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Diplomado Digital Marketing 2014 
Escuela de Mercadotecnia 
Jorge Molet
Módulo 4 
Legislación Interactiva en 
Marketing Digital
Agenda 
1.Derechos de Autor y Propiedad Industrial en la red. 
2.Herramientas para combatir la piratería en Internet. 
3.Nombres de dominio. 
4.Protección al consumidor en la red. 
5.Delitos informáticos. 
6.Aspectos que se deben considerar en materia de privacidad y protección 
de datos personales en la red. 
7.Términos y condiciones de uso. 
8.Aspectos legales de un social manager. 
9.Aspectos en la red en materia de salud.
Caso práctico antes de empezar 
Dave Carroll y su relación con 
Agradecimiento al Dr. Alfredo Reyes Krafft.
Caso práctico antes de empezar 
Ante testigos, maltratan equipaje y rompen a Dave su guitarra 
marca Taylor de US$3,500. 
Se queja con las sobrecargos (3 sobrecargos) y le dicen: que 
hable con la responsable de afuera del avión. 
Ella le dice: que hable con la cuadrilla de apoyo en Omaha. Al llegar 
a Omaha no había cuadrilla. 
Un agente le dice que hable con el agente de United en Omaha. 
Llama y le dicen: que llame a las oficinas de United en Halifax 
(Nueva Escocia). 
Llama a Halifax y … lo redireccionan al centro de atención en la 
India. 
Ahí le dicen: que llame a la oficina de equipajes de United en 
Chicago.
Caso práctico antes de empezar 
Llama a Chicago y le dicen: que vaya a las oficinas de Chicago 
para inspección de la guitarra. Les dice que está a 1,200 millas de 
Chicago. 
Y le dicen: que llame a las oficinas de NY. Llama a NY y … lo re 
direccionan a las oficinas de la India. La agente en la India le 
promete que lo contactarán desde Chicago. 
Recibe un email de un agente de Chicago diciendo que como no 
presentó la queja en las primeras 24 horas («para evitar fraudes»), 
no se puede hacer nada. Pide hablar con la supervisora y le dicen 
que el caso está cerrado. (7 meses transcurridos). 
Como protesta: http://www.youtube.com/watch?v=W2OlujL3_xo
List of YouTube personalities 
From Wikipedia, the free encyclopedia 
Personalidades de YouTube son aquellas personas o grupos que han llegado a la 
fama por su aparición en videos en YouTube. 
Dave Carroll 
and band, 
Sons of Maxwell 
sonsofmaxwell 
Created three popular 
music videos, 
beginning with " 
United Breaks Guitars 
" in protest of Carroll's 
treatment at the 
hands of 
United Airlines which 
proved a public 
relations debacle for 
the airline. 
En enero de 2012, 
Carroll y "United 
Breaks Guitars" 
fueron presentados 
en el CBC / CNBC 
con el Documental: 
«Customer 
(Dis)Service.» 
Por la promoción que le hizo a la 
Empresa TAYLOR, fabricante de 
guitarras eléctricas, le ofrecieron a 
Dave no tener que volver a comprar 
otra guitarra en su vida…
Derechos de Autor y 
Propiedad Industrial 
en la red
Primera parte 
Derechos de Autor
¿Qué es el derecho de autor? 
El Derecho de Autor es el reconocimiento que hace 
el Estado; 
A favor de todo creador; 
De obras literarias y artísticas a que se refiere la ley.
¿En qué momento se protege la obra? 
Art. 2. 2) del Convenio de Berna: “...queda reservada a las 
legislaciones de los países de la Unión la facultad de 
establecer que las obras literarias y artísticas o algunos de 
sus géneros no estarán protegidos mientras no hayan sido 
fijados en un soporte material.” 
Art. 5 LFDA: “La protección … se concede a las obras 
desde el momento en que hayan sido fijadas en un 
soporte material, independientemente del mérito (buena 
o mala), destino (meta u objetivo) o modo (manera o forma) 
de expresión.”
Título de registro de obra 
Es un documento meramente declarativo, el cual 
por su expedició n, no otorga ningún derecho. 
En la red, esto significa que todos los contenidos 
publicados, se encuentran protegidos, estén 
registrados o no.
¿Las ideas se protegen? 
Art.14 fracció n I de la LFDA. “No son objeto de 
protección… Las ideas en sí mismas…” 
El derecho de autor protege creaciones formales y no las 
ideas.
¿Qué obras protege el Derecho de Autor? 
Obras originales (originarias o primigenias): Que pueden ser 
literarias, musicales, teatrales o dramáticas, artísticas, científicas 
y audiovisuales, incluyéndose también desde hace tiempo los 
programas de cómputo. 
Obras derivadas: Que pueden ser adaptaciones, traducciones, 
compilaciones, anotaciones y comentarios, resúmenes y 
extractos, arreglos musicales y otras transformaciones. 
Cualquiera que sea su modo de expresió n, aunque para su 
protecció n también deben ser originales, es decir, presentar 
originalidad o individualidad, susceptibles de ser 
divulgadas o reproducidas en cualquier forma o medio.
Ramas de obras que protege el derecho de autor 
1. Literaria; 
2. Musical, con o sin letra; 
3. Dramática; 
4. Danza; 
5. Pictó rica o de dibujo; 
6. Escultó rica y de carácter plástico; 
7. Caricatura e historieta; 
8. Arquitectó nica; 
9. Cinematográfica y demás obras 
audiovisuales; 
10. Programas de radio y televisió n; 
11. Programas de cómputo; 
12. Fotográfica; 
13. Obras de arte aplicado que 
incluyen el diseñ o gráfico o textil y 
XIV. De compilació n, integrada por las 
colecciones de obras, tales como las 
enciclopedias, las antologías, y de 
obras u otros elementos como las 
bases de datos, siempre que dichas 
colecciones, por su selecció n o la 
disposició n de su contenido o 
materias, constituyan una creació n 
intelectual. 
Las demás obras que por analogía 
puedan considerarse obras literarias o 
artísticas se incluirán en la rama que 
les sea más afín a su naturaleza.
¿Qué NO protege el derecho de autor? 
1. Ideas, fó rmulas, soluciones, 
conceptos, métodos, sistemas, 
principios, descubrimientos, 
procesos e invenciones de 
cualquier tipo. 
2. El aprovechamiento industrial o 
comercial de las ideas contenidas 
en las obras; 
3. Los esquemas, planes o reglas 
para realizar actos mentales, 
juegos o negocios; 
4. Las reproducciones o imitaciones, 
sin autorizació n, de escudos, 
banderas o emblemas de cualquier 
país, estado, municipio o divisió n 
política equivalente 
5. Los textos legislativos, 
reglamentarios, administrativos o 
judiciales, así como sus 
traducciones oficiales; 
6. El contenido informativo de las 
noticias, pero sí su forma de 
expresió n; y 
7. La informació n de uso común tal 
como los refranes, dichos, 
leyendas, hechos, calendarios y las 
escalas métricas.
Derechos de los creadores de 
contenidos 
Derechos Morales 
El derecho moral se considera unido al 
autor y es inalienable (no se puede 
enajenar o vender), imprescriptible 
(que no puede prescribir por el simple 
transcurso del tiempo), irrenunciable e 
inembargable (el derecho no pero sus 
frutos si). 
Divulgació n, paternidad de la obra, 
respeto, integridad, modificació n, y 
arrepentimiento. 
Derechos Patrimoniales 
En virtud del derecho patrimonial, 
corresponde al autor (y sus herederos 
en segundo lugar) el derecho de 
explotar de mantera exclusiva sus 
obras, o de autorizar a otros su 
explotació n (licencias), en cualquier 
forma (siempre acordada), dentro de 
los límites… de la ley y sin menoscabo 
de la titularidad de los derechos 
morales.
¿Cuál es la vigencia de los Derechos Patrimoniales? (1) 
Convenció n de Berna.- “La protección 
concedida por el presente Convenio se extenderá 
durante la vida del autor y cincuenta años 
después de su muerte.”
Vigencia del derecho patrimonial
¿Quienes recaban las regalías? 
1. Sociedad de Autores y Compositores de Mé xico, S.G.C. de I.P. 
2. Sociedad General de Escritores de Mé xico, S.G.C. de I.P. 
3. Sociedad Mexicana de Autores de las Artes Plásticas, S.G.C. de I.P. 
4. Sociedad Mexicana de Directores Realizadores de Obras Audiovisuales,S.G.C. de I.P. 
5. Sociedad Mexicana de Coreó grafos, S.G.C. de I.P. 
6. Centro Mexicano de Protecció n y Fomento de los Derechos de Autor, S.G.C. de I.P. 
7. EJE” Ejecutantes, S.G.C. de I.P 
8. Sociedad Mexicana de Autores de Obras Fotográficas, S.G.C. de I.P.P. 
9. Sociedad Mexicana de Productores de Fonogramas, Videogramas y Multimedia, S.G.C. de I.P. 
10. Unió n Iberoamericana de Humoristas Gráficos, S.G.C. de I.P. 
11. Sociedad Mexicana de Ejecutantes de Música, S.G.C. de I.P 
12. Asociació n Nacional de Inté rpretes, S.G.C. de I.P. 
13. Sociedad de Autores de Obras Visuales Imagen del Tercer Milenio, S.G.C. de I.P. 
14. Sociedad de Argumentistas y Guionistas de Cine, Radio y Televisió n, S.G.C. de I.P.
SGC en lo digital. EMMAC-SACM
SGC en lo digital. EMMAC-SACM
Creative Commons
Sanciones 
Artículo 231. Constituyen infracciones en materia de comercio las 
siguientes conductas cuando sean realizadas con fines de lucro directo o 
indirecto: 
I.Comunicar o utilizar públicamente una obra protegida por cualquier medio, 
y de cualquier forma sin la autorizació n previa y expresa del autor, de sus 
legítimos herederos o del titular del derecho patrimonial de autor (Sanció n 
de $336,450 a $2,691,600 pesos. Con base en el SMGV 2014 en $67.29). 
II.Utilizar la imagen de una persona sin su autorizació n o la de sus 
causahabientes (Sanció n de $67,290 a $339,450 pesos. Con base en el 
SMGV 2014 en $67.29).
Segunda Parte 
Propiedad Industrial
Figuras protegidas 
Patentes (20 añ os) 
Modelos de Utilidad (10 añ os) 
Diseñ os Industriales (15 añ os) 
Modelos Industriales (15 añ os)
Otras figuras protegidas 
Variedades Vegetales 
Diseñ os de Circuitos Integrados 
Secretos Industriales
Signos Distintivos 
Marcas 
Nombres Comerciales 
Avisos Comerciales 
Denominaciones de origen 
30
Concepto de Marca 
Signo de que se valen los industriales, 
comerciantes y prestadores de servicios 
para diferenciar sus mercancías o 
servicios de los de sus competidores. 
31
Concepto Legal de Marca 
Todo signo visible que distinga productos o 
servicios de otros de su misma especie o 
clase en el mercado (Art. 88 de la Ley de la 
Propiedad Industrial [LPI]). 
32
Caracteres Esenciales de la Marca 
La marca debe ser distintiva 
La marca debe ser especial 
La marca debe ser novedosa 
La marca debe ser lícita 
La marca debe ser veraz 
33
Marcas NOMINATIVAS 
VENASTAT 
EVENFLO 
ATLAS COPCO 
INFLAMMIDE 
CHICCO 
PELIKAN 
TOP COMFORT 
34
Marcas INNOMINADAS 
35
Marcas TRIDIMENSIONALES 
36
Marcas MIXTAS 
Nominativas y diseñ o: 
37
Marcas MIXTAS 
38 
Nominativas y tridimensionales
Clasificador de Niza 
34 clases de productos 
10 clases de servicios 
Arreglo de Niza relativo a la Clasificació n de Productos y Servicios para el Registro de 
Marcas, de 15 de junio de 1957, adoptado extraoficialmente por México en Noviembre de 
1989 y en forma oficial en septiembre de 2002.
Clasificador
Procedimiento para registrar marcas 
Ante el Instituto Mexicano de la Propiedad 
Industrial (IMPI, Oficina de Marcas o el Instituto) 
Oficinas Regionales del IMPI 
La autoridad resuelve entre 6 y 8 meses. 
Otorga título o niega solicitud. 
41
Nombre Comercial 
• El nombre comercial de una empresa o establecimiento 
industrial, comercial o de servicios y el derecho a su uso 
exclusivo estarán protegidos, sin necesidad de registro. 
La protecció n abarcará la zona geográfica de la clientela 
efectiva de la empresa o establecimiento al que se 
aplique el nombre comercial y se extenderá a toda la 
República si existe difusió n masiva y constante a nivel 
nacional del mismo. (Art. 105 LPI) 
42
Aviso Comercial 
• Se considera aviso comercial a las frases u 
oraciones que tengan por objeto anunciar al 
público, establecimientos o negociaciones 
comerciales, industriales o de servicios, 
productos o servicios para distinguirlos de los de 
su especie (Art. 100 LPI) 
• El derecho exclusivo para usar un aviso 
comercial se obtiene mediante su registro ante 
el Instituto (Art. 99 LPI) 
43
Aviso Comercial 
A que no puedes comer só lo una. 
Soy totalmente Palacio. 
Los envases Tetra Brik mantienen bueno lo 
bueno. 
El poder de la confianza. 
44
Derechos de los creadores de contenidos. 
Protecció n de éstos derechos en Internet (Notice & 
Take Down y Digital Rights Managements). 
Digital Millenium Copyright Act. 
Como funciona. Mecanismo. 
Buenas prácticas en redes sociales fuera de EEUU. 
Situació n en México. 
Alianza Trans Pacífico (TTP). ACTA. 
Digital Rights Managements.
Derechos de los creadores de contenidos. 
Problemática de blogs y redes sociales. 
Redes Sociales 
Uso de nombres no protegidos aún 
Usurpació n de personalidad 
Phishing 
Comercializació n de productos sin licencia. 
Blogs 
Venta de productos no es libertad de expresió n.
Derechos de los creadores de contenidos. 
Casos prácticos en México. 
Caso Telefó nica (Venta de productos sitios y dominios). 
Caso pambolero.com. Youtube Tres Stikes. 
Marcas como nombres de domino. 
Venta ilegal de productos. 
Luis Vouitton en E-bay. 
Marcas en aplicaciones y en sitios web. 
Uso de imágenes en Internet. 
Caso gingle “cielito lindo”.
Ejercicio: 
La empresa farmacéutica Boeringher quiere lanzar un 
comercial para un nuevo multivitamínico que ayuda a las 
personas mayores. 
La extensió n del comercial es de 20 segundos, para 
difundirse en televisió n y radio, con música de alto impacto 
(Uso de un gingle de música famosa) e imágenes de 
famosos escritores. Usted es dueñ o de la empresa 
productora. 
Señ ale los diferentes actores necesarios en la producció n 
del comercial y losaspectos legales relacionados con 
propiedad intelectual que deberá tomar en consideració n.
3. Nombres de Dominio
Nombres de dominio. 
Naturaleza. 
Según el documento RFC (Request for Comments) 1591, 
emitido por el IANA en marzo de 1994, se define que los nombres 
de dominio no pueden ser considerados como marcas: 
“The registration of a domain name does not have any 
Trademark status. It is up to the requestor to be sure he is not 
violating anyone else´s Trademark.” 
“El registro de un nombre de dominio no tiene el estatus 
de una marca. Le corresponde al solicitante asegurarse 
de no violar la marca de un tercero”
Nombres de dominio. 
En el informe del Comité Permanente sobre el 
Derecho de Marcas, Dibujos y Modelos Industriales e 
Indicaciones Geográficas de la OMPI, en su estudio 
relativo a la utilizació n de marcas en Internet del 10 de 
mayo de 1999, se señ ala en su pagina 10, último párrafo 
lo siguiente: 
“La funció n primaria de un nombre de 
dominio es identificar un ordenador y no a 
individuos, empresas, productos o servicios 
particulares”.
Nombres de dominio. 
En el informe del Comité Permanente sobre el 
Derecho de Marcas, Dibujos y Modelos Industriales e 
Indicaciones Geográficas de la OMPI, en su 
recomendació n conjunta relativa a las disposiciones 
sobre protecció n de marcas notoriamente conocidas de 
noviembre de 1999, se define a un nombre de dominio 
como: 
“Una seria alfanumé rica que corresponda a 
una direcció n numé rica en Internet”.
Nombres de dominio. 
De acuerdo a la misma Organizació n Mundial de la 
Propiedad Intelectual, en su informe de Comercio 
Electró nico y Propiedad Intelectual, emitido en mayo 
2000, se define a un nombre de dominio como: 
“Los nombres de dominio son una forma 
simple de direcció n de Internet diseñ ados para 
permitir a los usuarios localizar de una manera 
fácil sitios de Internet.”
Nombres de dominio. 
¿Cuál fue la intenció n de los nombres de dominio a 
mediados de la dé cada de los 80? 
- Desempeñ ar una funció n técnica de traducció n de nombres 
a números. 
- Que fuera conveniente, amigable y fácil de recordar para los 
usuarios de Internet. 
- Proveer un esquema de direccionamiento a las computadoras, 
sin la necesidad de recordar las direcciones de IP. 
Realidad: 
- Se cumplió la intenció n inicial de crear un sistema de 
direccionamiento amigable para los usuarios de Internet. 
- Por esta razó n, los nombres de dominio han adquirido la 
característica de identificar negocios, servicios, ideas, grupos o 
personas.
Nombres de dominio. 
Algunos ejemplos: 
http://www.molet.mx 
http://www.cocacola.com.mx/home.asp 
http://www.monterrey.gob.mx/cabildo/c 
abildo.htm 
http://www.telefonica.net 
http://www.canal14.tv
¿Que es un nombre de dominio? 
Cómo se forma un nombre de dominio? 
.presidencia.gob.mx 
www 
mail 
Clasificación o giro 
Código territorial o 
genérico (TLD) 
Identificador de la empresa, 
organización o persona (nombre de 
dominio) 
Aplicaciones servicios 
Nivel 
superior 
Nivel 
secundario
Nombres de dominio 
Có digos Genéricos (gTLD). 
Genéricos abiertos (1984 y 2001): .com .net .org .info .name… 
http://en.wikipedia.org/wiki/List_of_Internet_top-level_domains 
Genéricos restringidos (1984, 2001, 2006): .int .gov .edu .mil 
.asia .cat .xxx 
Nuevos genéricos: .green .rome. Berlin .nyc .africa .sport .music 
.food .app .amazon .google .ibero .ibm 
http://newgtlds.icann.org/es/announcements-and-media/ 
video/overview-es
Nombres de dominio 
Có digos Territoriales (ccTLD). 
Con un enfoque primordialmente a la comunidad 
local: .ar .br .fr .jp .hn .mx .uk .us .pr .jm .it +200 
Con un enfoque primordialmente a la comunicada 
global: .as .co .cc .la .md .nu .sr .to .tv .et .cm 
http://www.iana.org/domains/root/db
Nombres de dominio. 
Administració n internacional. 
La Corporació n de Internet para la Asignació n de Nombres 
y Números (en inglés: Internet Corporation for Assigned Names and 
Numbers; ICANN) es una organizació n sin fines de lucro creada el 
18 de septiembre de 1998 con objeto de encargarse de cierto número 
de tareas realizadas con anterioridad a esa fecha por otra 
organizació n, la IANA (Internet Assigned Numbers Authority). Su 
sede radica en California y está sujeta a las leyes de dicho Estado.
Nombres de dominio. 
Administració n nacional. 
NIC México (Network Information Center México) o NIC.MX es la 
organizacion responsable de Administrar el có digo territorial (Country Code 
Top Level Domain - ccTLD) .MX.
Nombres de dominio. 
Disputas de nombres de dominio. 
Proceso de compra: Registry, Registrar, 
Registrant. 
Whois. 
Contactos.
Whois 
Base de datos Whois: 
Generales 
Registrar 
Dueño titular 
Administra 
Cambios DNS 
Pagos
Nombres de dominio. 
Disputas de nombres de dominio. 
El Titular (Registrante) y los Contactos conocen y aceptan: 
Que tienen capacidad y personalidad jurídica. 
Que el(los) Nombre(s) de Dominio que se pretenda(n) o 
llegue(n) a registrar: 
Cumple(n) con las Políticas. 
No violan directa o indirectamente derechos de un tercero. 
Se solicita para fines lícitos. 
Que cumplen con todos los requisitos para registrar y/o usar el o 
los Nombres de Dominio registrados. 
Que las declaraciones que han efectuado en el procedimiento 
para el registro del o de los Nombre(s) de Dominio son ciertas, 
exactas y completas, así mismo acepta la obligació n de 
actualizarla.
Nombres de dominio. 
Disputas de nombres de dominio. 
- Que asume la responsabilidad de mantener la confidencialidad 
de la contraseñ a, por lo que el Registrante será responsable por 
el uso que se haga de la misma. 
- Que no adquieren derechos de marcas registradas y 
que es responsabilidad del Titular del Nombre de 
Dominio asegurarse que no está violando ningún 
derecho de propiedad intelectual. 
- Que el Titular es el responsable del registro y del uso que se le 
dé a un Nombre de Dominio, haciéndose responsable no só lo de 
sus propios actos sino de los de sus dependientes, agentes, 
familiares o terceros. 
- Que el Registrar y el Registry .MX simplemente están 
administrando el espacio de Nombres de Dominio. 
- Se somete a la política en caso de disputa.
Nombres de dominio. 
Disputas de nombres de dominio. 
ICANN creo la: 
Política uniforme de solució n de controversias en materia 
de nombres de dominio 
Reglamento de la Política uniforme de solució n de 
controversias en materia de nombres de dominio 
NIC creo la: 
Políticas de solució n de controversias en materia de 
nombres de dominio para .MX (LDRP) 
Reglamento de solució n de controversias
Nombres de dominio. 
Disputas de nombres de dominio. 
Organismos de resolució n de controversias.
Nombres de dominio. 
Disputas de nombres de dominio. 
Procedimiento.
Nombres en Internet 
Sub dominios en blogs y redes sociales.
Nombres de dominio. 
Casos prácticos de dominios en México .MX. 
Caso 7eleven.com.mx. 
Caso tiendarayados.com. 
Caso bancowalmart.com. 
Caso splenda.com. 
Caso pumasunam.com.mx 
http://www.wipo.int/amc/en/domains/search/text.jsp? 
case=DMX2011-0016
4. Legislación en 
México
Legislación en México. 
Protecció n al consumidor y SPAM. 
- Ley Federal de protecció n al Consumidor. Deberes del 
proveedor: 
- Confidencialidad de la informació n del consumidor. 
- Utilizar herramientas técnicas para brindar seguridad y 
confidencialidad. 
- Proporcionar previo a cualquier transacció n su domicilio 
y teléfono. 
- Evitar prácticas comerciales engañ osas. 
- Proporcionar informació n sobre términos, costos, 
cargos adicionales, y demás informació n de lo que se 
ofrece. 
- Respetar pedidos y no recibir avisos comerciales 
(SPAM). 
- Estrategias de venta claras y con suficiente informació n 
(SPAM).
Legislación en México. 
Regulació n jurídica del SPAM. Multas de hasta 2 millones. 
Lista Robinson.
Legislación en México. 
Delitos informáticos. 
Definició n de có digos maliciosos 
Programas de cómputo diseñ ados para hacer que los equipos de 
cómputo (mó viles y fijos) realicen procesos o acciones distintas a las 
que fueron programados originalmente sin el consentimiento del 
usuario. 
Objetivos de ataque 
a.Ataque a sistemas de archivos 
b.Ataque a sistemas operativos 
c.Ataque a sistemas de procesamiento 
d.Ataque a sistemas de comunicació n 
e.Ataque a sistemas de almacenamiento 
f.Ataque a extensiones de archivo específicas 
g.Ataque a aplicaciones específicas.
Legislación mexicana 
Fuente: MTI. Oscar Lira. PGR.
5. Privacidad en la 
web. Protección de 
datos
“El respeto al dato ajeno, 
es la paz”
Marco legal internacional. 
Directiva 95/46/CE 
24 de octubre de 1995 Sectorial
Privacidad en la web. 
Resolució n de Madrid. 5 de noviembre de 
2009. Estándares Internacionales para la 
protecció n de la Privacidad, en relació n con 
el Tratamiento de Datos de carácter personal
Privacidad en la web. 
Marco legal de la protecció n de datos 
en México.
Antecedentes 
.
Reformas Constitucionales
Reformas Constitucionales
PUBLICACIÓN DE LA LEY 
LEY FEDERAL DE PROTÉ CCIÓN DE 
DATOS PERSONALES EN POSESIÓN DE 
PARTICULARES 
Publicació n: 5 de julio de 2010. 
Reglamento: 21 de diciembre de 2011
Autoridad Competente: 
Antes: 
Instituto Federal de Acceso a la Informació n Pública. 
Ahora: 
Instituto Federal de Acceso a la Informació n Pública y Protecció n de 
Datos. 
Mantiene su acró nimo:
Conceptos básicos
¿Que es un dato personal?
Datos Personales Sensibles 
Que afecten la esfera más intima de su titular y cuya utilizació n indebida pueda dar lugar a 
discriminació n.
¿Qué es dar tratamiento?
Definiciones importantes
Definiciones importantes
Bases de datos 
La ley busca proteger los datos contenidos 
en bases de datos. 
Clientes, proveedores, empleados.
Otras bases de datos: 
Ex empleados. 
Ex clientes. 
Ex proveedores. 
Proyectos futuros. 
E-mail marketing.
Cuatro aspectos básicos para entender y 
cumplir con la Ley
Derechos ARCO
Principios
Medidas de seguridad
Caso práctico 
Agencia españ ola. 
Imagen de menores en Internet y redes 
sociales. 
No sanció n.
Departamento de Protección de Datos
SANCIONES 
6 Infracciones GRAVES 
Infracció n Sanció n 
1. Actuar con negligencia o dolo en la 
tramitació n de solicitud ARCO 
Multa de $6,729.00 a $10,766,400 pesos. 
En caso de reincidencia reiterada, la multa 
adicional va de $6,729.00 a $21,532,800 
pesos. 
SMGV 2014: $67.29 (Área geográfica A) 
En caso de datos sensibles, se van al 
doble. 
2. Declarar dolosamente la inexistencia de 
datos personales 
3. Dar tratamiento a datos personales en 
violació n a los principios (licitud, 
consentimiento, informació n, calidad, 
finalidad, lealtad, proporcionalidad y 
responsabilidad)
SANCIONES 
6 Infracciones GRAVES 
Infracció n Sanció n 
4. Omitir cualquiera de los requisitos del 
aviso de privacidad, que refiere el artículo 
16. 
Multa de $6,729.00 a $10,766,400 pesos. 
En caso de reincidencia reiterada, la multa 
adicional va de $6,729.00 a $21,532,800 
pesos. 
SMGV 2014: $67.29 (Área geográfica A) 
En caso de datos sensibles, se van al 
doble. 
5. Mantener datos inexactos, cuando 
resulte imputable al responsable o no 
efectuar rectificaciones o cancelaciones 
6. No cumplir con el apercibimiento de 
delito no grave
SANCIONES 
11 Infracciones MUY GRAVES 
Infracció n Sanció n 
1. Incumplir el deber de confidencialidad. Multa de 13,458.00 a $21,532,800 
pesos. 
En caso de reincidencia reiterada, la 
multa adicional va de $6,729.00 a 
$21,532,800 pesos. 
SMGV 2014: $67.29 (Área geográfica A) 
En caso de datos sensibles, se van al 
doble. 
2. Cambiar la finalidad del tratamiento, 
sin consentimiento del titular, cuando el 
nuevo fin no sea compatible o análogo 
con los fines iniciales. 
3. Transferir datos a terceros sin 
comunicarles el aviso de privacidad que 
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sujetó la divulgació n de los mismos. 
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datos, cuando sea imputable al 
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SANCIONES 
11 Infracciones MUY GRAVES 
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Multa de 13,458.00 a $21,532,800 
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multa adicional va de $6,729.00 a 
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En caso de datos sensibles, se van al 
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7. Obstruir actos de verificació n 
de la autoridad 
8. Recabar datos en forma engañ osa o 
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datos, hecha por el titular o el Instituto 
10. Tratar los datos de manera que se 
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Derechos ARCO 
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sensibles, sin que se justifique su 
creació n, para finalidades 
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actividades o fines explícitos que 
persiga el responsable
Privacidad en la web. 
Casos prácticos en México. 
Caso sesiones psicoló gicas en Internet. 
Casos prácticos en Españ a 
Caso de uso de imagen de menor en redes sociales. 
Take contrlo of your personal data. 
http://www.youtube.com/watch?v=BgE4JpeDGR8
Algunas sanciones: 
Pharma Plus, S.A. de C.V. (Farmacias San Pablo). 
Sport City, S.A. de C.V. 
Médico. 
Caja Popular Cristo Rey, S.C. de R.L. de C.V. 
Banco Nacional de México, S.A. 
Universidades. 
Tarjetas Banamex. Entre otras.
Ejercicio 
1.Identifique un sitio web que recabe datos personales. 
2.Revise si cuenta o no con aviso de privacidad. 
3.Identifique el procedimiento para desahogar sus derechos 
ARCO. 
4.Ejercite sus derechos ARCO. 
5.El representante del grupo comentará su experiencia.
6. Términos y 
condiciones de uso de 
las plataformas 2.0.
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plataformas 2.0. 
Documento de té rminos y condiciones de uso. 
Aceptació n. 
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Linkedin. Esto incluye cualquier contenido, ideas, conceptos, 
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envíen a Linkedin, sin ningún tipo de consentimiento adicional 
previo aviso y/o compensació n alguna para ti o para terceros.
7. Social Computing Guidelines. 
Desarrollo de un protocolo legal y de privacidad en las 
empresas (Social Computing Guidelines SCG).
Riesgos (14.11.14): 
MÉ XICO, D.F. (proceso.com.mx).- Al igual que la marca de chocolates Crunch México, la cadena de 
pizzerías 59 Friends publicó desatinados comentarios en su cuenta de Twitter relacionados con la 
desaparició n de los 43 normalistas de Ayotzinapa. 
Uno de los mensajes publicados el sábado pasado desde la cuenta @50FriendsReforma decía: 
“#AccionGlobalporAyotzinapa ustedes esperan a sus hijos, nosotros esperamos llevar 
comida a los nuestros, dejen de cerrarnos negocios…” 
Luego apareció otro tuit: “Nuestro país vive momentos difíciles en lo que lo más 
conveniente es ser discreto e irse por la derecha o puedes terminar muerto”. 
El tercer mensaje dice: “Simple si los ‘estudiantes’ de Ayotzinapan (sic) hubiesen sido 
estudiantes ejemplares seguirían con vida y estudiando. Si te portas mal te va mal . 
“Si no pagas impuestos ni servicios y no respetas a las autoridades NO tienes 
derecho a pedir cuentas al Gobierno porque no cumples tu parte”, 
remata @50FriendsReforma. 
Ante las reacciones de indignació n y enojo en las redes sociales, Grupo 50 Friends ofreció a través 
de Facebook una disculpa y expresó su rechazo a los comentarios que se publicaron “sin autorizació n 
alguna desde la cuenta de la sucursal 50 Friends Reforma.” 
Agrega que los tuits publicados “lastiman a nuestra comunidad y ofrecemos una sincera disculpa 
porque salió de una plataforma con la marca institucional nuestra. Esas líneas de ninguna manera 
reflejan la postura oficial de la empresa, ni la de los socios, ni la de nuestra comunidad”.
Redes sociales 
La incorporació n de campañ as publicitarias en redes 
sociales. Community Managers. 
Informació n que se entrega a los empleados. 
Capacitació n constante / Rotació n del personal. 
Problemática que conlleva ésta actividad.
Dos vertientes 
Actividades preliminares a la 
implementació n del SCG. 
Políticas de uso de redes sociales.
Actividades preliminares 
•Registro de marcas, patentes y derechos de autor. 
•Registro de los nombres de la empresa en Internet. 
•Firma del “Non Disclosure Agreement” con el Community 
Manager. 
•Dejar en claro la titularidad de las cuentas en redes 
sociales. 
•Establecer procesos de fijació n, identificació n y 
preservació n de evidencia digital. 
•Sellos de confianza. 
•Capacitació n.
Capacitación 
 Ámbito legal en el uso de redes sociales. 
 Informarse y no ser reactivo en contra de los nuevos instrumentos. PI, 
comercio electró nico, delitos informáticos, Cloud Computing, nombres de 
dominio, etc. 
 Capacitarlo en cuanto al marco legal que regula su actividad. 
 Su actividad está regulada por legislació n general. 
 Conocer a detalle los términos y condiciones de uso de las plataformas que 
utiliza. 
 Especial cuidado en cuentas de “fans” o cuentas de Twitter. 
 Crear un sistema de control de lo que se publica. 
 Protecció n al consumidor.
Política de uso de las redes sociales 
Gestió n del cambio (Conciencia de lo publicado; revisió n 
de té rminos y condiciones de uso; pass words; apertura 
indiscriminada de objetos en la red). 
Propiedad Intelectual de la empresa y la de terceros. 
Protecció n de datos personales. 
Protecció n a informació n confidencial.
¡Gracias! 
@JorgeMolet 
http://www.linkedin.com/pub/jorge-molet/5/122/124 
molet.mx / prodato.mx / registro.mx 
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Módulo 4 Legislación interactiva en marketing digital. Jorge Molet (mejorada 2014)

  • 1. Diplomado Digital Marketing 2014 Escuela de Mercadotecnia Jorge Molet
  • 2. Módulo 4 Legislación Interactiva en Marketing Digital
  • 3. Agenda 1.Derechos de Autor y Propiedad Industrial en la red. 2.Herramientas para combatir la piratería en Internet. 3.Nombres de dominio. 4.Protección al consumidor en la red. 5.Delitos informáticos. 6.Aspectos que se deben considerar en materia de privacidad y protección de datos personales en la red. 7.Términos y condiciones de uso. 8.Aspectos legales de un social manager. 9.Aspectos en la red en materia de salud.
  • 4. Caso práctico antes de empezar Dave Carroll y su relación con Agradecimiento al Dr. Alfredo Reyes Krafft.
  • 5. Caso práctico antes de empezar Ante testigos, maltratan equipaje y rompen a Dave su guitarra marca Taylor de US$3,500. Se queja con las sobrecargos (3 sobrecargos) y le dicen: que hable con la responsable de afuera del avión. Ella le dice: que hable con la cuadrilla de apoyo en Omaha. Al llegar a Omaha no había cuadrilla. Un agente le dice que hable con el agente de United en Omaha. Llama y le dicen: que llame a las oficinas de United en Halifax (Nueva Escocia). Llama a Halifax y … lo redireccionan al centro de atención en la India. Ahí le dicen: que llame a la oficina de equipajes de United en Chicago.
  • 6. Caso práctico antes de empezar Llama a Chicago y le dicen: que vaya a las oficinas de Chicago para inspección de la guitarra. Les dice que está a 1,200 millas de Chicago. Y le dicen: que llame a las oficinas de NY. Llama a NY y … lo re direccionan a las oficinas de la India. La agente en la India le promete que lo contactarán desde Chicago. Recibe un email de un agente de Chicago diciendo que como no presentó la queja en las primeras 24 horas («para evitar fraudes»), no se puede hacer nada. Pide hablar con la supervisora y le dicen que el caso está cerrado. (7 meses transcurridos). Como protesta: http://www.youtube.com/watch?v=W2OlujL3_xo
  • 7.
  • 8. List of YouTube personalities From Wikipedia, the free encyclopedia Personalidades de YouTube son aquellas personas o grupos que han llegado a la fama por su aparición en videos en YouTube. Dave Carroll and band, Sons of Maxwell sonsofmaxwell Created three popular music videos, beginning with " United Breaks Guitars " in protest of Carroll's treatment at the hands of United Airlines which proved a public relations debacle for the airline. En enero de 2012, Carroll y "United Breaks Guitars" fueron presentados en el CBC / CNBC con el Documental: «Customer (Dis)Service.» Por la promoción que le hizo a la Empresa TAYLOR, fabricante de guitarras eléctricas, le ofrecieron a Dave no tener que volver a comprar otra guitarra en su vida…
  • 9.
  • 10. Derechos de Autor y Propiedad Industrial en la red
  • 12. ¿Qué es el derecho de autor? El Derecho de Autor es el reconocimiento que hace el Estado; A favor de todo creador; De obras literarias y artísticas a que se refiere la ley.
  • 13. ¿En qué momento se protege la obra? Art. 2. 2) del Convenio de Berna: “...queda reservada a las legislaciones de los países de la Unión la facultad de establecer que las obras literarias y artísticas o algunos de sus géneros no estarán protegidos mientras no hayan sido fijados en un soporte material.” Art. 5 LFDA: “La protección … se concede a las obras desde el momento en que hayan sido fijadas en un soporte material, independientemente del mérito (buena o mala), destino (meta u objetivo) o modo (manera o forma) de expresión.”
  • 14. Título de registro de obra Es un documento meramente declarativo, el cual por su expedició n, no otorga ningún derecho. En la red, esto significa que todos los contenidos publicados, se encuentran protegidos, estén registrados o no.
  • 15. ¿Las ideas se protegen? Art.14 fracció n I de la LFDA. “No son objeto de protección… Las ideas en sí mismas…” El derecho de autor protege creaciones formales y no las ideas.
  • 16. ¿Qué obras protege el Derecho de Autor? Obras originales (originarias o primigenias): Que pueden ser literarias, musicales, teatrales o dramáticas, artísticas, científicas y audiovisuales, incluyéndose también desde hace tiempo los programas de cómputo. Obras derivadas: Que pueden ser adaptaciones, traducciones, compilaciones, anotaciones y comentarios, resúmenes y extractos, arreglos musicales y otras transformaciones. Cualquiera que sea su modo de expresió n, aunque para su protecció n también deben ser originales, es decir, presentar originalidad o individualidad, susceptibles de ser divulgadas o reproducidas en cualquier forma o medio.
  • 17. Ramas de obras que protege el derecho de autor 1. Literaria; 2. Musical, con o sin letra; 3. Dramática; 4. Danza; 5. Pictó rica o de dibujo; 6. Escultó rica y de carácter plástico; 7. Caricatura e historieta; 8. Arquitectó nica; 9. Cinematográfica y demás obras audiovisuales; 10. Programas de radio y televisió n; 11. Programas de cómputo; 12. Fotográfica; 13. Obras de arte aplicado que incluyen el diseñ o gráfico o textil y XIV. De compilació n, integrada por las colecciones de obras, tales como las enciclopedias, las antologías, y de obras u otros elementos como las bases de datos, siempre que dichas colecciones, por su selecció n o la disposició n de su contenido o materias, constituyan una creació n intelectual. Las demás obras que por analogía puedan considerarse obras literarias o artísticas se incluirán en la rama que les sea más afín a su naturaleza.
  • 18. ¿Qué NO protege el derecho de autor? 1. Ideas, fó rmulas, soluciones, conceptos, métodos, sistemas, principios, descubrimientos, procesos e invenciones de cualquier tipo. 2. El aprovechamiento industrial o comercial de las ideas contenidas en las obras; 3. Los esquemas, planes o reglas para realizar actos mentales, juegos o negocios; 4. Las reproducciones o imitaciones, sin autorizació n, de escudos, banderas o emblemas de cualquier país, estado, municipio o divisió n política equivalente 5. Los textos legislativos, reglamentarios, administrativos o judiciales, así como sus traducciones oficiales; 6. El contenido informativo de las noticias, pero sí su forma de expresió n; y 7. La informació n de uso común tal como los refranes, dichos, leyendas, hechos, calendarios y las escalas métricas.
  • 19. Derechos de los creadores de contenidos Derechos Morales El derecho moral se considera unido al autor y es inalienable (no se puede enajenar o vender), imprescriptible (que no puede prescribir por el simple transcurso del tiempo), irrenunciable e inembargable (el derecho no pero sus frutos si). Divulgació n, paternidad de la obra, respeto, integridad, modificació n, y arrepentimiento. Derechos Patrimoniales En virtud del derecho patrimonial, corresponde al autor (y sus herederos en segundo lugar) el derecho de explotar de mantera exclusiva sus obras, o de autorizar a otros su explotació n (licencias), en cualquier forma (siempre acordada), dentro de los límites… de la ley y sin menoscabo de la titularidad de los derechos morales.
  • 20. ¿Cuál es la vigencia de los Derechos Patrimoniales? (1) Convenció n de Berna.- “La protección concedida por el presente Convenio se extenderá durante la vida del autor y cincuenta años después de su muerte.”
  • 21. Vigencia del derecho patrimonial
  • 22. ¿Quienes recaban las regalías? 1. Sociedad de Autores y Compositores de Mé xico, S.G.C. de I.P. 2. Sociedad General de Escritores de Mé xico, S.G.C. de I.P. 3. Sociedad Mexicana de Autores de las Artes Plásticas, S.G.C. de I.P. 4. Sociedad Mexicana de Directores Realizadores de Obras Audiovisuales,S.G.C. de I.P. 5. Sociedad Mexicana de Coreó grafos, S.G.C. de I.P. 6. Centro Mexicano de Protecció n y Fomento de los Derechos de Autor, S.G.C. de I.P. 7. EJE” Ejecutantes, S.G.C. de I.P 8. Sociedad Mexicana de Autores de Obras Fotográficas, S.G.C. de I.P.P. 9. Sociedad Mexicana de Productores de Fonogramas, Videogramas y Multimedia, S.G.C. de I.P. 10. Unió n Iberoamericana de Humoristas Gráficos, S.G.C. de I.P. 11. Sociedad Mexicana de Ejecutantes de Música, S.G.C. de I.P 12. Asociació n Nacional de Inté rpretes, S.G.C. de I.P. 13. Sociedad de Autores de Obras Visuales Imagen del Tercer Milenio, S.G.C. de I.P. 14. Sociedad de Argumentistas y Guionistas de Cine, Radio y Televisió n, S.G.C. de I.P.
  • 23. SGC en lo digital. EMMAC-SACM
  • 24. SGC en lo digital. EMMAC-SACM
  • 26. Sanciones Artículo 231. Constituyen infracciones en materia de comercio las siguientes conductas cuando sean realizadas con fines de lucro directo o indirecto: I.Comunicar o utilizar públicamente una obra protegida por cualquier medio, y de cualquier forma sin la autorizació n previa y expresa del autor, de sus legítimos herederos o del titular del derecho patrimonial de autor (Sanció n de $336,450 a $2,691,600 pesos. Con base en el SMGV 2014 en $67.29). II.Utilizar la imagen de una persona sin su autorizació n o la de sus causahabientes (Sanció n de $67,290 a $339,450 pesos. Con base en el SMGV 2014 en $67.29).
  • 28. Figuras protegidas Patentes (20 añ os) Modelos de Utilidad (10 añ os) Diseñ os Industriales (15 añ os) Modelos Industriales (15 añ os)
  • 29. Otras figuras protegidas Variedades Vegetales Diseñ os de Circuitos Integrados Secretos Industriales
  • 30. Signos Distintivos Marcas Nombres Comerciales Avisos Comerciales Denominaciones de origen 30
  • 31. Concepto de Marca Signo de que se valen los industriales, comerciantes y prestadores de servicios para diferenciar sus mercancías o servicios de los de sus competidores. 31
  • 32. Concepto Legal de Marca Todo signo visible que distinga productos o servicios de otros de su misma especie o clase en el mercado (Art. 88 de la Ley de la Propiedad Industrial [LPI]). 32
  • 33. Caracteres Esenciales de la Marca La marca debe ser distintiva La marca debe ser especial La marca debe ser novedosa La marca debe ser lícita La marca debe ser veraz 33
  • 34. Marcas NOMINATIVAS VENASTAT EVENFLO ATLAS COPCO INFLAMMIDE CHICCO PELIKAN TOP COMFORT 34
  • 37. Marcas MIXTAS Nominativas y diseñ o: 37
  • 38. Marcas MIXTAS 38 Nominativas y tridimensionales
  • 39. Clasificador de Niza 34 clases de productos 10 clases de servicios Arreglo de Niza relativo a la Clasificació n de Productos y Servicios para el Registro de Marcas, de 15 de junio de 1957, adoptado extraoficialmente por México en Noviembre de 1989 y en forma oficial en septiembre de 2002.
  • 41. Procedimiento para registrar marcas Ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI, Oficina de Marcas o el Instituto) Oficinas Regionales del IMPI La autoridad resuelve entre 6 y 8 meses. Otorga título o niega solicitud. 41
  • 42. Nombre Comercial • El nombre comercial de una empresa o establecimiento industrial, comercial o de servicios y el derecho a su uso exclusivo estarán protegidos, sin necesidad de registro. La protecció n abarcará la zona geográfica de la clientela efectiva de la empresa o establecimiento al que se aplique el nombre comercial y se extenderá a toda la República si existe difusió n masiva y constante a nivel nacional del mismo. (Art. 105 LPI) 42
  • 43. Aviso Comercial • Se considera aviso comercial a las frases u oraciones que tengan por objeto anunciar al público, establecimientos o negociaciones comerciales, industriales o de servicios, productos o servicios para distinguirlos de los de su especie (Art. 100 LPI) • El derecho exclusivo para usar un aviso comercial se obtiene mediante su registro ante el Instituto (Art. 99 LPI) 43
  • 44. Aviso Comercial A que no puedes comer só lo una. Soy totalmente Palacio. Los envases Tetra Brik mantienen bueno lo bueno. El poder de la confianza. 44
  • 45. Derechos de los creadores de contenidos. Protecció n de éstos derechos en Internet (Notice & Take Down y Digital Rights Managements). Digital Millenium Copyright Act. Como funciona. Mecanismo. Buenas prácticas en redes sociales fuera de EEUU. Situació n en México. Alianza Trans Pacífico (TTP). ACTA. Digital Rights Managements.
  • 46. Derechos de los creadores de contenidos. Problemática de blogs y redes sociales. Redes Sociales Uso de nombres no protegidos aún Usurpació n de personalidad Phishing Comercializació n de productos sin licencia. Blogs Venta de productos no es libertad de expresió n.
  • 47. Derechos de los creadores de contenidos. Casos prácticos en México. Caso Telefó nica (Venta de productos sitios y dominios). Caso pambolero.com. Youtube Tres Stikes. Marcas como nombres de domino. Venta ilegal de productos. Luis Vouitton en E-bay. Marcas en aplicaciones y en sitios web. Uso de imágenes en Internet. Caso gingle “cielito lindo”.
  • 48. Ejercicio: La empresa farmacéutica Boeringher quiere lanzar un comercial para un nuevo multivitamínico que ayuda a las personas mayores. La extensió n del comercial es de 20 segundos, para difundirse en televisió n y radio, con música de alto impacto (Uso de un gingle de música famosa) e imágenes de famosos escritores. Usted es dueñ o de la empresa productora. Señ ale los diferentes actores necesarios en la producció n del comercial y losaspectos legales relacionados con propiedad intelectual que deberá tomar en consideració n.
  • 49. 3. Nombres de Dominio
  • 50. Nombres de dominio. Naturaleza. Según el documento RFC (Request for Comments) 1591, emitido por el IANA en marzo de 1994, se define que los nombres de dominio no pueden ser considerados como marcas: “The registration of a domain name does not have any Trademark status. It is up to the requestor to be sure he is not violating anyone else´s Trademark.” “El registro de un nombre de dominio no tiene el estatus de una marca. Le corresponde al solicitante asegurarse de no violar la marca de un tercero”
  • 51. Nombres de dominio. En el informe del Comité Permanente sobre el Derecho de Marcas, Dibujos y Modelos Industriales e Indicaciones Geográficas de la OMPI, en su estudio relativo a la utilizació n de marcas en Internet del 10 de mayo de 1999, se señ ala en su pagina 10, último párrafo lo siguiente: “La funció n primaria de un nombre de dominio es identificar un ordenador y no a individuos, empresas, productos o servicios particulares”.
  • 52. Nombres de dominio. En el informe del Comité Permanente sobre el Derecho de Marcas, Dibujos y Modelos Industriales e Indicaciones Geográficas de la OMPI, en su recomendació n conjunta relativa a las disposiciones sobre protecció n de marcas notoriamente conocidas de noviembre de 1999, se define a un nombre de dominio como: “Una seria alfanumé rica que corresponda a una direcció n numé rica en Internet”.
  • 53. Nombres de dominio. De acuerdo a la misma Organizació n Mundial de la Propiedad Intelectual, en su informe de Comercio Electró nico y Propiedad Intelectual, emitido en mayo 2000, se define a un nombre de dominio como: “Los nombres de dominio son una forma simple de direcció n de Internet diseñ ados para permitir a los usuarios localizar de una manera fácil sitios de Internet.”
  • 54. Nombres de dominio. ¿Cuál fue la intenció n de los nombres de dominio a mediados de la dé cada de los 80? - Desempeñ ar una funció n técnica de traducció n de nombres a números. - Que fuera conveniente, amigable y fácil de recordar para los usuarios de Internet. - Proveer un esquema de direccionamiento a las computadoras, sin la necesidad de recordar las direcciones de IP. Realidad: - Se cumplió la intenció n inicial de crear un sistema de direccionamiento amigable para los usuarios de Internet. - Por esta razó n, los nombres de dominio han adquirido la característica de identificar negocios, servicios, ideas, grupos o personas.
  • 55. Nombres de dominio. Algunos ejemplos: http://www.molet.mx http://www.cocacola.com.mx/home.asp http://www.monterrey.gob.mx/cabildo/c abildo.htm http://www.telefonica.net http://www.canal14.tv
  • 56. ¿Que es un nombre de dominio? Cómo se forma un nombre de dominio? .presidencia.gob.mx www mail Clasificación o giro Código territorial o genérico (TLD) Identificador de la empresa, organización o persona (nombre de dominio) Aplicaciones servicios Nivel superior Nivel secundario
  • 57. Nombres de dominio Có digos Genéricos (gTLD). Genéricos abiertos (1984 y 2001): .com .net .org .info .name… http://en.wikipedia.org/wiki/List_of_Internet_top-level_domains Genéricos restringidos (1984, 2001, 2006): .int .gov .edu .mil .asia .cat .xxx Nuevos genéricos: .green .rome. Berlin .nyc .africa .sport .music .food .app .amazon .google .ibero .ibm http://newgtlds.icann.org/es/announcements-and-media/ video/overview-es
  • 58. Nombres de dominio Có digos Territoriales (ccTLD). Con un enfoque primordialmente a la comunidad local: .ar .br .fr .jp .hn .mx .uk .us .pr .jm .it +200 Con un enfoque primordialmente a la comunicada global: .as .co .cc .la .md .nu .sr .to .tv .et .cm http://www.iana.org/domains/root/db
  • 59. Nombres de dominio. Administració n internacional. La Corporació n de Internet para la Asignació n de Nombres y Números (en inglés: Internet Corporation for Assigned Names and Numbers; ICANN) es una organizació n sin fines de lucro creada el 18 de septiembre de 1998 con objeto de encargarse de cierto número de tareas realizadas con anterioridad a esa fecha por otra organizació n, la IANA (Internet Assigned Numbers Authority). Su sede radica en California y está sujeta a las leyes de dicho Estado.
  • 60. Nombres de dominio. Administració n nacional. NIC México (Network Information Center México) o NIC.MX es la organizacion responsable de Administrar el có digo territorial (Country Code Top Level Domain - ccTLD) .MX.
  • 61. Nombres de dominio. Disputas de nombres de dominio. Proceso de compra: Registry, Registrar, Registrant. Whois. Contactos.
  • 62. Whois Base de datos Whois: Generales Registrar Dueño titular Administra Cambios DNS Pagos
  • 63. Nombres de dominio. Disputas de nombres de dominio. El Titular (Registrante) y los Contactos conocen y aceptan: Que tienen capacidad y personalidad jurídica. Que el(los) Nombre(s) de Dominio que se pretenda(n) o llegue(n) a registrar: Cumple(n) con las Políticas. No violan directa o indirectamente derechos de un tercero. Se solicita para fines lícitos. Que cumplen con todos los requisitos para registrar y/o usar el o los Nombres de Dominio registrados. Que las declaraciones que han efectuado en el procedimiento para el registro del o de los Nombre(s) de Dominio son ciertas, exactas y completas, así mismo acepta la obligació n de actualizarla.
  • 64. Nombres de dominio. Disputas de nombres de dominio. - Que asume la responsabilidad de mantener la confidencialidad de la contraseñ a, por lo que el Registrante será responsable por el uso que se haga de la misma. - Que no adquieren derechos de marcas registradas y que es responsabilidad del Titular del Nombre de Dominio asegurarse que no está violando ningún derecho de propiedad intelectual. - Que el Titular es el responsable del registro y del uso que se le dé a un Nombre de Dominio, haciéndose responsable no só lo de sus propios actos sino de los de sus dependientes, agentes, familiares o terceros. - Que el Registrar y el Registry .MX simplemente están administrando el espacio de Nombres de Dominio. - Se somete a la política en caso de disputa.
  • 65. Nombres de dominio. Disputas de nombres de dominio. ICANN creo la: Política uniforme de solució n de controversias en materia de nombres de dominio Reglamento de la Política uniforme de solució n de controversias en materia de nombres de dominio NIC creo la: Políticas de solució n de controversias en materia de nombres de dominio para .MX (LDRP) Reglamento de solució n de controversias
  • 66. Nombres de dominio. Disputas de nombres de dominio. Organismos de resolució n de controversias.
  • 67. Nombres de dominio. Disputas de nombres de dominio. Procedimiento.
  • 68. Nombres en Internet Sub dominios en blogs y redes sociales.
  • 69. Nombres de dominio. Casos prácticos de dominios en México .MX. Caso 7eleven.com.mx. Caso tiendarayados.com. Caso bancowalmart.com. Caso splenda.com. Caso pumasunam.com.mx http://www.wipo.int/amc/en/domains/search/text.jsp? case=DMX2011-0016
  • 71. Legislación en México. Protecció n al consumidor y SPAM. - Ley Federal de protecció n al Consumidor. Deberes del proveedor: - Confidencialidad de la informació n del consumidor. - Utilizar herramientas técnicas para brindar seguridad y confidencialidad. - Proporcionar previo a cualquier transacció n su domicilio y teléfono. - Evitar prácticas comerciales engañ osas. - Proporcionar informació n sobre términos, costos, cargos adicionales, y demás informació n de lo que se ofrece. - Respetar pedidos y no recibir avisos comerciales (SPAM). - Estrategias de venta claras y con suficiente informació n (SPAM).
  • 72. Legislación en México. Regulació n jurídica del SPAM. Multas de hasta 2 millones. Lista Robinson.
  • 73. Legislación en México. Delitos informáticos. Definició n de có digos maliciosos Programas de cómputo diseñ ados para hacer que los equipos de cómputo (mó viles y fijos) realicen procesos o acciones distintas a las que fueron programados originalmente sin el consentimiento del usuario. Objetivos de ataque a.Ataque a sistemas de archivos b.Ataque a sistemas operativos c.Ataque a sistemas de procesamiento d.Ataque a sistemas de comunicació n e.Ataque a sistemas de almacenamiento f.Ataque a extensiones de archivo específicas g.Ataque a aplicaciones específicas.
  • 74. Legislación mexicana Fuente: MTI. Oscar Lira. PGR.
  • 75. 5. Privacidad en la web. Protección de datos
  • 76. “El respeto al dato ajeno, es la paz”
  • 77. Marco legal internacional. Directiva 95/46/CE 24 de octubre de 1995 Sectorial
  • 78. Privacidad en la web. Resolució n de Madrid. 5 de noviembre de 2009. Estándares Internacionales para la protecció n de la Privacidad, en relació n con el Tratamiento de Datos de carácter personal
  • 79. Privacidad en la web. Marco legal de la protecció n de datos en México.
  • 83. PUBLICACIÓN DE LA LEY LEY FEDERAL DE PROTÉ CCIÓN DE DATOS PERSONALES EN POSESIÓN DE PARTICULARES Publicació n: 5 de julio de 2010. Reglamento: 21 de diciembre de 2011
  • 84. Autoridad Competente: Antes: Instituto Federal de Acceso a la Informació n Pública. Ahora: Instituto Federal de Acceso a la Informació n Pública y Protecció n de Datos. Mantiene su acró nimo:
  • 86. ¿Que es un dato personal?
  • 87. Datos Personales Sensibles Que afecten la esfera más intima de su titular y cuya utilizació n indebida pueda dar lugar a discriminació n.
  • 88. ¿Qué es dar tratamiento?
  • 91. Bases de datos La ley busca proteger los datos contenidos en bases de datos. Clientes, proveedores, empleados.
  • 92. Otras bases de datos: Ex empleados. Ex clientes. Ex proveedores. Proyectos futuros. E-mail marketing.
  • 93. Cuatro aspectos básicos para entender y cumplir con la Ley
  • 96.
  • 98. Caso práctico Agencia españ ola. Imagen de menores en Internet y redes sociales. No sanció n.
  • 100. SANCIONES 6 Infracciones GRAVES Infracció n Sanció n 1. Actuar con negligencia o dolo en la tramitació n de solicitud ARCO Multa de $6,729.00 a $10,766,400 pesos. En caso de reincidencia reiterada, la multa adicional va de $6,729.00 a $21,532,800 pesos. SMGV 2014: $67.29 (Área geográfica A) En caso de datos sensibles, se van al doble. 2. Declarar dolosamente la inexistencia de datos personales 3. Dar tratamiento a datos personales en violació n a los principios (licitud, consentimiento, informació n, calidad, finalidad, lealtad, proporcionalidad y responsabilidad)
  • 101. SANCIONES 6 Infracciones GRAVES Infracció n Sanció n 4. Omitir cualquiera de los requisitos del aviso de privacidad, que refiere el artículo 16. Multa de $6,729.00 a $10,766,400 pesos. En caso de reincidencia reiterada, la multa adicional va de $6,729.00 a $21,532,800 pesos. SMGV 2014: $67.29 (Área geográfica A) En caso de datos sensibles, se van al doble. 5. Mantener datos inexactos, cuando resulte imputable al responsable o no efectuar rectificaciones o cancelaciones 6. No cumplir con el apercibimiento de delito no grave
  • 102. SANCIONES 11 Infracciones MUY GRAVES Infracció n Sanció n 1. Incumplir el deber de confidencialidad. Multa de 13,458.00 a $21,532,800 pesos. En caso de reincidencia reiterada, la multa adicional va de $6,729.00 a $21,532,800 pesos. SMGV 2014: $67.29 (Área geográfica A) En caso de datos sensibles, se van al doble. 2. Cambiar la finalidad del tratamiento, sin consentimiento del titular, cuando el nuevo fin no sea compatible o análogo con los fines iniciales. 3. Transferir datos a terceros sin comunicarles el aviso de privacidad que contiene las limitaciones a que el titular sujetó la divulgació n de los mismos. 4. Vulnerar la seguridad de bases de datos, cuando sea imputable al responsable 5. Transferir o ceder datos, fuera de lo establecido por la ley
  • 103. SANCIONES 11 Infracciones MUY GRAVES Infracció n Sanció n 6. Transferir datos sin consentimiento expreso del titular, cuando así proceda. Multa de 13,458.00 a $21,532,800 pesos. En caso de reincidencia reiterada, la multa adicional va de $6,729.00 a $21,532,800 pesos. SMGV 2014: $67.29 (Área geográfica A) En caso de datos sensibles, se van al doble. 7. Obstruir actos de verificació n de la autoridad 8. Recabar datos en forma engañ osa o fraudulenta 9. No acatar solicitudes de no uso de los datos, hecha por el titular o el Instituto 10. Tratar los datos de manera que se afecte o impida el ejercicio de los Derechos ARCO 11. Crear bases de datos sensibles, sin que se justifique su creació n, para finalidades legítimas, concretas y acorde a las actividades o fines explícitos que persiga el responsable
  • 104.
  • 105. Privacidad en la web. Casos prácticos en México. Caso sesiones psicoló gicas en Internet. Casos prácticos en Españ a Caso de uso de imagen de menor en redes sociales. Take contrlo of your personal data. http://www.youtube.com/watch?v=BgE4JpeDGR8
  • 106. Algunas sanciones: Pharma Plus, S.A. de C.V. (Farmacias San Pablo). Sport City, S.A. de C.V. Médico. Caja Popular Cristo Rey, S.C. de R.L. de C.V. Banco Nacional de México, S.A. Universidades. Tarjetas Banamex. Entre otras.
  • 107. Ejercicio 1.Identifique un sitio web que recabe datos personales. 2.Revise si cuenta o no con aviso de privacidad. 3.Identifique el procedimiento para desahogar sus derechos ARCO. 4.Ejercite sus derechos ARCO. 5.El representante del grupo comentará su experiencia.
  • 108. 6. Términos y condiciones de uso de las plataformas 2.0.
  • 109. Términos y condiciones de uso de las plataformas 2.0. Documento de té rminos y condiciones de uso. Aceptació n. Licencia y autorizaciones. Reglas para el uso del sitio. Aspectos de propiedad intelectual. Propiedad de contenidos y licenciamiento. Garantías de productos o servicios. Limitació n a la responsabilidad en el uso del sitio. Venta a menores. Modificació n al sitio y al contrato. Cesió n de derechos, indemnizaciones y terminació n. Legislació n aplicable.
  • 110. Términos y condiciones de uso de las plataformas 2.0. Redes sociales. Todas contienen un procedimiento Notice & Take Down. Todas se regulan por la legislació n en Estados Unidos.
  • 111. Términos y condiciones de uso de las plataformas 2.0. Google Adwords.
  • 112. Términos y condiciones de uso de las plataformas 2.0. Mundos virtuales.
  • 113. Términos y condiciones de uso de las plataformas 2.0. (Facebook) Tú eres dueñ o de todo el contenido y la informació n que publicas en Facebook, y puedes controlar como se comparte a través de la configuració n de la privacidad y las aplicaciones. Además: Para el contenido protegido por derechos de propiedad intelectual, como fotografía y videos (contenido de PI), concedes específicamente lo siguiente: una licencia mundial no exclusiva, transferible, sub licenciable, libre de regalías, para utilizar cualquier contenido de PI que publiques en Facebook (licencia de PI). Esta licencia de PI finaliza cuando eliminas el contenido de PI o tu cuenta, a menos que tu contenido se ha compartido con otras personas, y estas no lo hayan eliminado.
  • 114. Términos y condiciones de uso de las plataformas 2.0. Twitter Tu conservas los derechos de cualquier contenido que envíes o publiques o muestres a través de Twitter; Al enviar, publicar o mostrar contenido en o a través de Twitter, le concedes una licencia mundial, no exclusiva, libre de regalías (con derecho a sublicenciar) para usar, copiar, reproducir, procesar, adaptar, modificar, publicar, transmitir, mostrar y distribuir dicho contenido en todos los medios o métodos de distribució n (conocidos ahora o que sean desarrollados en un futuro)
  • 115. Términos y condiciones de uso de las plataformas 2.0. Linkedin Concedes a Linkedin una licencia no exclusiva, irrevocable, mundial, perpetua, ilimitada, transferible, transmisible y totalmente pagada y libre de regalías para que Linkedin copie, prepare trabajos derivados, mejore, distribuya, publique, elimine, retenga, añ ada, procese, analice, utilice y comercialice, en cualquier forma conocida ahora o en el futuro, cualquier informació n que tu proporciones, directa o indirectamente a Linkedin. Esto incluye cualquier contenido, ideas, conceptos, técnicas o datos de los servicios generados por usuarios que envíen a Linkedin, sin ningún tipo de consentimiento adicional previo aviso y/o compensació n alguna para ti o para terceros.
  • 116. 7. Social Computing Guidelines. Desarrollo de un protocolo legal y de privacidad en las empresas (Social Computing Guidelines SCG).
  • 117. Riesgos (14.11.14): MÉ XICO, D.F. (proceso.com.mx).- Al igual que la marca de chocolates Crunch México, la cadena de pizzerías 59 Friends publicó desatinados comentarios en su cuenta de Twitter relacionados con la desaparició n de los 43 normalistas de Ayotzinapa. Uno de los mensajes publicados el sábado pasado desde la cuenta @50FriendsReforma decía: “#AccionGlobalporAyotzinapa ustedes esperan a sus hijos, nosotros esperamos llevar comida a los nuestros, dejen de cerrarnos negocios…” Luego apareció otro tuit: “Nuestro país vive momentos difíciles en lo que lo más conveniente es ser discreto e irse por la derecha o puedes terminar muerto”. El tercer mensaje dice: “Simple si los ‘estudiantes’ de Ayotzinapan (sic) hubiesen sido estudiantes ejemplares seguirían con vida y estudiando. Si te portas mal te va mal . “Si no pagas impuestos ni servicios y no respetas a las autoridades NO tienes derecho a pedir cuentas al Gobierno porque no cumples tu parte”, remata @50FriendsReforma. Ante las reacciones de indignació n y enojo en las redes sociales, Grupo 50 Friends ofreció a través de Facebook una disculpa y expresó su rechazo a los comentarios que se publicaron “sin autorizació n alguna desde la cuenta de la sucursal 50 Friends Reforma.” Agrega que los tuits publicados “lastiman a nuestra comunidad y ofrecemos una sincera disculpa porque salió de una plataforma con la marca institucional nuestra. Esas líneas de ninguna manera reflejan la postura oficial de la empresa, ni la de los socios, ni la de nuestra comunidad”.
  • 118. Redes sociales La incorporació n de campañ as publicitarias en redes sociales. Community Managers. Informació n que se entrega a los empleados. Capacitació n constante / Rotació n del personal. Problemática que conlleva ésta actividad.
  • 119. Dos vertientes Actividades preliminares a la implementació n del SCG. Políticas de uso de redes sociales.
  • 120. Actividades preliminares •Registro de marcas, patentes y derechos de autor. •Registro de los nombres de la empresa en Internet. •Firma del “Non Disclosure Agreement” con el Community Manager. •Dejar en claro la titularidad de las cuentas en redes sociales. •Establecer procesos de fijació n, identificació n y preservació n de evidencia digital. •Sellos de confianza. •Capacitació n.
  • 121. Capacitación  Ámbito legal en el uso de redes sociales.  Informarse y no ser reactivo en contra de los nuevos instrumentos. PI, comercio electró nico, delitos informáticos, Cloud Computing, nombres de dominio, etc.  Capacitarlo en cuanto al marco legal que regula su actividad.  Su actividad está regulada por legislació n general.  Conocer a detalle los términos y condiciones de uso de las plataformas que utiliza.  Especial cuidado en cuentas de “fans” o cuentas de Twitter.  Crear un sistema de control de lo que se publica.  Protecció n al consumidor.
  • 122. Política de uso de las redes sociales Gestió n del cambio (Conciencia de lo publicado; revisió n de té rminos y condiciones de uso; pass words; apertura indiscriminada de objetos en la red). Propiedad Intelectual de la empresa y la de terceros. Protecció n de datos personales. Protecció n a informació n confidencial.
  • 123. ¡Gracias! @JorgeMolet http://www.linkedin.com/pub/jorge-molet/5/122/124 molet.mx / prodato.mx / registro.mx jmolet@molet.mx