrica al lugar de exportación)

      Aduana (documentos, permisos, requisitos, impuestos)

      Gastos de exportación (maniobras, almacenaje, agentes)
Obligaciones del comprador

      Pagos de la mercadería

      Flete (de lugar de exportación al lugar de importación)

      Seguro

      Gastos de importación (maniobras, almacenaje, agentes)

      Aduana (documentos, permisos, requisitos, impuestos)

      Flete y seguro (lugar de importación a planta)

      Demoras




FOB (Free OnBoard) – Libre a Bordo (puerto de carga convenido)

La responsabilidad del vendedor termina cuando las mercaderías sobrepasan la
borda del buque en el puerto de embarque convenido.


El comprador debe soportar todos los costos y riesgos de la pérdida y el daño de
las mercaderías desde aquel punto.


El término FOB exige al vendedor despachar las mercaderías para la exportación.


Este término puede ser utilizado sólo para el transporte por mar o por vías
navegables interiores.

Obligaciones del vendedor

      Entregar la mercadería y documentos necesario

      Empaque y embalaje

      Flete (de fábrica al lugar de exportación)

      Aduana (documentos, permisos, requisitos, impuestos)

      Gastos de exportación (maniobras, almacenaje, agentes)
Obligaciones del Comprador

      Pago de la mercadería

      Flete y seguro (de lugar de exportación al lugar de importación)

      Gastos de importación (maniobras, almacenaje, agentes)

      Aduana (documentos, permisos, requisitos, impuestos)

      Flete (lugar de importación a planta)

      Demoras

DAT (Delivered at Terminal) – Entregado en Terminal



Sustituye a los términos DES (entregada sobre buque) y DEQ (entregada en
muelle). El momento de entrega se produce en un terminal de carga del país de
destino, una vez que la mercancía ha sido descargada. En otras palabras, el
término DAT se refiere a que el vendedor realiza la entrega cuando la mercancía
es puesta a disposición del comprador, sin despachar de aduana para la
importación, en la terminal, puerto o aeropuerto convenido en el país de destino.



DAP (Delivered at Place) – Entregado en un Punto



Sustituye al DDU. Significa que el vendedor realiza la entrega de la mercancía al
comprador, no despachada de aduana para la importación y no descargada de los
medios de transporte, a su llegada al lugar de destino convenido .En ese sentido,
todos los costes y riesgos contraídos al llevar la mercancía hasta la entrega en el
punto convenido, así como cualquier coste y riesgo por no despachar
oportunamente la mercancía para la importación, es decir los gastos de demora
(almacenaje, muellaje, etc.), que se producen al despachar la mercancía de
importación, deben ser asumidos por el vendedor. No debiendo incluirse como
gastos de demora el movimiento de contenedor, vaciado, llenado, etc., por ser
estos propios del despacho aduanero.

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  • 1. INCOTERMS 2.010 El adecuado uso y aplicación de los términos de comercio internacional INCOTERMS, en las transacciones internacionales propenden en gran medida por: facilitar la gestión de toda operación en comercio internacional, delimitar claramente las obligaciones de las partes disminuir el riesgo por complicaciones legales, y establecer unas reglas internacionales para la interpretación de los términos comerciales más utilizados. • ¿Qué son los INCOTERMS? Son los términos de compra y venta internacional (International Commerce Terms) que establecen las responsabilidades y obligaciones de las partes que intervienen en la operación. Los Incoterms regulan cuatro grandes problemas que soporta toda transacción comercial: 1. La entrega de la Mercancía 2. Transferencia de Riesgos 3. Distribución de Gastos 4. Trámites documentales De esta forma, en caso de conflicto quedan claramente establecidas las responsabilidades y obligaciones de las partes que intervienen en la operación. Estas reglas son de aceptación voluntaria por cada una de las partes y pueden ser incluidas en el contrato de compraventa internacional. IMPORTANCIA DE LOS INCOTERMS EN LAS TRANSACCIONES INTERNACIONALES. La globalización de los mercados internacionales ha impulsado de manera dinámica la venta de mercancías en más países y en mayores cantidades, es así como a medida que aumenta el volumen y la complejidad de las ventas, también crecen las posibilidades de malentendidos y litigios costosos cuando no se especifican de forma clara y precisa las obligaciones y riesgos de las partes. Por ello, el adecuado uso y aplicación de los Incoterms, en las transacciones internacionales propenden en gran medida por : facilitar la gestión de toda operación en comercio internacional, delimitar claramente las obligaciones de las partes disminuir el riesgo por complicaciones legales, y establecer unas reglas internacionales para la interpretación de los términos comerciales más utilizados. La idea de lograr un lenguaje internacional para los términos comerciales, nació en 1919. Se han modificado en la medida que el comercio y el transporte ha evolucionado. En el curso de su historia la Cámara de Comercio Internacional ha efectuado siete ajustes, el último de ellos en el año 2000. En estos ya se contemplan las transacciones comerciales a través de la comunicación electrónica.
  • 2. Fuentes de Información • ¿Cuál es el mejor término de venta para negociar con mi comprador en el exterior? Depende de un sinnúmero de factores tales como: · las exigencias del comprador · la experiencia de la empresa en exportaciones, · la capacidad del exportador para coordinar la cadena logística y la práctica comercial, entre otros. Es fundamental que los exportadores se familiaricen con los Incoterms, sus riesgos, responsabilidades y costos. • Cuál es el valor del flete para el transporte internacional (marítimo, aéreo, terrestre) desde Colombia hasta un destino específico? Las tarifas de transporte de carga entre dos puntos varían en función del tipo de carga, el volumen, el modo y el equipo de transporte o unidad de carga y de la empresa transportadora. Para conocer con exactitud los fletes aplicables desde Colombia al destino requerido, es recomendable que consulte directamente a la compañía transportadora que cubre la ruta de su interés. Los Agentes de Carga y las Compañías de Intermediación aduanera pueden también suminístrale esta información. Así mismo Proexport, a través del servicio de información sobre transporte puede suministrarle fletes de referencia para los diferentes modos de transporte en las distintas rutas internacionales así como también todos los agentes de carga que se encuentran en el país. Incoterms ¿Qué son los INCOTERMS? Los INternationalCOmerce TERMS (INCOTERMS) es un conjunto de reglas aplicables internacionalmente destinadas a facilitar la interpretación de los términos comerciales comúnmente utilizados en comercio exterior. Los términos comerciales se caracterizan por abreviaturas o siglas que indican su contenido (por ejemplo FOB, CIF, etc.). Cada una de ellas encierra un conjunto de obligaciones a ser asumidas por el comprador y por el vendedor en la compraventa internacional. Los Incoterms también se denominan cláusulas de precio, pues cada término permite determinar los conceptos que componen el precio: obligaciones del vendedor y obligaciones del comprador.
  • 3. Los Incoterms: Definen con gran precisión las obligaciones de las partes, Se establecieron dé acuerdo con las prácticas más generalizadas en el comercio internacional. Contractualmente enumera las obligaciones de las partes en un lenguaje claro y simple, acercándose más a los hechos que a los conceptos jurídicos. Cuando las practicas vigentes acusen marcadas diferencias entre sí, se ha establecido el principio de que el precio ajustado a los Incoterms determina las obligaciones mínimas del vendedor, dejando a las partes que estipulen en su contrato, si lo desean, otras obligaciones, además de las previstas en las reglas. Respeta la autonomía de las voluntades ¿Cómo se utilizan las cláusulas de los INCOTERMS? Cuando en una Oferta o Contrato de compraventa internacional se utiliza determinada cláusula de los Incoterms, debe tenerse presente: Indicar la versión a la que corresponde la cláusula, por ejemplo Incoterms 2000. Indicar el lugar, por ejemplo FOB Bahía Blanca La utilización de los Incoterms no es obligatoria para las partes de un contrato de compraventa. Asimismo las partes pueden adaptar la cláusula a ser utilizada a sus necesidades introduciendo las modificaciones que consideren conveniente. Lo importante es evitar que la modificación introducida desvirtúe el sentido del término comercial pues en caso de litigio, toda expresión ambigua que aparte a los árbitros o jueces del texto de los Incoterms, llevara inseguridad a las partes y por ende, al resultado del conflicto. En la elección del término concurren otras circunstancias que el solo contenido formal. Al respecto es importante la experiencia de los contratantes. El conocimiento de los diversos medios de transporte (itinerarios, frecuencias, transbordos, riesgos, fletes, etc.), puertos (usos y costumbres, riesgos, requisitos, etc.), seguros (primas, reclamos, cumplimiento, etc.), tránsitos (gastos, tributos, costos de servicios, etc.), régimen aduanero en destino (tributos, trámites, costo de los servicios, usos y costumbres, etc.), son, entre otros, los que deciden la elección del término adecuado
  • 4. ¿Cuáles son las principales características de los Incoterms? Los aspectos más importantes de la compraventa internacional que son tratados en los Incoterms, se refieren a: La entrega. Las condiciones de entrega de la mercadería obligan a especificar el lugar y el momento en que se verificara dicha circunstancia, evitándose establecer toda condición que sea de difícil o imposible cumplimiento. La obligación de entrega estará extinguida cuando el vendedor haya cumplido con todos los actos que le incumben para poner la mercadería objeto del contrato a disposición del comprador. Sin embargo, las condiciones de entrega deben ser negociadas entre las partes. La mayor o menor experiencia en comprar o vender puede llevar al comprador a importar en condición CIF y al vendedor a exportar en condición FOB. Los compromisos de entrega son casi absolutos y la causal de incumplimiento por fuerza mayor sistemáticamente es rechazada por los tribunales. La entrega de la mercadería y la de los documentos pertinentes están íntimamente relacionadas, pese a efectuarse en momentos distintos. Este último acto es el que extingue la obligación de la entrega. Los riesgos. Los riesgos que corre la mercadería pueden producirse desde que se perfecciona el contrato de compraventa hasta el momento de la entrega. Las distintas cláusulas que componen los Incoterms eliminan toda incertidumbre respecto al momento en que los riesgos se transmiten del vendedor al comprador. Los Incoterms brindan una solución al respecto cuando en los contratos no se trata el tema de la transmisión de los riesgos. Los gastos. La distribución de los gastos está especialmente tratada en los Incoterms. Es el vendedor quien debe soportar los gastos originados por la mercadería hasta el momento que, según el contrato, se verifique la entrega de la misma. En determinadas cláusulas el vendedor también puede tomar a su cargo los gastos de envío. Todos los demás gastos que el vendedor pueda asumir son accesorios a la operación de entrega. Los documentos. Los Incoterms establecen disposiciones específicas en lo concerniente a la obtención de la documentación necesaria para la exportación (licencias, etc.) y para el posterior despacho en destino (certificados de origen, facturas consulares,
  • 5. etc.). El alcance de la obligación del vendedor varía según el término utilizado. Asimismo se establece que cuando el comprador lo solicite y a su cuenta y riesgo se le preste toda la ayuda necesaria para obtener los documentos requeridos en destino y/o el tráfico posterior de la mercadería. ¿Cuál es el objeto de los INCOTERMS? El objeto de los Incoterms es establecer una interpretación común de los términos usuales utilizados en la compra-venta internacional de mercaderías. La Cámara de Comercio Internacional publicó por primera vez en el año 1936 una serie de reglas de interpretación de dichos términos comerciales; los cuales fueron modificados en los años 1953, 1967, 1976, 1980, 1990, conforme a las necesidades que generaba la evolución del comercio mundial. Los Incoterms solo tendrán 2 categorías, para cualquier modalidad de transporte y transporte marítimo. 1. “Cualquier modalidad de transporte” A. EXW – EX WORKS B. FCA – FREE CARRIER C. CPT – CARRIAGE PAID TO D. CIP – CARRIAGE AND INSURANCE PAID E. DAP – DELIVERED AT PLACE F. DAT – DELIVERED AT TERMINAL 2. “Transporte maritimo” A. FOB – FREE ON BOARD B. FAS – FREE ALONGSIDE SHIP C. CFR – COST AND FREIGHT D. CIF – COST, INSURANCE AND FREIGHT
  • 6. CFR (Cost and Freight) – Costo y Flete (puerto de destino convenido) Para el vendedor los alcances son los mismos que la cotización FOB con la única diferencia de que la empresa debe encargarse de contratar la bodega del barco y pagar el flete hasta destino. El riesgo de pérdida o daño de las mercaderías así como cualquier coste adicional debido a eventos ocurridos después del momento de la entrega, se transmiten del vendedor al comprador El término CFR exige al vendedor despachar las mercaderías para la exportación. Este término puede ser utilizado sólo para el transporte por mar o por vías navegables interiores. Obligaciones del Vendedor. Entregar la mercadería y documentos necesarios Empaque Y Embalaje Flete (de fábrica al lugar de exportación) Aduana (documentos, permisos, requisitos, impuestos) Gastos de exportación (maniobras, almacenaje, agentes) Flete (de lugar de exportación al lugar de importación) Obligaciones del Comprador. Pago de la Mercadería Gastos de importación (maniobras, almacenaje, agentes) Aduana (documentos, permisos, requisitos, impuestos) Flete y seguro (lugar de importación a planta) Demoras CIF (Cost, Insurance and Freight) – Costo, Seguro y Flete (puerto de destino convenido)
  • 7. Significa que el vendedor entrega la mercadería cuando esta sobrepasa la borda del buque en el puerto de embarque convenido. El vendedor debe pagar los costos y el flete necesarios para conducir las mercaderías al puerto de destino convenido. En condiciones CIF el vendedor debe también contratar un seguro y pagar la prima correspondiente, a fin de cubrir los riesgos de pérdida o daño que pueda sufrir la mercadería durante el transporte. El comprador ha de observar que el vendedor está obligado a conseguir un seguro sólo con cobertura mínima. Si el comprador desea mayor cobertura necesitará acordarlo expresamente con el vendedor o bien concertar su propio seguro adicional. El término CIF exige al vendedor despachar las mercaderías para la exportación. Este término puede ser utilizado sólo para el transporte por mar o por vías navegables interiores. Obligaciones del Vendedor. Entregar la mercadería y documentos necesarios empaque y embalaje Flete (de fábrica al lugar de exportación) Aduana (documentos, permisos, requisitos, impuestos) Gastos de exportación (maniobras, almacenaje, agentes ) Flete y seguro (de lugar de exportación al lugar de importación) Obligaciones del Comprador. Pago de la mercadería Gastos de importación (maniobras, almacenaje, agentes )
  • 8. Aduana (documentos, permisos, requisitos, impuestos) Flete y seguro (lugar de importación a planta) Demoras CIP (Carriage and InsurancePaidto) – Transporte y Seguro Pago Hasta (lugar de destino convenido) El vendedor entrega las mercaderías al transportista designado por él pero, además, debe pagar los costos del transporte necesario para llevar las mercaderías al destino convenido. El vendedor también debe conseguir un seguro contra el riesgo, que soporta el comprador, de pérdida o daño de las mercaderías durante el transporte. El comprador asume todos los riesgos y con cualquier otro coste ocurrido después de que las mercaderías hayan sido así entregadas. El CPT exige que el vendedor despache las mercaderías para la exportación. Este término puede emplearse con independencia del modo de transporte, incluyendo el transporte multimodal. Obligaciones del Vendedor Entregar la mercadería y los documentos necesarios Empaque y embalaje Flete (de fábrica al lugar de exportación) Aduana (documentos, permisos, requisitos, impuestos) Gastos de exportación (maniobras, almacenaje, agentes ) Flete y seguro (de lugar de exportación al lugar de importación) Gastos de importación (maniobras, almacenaje, agentes ) Parcial Obligaciones del Comprador Pago de la mercadería
  • 9. Aduana (documentos, permisos, requisitos, impuestos) Flete y Seguro (lugar de importación a planta) Gastos de importación (maniobras, almacenaje, agentes ) Parcial Demoras CPT (CarriagePaidTo) – Transporte Pagado Hasta (lugar de destino convenido) El vendedor entrega las mercaderías al transportista designado por él pero, además, debe pagar los costos del transporte necesario para llevar las mercaderías al destino convenido. El comprador asume todos los riesgos y con cualquier otro coste ocurridos después de que las mercaderías hayan sido así entregadas. El CPT exige que el vendedor despache las mercaderías para la exportación. Este término puede emplearse con independencia del modo de transporte, incluyendo el transporte multimodal. Obligaciones del Vendedor Entregar la mercadería y los documentos necesarios Empaque y embalaje Flete (de fábrica al lugar de exportación) Aduana (documentos, permisos, requisitos, impuestos) Gastos de exportación (maniobras, almacenaje, agentes) Flete (de lugar de exportación al lugar de importación) Gastos de importación (maniobras, almacenaje, agentes ) Parcial Obligaciones del Comprador Pago de la mercadería Aduana (documentos, permisos, requisitos, impuestos)
  • 10. Flete y Seguro (lugar de importación a planta) Gastos de importación (maniobras, almacenaje, agentes ) Parcial Demoras DDP (DeliveredDutyPaid) – Entregadas Derechos Pagados (lugar de destino convenido) Significa que el vendedor entrega las mercaderías al comprador, despachadas para la importación, y no descargadas de los medios de transporte utilizados en el lugar de destino acordado. El vendedor debe asumir todos los costos y riesgos ocasionados al llevar las mercaderías hasta aquel lugar, incluyendo los trámites aduaneros, y el pago de los trámites, derechos de aduanas, impuestos y otras cargas para la importación al país de destino. Obligaciones del vendedor Entregar la mercadería y documentos necesarios Empaque y embalaje Acarreo (de fábrica al lugar de exportación) Aduana (documentos, permisos, requisitos, impuestos) Gastos de exportación (maniobras, almacenaje, agentes ) Flete (de lugar de exportación al lugar de importación) Seguro Gastos de importación (maniobras, almacenaje, agentes ) Aduana (documentos, permisos, requisitos, impuestos) Acarreo y seguro (lugar de importación a planta) Demoras Obligación del comprador Pagar la mercadería EXW (Ex-Works) – En Fábrica (lugar convenido)
  • 11. Significa que el vendedor entrega cuando pone la mercadería a disposición del comprador en el establecimiento del vendedor o en otro lugar convenido (es decir, fábrica, almacén, etc.). Este término representa, así, la menor obligación del vendedor, y el comprador debe asumir todos los costos y riesgos. Obligaciones del Vendedor. Entrega de la mercadería y documentos necesarios Empaque y embalaje Obligaciones del Comprador. Pago de la mercadería Flete interno (de fábrica al lugar de exportación) Aduana (documentos, permisos, requisitos, impuestos) Gastos de exportación (maniobras, almacenaje, agentes ) Flete internacional (de lugar de exportación al lugar de importación) Seguro Gastos de importación (maniobras, almacenaje, agentes ) Transporte y seguro (lugar de importación a planta) FAS (Free AlongShip) – Libre al Costado del Buque (puerto de carga convenido) Significa que la responsabilidad del vendedor finaliza una vez que la mercadería es colocada al costado del buque en el puerto de embarque convenido. Esto quiere decir que el comprador ha de asumir todos los costos y riesgos de pérdida o daño de las mercaderías desde aquel momento. El término FAS exige al vendedor despachar las mercaderías para la exportación. Obligaciones del Vendedor Mercadería y Documentos Necesarios
  • 12. Empaque Y Embalaje Flete (de fábrica al lugar de exportación) Aduana (documentos, permisos, requisitos, impuestos) Gastos De Exportación (maniobras, almacenaje, agentes ) Obligaciones del Comprador Pagos de la mercadería Flete y seguro (de lugar de exportación al lugar de importación) Gastos de importación (maniobras, almacenaje, agentes) Aduana (documentos, permisos, requisitos, impuestos) Seguro y flete (lugar de importación a planta) Demoras FCA (Free Carrier) – Libre Transportista (lugar convenido) Significa que el vendedor entrega la mercadería para la exportación al transportista propuesto por el comprador, en el lugar acordado. El lugar de entrega elegido influye en las obligaciones de carga y descarga de las partes. Si la entrega tiene lugar en los locales del vendedor este es responsable de la carga. Si la entrega ocurre en cualquier otro lugar, el vendedor no es responsable de la descarga. Este término puede emplearse en cualquier medio de transporte incluyendo el transporte multimodal. Obligaciones del vendedor. Entrega de la Mercadería y documentos necesarios Empaque y embalaje Flete (de fábrica al lugar de exportación) Aduana (documentos, permisos, requisitos, impuestos) Gastos de exportación (maniobras, almacenaje, agentes)
  • 13. Obligaciones del comprador Pagos de la mercadería Flete (de lugar de exportación al lugar de importación) Seguro Gastos de importación (maniobras, almacenaje, agentes) Aduana (documentos, permisos, requisitos, impuestos) Flete y seguro (lugar de importación a planta) Demoras FOB (Free OnBoard) – Libre a Bordo (puerto de carga convenido) La responsabilidad del vendedor termina cuando las mercaderías sobrepasan la borda del buque en el puerto de embarque convenido. El comprador debe soportar todos los costos y riesgos de la pérdida y el daño de las mercaderías desde aquel punto. El término FOB exige al vendedor despachar las mercaderías para la exportación. Este término puede ser utilizado sólo para el transporte por mar o por vías navegables interiores. Obligaciones del vendedor Entregar la mercadería y documentos necesario Empaque y embalaje Flete (de fábrica al lugar de exportación) Aduana (documentos, permisos, requisitos, impuestos) Gastos de exportación (maniobras, almacenaje, agentes)
  • 14. Obligaciones del Comprador Pago de la mercadería Flete y seguro (de lugar de exportación al lugar de importación) Gastos de importación (maniobras, almacenaje, agentes) Aduana (documentos, permisos, requisitos, impuestos) Flete (lugar de importación a planta) Demoras DAT (Delivered at Terminal) – Entregado en Terminal Sustituye a los términos DES (entregada sobre buque) y DEQ (entregada en muelle). El momento de entrega se produce en un terminal de carga del país de destino, una vez que la mercancía ha sido descargada. En otras palabras, el término DAT se refiere a que el vendedor realiza la entrega cuando la mercancía es puesta a disposición del comprador, sin despachar de aduana para la importación, en la terminal, puerto o aeropuerto convenido en el país de destino. DAP (Delivered at Place) – Entregado en un Punto Sustituye al DDU. Significa que el vendedor realiza la entrega de la mercancía al comprador, no despachada de aduana para la importación y no descargada de los medios de transporte, a su llegada al lugar de destino convenido .En ese sentido, todos los costes y riesgos contraídos al llevar la mercancía hasta la entrega en el punto convenido, así como cualquier coste y riesgo por no despachar oportunamente la mercancía para la importación, es decir los gastos de demora (almacenaje, muellaje, etc.), que se producen al despachar la mercancía de importación, deben ser asumidos por el vendedor. No debiendo incluirse como gastos de demora el movimiento de contenedor, vaciado, llenado, etc., por ser estos propios del despacho aduanero.