2. ¿QUÉ SON LOS DERECHOS HUMANOS?
• Los derechos humanos son aquellas libertades, facultades o valores básicos que
corresponden a toda persona por el mismo hecho de su naturaleza y condición
humana, para la garantía de una vida digna.
• Los derechos humanos son garantías jurídicas que protegen a las personas y
grupos de personas contra los actos de los gobiernos y de otras entidades (por
ejemplo: Empresas trasnacionales).
• Las normas de derechos humanos obligan a los gobiernos a hacer determinadas
cosas a favor de las personas y el pleno disfrute de sus derechos y les impiden
hacer otras, que limiten, restrinjan o condicionen el goce y disfrute de sus derechos.
3. CONSTITUCION POLITICA DE COLOMBIA
• En ejercicio de su poder soberano, representado por sus delegatarios a la Asamblea
Nacional Constituyente, invocando la protección de Dios, y con el fin de fortalecer la
unidad de la Nación y asegurar a sus integrantes la vida, la convivencia, el trabajo, la
justicia, la igualdad, el conocimiento, la libertad y la paz, dentro de un marco jurídico,
democrático y participativo que garantice un orden político, económico y social justo, y
comprometido a impulsar la integración de la comunidad latinoamericana, decreta,
sanciona y promulga.
4. COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS
HUMANOS
• La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados
Americanos (OEA) encargado de la promoción y protección de los derechos humanos en
el continente americano. Está integrada por siete miembros independientes que se
desempeñan en forma personal y tiene su sede en Washington, D.C. Fue creada por la
OEA en 1959 y, en forma conjunta con la Corte Interamericana de Derechos Humanos
(CorteIDH), instalada en 1979, es una institución del Sistema Interamericano de
protección de los derechos humanos (SIDH).
• El SIDH se inició formalmente con la aprobación de la Declaración Americana de los
Derechos y Deberes del Hombre en la Novena Conferencia Internacional Americana
celebrada en Bogotá en 1948, en el marco de la cual también se adoptó la propia Carta
de la OEA, que proclama los "derechos fundamentales de la persona humana" como uno
de los principios en que se funda la Organización.
5. EL DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO
• Es una rama del Derecho internacional público busca limitar los efectos de los conflictos
armados protegiendo a las personas que no participan en las hostilidades o que han
decidido dejar de participar en el enfrentamiento, y restringir y regular los medios y
métodos de guerra a disposición de los combatientes; regula la conducta en los conflictos
armados (ius in bello). Se compone de una serie de normas, en su mayoría reflejadas en
los Convenios de Ginebra de 1949 y sus protocolos adicionales.
• Las normas del Derecho internacional humanitario pretenden evitar y limitar el sufrimiento
humano en tiempos de conflictos armados. A su vez, pretende limitar o prohibir el uso de
ciertos métodos de guerra, pero no determina si un país tiene derecho a recurrir a la
fuerza, tal y como lo establece la carta de Naciones Unidas. Estas normas son de
obligatorio cumplimiento tanto por los gobiernos y los ejércitos participantes en el
conflicto como por los distintos grupos armados de oposición o cualquier parte
participante en el mismo.
6. PERSONERÍA DISTRITAL MUNICIPAL
• Las personerías municipales y distritales son las entidades encargadas de ejercer el
control administrativo en el municipio y cuentan con autonomía presupuestal y
administrativa. Como tales, ejercerán las funciones del Ministerio Público que les confiere
la Constitución Política y la ley, así como las que les delegue la Procuraduría General de
la Nación.
Las personerías contarán con una planta mínima de personal conformada por el
personero y un secretario.
7. LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO
• Es un órgano constitucional y autónomo creado por la Constitución de Colombia de
1991 en su Capítulo II: Del ministerio público, con el propósito de "velar por la promoción,
el ejercicio y la divulgación de los derechos humanos“ dentro del Estado social de
derecho, "democrático, participativo y pluralista", así como la divulgación y promoción
del Derecho Internacional Humanitario.
• La Defensoría del Pueblo es uno de los órganos de control del Estado colombiano y está
vinculada al Ministerio público; por lo tanto el Defensor del Pueblo ejerce sus funciones
bajo la dirección del Procurador General de la Nación.