1. PRINCIPIOS GENERALES
Se entiende por todo ser humano desde su nacimiento hasta su mayoría de edad (Art. 1).
No discriminación (Artículo 2).
Debe priorizarse el interés del niño en la toma de decisiones (Artículo 3).
Los estados firmantes deberán destinar todos los recursos administrativos, legales y medios de cuanto dispongan para
garantizar la efectividad de las medidas acordadas (Artículo 4).
DERECHOS
SALUD FISICA:
Art 6 a la vida, a la
supervivencia y al desarrollo.
Art24 a la salud y a los servicios
médicos
Art 25 Evaluación del
internamiento médico.
Art 16 a la Seguridad Social.
Art 27 a un nivel de vida
adecuado.
IDENTIDAD:
Art7 o al
nombre y
nacionalida
Art 8
Derecho a la
preservació
n de la
identidad
UNIDAD FAMILIAR:
Art 5 a dirección y orientación
de padres y madres
Art 9 a mantener contacto con
ambos progenitores en caso
de separación.
Art 10 a la reunificación
familiar
Art 18 a la garantía de la
crianza familiar
PARTICIPACIÓN Y LIBERTADES CIVILES.
Art 12 a expresarse y ser escuchado.
Arto 13 a buscar, recibir y difundir
informaciones e ideas.
Art 15 Derecho a la libertad de asociación
y reunión.
Art 16 a la intimidad y a la preservación
de la vida privada.
Art 17 de acceso a la información.
JUGO, OCIO Y
DIVERSION
Art 31 al
juego y a las
actividades
recreativas, al
descanso,
esparcimiento
y participar
en la vida
cultural y en
las artes.
EDUCACIÓN
Art 28 a una
educación
primaria básica,
gratuita y oblig.
Art 29 a priorizar
el desarrollo del
niño dirigido a la
formación de un
adulto integrado
en sociedad.
RIESGOS FÍSICOS Y
PSICOLÓGICOS
MALTRATO O
ABANDONO
FAMILIAR
protección contra:
Artío 19 los malos
tratos.
Artí 20 los niños
privados de su
familia..
Art 21 a la
adopción.
RIESGOS FÍSICOS Y PSICOLÓGICOS
MALOS TRATOS, EXPLOTACIÓN, OTROS
protección contra:
Art 32 la explotación en trabajos
peligrosos.
Art 33 ante el uso de substancias nocivas
o psicotrópicas
Art 34 ante la explotación y abuso sexual.
Art 35 ante la venta, tráfico y trata de
niños.
Art 36 ante otra forma de explotación.
Art 37 ante la tortura y privación de
libertad
NIÑOS CON
ESPECIAL
PROTECCIÓN
Art 22 a los
refugiados.
Art 23 a los niños
con discapacida.
Art 40 de menores
infractores a
medidas de
protección
especiales.