Para solicitar una pensión por vejez en el IVSSS, una persona debe cumplir con los siguientes requisitos: tener 55 años las mujeres y 60 años los hombres, tener un mínimo de 750 cotizaciones, y presentar una copia de su cédula de identidad y un formulario de solicitud. Adicionalmente, deben presentar constancias de trabajo de los últimos 6 años o documentos alternativos que prueben la relación laboral. El decreto 7.401 ofrece la oportunidad de obtener una pensión con solo 1-749 cotizaciones para personas cesantes mayores de 55
1. PASOS PARA SOLICITAR PENSON POR VEJEZ EN EL IVSSS
Requisitos Pensión Vejez
Actualizado por admin el Mar 15/12/09 08:27:40 AM.
Edad cumplida (mujer 55) y (hombre 60).
Mínimo 750 cotizaciones.
Copia de la Cédula de Identidad (ampliada y sin cortar).
Solicitud de Prestaciones en Dinero, forma 14-04. Original y triplicado.
Constancia de trabajo, forma 14-100 de los últimos 6 años trabajados. Original y
triplicado. De no poseerla, debe presentar otros documentos probatorios de la
relación laboral:
En caso de ser un organismo público uno (1) y dos (2) en caso de empresa privada:
Constancia de Ley de Política Habitacional; Recibos de Pago; Constancia de
Trabajo Firmadas y Selladas por la Empresa; Carta de Liquidación; Antecedentes de
Servicio en caso de ser Administración Pública.
Nota: en caso de empresa desaparecida, debe consignar un documento donde se señale que
la empresa no esta cancelando impuestos municipales y llenar la declaración jurada.
La asegurada o el asegurado mayor de 60 años si es varón y de 55 si es mujer, que no tenga
acreditadas el mínimo de 750 cotizaciones semanales para tener derecho a pensión por
vejez, puede a su elección, esperar hasta el cumplimiento de este requisito o bien recibir de
inmediato una indemnización única equivalente al diez por ciento (10%) de la suma de los
salarios correspondientes a las cotizaciones que tenga acreditadas.
2. PROGRAMA EXCEPCIONAL Y TEMPORAL DECRETO 7.401 El 01 de mayo del
2010 entró en vigencia el Decreto Presidencial Nro. 7.401, mediante el cual el
Gobierno Bolivariano del Presidente Hugo Chávez Frías, brinda la oportunidad de
obtener pensión por vejez a los asegurados y aseguradas, con 55 años en el
caso de las mujeres y 60 en el de los hombres, con cotizaciones entre 1 y 749,
reflejadas en la Cuenta Individual, que se encuentren en condición de cesante.
El decreto tiene vigencia hasta el 31 de diciembre del 2010.
Teléfono 800SEGURO1 (08007348761)
Dirección
Sede Principal del IVSS Esq. Altagracia, Edf. Ibarra, Sede Ppal. del IVSS, Detrás
3. del Banco de Venezuela (0212)801.1085/1088/1143/1090/1059 Página web:
www.ivss.gob.ve
Comentarios
Acudir a las 47 Oficinas Administrativas del Instituto Venezolano de los Seguros
Sociales (IVSS) ubicadas a nivel nacional, de acuerdo al último número de su
cédula de identidad. 1 y 2 Acudir Lunes 3 y 4 Acudir Martes 5 y 6 Acudir Miércoles
7 y 8 Acudir Jueves 9 y 0 Acudir Viernes Se debe tener entre una (01) y
setecientos cincuenta cotizaciones (750), para acceder a este Decreto.
Para obtener la pensión del IVSS por el decreto 7401, el interesado o la
interesada deberá acudir a la Oficina Administrativa del IVSS más cercana a su
domicilio. Puede ubicar las direcciones en el portal del IVSS
(http://www.ivss.gov.ve/) o a través de la línea telefónica 0800SEGURO1.
Este es el primer paso para que reciba las planillas, con las cuales deberá hacer
los pagos correspondientes ante la entidad bancaria. Una vez que cancele la
totalidad de cotizaciones faltantes, inmediatamente se hará efectivo el pago
mensual de la pensión.
Si por el contrario, las cotizaciones pendientes (a partir de 700) las aportará el
Estado, entonces igualmente debe acudir a la Oficina Administrativa del IVSS más
cercana, para iniciar los trámites y comenzar a cobrar la pensión por vejez.
Costo
Si usted tiene entre una (01) y seiscientas noventa y nueve (699) cotizaciones,
deben cancelar hasta alcanzar lo previsto en la Ley (750 cotizaciones). Cada
cotización tiene un costo de 16,95 BsF. Si usted tiene entre setecientas (700) y
setecientas cincuenta (750) cotizaciones (El Estado asumirá el aporte
correspondiente).
Es fundamental dirigirse a la Oficina Administrativa para que le informen el
monto exacto a cancelar. Allí le darán una constancia como ciudadano que opta
por el decreto nro. 7.401. Si usted no cuenta con los recursos suficientes para la
cancelación completa de las cotizaciones, el IVSS establecerá un cronograma de
pago personalizado que deberá cancelar hasta mayo 2011.
No podrá comenzar a cobrar la pensión del IVSS hasta que no cancele la
totalidad de las cotizaciones. Los bancos para realizar la cancelación de
cotizaciones son: * Banesco, * BFC, * Banco Fondo Común, * Banco de
Venezuela, * Banco Provincial, * Banco Mercantil, * Banco Occidental de
Descuento BOD y * CorpBanca.
En estos bancos debe solicitar la Planilla de Depósito Única del IVSS, donde
colocará un único número patronal, D-1987401-5 y la cédula de identidad del
interesado.
Requisitos y Procedimiento
* Mujeres 55 años.
* Hombres 60 años.
4. * Estar cesante en el IVSS.
El o la interesada deben consignar, ante las Oficinas Administrativas del IVSS:
* Cuenta Individual que indique el estado CESANTE.
* (Se obtiene en el portal: http://www.ivss.gov.ve/).
* Copia fotostática de la Cedula de Identidad.
* Copia de la Partida de Nacimiento y/o Datos Filiatorios.
* Depósito Bancario, original.