El documento define los derechos humanos como las condiciones que permiten a las personas desarrollarse plenamente, incluyendo libertades, facultades e instituciones relacionadas con bienes básicos a los que todas las personas tienen derecho por su condición humana, sin distinción de raza, género u otras características.
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Derechos humanos garantía vida digna
1. Los derechos humanos son aquellas «condiciones instrumentales
que le permiten a la persona su realización» (Hernández, 2010)1 . En
consecuencia subsume aquellas libertades, facultades, instituciones
o reivindicaciones relativas a bienes primarios o básicos2 que
incluyen a toda persona, por el simple hecho de su condición
humana, para la garantía de una vida digna, «sin distinción alguna
de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier
otra índole, origen nacional o social, posición económica,
nacimiento o cualquier otra condición».3
2. La Constitución Política es nuestra máxima ley.
Como ella misma lo dice es la norma de normas.
En otras palabras, es un conjunto de reglas que
establece la forma en que debemos
comportarnos todos los que vivimos en Colombia
para que exista bienestar y podamos vivir en
paz.
Estas normas establecen los derechos y garantías
que tenemos los colombianos para poder
construir un país mejor. Como ejemplos de esos
derechos están algunos muy importantes para los
niños: el derecho a la vida, la salud, la
educación, la cultura, el cuidado, el amor, entre
muchos otros más.
3. La Defensoría del Pueblo de Colombia es un
órgano constitucional y autónomo creado por
la Constitución de Colombia de 1991 en su
Capítulo II: Del ministerio público, con el
propósito de "velar por la promoción, el ejercicio
y la divulgación de los derechos humanos "dentro
del Estado social de derecho, "democrático,
participativo y pluralista", así como la
divulgación y promoción del Derecho
Internacional Humanitario.
La Defensoría del Pueblo es uno de los órganos
de control del Estado colombiano y está
vinculada al Ministerio público; por lo tanto el
Defensor del Pueblo ejerce sus funciones bajo la
dirección del Procurador General de la Nación.
4. Las personerías municipales y distritales son
las entidades encargadas de ejercer el
control administrativo en el municipio y
cuentan con autonomía presupuestal y
administrativa. Como tales, ejercerán las
funciones del Ministerio Público que les
confiere la Constitución Política y la ley, así
como las que les delegue la Procuraduría
General de la Nación
5. La CIDH es un órgano principal y autónomo
de la Organización de los Estados Americanos
(OEA) encargado de la promoción y
protección de los derechos humanos en el
continente americano. Está integrada por
siete miembros independientes que se
desempeñan en forma personal y tiene su
sede en Washington, D.C. Fue creada por la
OEA en 1959 y, en forma conjunta con la
Corte Interamericana de Derechos Humanos
(CorteIDH), instalada en 1979, es una
institución del Sistema Interamericano de
protección de los derechos humanos (SIDH).
6. El derecho internacional humanitario (DIH)
es un conjunto de normas que, por
razones humanitarias, trata de limitar los
efectos de los conflictos armados. Protege a
las personas que no participan o que ya no
participan en los combates y limita los
medios y métodos de hacer la guerra.