3. Agenda
1.Derechos de Autor y Propiedad Industrial en la red.
2.Herramientas para combatir la piratería en Internet.
3.Nombres de dominio.
4.Protección al consumidor en la red.
5.Delitos informáticos.
6.Aspectos que se deben considerar en materia de privacidad y protección
de datos personales en la red.
7.Términos y condiciones de uso.
8.Aspectos legales de un social manager.
9.Aspectos en la red en materia de salud.
4. Caso práctico antes de empezar
Dave Carroll y su relación con
Agradecimiento al Dr. Alfredo Reyes Krafft.
5. Caso práctico antes de empezar
Ante testigos, maltratan equipaje y rompen a Dave su guitarra
marca Taylor de US$3,500.
Se queja con las sobrecargos (3 sobrecargos) y le dicen: que
hable con la responsable de afuera del avión.
Ella le dice: que hable con la cuadrilla de apoyo en Omaha. Al llegar
a Omaha no había cuadrilla.
Un agente le dice que hable con el agente de United en Omaha.
Llama y le dicen: que llame a las oficinas de United en Halifax
(Nueva Escocia).
Llama a Halifax y … lo redireccionan al centro de atención en la
India.
Ahí le dicen: que llame a la oficina de equipajes de United en
Chicago.
6. Caso práctico antes de empezar
Llama a Chicago y le dicen: que vaya a las oficinas de Chicago
para inspección de la guitarra. Les dice que está a 1,200 millas de
Chicago.
Y le dicen: que llame a las oficinas de NY. Llama a NY y … lo re
direccionan a las oficinas de la India. La agente en la India le
promete que lo contactarán desde Chicago.
Recibe un email de un agente de Chicago diciendo que como no
presentó la queja en las primeras 24 horas («para evitar fraudes»),
no se puede hacer nada. Pide hablar con la supervisora y le dicen
que el caso está cerrado. (7 meses transcurridos).
Como protesta: http://www.youtube.com/watch?v=W2OlujL3_xo
7.
8. List of YouTube personalities
From Wikipedia, the free encyclopedia
Personalidades de YouTube son aquellas personas o grupos que han llegado a la
fama por su aparición en videos en YouTube.
Dave Carroll
and band,
Sons of Maxwell
sonsofmaxwell
Created three popular
music videos,
beginning with "
United Breaks Guitars
" in protest of Carroll's
treatment at the
hands of
United Airlines which
proved a public
relations debacle for
the airline.
En enero de 2012,
Carroll y "United
Breaks Guitars"
fueron presentados
en el CBC / CNBC
con el Documental:
«Customer
(Dis)Service.»
Por la promoción que le hizo a la
Empresa TAYLOR, fabricante de
guitarras eléctricas, le ofrecieron a
Dave no tener que volver a comprar
otra guitarra en su vida…
12. ¿Qué es el derecho de autor?
El Derecho de Autor es el reconocimiento que hace
el Estado;
A favor de todo creador;
De obras literarias y artísticas a que se refiere la ley.
13. ¿En qué momento se protege la obra?
Art. 2. 2) del Convenio de Berna: “...queda reservada a las
legislaciones de los países de la Unión la facultad de
establecer que las obras literarias y artísticas o algunos de
sus géneros no estarán protegidos mientras no hayan sido
fijados en un soporte material.”
Art. 5 LFDA: “La protección … se concede a las obras
desde el momento en que hayan sido fijadas en un
soporte material, independientemente del mérito (buena
o mala), destino (meta u objetivo) o modo (manera o forma)
de expresión.”
14. Título de registro de obra
Es un documento meramente declarativo, el cual
por su expedició n, no otorga ningún derecho.
En la red, esto significa que todos los contenidos
publicados, se encuentran protegidos, estén
registrados o no.
15. ¿Las ideas se protegen?
Art.14 fracció n I de la LFDA. “No son objeto de
protección… Las ideas en sí mismas…”
El derecho de autor protege creaciones formales y no las
ideas.
16. ¿Qué obras protege el Derecho de Autor?
Obras originales (originarias o primigenias): Que pueden ser
literarias, musicales, teatrales o dramáticas, artísticas, científicas
y audiovisuales, incluyéndose también desde hace tiempo los
programas de cómputo.
Obras derivadas: Que pueden ser adaptaciones, traducciones,
compilaciones, anotaciones y comentarios, resúmenes y
extractos, arreglos musicales y otras transformaciones.
Cualquiera que sea su modo de expresió n, aunque para su
protecció n también deben ser originales, es decir, presentar
originalidad o individualidad, susceptibles de ser
divulgadas o reproducidas en cualquier forma o medio.
17. Ramas de obras que protege el derecho de autor
1. Literaria;
2. Musical, con o sin letra;
3. Dramática;
4. Danza;
5. Pictó rica o de dibujo;
6. Escultó rica y de carácter plástico;
7. Caricatura e historieta;
8. Arquitectó nica;
9. Cinematográfica y demás obras
audiovisuales;
10. Programas de radio y televisió n;
11. Programas de cómputo;
12. Fotográfica;
13. Obras de arte aplicado que
incluyen el diseñ o gráfico o textil y
XIV. De compilació n, integrada por las
colecciones de obras, tales como las
enciclopedias, las antologías, y de
obras u otros elementos como las
bases de datos, siempre que dichas
colecciones, por su selecció n o la
disposició n de su contenido o
materias, constituyan una creació n
intelectual.
Las demás obras que por analogía
puedan considerarse obras literarias o
artísticas se incluirán en la rama que
les sea más afín a su naturaleza.
18. ¿Qué NO protege el derecho de autor?
1. Ideas, fó rmulas, soluciones,
conceptos, métodos, sistemas,
principios, descubrimientos,
procesos e invenciones de
cualquier tipo.
2. El aprovechamiento industrial o
comercial de las ideas contenidas
en las obras;
3. Los esquemas, planes o reglas
para realizar actos mentales,
juegos o negocios;
4. Las reproducciones o imitaciones,
sin autorizació n, de escudos,
banderas o emblemas de cualquier
país, estado, municipio o divisió n
política equivalente
5. Los textos legislativos,
reglamentarios, administrativos o
judiciales, así como sus
traducciones oficiales;
6. El contenido informativo de las
noticias, pero sí su forma de
expresió n; y
7. La informació n de uso común tal
como los refranes, dichos,
leyendas, hechos, calendarios y las
escalas métricas.
19. Derechos de los creadores de
contenidos
Derechos Morales
El derecho moral se considera unido al
autor y es inalienable (no se puede
enajenar o vender), imprescriptible
(que no puede prescribir por el simple
transcurso del tiempo), irrenunciable e
inembargable (el derecho no pero sus
frutos si).
Divulgació n, paternidad de la obra,
respeto, integridad, modificació n, y
arrepentimiento.
Derechos Patrimoniales
En virtud del derecho patrimonial,
corresponde al autor (y sus herederos
en segundo lugar) el derecho de
explotar de mantera exclusiva sus
obras, o de autorizar a otros su
explotació n (licencias), en cualquier
forma (siempre acordada), dentro de
los límites… de la ley y sin menoscabo
de la titularidad de los derechos
morales.
20. ¿Cuál es la vigencia de los Derechos Patrimoniales? (1)
Convenció n de Berna.- “La protección
concedida por el presente Convenio se extenderá
durante la vida del autor y cincuenta años
después de su muerte.”
22. ¿Quienes recaban las regalías?
1. Sociedad de Autores y Compositores de Mé xico, S.G.C. de I.P.
2. Sociedad General de Escritores de Mé xico, S.G.C. de I.P.
3. Sociedad Mexicana de Autores de las Artes Plásticas, S.G.C. de I.P.
4. Sociedad Mexicana de Directores Realizadores de Obras Audiovisuales,S.G.C. de I.P.
5. Sociedad Mexicana de Coreó grafos, S.G.C. de I.P.
6. Centro Mexicano de Protecció n y Fomento de los Derechos de Autor, S.G.C. de I.P.
7. EJE” Ejecutantes, S.G.C. de I.P
8. Sociedad Mexicana de Autores de Obras Fotográficas, S.G.C. de I.P.P.
9. Sociedad Mexicana de Productores de Fonogramas, Videogramas y Multimedia, S.G.C. de I.P.
10. Unió n Iberoamericana de Humoristas Gráficos, S.G.C. de I.P.
11. Sociedad Mexicana de Ejecutantes de Música, S.G.C. de I.P
12. Asociació n Nacional de Inté rpretes, S.G.C. de I.P.
13. Sociedad de Autores de Obras Visuales Imagen del Tercer Milenio, S.G.C. de I.P.
14. Sociedad de Argumentistas y Guionistas de Cine, Radio y Televisió n, S.G.C. de I.P.
26. Sanciones
Artículo 231. Constituyen infracciones en materia de comercio las
siguientes conductas cuando sean realizadas con fines de lucro directo o
indirecto:
I.Comunicar o utilizar públicamente una obra protegida por cualquier medio,
y de cualquier forma sin la autorizació n previa y expresa del autor, de sus
legítimos herederos o del titular del derecho patrimonial de autor (Sanció n
de $336,450 a $2,691,600 pesos. Con base en el SMGV 2014 en $67.29).
II.Utilizar la imagen de una persona sin su autorizació n o la de sus
causahabientes (Sanció n de $67,290 a $339,450 pesos. Con base en el
SMGV 2014 en $67.29).
31. Concepto de Marca
Signo de que se valen los industriales,
comerciantes y prestadores de servicios
para diferenciar sus mercancías o
servicios de los de sus competidores.
31
32. Concepto Legal de Marca
Todo signo visible que distinga productos o
servicios de otros de su misma especie o
clase en el mercado (Art. 88 de la Ley de la
Propiedad Industrial [LPI]).
32
33. Caracteres Esenciales de la Marca
La marca debe ser distintiva
La marca debe ser especial
La marca debe ser novedosa
La marca debe ser lícita
La marca debe ser veraz
33
39. Clasificador de Niza
34 clases de productos
10 clases de servicios
Arreglo de Niza relativo a la Clasificació n de Productos y Servicios para el Registro de
Marcas, de 15 de junio de 1957, adoptado extraoficialmente por México en Noviembre de
1989 y en forma oficial en septiembre de 2002.
41. Procedimiento para registrar marcas
Ante el Instituto Mexicano de la Propiedad
Industrial (IMPI, Oficina de Marcas o el Instituto)
Oficinas Regionales del IMPI
La autoridad resuelve entre 6 y 8 meses.
Otorga título o niega solicitud.
41
42. Nombre Comercial
• El nombre comercial de una empresa o establecimiento
industrial, comercial o de servicios y el derecho a su uso
exclusivo estarán protegidos, sin necesidad de registro.
La protecció n abarcará la zona geográfica de la clientela
efectiva de la empresa o establecimiento al que se
aplique el nombre comercial y se extenderá a toda la
República si existe difusió n masiva y constante a nivel
nacional del mismo. (Art. 105 LPI)
42
43. Aviso Comercial
• Se considera aviso comercial a las frases u
oraciones que tengan por objeto anunciar al
público, establecimientos o negociaciones
comerciales, industriales o de servicios,
productos o servicios para distinguirlos de los de
su especie (Art. 100 LPI)
• El derecho exclusivo para usar un aviso
comercial se obtiene mediante su registro ante
el Instituto (Art. 99 LPI)
43
44. Aviso Comercial
A que no puedes comer só lo una.
Soy totalmente Palacio.
Los envases Tetra Brik mantienen bueno lo
bueno.
El poder de la confianza.
44
45. Derechos de los creadores de contenidos.
Protecció n de éstos derechos en Internet (Notice &
Take Down y Digital Rights Managements).
Digital Millenium Copyright Act.
Como funciona. Mecanismo.
Buenas prácticas en redes sociales fuera de EEUU.
Situació n en México.
Alianza Trans Pacífico (TTP). ACTA.
Digital Rights Managements.
46. Derechos de los creadores de contenidos.
Problemática de blogs y redes sociales.
Redes Sociales
Uso de nombres no protegidos aún
Usurpació n de personalidad
Phishing
Comercializació n de productos sin licencia.
Blogs
Venta de productos no es libertad de expresió n.
47. Derechos de los creadores de contenidos.
Casos prácticos en México.
Caso Telefó nica (Venta de productos sitios y dominios).
Caso pambolero.com. Youtube Tres Stikes.
Marcas como nombres de domino.
Venta ilegal de productos.
Luis Vouitton en E-bay.
Marcas en aplicaciones y en sitios web.
Uso de imágenes en Internet.
Caso gingle “cielito lindo”.
48. Ejercicio:
La empresa farmacéutica Boeringher quiere lanzar un
comercial para un nuevo multivitamínico que ayuda a las
personas mayores.
La extensió n del comercial es de 20 segundos, para
difundirse en televisió n y radio, con música de alto impacto
(Uso de un gingle de música famosa) e imágenes de
famosos escritores. Usted es dueñ o de la empresa
productora.
Señ ale los diferentes actores necesarios en la producció n
del comercial y losaspectos legales relacionados con
propiedad intelectual que deberá tomar en consideració n.
50. Nombres de dominio.
Naturaleza.
Según el documento RFC (Request for Comments) 1591,
emitido por el IANA en marzo de 1994, se define que los nombres
de dominio no pueden ser considerados como marcas:
“The registration of a domain name does not have any
Trademark status. It is up to the requestor to be sure he is not
violating anyone else´s Trademark.”
“El registro de un nombre de dominio no tiene el estatus
de una marca. Le corresponde al solicitante asegurarse
de no violar la marca de un tercero”
51. Nombres de dominio.
En el informe del Comité Permanente sobre el
Derecho de Marcas, Dibujos y Modelos Industriales e
Indicaciones Geográficas de la OMPI, en su estudio
relativo a la utilizació n de marcas en Internet del 10 de
mayo de 1999, se señ ala en su pagina 10, último párrafo
lo siguiente:
“La funció n primaria de un nombre de
dominio es identificar un ordenador y no a
individuos, empresas, productos o servicios
particulares”.
52. Nombres de dominio.
En el informe del Comité Permanente sobre el
Derecho de Marcas, Dibujos y Modelos Industriales e
Indicaciones Geográficas de la OMPI, en su
recomendació n conjunta relativa a las disposiciones
sobre protecció n de marcas notoriamente conocidas de
noviembre de 1999, se define a un nombre de dominio
como:
“Una seria alfanumé rica que corresponda a
una direcció n numé rica en Internet”.
53. Nombres de dominio.
De acuerdo a la misma Organizació n Mundial de la
Propiedad Intelectual, en su informe de Comercio
Electró nico y Propiedad Intelectual, emitido en mayo
2000, se define a un nombre de dominio como:
“Los nombres de dominio son una forma
simple de direcció n de Internet diseñ ados para
permitir a los usuarios localizar de una manera
fácil sitios de Internet.”
54. Nombres de dominio.
¿Cuál fue la intenció n de los nombres de dominio a
mediados de la dé cada de los 80?
- Desempeñ ar una funció n técnica de traducció n de nombres
a números.
- Que fuera conveniente, amigable y fácil de recordar para los
usuarios de Internet.
- Proveer un esquema de direccionamiento a las computadoras,
sin la necesidad de recordar las direcciones de IP.
Realidad:
- Se cumplió la intenció n inicial de crear un sistema de
direccionamiento amigable para los usuarios de Internet.
- Por esta razó n, los nombres de dominio han adquirido la
característica de identificar negocios, servicios, ideas, grupos o
personas.
55. Nombres de dominio.
Algunos ejemplos:
http://www.molet.mx
http://www.cocacola.com.mx/home.asp
http://www.monterrey.gob.mx/cabildo/c
abildo.htm
http://www.telefonica.net
http://www.canal14.tv
56. ¿Que es un nombre de dominio?
Cómo se forma un nombre de dominio?
.presidencia.gob.mx
www
mail
Clasificación o giro
Código territorial o
genérico (TLD)
Identificador de la empresa,
organización o persona (nombre de
dominio)
Aplicaciones servicios
Nivel
superior
Nivel
secundario
58. Nombres de dominio
Có digos Territoriales (ccTLD).
Con un enfoque primordialmente a la comunidad
local: .ar .br .fr .jp .hn .mx .uk .us .pr .jm .it +200
Con un enfoque primordialmente a la comunicada
global: .as .co .cc .la .md .nu .sr .to .tv .et .cm
http://www.iana.org/domains/root/db
59. Nombres de dominio.
Administració n internacional.
La Corporació n de Internet para la Asignació n de Nombres
y Números (en inglés: Internet Corporation for Assigned Names and
Numbers; ICANN) es una organizació n sin fines de lucro creada el
18 de septiembre de 1998 con objeto de encargarse de cierto número
de tareas realizadas con anterioridad a esa fecha por otra
organizació n, la IANA (Internet Assigned Numbers Authority). Su
sede radica en California y está sujeta a las leyes de dicho Estado.
60. Nombres de dominio.
Administració n nacional.
NIC México (Network Information Center México) o NIC.MX es la
organizacion responsable de Administrar el có digo territorial (Country Code
Top Level Domain - ccTLD) .MX.
61. Nombres de dominio.
Disputas de nombres de dominio.
Proceso de compra: Registry, Registrar,
Registrant.
Whois.
Contactos.
62. Whois
Base de datos Whois:
Generales
Registrar
Dueño titular
Administra
Cambios DNS
Pagos
63. Nombres de dominio.
Disputas de nombres de dominio.
El Titular (Registrante) y los Contactos conocen y aceptan:
Que tienen capacidad y personalidad jurídica.
Que el(los) Nombre(s) de Dominio que se pretenda(n) o
llegue(n) a registrar:
Cumple(n) con las Políticas.
No violan directa o indirectamente derechos de un tercero.
Se solicita para fines lícitos.
Que cumplen con todos los requisitos para registrar y/o usar el o
los Nombres de Dominio registrados.
Que las declaraciones que han efectuado en el procedimiento
para el registro del o de los Nombre(s) de Dominio son ciertas,
exactas y completas, así mismo acepta la obligació n de
actualizarla.
64. Nombres de dominio.
Disputas de nombres de dominio.
- Que asume la responsabilidad de mantener la confidencialidad
de la contraseñ a, por lo que el Registrante será responsable por
el uso que se haga de la misma.
- Que no adquieren derechos de marcas registradas y
que es responsabilidad del Titular del Nombre de
Dominio asegurarse que no está violando ningún
derecho de propiedad intelectual.
- Que el Titular es el responsable del registro y del uso que se le
dé a un Nombre de Dominio, haciéndose responsable no só lo de
sus propios actos sino de los de sus dependientes, agentes,
familiares o terceros.
- Que el Registrar y el Registry .MX simplemente están
administrando el espacio de Nombres de Dominio.
- Se somete a la política en caso de disputa.
65. Nombres de dominio.
Disputas de nombres de dominio.
ICANN creo la:
Política uniforme de solució n de controversias en materia
de nombres de dominio
Reglamento de la Política uniforme de solució n de
controversias en materia de nombres de dominio
NIC creo la:
Políticas de solució n de controversias en materia de
nombres de dominio para .MX (LDRP)
Reglamento de solució n de controversias
66. Nombres de dominio.
Disputas de nombres de dominio.
Organismos de resolució n de controversias.
69. Nombres de dominio.
Casos prácticos de dominios en México .MX.
Caso 7eleven.com.mx.
Caso tiendarayados.com.
Caso bancowalmart.com.
Caso splenda.com.
Caso pumasunam.com.mx
http://www.wipo.int/amc/en/domains/search/text.jsp?
case=DMX2011-0016
71. Legislación en México.
Protecció n al consumidor y SPAM.
- Ley Federal de protecció n al Consumidor. Deberes del
proveedor:
- Confidencialidad de la informació n del consumidor.
- Utilizar herramientas técnicas para brindar seguridad y
confidencialidad.
- Proporcionar previo a cualquier transacció n su domicilio
y teléfono.
- Evitar prácticas comerciales engañ osas.
- Proporcionar informació n sobre términos, costos,
cargos adicionales, y demás informació n de lo que se
ofrece.
- Respetar pedidos y no recibir avisos comerciales
(SPAM).
- Estrategias de venta claras y con suficiente informació n
(SPAM).
72. Legislación en México.
Regulació n jurídica del SPAM. Multas de hasta 2 millones.
Lista Robinson.
73. Legislación en México.
Delitos informáticos.
Definició n de có digos maliciosos
Programas de cómputo diseñ ados para hacer que los equipos de
cómputo (mó viles y fijos) realicen procesos o acciones distintas a las
que fueron programados originalmente sin el consentimiento del
usuario.
Objetivos de ataque
a.Ataque a sistemas de archivos
b.Ataque a sistemas operativos
c.Ataque a sistemas de procesamiento
d.Ataque a sistemas de comunicació n
e.Ataque a sistemas de almacenamiento
f.Ataque a extensiones de archivo específicas
g.Ataque a aplicaciones específicas.
78. Privacidad en la web.
Resolució n de Madrid. 5 de noviembre de
2009. Estándares Internacionales para la
protecció n de la Privacidad, en relació n con
el Tratamiento de Datos de carácter personal
79. Privacidad en la web.
Marco legal de la protecció n de datos
en México.
83. PUBLICACIÓN DE LA LEY
LEY FEDERAL DE PROTÉ CCIÓN DE
DATOS PERSONALES EN POSESIÓN DE
PARTICULARES
Publicació n: 5 de julio de 2010.
Reglamento: 21 de diciembre de 2011
84. Autoridad Competente:
Antes:
Instituto Federal de Acceso a la Informació n Pública.
Ahora:
Instituto Federal de Acceso a la Informació n Pública y Protecció n de
Datos.
Mantiene su acró nimo:
100. SANCIONES
6 Infracciones GRAVES
Infracció n Sanció n
1. Actuar con negligencia o dolo en la
tramitació n de solicitud ARCO
Multa de $6,729.00 a $10,766,400 pesos.
En caso de reincidencia reiterada, la multa
adicional va de $6,729.00 a $21,532,800
pesos.
SMGV 2014: $67.29 (Área geográfica A)
En caso de datos sensibles, se van al
doble.
2. Declarar dolosamente la inexistencia de
datos personales
3. Dar tratamiento a datos personales en
violació n a los principios (licitud,
consentimiento, informació n, calidad,
finalidad, lealtad, proporcionalidad y
responsabilidad)
101. SANCIONES
6 Infracciones GRAVES
Infracció n Sanció n
4. Omitir cualquiera de los requisitos del
aviso de privacidad, que refiere el artículo
16.
Multa de $6,729.00 a $10,766,400 pesos.
En caso de reincidencia reiterada, la multa
adicional va de $6,729.00 a $21,532,800
pesos.
SMGV 2014: $67.29 (Área geográfica A)
En caso de datos sensibles, se van al
doble.
5. Mantener datos inexactos, cuando
resulte imputable al responsable o no
efectuar rectificaciones o cancelaciones
6. No cumplir con el apercibimiento de
delito no grave
102. SANCIONES
11 Infracciones MUY GRAVES
Infracció n Sanció n
1. Incumplir el deber de confidencialidad. Multa de 13,458.00 a $21,532,800
pesos.
En caso de reincidencia reiterada, la
multa adicional va de $6,729.00 a
$21,532,800 pesos.
SMGV 2014: $67.29 (Área geográfica A)
En caso de datos sensibles, se van al
doble.
2. Cambiar la finalidad del tratamiento,
sin consentimiento del titular, cuando el
nuevo fin no sea compatible o análogo
con los fines iniciales.
3. Transferir datos a terceros sin
comunicarles el aviso de privacidad que
contiene las limitaciones a que el titular
sujetó la divulgació n de los mismos.
4. Vulnerar la seguridad de bases de
datos, cuando sea imputable al
responsable
5. Transferir o ceder datos, fuera de lo
establecido por la ley
103. SANCIONES
11 Infracciones MUY GRAVES
Infracció n Sanció n
6. Transferir datos sin
consentimiento expreso del titular,
cuando así proceda.
Multa de 13,458.00 a $21,532,800
pesos.
En caso de reincidencia reiterada, la
multa adicional va de $6,729.00 a
$21,532,800 pesos.
SMGV 2014: $67.29 (Área geográfica A)
En caso de datos sensibles, se van al
doble.
7. Obstruir actos de verificació n
de la autoridad
8. Recabar datos en forma engañ osa o
fraudulenta
9. No acatar solicitudes de no uso de los
datos, hecha por el titular o el Instituto
10. Tratar los datos de manera que se
afecte o impida el ejercicio de los
Derechos ARCO
11. Crear bases de datos
sensibles, sin que se justifique su
creació n, para finalidades
legítimas, concretas y acorde a las
actividades o fines explícitos que
persiga el responsable
104.
105. Privacidad en la web.
Casos prácticos en México.
Caso sesiones psicoló gicas en Internet.
Casos prácticos en Españ a
Caso de uso de imagen de menor en redes sociales.
Take contrlo of your personal data.
http://www.youtube.com/watch?v=BgE4JpeDGR8
106. Algunas sanciones:
Pharma Plus, S.A. de C.V. (Farmacias San Pablo).
Sport City, S.A. de C.V.
Médico.
Caja Popular Cristo Rey, S.C. de R.L. de C.V.
Banco Nacional de México, S.A.
Universidades.
Tarjetas Banamex. Entre otras.
107. Ejercicio
1.Identifique un sitio web que recabe datos personales.
2.Revise si cuenta o no con aviso de privacidad.
3.Identifique el procedimiento para desahogar sus derechos
ARCO.
4.Ejercite sus derechos ARCO.
5.El representante del grupo comentará su experiencia.
108. 6. Términos y
condiciones de uso de
las plataformas 2.0.
109. Términos y condiciones de uso de las
plataformas 2.0.
Documento de té rminos y condiciones de uso.
Aceptació n.
Licencia y autorizaciones.
Reglas para el uso del sitio.
Aspectos de propiedad intelectual. Propiedad de contenidos y
licenciamiento.
Garantías de productos o servicios.
Limitació n a la responsabilidad en el uso del sitio.
Venta a menores.
Modificació n al sitio y al contrato.
Cesió n de derechos, indemnizaciones y terminació n.
Legislació n aplicable.
110. Términos y condiciones de uso de las
plataformas 2.0.
Redes sociales.
Todas contienen un procedimiento
Notice & Take Down.
Todas se regulan por la legislació n en
Estados Unidos.
113. Términos y condiciones de uso de las
plataformas 2.0. (Facebook)
Tú eres dueñ o de todo el contenido y la informació n que publicas
en Facebook, y puedes controlar como se comparte a través de la
configuració n de la privacidad y las aplicaciones. Además:
Para el contenido protegido por derechos de propiedad intelectual,
como fotografía y videos (contenido de PI), concedes
específicamente lo siguiente: una licencia mundial no exclusiva,
transferible, sub licenciable, libre de regalías, para utilizar cualquier
contenido de PI que publiques en Facebook (licencia de PI). Esta
licencia de PI finaliza cuando eliminas el contenido de PI o tu
cuenta, a menos que tu contenido se ha compartido con otras
personas, y estas no lo hayan eliminado.
114. Términos y condiciones de uso de las
plataformas 2.0. Twitter
Tu conservas los derechos de cualquier contenido que
envíes o publiques o muestres a través de Twitter;
Al enviar, publicar o mostrar contenido en o a través de
Twitter, le concedes una licencia mundial, no
exclusiva, libre de regalías (con derecho a sublicenciar)
para usar, copiar, reproducir, procesar, adaptar,
modificar, publicar, transmitir, mostrar y distribuir dicho
contenido en todos los medios o métodos de
distribució n (conocidos ahora o que sean desarrollados
en un futuro)
115. Términos y condiciones de uso de las
plataformas 2.0. Linkedin
Concedes a Linkedin una licencia no exclusiva, irrevocable,
mundial, perpetua, ilimitada, transferible, transmisible y
totalmente pagada y libre de regalías para que Linkedin copie,
prepare trabajos derivados, mejore, distribuya, publique, elimine,
retenga, añ ada, procese, analice, utilice y comercialice, en
cualquier forma conocida ahora o en el futuro, cualquier
informació n que tu proporciones, directa o indirectamente a
Linkedin. Esto incluye cualquier contenido, ideas, conceptos,
técnicas o datos de los servicios generados por usuarios que
envíen a Linkedin, sin ningún tipo de consentimiento adicional
previo aviso y/o compensació n alguna para ti o para terceros.
116. 7. Social Computing Guidelines.
Desarrollo de un protocolo legal y de privacidad en las
empresas (Social Computing Guidelines SCG).
117. Riesgos (14.11.14):
MÉ XICO, D.F. (proceso.com.mx).- Al igual que la marca de chocolates Crunch México, la cadena de
pizzerías 59 Friends publicó desatinados comentarios en su cuenta de Twitter relacionados con la
desaparició n de los 43 normalistas de Ayotzinapa.
Uno de los mensajes publicados el sábado pasado desde la cuenta @50FriendsReforma decía:
“#AccionGlobalporAyotzinapa ustedes esperan a sus hijos, nosotros esperamos llevar
comida a los nuestros, dejen de cerrarnos negocios…”
Luego apareció otro tuit: “Nuestro país vive momentos difíciles en lo que lo más
conveniente es ser discreto e irse por la derecha o puedes terminar muerto”.
El tercer mensaje dice: “Simple si los ‘estudiantes’ de Ayotzinapan (sic) hubiesen sido
estudiantes ejemplares seguirían con vida y estudiando. Si te portas mal te va mal .
“Si no pagas impuestos ni servicios y no respetas a las autoridades NO tienes
derecho a pedir cuentas al Gobierno porque no cumples tu parte”,
remata @50FriendsReforma.
Ante las reacciones de indignació n y enojo en las redes sociales, Grupo 50 Friends ofreció a través
de Facebook una disculpa y expresó su rechazo a los comentarios que se publicaron “sin autorizació n
alguna desde la cuenta de la sucursal 50 Friends Reforma.”
Agrega que los tuits publicados “lastiman a nuestra comunidad y ofrecemos una sincera disculpa
porque salió de una plataforma con la marca institucional nuestra. Esas líneas de ninguna manera
reflejan la postura oficial de la empresa, ni la de los socios, ni la de nuestra comunidad”.
118. Redes sociales
La incorporació n de campañ as publicitarias en redes
sociales. Community Managers.
Informació n que se entrega a los empleados.
Capacitació n constante / Rotació n del personal.
Problemática que conlleva ésta actividad.
119. Dos vertientes
Actividades preliminares a la
implementació n del SCG.
Políticas de uso de redes sociales.
120. Actividades preliminares
•Registro de marcas, patentes y derechos de autor.
•Registro de los nombres de la empresa en Internet.
•Firma del “Non Disclosure Agreement” con el Community
Manager.
•Dejar en claro la titularidad de las cuentas en redes
sociales.
•Establecer procesos de fijació n, identificació n y
preservació n de evidencia digital.
•Sellos de confianza.
•Capacitació n.
121. Capacitación
Ámbito legal en el uso de redes sociales.
Informarse y no ser reactivo en contra de los nuevos instrumentos. PI,
comercio electró nico, delitos informáticos, Cloud Computing, nombres de
dominio, etc.
Capacitarlo en cuanto al marco legal que regula su actividad.
Su actividad está regulada por legislació n general.
Conocer a detalle los términos y condiciones de uso de las plataformas que
utiliza.
Especial cuidado en cuentas de “fans” o cuentas de Twitter.
Crear un sistema de control de lo que se publica.
Protecció n al consumidor.
122. Política de uso de las redes sociales
Gestió n del cambio (Conciencia de lo publicado; revisió n
de té rminos y condiciones de uso; pass words; apertura
indiscriminada de objetos en la red).
Propiedad Intelectual de la empresa y la de terceros.
Protecció n de datos personales.
Protecció n a informació n confidencial.