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REGLAMENTO INTERNO
2014
INSTITUCIÓN EDUCATIVA
5036”RAFAEL BELAUNDE DIEZ
CANSECO”
INSTITUCIÓN EDUCATIVA
5036 “RAFAEL BELAUNDE DIEZ CANSECO”
Jr. César Vallejo cdra. 1-s/nº (Puerta 1)
Jr. Santos Chocano cdra. 1 – s/nº (Puerta 2)
Playa Rímac – Callao
Tf. 5637021
“AÑO DE LA PROMOCION DE LA INDUSTRIA RESPONSABLE Y DEL COMPROMISO CLIMÁTICO”
“DECENIO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN EL PERÚ 2007 - 2016”
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 100 - 2014-DIE-5036¨RBDC¨
Playa Rímac, 03 de Marzo del 2014
Visto el Informe correspondiente a la Redacción del REGLAMENTO INTERNO DE
LA I.E. 5036 “RBDC” – 2013, presentado por la comisión responsable integrado por los
docentes de Primaria y Secundaria Menores:
• Yoly Arieta Miranda
• Silvia Costilla Cumpa
• Hugo Eduardo Otoya Verástegui
• Alberto Jesus Olivas Santome
• Iván Casaretto Meneses (Auxiliar de Educación)
REVISADO Y CORREGIDO POR:
LIC. ROQUE JACINTO CÁRDENAS JURADO, Director de la I.E. 5036 “RBDC”, y
así mismo con la participación de los agentes de la comunidad Rafaelina, de acuerdo a la
R.M. Nº 0622-2013-ED “Normas Técnicas para el Desarrollo del Año Escolar 2014 en las
Instituciones Educativas de Educación Básica Regular y Técnico Productiva-CEBAS”.
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con la Constitución Política del
Perú, Ley Nª 28044 Ley General de Educación; PROYECTO EDUCATIVO NACIONAL
2006-2021: “La educación que queremos para el Perú”, aprobado mediante Ley N° 29719;
DS 011 – 2012 ED, Aprueba el reglamento de la Ley N° 28044, Ley General de Educación;
Ley Nº 29944 Ley de la Reforma Magisterial y su DS. Nº 004-2013-ED, DL. Nº 276 y sus
modificatorias Ley Nº 25224, Ley Nº 26488, DS. 018-85-PCM, DS. Nº 005-90-PCM, DS. Nº
0022-90-PCM Reglamento y estando con la opinión favorable del CONEI.
Resolución Ministerial Nº0622-2013-ED “Normas
Técnicas para el Desarrollo del Año Escolar 2014 en las Instituciones Educativas de
Educación Básica Regular y Técnico Productiva y otras Normas Legales conexas vigentes.
SE RESUELVE:
1º.- APROBAR, el Reglamento Interno para el período 2014 de la I.E. 5036 “RAFAEL
BELAÚNDE DIEZ CANSECO” de Playa Rímac – Callao, con la participación de la
Comunidad Educativa Rafaelina y su CONEI.
2
2º.- NORMAR, el uso y cumplimiento obligatorio del Reglamento Interno en el período
escolar 2014 para el buen desarrollo de la Gestión y Control ordenado de la institución
Educativa.
3º.- ELEVAR, a la DREC – Callao, una copia del Reglamento Interno del período escolar
2014, para su conocimiento y asesoría técnica en el cumplimiento y el Buen Desempeño de
los Directivos, Docentes, Administrativos, Alumnos involucrando la participación de los
Padres de familia y usuarios en general de la Comunidad chalaca.
Regístrese, comuníquese y archívese.
3
ESTRUCTURA
INTRODUCCIÓN
ASPECTOS GENERALES DE NUESTRO PEI - 2013
PRESENTACIÓN
TITULO I
CAPITULO I.- DISPOSICIONES GENERALES
1.1.- Concepto
1.2.- Línea Axiológica
1.3.- Alcance
1.4.- Base Legal
CAPITULO ll.- DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA
2.1.- Del Funcionamiento
2.2.- Ubicación
2.3.- Ámbito Geográfico
2.4.- Objetivos
a.- Objetivos Generales
b.- Objetivos Específicos
CAPITULO III.- DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA
3.1.- Diseño Organizacional
3.2.- Funciones Generales
3.3.- Funciones Específicas
TITULO II
CAPITULO IV.- DE LA ORGANIZACIÓN
4.1.- Académica
a) Planificación
b) Programación
c) Calendarización
d) Programa de Recuperación Pedagógica.
e) Supervisión Educativa
4.2.- Administrativa
a) Régimen Interno
b) Régimen Económico
c) Régimen de seguridad Social de los Trabajadores
CAPITULO V.- DEL PROCESO DE MATRICULA, EVALUACIÓN, PROMOCIÓN,
REPITENCIA Y
CERTIFICACIÓN
4
5.1.- Matricula
5.2.- Evaluación
5.3.- Promoción y repitencia
5.4.- Certificación
CAPITULO VI.- DEL RÉGIMEN ESCALAFONARIO
6.1.- Organización del Escalafón Docente y administrativo
6.2.- Su uso y Obligatoriedad de registro de los trabajadores que laboran en la I.E.
5036 “RBDC” Primaria (Turno Mañana) y Secundaria (Turno Tarde),
Modalidad
Menores.
TITULO III
CAPITULO VII.- DERECHOS, DEBERES, FALTAS, ESTÍMULOS Y
SANCIONES DEL PERSONAL DE LA I.E.
7.1.- Derechos
7.2.- Deberes
7.3.- Faltas
7.4.- Estímulos
7.5.- Sanciones del personal
CAPITULO VIII.- DERECHOS, OBLIGACIONES, FALTAS, ESTIMULOS,
SANCIONES A LOS ESTUDIANTES DE LA I.E.
8.1.- De los derechos
8.2.- De las Normas de convivencia estudiantil
8.3.- De las Faltas
8.4.- De los Estímulos
8.5.- De las sanciones a los educandos
CAPITULO IX.- RELACIONES Y COORDINACIONES
9.1.- Con los padres de familia y su asociación o Comités de Aula
9.2.- Con el sindicato magisterial
9.3.- Con la Asociación de ex alumnos
9.4.- Con la Red Educativa
9.5.- De las coordinaciones
TITULO IV
CAPITULO X.- DE LA ADMINISTRACIÓN DE LOS RECURSOS PROPIOS Y
DE LOS BIENES DE LA INSTITUCIÓN
10.1.- De los recursos Propios
10.2.- De la administración de los bienes
CAPITULO XI.- DISPOSICIONES GENERALES
CAPITULO XII.- DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
5
ASPECTOS GENERALES DE NUESTRO PROYECTO EDUCATIVO
INSTITUCIONAL
Nuestra misión, visión, ideario, objetivos y metas
I. NUESTRA MISIÓN
“Somos la IE. Nº 5036 Rafael Belaunde Diez Canseco que promueve una educación integral
del estudiante, desarrollando sus potencialidades, en base a principios y valores ético
morales, haciendo de ellos personas competentes y capaces de enfrentar los retos de una
sociedad cambiante y globalizada. Aplica una gestión de calidad y cuenta con personal
altamente capacitado, así como recursos tecnológicos modernos”.
II. NUESTRA VISIÓN
“ Ser una institución líder en la región, que brinda una educación de calidad a los estudiantes,
con una moderna infraestructura y recursos tecnológicos acorde a los avances científicos de
una sociedad moderna, que le posibilitan desarrollar capacidades creativas y productivas,
conocimientos pertinentes y actitudes positivas que permiten construir una sociedad mejor,
educadora, participativa, inclusiva y saludable”.
III. NUESTRO IDEARIO – VALORES.
Nuestra Institución Educativa busca formar niños y adolescentes emprendedores, proactivos
y responsables, por ello nuestra propuesta se desarrollará fundamentalmente en base a valores
y capacidades, los cuales al ponerlos en práctica permitan construir una SOCIEDAD
EDUCADORA, la misma que responda a las necesidades que demanda la situación actual de
nuestro país; por ello debemos crear en nuestros estudiantes un alto espíritu de superación a
través de una calidad educativa, fomentando:
1. Los valores éticos – religiosos.
2. Identidad Cultural
3. Conciencia ambiental y ecológica.
4. Estudiantes productivos, emprendedores e innovadores.
Entre los valores que permitirán viabilizar una Educación de Calidad en nuestra Institución
Educativa son:
RESPONSABILIDAD
• Acción de realizar lo propuesto en forma oportuna y eficaz de acuerdo a los compromisos
establecidos.
• Adhesión activa con buena disposición a realizar una acción que involucra todo el ser.
• Dedicación permanente y sistemática para lograr metas, fines y objetivos determinados.
6
• Coherencia entre el pensar, sentir y hacer, como factor protector ante situaciones de
riesgo
RESPETO Y TOLERANCIA
• Atender, de manera consciente, el mensaje del otro.
• Aceptar y considerar a los demás en toda su diversidad.
• Proteger y preservar el medio ambiente en favor de una convivencia e interacción
armónica con nuestro entorno.
• Actuar de manera deferente o afectuosa.
DISCIPLINA
Entendemos por disciplina al cumplimiento de las normas y reglamentos que rigen la
organización y actividades de las instituciones, con el fin de asegurar su eficacia.
IDENTIDAD:
El término identidad institucional, implica todo lo que una institución representa; su
desarrollo, su comunicación, sus inmuebles, etc.
Desde una óptica organizacional se materializa a través de su estructura, las relaciones
entre sus integrantes y la disciplina que imparte.
La identidad de una organización educativa presenta dos perspectivas:
1. La filosofía corporativa que es la concepción global de la organización establecida
para alcanzar sus metas y objetivos.
2. La cultura corporativa trata de los principios básicos que las personas que
conforman una organización comparten y aceptan pautas que orientan los
comportamientos.
EMPRENDIMIENTO:
En la Instituciones Educativas, la cultura del emprendimiento, desde un enfoque de
desarrollo humano integral debe ser entendida como una forma de pensar, sentir y actuar
para la creación de valor, lo cual permite a la Comunidad Educativa proponer espacios y
escenarios de formación:
• Construir conocimientos y desarrollar hábitos, actitudes y valores necesarios para
generar acciones orientadas al mejoramiento personal y a la transformación del
entorno y de la sociedad.
• Fortalecer en los estudiantes la capacidad de conseguir y conservar un empleo,
acceder a diferentes alternativas laborales y a posibilidades de autoempleo.
• Consolidar procesos de articulación del establecimiento educativo con el sector
productivo, la educación superior y la educación para el trabajo.
7
IV. NUESTRAS METAS
Establecer los principios generales que norman y dirigen la acción educativa del Colegio.
Conducir a la institución educativa, en base a las experiencias positivas de su accionar, hacia
la excelencia académica en provecho de los alumnos que en él se educan.
Desarrollar, en todos los miembros de la comunidad escolar, la conciencia ecológica y
establecer actividades concretas en defensa del medio ambiente.
Difundir dentro y fuera del ambiente escolar el aspecto de la convivencia pacífica.
8
PRESENTACIÓN
El presente Reglamento Interno de Nuestra Institución Educativa Nº 5036 “RAFAEL
BELAUNDE DIEZ CANSECO” de Playa Rímac - Callao, es un Instrumento de Gestión que
establece y regula la organización y el funcionamiento integral de la Institución Educativa.
Que norman las funciones, derechos y deberes de los directivos, docentes, administrativo,
personal de servicio, alumnos y padres de familia del Nivel Primaria (Turno Mañana) y del
Nivel Secundaria (Turno Tarde) en concordancia con la Constitución Política del Perú y
normas vigentes conexas emanadas de las Instituciones inmediatas superiores de nuestra
Región Callao y del Perú.
Este instrumento de Gestión ha sido elaborado por la Comisión de Restructuración del
Reglamento Interno 2014, teniendo en cuenta las necesidades y problemática de la comunidad
de Playa Rímac contenidos en el Proyecto Educativo Institucional del Año 2014 de la I.E.
5036 “RBDC”. Este instrumento pretende mejorar los servicios que brinda nuestra institución
correspondiente a los Valores como Responsabilidad, Respeto y Disciplina, promoviendo la
Administración de nuestra Institución Educativa para un buen desarrollo con orden,
demostrando la calidad total del servicio al usuario.
Para su aprobación, se hará con participación de todos los agentes educativos de
nuestra Institución, mediante un plenario de debate y aprobación, dentro del marco de la
normatividad actualizada. Este Instrumento de Gestión está constituido de cuatro Títulos y
doce Capítulos.
El Reglamento Interno cuenta con su aprobación por Resolución Directoral N°
-2014-DIE 5036”RBDC” con la opinión favorable del CONEI.
LAS COMISIÓN RI. 2014 – Docentes de Primaria y Secundaria.
• Yoly Arrieta Miranda
• Silvia Costilla Cumpa
• Hugo Eduardo Otoya Verástegui
• Alberto Jesus Olivas Santome
• Iván Casaretto Meneses (Auxiliar de Educación)
REVISIÓN Y CORRECCIÓN:
Lic. Roque Jacinto Cárdenas Jurado
Director de la I.E. 5036 “RBDC”
9
Playa Rímac, 03 de Marzo del 2014.
TITULO I
CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Art. 1.- El Reglamento Interno de la Institución Educativa Nº 5036 “RBDC”, es un
Instrumento de Gestión que conlleva a la dirección, orden, control de la organización y
funciones de los Miembros de la Comunidad Educativa, el cual debe ser conocido, aplicado y
cumplido por sus integrantes para facilitar y asegurar el logro de los fines y objetivos
educativos de nuestra casa de estudios.
Art. 2.- Los Fines del Reglamento Interno de la I.E. 5036”RBDC”, son los siguientes:
a. Establecer la organización dinámica y funcional de la I.E., determinando las funciones de
cada uno de sus miembros.
b. Optimizar la racionalización de los recursos humanos, materiales y económicos, para
obtener logros positivos y mejorar la calidad de los servicios educativos.
c. Armonizar las relaciones de convivencia entre la comunidad educativa y sus agentes
educativos
ART. 3.- El presente reglamento está dirigido a:
a. Directivos y Jerárquicos (Titulares y/o Encargados) de la Institución Educativa...
b. Personal Docente de Primaria y Secundaria.
c. Auxiliares de Educación.
d. Personal Administrativo (Secretario, Auxiliar de Laboratorio y Personal de Servicio).
e. Estudiantes de Primaria y Secundaria.
f. Comités de Aula.
Art. 4.- El presente Reglamento tiene las siguientes Bases Legales:
a. Constitución Política del Perú del 30 de diciembre de 1993
b. Ley General de Educación N° 28044 y sus modificatorias las Leyes N° 28123, N°
28302, N° 28329 y N° 28740.
c. D.S. N° 011-2012-ED, Reglamento de la Ley General de Educación Nº 28044.
d. Resolución Suprema N° 001-2007-ED, aprueba el Proyecto Educativo Nacionalm2021.
e. R.M. N° 369-2012-ED, aprueba las Prioridades de la Política Educativa Nacional 2012-
2016.
f. D.S. N°054-2005-PCM Reglamento del Sistema Nacional de Planificación Estratégica.
g. D.S. N° 008-2006-ED, Lineamientos para el seguimiento y control de la labor efectiva
de trabajo docente en las instituciones educativas públicas.
h. Ley N° 29694, Ley que protege a los consumidores de las prácticas abusivas en la
elección y adquisición de textos escolares y su Reglamento D.S. N° 015-2012-ED.
10
i. D.S. N° 163-2004-EF, Mejora de la Calidad del gasto público y del sistema de
seguimiento y evaluación del gasto público.
j. Ley de Bases de la Carrera Administrativa D.L. N° 276 y su Reglamento de la Ley
Bases de la Carrera Administrativa D.S. 05-90-PCM.
k. Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría
General de La República y sus modificatorias.
l. Ley N° 28716, Ley de Control Interno de las Entidades del Estado.
m. D.S. N° 006-2012-ED, Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y el Cuadro de
para Asignación de Personal (CAP) del Ministerio de Educación y de las IIEE. Públicas.
n. D.S. N° 017-2004-ED, Estatuto del Colegio de Profesores del Perú y su Modificatoria
con el D.S. N° 020-2004-ED.
o. Código del Niño y del Adolescente D.L. 26102.
p. R.V.M. N° 022-2007-ED, Normas para el fortalecimiento de la Convivencia y
Disciplina Escolar, el Uso Adecuado del Tiempo y la Formación Ciudadana, Cívica
Patriótica de los Estudiantes de las Instituciones y Programas de EBR.
q. R.M. N° 0405-2007-ED, Lineamientos de Acción en caso de Maltrato Físico y/o
Psicológico, Hostigamiento Sexual y/o Violación de la Libertad sexual a los Estudiantes
de las IIEE. Públicas y Privadas.
r. D.S. 026-8780 Reglamento de Concesión de Kioscos y su modificatoria D.S. N° 012-
2001-SA. (Salud).
s. Ley N° 28988, Ley que declara la EBR como servicio público esencial con el D.S. N°
017-2007-ED como su reglamento.
t. Ley N° 28628, regula la participación de las APAFA en las instituciones educativas
públicas y D.S. 004--2006 ED. Reglamento de APAFA.
u. D.S. 050 Reglamento del Sistema de Supervisión Educativa.
v. Ley de Procedimientos Administrativos N° 27444.
w. Ley n° 29719 (ley que promueve la convivencia sin violencias en las instituciones
educativas) y su Reglamento D.S. N° 010-2012-ED.
x. Ley 27815 del 12 - 08 - 2002 Ley de Código de Ética de la Función Pública y su
Reglamento.
y. R.D. N° 010-93-INAP/DNP - Manual Normativo N° 03 –93 INAP/DNP “Licencias y
Permisos”.
z. R.M 571.-94 /RM 571-94 ED, Reglamento de Control de asistencia y permanencia del
personal de MED y de las IIEE. Públicas.
aa. R.M. N° 622-2013-ED, Aprueba las “Normas Técnicas para el desarrollo del año
escolar 2014 en las Instituciones Educativas de EBR”.
bb. Otras Normas que sean vigentes a partir de la fecha, pertinentes para el reajuste de
nuestro Reglamento Interno.
cc. Ley Nº 29944, Ley de la Reforma Magisterial.
dd. D.S. Nº 004-2013-ED, Reglamento de la Ley Nº 29944, aprobado el viernes 03 de mayo
del 2013.
CAPITULO II
DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA
11
Art. 5.- DEL FUNCIONAMIENTO
La Institución Educativa se crea por Resolución Ministerial N° 3843, el 21 de Julio del
Año 1964, como Escuela de Primaria N° 4747; incrementando el Nivel de Secundaria en el
Año 1979, donde se aprueba la denominación del Colegio Nacional Mixto (con los dos
Niveles Primaria y Secundaria Menores y la modalidad de Secundaria de Adultos) 5036
“Rafael Belaunde Diez Canseco” de Playa Rímac – Periférico Callao, perteneciendo a la
RED N° 09 – DRE-Callao – región Callao. En la actualidad ya no funciona EBA.
Art. 6.- La Institución Educativa está ubicada en el Jr. Santos Chocano s/nº cuadra 1 (Puerta
Nº 1) y Jr. César Vallejo s/nº cuadra 2 (Puerta 2 – Entrada Principal, frente a la Comisaría a
partir del año 2010) del AA.HH. Playa Rímac – Callao, pertenece a la Dirección Regional de
Educación del Callao – Región Callao.
Art. 7.- Son objetivos generales de la I.E:
a. Atender la demanda educativa del niño y adolescente de nuestra jurisdicción y
alrededores.
b. Propiciar un trabajo organizado que se sustenta en la práctica de valores ético-
humanista para el cumplimiento de actividades programadas en la dirección de
alcanzar el logro de aprendizajes y de nuestra VISIÓN.
Art. 8.- Son objetivos específicos de la I.E:
a. Desarrollar proyectos de innovación que responda a nuestro problema, que atienda
necesidades e intereses de los estudiantes, aprovechando recursos de la comunidad, la
tecnología e información en el marco del actual proceso de descentralización.
b. Formar un equipo de trabajo tutorial que atienda y responda a las necesidades del
educando.
c. Desarrollar en los alumnos capacidades emprendedoras personales que construya sus
habilidades a través de talleres o proyectos modulares de manualidades, costura y
gastronomía
d. Desarrollar en los estudiantes capacidades y conciencia ambiental para mejorar su
calidad de vida a través del proyecto Escuelas limpias, saludables, mejorando las áreas
verdes.
e. Fomentar el método interactivo docente a través del trabajo en equipo (docentes y
alumnos)
f. Utilizar el enfoque por competencias en el proceso de enseñanza-aprendizaje a través
de nuevas metodologías para motivar su formación integral de nuestros educandos.
Art. 9.- Son objetivos institucionales de la I.E
a. Desarrollar proyectos de mejoramiento que fortalezca el clima institucional de respeto
mutuo entre los estamentos de la comunidad educativa que garantice un eficiente
servicio educativo.
b. Suscribir sistemas de cooperación y alianzas estratégicas a nivel de nuestra comunidad
vía Convenios con la finalidad de potenciar en el alumno la formación Científico-
Humanista.
c. Brindar una atención eficaz y efectiva al público en general.
12
d. Aplicar una gestión de Calidad orientado a la mejora continua en el aspecto
académico, administrativo e institucional.
Art. 10.- Son objetivos administrativos de la I.E
a. Propiciar un trabajo organizado donde participe la comunidad educativa en el logro de
sus metas y objetivos.
b. Fomentar un sistema de evaluación y monitoreo sistemático a los instrumentos de
gestión para detectar las dificultades en el proceso de su ejecución.
c. Brindar un buen trato y una atención eficaz haciendo más funcional el trabajo
administrativo.
CAPITULO III
DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA
Art. 11.-La Institución Educativa N° 5036 “Rafael Belaúnde Diez Canseco” está estructurada
orgánicamente de la siguiente manera:
ÓRGANO DE DIRECCIÓN Y CONTROL
a. Dirección
b. Sub Dirección de Formación General
ÓRGANO TÉCNICO PEDAGÓGICO
a. Coordinación de Primaria Menores
b. Coordinación de la Comisión de la Transformación Académica.
c. Coordinación de Tutoría y Orientación del Educando
ÓRGANO DE EJECUCIÓN
a. Docentes de Primaria y Secundaria.
b. Auxiliares de Educación
c. Servicio de Defensoría del Niño y del Adolescente (DESNA)
d. Municipio Escolar del Nivel Primaria y Secundaria
e. Comité de Gestión de Riesgo de Defensa Civil del Nivel Primaria y
Secundaria
f. Comité de Recursos Propios y Actividades Productivas Empresariales en la
I.E.
ÓRGANO DE APOYO
a. Personal Administrativo (Secretario, Auxiliar de Laboratorio y Personal de
Servicio).
b. Comités de Aula
ÓRGANO CONSULTIVO, PARTICIPACIÓN, CONCERTACION Y
VIGILANCIA
a. CONEI
b. Comité de Evaluación.
c. Comité de racionalización
d. Comité de Gestión de Recursos Propios.
13
ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL DE LA I.E. 5036“RAFAEL BELAUNDE DIEZ
CANSECO”
14
MINEDU
DREC
SDFG
COORDIN
PRIMARI
CTOE
COORDIN
GRADOS
TUTORES
AUX. DE
EDUCACION
DOCENTES
SECUNDARI
A
C.C.T.A
COORD.DE
AREAS
DOCENTES
PRIM-SEC.
ALUMNOS
(AS)
DIE
APAFA
ASEXA
COMITÉ.
DE AULA
TESORERIASECRETARIA VOCALPROF. O TUTOR
DE AULA
PERSONAL
ADMINISTRATIVO
CONEISECRETARIA
TESORERIA
Art. 12.-El Director es la máxima autoridad y el representante legal de la Institución
Educativa, es a la vez responsable de propiciar un clima institucional favorable a la gestión en
los ámbitos pedagógico, institucional y administrativo.
1. Cumplir las funciones con dignidad, eficacia y lealtad a la Constitución, a las leyes del
Estado y a los fines de su Institución.
2. Orientar al educando, respetando su libertad en el reconocimiento de sus derechos y
deberes establecidos por la Constitución, las leyes vigentes y los convenios
internacionales.
3. Contribuir en mantener el buen clima institucional y el logro de los fines y objetivos
institucionales demostrando ética y eficiencia.
4. Brindar las facilidades y tiempo necesario para la realización de reuniones de
coordinación e intercambio de experiencias docentes dentro del horario de trabajo.
5. Le corresponde conducir la Institución Educativa de conformidad con lo establecido en el
artículo 68 de la Ley actual de Educación 28044 que es como sigue:
a. Organizar la elaboración, aprobar, ejecutar y evaluar el PEI, así como el PAT, el PCI y
el Reglamento Interno en concordancia con las líneas axiológicas y los lineamientos de
la política educativa peruana.
b. Velar, conducir y evaluar los procesos de gestión institucional y pedagógica.
c. Expedir certificados, diplomas según corresponda.
d. Propiciar un ambiente institucional favorable al desarrollo del estudiante.
e. Facilitar programas de apoyo a los servicios educativos de acuerdo a las necesidades de
los estudiantes, en condiciones físicas y ambientales favorables para su aprendizaje.
f. Formular, ejecutar y evaluar el presupuesto anual de la institución.
g. Diseñar, ejecutar y evaluar proyectos de innovación pedagógica y de gestión,
experimentación e investigación educativa.
h. Promover el desarrollo educativo cultural y la promoción del deporte de la Institución
Educativa.
i. Participar en las diferentes actividades educativas de la comunidad.
j. Preside los Órganos Institucionales de acuerdo a la normatividad específica
k. Desarrollar acciones de formación y capacitación permanente.
l. Rendir cuentas anualmente de su gestión pedagógica, administrativa y económica, ante
la comunidad educativa y sus autoridades superiores.
m. Actuar como instancia administrativa en los asuntos de su competencia.
6. Organizar el proceso de matrícula y autorizar traslados de matrícula, exoneración en las
áreas (Religión y Educación Física).
7. Realizar de oficio la matrícula del menor abandonado, en peligro moral y con
Necesidades Especiales.
8. Autorizar la rectificación de nombres y apellidos de los educandos en los documentos
pedagógicos de acuerdo a las leyes y normas.
15
9. Organizar, dirigir y monitorear el P.R.P. de acuerdo a normas vigentes, antes de la
clausura del año escolar.
10. Aprobar el CAP del personal docente y solicitar la cobertura de las plazas vacantes ante
la autoridad educativa competente.
11. Aprobar la programación curricular, el sistema de evaluación de los alumnos y el
calendario de las actividades en base a los criterios técnico emitidos por el Ministerio de
Educación.
12. Autorizar visitas de estudios o excursiones dentro del ámbito Nacional según (R.M. N°
394-2008-ED) estas visitas deben estar consideradas en el plan de trabajo del docente.
13. Coordinar con los Comités de Aula de Padres de Familia y la autoridad competente de la
Dirección Regional de Educación del Callao, Ministerio de Educación y otras
Instituciones asuntos de interés común en bienestar de la Institución Educativa.
14. Otorgar permiso al personal administrativo, Auxiliar de Educación, Profesor Nombrado
Interinamente con Título y sin título a su cargo hasta 03 días de acuerdo a RM. Nº 571-
94-ED, que sigue vigente y no contravenga a la Ley de la Reforma Magisterial hasta que
el MINEDU dicte las Normas Complementarias para la aplicación de las diferentes
acciones de Personal inherentes a su régimen laboral (Oficio Múltiple Nº 0078-2013-
MINEDU/SG-OGA-UPER).
15. Proceder con las sanciones a todo el personal de la I.E, siguiendo el debido proceso de
acuerdo a ley.
16. Evaluar, incentivar, reconocer el esfuerzo, mérito individual y/o colectivo del personal a
su cargo por acciones extraordinarias, tanto en el cumplimiento de sus funciones como en
otras que redunden en beneficio del educando, el colegio o la comunidad. En caso de una
evaluación negativa ejecutar medidas correctivas de acuerdo a normas vigentes.
17. Coordinar con la Asociación de Padres de Familia el uso de los fondos que ella recaude
de acuerdo a los requerimientos estipulados en el PAT.
18. Convocar a licitación de comedor- Kiosco, Fotocopiadora y Librería de la I.E. de
acuerdo a las normas y disposiciones vigentes, en coordinación con la comisión
respectiva formada para este fin. Firmando un contrato entre las partes en forma
detallada.
19. Autorizar el uso eventual y alquiler de ambientes de la I.E., de acuerdo con las normas
oficiales, asegurando su conservación y un tipo de utilización que no distorsione los fines
de la I.E, en coordinación con el CONEI.
20. Prevenir y mediar imparcialmente frente a situaciones de conflicto, creando condiciones
que favorezcan relaciones humanas positivas al interior de la comunidad educativa.
21. Establecer en coordinación con la subdirección, los horarios y turnos de trabajo del
personal administrativo de acuerdo a las necesidades de la Institución.
22. Controlar la asistencia y puntualidad del personal de la Institución Educativa en forma
eficiente en coordinación con las subdirecciones correspondientes.
23. Organizar las actividades de recuperación del educando a lo largo del año lectivo y en el
período vacacional.
24. Convocar y organizar el Consejo Educativo Institucional y el Comité Especial de
Evaluación.
16
25. El Director preside el CONEI, los Comités y Comisiones que se organizan dentro de la
Institución Educativa para su mejor funcionamiento y control de la organización
institucional.
26. Respetar los acuerdos tomados en asambleas generales.
27. Otras funciones inherentes a su cargo.
ART. 13.- La subdirección de formación general, depende de la Dirección de la
Institución Educativa y debe realizar coordinaciones con los respectivos representantes de
Primaria y Secundaria.
Realiza las siguientes funciones:
a. Cumplir las funciones con dignidad, eficacia y lealtad de acuerdo a la Constitución, a las
leyes del Estado y a los fines de su Institución.
b. Orientar al educando, respetando su libertad en el reconocimiento de sus derechos y
deberes establecidos por la Constitución, las leyes vigentes y los convenios
internacionales.
c. Contribuir en mantener el buen clima institucional y el logro de los fines y objetivos
institucionales demostrando ética y eficiencia.
d. Brindar las facilidades y tiempo necesario para la realización de reuniones de
coordinación e intercambio de experiencias docentes dentro del horario de trabajo.
e. Representar por delegación al Director.
f. Planificar, organizar, supervisar y evaluar las actividades Técnico –Pedagógicas, debiendo
publicar 7 días antes el cronograma de actividades.
g. Coordinar y monitorear permanentemente las actividades de Tutoría, Convivencia y
Disciplina Escolar.
h. Orientar, supervisar y evaluar permanentemente las funciones específicas del personal de
su nivel, haciendo uso de los formatos apropiados para dicho fin entregando una copia al
docente evaluado.
i. Participar en la formulación de los Instrumentos de Gestión (PEI, PAT, PCI, RI, IGA )
j. Participar en las reuniones del CONEI como integrante nato.
k. Organizar el trabajo educativo y formular con el personal docente o comisiones el plan de
estudios, el cuadro de distribución de Áreas, horario de clases respetando las normas
vigentes.
l. Asesorar y orientar al profesor de Área en la aplicación, manejo y desarrollo de métodos,
técnicas e instrumentos de enseñanza –aprendizaje y evaluación.
m. Supervisar, evaluar y controlar la asistencia y puntualidad del personal de la Institución
Educativa con eficiencia y equidad. Para su efecto publicará el consolidado mensual, en
lugar visible dentro de los 2 primeros días calendario del mes siguiente antes de remitirlo
a la Dirección del plantel de acuerdo a las normas vigentes, para ser enviado a la DREC
según un cronograma establecido por dicho órgano intermedio superior.
n. Implementar, coordinar y controlar la administración y uso racional de los equipos,
laboratorio, biblioteca, aula de innovación y demás recursos y material educativo
requerido.
o. Convocar y dirigir las reuniones Técnicos Pedagógicos al término de cada trimestre para
coordinar y evaluar el trabajo educativo en coordinación con la Dirección.
17
p. Programar, realizar y facilitar la participación en eventos de capacitación y actualización
docente así como la realización de estudios de investigación para optimizar el proceso de
enseñanza- aprendizaje.
q. Supervisar, orientar, evaluar y controlar las acciones educativas y el aprendizaje, así
como la correcta aplicación del proceso de evaluación del educando.
r. Orientar y apoyar al Director en el aspecto técnico-pedagógico de su nivel.
s. Informar oportunamente la participación destacada de alumnos para dar cumplimiento al
artículo 48 del presente reglamento.
t. Informar a la Dirección sobre las horas efectivas, lectivas y asistencia de los alumnos,
antes de los 5 días de cada mes.
u. Ejecutar el efecto multiplicador de las jornadas de capacitación que asista.
v. Monitorear y velar por el orden y limpieza al cambio de turno de los ambientes,
mobiliario y material educativo de la institución.
w. Otras funciones inherentes a su cargo.
Art. 13º B: La Coordinación de primaria, es un cargo jerárquico de confianza en el que se
delegan funciones de subdirector del nivel. Son funciones del Coordinador de Primaria (Ley
28044, DS. 011 – Reglamento):
1. El Coordinador de Primaria depende de la Subdirectora de Formación General y de la
Dirección.
2. Orienta, supervisa y evalúa permanentemente las funciones específicas del personal de
su nivel.
3. Elabora en coordinación con la dirección y SDFG, de acuerdo al CAP la distribución de
aulas, grados del personal docente del nivel Primaria de acuerdo con las normas vigentes.
4. Controla e informa la asistencia, puntualidad, permanencia, labor efectiva de trabajo
docente, a la SDFG y/o a la Dirección del plantel .
5. Coordina con el Comité de Tutoría y Convivencia Escolar para establecer normas
disciplinarias.
6. Promueve un ambiente de armonía entre los estamentos del plantel.
7. Promueve la participación de los docentes y alumnos en el desarrollo de los actos Cívico –
patrióticos dentro y fuera de la institución educativa.
8. Informa periódicamente a la SDFG y al Director el desarrollo de las actividades técnico
pedagógico del nivel a su cargo.
9. Controla el ingreso y salida de los alumnos en coordinación con el personal
administrativo y docente de turno, según el Reglamento Interno.
10. Coordina con los docentes del grado en la atención de los alumnos en casos necesarios a
las aulas en caso de ausencia del docente y otras necesidades. Comunica en el término de
la distancia a la SDFG y a la Dirección del plantel para su conocimiento y demás fines.
11. Representa por delegación a la SDFG sólo en su nivel por vacaciones u otra
circunstancia, con autonomía para tomar decisiones, siempre en concordancia con los
objetivos genuinos de la institución educativa y de manera primordial con los intereses
del centro de la acción educativa, el alumno.
Art. 14°.-La coordinación de la comisión de transformación académica es aquella que
coordina y da coherencia al proceso pedagógico. Es presidido por el director e integrado por
la subdirectora de Formación General, coordinadores de nivel y coordinadores de cada Área.
Son funciones de la Comisión de Transformación Académica:
18
a. Elaborar, desarrollar y evaluar la propuesta pedagógica del PCI.
b. Analizar el trabajo de los docentes y proponer recomendaciones para mejorar los
aprendizajes de los estudiantes.
c. Diseñar estrategias para optimizar los servicios de tutoría y orientación educacional
d. Formular los criterios de evaluación y recuperación académica de los estudiantes.
e. Promover y desarrollar innovaciones e investigaciones.
f. Elaborar los criterios e indicadores de autoevaluación institucional
g. Participar en la ejecución y desarrollo de capacitaciones docentes.
h. Participar en el marco del proyecto educativo institucional y plan anual de trabajo, en la
organización de actividades y programas de la I.E
i. Coordinar las evaluaciones generales de los estudiantes.
j. Coordinar las jornadas de reflexión pedagógica y el día del logro.
Art. 15.- El docente es el agente fundamental de la educación y contribuye conjuntamente
con la familia, la comunidad y el estado al desarrollo integral del educando. Sus
funciones son:
a. Cumplir las funciones con dignidad, eficacia y lealtad de acuerdo a la Constitución, las
leyes del Estado y a los fines de su Institución.
b. Participar en la formulación, ejecución y evaluación de los instrumentos de gestión
institucional y en las reuniones de coordinación académica a los que son convocados.
c. Citar y atender a los padres de familia en un horario especial establecido para este fin.
d. Entregar oportunamente los documentos técnicos pedagógicos de su competencia.
e. Programar, desarrollar y evaluar el aprendizaje y las actividades curriculares inherentes al
Área o grado a su cargo.
f. Orientar al educando respetando su libertad en el reconocimiento de sus derechos y
deberes establecidos por la Constitución, las leyes vigentes y los convenios
internacionales.
g. Preparar y emplear material didáctico, métodos y técnicas necesarias para el adecuado
desarrollo del programa curricular del área o grado a su cargo.
h. Integrar comisiones de trabajo y participa de las acciones que permitan el mejor logro de
las actividades programadas.
i. Participar en el desarrollo cultural, cívico y patriótico de la comunidad.
j. Coordinar y mantener comunicación permanente con los padres de familia sobre asuntos
relacionados con el rendimiento académico y comportamiento de sus hijos en los horarios
establecidos.
k. Colaborar en las acciones de mantenimiento y conservación de la infraestructura y bienes
de la Institución Educativa.
l. Realizar acciones de Tutoría en las secciones a su cargo.
m. Presentar a la Sub Dirección de Formación General y/o a la respectiva coordinación los
instrumentos de evaluación y documentos técnicos pedagógicos referidos al desarrollo de
su labor docente para que se centralice en la SDFG.
n. Coordinar con el tutor o informar a la Sub Dirección de Formación General sobre los
problemas de conducta.
19
o. Participar en acciones de investigación y experimentación de métodos y técnicas de
trabajo, así como en los eventos de capacitación y actualización programadas y
organizadas por el colegio.
p. Asistir puntualmente a las reuniones convocadas en el colegio, las que serán programadas
con anticipación, salvo casos de urgencia se les convocara en forma automática.
q. Colaborar con la salida del alumnado en el salón que le corresponda en la última hora,
organizándolos de manera ordenada.
r. Contribuir en mantener el buen clima institucional y el logro de los fines y objetivos
institucionales demostrando ética y eficiencia.
s. Realizar el efecto multiplicador de las jornadas de capacitación al que asista dentro del
horario de trabajo dándole las facilidades del caso.
t. Elaborar y participar en Proyectos de Innovación Pedagógica que convoque el Ministerio
de Educación o la DREC- Callao.
u. Participar en la disertación de las fechas cívicas programadas y en las formaciones del
alumnado.
v. Asumir el compromiso de contribuir con la conservación de la higiene del aula.
Art. 16.- Son funciones del docente de aula de innovaciones pedagógicas y CRT:
a. Formular el Plan de trabajo del Aula de Innovación Pedagógica, incluyendo el uso
adecuado de los (TIC) (CRT), laptop convencionales, XO (primaria y secundaria) y kits
de robótica.
b. Asesorar a los docentes en el uso y aplicación de TIC en el trabajo educativo.
c. Promover la participación de la comunidad educativa en el aprovechamiento educativo de
las TIC.
d. Identificar y atender las necesidades de capacitación docente en el aprovechamiento
educativo de las TIC.
e. Supervisar la instalación y velar por el mantenimiento de los equipos informáticos y de
comunicación, siendo responsable del aula de innovación en el turno correspondiente.
f. Reportar el estado de los recursos TIC a la dirección de la institución educativa.
g. Llevar el inventario de los recursos TIC del aula de innovaciones pedagógicas a su cargo.
h. Programar en coordinación con la dirección, sub direcciones y los docentes, el horario de
uso del AIP.
i. Incentivar en los docentes de la institución educativa la formulación de propuestas y el
desarrollo de actividades para el aprovechamiento educativo de la I.E.
j. Generar y ejecutar proyectos de implementación del AIP, a través de recursos económicos
de la I.E.
k. Informar de las actividades desarrolladas a la Dirección y Sub-Dirección de la I.E. y al
Órgano Intermedio de su jurisdicción.
Art. 17.- Son funciones de coordinador de grado y de área:
a. Planificar, organizar y ejecutar las acciones pedagógicas de su grado o área.
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b. Convocar a reuniones con el fin de coordinar la elaboración de las unidades didácticas,
sesiones de aprendizaje y/o proyectos educativos, con previa autorización de la
Subdirección de Formación General de acuerdo a la necesidad.
c. Asistir a reuniones convocadas por la subdirección y la dirección para la coordinación del
grado o área
d. Coordinar y apoyar en el desarrollo de todas las actividades programadas.
e. Promover el desarrollo de métodos, técnicas y material educativo en base al intercambio
de experiencias entre los docentes del grado o área a su cargo y su actualización y
capacitación permanente, previo cronograma.
f. Apoyar permanentemente a los docentes de su grado o especialidad para el mayor logro
de las acciones educativas a su cargo.
g. Informar a la Subdirección y Dirección de los acuerdos tomados por los docentes del
grado o área.
ART. 18.- El profesor tutor en el nivel primario es el profesor de aula y en secundaria es
seleccionado por la SDFG de acuerdo al cuadro de horas. Son funciones del tutor:
a. Velar por el rendimiento académico de sus estudiantes.
b. Mantener comunicación continua con los alumnos y padres de familia.
c. Informar a los padres de familia, sobre el rendimiento académico y disciplinario de sus
tutelados a través de la entrega de Libretas de notas, según cronograma establecido en la
calendarización.
d. Realizar actividades para el mejoramiento de actitudes negativas de sus tutelados en
coordinación con la SDFG.
e. Presentar el plan de tutoría a inicio del año escolar.
ART.19.- Son funciones del profesor de turno del Nivel Primario:
a. Ingresar a la I.E a las 7.40 am.
b. Controlar el ingreso y salida ordenada de los alumnos.
c. Apoyar en la puerta a la hora de ingreso y salida para evitar el ingreso de padres de
familia.
d. Tocar el timbre de entrada, recreo y salida según horario establecido
e. Vigilar y controlar la disciplina de los alumnos en la hora del recreo
f. Dirigir la formación de los alumnos los días lunes.
g. Informar las ocurrencias durante el turno
h. Rotar de acuerdo al cronograma establecido.
Art. 20.- El auxiliar de educación depende de la Sub Dirección de Formación general. Es el
responsable del control de disciplina del alumnado en la hora de ingreso, recreo y salida. Sus
funciones son:
a. Promover el cultivo de los valores de respeto y consideración del alumnado con las
autoridades Educativas y compañeros.
b. Fomentar en el alumnado el amor y respeto a los emblemas patrios.
21
c. Promover el fortalecimiento de la disciplina, buenas costumbres, puntualidad, higiene y
estudio entre los educandos en coordinación con los profesores y personal directivo.
d. Citar y atender a los padres de familia en un horario especial establecido para este fin.
e. Atender en primera instancia a los padres de familia sobre asuntos relacionados con la
conducta, disciplina y asistencia.
f. Orientar el comportamiento de los educandos en armonía con las normas establecidas.
g. Llevar el registro anecdótico de las incidencias de los alumnos a su cargo, haciendo el uso
adecuado del cuaderno de control.
h. En caso de ausencia del profesor reemplazara haciendo actividad tutorial en el aula
i. Mantener actualizados por grados y/o secciones a su cargo el registro de asistencia de los
alumnos y sus justificaciones.
j. Velar en todo momento por la integridad física y moral, así como el bienestar de los
alumnos.
k. Efectuar rondas permanentes por diferentes ambientes del colegio, velando por el estricto
cumplimento de las normas disciplinarias, especialmente en el recreo.
l. Realizar las formaciones del alumnado en el patio, para las actuaciones cívico -
patrióticas, acompañar a las delegaciones del Colegio a otras instituciones.
m. Supervisar el uso adecuado del cuaderno de control, como un instrumento que permita
registrar la asistencia, tareas escolares y conducta del alumnado.
n. Registrar la hora de ingreso del docente en el aula y comunicar a la Sub Dirección en caso
de ausencia para el reemplazo correspondiente.
o. Llevar un registro de los objetos decomisados haciendo la entrega inmediata a la Sub
Dirección para su respectiva notificación y devolución a los padres de familia como
máximo al final de cada trimestre. En caso de reincidencia la devolución se realizará al
final del año escolar.
p. Llevar el registro de casos y compromisos de los estudiantes y padres de familia,
informando al Comité de Disciplina.
q. Evitar el regreso de los alumnos a su domicilio en caso de tardanza.
Art. 21.- El auxiliar de laboratorio es el responsable de la conservación, mantenimiento y
seguridad del laboratorio, depende de la Subdirección. Sus funciones son:
a. Formular el plan de trabajo de laboratorio, considerando los recursos existentes,
estableciendo el cronograma de prácticas de laboratorio en ambos niveles.
b. Elaborar, organizar y realizar el inventario de los equipos y materiales del laboratorio.
c. Proporcionar y distribuir oportunamente los materiales para las prácticas de acuerdo a lo
solicitado.
d. Limpiar y esterilizar según el caso, materiales, instrumentos y ambiente.
e. Publicar en un lugar visible el horario de atención del laboratorio y llevar al día el registro
de prácticas.
f. Elaborar el cuadro de requerimiento de materiales, instrumentos e insumos que se
requieren en el laboratorio.
g. Apoyar en las prácticas con la preparación del instrumental y permanece durante su
desarrollo.
22
h. Atender al profesorado del Nivel Primario, dentro del horario establecido.
i. Capacitarse en forma permanente en estudios promovidos por el Ministerio de Educación
y/u otras instituciones.
j. Informar de su labor al término del año escolar
k. Observar buen trato y lealtad hacia el público en general, hacia los superiores y
compañeros de trabajo. (art. 21 literal “e” del Decreto Legislativo 276).
Art. 22.-El secretario depende de la Dirección de la Institución Educativa y SDFG. Las
funciones que desempeña son:
a. Elaborar y digitar las constancias y certificados de conducta.
b. Registrar y llevar el control de los alumnos que no han ratificado su matrícula y de los
alumnos retirados.
c. Elaborar a tiempo las nóminas de matrícula del alumnado de la I.E.
d. Digitar a tiempo las actas promocionales, de recuperación y subsanación.
e. Velar por el orden y conservación de los archivos, documentos en general y equipos a
su cargo.
f. Elaborar la estadística y la relación de alumnos aprobados, desaprobados, retirados y
repitentes
g. Redactar el libro de Actas en las Asambleas Generales y otras reuniones programadas
por la IE.
h. Mantener organizados y actualizados los archivos de documentos institucionales
i. Otras funciones que le asigne el Director de la I.E. según necesidades de servicio.
Art. 23- El personal de servicio depende del Director y la Subdirectora de Formación
General de la I.E. Sus funciones son:
a. Controlar el ingreso y salida del alumnado de acuerdo al horario establecido y de todo
usuario que ingrese de la Institución Educativa. previa presentación con documento de
identidad siendo registrado en un cuaderno
b. Registrar y controlar el ingreso y salida de personas que ingresan a la I.E en un
cuaderno de registro.
c. Evitar el ingreso de padres de familia a la I.E en horas de clase.
d. Controlar los bienes, enseres y otros que ingresen y salen de la I.E. que cuentan con la
debida autorización del Director.
e. Realizar diariamente la limpieza de las aulas, SS.HH., mobiliario escolar y demás
ambientes tanto interno como externo.
f. Realizar labores de conserje
g. Velar por la seguridad y el mantenimiento del mobiliario y enseres de la Institución
Educativa siendo su responsabilidad durante su jornada de trabajo, e informa
diariamente de las incidencias.
h. Realizar cada 15 días la limpieza general de puertas, ventanas y paredes lavables.
i. Abrir y cerrar las puertas de ingreso y salida según el horario establecido para el
alumnado.
j. Mantener abiertos los servicios higiénicos durante el horario escolar.
23
k. Realiza otras funciones afines que le asigne el Director.
Art. 24°.- El personal de servicio de guardianía depende del Director y sub directora de
Formación General de la I.E., según corresponda. Las funciones son:
a. Realizar custodia a través de rondas permanentes de los ambientes de todo la I.E.
durante su jornada de trabajo.
b. No permitir el ingreso de personas ajenas al colegio sin autorización del Director.
c. Controlar el ingreso y salida de materiales diversos dentro de su jornada laboral dando
cuenta en el día a su jefe inmediato por escrito.
d. Registrar en el cuaderno de ocurrencias las novedades producidas durante su horario de
trabajo, informando a las autoridades.
e. Realizar labores de portería en el turno que le corresponde.
f. Realizar labores de guardianía nocturna en la Institución Educativa tanto en los días
laborables como los no laborables.
g. Otras funciones afines a su cargo que le asigne el Director
Art. 25.- El consejo educativo institucional (CONEI), es un órgano de participación,
concertación y vigilancia ciudadana de la Institución Educativa, que contribuye a la
promoción y ejercicio de una gestión educativa de calidad de carácter transparente, moral
y democrático. Se caracteriza por:
a. Los integrantes serán elegidos entre los meses de Octubre - Noviembre y tienen vigencia
por dos años de acuerdo a la normatividad.
b. Es presidido por el Director del colegio e integrado por las Subdirectoras; representantes
de docentes, estudiantes, administrativos, en concordancia con el artículo 52 de la Ley
28044, ex alumnos y padres de familia.
c. Se exceptúa la participación de estos dos últimos cuando las características de la
institución lo justifiquen, pueden integrarlo también representantes de otras instituciones
de la comunidad por invitación de sus miembros.
d. El Director convocará al CONEI a reuniones trimestrales planificadas y otras de carácter
extraordinario cuando lo estime conveniente y/o a solicitud de los integrantes del consejo,
para lo cual se comunicará con la debida anticipación, y el asunto a tratar.
Art. 26.- Las funciones del consejo educativo institucional son:
1.- En aspecto de participación
a. Participar en la formulación, ejecución y evaluación del Proyecto Educativo Institucional,
Plan Anual de Trabajo, Reglamento Interno, PCI y demás instrumentos de gestión
educativa, en el contexto de la emergencia de la educación nacional.
b. Participar en el Comité de Evaluación para ingreso, ascenso y permanencia del personal
docente y administrativo de la I.E., de acuerdo con la normatividad especifica que emita
el Ministerio de Educación.
c. Colaborar con el Director en garantizar el cumplimiento, de las horas efectivas de
aprendizaje, el número de semanas lectivas, y la jornada del personal docente y
24
administrativo para alcanzar el tiempo de aprendizaje requerido para los diferentes niveles
y modalidades.
d. Opinar sobre los criterios de autoevaluación de la I.E. y los indicadores de desempeño
laboral.
e. Cautelar el cumplimiento de los derechos y principios de universalidad, gratuidad,
equidad y calidad en las I.E. públicas.
2.- En aspecto de concertación
a. Promover el establecimiento de vínculos con las organizaciones e instituciones de la
localidad que potencien en uso de los recursos existentes.
b. Propiciar la solución de conflictos que se susciten en ésta, priorizando soluciones
concertadas, frente a quejas o denuncias que no impliquen delito.
3.-En aspecto de vigilancia Ciudadana
a. Vigilar el acceso, matrícula oportuna y asistencia de los estudiantes en la I.E.
b. Vigilar el adecuado destino de los recursos de la I.E. y aquellos que, de acuerdo con lo
establecido en el Reglamento general de la Asociación de padres de Familia, estén
comprometidos con las actividades previstas en el Plan Anual de Trabajo.
Art. 27.-El comité especial de evaluación, se caracteriza por:
a. Estar presidido por el Director y conformado por la Subdirección de Formación General,
un docente elegido en asamblea por la mitad más uno de los docentes en ambos niveles y
un padre de familia con voz pero sin voto, elegido por mayoría entre los presidentes de
Comités de Aula del colegio.
b. Los integrantes del Comité de Evaluación son elegidos en el mes de Noviembre y tienen
vigencia por un año.
c. Cumple sus funciones en concordancia con las normas vigentes
Art. 28.- La defensoría escolar del niño y del adolescente (DESNA) es un servicio que tiene
por finalidad promover, defender y vigilar los derechos de los niños Adolescentes y colaborar
en la solución de conflictos de carácter familiar y escolar. La Defensoría está integrada por los
siguientes miembros:
1. Responsable de la defensoría: Es designado por la asamblea. El cargo tiene una vigencia de
un año. Tiene las siguientes funciones.
a. Planificar, organizar, desarrollar, evaluar e informar de las acciones propias de DESNA.
b. Coordinar con el Director la autorización de la instalación de la DESNA, ante la DREC y
solicitar su registro ante el MIMDES.
c. Elaborar el Plan de Trabajo de las DESNAS, incorporando al Plan Anual de Trabajo de la
Institución Educativa.
d. Coordinar con el Director la participación de los integrantes de las DESNAS, en las
acciones de capacitación, afines a su labor, promovidas por el MIMDES u otras
instituciones dentro de la normatividad vigente del sector.
e. Informar oportunamente a los Directivos de la Institución Educativa los casos que son
reportados por los defensores sobre maltrato físico, psicológico, acoso, abuso y violencia
sexual en agravio de los estudiantes, utilizando los instrumentos para cada caso.
f. El ambiente asignado para dicha comisión será compartido por ambos niveles en CTOE.
25
g. Lleva el registro de casos reportados, y su derivación respectiva.
2. Los defensores: Son docentes o personal auxiliar de la Institución Educativa, elegidos
Democráticamente por los estudiantes por un período de dos años Se eligen por Nivel y
Turno de uno a dos Defensores. Tienen las siguientes funciones:
a. Participar en la elaboración del Plan de Trabajo de la DESNA
b. Promover y desarrollar actividades de difusión y promoción de los Derechos del Niño y
del Adolescente.
c. Propiciar la solución pacífica y armónica de conflictos cuando se afectan los derechos de
los estudiantes, dentro del marco del Reglamento de la Institución Educativa y siempre
que los hechos no constituyan faltas o delitos señalados en el Código Penal vigente.
d. Informar inmediatamente al responsable de la DESNA, o en ausencia de éste, al Director
de la Institución Educativa los casos de maltrato físico y psicológico, acoso y violencia
sexual en agravio de los estudiantes para que se establezca la denuncia ante las
autoridades correspondientes.
Art.- 29.- Son funciones de la Comisión de Convivencia y disciplina escolar
a. Participar del Comité de Tutoría, Convivencia y Disciplina Escolar para contribuir con los
tutores a que sus actividades de tutoría y orientación educativa fortalezcan la convivencia
y disciplina escolar y el uso adecuado del tiempo, mediante la orientación grupal e
individual
b. Velar por la interiorización y el cumplimiento de las normas de convivencia y disciplina
establecidas en la Institución Educativa, de acuerdo con el Plan.
c. Verificar que los tutores y auxiliares de educación, lleven un registro escrito (anecdotario)
actualizado del comportamiento de los estudiantes que incluya sus desempeños positivos y
negativos.
d. Reunirse periódicamente con los profesores y auxiliares con el propósito de evaluar la
convivencia y disciplina y el uso del tiempo escolar así como coordinar las acciones
pertinentes para su mejoramiento.
e. Proponer a la Dirección de la Institución Educativa, estímulos y sanciones a los
estudiantes, de acuerdo al Reglamento Interno y a las normas de convivencia y disciplina
escolar.
f. Recepcionar, canalizar y proponer proyectos dirigidos a mejorar la disciplina escolar.
g. Mediar en la solución de los conflictos que pudieran suscitarse en la Institución Educativa
o Programa.
Art. 30 Son funciones del Comité de Tutoría y orientación del educando – CTOE.
a. Asegurar que las actividades de tutoría y orientación Educativa respondan a las
necesidades e intereses de los estudiantes.
b. Elaborar un plan de trabajo que permita organizar y programar las acciones de tutoría y
orientaciones educativas.
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c. Orientar, supervisar monitorear y evaluar las acciones de tutoría programadas en el Plan
de trabajo
d. Promover la incorporación de las acciones de tutoría en el PEI, PCI y PAT.
e. Organizar acciones de capacitación dirigidas a estudiantes, docentes, auxiliares y Padres
de Familia.
f. Verificar la elaboración y el desarrollo de los planes tutoriales y las sesiones de tutoría.
g. Realizar reuniones, periódicas entre tutores para el intercambio de experiencias y el apoyo
mutuo.
h. Promover reuniones periódicas entre tutores y Padres de Familia de sus respectivas
secciones para tratar temas relacionados con la orientación de los estudiantes.
i. Implementar la convivencia escolar democrática en la I. E.
j. Promover el establecimiento de alianzas con otras instituciones tomando en cuenta los
lineamientos del DITOE.
k. Realizar replicas de las capacitaciones recibidas de tutoría y orientación educativa
Art. 31.- Son funciones del Comité Ambiental de gestión de riesgos – defensa civil, para la
conservación de la salud comunitaria:
a. Desarrollar el Proyecto Educativo Ambiental, previo diagnóstico con participación de
toda la comunidad educativa
b. Elaborar e implementar el Plan de Gestión de Riesgo y Contención de la I.E.
c. Promover acciones de educación ambiental, en coordinación con las instituciones
pertinentes
d. Fortalecer las acciones de prevención, atención y respuesta, frente a los riesgos de
desastres de origen natural y antrópico.
e. Dar cumplimiento a las normas para la implementación de simulacros en la I.E.
f. Fortalecer las organizaciones estudiantiles de carácter ambiental, y promover la
constitución de las fiscalías escolares y ambientales en la I.E.
Art.32 .-Las funciones del Comité de Racionalización son:
a. Ejecutar el proceso de evaluación y racionalización de plazas de la I.E aplicando el
principio de equidad y calidad de la educación de acuerdo al Legajo Personal de cada
trabajador que deben tener en la Dirección de la I.E., donde labora que debe concordar
con el legajo que tiene en la DREC.
b. Determinar el cuadro de secciones y grados por niveles educativos, de acuerdo a la meta
de atención.
c. Evaluar en función al Cuadro de Horas, el Cuadro de secciones en función a las metas de
atención.
d. Determinar las plazas estrictamente necesarias en la I.E., de acuerdo con los resultados,
carga docente y la demanda educativa.
e. Formular y proponer el cuadro nominal del personal de la I.E. en el siguiente orden: a)
personal que continuará prestando servicios en la I.E. por ser necesario b) personal que
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será declarado excedente por no ser necesario sus servicios, al no tener metas de atención
de acuerdo a la población estudiantil.
f. Publicar los resultados de la evaluación efectuada, informando al personal en caso de
excedencia.
CAPITULO IV
DE LA ORGANIZACIÓN
Art. 33.- Las labores del planeamiento educativo se realizará en el mes de Diciembre, con la
participación del Director, de la Subdirección de Formación General, del personal Docente,
Administrativo, de Servicio y APAFA
a. Los Instrumentos de Gestión (PEI, PCI, PAT, RI) serán elaborados con la participación
del personal directivo, docente, administrativo, de servicio y APAFA.
b. Para la elaboración del Plan Anual de Trabajo (PAT) y Reglamento Interno (R.I), el
personal docente trabajará en equipo por comisiones y para la consolidación de los
mismos, lo harán a través del análisis, debate y aprobación en un Plenario, el cual será
ratificado por el Director del Plantel, mediante Resolución Directoral, luego se pondrán a
disposición de todo el personal de la Institución Educativa.
Art. 34.- La programación curricular se formulará en etapas:
a. Programación Curricular Anual en el mes de Diciembre, teniendo en cuenta las
capacidades de área para los trimestres correspondientes en ambos niveles.
b. Programación curricular de corta duración por Trimestres, durante el año lectivo
mediante las Unidades Didácticas
c. Sesión de aprendizaje: Durante cada encuentro con los estudiantes
ART. 35.- La Calendarización del año académico figura en el P.A.T. según la R.M.0622-
2013-ED, “Normas Técnicas para el Desarrollo del Año Escolar 2014 en la Educación Básica
Regular y Técnico Productiva - CEBAS”.
El año escolar tendrá una duración mínima de 40 semanas efectivas de clase. Las vacaciones
se consideran como periodos adicionales. La fecha de inicio, la programación de las
vacaciones los determina la Dirección de la I.E. con opinión del CONEI quien comunicará
la decisión a la DREC Callao.
Art. 36.- El tiempo de permanencia de los alumnos de nivel primaria en el plantel es de
cuatro horas, cincuenta y cinco minutos cronológicas, y seis horas pedagógicas, en el
siguiente horario:
INGRESO : Desde 7:30 a.m. Hasta 7:45 a.m.
SALIDA : 12:45 p.m.
El tiempo de permanencia de los alumnos de nivel secundaria en el plantel es de cinco horas,
cuarenta minutos cronológicas o siete horas pedagógicas, en el siguiente horario
INGRESO : Desde 12:45 p.m. Hasta 13: 00 p.m.
SALIDA : 18:35 horas
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No se permitirá la permanencia de alumnos en la I.E pasadas las 18:35 horas por ningún
motivo, salvo autorización escrita y bajo responsabilidad funcional de dirección y/o
subdirección.
Art. 37.- El recreo tendrá una duración de (30´) treinta minutos en el Nivel Primaria – Turno
Mañana y (20´) veinte minutos en el nivel secundario.
Art. 38.- El periodo vacacional de los alumnos tendrá una duración de dos semanas
efectivas de acuerdo a la Calendarización del Año Escolar 2014.
Art. 39.- El ingreso de los estudiantes del nivel secundario es hasta las 13:00 pm, después de
esa hora se considera tardanza y en el caso de primaria será derivado a la subdirección y en
secundaria a TOE. Por ningún motivo el alumno con tardanza se quedará fuera de las
instalaciones de la I.E.
Art. 40.- El Programa de Recuperación Pedagógica (PRP), tiene una duración de 6 semanas
efectivas. La Dirección de la I.E. está facultada para programar, organizar y ejecutar el
Programa de Recuperación Pedagógica antes del inicio del año escolar siguiente.
El docente a cargo deberá elaborar un informe que justifique la necesidad de la recuperación
pedagógica del alumno; el cual debe contener: capacidades a reforzar, indicadores y logros
deseados al término del período.
El docente que desee participar del PRP deberá remitir una solicitud dirigida al Director del
Plantel. Este deberá seleccionar a los docentes que requiera el programa y hacer rotar a los
docentes previa evaluación.
Los resultados de la evaluación de los docentes postulantes al PRP serán publicados
internamente, antes del inicio del mismo.
El costo del programa por área es de 0.5 de la UIT según el TUPA del Ministerio de
Educación
Art. 41.- Los estudiantes que por razones de viaje u otros motivos, no pueden rendir la
evaluación de recuperación en su I.E. de origen, la rinden en otra, siempre y cuando tengan –
obligatoriamente- la autorización expedida por la Dirección de la IE de origen.
La Dirección de la I.E. adopta las acciones pertinentes para que los estudiantes que se
matriculan teniendo un área curricular pendiente de subsanación, participen en un programa
de recuperación durante el año, a fin de superar las dificultades vinculadas a dichas áreas.
Art. 42.- Los estudiantes de 5º de Educación Secundaria podrán participar en el Programa de
Recuperación Pedagógica hasta antes del inicio del año lectivo siguiente. De persistir la
desaprobación en 01 hasta 03 áreas curriculares, podrán asimilarse al Programa de
Recuperación Académica Anual, durante ese año subsiguiente.
ART. 43.- Las actividades de monitoreo educacional se realizarán de acuerdo con lo
dispuesto en el Reglamento de Supervisión Educativa aprobado por el D. S. N° 50-82-ED. y
las normas complementarias que expida el Ministerio de Educación a través de la DREC-
Callao.
La dirección y subdirección de Formación General en coordinación la comisión de
transformación académica efectuaran: el Plan y las fichas de Monitoreo, los que deben ser
29
difundidos entre el personal docente consignando las fechas, problemas detectados,
asesoramiento y recomendaciones. El resultado de la misma será entregado al docente,
concluido el proceso.
El monitoreo se extenderá al personal administrativo y de servicios utilizando los
instrumentos respectivos.
Las fechas establecidas para el Monitoreo de carácter opinado están establecidas en la
calendarización.
ART. 44.- El trabajo administrativo está a cargo del Director del Colegio y está organizado de
la siguiente manera:
a. El Archivo comprende los documentos oficiales recibidos y remitidos. Además, La
Constitución Política del Perú, Ley General de Educación y sus reglamentos,
instrumentos de gestión como el PEI, PCI, RI y Plan de Trabajo Anual, Informes anuales,
documentos de supervisión, registros de asistencia de personal, libro de actas, inventario
de bienes y enseres, fichas y nóminas de matrícula, actas, registro de evaluación y otros.
b. Mantenimiento y conservación del local corre a cargo del personal de servicio y cuenta
con los recursos económicos que aporta la APAFA y otros internos propios de la I.E.
Art. 45.- El colegio funciona en dos turnos continuos mañana y tarde en el siguiente horario:
TURNO MAÑANA de 7:30 a.m. A 12:45 p.m.
TURNO TARDE de 12:45 p.m. A 18:35 p.m.
Art. 46.- La entrada a la I.E por parte de los padres de familia es por la puerta principal en los
días y horarios establecidos, previa identificación y anotación en un cuaderno de registros del
motivo de su visita.
La atención al público usuario para trámites administrativos es de 9:00 am. a 12:00 m. y de
2:00 a 4:00 pm, según cronograma de atención. Para el caso de los docentes será de acuerdo al
cronograma de atención establecido por la Subdirección.
La entrada y salida de los alumnos es por la puerta Nº 01, Jr. César Vallejo cuadra 1 s/nº (por
el parque Virgen de Fátima).
Art. 47.- La jornada de trabajos en Dirección, Subdirección de Formación General, docentes,
administrativos, de servicio y servicio en guardianía es:
HORARIO DE PERMANENCIA DEL PERSONAL DE LA I.E.Nº5036 “RBDC” -2014
DIRECTIVOS
PERSONAL
JORNADA
LABORAL LUNES MARTES MIERCOLES JUEVES VIERNES REFRIGERIO
CARDENAS JURADO, Roque
DIRECTOR 40 horas
8:00 AM
16:00 PM
10:00 AM
18:00 PM
8:00 AM
16:00 PM
10:00 AM
18:00 PM
8:00 AM
16:00 PM
13:30 PM
14:00 PM
DIEGO RINCON, Maria.
SUBDIRECTORA de F.G 40 horas
8:00 AM
16:00 PM
8:00 AM
16:00 PM
10:00 AM
18:00 PM
10:00 AM
18:00 PM
10:00 AM
18:00 PM
13:30 PM
14:00 PM
ADMINISTRATIVOS
SANCHEZ OBREGON, Mario
SECRETARIO 40 horas
8.00AM
16.00PM
10:00 AM
18:00 PM
8.00AM
16.00PM
10:00 AM
18:00 PM
8.00AM
16.00PM
13:30 PM
14:00 PM
MELENDEZ LETONA, Irma
Auxiliar de Laboratorio 40 horas
10.30AM
18.30PM
10.30AM
18.30PM
10.30AM
18.30PM
10.30AM
18.30PM
10.30AM
18.30PM
12:30 PM
13:00 PM
VILLARREAL RISCO, Julia
Mantenimiento 40 horas
12:00 AM
20:00 PM
12:00 AM
20:00 PM
12:00 AM
20:00 PM
12:00 AM
20:00 PM
12:00 AM
20:00 PM
13:30 PM
14:00 PM
30
CHAVEZ IPARRAGUIRRE,
Yovany
Mantenimiento
40 horas
6:30 AM
14:30 PM
6:30 AM
14:30 PM
6:30 AM
14:30 PM
6:30 AM
14:30 PM
6:30 AM
14:30 PM
10:30 AM
11:00 AM
RONDAN MANCO, Lady
Mantenimiento 40 horas
12:00 AM
20:00 PM
12:00 AM
20:00 PM
12:00 AM
20:00 PM
12:00 AM
20:00 PM
12:00 AM
20:00 PM
13:30 PM
14:00 PM
PALMA ALFARO, Oscar
Guardiana
20.00PM
6.30 AM
20.00PM
6.30 AM
20.00PM
6.30 AM
20.00PM
6.30 AM
20.00PM
6.30 AM
AUXILIARES DE EDUCACION
GARCIA ALCAS, Soledad
Auxiliar de Educación 30 horas
12:45 PM
18:45 PM
12:45 PM
18:45 PM
12:45 PM
18:45 PM
12:45 PM
18:45 PM
12:45 PM
18:45 PM
14:00 PM
14:30 PM
Auxiliar de Educación
30 horas
12:45 PM
18:45 PM
12:45 PM
18:45 PM
12:45 PM
18:45 PM
12:45 PM
18:45 PM
12:45 PM
18:45 PM
14:30 PM
15:00 PM
HORARIO DEL AÑO ESCOLAR 2014
De acuerdo a las Normas vigentes y a la realidad de nuestra I.E. 5036 “Rafael Belaunde Diez
Canseco” de Playa Rímac -. Callao.
TURNO ENTRADA SALIDA DOCENTES
Turno Mañana 07:45 13:00 Primaria
Turno Tarde 12:50 18.35 Secundaria
TURNO ENTRADA SALIDA ALUMNOS
Turno mañana 07:45 12:45 Primaria
Turno Tarde 12:45 18:35 Secundaria
HORARIO DE CLASES
PRIMARIA SECUNDARIA
30 Horas Pedagógicas 45 minutos c/u 24 Horas Pedagógicas 45 minutos c/u
07:45 a 08:30
08:30 a 09:15
09:15 a 10:00
13:00 a 13:45
13:45 a 14:30
14:30 a 15:15
15:15 a 16:00
10:00 a 10:30 (RECREO) 16:00 a 16:20 (RECREO)
10:30 a 11:15
11:15 a 12:00
12:00 a 12:45
16:20 a 17:05
17:05 a 17:50
17:50 a 18:35
ATENCIÓN A LOS PADRES DE FAMILIA POR LOS DOCENTES
PRIMARIA SECUNDARIA
TURNO MAÑANA TURNO TARDE
10:00 am a 10:30 am 16:00 pm a 16:20 pm
ATENCIÓN AL USUARIO o PÚBLICO
TURNOS DIRECTOR SUB DIRECTORA
FORMACIÓN
GENERAL
Turno Mañana L, Mi, V: 09:00 am a 11:00 am. L y Ma: 09:00 am a 11:00 am
31
Turno Tarde Ma y J: 14:00 pm a 16:00 pm Mi, J y V: 14:00 pm a 16:00 pm
TURNOS SECRETARÍA TESORERÍA (CAJA)
Turno Mañana L, Mi y V: 08:30 am a 13:00 pm L a V: 09:00 am a 12:30 pm
Sr. Yovany Chávez Yparraguirre
Turno Tarde Ma y J: 14:00 pm 16:00 pm L, M, M y V: 14:00 pm a 16:00 pm
Prof. Carmen Romero Lucero
CAPITULO V
DEL REGIMEN ECONOMICO
ART.- 48.-La Institución Educativa cuenta con una comisión encargada de administrar los
recursos Económico denominados: COMITÉ DE GESTION DE RECURSOS PROPIOS Y
ACTIVIDADES PRODUCTIVAS EMPRESARIALES EN LAS II.EE. Públicas D.S. Nº 028-
2007, Integrada por:
a. Presidente: Director
b. Tesorero
c. Representantes de los docentes de ambos niveles.
d. Representante de Administrativos.
ART. 49. Son Recursos Propios, ordinarios de la Institución Educativa los ingresos que por
Ley los considera:(TUPA)
a. Por rectificación de nombre.
b. Duplicado de Certificados de estudios.
c. Exámenes de subsanación.
d. Duplicado de libreta de Notas.
ART. 50. Los recursos propios del colegio son los que se obtienen en los siguientes casos:
a. Por donaciones en efectivo de personas o instituciones o padres de familia.
b. Por pequeñas actividades de los profesores, padres de familia y alumnos.
c. Por concepto de alquiler de espacios libres para Comedor-kiosco, Librería y
fotocopiadoras.
d. Por convenio con instituciones públicas y privadas.
e. Por la venta de bienes que se dan de baja.
ART. 51.- Los fondos y recursos que generen estos conceptos serán utilizados en el
mantenimiento y adquisición de útiles de oficina de la Institución Educativa. Estos ingresos
y egresos se registrarán en el Libro de Caja.
ART.- 52.-Los ingresos a caja chica proceden de la venta de las diversas constancias
(constancia de vacante, de estudios, de notas, etc.)
ART.- 53.- El Comité de Recursos Propios Actividades Productivas Empresariales en las
II.EE. Públicas emitirá su informe trimestral al CONEI para conocimiento de la comunidad
educativa y posterior informe a la DREC-Callao.
32
ART. 54.-Las donaciones de mobiliario y mejoras en las aulas, realizadas por los padres de
familia y otras instituciones, serán inventariadas, no procediendo su devolución. Dicho
inventario debe de realizarse en el momento de la donación pasando a ser patrimonio de
la Institución Educativa.
ART. 55.- El personal docente podrá cumplir comisiones de representación por encargo
escrito del
Director y Sub Directora de Formación General del nivel correspondiente dentro de las horas
de labor, para su efecto la Sub Dirección, comunicará al auxiliar de educación para
conocimiento bajo responsabilidad. Los gastos que ameriten la representación serán
asumidos por la decisión de la Dirección de la Institución Educativa en coordinación con la
Tesorería.
ART. 56.- Las actividades que se organicen en la I.E. con fines económicos serán dados a
conocer a la Dirección quien autorizará previa aprobación del Plan de Actividades y al
término de la actividad deberá remitir el balance documentado con el informe
correspondiente. Los deterioros que se ocasionaran serán repuestos por los
organizadores.
ART.57. Régimen de seguridad social de los trabajadores.
Los lineamientos y disposiciones y procedimientos generales para la tramitación de
licencias con goce y sin goce de remuneraciones esta normada por las Leyes y Decretos
Supremos vigentes.
CAPITULO VI
DEL PROCESO DE MATRICULA, EVALUACIÓN, PROMOCIÓN,
REPITENCIA Y CERTIFICACIÓN
Art.58. Matrícula (PROCESO)
a. La matrícula se efectuará por medio del SIAGIE, por primera y única vez al ingresar al
primer grado de educación primaria y/o grado que ingrese al Colegio, en los siguientes
grados sólo se ratificará la matrícula.
b. Es requisito para la matricula la partida de nacimiento, DNI, la constancia de notas sin
borrones y/o enmendaduras, y presencia del padre o apoderado para su verificación de sus
datos personales y domicilio. En caso de carecer de partida de nacimiento o DNI el
Director concederá un plazo de 60 días calendarios para la entrega de dicho documento.
c. El pago por concepto de asociación de padres de familia no condiciona la matrícula ni su
ratificación de acuerdo a Ley.
d. Se matriculará en el primer grado de Educación Primaria preferentemente quienes
tengan domicilio dentro de la zona de influencia del colegio y declaración jurada del
domicilio, por la demanda educativa se seleccionará a los estudiantes que cuenten con
mayor puntaje, y certificado de buena conducta (secundaria).
33
e. Para efecto de la matrícula en el primer grado se atenderá en primer lugar a los
alumnos que al inicio del año escolar cumplan los 6 años hasta el 31 de marzo.
f. El Director del colegio en coordinación con las Sub Directora de Formación General y
Coordinadores por nivel racionalizará la carga docente por aula de acuerdo a las normas
vigentes teniendo como número referencial de 20 a 25 alumnos por aula en ambos niveles;
reservando un mínimo de dos vacantes para alumnos con necesidades educacionales
especiales, para lo cual las aulas inclusivas tendrán una carga menor.
g. El Director del colegio en coordinación con la Sub Directora de Formación General y
sus Coordinadores por nivel colocará en lugar visible el aviso a los padres de familia,
sobre el proceso de matrícula, requisitos, vacantes y calendario de matrícula por grados y
niveles.
h. Para los efectos de traslado de alumnos se tendrá en cuenta las disposiciones vigentes a
través del SIAGIE e inclusive las vacantes deben ser emitidas con este sistema para su
respectiva liberación de la I.E. de Origen y así mismo de la I.E. de Destino para su
aceptación de matrícula.
Art.59. DE LA EVALUACIÓN
a. Las evaluaciones del educando de Educación Primaria y Secundaria se sujetarán a las
disposiciones vigentes. RM N° 234 – 2005 – ED y su modificatoria que aprueba la
Directiva N°004-2005-VMGP, y, así mismo las normas actuales vigentes.
b. La evaluación del comportamiento se realizará teniendo en cuenta entre otros criterios:
responsabilidad, honradez, puntualidad, veracidad, ayuda mutua y respeto a la persona
(Criterios Actitudinales). Esta evaluación no se considera para la promoción de grado
(Promedio Anual).
En
el
caso del nivel primario se elaborará una hoja adjunta en la libreta de notas, considerando
los mismos aspectos anteriormente señalados
c. Los documentos oficiales de evaluación son los siguientes:
Registro de evaluación (auxiliar y oficial) con la ayuda del SIAGIE.
Constancia de notas del rendimiento académico (reporte de notas) –SIAGIE.
Actas Finales y Certificado de Estudios SIAGIE.
d. La evaluación de los aprendizajes se realiza mediante las capacidades e indicadores de
logro que especifiquen y evidencien los aprendizajes. Los criterios de evaluación en
primaria y secundaria, corresponden a las competencias de área.
34
e. En caso de alumnos que repitan dos o más años consecutivos en un mismo grado o que
tengan conducta observada, se invitará a una asistencia especializada de la DREC u otra
institución que conozca el aspecto psicopedagógico.
Art. 60.- La promoción de grado en el nivel primaria, se dará, en los siguientes casos:
a. Los estudiantes de primer grado son promovidos al grado superior en forma automática.
b. Cuando al término del año escolar los estudiantes obtienen A en todas las áreas
curriculares incluidas áreas o talleres creados como parte de las horas de libre
disponibilidad.
c. Los estudiantes de 2° ,3° y 4° grado obtienen como mínimo A en las áreas curriculares de
comunicación, matemática y como mínimo B en las otras áreas.
d. Los estudiantes de 5° y 6° grado obtienen como mínimo A en las áreas curriculares de
comunicación, matemática, personal social, ciencia y ambiente; y como mínimo B en las
otras áreas.
Art. 61. La promoción de grado en el nivel secundario, se dará, en los siguientes casos:
a. Los estudiantes que al término del año escolar aprueban todas las áreas curriculares.
b. Los estudiantes que al término del programa de recuperación pedagógica o la evaluación
de recuperación aprueban todas las áreas curriculares o desaprueban como mínimo un
área.
Art. 62 La repitencia en el nivel primaria, se dará, en los siguientes casos:
a. Repiten de grado automáticamente los estudiantes de 2° , 3°, 4° , 5° y 6° grado que al
término del año escolar obtienen C en dos áreas curriculares: matemática y
Comunicación.
b. Repiten de grado los estudiantes que en el programa de recuperación o en la evaluación
de recuperación no alcancen los calificativos requeridos para la promoción al grado
superior.
Art. 63.- La repitencia en el nivel secundaria, se dará, en los siguientes casos:
a. Repiten los estudiantes que al termino del año escolar desaprueban 4 o más áreas
curriculares incluida el área curricular pendiente de subsanación. o cuando al término
del programa de recuperación pedagógica o la evaluación de recuperación desaprueban 2
o más áreas curriculares.
Art. 64.- Los certificados de estudios de cada año correspondientes a un grado escolar, se
expiden de acuerdo a la Directiva N° 004 –VMGP-2005, aprobada por la R.M.N° 0234-
2005-ED y su modificatoria y normas actuales vigentes.
CAPITULO VII
DEL RÉGIMEN ESCALAFÓNARIO
35
Art. 65.- Todos los trabajadores de la Institución Educativa contarán con un legajo personal
en archivo de la Dirección del plantel donde se registren los datos personales y profesionales
con la presentación de la ficha escalafonaria actualizada, bajo su responsabilidad funcional.
CAPITULO VIII
DERECHOS, DEBERES, FALTAS, ESTÍMULOS Y SANCIONES DEL
PERSONAL
Art. 66.- Los derechos alcanzados y reconocidos al profesorado y personal administrativo
están de acuerdo a la Constitución Política, leyes y el Presente Reglamento.
Art. 67.- Son derechos del personal directivo y docente en general:
a. Lo establecido en la Constitución Política del Perú, Ley Nº 28044 Ley General de
Educación, Ley Nº 29944 Ley de la Reforma Magisterial y su D.S. Nº 004-2013-ED
Reglamento de la Ley 29944.
b. Remuneración de acuerdo a Ley.
c. Percibir sus remuneraciones sin disminución salvo en los casos previstos por la Ley.
d. Reconocimiento de oficio del tiempo de servicios y otorgamiento de pensiones y
compensaciones.
e. Reentrenamiento, capacitación y especialización.
f. Licencia con o sin goce de haber de acuerdo a Ley.
g. Descanso vacacional de acuerdo a Ley.
h. Derecho a un día de permiso por onomástico y día del Maestro de acuerdo a Ley.
i. Libre asociación y sindicalización.
j. A la hora de lactancia, en concordancia con los dispositivos legales.
k. A participar en el Programa de Recuperación Pedagógica según norma vigente,
siendo este rotativo y de acuerdo al informe de desempeño laboral.
l. Ser tratado con respeto y consideración.
ART. 67.- Son derechos del personal administrativo y de servicio:
a. Remuneración de acuerdo a Ley.
b. Capacitación para el mejor desempeño de sus funciones.
c. Descanso vacacional de un mes al año de acuerdo al rol de vacaciones aprobadas por
Resolución.
d. Derecho de permiso por horas de acuerdo a ley, con compensación
e. Gozar del respeto de la comunidad educativa
ART.68.- Son deberes de la dirección, subdirección de formación general y coordinadores de
la comisión de transformación académica:
a. Cumplir con las funciones establecidas en las normas vigentes.
b. Fomentar la integración, cooperación y armonía del personal de la institución
manteniendo las buenas relaciones humanas.
c. Desempeñar sus funciones con responsabilidad, ética y eficiencia profesional.
36
d. Inculcar respeto a nuestros héroes, símbolos patrios y cultivar los valores morales y
cívicos.
e. Cumplir con las disposiciones impartidas por las autoridades respectivas.
f. Velar por el buen estado de conservación de los bienes del colegio
g. Participar en todas las actividades programadas en el PAT, de manera obligatoria, de
acuerdo a su horario de trabajo.
h. Hacer cumplir al personal de la institución educativa, sus funciones y las disposiciones
emanadas por la superioridad.
i. Llevar el control del avance del servicio educativo
j. Participar en las reuniones programadas por las instancias desconcentradas, haciendo el
efecto multiplicador.
k. Programar reuniones periódicas de información a los padres de familia (comités de
aulas y/o grados).
l. Verificar y consolidar el normal desarrollo de las horas efectivas de la labor docente.
ART. 69.- Son deberes y obligaciones de los docentes:
a. Participar en la elaboración y ejecución de los instrumentos de gestión de la I.E. (PEI,
PCI, PAT, RI, etc.).
b. Programar, desarrollar y evaluar las actividades curriculares, así como las actividades de
tutoría, gestión de riesgo, plan lector. Asumiendo con responsabilidad la formación
integral de los estudiantes.
c. Desempeñar sus funciones con responsabilidad, ética y eficiencia profesional.
d. Inculcar respeto a nuestros héroes, símbolos patrios y cultivar los valores morales y
cívicos.
e. Cumplir con las disposiciones impartidas por las autoridades respectivas.
f. Mantener actualizada la documentación pedagógica y administrativa de su
responsabilidad
g. Velar por el buen estado de conservación de los bienes del colegio
h. Participar en todas las actividades programadas en el PAT, de manera obligatoria, de
acuerdo a su horario de trabajo.
i. Coordinar y mantener comunicación permanente con los padres de familia en asunto
relacionados con el aprovechamiento y comportamiento de sus hijos.
j. Cumplir con responsabilidad el trabajo de comisiones asignadas
k. Participar activamente en las formaciones de inicio de semana
l. Participar en las capacitaciones y jornadas programadas.
m. Asistir obligatoriamente a la formación del día lunes los que tengan la primera hora de
clase, en caso contrario se le considera falta la hora.
n. Asistir puntualmente al aula. Se considerará tardanza 10 minutos después de la hora de
inicio de la sesión de clase y falta a partir de los 15 minutos.
ART. 70.- Son prohibiciones de los directivos
a. Desempeñar otras actividades ajenas a la I.E. durante su jornada laboral.
b. Tomar decisiones unilaterales que estén fuera de las normas.
37
c. Fomentar divisionismo que menoscaben la disciplina y el compañerismo entre el
personal
d. Emplear castigos físicos y sicológicos que lesionan la integridad física y psicológica del
educando.
e. Tomar represalias en contra de los docentes y/o estudiantes por cualquier reclamo o
queja
f. Asistir a la institución educativa con signos de ebriedad.
g. Realizar actos de proselitismo político
Art. 71.- Son prohibiciones del personal docente:
a. Salir del colegio en horas de trabajo sin autorización
b. Fomentar divisionismo que menoscaben la disciplina y el compañerismo entre el
personal
c. Realizar salidas, excursiones, festivales, actividades sin previa autorización del
Director de la Institución Educativa.
d. Emplear castigos físicos y sicológicos que lesionan la integridad física y psicológica
del educando.
e. Tomar represalias en contra de los estudiantes por cualquier reclamo o queja.
f. Atender las consultas de los padres de familia y/o apoderados en horas no autorizadas
salvo en casos justificados.
g. Asistir a la institución educativa con signos de ebriedad.
h. Llevarse los objetos incautados.
i. Realizar actividades de carácter económico en beneficio personal.
j. Realizar actos de proselitismo político.
k. Autorizar la salida de los estudiantes fuera de la I.E en horario de clases.
l. Demorar más de 5´en el traslado de un aula a otra en el cambio de hora, de presentarse
el caso se considera tardanza.
m. Ausencia del aula a partir de 15’ una vez iniciada la hora de clases. De presentarse el
caso se considera falta a la hora.
ART. 72.- Se consideran faltas del personal de la Institución Educativa:
a. Inasistencia injustificada.
b. Falta de respeto a los miembros de la comunidad educativa.
c. Incumplimiento de sus funciones.
d. Ausencia en las actividades programadas en la I.E.
ART. 73.- Son estímulos al personal de la I.E.
a. Oficio y/o Diploma de reconocimiento de la Dirección.
b. Reconocimiento con Resolución Directoral de la Institución Educativa
c. Propuesta para felicitación con Resolución Directoral a cargo de la DREC – Callao.
d. Reconocimiento público con la entrega de un recordatorio a los docentes que se
jubilen.
38
ART.74.- Las sanciones aplicables al personal son de acuerdo a las normas vigentes y
actuales que pueden ser los siguientes aspectos:
a. Amonestación verbal
b. Llamada de atención por escrito.
c. Suspensión hasta 30 días – D.S. Nº 004-2013.
d. Informe a la superioridad en caso de gravedad de la falta, con la aprobación del CONEI.
CAPITULO IX
DERECHOS, OBLIGACIONES, FALTAS Y SANCIONES
A LOS EDUCANDOS
ART. 75.- Son derechos del educando:
a. Recibir formación integral dentro de un ambiente de convivencia democrática que le
brinde seguridad moral, física, así como también los servicios de orientación y bienestar.
b. Elegir y ser elegido como miembro de Consejo Educativo Institucional.
c. Opinar sobre la calidad del servicio educativo que recibe a través de encuestas.
d. Que se respete su integridad moral, psíquica y física.
e. Ser respetado por sus educadores y pares.
f. Ser escuchado y atendido en sus reclamos por los órganos institucionales.
ART. 76.- Son obligaciones del educando:
a. Asistir puntual y correctamente uniformado, dentro del horario establecido.
b. Portar el cuaderno de control todos los días.
c. Asumir con responsabilidad el rol de estudiante, rechazando las influencias negativas de
otros compañeros.
d. Asistir debidamente presentable: los alumnos el cabello con corte escolar, las alumnas con
moño y malla azul y sujeto con una cinta azul y celeste cielo. Excepcionalmente los
meses de marzo y abril no se exigirá la corbata por cuestión de clima y comprendiendo la
situación familiar. No deben portar por ningún motivo: Maquillaje, piercing, celulares,
tablets y otros objetos distractores.
e. Respetar a las autoridades, profesores, compañeros, brigadieres, policías escolares y
demás personal de la I.E.
f. Cuidar la infraestructura del colegio, aulas, puertas, ventanas, mobiliario y material
didáctico. Asumiendo el costo que signifique la reparación del daño causado.
g. Practicar las normas de conducta, la convivencia sin violencia y las buenas costumbres en
el plantel, en la calle y en todo lugar.
h. Participar en forma responsable en las actividades educativas del colegio.
i. Cumplir con responsabilidad las tareas o asignaciones de las áreas para el logro de los
objetivos trazados.
j. Representar dignamente al colegio en cualquier actividad y/o competencia.
k. Reflejar una actitud correcta en el porte como en los modales, cuidar la presentación y
tener en orden los útiles escolares y prendas del uniforme.
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l. Aceptar con hidalguía y apoyar con alto espíritu de moralidad los consejos, orientaciones
y medidas disciplinarias dictadas por sus superiores.
m. Por ningún motivo el alumno podrá salir del colegio sin la autorización del Director y/o de
la Subdirección de Formación General. Sólo se dará permiso por causa justificada o
enfermedad, serán autorizadas previa solicitud y acompañamiento del padre, registrándose
en el Cuaderno de Control y en el de incidencias de la Portería.
n. Cumplir estrictamente lo dispuesto en el presente reglamento, el alumno que no cumpla
será sancionado por la Coordinación de Tutoría de Orientación del Educando previo
informe verificado por la Dirección y el CONEI conforme a Ley 29719 que promueve la
convivencia sin violencia en las I.E. con conocimiento y aceptación del Padre o
apoderado.
ART. 77.- Son prohibiciones de los estudiantes:
a. Llegar fuera del horario de ingreso establecido: Primaria: 7:30-7:45am.,Secundaria:
12:45-13:00 pm.
b. Quedarse en los salones a la hora que toca el timbre para formación y durante el recreo.
c. Portar instrumentos punzo cortantes y peligrosos para la salud e integridad personal.
d. Practicar juegos de azar, juegos de manos y otros que afecten la salud, la decencia y la
dignidad de las personas incluyendo el Internet.
e. Celebrar contratos, venta o rifas no autorizadas por la Dirección
f. Portar revistas no educativas y objetos de valor como celulares, radios pequeños y otros.
g. Alterar documentos como registro y libretas de notas o suplantar firmas.
h. Hacer cualquier tipo de inscripción en el mobiliario, puertas, ventanas, paredes y otros
ambientes.
i. Arrojar papeles o basura en lugares impropios.
j. Fomentar desorden dentro o fuera del plantel, en forma individual o colectiva.
k. Evadirse del colegio deliberadamente o ingresar a el por las paredes.
l. Salir del plantel sin autorización de la Dirección o Subdirección.
m. Deteriorar o sustraer los servicios higiénicos, eléctricos y mobiliario en general.
n. Proferir y escribir palabras obscenas dentro y fuera del plantel.
o. Usar el nombre del colegio en actividades y ocasiones no autorizadas por la Dirección del
plantel.
p. Faltar el respeto al profesor, auxiliares de educación y los demás trabajadores del plantel.
q. Portar excesivo dinero, objetos de valor o vender productos diversos dentro de la
Institución Educativa.
r. Usar alhajas (aretes, collares, medalla) y todo tipo de cosméticos.
s. Portar prendas que no sean del uniforme escolar, las cuales serán decomisadas y
entregadas en el mes de diciembre.
t. Agraviar a sus compañeros durante la clase o fuera de ella, haciendo uso de la violencia
física, moral y emocional. (bullying )
u. Publicar y / o enviar mensajes agraviantes o que linden con la moral o pudor a través de
las redes sociales
v. Practicar actos que atentan contra la moral y las buenas costumbres.
40
w. Aceptar productos en venta de sus pares y personal de la IE.
x. Ingresar a la IE sin agenda escolar, cuadernos y textos escolares.
ART. 78.- Son estímulos para los alumnos:
a. Felicitación verbal en público.
b. Diplomas por buen desempeño en evento educativos y a los que ocupen los tres
primeros puestos en Aprovechamiento y conducta en cada grado de estudios, al
término del Año lectivo
c. Felicitación escrita.
d. Resolución Directoral de felicitación de la Institución Educativa.
e. Otorgamiento de la Medalla Rafaelina a los estudiantes destacados en los concursos
académicos externos
ART. 79.- Son sanciones aplicadas a los estudiantes:
1. Llamada de atención verbal por el docente o auxiliar más cercano al alumno que
comete la falta sea en forma individual y/o colectiva.
2. Citación a padre de familia por tardanzas, faltas reiteradas, problemas de conducta y
otros.
3. Papeleta amonestación de llamada de atención que se envía a los padres de familia o
apoderado en caso de reincidencia de la falta, dando a conocer la conducta inapropiada de
su hijo o pupilo.
4. El alumno amonestado por escrito por falta grave, será suspendido de acuerdo a la Ley
General de Educación previo informe de CTOE y no será considerado en los eventos
deportivos, ni paseos campestres y no podrá representar a la institución en la escolta,
Banda de Música, Brigadier, competencias inter-escolares y se anotará como demerito en
su promedio de conducta.
5. Por Bullying se aplicará la Ley 29719 que promueve la convivencia sin violencia en las
I.E.
6. Los alumnos sancionados de acuerdo al problema que tengan se derivarán a una
institución especializada para su terapia respectiva o de lo contrario el padre de familia
presentará un informe psicológico de la institución especializada encargada de su
tratamiento.
ART.80. Los alumnos que destaquen por su cumplimiento y responsabilidad, serán
nombrados por una Comisión integrada por los profesores tutores, Sub Dirección de
Formación General y auxiliares de educación en el caso de secundaria y por el profesor de
aula comisión de disciplina en caso de primaria para los cargos siguientes:
a. Brigadier General
b. Sub-Brigadier General.
c. Policía Escolar
d. Brigadier de Aula
e. Integrantes de la Escolta.
f. Integrantes de los equipos deportivos representativos del plantel.
41
g. Integrantes de la Brigada de la Cruz Roja.
h. Brigada de Defensa Civil.
i. Brigada de la Policía Ecológica.
Art. 81. Son atribuciones del brigadier general:
a. Dirigir las formaciones en actuaciones patrióticas, presentaciones oficiales y otros.
b. Mantener la disciplina del alumnado.
c. Representar al colegio en todas las ceremonias públicas que se realicen dentro y fuera
del plantel, dando cuenta de las ocurrencias o resultados a las autoridades.
Art. 82.- Son atribuciones del sub-brigadier general:
a. Colaborar con el Brigadier General.
b. Lo reemplazará en su ausencia.
Art. 83. Son atribuciones de los brigadieres de aula:
a. Son los responsables de la disciplina durante las formaciones de los días Lunes y las
Actuaciones así como dentro del aula.
Art. 84. Son atribuciones de la policía escolar:
a. Son los responsables de la disciplina durante las formaciones de los días Lunes y las
Actuaciones así como dentro del aula.
b. Colaborar con el mantenimiento del orden y la disciplina del alumnado del plantel y
cumplirán sus funciones de acuerdo a un reglamento oficial.
Art. 85. Son atribuciones de la escolta del plantel:
a. Estar integrado por alumnos(as) que reúnan cualidades para el cargo y que pertenezcan a
la Institución educativa.
b. Su responsabilidad será tal que estarán presentes en las formaciones de los días lunes, en
las fechas cívicas y aniversario de la I.E.
c. Serán los encargados de portar el Pabellón Nacional en todos los actos cívico-patrióticos
dentro y fuera del plantel.
Art. 86. Son atribuciones de la banda de música del plantel:
a. Estar integrado por los alumnos(as) que reúnan cualidades musicales tanto del nivel
primario como del nivel secundario.
b. Representar a la I.E en los desfiles y actos cívicos-patrióticos y las veces que la Dirección
solicite su presentación, siempre y cuando no afecte su rendimiento académico, ni sus
respectivas horas de clase.
Art. 87. Son atribuciones de las promociones:
a. Se consideran promociones, las integradas por los alumnos(as) que culminan estudios
primarios o secundarios en forma satisfactoria.
42
b. Cada comité de aula y tutor de la promoción de primaria y secundaria podrán entregar a
la I.E., un recuerdo o donación voluntaria para la I.E.
c. Las promociones realizarán una sola actividad durante el año para generar fondos previa
autorización de la Dirección del Plantel.
d. Realizar organizadamente la graduación en el Plantel al culminar satisfactoriamente sus
estudios Primarios y Secundarios respectivamente de acuerdo al cronograma de
finalización del Año Escolar.
e. El Tutor y Comité de Aula, solicitarán con tres meses de anticipación permiso para el
viaje de promoción y/o actividad económica pro-promoción para su respectiva aceptación
de acuerdo a las normas vigentes.
CAPITULO IX
DE LOS PADRES DE FAMILIA.
Art. 88. Son obligaciones de los padres de familia:
a. Cumplir y hacer cumplir las disposiciones de la Institución Educativa y el presente
reglamento.
b. Proporcionar a sus hijos y/o tutelados los útiles y materiales escolares para su
formación académica.
c. Concurrir al colegio en forma obligatoria por lo menos una vez por trimestre de
acuerdo al cronograma de atención (su participación en las actividades de la
Institución Educativa será calificada en el informe de notas de sus hijos y/o tutelado).
d. Asistir en forma obligatoria a las citaciones de los comités de aula, y otras
convocadas por el profesor de aula o tutor en el horario indicado y/o según el
cronograma de atención. El padre que no asista en un 30% a las reuniones quedará
con matricula condicional en el siguiente año, previo informe del tutor a la dirección.
e. Asistir a las asambleas generales y/o extraordinarias, convocadas por el Comité de
Aula, Tutores y Dirección del colegio.
f. Participar en forma obligatoria en las actividades Cívico Patrióticas y escuelas para
padres que organice y/o participe la Institución Educativa.
g. Apoyar y colaborar con las actividades extracurriculares que se programen para
mejorar el servicio que brinda la Institución Educativa.
h. Justificar personalmente las inasistencias de sus hijos y/o tutelados.
i. Justificar por escrito las tardanzas de sus hijos y/o tutelados.
j. Respetar, acatar las disposiciones emanadas de la Dirección de la I.E. de acuerdo a
las normas vigentes.
k. Cubrir los gastos de reparación de los deterioros de los enseres de la Institución
Educativa provocados por sus hijos y/o tutelados.
l. Dirigirse con el debido respeto a los miembros de la comunidad educativa.
m. Asistir debidamente presentable a la I.E cuando es requerido su presencia.
43
n. Ingresar al plantel previa presentación del DNI y/o citación del Docente que requiera
su presencia respetando el horario de atención de cada docente en su respectivo
nivel.
o. Demostrar educación y respeto a los trabajadores de la I.E
Art. 89. Son atribuciones de la asociación de ex-alumnos:
a. Colaborar con las actividades programadas en la I.E.
b. Contribuir al mejoramiento de la infraestructura de la I.E, contando con la orientación y
asesoramiento del (la) coordinador (a) de tutoría.
CAPITULO X
DE LA ADMINISTRACIÓN DE LOS BIENES DE LA INSTITUCIÓN
Art. 90. Son bienes de capital de la Institución Educativa, el local, los muebles, útiles,
equipos y enseres con que Cuente y estén inventariados y dentro del local escolar.
Art. 91. Los profesores de cada aula, de área y auxiliares de ambos turnos son
responsables de la conservación del mobiliario y demás enseres del aula a su cargo.
Art. 92. Los alumnos que malogren, destruyan o deterioren los muebles y enseres, serán
responsables del costo que represente su arreglo o reparación, previa notificación a su
padre o apoderado
Art. 93. La Administración de los ingresos de quiosco están a cargo del Consejo Directivo
de APAFA si existe en la IE, comedor y los percibidos por concepto de fotocopiadora está a
cargo del Comité de Recursos Propios del colegio elegidos democráticamente, estos
recursos económicos se utilizarán para los gastos de mantenimiento de la infraestructura
educativa, mobiliario escolar, representaciones de los estudiantes y otros de conformidad
con la ley vigente.
Art. 94. La autorización para el uso del local, instalaciones o equipos de la I.E, estará a
cargo de la Dirección conforme a las disposiciones vigentes, siempre y cuando no afecte las
labores y enseres de la misma y sea realizada bajo la vigilancia del CONEI.
CAPITULO XI
DISPOSICIONES GENERALES
Art. 95. Son acciones de servicio del bienestar social y recreación del docente y educandos
1.- Practicar en la Institución Educativa las buenas relaciones humanas, la mutua
comprensión y respeto entre el personal directivo y los demás integrantes de la misma (Ley
del Código de Ética de la Función Pública).
44
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Reglamento interno 2014ultimo

  • 2. INSTITUCIÓN EDUCATIVA 5036 “RAFAEL BELAUNDE DIEZ CANSECO” Jr. César Vallejo cdra. 1-s/nº (Puerta 1) Jr. Santos Chocano cdra. 1 – s/nº (Puerta 2) Playa Rímac – Callao Tf. 5637021 “AÑO DE LA PROMOCION DE LA INDUSTRIA RESPONSABLE Y DEL COMPROMISO CLIMÁTICO” “DECENIO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN EL PERÚ 2007 - 2016” RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 100 - 2014-DIE-5036¨RBDC¨ Playa Rímac, 03 de Marzo del 2014 Visto el Informe correspondiente a la Redacción del REGLAMENTO INTERNO DE LA I.E. 5036 “RBDC” – 2013, presentado por la comisión responsable integrado por los docentes de Primaria y Secundaria Menores: • Yoly Arieta Miranda • Silvia Costilla Cumpa • Hugo Eduardo Otoya Verástegui • Alberto Jesus Olivas Santome • Iván Casaretto Meneses (Auxiliar de Educación) REVISADO Y CORREGIDO POR: LIC. ROQUE JACINTO CÁRDENAS JURADO, Director de la I.E. 5036 “RBDC”, y así mismo con la participación de los agentes de la comunidad Rafaelina, de acuerdo a la R.M. Nº 0622-2013-ED “Normas Técnicas para el Desarrollo del Año Escolar 2014 en las Instituciones Educativas de Educación Básica Regular y Técnico Productiva-CEBAS”. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Constitución Política del Perú, Ley Nª 28044 Ley General de Educación; PROYECTO EDUCATIVO NACIONAL 2006-2021: “La educación que queremos para el Perú”, aprobado mediante Ley N° 29719; DS 011 – 2012 ED, Aprueba el reglamento de la Ley N° 28044, Ley General de Educación; Ley Nº 29944 Ley de la Reforma Magisterial y su DS. Nº 004-2013-ED, DL. Nº 276 y sus modificatorias Ley Nº 25224, Ley Nº 26488, DS. 018-85-PCM, DS. Nº 005-90-PCM, DS. Nº 0022-90-PCM Reglamento y estando con la opinión favorable del CONEI. Resolución Ministerial Nº0622-2013-ED “Normas Técnicas para el Desarrollo del Año Escolar 2014 en las Instituciones Educativas de Educación Básica Regular y Técnico Productiva y otras Normas Legales conexas vigentes. SE RESUELVE: 1º.- APROBAR, el Reglamento Interno para el período 2014 de la I.E. 5036 “RAFAEL BELAÚNDE DIEZ CANSECO” de Playa Rímac – Callao, con la participación de la Comunidad Educativa Rafaelina y su CONEI. 2
  • 3. 2º.- NORMAR, el uso y cumplimiento obligatorio del Reglamento Interno en el período escolar 2014 para el buen desarrollo de la Gestión y Control ordenado de la institución Educativa. 3º.- ELEVAR, a la DREC – Callao, una copia del Reglamento Interno del período escolar 2014, para su conocimiento y asesoría técnica en el cumplimiento y el Buen Desempeño de los Directivos, Docentes, Administrativos, Alumnos involucrando la participación de los Padres de familia y usuarios en general de la Comunidad chalaca. Regístrese, comuníquese y archívese. 3
  • 4. ESTRUCTURA INTRODUCCIÓN ASPECTOS GENERALES DE NUESTRO PEI - 2013 PRESENTACIÓN TITULO I CAPITULO I.- DISPOSICIONES GENERALES 1.1.- Concepto 1.2.- Línea Axiológica 1.3.- Alcance 1.4.- Base Legal CAPITULO ll.- DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA 2.1.- Del Funcionamiento 2.2.- Ubicación 2.3.- Ámbito Geográfico 2.4.- Objetivos a.- Objetivos Generales b.- Objetivos Específicos CAPITULO III.- DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA 3.1.- Diseño Organizacional 3.2.- Funciones Generales 3.3.- Funciones Específicas TITULO II CAPITULO IV.- DE LA ORGANIZACIÓN 4.1.- Académica a) Planificación b) Programación c) Calendarización d) Programa de Recuperación Pedagógica. e) Supervisión Educativa 4.2.- Administrativa a) Régimen Interno b) Régimen Económico c) Régimen de seguridad Social de los Trabajadores CAPITULO V.- DEL PROCESO DE MATRICULA, EVALUACIÓN, PROMOCIÓN, REPITENCIA Y CERTIFICACIÓN 4
  • 5. 5.1.- Matricula 5.2.- Evaluación 5.3.- Promoción y repitencia 5.4.- Certificación CAPITULO VI.- DEL RÉGIMEN ESCALAFONARIO 6.1.- Organización del Escalafón Docente y administrativo 6.2.- Su uso y Obligatoriedad de registro de los trabajadores que laboran en la I.E. 5036 “RBDC” Primaria (Turno Mañana) y Secundaria (Turno Tarde), Modalidad Menores. TITULO III CAPITULO VII.- DERECHOS, DEBERES, FALTAS, ESTÍMULOS Y SANCIONES DEL PERSONAL DE LA I.E. 7.1.- Derechos 7.2.- Deberes 7.3.- Faltas 7.4.- Estímulos 7.5.- Sanciones del personal CAPITULO VIII.- DERECHOS, OBLIGACIONES, FALTAS, ESTIMULOS, SANCIONES A LOS ESTUDIANTES DE LA I.E. 8.1.- De los derechos 8.2.- De las Normas de convivencia estudiantil 8.3.- De las Faltas 8.4.- De los Estímulos 8.5.- De las sanciones a los educandos CAPITULO IX.- RELACIONES Y COORDINACIONES 9.1.- Con los padres de familia y su asociación o Comités de Aula 9.2.- Con el sindicato magisterial 9.3.- Con la Asociación de ex alumnos 9.4.- Con la Red Educativa 9.5.- De las coordinaciones TITULO IV CAPITULO X.- DE LA ADMINISTRACIÓN DE LOS RECURSOS PROPIOS Y DE LOS BIENES DE LA INSTITUCIÓN 10.1.- De los recursos Propios 10.2.- De la administración de los bienes CAPITULO XI.- DISPOSICIONES GENERALES CAPITULO XII.- DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS 5
  • 6. ASPECTOS GENERALES DE NUESTRO PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL Nuestra misión, visión, ideario, objetivos y metas I. NUESTRA MISIÓN “Somos la IE. Nº 5036 Rafael Belaunde Diez Canseco que promueve una educación integral del estudiante, desarrollando sus potencialidades, en base a principios y valores ético morales, haciendo de ellos personas competentes y capaces de enfrentar los retos de una sociedad cambiante y globalizada. Aplica una gestión de calidad y cuenta con personal altamente capacitado, así como recursos tecnológicos modernos”. II. NUESTRA VISIÓN “ Ser una institución líder en la región, que brinda una educación de calidad a los estudiantes, con una moderna infraestructura y recursos tecnológicos acorde a los avances científicos de una sociedad moderna, que le posibilitan desarrollar capacidades creativas y productivas, conocimientos pertinentes y actitudes positivas que permiten construir una sociedad mejor, educadora, participativa, inclusiva y saludable”. III. NUESTRO IDEARIO – VALORES. Nuestra Institución Educativa busca formar niños y adolescentes emprendedores, proactivos y responsables, por ello nuestra propuesta se desarrollará fundamentalmente en base a valores y capacidades, los cuales al ponerlos en práctica permitan construir una SOCIEDAD EDUCADORA, la misma que responda a las necesidades que demanda la situación actual de nuestro país; por ello debemos crear en nuestros estudiantes un alto espíritu de superación a través de una calidad educativa, fomentando: 1. Los valores éticos – religiosos. 2. Identidad Cultural 3. Conciencia ambiental y ecológica. 4. Estudiantes productivos, emprendedores e innovadores. Entre los valores que permitirán viabilizar una Educación de Calidad en nuestra Institución Educativa son: RESPONSABILIDAD • Acción de realizar lo propuesto en forma oportuna y eficaz de acuerdo a los compromisos establecidos. • Adhesión activa con buena disposición a realizar una acción que involucra todo el ser. • Dedicación permanente y sistemática para lograr metas, fines y objetivos determinados. 6
  • 7. • Coherencia entre el pensar, sentir y hacer, como factor protector ante situaciones de riesgo RESPETO Y TOLERANCIA • Atender, de manera consciente, el mensaje del otro. • Aceptar y considerar a los demás en toda su diversidad. • Proteger y preservar el medio ambiente en favor de una convivencia e interacción armónica con nuestro entorno. • Actuar de manera deferente o afectuosa. DISCIPLINA Entendemos por disciplina al cumplimiento de las normas y reglamentos que rigen la organización y actividades de las instituciones, con el fin de asegurar su eficacia. IDENTIDAD: El término identidad institucional, implica todo lo que una institución representa; su desarrollo, su comunicación, sus inmuebles, etc. Desde una óptica organizacional se materializa a través de su estructura, las relaciones entre sus integrantes y la disciplina que imparte. La identidad de una organización educativa presenta dos perspectivas: 1. La filosofía corporativa que es la concepción global de la organización establecida para alcanzar sus metas y objetivos. 2. La cultura corporativa trata de los principios básicos que las personas que conforman una organización comparten y aceptan pautas que orientan los comportamientos. EMPRENDIMIENTO: En la Instituciones Educativas, la cultura del emprendimiento, desde un enfoque de desarrollo humano integral debe ser entendida como una forma de pensar, sentir y actuar para la creación de valor, lo cual permite a la Comunidad Educativa proponer espacios y escenarios de formación: • Construir conocimientos y desarrollar hábitos, actitudes y valores necesarios para generar acciones orientadas al mejoramiento personal y a la transformación del entorno y de la sociedad. • Fortalecer en los estudiantes la capacidad de conseguir y conservar un empleo, acceder a diferentes alternativas laborales y a posibilidades de autoempleo. • Consolidar procesos de articulación del establecimiento educativo con el sector productivo, la educación superior y la educación para el trabajo. 7
  • 8. IV. NUESTRAS METAS Establecer los principios generales que norman y dirigen la acción educativa del Colegio. Conducir a la institución educativa, en base a las experiencias positivas de su accionar, hacia la excelencia académica en provecho de los alumnos que en él se educan. Desarrollar, en todos los miembros de la comunidad escolar, la conciencia ecológica y establecer actividades concretas en defensa del medio ambiente. Difundir dentro y fuera del ambiente escolar el aspecto de la convivencia pacífica. 8
  • 9. PRESENTACIÓN El presente Reglamento Interno de Nuestra Institución Educativa Nº 5036 “RAFAEL BELAUNDE DIEZ CANSECO” de Playa Rímac - Callao, es un Instrumento de Gestión que establece y regula la organización y el funcionamiento integral de la Institución Educativa. Que norman las funciones, derechos y deberes de los directivos, docentes, administrativo, personal de servicio, alumnos y padres de familia del Nivel Primaria (Turno Mañana) y del Nivel Secundaria (Turno Tarde) en concordancia con la Constitución Política del Perú y normas vigentes conexas emanadas de las Instituciones inmediatas superiores de nuestra Región Callao y del Perú. Este instrumento de Gestión ha sido elaborado por la Comisión de Restructuración del Reglamento Interno 2014, teniendo en cuenta las necesidades y problemática de la comunidad de Playa Rímac contenidos en el Proyecto Educativo Institucional del Año 2014 de la I.E. 5036 “RBDC”. Este instrumento pretende mejorar los servicios que brinda nuestra institución correspondiente a los Valores como Responsabilidad, Respeto y Disciplina, promoviendo la Administración de nuestra Institución Educativa para un buen desarrollo con orden, demostrando la calidad total del servicio al usuario. Para su aprobación, se hará con participación de todos los agentes educativos de nuestra Institución, mediante un plenario de debate y aprobación, dentro del marco de la normatividad actualizada. Este Instrumento de Gestión está constituido de cuatro Títulos y doce Capítulos. El Reglamento Interno cuenta con su aprobación por Resolución Directoral N° -2014-DIE 5036”RBDC” con la opinión favorable del CONEI. LAS COMISIÓN RI. 2014 – Docentes de Primaria y Secundaria. • Yoly Arrieta Miranda • Silvia Costilla Cumpa • Hugo Eduardo Otoya Verástegui • Alberto Jesus Olivas Santome • Iván Casaretto Meneses (Auxiliar de Educación) REVISIÓN Y CORRECCIÓN: Lic. Roque Jacinto Cárdenas Jurado Director de la I.E. 5036 “RBDC” 9
  • 10. Playa Rímac, 03 de Marzo del 2014. TITULO I CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Art. 1.- El Reglamento Interno de la Institución Educativa Nº 5036 “RBDC”, es un Instrumento de Gestión que conlleva a la dirección, orden, control de la organización y funciones de los Miembros de la Comunidad Educativa, el cual debe ser conocido, aplicado y cumplido por sus integrantes para facilitar y asegurar el logro de los fines y objetivos educativos de nuestra casa de estudios. Art. 2.- Los Fines del Reglamento Interno de la I.E. 5036”RBDC”, son los siguientes: a. Establecer la organización dinámica y funcional de la I.E., determinando las funciones de cada uno de sus miembros. b. Optimizar la racionalización de los recursos humanos, materiales y económicos, para obtener logros positivos y mejorar la calidad de los servicios educativos. c. Armonizar las relaciones de convivencia entre la comunidad educativa y sus agentes educativos ART. 3.- El presente reglamento está dirigido a: a. Directivos y Jerárquicos (Titulares y/o Encargados) de la Institución Educativa... b. Personal Docente de Primaria y Secundaria. c. Auxiliares de Educación. d. Personal Administrativo (Secretario, Auxiliar de Laboratorio y Personal de Servicio). e. Estudiantes de Primaria y Secundaria. f. Comités de Aula. Art. 4.- El presente Reglamento tiene las siguientes Bases Legales: a. Constitución Política del Perú del 30 de diciembre de 1993 b. Ley General de Educación N° 28044 y sus modificatorias las Leyes N° 28123, N° 28302, N° 28329 y N° 28740. c. D.S. N° 011-2012-ED, Reglamento de la Ley General de Educación Nº 28044. d. Resolución Suprema N° 001-2007-ED, aprueba el Proyecto Educativo Nacionalm2021. e. R.M. N° 369-2012-ED, aprueba las Prioridades de la Política Educativa Nacional 2012- 2016. f. D.S. N°054-2005-PCM Reglamento del Sistema Nacional de Planificación Estratégica. g. D.S. N° 008-2006-ED, Lineamientos para el seguimiento y control de la labor efectiva de trabajo docente en las instituciones educativas públicas. h. Ley N° 29694, Ley que protege a los consumidores de las prácticas abusivas en la elección y adquisición de textos escolares y su Reglamento D.S. N° 015-2012-ED. 10
  • 11. i. D.S. N° 163-2004-EF, Mejora de la Calidad del gasto público y del sistema de seguimiento y evaluación del gasto público. j. Ley de Bases de la Carrera Administrativa D.L. N° 276 y su Reglamento de la Ley Bases de la Carrera Administrativa D.S. 05-90-PCM. k. Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de La República y sus modificatorias. l. Ley N° 28716, Ley de Control Interno de las Entidades del Estado. m. D.S. N° 006-2012-ED, Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y el Cuadro de para Asignación de Personal (CAP) del Ministerio de Educación y de las IIEE. Públicas. n. D.S. N° 017-2004-ED, Estatuto del Colegio de Profesores del Perú y su Modificatoria con el D.S. N° 020-2004-ED. o. Código del Niño y del Adolescente D.L. 26102. p. R.V.M. N° 022-2007-ED, Normas para el fortalecimiento de la Convivencia y Disciplina Escolar, el Uso Adecuado del Tiempo y la Formación Ciudadana, Cívica Patriótica de los Estudiantes de las Instituciones y Programas de EBR. q. R.M. N° 0405-2007-ED, Lineamientos de Acción en caso de Maltrato Físico y/o Psicológico, Hostigamiento Sexual y/o Violación de la Libertad sexual a los Estudiantes de las IIEE. Públicas y Privadas. r. D.S. 026-8780 Reglamento de Concesión de Kioscos y su modificatoria D.S. N° 012- 2001-SA. (Salud). s. Ley N° 28988, Ley que declara la EBR como servicio público esencial con el D.S. N° 017-2007-ED como su reglamento. t. Ley N° 28628, regula la participación de las APAFA en las instituciones educativas públicas y D.S. 004--2006 ED. Reglamento de APAFA. u. D.S. 050 Reglamento del Sistema de Supervisión Educativa. v. Ley de Procedimientos Administrativos N° 27444. w. Ley n° 29719 (ley que promueve la convivencia sin violencias en las instituciones educativas) y su Reglamento D.S. N° 010-2012-ED. x. Ley 27815 del 12 - 08 - 2002 Ley de Código de Ética de la Función Pública y su Reglamento. y. R.D. N° 010-93-INAP/DNP - Manual Normativo N° 03 –93 INAP/DNP “Licencias y Permisos”. z. R.M 571.-94 /RM 571-94 ED, Reglamento de Control de asistencia y permanencia del personal de MED y de las IIEE. Públicas. aa. R.M. N° 622-2013-ED, Aprueba las “Normas Técnicas para el desarrollo del año escolar 2014 en las Instituciones Educativas de EBR”. bb. Otras Normas que sean vigentes a partir de la fecha, pertinentes para el reajuste de nuestro Reglamento Interno. cc. Ley Nº 29944, Ley de la Reforma Magisterial. dd. D.S. Nº 004-2013-ED, Reglamento de la Ley Nº 29944, aprobado el viernes 03 de mayo del 2013. CAPITULO II DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA 11
  • 12. Art. 5.- DEL FUNCIONAMIENTO La Institución Educativa se crea por Resolución Ministerial N° 3843, el 21 de Julio del Año 1964, como Escuela de Primaria N° 4747; incrementando el Nivel de Secundaria en el Año 1979, donde se aprueba la denominación del Colegio Nacional Mixto (con los dos Niveles Primaria y Secundaria Menores y la modalidad de Secundaria de Adultos) 5036 “Rafael Belaunde Diez Canseco” de Playa Rímac – Periférico Callao, perteneciendo a la RED N° 09 – DRE-Callao – región Callao. En la actualidad ya no funciona EBA. Art. 6.- La Institución Educativa está ubicada en el Jr. Santos Chocano s/nº cuadra 1 (Puerta Nº 1) y Jr. César Vallejo s/nº cuadra 2 (Puerta 2 – Entrada Principal, frente a la Comisaría a partir del año 2010) del AA.HH. Playa Rímac – Callao, pertenece a la Dirección Regional de Educación del Callao – Región Callao. Art. 7.- Son objetivos generales de la I.E: a. Atender la demanda educativa del niño y adolescente de nuestra jurisdicción y alrededores. b. Propiciar un trabajo organizado que se sustenta en la práctica de valores ético- humanista para el cumplimiento de actividades programadas en la dirección de alcanzar el logro de aprendizajes y de nuestra VISIÓN. Art. 8.- Son objetivos específicos de la I.E: a. Desarrollar proyectos de innovación que responda a nuestro problema, que atienda necesidades e intereses de los estudiantes, aprovechando recursos de la comunidad, la tecnología e información en el marco del actual proceso de descentralización. b. Formar un equipo de trabajo tutorial que atienda y responda a las necesidades del educando. c. Desarrollar en los alumnos capacidades emprendedoras personales que construya sus habilidades a través de talleres o proyectos modulares de manualidades, costura y gastronomía d. Desarrollar en los estudiantes capacidades y conciencia ambiental para mejorar su calidad de vida a través del proyecto Escuelas limpias, saludables, mejorando las áreas verdes. e. Fomentar el método interactivo docente a través del trabajo en equipo (docentes y alumnos) f. Utilizar el enfoque por competencias en el proceso de enseñanza-aprendizaje a través de nuevas metodologías para motivar su formación integral de nuestros educandos. Art. 9.- Son objetivos institucionales de la I.E a. Desarrollar proyectos de mejoramiento que fortalezca el clima institucional de respeto mutuo entre los estamentos de la comunidad educativa que garantice un eficiente servicio educativo. b. Suscribir sistemas de cooperación y alianzas estratégicas a nivel de nuestra comunidad vía Convenios con la finalidad de potenciar en el alumno la formación Científico- Humanista. c. Brindar una atención eficaz y efectiva al público en general. 12
  • 13. d. Aplicar una gestión de Calidad orientado a la mejora continua en el aspecto académico, administrativo e institucional. Art. 10.- Son objetivos administrativos de la I.E a. Propiciar un trabajo organizado donde participe la comunidad educativa en el logro de sus metas y objetivos. b. Fomentar un sistema de evaluación y monitoreo sistemático a los instrumentos de gestión para detectar las dificultades en el proceso de su ejecución. c. Brindar un buen trato y una atención eficaz haciendo más funcional el trabajo administrativo. CAPITULO III DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Art. 11.-La Institución Educativa N° 5036 “Rafael Belaúnde Diez Canseco” está estructurada orgánicamente de la siguiente manera: ÓRGANO DE DIRECCIÓN Y CONTROL a. Dirección b. Sub Dirección de Formación General ÓRGANO TÉCNICO PEDAGÓGICO a. Coordinación de Primaria Menores b. Coordinación de la Comisión de la Transformación Académica. c. Coordinación de Tutoría y Orientación del Educando ÓRGANO DE EJECUCIÓN a. Docentes de Primaria y Secundaria. b. Auxiliares de Educación c. Servicio de Defensoría del Niño y del Adolescente (DESNA) d. Municipio Escolar del Nivel Primaria y Secundaria e. Comité de Gestión de Riesgo de Defensa Civil del Nivel Primaria y Secundaria f. Comité de Recursos Propios y Actividades Productivas Empresariales en la I.E. ÓRGANO DE APOYO a. Personal Administrativo (Secretario, Auxiliar de Laboratorio y Personal de Servicio). b. Comités de Aula ÓRGANO CONSULTIVO, PARTICIPACIÓN, CONCERTACION Y VIGILANCIA a. CONEI b. Comité de Evaluación. c. Comité de racionalización d. Comité de Gestión de Recursos Propios. 13
  • 14. ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL DE LA I.E. 5036“RAFAEL BELAUNDE DIEZ CANSECO” 14 MINEDU DREC SDFG COORDIN PRIMARI CTOE COORDIN GRADOS TUTORES AUX. DE EDUCACION DOCENTES SECUNDARI A C.C.T.A COORD.DE AREAS DOCENTES PRIM-SEC. ALUMNOS (AS) DIE APAFA ASEXA COMITÉ. DE AULA TESORERIASECRETARIA VOCALPROF. O TUTOR DE AULA PERSONAL ADMINISTRATIVO CONEISECRETARIA TESORERIA
  • 15. Art. 12.-El Director es la máxima autoridad y el representante legal de la Institución Educativa, es a la vez responsable de propiciar un clima institucional favorable a la gestión en los ámbitos pedagógico, institucional y administrativo. 1. Cumplir las funciones con dignidad, eficacia y lealtad a la Constitución, a las leyes del Estado y a los fines de su Institución. 2. Orientar al educando, respetando su libertad en el reconocimiento de sus derechos y deberes establecidos por la Constitución, las leyes vigentes y los convenios internacionales. 3. Contribuir en mantener el buen clima institucional y el logro de los fines y objetivos institucionales demostrando ética y eficiencia. 4. Brindar las facilidades y tiempo necesario para la realización de reuniones de coordinación e intercambio de experiencias docentes dentro del horario de trabajo. 5. Le corresponde conducir la Institución Educativa de conformidad con lo establecido en el artículo 68 de la Ley actual de Educación 28044 que es como sigue: a. Organizar la elaboración, aprobar, ejecutar y evaluar el PEI, así como el PAT, el PCI y el Reglamento Interno en concordancia con las líneas axiológicas y los lineamientos de la política educativa peruana. b. Velar, conducir y evaluar los procesos de gestión institucional y pedagógica. c. Expedir certificados, diplomas según corresponda. d. Propiciar un ambiente institucional favorable al desarrollo del estudiante. e. Facilitar programas de apoyo a los servicios educativos de acuerdo a las necesidades de los estudiantes, en condiciones físicas y ambientales favorables para su aprendizaje. f. Formular, ejecutar y evaluar el presupuesto anual de la institución. g. Diseñar, ejecutar y evaluar proyectos de innovación pedagógica y de gestión, experimentación e investigación educativa. h. Promover el desarrollo educativo cultural y la promoción del deporte de la Institución Educativa. i. Participar en las diferentes actividades educativas de la comunidad. j. Preside los Órganos Institucionales de acuerdo a la normatividad específica k. Desarrollar acciones de formación y capacitación permanente. l. Rendir cuentas anualmente de su gestión pedagógica, administrativa y económica, ante la comunidad educativa y sus autoridades superiores. m. Actuar como instancia administrativa en los asuntos de su competencia. 6. Organizar el proceso de matrícula y autorizar traslados de matrícula, exoneración en las áreas (Religión y Educación Física). 7. Realizar de oficio la matrícula del menor abandonado, en peligro moral y con Necesidades Especiales. 8. Autorizar la rectificación de nombres y apellidos de los educandos en los documentos pedagógicos de acuerdo a las leyes y normas. 15
  • 16. 9. Organizar, dirigir y monitorear el P.R.P. de acuerdo a normas vigentes, antes de la clausura del año escolar. 10. Aprobar el CAP del personal docente y solicitar la cobertura de las plazas vacantes ante la autoridad educativa competente. 11. Aprobar la programación curricular, el sistema de evaluación de los alumnos y el calendario de las actividades en base a los criterios técnico emitidos por el Ministerio de Educación. 12. Autorizar visitas de estudios o excursiones dentro del ámbito Nacional según (R.M. N° 394-2008-ED) estas visitas deben estar consideradas en el plan de trabajo del docente. 13. Coordinar con los Comités de Aula de Padres de Familia y la autoridad competente de la Dirección Regional de Educación del Callao, Ministerio de Educación y otras Instituciones asuntos de interés común en bienestar de la Institución Educativa. 14. Otorgar permiso al personal administrativo, Auxiliar de Educación, Profesor Nombrado Interinamente con Título y sin título a su cargo hasta 03 días de acuerdo a RM. Nº 571- 94-ED, que sigue vigente y no contravenga a la Ley de la Reforma Magisterial hasta que el MINEDU dicte las Normas Complementarias para la aplicación de las diferentes acciones de Personal inherentes a su régimen laboral (Oficio Múltiple Nº 0078-2013- MINEDU/SG-OGA-UPER). 15. Proceder con las sanciones a todo el personal de la I.E, siguiendo el debido proceso de acuerdo a ley. 16. Evaluar, incentivar, reconocer el esfuerzo, mérito individual y/o colectivo del personal a su cargo por acciones extraordinarias, tanto en el cumplimiento de sus funciones como en otras que redunden en beneficio del educando, el colegio o la comunidad. En caso de una evaluación negativa ejecutar medidas correctivas de acuerdo a normas vigentes. 17. Coordinar con la Asociación de Padres de Familia el uso de los fondos que ella recaude de acuerdo a los requerimientos estipulados en el PAT. 18. Convocar a licitación de comedor- Kiosco, Fotocopiadora y Librería de la I.E. de acuerdo a las normas y disposiciones vigentes, en coordinación con la comisión respectiva formada para este fin. Firmando un contrato entre las partes en forma detallada. 19. Autorizar el uso eventual y alquiler de ambientes de la I.E., de acuerdo con las normas oficiales, asegurando su conservación y un tipo de utilización que no distorsione los fines de la I.E, en coordinación con el CONEI. 20. Prevenir y mediar imparcialmente frente a situaciones de conflicto, creando condiciones que favorezcan relaciones humanas positivas al interior de la comunidad educativa. 21. Establecer en coordinación con la subdirección, los horarios y turnos de trabajo del personal administrativo de acuerdo a las necesidades de la Institución. 22. Controlar la asistencia y puntualidad del personal de la Institución Educativa en forma eficiente en coordinación con las subdirecciones correspondientes. 23. Organizar las actividades de recuperación del educando a lo largo del año lectivo y en el período vacacional. 24. Convocar y organizar el Consejo Educativo Institucional y el Comité Especial de Evaluación. 16
  • 17. 25. El Director preside el CONEI, los Comités y Comisiones que se organizan dentro de la Institución Educativa para su mejor funcionamiento y control de la organización institucional. 26. Respetar los acuerdos tomados en asambleas generales. 27. Otras funciones inherentes a su cargo. ART. 13.- La subdirección de formación general, depende de la Dirección de la Institución Educativa y debe realizar coordinaciones con los respectivos representantes de Primaria y Secundaria. Realiza las siguientes funciones: a. Cumplir las funciones con dignidad, eficacia y lealtad de acuerdo a la Constitución, a las leyes del Estado y a los fines de su Institución. b. Orientar al educando, respetando su libertad en el reconocimiento de sus derechos y deberes establecidos por la Constitución, las leyes vigentes y los convenios internacionales. c. Contribuir en mantener el buen clima institucional y el logro de los fines y objetivos institucionales demostrando ética y eficiencia. d. Brindar las facilidades y tiempo necesario para la realización de reuniones de coordinación e intercambio de experiencias docentes dentro del horario de trabajo. e. Representar por delegación al Director. f. Planificar, organizar, supervisar y evaluar las actividades Técnico –Pedagógicas, debiendo publicar 7 días antes el cronograma de actividades. g. Coordinar y monitorear permanentemente las actividades de Tutoría, Convivencia y Disciplina Escolar. h. Orientar, supervisar y evaluar permanentemente las funciones específicas del personal de su nivel, haciendo uso de los formatos apropiados para dicho fin entregando una copia al docente evaluado. i. Participar en la formulación de los Instrumentos de Gestión (PEI, PAT, PCI, RI, IGA ) j. Participar en las reuniones del CONEI como integrante nato. k. Organizar el trabajo educativo y formular con el personal docente o comisiones el plan de estudios, el cuadro de distribución de Áreas, horario de clases respetando las normas vigentes. l. Asesorar y orientar al profesor de Área en la aplicación, manejo y desarrollo de métodos, técnicas e instrumentos de enseñanza –aprendizaje y evaluación. m. Supervisar, evaluar y controlar la asistencia y puntualidad del personal de la Institución Educativa con eficiencia y equidad. Para su efecto publicará el consolidado mensual, en lugar visible dentro de los 2 primeros días calendario del mes siguiente antes de remitirlo a la Dirección del plantel de acuerdo a las normas vigentes, para ser enviado a la DREC según un cronograma establecido por dicho órgano intermedio superior. n. Implementar, coordinar y controlar la administración y uso racional de los equipos, laboratorio, biblioteca, aula de innovación y demás recursos y material educativo requerido. o. Convocar y dirigir las reuniones Técnicos Pedagógicos al término de cada trimestre para coordinar y evaluar el trabajo educativo en coordinación con la Dirección. 17
  • 18. p. Programar, realizar y facilitar la participación en eventos de capacitación y actualización docente así como la realización de estudios de investigación para optimizar el proceso de enseñanza- aprendizaje. q. Supervisar, orientar, evaluar y controlar las acciones educativas y el aprendizaje, así como la correcta aplicación del proceso de evaluación del educando. r. Orientar y apoyar al Director en el aspecto técnico-pedagógico de su nivel. s. Informar oportunamente la participación destacada de alumnos para dar cumplimiento al artículo 48 del presente reglamento. t. Informar a la Dirección sobre las horas efectivas, lectivas y asistencia de los alumnos, antes de los 5 días de cada mes. u. Ejecutar el efecto multiplicador de las jornadas de capacitación que asista. v. Monitorear y velar por el orden y limpieza al cambio de turno de los ambientes, mobiliario y material educativo de la institución. w. Otras funciones inherentes a su cargo. Art. 13º B: La Coordinación de primaria, es un cargo jerárquico de confianza en el que se delegan funciones de subdirector del nivel. Son funciones del Coordinador de Primaria (Ley 28044, DS. 011 – Reglamento): 1. El Coordinador de Primaria depende de la Subdirectora de Formación General y de la Dirección. 2. Orienta, supervisa y evalúa permanentemente las funciones específicas del personal de su nivel. 3. Elabora en coordinación con la dirección y SDFG, de acuerdo al CAP la distribución de aulas, grados del personal docente del nivel Primaria de acuerdo con las normas vigentes. 4. Controla e informa la asistencia, puntualidad, permanencia, labor efectiva de trabajo docente, a la SDFG y/o a la Dirección del plantel . 5. Coordina con el Comité de Tutoría y Convivencia Escolar para establecer normas disciplinarias. 6. Promueve un ambiente de armonía entre los estamentos del plantel. 7. Promueve la participación de los docentes y alumnos en el desarrollo de los actos Cívico – patrióticos dentro y fuera de la institución educativa. 8. Informa periódicamente a la SDFG y al Director el desarrollo de las actividades técnico pedagógico del nivel a su cargo. 9. Controla el ingreso y salida de los alumnos en coordinación con el personal administrativo y docente de turno, según el Reglamento Interno. 10. Coordina con los docentes del grado en la atención de los alumnos en casos necesarios a las aulas en caso de ausencia del docente y otras necesidades. Comunica en el término de la distancia a la SDFG y a la Dirección del plantel para su conocimiento y demás fines. 11. Representa por delegación a la SDFG sólo en su nivel por vacaciones u otra circunstancia, con autonomía para tomar decisiones, siempre en concordancia con los objetivos genuinos de la institución educativa y de manera primordial con los intereses del centro de la acción educativa, el alumno. Art. 14°.-La coordinación de la comisión de transformación académica es aquella que coordina y da coherencia al proceso pedagógico. Es presidido por el director e integrado por la subdirectora de Formación General, coordinadores de nivel y coordinadores de cada Área. Son funciones de la Comisión de Transformación Académica: 18
  • 19. a. Elaborar, desarrollar y evaluar la propuesta pedagógica del PCI. b. Analizar el trabajo de los docentes y proponer recomendaciones para mejorar los aprendizajes de los estudiantes. c. Diseñar estrategias para optimizar los servicios de tutoría y orientación educacional d. Formular los criterios de evaluación y recuperación académica de los estudiantes. e. Promover y desarrollar innovaciones e investigaciones. f. Elaborar los criterios e indicadores de autoevaluación institucional g. Participar en la ejecución y desarrollo de capacitaciones docentes. h. Participar en el marco del proyecto educativo institucional y plan anual de trabajo, en la organización de actividades y programas de la I.E i. Coordinar las evaluaciones generales de los estudiantes. j. Coordinar las jornadas de reflexión pedagógica y el día del logro. Art. 15.- El docente es el agente fundamental de la educación y contribuye conjuntamente con la familia, la comunidad y el estado al desarrollo integral del educando. Sus funciones son: a. Cumplir las funciones con dignidad, eficacia y lealtad de acuerdo a la Constitución, las leyes del Estado y a los fines de su Institución. b. Participar en la formulación, ejecución y evaluación de los instrumentos de gestión institucional y en las reuniones de coordinación académica a los que son convocados. c. Citar y atender a los padres de familia en un horario especial establecido para este fin. d. Entregar oportunamente los documentos técnicos pedagógicos de su competencia. e. Programar, desarrollar y evaluar el aprendizaje y las actividades curriculares inherentes al Área o grado a su cargo. f. Orientar al educando respetando su libertad en el reconocimiento de sus derechos y deberes establecidos por la Constitución, las leyes vigentes y los convenios internacionales. g. Preparar y emplear material didáctico, métodos y técnicas necesarias para el adecuado desarrollo del programa curricular del área o grado a su cargo. h. Integrar comisiones de trabajo y participa de las acciones que permitan el mejor logro de las actividades programadas. i. Participar en el desarrollo cultural, cívico y patriótico de la comunidad. j. Coordinar y mantener comunicación permanente con los padres de familia sobre asuntos relacionados con el rendimiento académico y comportamiento de sus hijos en los horarios establecidos. k. Colaborar en las acciones de mantenimiento y conservación de la infraestructura y bienes de la Institución Educativa. l. Realizar acciones de Tutoría en las secciones a su cargo. m. Presentar a la Sub Dirección de Formación General y/o a la respectiva coordinación los instrumentos de evaluación y documentos técnicos pedagógicos referidos al desarrollo de su labor docente para que se centralice en la SDFG. n. Coordinar con el tutor o informar a la Sub Dirección de Formación General sobre los problemas de conducta. 19
  • 20. o. Participar en acciones de investigación y experimentación de métodos y técnicas de trabajo, así como en los eventos de capacitación y actualización programadas y organizadas por el colegio. p. Asistir puntualmente a las reuniones convocadas en el colegio, las que serán programadas con anticipación, salvo casos de urgencia se les convocara en forma automática. q. Colaborar con la salida del alumnado en el salón que le corresponda en la última hora, organizándolos de manera ordenada. r. Contribuir en mantener el buen clima institucional y el logro de los fines y objetivos institucionales demostrando ética y eficiencia. s. Realizar el efecto multiplicador de las jornadas de capacitación al que asista dentro del horario de trabajo dándole las facilidades del caso. t. Elaborar y participar en Proyectos de Innovación Pedagógica que convoque el Ministerio de Educación o la DREC- Callao. u. Participar en la disertación de las fechas cívicas programadas y en las formaciones del alumnado. v. Asumir el compromiso de contribuir con la conservación de la higiene del aula. Art. 16.- Son funciones del docente de aula de innovaciones pedagógicas y CRT: a. Formular el Plan de trabajo del Aula de Innovación Pedagógica, incluyendo el uso adecuado de los (TIC) (CRT), laptop convencionales, XO (primaria y secundaria) y kits de robótica. b. Asesorar a los docentes en el uso y aplicación de TIC en el trabajo educativo. c. Promover la participación de la comunidad educativa en el aprovechamiento educativo de las TIC. d. Identificar y atender las necesidades de capacitación docente en el aprovechamiento educativo de las TIC. e. Supervisar la instalación y velar por el mantenimiento de los equipos informáticos y de comunicación, siendo responsable del aula de innovación en el turno correspondiente. f. Reportar el estado de los recursos TIC a la dirección de la institución educativa. g. Llevar el inventario de los recursos TIC del aula de innovaciones pedagógicas a su cargo. h. Programar en coordinación con la dirección, sub direcciones y los docentes, el horario de uso del AIP. i. Incentivar en los docentes de la institución educativa la formulación de propuestas y el desarrollo de actividades para el aprovechamiento educativo de la I.E. j. Generar y ejecutar proyectos de implementación del AIP, a través de recursos económicos de la I.E. k. Informar de las actividades desarrolladas a la Dirección y Sub-Dirección de la I.E. y al Órgano Intermedio de su jurisdicción. Art. 17.- Son funciones de coordinador de grado y de área: a. Planificar, organizar y ejecutar las acciones pedagógicas de su grado o área. 20
  • 21. b. Convocar a reuniones con el fin de coordinar la elaboración de las unidades didácticas, sesiones de aprendizaje y/o proyectos educativos, con previa autorización de la Subdirección de Formación General de acuerdo a la necesidad. c. Asistir a reuniones convocadas por la subdirección y la dirección para la coordinación del grado o área d. Coordinar y apoyar en el desarrollo de todas las actividades programadas. e. Promover el desarrollo de métodos, técnicas y material educativo en base al intercambio de experiencias entre los docentes del grado o área a su cargo y su actualización y capacitación permanente, previo cronograma. f. Apoyar permanentemente a los docentes de su grado o especialidad para el mayor logro de las acciones educativas a su cargo. g. Informar a la Subdirección y Dirección de los acuerdos tomados por los docentes del grado o área. ART. 18.- El profesor tutor en el nivel primario es el profesor de aula y en secundaria es seleccionado por la SDFG de acuerdo al cuadro de horas. Son funciones del tutor: a. Velar por el rendimiento académico de sus estudiantes. b. Mantener comunicación continua con los alumnos y padres de familia. c. Informar a los padres de familia, sobre el rendimiento académico y disciplinario de sus tutelados a través de la entrega de Libretas de notas, según cronograma establecido en la calendarización. d. Realizar actividades para el mejoramiento de actitudes negativas de sus tutelados en coordinación con la SDFG. e. Presentar el plan de tutoría a inicio del año escolar. ART.19.- Son funciones del profesor de turno del Nivel Primario: a. Ingresar a la I.E a las 7.40 am. b. Controlar el ingreso y salida ordenada de los alumnos. c. Apoyar en la puerta a la hora de ingreso y salida para evitar el ingreso de padres de familia. d. Tocar el timbre de entrada, recreo y salida según horario establecido e. Vigilar y controlar la disciplina de los alumnos en la hora del recreo f. Dirigir la formación de los alumnos los días lunes. g. Informar las ocurrencias durante el turno h. Rotar de acuerdo al cronograma establecido. Art. 20.- El auxiliar de educación depende de la Sub Dirección de Formación general. Es el responsable del control de disciplina del alumnado en la hora de ingreso, recreo y salida. Sus funciones son: a. Promover el cultivo de los valores de respeto y consideración del alumnado con las autoridades Educativas y compañeros. b. Fomentar en el alumnado el amor y respeto a los emblemas patrios. 21
  • 22. c. Promover el fortalecimiento de la disciplina, buenas costumbres, puntualidad, higiene y estudio entre los educandos en coordinación con los profesores y personal directivo. d. Citar y atender a los padres de familia en un horario especial establecido para este fin. e. Atender en primera instancia a los padres de familia sobre asuntos relacionados con la conducta, disciplina y asistencia. f. Orientar el comportamiento de los educandos en armonía con las normas establecidas. g. Llevar el registro anecdótico de las incidencias de los alumnos a su cargo, haciendo el uso adecuado del cuaderno de control. h. En caso de ausencia del profesor reemplazara haciendo actividad tutorial en el aula i. Mantener actualizados por grados y/o secciones a su cargo el registro de asistencia de los alumnos y sus justificaciones. j. Velar en todo momento por la integridad física y moral, así como el bienestar de los alumnos. k. Efectuar rondas permanentes por diferentes ambientes del colegio, velando por el estricto cumplimento de las normas disciplinarias, especialmente en el recreo. l. Realizar las formaciones del alumnado en el patio, para las actuaciones cívico - patrióticas, acompañar a las delegaciones del Colegio a otras instituciones. m. Supervisar el uso adecuado del cuaderno de control, como un instrumento que permita registrar la asistencia, tareas escolares y conducta del alumnado. n. Registrar la hora de ingreso del docente en el aula y comunicar a la Sub Dirección en caso de ausencia para el reemplazo correspondiente. o. Llevar un registro de los objetos decomisados haciendo la entrega inmediata a la Sub Dirección para su respectiva notificación y devolución a los padres de familia como máximo al final de cada trimestre. En caso de reincidencia la devolución se realizará al final del año escolar. p. Llevar el registro de casos y compromisos de los estudiantes y padres de familia, informando al Comité de Disciplina. q. Evitar el regreso de los alumnos a su domicilio en caso de tardanza. Art. 21.- El auxiliar de laboratorio es el responsable de la conservación, mantenimiento y seguridad del laboratorio, depende de la Subdirección. Sus funciones son: a. Formular el plan de trabajo de laboratorio, considerando los recursos existentes, estableciendo el cronograma de prácticas de laboratorio en ambos niveles. b. Elaborar, organizar y realizar el inventario de los equipos y materiales del laboratorio. c. Proporcionar y distribuir oportunamente los materiales para las prácticas de acuerdo a lo solicitado. d. Limpiar y esterilizar según el caso, materiales, instrumentos y ambiente. e. Publicar en un lugar visible el horario de atención del laboratorio y llevar al día el registro de prácticas. f. Elaborar el cuadro de requerimiento de materiales, instrumentos e insumos que se requieren en el laboratorio. g. Apoyar en las prácticas con la preparación del instrumental y permanece durante su desarrollo. 22
  • 23. h. Atender al profesorado del Nivel Primario, dentro del horario establecido. i. Capacitarse en forma permanente en estudios promovidos por el Ministerio de Educación y/u otras instituciones. j. Informar de su labor al término del año escolar k. Observar buen trato y lealtad hacia el público en general, hacia los superiores y compañeros de trabajo. (art. 21 literal “e” del Decreto Legislativo 276). Art. 22.-El secretario depende de la Dirección de la Institución Educativa y SDFG. Las funciones que desempeña son: a. Elaborar y digitar las constancias y certificados de conducta. b. Registrar y llevar el control de los alumnos que no han ratificado su matrícula y de los alumnos retirados. c. Elaborar a tiempo las nóminas de matrícula del alumnado de la I.E. d. Digitar a tiempo las actas promocionales, de recuperación y subsanación. e. Velar por el orden y conservación de los archivos, documentos en general y equipos a su cargo. f. Elaborar la estadística y la relación de alumnos aprobados, desaprobados, retirados y repitentes g. Redactar el libro de Actas en las Asambleas Generales y otras reuniones programadas por la IE. h. Mantener organizados y actualizados los archivos de documentos institucionales i. Otras funciones que le asigne el Director de la I.E. según necesidades de servicio. Art. 23- El personal de servicio depende del Director y la Subdirectora de Formación General de la I.E. Sus funciones son: a. Controlar el ingreso y salida del alumnado de acuerdo al horario establecido y de todo usuario que ingrese de la Institución Educativa. previa presentación con documento de identidad siendo registrado en un cuaderno b. Registrar y controlar el ingreso y salida de personas que ingresan a la I.E en un cuaderno de registro. c. Evitar el ingreso de padres de familia a la I.E en horas de clase. d. Controlar los bienes, enseres y otros que ingresen y salen de la I.E. que cuentan con la debida autorización del Director. e. Realizar diariamente la limpieza de las aulas, SS.HH., mobiliario escolar y demás ambientes tanto interno como externo. f. Realizar labores de conserje g. Velar por la seguridad y el mantenimiento del mobiliario y enseres de la Institución Educativa siendo su responsabilidad durante su jornada de trabajo, e informa diariamente de las incidencias. h. Realizar cada 15 días la limpieza general de puertas, ventanas y paredes lavables. i. Abrir y cerrar las puertas de ingreso y salida según el horario establecido para el alumnado. j. Mantener abiertos los servicios higiénicos durante el horario escolar. 23
  • 24. k. Realiza otras funciones afines que le asigne el Director. Art. 24°.- El personal de servicio de guardianía depende del Director y sub directora de Formación General de la I.E., según corresponda. Las funciones son: a. Realizar custodia a través de rondas permanentes de los ambientes de todo la I.E. durante su jornada de trabajo. b. No permitir el ingreso de personas ajenas al colegio sin autorización del Director. c. Controlar el ingreso y salida de materiales diversos dentro de su jornada laboral dando cuenta en el día a su jefe inmediato por escrito. d. Registrar en el cuaderno de ocurrencias las novedades producidas durante su horario de trabajo, informando a las autoridades. e. Realizar labores de portería en el turno que le corresponde. f. Realizar labores de guardianía nocturna en la Institución Educativa tanto en los días laborables como los no laborables. g. Otras funciones afines a su cargo que le asigne el Director Art. 25.- El consejo educativo institucional (CONEI), es un órgano de participación, concertación y vigilancia ciudadana de la Institución Educativa, que contribuye a la promoción y ejercicio de una gestión educativa de calidad de carácter transparente, moral y democrático. Se caracteriza por: a. Los integrantes serán elegidos entre los meses de Octubre - Noviembre y tienen vigencia por dos años de acuerdo a la normatividad. b. Es presidido por el Director del colegio e integrado por las Subdirectoras; representantes de docentes, estudiantes, administrativos, en concordancia con el artículo 52 de la Ley 28044, ex alumnos y padres de familia. c. Se exceptúa la participación de estos dos últimos cuando las características de la institución lo justifiquen, pueden integrarlo también representantes de otras instituciones de la comunidad por invitación de sus miembros. d. El Director convocará al CONEI a reuniones trimestrales planificadas y otras de carácter extraordinario cuando lo estime conveniente y/o a solicitud de los integrantes del consejo, para lo cual se comunicará con la debida anticipación, y el asunto a tratar. Art. 26.- Las funciones del consejo educativo institucional son: 1.- En aspecto de participación a. Participar en la formulación, ejecución y evaluación del Proyecto Educativo Institucional, Plan Anual de Trabajo, Reglamento Interno, PCI y demás instrumentos de gestión educativa, en el contexto de la emergencia de la educación nacional. b. Participar en el Comité de Evaluación para ingreso, ascenso y permanencia del personal docente y administrativo de la I.E., de acuerdo con la normatividad especifica que emita el Ministerio de Educación. c. Colaborar con el Director en garantizar el cumplimiento, de las horas efectivas de aprendizaje, el número de semanas lectivas, y la jornada del personal docente y 24
  • 25. administrativo para alcanzar el tiempo de aprendizaje requerido para los diferentes niveles y modalidades. d. Opinar sobre los criterios de autoevaluación de la I.E. y los indicadores de desempeño laboral. e. Cautelar el cumplimiento de los derechos y principios de universalidad, gratuidad, equidad y calidad en las I.E. públicas. 2.- En aspecto de concertación a. Promover el establecimiento de vínculos con las organizaciones e instituciones de la localidad que potencien en uso de los recursos existentes. b. Propiciar la solución de conflictos que se susciten en ésta, priorizando soluciones concertadas, frente a quejas o denuncias que no impliquen delito. 3.-En aspecto de vigilancia Ciudadana a. Vigilar el acceso, matrícula oportuna y asistencia de los estudiantes en la I.E. b. Vigilar el adecuado destino de los recursos de la I.E. y aquellos que, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento general de la Asociación de padres de Familia, estén comprometidos con las actividades previstas en el Plan Anual de Trabajo. Art. 27.-El comité especial de evaluación, se caracteriza por: a. Estar presidido por el Director y conformado por la Subdirección de Formación General, un docente elegido en asamblea por la mitad más uno de los docentes en ambos niveles y un padre de familia con voz pero sin voto, elegido por mayoría entre los presidentes de Comités de Aula del colegio. b. Los integrantes del Comité de Evaluación son elegidos en el mes de Noviembre y tienen vigencia por un año. c. Cumple sus funciones en concordancia con las normas vigentes Art. 28.- La defensoría escolar del niño y del adolescente (DESNA) es un servicio que tiene por finalidad promover, defender y vigilar los derechos de los niños Adolescentes y colaborar en la solución de conflictos de carácter familiar y escolar. La Defensoría está integrada por los siguientes miembros: 1. Responsable de la defensoría: Es designado por la asamblea. El cargo tiene una vigencia de un año. Tiene las siguientes funciones. a. Planificar, organizar, desarrollar, evaluar e informar de las acciones propias de DESNA. b. Coordinar con el Director la autorización de la instalación de la DESNA, ante la DREC y solicitar su registro ante el MIMDES. c. Elaborar el Plan de Trabajo de las DESNAS, incorporando al Plan Anual de Trabajo de la Institución Educativa. d. Coordinar con el Director la participación de los integrantes de las DESNAS, en las acciones de capacitación, afines a su labor, promovidas por el MIMDES u otras instituciones dentro de la normatividad vigente del sector. e. Informar oportunamente a los Directivos de la Institución Educativa los casos que son reportados por los defensores sobre maltrato físico, psicológico, acoso, abuso y violencia sexual en agravio de los estudiantes, utilizando los instrumentos para cada caso. f. El ambiente asignado para dicha comisión será compartido por ambos niveles en CTOE. 25
  • 26. g. Lleva el registro de casos reportados, y su derivación respectiva. 2. Los defensores: Son docentes o personal auxiliar de la Institución Educativa, elegidos Democráticamente por los estudiantes por un período de dos años Se eligen por Nivel y Turno de uno a dos Defensores. Tienen las siguientes funciones: a. Participar en la elaboración del Plan de Trabajo de la DESNA b. Promover y desarrollar actividades de difusión y promoción de los Derechos del Niño y del Adolescente. c. Propiciar la solución pacífica y armónica de conflictos cuando se afectan los derechos de los estudiantes, dentro del marco del Reglamento de la Institución Educativa y siempre que los hechos no constituyan faltas o delitos señalados en el Código Penal vigente. d. Informar inmediatamente al responsable de la DESNA, o en ausencia de éste, al Director de la Institución Educativa los casos de maltrato físico y psicológico, acoso y violencia sexual en agravio de los estudiantes para que se establezca la denuncia ante las autoridades correspondientes. Art.- 29.- Son funciones de la Comisión de Convivencia y disciplina escolar a. Participar del Comité de Tutoría, Convivencia y Disciplina Escolar para contribuir con los tutores a que sus actividades de tutoría y orientación educativa fortalezcan la convivencia y disciplina escolar y el uso adecuado del tiempo, mediante la orientación grupal e individual b. Velar por la interiorización y el cumplimiento de las normas de convivencia y disciplina establecidas en la Institución Educativa, de acuerdo con el Plan. c. Verificar que los tutores y auxiliares de educación, lleven un registro escrito (anecdotario) actualizado del comportamiento de los estudiantes que incluya sus desempeños positivos y negativos. d. Reunirse periódicamente con los profesores y auxiliares con el propósito de evaluar la convivencia y disciplina y el uso del tiempo escolar así como coordinar las acciones pertinentes para su mejoramiento. e. Proponer a la Dirección de la Institución Educativa, estímulos y sanciones a los estudiantes, de acuerdo al Reglamento Interno y a las normas de convivencia y disciplina escolar. f. Recepcionar, canalizar y proponer proyectos dirigidos a mejorar la disciplina escolar. g. Mediar en la solución de los conflictos que pudieran suscitarse en la Institución Educativa o Programa. Art. 30 Son funciones del Comité de Tutoría y orientación del educando – CTOE. a. Asegurar que las actividades de tutoría y orientación Educativa respondan a las necesidades e intereses de los estudiantes. b. Elaborar un plan de trabajo que permita organizar y programar las acciones de tutoría y orientaciones educativas. 26
  • 27. c. Orientar, supervisar monitorear y evaluar las acciones de tutoría programadas en el Plan de trabajo d. Promover la incorporación de las acciones de tutoría en el PEI, PCI y PAT. e. Organizar acciones de capacitación dirigidas a estudiantes, docentes, auxiliares y Padres de Familia. f. Verificar la elaboración y el desarrollo de los planes tutoriales y las sesiones de tutoría. g. Realizar reuniones, periódicas entre tutores para el intercambio de experiencias y el apoyo mutuo. h. Promover reuniones periódicas entre tutores y Padres de Familia de sus respectivas secciones para tratar temas relacionados con la orientación de los estudiantes. i. Implementar la convivencia escolar democrática en la I. E. j. Promover el establecimiento de alianzas con otras instituciones tomando en cuenta los lineamientos del DITOE. k. Realizar replicas de las capacitaciones recibidas de tutoría y orientación educativa Art. 31.- Son funciones del Comité Ambiental de gestión de riesgos – defensa civil, para la conservación de la salud comunitaria: a. Desarrollar el Proyecto Educativo Ambiental, previo diagnóstico con participación de toda la comunidad educativa b. Elaborar e implementar el Plan de Gestión de Riesgo y Contención de la I.E. c. Promover acciones de educación ambiental, en coordinación con las instituciones pertinentes d. Fortalecer las acciones de prevención, atención y respuesta, frente a los riesgos de desastres de origen natural y antrópico. e. Dar cumplimiento a las normas para la implementación de simulacros en la I.E. f. Fortalecer las organizaciones estudiantiles de carácter ambiental, y promover la constitución de las fiscalías escolares y ambientales en la I.E. Art.32 .-Las funciones del Comité de Racionalización son: a. Ejecutar el proceso de evaluación y racionalización de plazas de la I.E aplicando el principio de equidad y calidad de la educación de acuerdo al Legajo Personal de cada trabajador que deben tener en la Dirección de la I.E., donde labora que debe concordar con el legajo que tiene en la DREC. b. Determinar el cuadro de secciones y grados por niveles educativos, de acuerdo a la meta de atención. c. Evaluar en función al Cuadro de Horas, el Cuadro de secciones en función a las metas de atención. d. Determinar las plazas estrictamente necesarias en la I.E., de acuerdo con los resultados, carga docente y la demanda educativa. e. Formular y proponer el cuadro nominal del personal de la I.E. en el siguiente orden: a) personal que continuará prestando servicios en la I.E. por ser necesario b) personal que 27
  • 28. será declarado excedente por no ser necesario sus servicios, al no tener metas de atención de acuerdo a la población estudiantil. f. Publicar los resultados de la evaluación efectuada, informando al personal en caso de excedencia. CAPITULO IV DE LA ORGANIZACIÓN Art. 33.- Las labores del planeamiento educativo se realizará en el mes de Diciembre, con la participación del Director, de la Subdirección de Formación General, del personal Docente, Administrativo, de Servicio y APAFA a. Los Instrumentos de Gestión (PEI, PCI, PAT, RI) serán elaborados con la participación del personal directivo, docente, administrativo, de servicio y APAFA. b. Para la elaboración del Plan Anual de Trabajo (PAT) y Reglamento Interno (R.I), el personal docente trabajará en equipo por comisiones y para la consolidación de los mismos, lo harán a través del análisis, debate y aprobación en un Plenario, el cual será ratificado por el Director del Plantel, mediante Resolución Directoral, luego se pondrán a disposición de todo el personal de la Institución Educativa. Art. 34.- La programación curricular se formulará en etapas: a. Programación Curricular Anual en el mes de Diciembre, teniendo en cuenta las capacidades de área para los trimestres correspondientes en ambos niveles. b. Programación curricular de corta duración por Trimestres, durante el año lectivo mediante las Unidades Didácticas c. Sesión de aprendizaje: Durante cada encuentro con los estudiantes ART. 35.- La Calendarización del año académico figura en el P.A.T. según la R.M.0622- 2013-ED, “Normas Técnicas para el Desarrollo del Año Escolar 2014 en la Educación Básica Regular y Técnico Productiva - CEBAS”. El año escolar tendrá una duración mínima de 40 semanas efectivas de clase. Las vacaciones se consideran como periodos adicionales. La fecha de inicio, la programación de las vacaciones los determina la Dirección de la I.E. con opinión del CONEI quien comunicará la decisión a la DREC Callao. Art. 36.- El tiempo de permanencia de los alumnos de nivel primaria en el plantel es de cuatro horas, cincuenta y cinco minutos cronológicas, y seis horas pedagógicas, en el siguiente horario: INGRESO : Desde 7:30 a.m. Hasta 7:45 a.m. SALIDA : 12:45 p.m. El tiempo de permanencia de los alumnos de nivel secundaria en el plantel es de cinco horas, cuarenta minutos cronológicas o siete horas pedagógicas, en el siguiente horario INGRESO : Desde 12:45 p.m. Hasta 13: 00 p.m. SALIDA : 18:35 horas 28
  • 29. No se permitirá la permanencia de alumnos en la I.E pasadas las 18:35 horas por ningún motivo, salvo autorización escrita y bajo responsabilidad funcional de dirección y/o subdirección. Art. 37.- El recreo tendrá una duración de (30´) treinta minutos en el Nivel Primaria – Turno Mañana y (20´) veinte minutos en el nivel secundario. Art. 38.- El periodo vacacional de los alumnos tendrá una duración de dos semanas efectivas de acuerdo a la Calendarización del Año Escolar 2014. Art. 39.- El ingreso de los estudiantes del nivel secundario es hasta las 13:00 pm, después de esa hora se considera tardanza y en el caso de primaria será derivado a la subdirección y en secundaria a TOE. Por ningún motivo el alumno con tardanza se quedará fuera de las instalaciones de la I.E. Art. 40.- El Programa de Recuperación Pedagógica (PRP), tiene una duración de 6 semanas efectivas. La Dirección de la I.E. está facultada para programar, organizar y ejecutar el Programa de Recuperación Pedagógica antes del inicio del año escolar siguiente. El docente a cargo deberá elaborar un informe que justifique la necesidad de la recuperación pedagógica del alumno; el cual debe contener: capacidades a reforzar, indicadores y logros deseados al término del período. El docente que desee participar del PRP deberá remitir una solicitud dirigida al Director del Plantel. Este deberá seleccionar a los docentes que requiera el programa y hacer rotar a los docentes previa evaluación. Los resultados de la evaluación de los docentes postulantes al PRP serán publicados internamente, antes del inicio del mismo. El costo del programa por área es de 0.5 de la UIT según el TUPA del Ministerio de Educación Art. 41.- Los estudiantes que por razones de viaje u otros motivos, no pueden rendir la evaluación de recuperación en su I.E. de origen, la rinden en otra, siempre y cuando tengan – obligatoriamente- la autorización expedida por la Dirección de la IE de origen. La Dirección de la I.E. adopta las acciones pertinentes para que los estudiantes que se matriculan teniendo un área curricular pendiente de subsanación, participen en un programa de recuperación durante el año, a fin de superar las dificultades vinculadas a dichas áreas. Art. 42.- Los estudiantes de 5º de Educación Secundaria podrán participar en el Programa de Recuperación Pedagógica hasta antes del inicio del año lectivo siguiente. De persistir la desaprobación en 01 hasta 03 áreas curriculares, podrán asimilarse al Programa de Recuperación Académica Anual, durante ese año subsiguiente. ART. 43.- Las actividades de monitoreo educacional se realizarán de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento de Supervisión Educativa aprobado por el D. S. N° 50-82-ED. y las normas complementarias que expida el Ministerio de Educación a través de la DREC- Callao. La dirección y subdirección de Formación General en coordinación la comisión de transformación académica efectuaran: el Plan y las fichas de Monitoreo, los que deben ser 29
  • 30. difundidos entre el personal docente consignando las fechas, problemas detectados, asesoramiento y recomendaciones. El resultado de la misma será entregado al docente, concluido el proceso. El monitoreo se extenderá al personal administrativo y de servicios utilizando los instrumentos respectivos. Las fechas establecidas para el Monitoreo de carácter opinado están establecidas en la calendarización. ART. 44.- El trabajo administrativo está a cargo del Director del Colegio y está organizado de la siguiente manera: a. El Archivo comprende los documentos oficiales recibidos y remitidos. Además, La Constitución Política del Perú, Ley General de Educación y sus reglamentos, instrumentos de gestión como el PEI, PCI, RI y Plan de Trabajo Anual, Informes anuales, documentos de supervisión, registros de asistencia de personal, libro de actas, inventario de bienes y enseres, fichas y nóminas de matrícula, actas, registro de evaluación y otros. b. Mantenimiento y conservación del local corre a cargo del personal de servicio y cuenta con los recursos económicos que aporta la APAFA y otros internos propios de la I.E. Art. 45.- El colegio funciona en dos turnos continuos mañana y tarde en el siguiente horario: TURNO MAÑANA de 7:30 a.m. A 12:45 p.m. TURNO TARDE de 12:45 p.m. A 18:35 p.m. Art. 46.- La entrada a la I.E por parte de los padres de familia es por la puerta principal en los días y horarios establecidos, previa identificación y anotación en un cuaderno de registros del motivo de su visita. La atención al público usuario para trámites administrativos es de 9:00 am. a 12:00 m. y de 2:00 a 4:00 pm, según cronograma de atención. Para el caso de los docentes será de acuerdo al cronograma de atención establecido por la Subdirección. La entrada y salida de los alumnos es por la puerta Nº 01, Jr. César Vallejo cuadra 1 s/nº (por el parque Virgen de Fátima). Art. 47.- La jornada de trabajos en Dirección, Subdirección de Formación General, docentes, administrativos, de servicio y servicio en guardianía es: HORARIO DE PERMANENCIA DEL PERSONAL DE LA I.E.Nº5036 “RBDC” -2014 DIRECTIVOS PERSONAL JORNADA LABORAL LUNES MARTES MIERCOLES JUEVES VIERNES REFRIGERIO CARDENAS JURADO, Roque DIRECTOR 40 horas 8:00 AM 16:00 PM 10:00 AM 18:00 PM 8:00 AM 16:00 PM 10:00 AM 18:00 PM 8:00 AM 16:00 PM 13:30 PM 14:00 PM DIEGO RINCON, Maria. SUBDIRECTORA de F.G 40 horas 8:00 AM 16:00 PM 8:00 AM 16:00 PM 10:00 AM 18:00 PM 10:00 AM 18:00 PM 10:00 AM 18:00 PM 13:30 PM 14:00 PM ADMINISTRATIVOS SANCHEZ OBREGON, Mario SECRETARIO 40 horas 8.00AM 16.00PM 10:00 AM 18:00 PM 8.00AM 16.00PM 10:00 AM 18:00 PM 8.00AM 16.00PM 13:30 PM 14:00 PM MELENDEZ LETONA, Irma Auxiliar de Laboratorio 40 horas 10.30AM 18.30PM 10.30AM 18.30PM 10.30AM 18.30PM 10.30AM 18.30PM 10.30AM 18.30PM 12:30 PM 13:00 PM VILLARREAL RISCO, Julia Mantenimiento 40 horas 12:00 AM 20:00 PM 12:00 AM 20:00 PM 12:00 AM 20:00 PM 12:00 AM 20:00 PM 12:00 AM 20:00 PM 13:30 PM 14:00 PM 30
  • 31. CHAVEZ IPARRAGUIRRE, Yovany Mantenimiento 40 horas 6:30 AM 14:30 PM 6:30 AM 14:30 PM 6:30 AM 14:30 PM 6:30 AM 14:30 PM 6:30 AM 14:30 PM 10:30 AM 11:00 AM RONDAN MANCO, Lady Mantenimiento 40 horas 12:00 AM 20:00 PM 12:00 AM 20:00 PM 12:00 AM 20:00 PM 12:00 AM 20:00 PM 12:00 AM 20:00 PM 13:30 PM 14:00 PM PALMA ALFARO, Oscar Guardiana 20.00PM 6.30 AM 20.00PM 6.30 AM 20.00PM 6.30 AM 20.00PM 6.30 AM 20.00PM 6.30 AM AUXILIARES DE EDUCACION GARCIA ALCAS, Soledad Auxiliar de Educación 30 horas 12:45 PM 18:45 PM 12:45 PM 18:45 PM 12:45 PM 18:45 PM 12:45 PM 18:45 PM 12:45 PM 18:45 PM 14:00 PM 14:30 PM Auxiliar de Educación 30 horas 12:45 PM 18:45 PM 12:45 PM 18:45 PM 12:45 PM 18:45 PM 12:45 PM 18:45 PM 12:45 PM 18:45 PM 14:30 PM 15:00 PM HORARIO DEL AÑO ESCOLAR 2014 De acuerdo a las Normas vigentes y a la realidad de nuestra I.E. 5036 “Rafael Belaunde Diez Canseco” de Playa Rímac -. Callao. TURNO ENTRADA SALIDA DOCENTES Turno Mañana 07:45 13:00 Primaria Turno Tarde 12:50 18.35 Secundaria TURNO ENTRADA SALIDA ALUMNOS Turno mañana 07:45 12:45 Primaria Turno Tarde 12:45 18:35 Secundaria HORARIO DE CLASES PRIMARIA SECUNDARIA 30 Horas Pedagógicas 45 minutos c/u 24 Horas Pedagógicas 45 minutos c/u 07:45 a 08:30 08:30 a 09:15 09:15 a 10:00 13:00 a 13:45 13:45 a 14:30 14:30 a 15:15 15:15 a 16:00 10:00 a 10:30 (RECREO) 16:00 a 16:20 (RECREO) 10:30 a 11:15 11:15 a 12:00 12:00 a 12:45 16:20 a 17:05 17:05 a 17:50 17:50 a 18:35 ATENCIÓN A LOS PADRES DE FAMILIA POR LOS DOCENTES PRIMARIA SECUNDARIA TURNO MAÑANA TURNO TARDE 10:00 am a 10:30 am 16:00 pm a 16:20 pm ATENCIÓN AL USUARIO o PÚBLICO TURNOS DIRECTOR SUB DIRECTORA FORMACIÓN GENERAL Turno Mañana L, Mi, V: 09:00 am a 11:00 am. L y Ma: 09:00 am a 11:00 am 31
  • 32. Turno Tarde Ma y J: 14:00 pm a 16:00 pm Mi, J y V: 14:00 pm a 16:00 pm TURNOS SECRETARÍA TESORERÍA (CAJA) Turno Mañana L, Mi y V: 08:30 am a 13:00 pm L a V: 09:00 am a 12:30 pm Sr. Yovany Chávez Yparraguirre Turno Tarde Ma y J: 14:00 pm 16:00 pm L, M, M y V: 14:00 pm a 16:00 pm Prof. Carmen Romero Lucero CAPITULO V DEL REGIMEN ECONOMICO ART.- 48.-La Institución Educativa cuenta con una comisión encargada de administrar los recursos Económico denominados: COMITÉ DE GESTION DE RECURSOS PROPIOS Y ACTIVIDADES PRODUCTIVAS EMPRESARIALES EN LAS II.EE. Públicas D.S. Nº 028- 2007, Integrada por: a. Presidente: Director b. Tesorero c. Representantes de los docentes de ambos niveles. d. Representante de Administrativos. ART. 49. Son Recursos Propios, ordinarios de la Institución Educativa los ingresos que por Ley los considera:(TUPA) a. Por rectificación de nombre. b. Duplicado de Certificados de estudios. c. Exámenes de subsanación. d. Duplicado de libreta de Notas. ART. 50. Los recursos propios del colegio son los que se obtienen en los siguientes casos: a. Por donaciones en efectivo de personas o instituciones o padres de familia. b. Por pequeñas actividades de los profesores, padres de familia y alumnos. c. Por concepto de alquiler de espacios libres para Comedor-kiosco, Librería y fotocopiadoras. d. Por convenio con instituciones públicas y privadas. e. Por la venta de bienes que se dan de baja. ART. 51.- Los fondos y recursos que generen estos conceptos serán utilizados en el mantenimiento y adquisición de útiles de oficina de la Institución Educativa. Estos ingresos y egresos se registrarán en el Libro de Caja. ART.- 52.-Los ingresos a caja chica proceden de la venta de las diversas constancias (constancia de vacante, de estudios, de notas, etc.) ART.- 53.- El Comité de Recursos Propios Actividades Productivas Empresariales en las II.EE. Públicas emitirá su informe trimestral al CONEI para conocimiento de la comunidad educativa y posterior informe a la DREC-Callao. 32
  • 33. ART. 54.-Las donaciones de mobiliario y mejoras en las aulas, realizadas por los padres de familia y otras instituciones, serán inventariadas, no procediendo su devolución. Dicho inventario debe de realizarse en el momento de la donación pasando a ser patrimonio de la Institución Educativa. ART. 55.- El personal docente podrá cumplir comisiones de representación por encargo escrito del Director y Sub Directora de Formación General del nivel correspondiente dentro de las horas de labor, para su efecto la Sub Dirección, comunicará al auxiliar de educación para conocimiento bajo responsabilidad. Los gastos que ameriten la representación serán asumidos por la decisión de la Dirección de la Institución Educativa en coordinación con la Tesorería. ART. 56.- Las actividades que se organicen en la I.E. con fines económicos serán dados a conocer a la Dirección quien autorizará previa aprobación del Plan de Actividades y al término de la actividad deberá remitir el balance documentado con el informe correspondiente. Los deterioros que se ocasionaran serán repuestos por los organizadores. ART.57. Régimen de seguridad social de los trabajadores. Los lineamientos y disposiciones y procedimientos generales para la tramitación de licencias con goce y sin goce de remuneraciones esta normada por las Leyes y Decretos Supremos vigentes. CAPITULO VI DEL PROCESO DE MATRICULA, EVALUACIÓN, PROMOCIÓN, REPITENCIA Y CERTIFICACIÓN Art.58. Matrícula (PROCESO) a. La matrícula se efectuará por medio del SIAGIE, por primera y única vez al ingresar al primer grado de educación primaria y/o grado que ingrese al Colegio, en los siguientes grados sólo se ratificará la matrícula. b. Es requisito para la matricula la partida de nacimiento, DNI, la constancia de notas sin borrones y/o enmendaduras, y presencia del padre o apoderado para su verificación de sus datos personales y domicilio. En caso de carecer de partida de nacimiento o DNI el Director concederá un plazo de 60 días calendarios para la entrega de dicho documento. c. El pago por concepto de asociación de padres de familia no condiciona la matrícula ni su ratificación de acuerdo a Ley. d. Se matriculará en el primer grado de Educación Primaria preferentemente quienes tengan domicilio dentro de la zona de influencia del colegio y declaración jurada del domicilio, por la demanda educativa se seleccionará a los estudiantes que cuenten con mayor puntaje, y certificado de buena conducta (secundaria). 33
  • 34. e. Para efecto de la matrícula en el primer grado se atenderá en primer lugar a los alumnos que al inicio del año escolar cumplan los 6 años hasta el 31 de marzo. f. El Director del colegio en coordinación con las Sub Directora de Formación General y Coordinadores por nivel racionalizará la carga docente por aula de acuerdo a las normas vigentes teniendo como número referencial de 20 a 25 alumnos por aula en ambos niveles; reservando un mínimo de dos vacantes para alumnos con necesidades educacionales especiales, para lo cual las aulas inclusivas tendrán una carga menor. g. El Director del colegio en coordinación con la Sub Directora de Formación General y sus Coordinadores por nivel colocará en lugar visible el aviso a los padres de familia, sobre el proceso de matrícula, requisitos, vacantes y calendario de matrícula por grados y niveles. h. Para los efectos de traslado de alumnos se tendrá en cuenta las disposiciones vigentes a través del SIAGIE e inclusive las vacantes deben ser emitidas con este sistema para su respectiva liberación de la I.E. de Origen y así mismo de la I.E. de Destino para su aceptación de matrícula. Art.59. DE LA EVALUACIÓN a. Las evaluaciones del educando de Educación Primaria y Secundaria se sujetarán a las disposiciones vigentes. RM N° 234 – 2005 – ED y su modificatoria que aprueba la Directiva N°004-2005-VMGP, y, así mismo las normas actuales vigentes. b. La evaluación del comportamiento se realizará teniendo en cuenta entre otros criterios: responsabilidad, honradez, puntualidad, veracidad, ayuda mutua y respeto a la persona (Criterios Actitudinales). Esta evaluación no se considera para la promoción de grado (Promedio Anual). En el caso del nivel primario se elaborará una hoja adjunta en la libreta de notas, considerando los mismos aspectos anteriormente señalados c. Los documentos oficiales de evaluación son los siguientes: Registro de evaluación (auxiliar y oficial) con la ayuda del SIAGIE. Constancia de notas del rendimiento académico (reporte de notas) –SIAGIE. Actas Finales y Certificado de Estudios SIAGIE. d. La evaluación de los aprendizajes se realiza mediante las capacidades e indicadores de logro que especifiquen y evidencien los aprendizajes. Los criterios de evaluación en primaria y secundaria, corresponden a las competencias de área. 34
  • 35. e. En caso de alumnos que repitan dos o más años consecutivos en un mismo grado o que tengan conducta observada, se invitará a una asistencia especializada de la DREC u otra institución que conozca el aspecto psicopedagógico. Art. 60.- La promoción de grado en el nivel primaria, se dará, en los siguientes casos: a. Los estudiantes de primer grado son promovidos al grado superior en forma automática. b. Cuando al término del año escolar los estudiantes obtienen A en todas las áreas curriculares incluidas áreas o talleres creados como parte de las horas de libre disponibilidad. c. Los estudiantes de 2° ,3° y 4° grado obtienen como mínimo A en las áreas curriculares de comunicación, matemática y como mínimo B en las otras áreas. d. Los estudiantes de 5° y 6° grado obtienen como mínimo A en las áreas curriculares de comunicación, matemática, personal social, ciencia y ambiente; y como mínimo B en las otras áreas. Art. 61. La promoción de grado en el nivel secundario, se dará, en los siguientes casos: a. Los estudiantes que al término del año escolar aprueban todas las áreas curriculares. b. Los estudiantes que al término del programa de recuperación pedagógica o la evaluación de recuperación aprueban todas las áreas curriculares o desaprueban como mínimo un área. Art. 62 La repitencia en el nivel primaria, se dará, en los siguientes casos: a. Repiten de grado automáticamente los estudiantes de 2° , 3°, 4° , 5° y 6° grado que al término del año escolar obtienen C en dos áreas curriculares: matemática y Comunicación. b. Repiten de grado los estudiantes que en el programa de recuperación o en la evaluación de recuperación no alcancen los calificativos requeridos para la promoción al grado superior. Art. 63.- La repitencia en el nivel secundaria, se dará, en los siguientes casos: a. Repiten los estudiantes que al termino del año escolar desaprueban 4 o más áreas curriculares incluida el área curricular pendiente de subsanación. o cuando al término del programa de recuperación pedagógica o la evaluación de recuperación desaprueban 2 o más áreas curriculares. Art. 64.- Los certificados de estudios de cada año correspondientes a un grado escolar, se expiden de acuerdo a la Directiva N° 004 –VMGP-2005, aprobada por la R.M.N° 0234- 2005-ED y su modificatoria y normas actuales vigentes. CAPITULO VII DEL RÉGIMEN ESCALAFÓNARIO 35
  • 36. Art. 65.- Todos los trabajadores de la Institución Educativa contarán con un legajo personal en archivo de la Dirección del plantel donde se registren los datos personales y profesionales con la presentación de la ficha escalafonaria actualizada, bajo su responsabilidad funcional. CAPITULO VIII DERECHOS, DEBERES, FALTAS, ESTÍMULOS Y SANCIONES DEL PERSONAL Art. 66.- Los derechos alcanzados y reconocidos al profesorado y personal administrativo están de acuerdo a la Constitución Política, leyes y el Presente Reglamento. Art. 67.- Son derechos del personal directivo y docente en general: a. Lo establecido en la Constitución Política del Perú, Ley Nº 28044 Ley General de Educación, Ley Nº 29944 Ley de la Reforma Magisterial y su D.S. Nº 004-2013-ED Reglamento de la Ley 29944. b. Remuneración de acuerdo a Ley. c. Percibir sus remuneraciones sin disminución salvo en los casos previstos por la Ley. d. Reconocimiento de oficio del tiempo de servicios y otorgamiento de pensiones y compensaciones. e. Reentrenamiento, capacitación y especialización. f. Licencia con o sin goce de haber de acuerdo a Ley. g. Descanso vacacional de acuerdo a Ley. h. Derecho a un día de permiso por onomástico y día del Maestro de acuerdo a Ley. i. Libre asociación y sindicalización. j. A la hora de lactancia, en concordancia con los dispositivos legales. k. A participar en el Programa de Recuperación Pedagógica según norma vigente, siendo este rotativo y de acuerdo al informe de desempeño laboral. l. Ser tratado con respeto y consideración. ART. 67.- Son derechos del personal administrativo y de servicio: a. Remuneración de acuerdo a Ley. b. Capacitación para el mejor desempeño de sus funciones. c. Descanso vacacional de un mes al año de acuerdo al rol de vacaciones aprobadas por Resolución. d. Derecho de permiso por horas de acuerdo a ley, con compensación e. Gozar del respeto de la comunidad educativa ART.68.- Son deberes de la dirección, subdirección de formación general y coordinadores de la comisión de transformación académica: a. Cumplir con las funciones establecidas en las normas vigentes. b. Fomentar la integración, cooperación y armonía del personal de la institución manteniendo las buenas relaciones humanas. c. Desempeñar sus funciones con responsabilidad, ética y eficiencia profesional. 36
  • 37. d. Inculcar respeto a nuestros héroes, símbolos patrios y cultivar los valores morales y cívicos. e. Cumplir con las disposiciones impartidas por las autoridades respectivas. f. Velar por el buen estado de conservación de los bienes del colegio g. Participar en todas las actividades programadas en el PAT, de manera obligatoria, de acuerdo a su horario de trabajo. h. Hacer cumplir al personal de la institución educativa, sus funciones y las disposiciones emanadas por la superioridad. i. Llevar el control del avance del servicio educativo j. Participar en las reuniones programadas por las instancias desconcentradas, haciendo el efecto multiplicador. k. Programar reuniones periódicas de información a los padres de familia (comités de aulas y/o grados). l. Verificar y consolidar el normal desarrollo de las horas efectivas de la labor docente. ART. 69.- Son deberes y obligaciones de los docentes: a. Participar en la elaboración y ejecución de los instrumentos de gestión de la I.E. (PEI, PCI, PAT, RI, etc.). b. Programar, desarrollar y evaluar las actividades curriculares, así como las actividades de tutoría, gestión de riesgo, plan lector. Asumiendo con responsabilidad la formación integral de los estudiantes. c. Desempeñar sus funciones con responsabilidad, ética y eficiencia profesional. d. Inculcar respeto a nuestros héroes, símbolos patrios y cultivar los valores morales y cívicos. e. Cumplir con las disposiciones impartidas por las autoridades respectivas. f. Mantener actualizada la documentación pedagógica y administrativa de su responsabilidad g. Velar por el buen estado de conservación de los bienes del colegio h. Participar en todas las actividades programadas en el PAT, de manera obligatoria, de acuerdo a su horario de trabajo. i. Coordinar y mantener comunicación permanente con los padres de familia en asunto relacionados con el aprovechamiento y comportamiento de sus hijos. j. Cumplir con responsabilidad el trabajo de comisiones asignadas k. Participar activamente en las formaciones de inicio de semana l. Participar en las capacitaciones y jornadas programadas. m. Asistir obligatoriamente a la formación del día lunes los que tengan la primera hora de clase, en caso contrario se le considera falta la hora. n. Asistir puntualmente al aula. Se considerará tardanza 10 minutos después de la hora de inicio de la sesión de clase y falta a partir de los 15 minutos. ART. 70.- Son prohibiciones de los directivos a. Desempeñar otras actividades ajenas a la I.E. durante su jornada laboral. b. Tomar decisiones unilaterales que estén fuera de las normas. 37
  • 38. c. Fomentar divisionismo que menoscaben la disciplina y el compañerismo entre el personal d. Emplear castigos físicos y sicológicos que lesionan la integridad física y psicológica del educando. e. Tomar represalias en contra de los docentes y/o estudiantes por cualquier reclamo o queja f. Asistir a la institución educativa con signos de ebriedad. g. Realizar actos de proselitismo político Art. 71.- Son prohibiciones del personal docente: a. Salir del colegio en horas de trabajo sin autorización b. Fomentar divisionismo que menoscaben la disciplina y el compañerismo entre el personal c. Realizar salidas, excursiones, festivales, actividades sin previa autorización del Director de la Institución Educativa. d. Emplear castigos físicos y sicológicos que lesionan la integridad física y psicológica del educando. e. Tomar represalias en contra de los estudiantes por cualquier reclamo o queja. f. Atender las consultas de los padres de familia y/o apoderados en horas no autorizadas salvo en casos justificados. g. Asistir a la institución educativa con signos de ebriedad. h. Llevarse los objetos incautados. i. Realizar actividades de carácter económico en beneficio personal. j. Realizar actos de proselitismo político. k. Autorizar la salida de los estudiantes fuera de la I.E en horario de clases. l. Demorar más de 5´en el traslado de un aula a otra en el cambio de hora, de presentarse el caso se considera tardanza. m. Ausencia del aula a partir de 15’ una vez iniciada la hora de clases. De presentarse el caso se considera falta a la hora. ART. 72.- Se consideran faltas del personal de la Institución Educativa: a. Inasistencia injustificada. b. Falta de respeto a los miembros de la comunidad educativa. c. Incumplimiento de sus funciones. d. Ausencia en las actividades programadas en la I.E. ART. 73.- Son estímulos al personal de la I.E. a. Oficio y/o Diploma de reconocimiento de la Dirección. b. Reconocimiento con Resolución Directoral de la Institución Educativa c. Propuesta para felicitación con Resolución Directoral a cargo de la DREC – Callao. d. Reconocimiento público con la entrega de un recordatorio a los docentes que se jubilen. 38
  • 39. ART.74.- Las sanciones aplicables al personal son de acuerdo a las normas vigentes y actuales que pueden ser los siguientes aspectos: a. Amonestación verbal b. Llamada de atención por escrito. c. Suspensión hasta 30 días – D.S. Nº 004-2013. d. Informe a la superioridad en caso de gravedad de la falta, con la aprobación del CONEI. CAPITULO IX DERECHOS, OBLIGACIONES, FALTAS Y SANCIONES A LOS EDUCANDOS ART. 75.- Son derechos del educando: a. Recibir formación integral dentro de un ambiente de convivencia democrática que le brinde seguridad moral, física, así como también los servicios de orientación y bienestar. b. Elegir y ser elegido como miembro de Consejo Educativo Institucional. c. Opinar sobre la calidad del servicio educativo que recibe a través de encuestas. d. Que se respete su integridad moral, psíquica y física. e. Ser respetado por sus educadores y pares. f. Ser escuchado y atendido en sus reclamos por los órganos institucionales. ART. 76.- Son obligaciones del educando: a. Asistir puntual y correctamente uniformado, dentro del horario establecido. b. Portar el cuaderno de control todos los días. c. Asumir con responsabilidad el rol de estudiante, rechazando las influencias negativas de otros compañeros. d. Asistir debidamente presentable: los alumnos el cabello con corte escolar, las alumnas con moño y malla azul y sujeto con una cinta azul y celeste cielo. Excepcionalmente los meses de marzo y abril no se exigirá la corbata por cuestión de clima y comprendiendo la situación familiar. No deben portar por ningún motivo: Maquillaje, piercing, celulares, tablets y otros objetos distractores. e. Respetar a las autoridades, profesores, compañeros, brigadieres, policías escolares y demás personal de la I.E. f. Cuidar la infraestructura del colegio, aulas, puertas, ventanas, mobiliario y material didáctico. Asumiendo el costo que signifique la reparación del daño causado. g. Practicar las normas de conducta, la convivencia sin violencia y las buenas costumbres en el plantel, en la calle y en todo lugar. h. Participar en forma responsable en las actividades educativas del colegio. i. Cumplir con responsabilidad las tareas o asignaciones de las áreas para el logro de los objetivos trazados. j. Representar dignamente al colegio en cualquier actividad y/o competencia. k. Reflejar una actitud correcta en el porte como en los modales, cuidar la presentación y tener en orden los útiles escolares y prendas del uniforme. 39
  • 40. l. Aceptar con hidalguía y apoyar con alto espíritu de moralidad los consejos, orientaciones y medidas disciplinarias dictadas por sus superiores. m. Por ningún motivo el alumno podrá salir del colegio sin la autorización del Director y/o de la Subdirección de Formación General. Sólo se dará permiso por causa justificada o enfermedad, serán autorizadas previa solicitud y acompañamiento del padre, registrándose en el Cuaderno de Control y en el de incidencias de la Portería. n. Cumplir estrictamente lo dispuesto en el presente reglamento, el alumno que no cumpla será sancionado por la Coordinación de Tutoría de Orientación del Educando previo informe verificado por la Dirección y el CONEI conforme a Ley 29719 que promueve la convivencia sin violencia en las I.E. con conocimiento y aceptación del Padre o apoderado. ART. 77.- Son prohibiciones de los estudiantes: a. Llegar fuera del horario de ingreso establecido: Primaria: 7:30-7:45am.,Secundaria: 12:45-13:00 pm. b. Quedarse en los salones a la hora que toca el timbre para formación y durante el recreo. c. Portar instrumentos punzo cortantes y peligrosos para la salud e integridad personal. d. Practicar juegos de azar, juegos de manos y otros que afecten la salud, la decencia y la dignidad de las personas incluyendo el Internet. e. Celebrar contratos, venta o rifas no autorizadas por la Dirección f. Portar revistas no educativas y objetos de valor como celulares, radios pequeños y otros. g. Alterar documentos como registro y libretas de notas o suplantar firmas. h. Hacer cualquier tipo de inscripción en el mobiliario, puertas, ventanas, paredes y otros ambientes. i. Arrojar papeles o basura en lugares impropios. j. Fomentar desorden dentro o fuera del plantel, en forma individual o colectiva. k. Evadirse del colegio deliberadamente o ingresar a el por las paredes. l. Salir del plantel sin autorización de la Dirección o Subdirección. m. Deteriorar o sustraer los servicios higiénicos, eléctricos y mobiliario en general. n. Proferir y escribir palabras obscenas dentro y fuera del plantel. o. Usar el nombre del colegio en actividades y ocasiones no autorizadas por la Dirección del plantel. p. Faltar el respeto al profesor, auxiliares de educación y los demás trabajadores del plantel. q. Portar excesivo dinero, objetos de valor o vender productos diversos dentro de la Institución Educativa. r. Usar alhajas (aretes, collares, medalla) y todo tipo de cosméticos. s. Portar prendas que no sean del uniforme escolar, las cuales serán decomisadas y entregadas en el mes de diciembre. t. Agraviar a sus compañeros durante la clase o fuera de ella, haciendo uso de la violencia física, moral y emocional. (bullying ) u. Publicar y / o enviar mensajes agraviantes o que linden con la moral o pudor a través de las redes sociales v. Practicar actos que atentan contra la moral y las buenas costumbres. 40
  • 41. w. Aceptar productos en venta de sus pares y personal de la IE. x. Ingresar a la IE sin agenda escolar, cuadernos y textos escolares. ART. 78.- Son estímulos para los alumnos: a. Felicitación verbal en público. b. Diplomas por buen desempeño en evento educativos y a los que ocupen los tres primeros puestos en Aprovechamiento y conducta en cada grado de estudios, al término del Año lectivo c. Felicitación escrita. d. Resolución Directoral de felicitación de la Institución Educativa. e. Otorgamiento de la Medalla Rafaelina a los estudiantes destacados en los concursos académicos externos ART. 79.- Son sanciones aplicadas a los estudiantes: 1. Llamada de atención verbal por el docente o auxiliar más cercano al alumno que comete la falta sea en forma individual y/o colectiva. 2. Citación a padre de familia por tardanzas, faltas reiteradas, problemas de conducta y otros. 3. Papeleta amonestación de llamada de atención que se envía a los padres de familia o apoderado en caso de reincidencia de la falta, dando a conocer la conducta inapropiada de su hijo o pupilo. 4. El alumno amonestado por escrito por falta grave, será suspendido de acuerdo a la Ley General de Educación previo informe de CTOE y no será considerado en los eventos deportivos, ni paseos campestres y no podrá representar a la institución en la escolta, Banda de Música, Brigadier, competencias inter-escolares y se anotará como demerito en su promedio de conducta. 5. Por Bullying se aplicará la Ley 29719 que promueve la convivencia sin violencia en las I.E. 6. Los alumnos sancionados de acuerdo al problema que tengan se derivarán a una institución especializada para su terapia respectiva o de lo contrario el padre de familia presentará un informe psicológico de la institución especializada encargada de su tratamiento. ART.80. Los alumnos que destaquen por su cumplimiento y responsabilidad, serán nombrados por una Comisión integrada por los profesores tutores, Sub Dirección de Formación General y auxiliares de educación en el caso de secundaria y por el profesor de aula comisión de disciplina en caso de primaria para los cargos siguientes: a. Brigadier General b. Sub-Brigadier General. c. Policía Escolar d. Brigadier de Aula e. Integrantes de la Escolta. f. Integrantes de los equipos deportivos representativos del plantel. 41
  • 42. g. Integrantes de la Brigada de la Cruz Roja. h. Brigada de Defensa Civil. i. Brigada de la Policía Ecológica. Art. 81. Son atribuciones del brigadier general: a. Dirigir las formaciones en actuaciones patrióticas, presentaciones oficiales y otros. b. Mantener la disciplina del alumnado. c. Representar al colegio en todas las ceremonias públicas que se realicen dentro y fuera del plantel, dando cuenta de las ocurrencias o resultados a las autoridades. Art. 82.- Son atribuciones del sub-brigadier general: a. Colaborar con el Brigadier General. b. Lo reemplazará en su ausencia. Art. 83. Son atribuciones de los brigadieres de aula: a. Son los responsables de la disciplina durante las formaciones de los días Lunes y las Actuaciones así como dentro del aula. Art. 84. Son atribuciones de la policía escolar: a. Son los responsables de la disciplina durante las formaciones de los días Lunes y las Actuaciones así como dentro del aula. b. Colaborar con el mantenimiento del orden y la disciplina del alumnado del plantel y cumplirán sus funciones de acuerdo a un reglamento oficial. Art. 85. Son atribuciones de la escolta del plantel: a. Estar integrado por alumnos(as) que reúnan cualidades para el cargo y que pertenezcan a la Institución educativa. b. Su responsabilidad será tal que estarán presentes en las formaciones de los días lunes, en las fechas cívicas y aniversario de la I.E. c. Serán los encargados de portar el Pabellón Nacional en todos los actos cívico-patrióticos dentro y fuera del plantel. Art. 86. Son atribuciones de la banda de música del plantel: a. Estar integrado por los alumnos(as) que reúnan cualidades musicales tanto del nivel primario como del nivel secundario. b. Representar a la I.E en los desfiles y actos cívicos-patrióticos y las veces que la Dirección solicite su presentación, siempre y cuando no afecte su rendimiento académico, ni sus respectivas horas de clase. Art. 87. Son atribuciones de las promociones: a. Se consideran promociones, las integradas por los alumnos(as) que culminan estudios primarios o secundarios en forma satisfactoria. 42
  • 43. b. Cada comité de aula y tutor de la promoción de primaria y secundaria podrán entregar a la I.E., un recuerdo o donación voluntaria para la I.E. c. Las promociones realizarán una sola actividad durante el año para generar fondos previa autorización de la Dirección del Plantel. d. Realizar organizadamente la graduación en el Plantel al culminar satisfactoriamente sus estudios Primarios y Secundarios respectivamente de acuerdo al cronograma de finalización del Año Escolar. e. El Tutor y Comité de Aula, solicitarán con tres meses de anticipación permiso para el viaje de promoción y/o actividad económica pro-promoción para su respectiva aceptación de acuerdo a las normas vigentes. CAPITULO IX DE LOS PADRES DE FAMILIA. Art. 88. Son obligaciones de los padres de familia: a. Cumplir y hacer cumplir las disposiciones de la Institución Educativa y el presente reglamento. b. Proporcionar a sus hijos y/o tutelados los útiles y materiales escolares para su formación académica. c. Concurrir al colegio en forma obligatoria por lo menos una vez por trimestre de acuerdo al cronograma de atención (su participación en las actividades de la Institución Educativa será calificada en el informe de notas de sus hijos y/o tutelado). d. Asistir en forma obligatoria a las citaciones de los comités de aula, y otras convocadas por el profesor de aula o tutor en el horario indicado y/o según el cronograma de atención. El padre que no asista en un 30% a las reuniones quedará con matricula condicional en el siguiente año, previo informe del tutor a la dirección. e. Asistir a las asambleas generales y/o extraordinarias, convocadas por el Comité de Aula, Tutores y Dirección del colegio. f. Participar en forma obligatoria en las actividades Cívico Patrióticas y escuelas para padres que organice y/o participe la Institución Educativa. g. Apoyar y colaborar con las actividades extracurriculares que se programen para mejorar el servicio que brinda la Institución Educativa. h. Justificar personalmente las inasistencias de sus hijos y/o tutelados. i. Justificar por escrito las tardanzas de sus hijos y/o tutelados. j. Respetar, acatar las disposiciones emanadas de la Dirección de la I.E. de acuerdo a las normas vigentes. k. Cubrir los gastos de reparación de los deterioros de los enseres de la Institución Educativa provocados por sus hijos y/o tutelados. l. Dirigirse con el debido respeto a los miembros de la comunidad educativa. m. Asistir debidamente presentable a la I.E cuando es requerido su presencia. 43
  • 44. n. Ingresar al plantel previa presentación del DNI y/o citación del Docente que requiera su presencia respetando el horario de atención de cada docente en su respectivo nivel. o. Demostrar educación y respeto a los trabajadores de la I.E Art. 89. Son atribuciones de la asociación de ex-alumnos: a. Colaborar con las actividades programadas en la I.E. b. Contribuir al mejoramiento de la infraestructura de la I.E, contando con la orientación y asesoramiento del (la) coordinador (a) de tutoría. CAPITULO X DE LA ADMINISTRACIÓN DE LOS BIENES DE LA INSTITUCIÓN Art. 90. Son bienes de capital de la Institución Educativa, el local, los muebles, útiles, equipos y enseres con que Cuente y estén inventariados y dentro del local escolar. Art. 91. Los profesores de cada aula, de área y auxiliares de ambos turnos son responsables de la conservación del mobiliario y demás enseres del aula a su cargo. Art. 92. Los alumnos que malogren, destruyan o deterioren los muebles y enseres, serán responsables del costo que represente su arreglo o reparación, previa notificación a su padre o apoderado Art. 93. La Administración de los ingresos de quiosco están a cargo del Consejo Directivo de APAFA si existe en la IE, comedor y los percibidos por concepto de fotocopiadora está a cargo del Comité de Recursos Propios del colegio elegidos democráticamente, estos recursos económicos se utilizarán para los gastos de mantenimiento de la infraestructura educativa, mobiliario escolar, representaciones de los estudiantes y otros de conformidad con la ley vigente. Art. 94. La autorización para el uso del local, instalaciones o equipos de la I.E, estará a cargo de la Dirección conforme a las disposiciones vigentes, siempre y cuando no afecte las labores y enseres de la misma y sea realizada bajo la vigilancia del CONEI. CAPITULO XI DISPOSICIONES GENERALES Art. 95. Son acciones de servicio del bienestar social y recreación del docente y educandos 1.- Practicar en la Institución Educativa las buenas relaciones humanas, la mutua comprensión y respeto entre el personal directivo y los demás integrantes de la misma (Ley del Código de Ética de la Función Pública). 44